Chubut eliminó los fueros de políticos, jueces y sindicalistas

Con aval superior al 63% en el plebiscito del 26 de octubre, la provincia promulgó una reforma que suprime las inmunidades de arresto y proceso y solo preserva el fuero de opinión.
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El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, promulgó una enmienda constitucional que convierte a la provincia en la primera jurisdicción de Argentina sin fueros de ningún tipo. Esta decisión fue avalada por el 63.61% de los votantes en un referéndum vinculante realizado el 26 de octubre.

Los fueros (también llamados inmunidades especiales) son protecciones legales otorgadas a ciertos funcionarios públicos, magistrados, legisladores y, en algunos casos, dirigentes sindicales.

Es importante destacar que existían dos tipos de inmunidades distintas. La inmunidad de opinión protegía a los legisladores por las expresiones vertidas en el ejercicio de sus funciones parlamentarias, garantizándoles la libertad de manifestar sus ideas y posiciones políticas sin temor a represalias judiciales. Por otro lado, la inmunidad de arresto y de proceso impedía que los funcionarios fueran detenidos o sometidos a juicio sin una autorización previa del Poder Legislativo, lo que comúnmente se conoce como el “desafuero”.

– El anuncio del gobernador Torres, en mayo de este año

La reforma chubutense eliminó los artículos 247 y 248 de la Constitución provincial que garantizaban estas inmunidades judiciales y de arresto. Con esto, a partir de su promulgación el pasado 7 de noviembre, ningún funcionario, legislador, magistrado ni dirigente sindical gozan de protecciones especiales que impidan su arresto, allanamiento o proceso penal.

Torres impulsó esta medida bajo el concepto de que “nadie debe estar por encima de la ley”. Su argumentación se centra en que los fueros representan “privilegios injustificados” que crean ciudadanos de primera y segunda clase. Torres enfatizó que la reforma constituye “una muestra concreta de que nadie está por encima de la ley” y describió los fueros como habiendo estado “de la mano de la desidia y la corrupción”.

El lema central de la campaña fue “Chubut sin fueros”, transmitiendo la idea de que eliminar estos privilegios avanzaría hacia mayor transparencia institucional y equidad.

Sin embargo, la reforma mantiene el “fuero de opinión”, la protección que resguarda la libertad de expresión de los representantes electos. Esta distinción es importante porque diferencia entre proteger la capacidad de hablar libremente en funciones públicas —que se mantiene— y proteger a las personas de la acción de la justicia por delitos comunes —que desaparece.

La consecuencia práctica más significativa es que ahora si una condena judicial contra cualquiera de estos funcionarios queda confirmada, puede ejecutarse inmediatamente sin necesidad de un desafuero o autorización legislativa adicional.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios Judicales de Chubut (AMFJCH) sostuvo que los fueros no son privilegios personales, sino garantías institucionales necesarias para proteger la independencia judicial. Según esta perspectiva, los fueros no protegen a los jueces como individuos, sino que son mecanismos destinados a permitir que el Poder Judicial funcione sin presiones políticas, económicas o mediáticas.

Los magistrados argumentaron que eliminar los fueros “pondría en riesgo la independencia del Poder Judicial” y explicaron que estos fueros existen desde la antigüedad para proteger a los primeros parlamentarios de reyes todopoderosos. La idea es que sin estas protecciones, un ejecutivo poderoso podría usar la justicia como herramienta de represión contra jueces que toman decisiones que le desagradan.

Líderes gremiales argumentaron que los fueros sindicales no son para proteger delitos, sino para garantizar que los representantes de trabajadores puedan reclamar y protestar sin miedo a represalias judiciales. Omar Unquén, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) de Comodoro Rivadavia, advirtió que la eliminación “pondría en riesgo el derecho a la representación gremial y a la protesta”.

Un argumento sindical interesante es que varios líderes señalaron que si un sindicalista comete un delito, la justicia ya puede actuar como con cualquier otro ciudadano. En otras palabras, el fuero no protege actos delictivos en flagrancia. La distinción es sutil pero importante, ya que los fueros protegen de represalias por actividades gremiales legítimas, no de investigaciones por delitos comunes.

Lo notable de este cambio es que fue legitimado democráticamente por los ciudadanos. La Legislatura provincial aprobó la reforma constitucional en marzo de 2025, y luego se convocó a un referéndum vinculante donde los chubutenses debían decidir si respaldar o rechazar la medida.

Incluso cuando magistrados presentaron recursos judiciales intentando frenar la consulta, la Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente habilitó el referéndum, considerando que el proceso se ajustaba a los mecanismos constitucionales vigentes en la provincia. Con más de 280 mil votantes participando, quedó claro que los chubutenses, al menos mayoritariamente, preferían un sistema donde todos fueran iguales ante la ley.

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CORRIENTES: Repudiaron a “Tincho” Ascúa por “fogonear” el conflicto docente

Una multitudinaria movilización docente se realizó el miércoles por la noche en la provincia de Corrientes en rechazo al aumento salarial del 6%, en un contexto de creciente conflictividad que derivó en la renuncia del ministro de Hacienda, Marcelo Rivas Piasentini. En ese marco, se difundió un video donde el dirigente kirchnerista Martín “Tincho” Ascúa apareció junto a los docentes autoconvocados durante la protesta.

La manifestación congregó a los gremios SUTECO, ACDP y AMET junto a un sector activo de docentes autoconvocados que replicaron las protestas en distintas ciudades de la provincia. 

El conflicto se originó tras la liquidación de haberes con fuertes descuentos a docentes que adhirieron al paro nacional del 2 de marzo. Según denunciaron los gremios, las quitas oscilaron entre el 40% y el 60% de los salarios, con casos que alcanzaron los $800.000. La explicación oficial indicó que se trató de un error administrativo.

El gobernador Juan Pablo Valdés reconoció la situación y afirmó: “Se produjo la acumulación de dos ítems del sueldo que resultó excesiva. Por eso se decidió el reintegro. Realizaremos una revisión completa del decreto”. Horas después, pidió la renuncia de Rivas Piasentini, quien llevaba ocho años al frente del área.

En su reemplazo fue designado Héctor Grachot, hasta entonces subsecretario de Finanzas. “Se trata de una persona con la que venimos trabajando. Tiene una trayectoria más que comprobada en el Ministerio, donde hace mucho trabaja. Sabe cuál es el rumbo que debemos continuar llevando adelante”.

Chubut: El gobernador Torres exigió aplicar la Ley Antimafia tras el asesinato de un testigo clave en Comodoro Rivadavia

Ayer, el mandatario provincial Ignacio Torres reclamó la inmediata aplicación de la Ley Nacional N° 27.786 de Organizaciones Criminales (popularmente conocida como “Ley Antimafia”) tras el asesinato de una persona que iba a declarar como testigo en una causa judicial que involucra a las familias Vera y Nieves, dos de los grupos con mayor historial delictivo en Comodoro Rivadavia. 

“La solución es que definitivamente tengan una condena ejemplar y que estén donde tienen que estar: en la cárcel”, señaló.

Torres rechazó cualquier postergación procesal y subrayó que la provincia ya cuenta con las herramientas legales necesarias para actuar: “La solución no es suspender ningún juicio. La solución es que haya condenas ejemplares. Hoy tenemos la Ley Antimafia, que nos da una herramienta fundamental para avanzar contra estas organizaciones que vienen atemorizando a los comodorenses desde hace años”.

El hecho que motivó el reclamo del gobernador ocurrió durante la madrugada del miércoles, cuando dos personas fueron asesinadas en Comodoro Rivadavia. Según se desprende de la investigación judicial, una de las víctimas tenía previsto declarar como testigo en la causa que investiga el homicidio de un integrante de la familia Nieves, crimen que habría sido cometido por Agustín Vera. La otra víctima registraba antecedentes propios: había sido condenada en 2019 por el homicidio de un mecánico y, tras una reducción de su pena inicial de 14 años, recuperó la libertad en menos de seis.

Acompañado por el ministro de Seguridad y Justicia, Héctor Iturrioz; el procurador general, Jorge Miquelarena; el jefe de la Policía del Chubut, Andrés García; el subjefe de la Policía, Mauricio Zabala; e integrantes de la fuerza provincial, Torres anunció la conformación de una mesa de trabajo integrada por fuerzas de seguridad, fiscales y el Poder Judicial. El objetivo será coordinar acciones de manera conjunta para avanzar en la investigación y sanción de los hechos. “Vamos a ir a fondo para garantizar la seguridad de los comodorenses y terminar con la impunidad”, sostuvo el mandatario.

La Ley Nacional N° 27.786 de Organizaciones Criminales entró en vigencia en Argentina en marzo de 2025 y permite juzgar a la totalidad de la estructura de una organización criminal y no solo a sus ejecutores directos. La normativa prevé penas de hasta 20 años de prisión por pertenencia a este tipo de organizaciones. Chubut adhirió a la ley tras su sanción, a principios de 2025.

Se disparan los contagios de VIH y sífilis: denuncian que el gobierno no distribuye preservativos

La Argentina atraviesa una crisis sanitaria que el poder político prefiere no mirar. Durante 2024, los diagnósticos de sífilis marcaron un récord histórico con más de 36.000 casos reportados, y las proyecciones para 2025 consolidaron un aumento de la tasa de incidencia de hasta el 26% respecto al año anterior. El epicentro de esta explosión es el segmento joven de entre 15 y 29 años, que hoy representa la gran mayoría de los nuevos diagnósticos.

Este fenómeno no es aislado. El 98% de las nuevas infecciones de VIH registradas tienen como causa exclusiva el sexo sin protección, una tendencia que se replica en el incremento de los casos de gonorrea.

El mapa de la urgencia muestra indicadores críticos en provincias como Córdoba, San Luis, Chaco, Jujuy, Mendoza y Neuquén, donde los servicios de infectología ya se ven superados por la demanda de tratamientos. La falta de una barrera física se volvió la norma, y el sistema sanitario hoy se limita a contabilizar infectados en lugar de prevenir nuevos contagios.

El factor aborto y la banalización del riesgo

Desde la legalización del aborto en diciembre de 2020, se ha consolidado un fenómeno de relajación en los cuidados preventivos. Para vastos sectores de la juventud, especialmente en contextos de baja instrucción, la legalidad de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) ha pasado a funcionar como una red de contención que desplazó el histórico temor al embarazo no deseado, eliminando el que solía ser el principal incentivo para el uso del preservativo. El riesgo de una paternidad no planificada se percibe hoy como un problema con “solución gratuita” garantizada por el Estado, lo que deja a las ETS fuera del radar de preocupaciones inmediatas.

Esta banalización se apoya en el mito del aborto como un trámite exprés y meramente químico. Se ha instalado la idea de que la intervención se reduce a la ingesta de una pastilla, ignorando deliberadamente que el proceso conlleva dolores físicos intensos, riesgos médicos de diversa consideración y la necesidad crítica de controles ecográficos post-intervención. A esto se suma el impacto psicológico que el procedimiento suele acarrear, una dimensión frecuentemente omitida en la comunicación pública. Al final de esta cadena, la joven se encuentra desprotegida frente a infecciones crónicas bajo la falsa premisa de que, si algo falla, el sistema lo resolverá con un procedimiento que creen exento de consecuencias.

El ajuste estúpido: gasto ciego y transferencia de deuda

La parálisis en la distribución de insumos preventivos configura un escenario de ineficiencia fiscal difícil de justificar. Mientras en 2018 el Estado nacional distribuía 55,4 millones de preservativos, la cifra se desplomó a menos de 5 millones en 2024, alcanzando una parálisis total en 2025 con registros de apenas 832 unidades para todo el país y presupuesto cero para nuevas compras.

Este ahorro de corto plazo es, en realidad, un gasto futuro exponencial: el sistema público, que hoy “ahorra” en látex, deberá financiar de por vida los tratamientos para el VIH y las complicaciones derivadas de la sífilis, además de absorber los costos de los procedimientos de aborto legal que la falta de prevención dispara.

Esta política golpea directamente a los sectores más vulnerables, que enfrentan una doble barrera: la económica, al no contar con dinero para adquirir protección de forma privada, y la cultural, ante el retiro de las campañas de concientización. Al caer la distribución gratuita, estas poblaciones se ven empujadas a tener relaciones sin protección, recargando automáticamente la demanda sobre los hospitales públicos que ya operan sin insumos básicos. El resultado es un círculo vicioso donde el Estado renuncia a la prevención, subsidia indirectamente la enfermedad y termina pagando una factura mucho más alta por la atención de patologías que eran evitables con una inversión mínima.

Mario Lugones, ministro de Saludos de la Nación desde 2024.

Cultura del riesgo y desidia oficial

El escenario se agrava por una transformación en las conductas sociales que el Estado ha decidido ignorar. La masificación de las aplicaciones de citas y la aparición de tendencias como el “barebacking (sexo sin protección, por elección) han reconfigurado el mapa del riesgo en un contexto de nula comunicación gubernamental. Sin campañas oficiales que contrarresten la desinformación en redes sociales, el uso del preservativo ha pasado de ser un hábito de salud básica a una opción secundaria, percibida por muchos como una barrera innecesaria frente a infecciones que, gracias a los avances médicos, hoy se consideran erróneamente como simples contratiempos menores.

Esta combinación de factores culturales y negligencia administrativa representa un fracaso sistémico en la gestión de la salud pública. Al retirar los insumos básicos y abandonar la educación sanitaria, el Gobierno no sólo desprotege a una generación, sino que hipoteca el futuro del sistema hospitalario nacional. El ahorro ficticio en prevención hoy se traduce en una condena de gastos crónicos y colapso asistencial mañana, demostrando que la ausencia de política sanitaria es, en última instancia, la forma más costosa de administrar la enfermedad.

*Por Augusto Grinner

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: "Se terminaron los call centers del delito"

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: “Se terminaron los call centers del delito”

La Legislatura de Chubut sancionó la semana pasada la ley que prohíbe el uso de teléfonos celulares y dispositivos con acceso a internet por parte de personas presas en cárceles, alcaidías y comisarías de la provincia. El Proyecto de Ley General N° 017/2026, que recibió dictamen previo de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, y de Legislación General, Cultura y Educación, obtuvo un respaldo amplio y sin diferencias partidarias.

Nacho Torres on X (formerly Twitter): “SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo / X”

SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo

El gobernador Ignacio Torres celebró la sanción con una publicación en su cuenta oficial de X: “Se terminaron los call centers del delito. Aprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia. Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las ‘oficinas remotas’ del delito manejadas desde una cárcel”. Torres también destacó que “este es un proyecto que se trató sin banderas partidarias, con una premisa común: garantizar la seguridad de los chubutenses”.

Extorsiones por más de $80 millones y víctimas que se suicidaron

La diputada Andrea Aguilera, una de las principales defensoras de la norma, explicó que la ley alcanza a celulares, tablets, laptops, notebooks, consolas de juego y a cualquier equipo que permita acceder a redes sociales, mensajería o internet. La legisladora fundamentó el amplio respaldo con datos concretos: en Chubut se registraron extorsiones que superaron los 80 millones de pesos y hubo casos de personas hostigadas que terminaron suicidándose por la presión sufrida.

La nueva directiva no implica una interrupción absoluta del contacto de los detenidos con el exterior. Aguilera fue enfática al respecto: “No es una ley de prohibición. Es una ley que ordena y es una ley que establece cómo y de qué manera debe regularse la comunicación”. El texto garantiza el derecho a comunicarse con familiares, defensores, y para tratamientos de salud o trayectorias educativas, pero bajo un esquema controlado y sin acceso a dispositivos que permitan navegar por internet.

Chubut prohibió los celulares en las cárceles: "Se terminaron los call centers del delito"

Las terminales institucionales habilitadas deberán configurarse exclusivamente para llamadas de voz. Quedaron expresamente prohibidos el acceso a internet, las redes sociales, las aplicaciones de mensajería, el correo electrónico, las videollamadas y el intercambio de archivos. Además, las comunicaciones se realizarán únicamente hacia números previamente autorizados e incorporados a un registro de destinatarios habilitados, y se llevará un registro de cada comunicación con datos de fecha, hora, duración, interno solicitante, terminal utilizada y número de destino.

Qué establece la ley

El texto prohíbe el “ingreso, tenencia, facilitación y uso de equipos o terminales móviles por parte de personas privadas de libertad en los lugares de detención de jurisdicción provincial”. La norma tendrá vigencia en establecimientos penitenciarios, unidades, institutos, alcaidías, comisarías, centros de detención transitoria y cualquier lugar de alojamiento de personas privadas de libertad dentro de la provincia. También alcanzará a quienes estén alojados en unidades del Servicio Penitenciario Federal cuando su detención haya sido dispuesta por sentencia o resolución judicial de jueces o tribunales provinciales.

La ley también faculta a la autoridad de aplicación a instalar sistemas de inhibición o gestión controlada de señal para impedir el cursado clandestino de comunicaciones móviles dentro de los establecimientos, y establece como obligación permanente de las autoridades el control para evitar el ingreso de dispositivos.

Daniel Hollmann on X (formerly Twitter): “UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v / X”

UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v

El Ministerio de Seguridad de la provincia contará con 180 días para reglamentar la ley y adaptar cada unidad de detención, tarea que incluye la definición de protocolos, el equipamiento permitido y las modalidades de comunicación legal.

Aguilera reconoció, sin embargo, que la norma tiene un límite: alcanza a cárceles y lugares de detención bajo órbita provincial, pero no modifica la situación en unidades federales, donde también operan casos resonantes de criminalidad organizada. Por eso, el oficialismo apuesta a que la sanción provincial funcione como antecedente político y normativo para otras jurisdicciones. Torres, en ese sentido, instó a extender la iniciativa al resto del país.

Dente fulminó al diputado K que nombró a la psicóloga feminista que avaló la revinculación de Ángel con su madre biológica

El conductor Tomás Dente lanzó una andanada al aire contra Juan Pablo Luque, diputado nacional por Unión por la Patria, al que señaló como responsable político de la muerte del pequeño Ángel, el niño de cuatro años asesinado en Comodoro Rivadavia. El detonante fue la viralización de una publicación en la plataforma X, donde la usuaria Nancy Aleuy difundió recortes del Boletín Oficial municipal de noviembre de 2022 con la Resolución 4.330-22, mediante la cual se oficializó el ingreso de la psicóloga Jennifer Leyva al equipo técnico del Servicio de Protección de Derechos local durante la gestión de Luque al frente de la intendencia.

En tal sentido, el conductor incluyó a Luque dentro de la cadena de responsabilidades que derivó en la muerte del niño: “A ese tipo le pagás un sueldo vos, como actual diputado, pero en su momento la designó a esta mina, que es también la responsable dentro de la cadena de responsabilidades de la muerte de Ángel, y está como si nada, va a apoyar el culo ahí al recinto tres, cuatro veces por semana, cobran millones, regurgitan cuatro o cinco pelotudeces y se vuelven a su casa”.

Dente también apuntó contra la madre biológica del menor y describió lo que consideró un patrón de conducta: “Lo había denunciado falsamente al papá de su otra hija en Misiones, es su modus operandi. Sinvergüenza, esta mujer. Tiene otra hija que era la hermana de este angelito, que ahora está, gracias a Dios, tiene la tenencia de su papá biológico allá en Misiones, pero lo había denunciado falsamente también, el mismo modus operandi, el mismo”. El conductor cuestionó además a la Justicia por haber forzado la revinculación.

Luque, por su parte, rechazó las acusaciones y las calificó de “campaña sucia”. Sostuvo que en la Municipalidad de Comodoro Rivadavia los nombramientos se realizan por concurso y que el servicio de protección “depende del gobierno provincial y la Defensoría forma parte del Poder Judicial”.

En el plano judicial, la causa avanzó de forma contundente. Tras conocerse el informe forense que confirmó que Ángel murió como consecuencia de múltiples traumatismos dirigidos, detuvieron a la madre biológica y a su pareja. Ambos permanecen privados de su libertad a la espera del proceso judicial, mientras la investigación continúa para reconstruir el derrotero de inacciones que derivó en el trágico final.

Un juicio por usurpación destapó que 20 mil hectáreas protegidas de la Patagonia fueron compradas ilegalmente con dinero de Emiratos Árabes

Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucci admitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).

El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.

El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.

El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.

Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.

El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.

Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche. El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.

El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.

– Hugo Alberto Barabucci

El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.

De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.

El pedido de instrucción

Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.

“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.

El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.

Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.

El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.

– Soledad Cayunao junto a sus abogados

Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.

El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.

En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.

El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.

Fideicomisos y personas involucradas

Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.

Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.

La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.

El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.

La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.

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