Le encontraron medio kilo de cocaína a la directora de Género de Morón y está prófuga

Se trata de Luna Suyai Ortigoza. Fue designada en el cargo por el intendente K, Lucas Ghi en junio de 2025. El caso se suma a un fallo del Tribunal de Cuentas que detectó irregularidades millonarias en la administración municipal.
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La intendencia de Morón (Conurbano bonaerense, Provincia de Buenos Aires) atraviesa uno de sus momentos de mayor crisis institucional: acumulando en pocas semanas se acumularon un escándalo de narcotráfico, un pedido formal de interpelación al intendente peronista, Lucas Ghi y sanciones del Tribunal de Cuentas por irregularidades contables millonarias.

Luna Suyai Ortigoza, de 27 años, se desempeñaba como directora del Centro Territorial Integral de Políticas de Género y Diversidad del municipio de Morón. Había ingresado a la gestión local en febrero de 2020 y fue formalmente designada en ese cargo directivo en junio de 2025, mediante un decreto firmado por el propio Ghi. Cumplía una carga horaria de 48 horas semanales y dependía de la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad.

La causa se inició en marzo de 2026 a partir de una denuncia anónima por narcomenudeo. La Fiscalía N°9 de Morón, a cargo de Marisa Monti y Emiliano Rodríguez Reggiani, ordenó tareas de campo a la Policía Federal. El resultado fue un operativo de ocho allanamientos simultáneos en “inmuebles utilizados para el acopio, distribución y comercialización de estupefacientes al menudeo, en los partidos de Morón y Merlo”.

— Luna Suyai Ortigoza, la exfuncionaria de Morón que está prófuga en una investigación por narcotráfico

En la vivienda de Ortigoza, ubicada en la calle Isabel Pardo al 2500 de Castelar, los investigadores secuestraron un ladrillo de cocaína de 480 gramos, una bolsa con otros 70 gramos de la misma sustancia, tres envoltorios adicionales con 15 gramos, una balanza digital y dinero en efectivo.

“Nunca había mostrado nada raro, pero cuando nos enteramos de esto no vacilamos ni un segundo”, sostuvo Ghi desvinculándose de Ortigoza “de inmediato” apenas se conoció el resultado del allanamiento y dijo sentirse “profundamente decepcionado”, añadiendo también que la funcionaria estaba “formada y capacitada” para el área de Género y que su cargo “no fue fruto de militancia política”.

Cuando los efectivos fueron a detener a Ortigoza, ya no estaba en el domicilio. La jueza de Garantías Laura Mariel Pinto la imputó por tenencia ilegítima de drogas con fines de comercialización en dosis fraccionadas y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil. Trascendió que estaría refugiada en la casa de su madre, y sus allegados sostuvieron que planea entregarse “cuando la situación se aclare”, argumentando que las drogas fueron dejadas en su casa por su pareja sin su consentimiento.

En el total de los ocho allanamientos, se incautaron 1,717 kg de cocaína, 241 gramos de marihuana, un revólver calibre .32, municiones, y registros de presuntas operaciones de compra y venta. A su vez fue detenido Norberto Hernán Aliano (42 años) por comercio de estupefacientes, mientras que se ordenó la captura de Ángel Daniel Paz (34 años), identificado como pareja de Ortigoza.

Este escándalo no llegó solo. En febrero de 2026, otra empleada municipal, Karen Yael Cufré, fue detenida como parte de la banda que extorsionó al soldado Rodrigo Gómez (21 años), quien se suicidó en diciembre de 2025 en la Quinta de Olivos. Cufré trabajaba en la Central de Monitoreo de la Secretaría de Seguridad de Morón. La Justicia la identificó como la recaudadora de la banda, que operaba desde penales bonaerenses y utilizaba perfiles falsos en aplicaciones de citas para extorsionar a las víctimas. El municipio también la cesanteó “de inmediato” al enterarse.

La acumulación de estos dos casos policiales en pocos meses, ambos involucrando a empleadas con funciones sensibles del municipio, es la base sobre la que la oposición fundamenta el pedido de interpelación

El pedido de interpelación

Antes de entrar al fondo de la cuestión, conviene aclarar el mecanismo. Una interpelación es una herramienta del Concejo Deliberante (el “parlamento” municipal) mediante la cual los concejales citan obligatoriamente a un funcionario —en este caso el intendente— para que concurra al recinto y responda preguntas sobre su gestión. No es una sanción en sí misma, pero tiene un enorme peso político porque obliga a dar explicaciones en público y bajo presión parlamentaria.

Ghi pertenece al espacio kirchnerista y el municipio de Morón fue históricamente un bastión de ese espacio político. Luego del escándalo narco, un grupo de concejales de la oposición —La Libertad Avanza, PRO y monobloques— presentó formalmente en el Concejo Deliberante un proyecto para interpelar a Ghi.

— El intendente de Morón, Lucas Ghi junto al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof

Los opositores buscan que el jefe comunal concurra al recinto y explique los argumentos de selección de su personal administrativo, los controles internos y cómo dos empleadas en funciones sensibles pudieron quedar vinculadas a hechos delictivos bajo su gestión.

Cabe mencionar que esta no es la primera vez. En noviembre de 2024, la oposición ya había intentado interpelar a Ghi por la ola de inseguridad en el distrito, pero ese pedido fue rechazado por 12 votos contra 11, en parte gracias a la ausencia inexplicada del concejal opositor Bernardo Magistocchi y al alineamiento inesperado de Adrián Colonna y Daniela Cáceres, ambos ediles del bloque “Nuevo Pro Morón” con el oficialismo.

Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas bonaerense es el organismo encargado del control externo en la provincia de Buenos Aires. Su función es fiscalizar de qué manera los municipios administran y utilizan los fondos públicos.

Cada año, revisa las rendiciones de cuentas presentadas por las comunas y tiene la facultad de aprobarlas, formular observaciones o, como en este caso de detectar irregularidades, aplicar sanciones a los responsables.

En su fallo sobre la rendición de cuentas 2024, el Tribunal detectó que el Municipio de Morón abonó una bonificación no remunerativa por un total de $1.845.954.174.54 sin efectuar los descuentos previsionales que exige la Ley 9.650 de la Provincia de Buenos Aires. Esta ley aclara que deben considerarse sujetas a aportes jubilatorios “toda otra retribución, cualquiera fuere la denominación que se les asigne, incluidas las no remunerativas”.

En términos simples, se demuestra que el municipio pagó bonos a sus empleados, pero no realizó los descuentos de jubilación y obra social correspondientes sobre ese dinero, lo cual perjudica tanto a los trabajadores (que aportan menos a su futura jubilación) como al sistema previsional (el IPS bonaerense). El Tribunal advirtió que ya había formulado la misma observación en ejercicios anteriores y que los funcionarios podrán ser considerados “directamente responsables” ante futuros perjuicios.

El mismo fallo del Tribunal detectó además otras irregularidades de peso, entre ellas obras paralizadas desde 2023 sin que se acreditara su reanudación ni se ofreciera una justificación formal, anticipos millonarios a contratistas que no fueron recuperados ni respaldados con documentación sobre su destino y una advertencia contable especialmente crítica, ya que el municipio no logró demostrar la existencia real de parte de los fondos declarados en caja, es decir, registró dinero que no pudo ser verificado físicamente.

Como resultado, Ghi fue multado con $410.000, junto a varios funcionarios de su gabinete. Si bien el monto parece bajo para la magnitud de lo observado, el Tribunal advirtió que la situación podría derivar en responsabilidades patrimoniales personales de mayor magnitud si los problemas no se corrigen.

La conducción de Ghi también enfrenta otros focos de tensión simultáneos. En mayo de 2026, trascendió que el municipio realizó una contratación directa de $51 millones para publicidad web a favor de la empresa Ninja Contenidos SRL, dueña del portal Sol Bonaerense, sin licitación pública y bajo el mecanismo de “trámite de excepción”. El cuestionamiento de ellos sería mayor, dado que ese gasto se hizo en medio de una situación de apremio financiero del municipio, con demoras en el pago de salarios y deterioro de servicios públicos.

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Investigan un hecho de corrupción en las Fuerzas Armada que habría desviado más de $900 millones entre 2022 y 2026

La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.

El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.

La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.

— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)

Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.

El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.

Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.

— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas

También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.

Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.

También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.

A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.

El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado. Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.

Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.

— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo

Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.

“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.

La teniente que dijo que no

El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.

A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.

Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.

La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.

El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.

A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.

Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.

El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.

Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.

La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.

Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.

Los principales acusados

El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.

Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.

A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.

Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.

Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.

La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.

No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.

La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.

El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.

La tasa de suicidios es la más alta de la historia argentina y golpea de lleno a los jóvenes

El suicidio se convirtió en la principal causa de muerte entre los adolescentes y jóvenes de la Argentina y desplazó a los accidentes de tránsito, que históricamente habían ocupado ese lugar en la franja de 15 a 34 años. La conclusión surgió de un informe del Observatorio de Política Criminal que analizó estadísticas oficiales desde 2017 hasta 2025 y detectó un crecimiento sostenido del fenómeno.

Según el último reporte del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), que depende del Ministerio de Seguridad, 5.209 personas se quitaron la vida en 2025. La cifra representó un aumento del 22,6% respecto de 2024 y llevó la tasa a 11,8 víctimas cada 100.000 habitantes, un registro sin precedentes en la historia argentina. El año pasado se dio, además, el mayor salto interanual de la serie, al menos desde 2017: la tasa venía de 9,7 en 2024.

El director del Observatorio, el abogado Ariel Larroude, tradujo la magnitud del número durante la presentación del informe: “El año pasado, se quitaron la vida 5209 personas. Esto equivale a 14 casos por día o uno cada dos horas. Es muchísima gente que optó por quitarse la vida, lo que es un problema social y de salud pública mayúsculo. Entre los 20 y 34 años, una franja etaria económicamente productiva, es en la que se está viendo un fuerte impacto. ¿Qué está pasando en ese grupo que está optando por quitarse la vida?”.

[Ayuda] Cuando matarse aparece como una opción en la Argentina tiene 20 páginas y se presentó en la sede de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH). Larroude, además de dirigir la ONG, es director del posgrado en Política Criminal y Delitos Complejos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

— (IZQUIERDA) Ariel Larroude, director del Observatorio de Política Criminal junto a Guillermo Torremare, presidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos

Nuestro país padece la crisis de salud mental “más grave de su historia. Es de tal magnitud que en 2025 se dio la mayor tasa de suicidios desde que se tiene registro”, sostuvo Larroude.

El informe tomó como punto de partida 2017, cuando se registraron 3.304 suicidios, con una tasa de 8,2 cada 100.000 habitantes. El cotejo con los 5.209 de 2025 arrojó un aumento del 57,6% en la cantidad de casos, o del 43,9% si se contempla el crecimiento poblacional de esos años.

Los jóvenes, el grupo que más crece

El reporte más reciente del SNIC no incluye el desagregado por edad, pero los datos de 2024 permiten dimensionar el peso de los más jóvenes. Ese año, sobre un total de 4.249 víctimas, 561 personas de entre 20 y 24 años se quitaron la vida; 567 de entre 25 y 29, y 486 de entre 30 y 34. A ellas se sumaron las víctimas adolescentes, de 15 a 19 años. La sumatoria arrojó que el 45,3% del total nacional de 2024 correspondió a adolescentes y personas en su juventud temprana.

Entre los adolescentes de 15 a 19 años la tendencia se mantuvo pareja a lo largo de los años —con un pico de 432 casos en 2018 y un promedio cercano a los 380 anuales— e incluso bajó un 20% en 2024. Los datos de 2025 separados por edad todavía no están disponibles.

Consultado sobre el rol de los jóvenes entre las víctimas, Larroude fue categórico: “La franja de 20 a 34 es la más complicada”.

La “transmutación” de la violencia

El informe planteó un contrapunto entre dos formas de violencia letal. Mientras la tasa de homicidios dolosos bajó de 5,2 cada 100.000 habitantes en 2017 a 3,6 en 2025, la de suicidios siguió el camino inverso hasta ubicarse en 11,8, más de tres veces por encima. El equipo del Observatorio describió el proceso como una “transmutación de la violencia letal” hacia la autoinfligida, aunque aclaró que no se trata de las mismas personas ni de que un fenómeno reemplace al otro.

“Lo que tratamos de mostrar es que, si bien se puede ‘celebrar’ que Argentina bajó mucho los homicidios, hay una trasmutación de la violencia, que pasó de ser interpersonal a personal”, explicó. Y amplió: “Si bien no se cruzan esas variables, en el sentido de que de ninguna manera son las mismas personas las que cometían homicidio y ahora deciden quitarse la vida, es una fotografía del arquetipo de cómo está configurada la violencia en América Latina y en el país. Esto te obliga a intervenir como Estado”.

Para dimensionar la comparación, el autor recordó que el pico de homicidios dolosos asociados a la narcocriminalidad en Rosario a lo largo de una década fue de 24 muertes cada 100.000 habitantes, apenas por encima de la tasa provincial de suicidios más alta del país. También señaló que la cifra actual supera a la de otros momentos críticos: durante la crisis socioeconómica de 2001 se registraron 8,4 suicidios cada 100.000 habitantes. La comparación regional ubicó a la Argentina en el segundo lugar entre las tasas más altas, detrás de Uruguay y por delante de Chile.

“Estar frente a la tasa nacional de suicidios registrada más alta de la historia argentina, que esta tasa esté cuadruplicando la tasa de homicidios dolosos, que haya jurisdicciones tan comprometidas y que, para este año, tengamos el presupuesto de salud mental más bajo de los últimos años nos da una pauta de que este fenómeno social no está siendo observado”, afirmó.

El mapa provincial, (muy) dispar

Detrás del promedio nacional se esconden realidades muy distintas. La tasa de 11,8 cada 100.000 habitantes quedó casi emparejada con la de la provincia de Buenos Aires (11,9), donde reside cerca del 40% de la población. Pero varias jurisdicciones treparon muy por encima.

Entre Ríos encabezó el ranking con 20,8 suicidios cada 100.000 habitantes y una variación del 81,1% entre 2017 y 2025. La siguieron San Luis (18,9, con un salto del 152,6% en el período), Salta (17,4, con 26,6%), Santa Cruz (16, con 24,4%) y Catamarca (14,2, con 55,3%). En el extremo opuesto, las tasas más bajas correspondieron a Río Negro (6,5), Neuquén (7,8), Corrientes (8), la Ciudad de Buenos Aires (8) y Misiones (8,7). De ese grupo, solo Neuquén redujo su número de casos.

Un caso aparte fue el de La Rioja, la provincia con mayor contraste del período: pasó de 13 víctimas en 2017 a 50 en 2025, un aumento del 284,6% en nueve años.

El autor insistió en leer las tasas junto con los números absolutos. “Las tasas permiten comparar poblaciones de distinto tamaño, pero deben leerse junto con los casos absolutos”, planteó. En esa clave, la provincia de Buenos Aires concentró 1.977 hechos en 2025, el 38% del total nacional, seguida por Santa Fe (461), Córdoba (371) y Entre Ríos (288). En conjunto, esas cuatro jurisdicciones reunieron cerca de 6 de cada 10 casos del país. El propio SNIC advirtió, de todos modos, que el fuerte aumento bonaerense —del 55,4% respecto de 2024— respondió en parte a mejoras en los sistemas de carga provinciales y al cruce con registros de defunciones, por lo que no recomendó comparaciones interanuales para esa jurisdicción.

Un subregistro enorme

Una particularidad argentina es que las cifras de suicidio no provienen del Ministerio de Salud, sino del de Seguridad. Los datos surgen del SNIC y de la base pública del Sistema de Alerta Temprana de Suicidios (SAT-SS), que administra la cartera de Seguridad y que cargan las policías provinciales y las fuerzas federales.

La brecha con el registro sanitario es enorme. El Boletín Epidemiológico Nacional (BEN), del Ministerio de Salud que conduce Mario Lugones, informó 748 suicidios entre las semanas epidemiológicas 1 y 52 de 2025. Los reportes provinciales que recoge el SNIC, en cambio, superaron los 5.200. En Salud reconocen que se trata de cifras “en construcción”: el suicidio se incorporó a la lista de eventos de notificación obligatoria recién en 2023, lo que todavía provoca demoras en los reportes provinciales. Para Larroude, la información del SNIC es “más robusta” por el cotejo policial y judicial al momento de la carga.

En la Argentina, aunque el suicidio no constituye un delito, se registra en las estadísticas criminales desde la década del 60. 

El reclamo por la emergencia en salud mental

El informe remarcó que 2025 fue uno de los años con más bajo porcentaje de ejecución del presupuesto de salud mental: 31,2%, incluso por debajo del 36% de 2017. 

“Estamos pidiendo que se declare la emergencia en salud mental para que estas jurisdicciones tengan intervención del estado nacional y se les asignen más recursos: más psicólogos, más expertos en salud mental”, planteó Larroude, que subrayó la necesidad de instalar el tema en la agenda pública.

Entre los factores que, a su criterio, inciden en el fenómeno, mencionó lo que definió como “el triángulo histórico estudiado por la psicología. La ansiedad, la depresión y el aislamiento. Pero lo que también se ve en los jóvenes es un fuerte problema de consumo elevado de estupefacientes”. En ese punto aportó datos de la Sedronar: “Argentina tiene una tasa elevada de consumo de marihuana y cocaína en su población económicamente activa: 28 y 5 personas cada 100.000, respectivamente, las consumieron alguna vez en el último año. Es un montón y se ha triplicado en los últimos años”.

A ello sumó “la ludopatía, otro factor importante”, y vinculó el cuadro con la coyuntura económica: la falta de empleo formal y, sobre todo, la crisis de endeudamiento, que golpea con dureza a los jóvenes y a los adultos mayores, los primeros y los últimos estratos de la sociedad.

La huida del socio: el intento fallido de La Derecha Diario por borrar su vínculo con Cerimedo

El terremoto político que sacudió a La Derecha Diario tiene su epicentro en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, donde Fernando Cerimedo quedó en el centro de una causa judicial de máxima gravedad tras el violento atentado contra Nadia Beller. La investigación expuso no sólo su rol como estratega de poder e influencia regional en el gobierno de Rodrigo Paz, sino también el abrupto derrumbe de su entramado político y mediático.

Fernando Cerimedo junto a Nadia Beller, víctima del atentado contra su vida.

Esta caída arrastra de manera directa su histórico posicionamiento en el ecosistema digital mileísta, donde operó como un armador clave en el armado comunicacional que catapultó a Javier Milei a la presidencia. Lejos de ser un actor aislado, Cerimedo tejió una sólida sociedad operativa con figuras centrales del aparato digital oficialista como Juan Pablo Carreira (conocido en redes como “Juan Doe”, actual director nacional de comunicación digital del gobierno), el streamer Daniel Parisini (“Gordo Dan”) y el legislador bonaerense Agustín Romo (presidente del bloque de LLA), entre muchos otros, conformando el núcleo duro de la estructura de choque y difusión digital del espacio.

Fernando Cerimedo junto a Agustín Romo, presidente del bloque de La Libertad Avanza en la Legislatura Bonaerense.

En paralelo a este entramado de poder político y redes, los antecedentes de los involucrados revelan una red de negocios millonarios y operaciones de consultoría a medida que funcionan como telón de fondo. Entre ellos sobresalen los lucrativos contratos vinculados a la hidrovía del río Paraná (Santa Fe), los fondos millonarios destinados a la campaña de influencia de Israel en Estados Unidos (en Data 24 ya hablamos de esto) y las polémicas maniobras de consultoría internacional, como las exigencias impuestas por Javier Negre a una activista colombiana para condicionar su postura sobre Israel a cambio de proyección política presidencial (también hemos hablado de este tema), consolidando un perfil corporativo donde los negociados y la propaganda geopolítica caminan de la mano.

El falso relato del despegue y las contradicciones documentales

Frente al escándalo internacional, la reacción de La Derecha Diario y de su director, Javier Negre, consistió en activar un blindaje comunicacional y emitir un comunicado oficial con pretensiones exculpatorias. En el texto, el medio sostiene de manera tajante que Fernando Cerimedo y que jamás fue propietario ni fundador, argumentando que a comienzos de 2024 —coincidiendo con la supuesta adquisición del portal por parte de Negre— Cerimedo había reducido su participación patrimonial hasta desvincularse por completo.

El comunicado oficial de La Derecha Diario: intentan negar que Cerimedo fuera dueño o fundador y aseguran que se desvinculó a principios de 2024.

Sin embargo, el relato oficial se desploma al chocar contra el archivo sistemático del propio medio y los registros públicos. Lejos de la supuesta desvinculación temprana, el propio entramado digital de La Derecha Diario y los tuits de Javier Negre se encargaron de desmentir a su propia patronal de manera sistemática.

Tuit del 22 de noviembre de 2024: el propio portal presentaba a Cerimedo como “el dueño de La Derecha Diario”. 

Sin ir más lejos, en febrero de 2025 —un año entero después de la presunta venta esgrimida ahora— el medio y su director celebraban premios y defendían causas judiciales refiriéndose a Cerimedo de manera inequívoca como “nuestro socio”.

Febrero de 2025: un año después de la supuesta venta, el medio seguía llamando públicamente “nuestro socio” a Cerimedo. 
El tuit de Javier Negre de febrero de 2025 que destruye el relato de la desvinculación al exigir disculpas para “mi socio”. Cerimedo llama “amigo” a Negre.

Otro fragmento del comunicado niega que Cerimedo haya sido propietario del medio, sin embargo el propio portal se refería a él como “el dueño de La Derecha Diario” en coberturas resonantes frente a cruces públicos y causas internacionales.

Nota de noviembre de 2024. La Derecha Diario presentaba a Cerimedo como su dueño. 
Difusión oficial de febrero de 2025 ratificando a Fernando Cerimedo en calidad de dueño. 

Por otro lado, el comunicado oficial también negó que Cerimedo haya tenido alguna participación en la fundación del portal, pero resulta que, en julio de 2025, el propio Negre le agradecía públicamente por haber creado el medio.

Julio de 2025: Negre le agradecía públicamente a Cerimedo por haber “creado e impulsado” el medio.

Maniobra de ocultamiento y huida digital

El operativo de limpieza no se limitó a la redacción de un comunicado formal, sino que exigió una intervención sobre los registros digitales del medio para borrar cualquier rastro que vinculara a Javier Negre con su socio detenido en Bolivia. La urgencia por reescribir la historia digital quedó al descubierto con la modificación sistemática de las biografías institucionales dentro de la propia web de La Derecha Diario.

Hasta hace poco, el perfil de autor de Fernando Cerimedo lo exhibía sin ambigüedades como “Consultor político, socio de La Derecha Diario y CEO de Numen Publicidad”. Puede corroborarse accediendo al enlace de Archive.org donde se guardó, que permanece de manera inalterable.

El perfil web de Cerimedo el 21 de agosto de 2026, figurando textualmente como “socio de La Derecha Diario”.

Pero Negre mandó a cambiar este perfil e intentó ocultarlo ante la caída en desgracia de Cerimedo: pocos días después, el término “socio” desapareció por completo de la plataforma, reduciendo su descripción a un genérico “Consultor político”, con el fin de maquillar su salida.

La misma biografía el 25 de agosto de 2026: tras el escándalo, borraron de urgencia la palabra “socio”. 

En paralelo al cambio en el sitio web, la trastienda legal y administrativa del portal experimentó movimientos idénticos en los registros oficiales. Los datos de NIC Argentina (donde se registran los sitios web con terminación en “.ar”) evidencian que el 22 de agosto de 2026, en plena ebullición del escándalo internacional y con Cerimedo ya incomunicado en el penal de Palmasola, se ejecutaron cambios súbitos en la titularidad y gestión del dominio de La Derecha Diario.

Registros de NIC Argentina que exponen la maniobra exprés sobre el dominio ejecutada el 22 de agosto de 2026.

Intentando blindar la estructura societaria de Negre frente a las derivaciones judiciales de la causa por tentativa de homicidio, el dominio del portal dejó de estar a nombre de Cerimedo.

Frente a este tipo de evidencias, el propio Javier Negre recurrió a operaciones de blindaje discursivo en redes sociales, buscando apoyarse en descargos de terceros para despegar su responsabilidad personal y la del portal frente al derrumbe de su socio histórico.

El descargo de Javier Negre intentando blindar su gestión tras el estallido judicial, citando a Nadia Beller.

En definitiva, el blindaje discursivo montado a través del comunicado oficial y los descargos en redes sociales carece de cualquier sustento frente a una marea probatoria irrefutable. Ninguna operación de cirugía digital, borrado de biografías o transferencia exprés de dominios puede borrar años de archivos, notas y cruces públicos donde los propios protagonistas proclamaban a viva voz una sociedad comercial y política innegable.

La maniobra de Javier Negre para simular un despegue tardío no es más que un intento desesperado por eludir responsabilidades corporativas y judiciales, dejando en evidencia que el relato oficial construido por La Derecha Diario se derrumba por su propio peso ante la contundencia de los hechos.

*Por Augusto Grinner

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

La Cámara Federal dejó firme el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani por el espionaje ilegal

La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.

Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.

Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.

El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.

“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.

Cómo llegaron los discos al expediente

La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.

Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.

El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.

Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.

Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”

Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.

El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.

Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato .PST habrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.

Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.

Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.

Una seguidilla de fallos

La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.

El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.

Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.

Chaco | Piden hasta 15 años para los policías que robaban bloques de cocaína durante una quema

La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.

Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.

“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.

La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.

El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.

La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.

El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.

La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.

En la mochila de Néstor Ariel Urne Canteros se encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.

Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.

Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.

Lo que muestran los chats

Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.

De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.

“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.

La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.

Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.

Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.

Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.

En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.

Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.

Delitos atribuidos

En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.

El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.

— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial

La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.

Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.

El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.

Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.

— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco

La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.

El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.

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