Imagen Política | Los K encabezan el top 10 de los políticos con peor imagen
Los datos son de la Universidad de San Andrés (Udesa) y publica un amplio informe de coyuntura cada dos meses
10 Years Experiences
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Según un estudio realizado cada dos meses por la Universidad de San Andrés (UdeSa) los dos referentes del Frente de Todos, Máximo Kirchner y Cristina Fernández son los dos peores de la lista.
Si bien, la gran mayoría de los dirigentes argentinos están en una lista negra imaginaria pero contundente que escribe continuamente la sociedad, el ojo se centró esta vez en 10 referentes políticos que terminan el año involucrados en una incómoda posición, apuntados como los que tienen imagen más negativa.
Las imágenes involucran a más de 20 dirigentes del oficialismo y la oposición. El trabajo incluye 1.000 casos relevados entre el 13 y el 17 de diciembre, con +/- 3,15% de margen de error. Para medir la encuesta, Udesa ofreció seis diferentes variantes en sus respuestas: «Muy buena», «Algo buena», «No sé», «No lo conozco», «Algo mala» y «Muy mala». La imagen negativa se conforma por la gran cantidad de personas que respondieron con las dos últimas. En varios casos, llamó la atención el nivel del rechazo más alto.
Máximo Kirchner tiene 75% de valoración en contra, eso lo convierte en el peor de todos en este rubro, y casi toda la compone la «Muy mala» (63%). Lo mismo pasó con su Madre y vicepresidente de la Argentina, Cristina Kirchner, la segunda en este ranking incómodo, que totaliza 73% de negativa, de los cuales 61% son de «Muy mala».
En este top 10 se encuentra en el tercer lugar Daniel Scioli con un 43% de «Muy mala», aunque muchas encuestas ya no miden al actual embajador de Brasil, siempre queda su nombre ligado al oficialismo. Por debajo, vienen otros tres referentes del Frente de Todos: el gobernador Axel Kicillof (70% de negativa con 53% de «Muy mala»), el titular de Diputados Sergio Massa (69% y 46%) y el presidente Alberto Fernández (68% y 48%).
Pará terminar, los últimos personajes pertenecen a la oposición, el primero que aparece es Mauricio Macri, con números similares a los de los kirchneristas más cuestionados. El ex presidente llega a 68% de negativa. Más abajo, la titular de la Coalición Cívica, Elisa Carrió (59% de negativa total, con 36% de «Muy mala»), el diputado del FIT Nicolás del Caño (59% y 32%), y la diputada del PRO María Eugenia Vidal (55% y 33%).
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Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.
“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.
El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.
La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.
— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré
El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.
Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.
La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas.
— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas
El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.
— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”
Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.
La vicepresidente Victoria Villarruel firmó el pasado viernes el decreto presidencial del Senado 0630/2026, que creó un Programa de Alivio Financiero para los empleados endeudados de la Cámara alta. Podrán pedir un adelanto de haberes a tasa cero, de hasta tres sueldos netos de octubre, para cancelar por completo lo que deben.
En los fundamentos de la norma, Villarruel escribió que la situación económica del país llevó a las familias a usar más el crédito para pagar gastos corrientes y aumentó sus obligaciones mensuales. Para respaldarse citó al Banco Central. A diciembre de 2025, 20,3 millones de personas, el 54,7% de los adultos, tenían algún tipo de financiamiento, y el saldo promedio por deudor llegó a su máximo desde enero de 2020. En junio de 2026, el 12,8% de los créditos a familias tenía pagos atrasados. En las fintechs, las emisoras de tarjetas y otros prestamistas no bancarios, la cifra fue del 26,9% en febrero.
Diputados depende de Menem y lo votan ellos. Los senadores se votan ellos sus aumentos. No soy senadora y no intervengo en sus dietas. En lo que sí intervengo ahorramos 30.000 millones de pesos. Un saludo.
El anuncio cayó mal en X y Villarruel contestó sin anestesia: “Cuesta entender lo que leen”. A quien le pidió frenar los aumentos de los legisladores le recordó que Diputados depende de Martín Menem y que los senadores votan sus propias dietas. “No soy senadora y no intervengo en sus dietas”, aclaró. Según afirmó, en lo que sí controla ahorró 30.000 millones de pesos.
Viven en Narnia. No tienen idea evidentemente de lo difícil que se hace alquilar, trasladarte a tu trabajo y comer o mantener un hijo con un sueldo promedio de 1 millón o 2 en el mejor de los casos. Salgan del tupper.
Un docente de Entre Ríos que dijo cobrar $700.000 reclamó el alivio para sí mismo. “¿Te pensás que el Senado está en otra galaxia?”, le devolvió la vicepresidente, que aseguró que algunos empleados de la Cámara ganan cifras parecidas. “Viven en Narnia”, les disparó a otros usuarios, a quienes acusó de ignorar lo que cuesta alquilar, viajar al trabajo, comer o criar un hijo con uno o dos millones de sueldo. “Salgan del tupper”, remató.
El texto es claro para que interpretes cualquier cosa. Se ahorraron 30.000 millones de pesos y damos un alivio que será devuelto con sus propios haberes. Lo que sea de mi destino no es tu preocupación, pero si es mi preocupación que los trabajadores que del Senado dependen tengan…
“¿El empleado endeudado de mantenimiento qué casta es?”, preguntó ante quienes le reprocharon sumar privilegios. También defendió al personal de limpieza, a los choferes y a los custodios del Congreso frente a los que los llamaron ñoquis. A un usuario que calificó de ilegal la medida le contestó que “ilegal es otra cosa” y que quien trabaja en el Estado también es profesional, padre o madre de familia, inquilino y estudiante. Y redobló: “No todos llegan fifándose a alguien o siendo pariente de”.
Sostuvo además que el programa alcanza a casos puntuales y a salarios medios y bajos. Según afirmó, la reducción de 1.200 empleados también generó ahorro. A un usuario que cuestionó los ataques contra los empleados públicos le dijo que las entidades de bien público siguen siendo necesarias. “El odio que leo en ciertos mensajes habla mal de lo que dicen defender”, escribió.
Podrán acceder los trabajadores de planta permanente y temporaria. El adelanto servirá para saldar deudas con los sindicatos Asociación del Personal Legislativo (APL), Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y Unión Personal Civil de la Nación (UPCN), y con bancos públicos y privados o entidades habilitadas por el BCRA. También cubre deudas con billeteras virtuales y plataformas de pago que prestan dinero (Proveedores de Servicios de Pago, PSP) y con fintechs y emisoras de tarjetas (Proveedores No Financieros de Crédito, PNFC/OPNFC). Quedan afuera los créditos prendarios, que tienen un vehículo como garantía, y los hipotecarios.
La inscripción cierra el 20 de noviembre. Para anotarse hay que presentar una constancia del acreedor con el capital, los intereses, la tasa, los plazos, el estado de la deuda y el monto necesario para cancelarla. Los beneficiarios devolverán solo lo que recibieron, sin intereses ni costos financieros, en hasta nueve meses. Según Villarruel, el programa se pagará con el ahorro y los recuperos de la administración del Senado.
Un grupo de suboficiales del Ejército Argentino presentó una carta dirigida al presidente Javier Milei, recibida en la Casa Rosada el pasado 9 de octubre para reclamar representación en la conducción de la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), antes el Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA).
“Nunca nos contestó, nosotros insistimos e hicimos dos notas más, o sea, le mandamos tres notas, nunca nos contestó”, destacó el suboficial mayor Ramón Oscar Corradini ante la falta de respuesta del Estado, advirtiendo que recurrirán a la Justicia.
Los militares sostienen que constituyen una parte mayoritaria de los afiliados y que, pese a contribuir económicamente al funcionamiento de la institución, no cuentan con representación propia en su directorio.
La normativa actual reserva lugares por fuerza y para el personal civil, pero no garantiza una representación específica de los suboficiales, aunque tampoco les prohíbe integrar el directorio.
De acuerdo a lo trascendido, la carta solicita una audiencia con Milei para plantear la incorporación de suboficiales a la conducción y al control de gestión de la obra social. La misma está firmada por los suboficiales mayores Hugo O. Cattoni (magíster en psicogerontología) y Héctor V. Martínez (abogado y suboficial mayor retirado), que se presentan en nombre de un equipo con profesionales, veteranos de Malvinas y familiares.
El reclamo de los suboficiales busca garantizar su participación en la conducción del traspaso económico a la nueva obra social, supervisar el destino de los recursos y presentar propuestas para mejorar las prestaciones médicas destinadas a las familias militares.
Dentro de las Fuerzas Armadas existen dos categorías principales de personal militar, los oficiales y los suboficiales, con funciones y escalas jerárquicas diferentes. Los primeros integran la estructura de mando y ocupan grados como teniente, capitán, mayor, coronel o general, según la fuerza.
Por su parte, los suboficiales desempeñan tareas operativas, técnicas, logísticas y administrativas, además de asumir responsabilidades en la supervisión del personal. Pese a que ambos sectores cumplen funciones esenciales para el funcionamiento de las instituciones militares, sus carreras profesionales y niveles de responsabilidad se organizan distintamente.
La iniciativa no se limita a exigir un lugar en el directorio, sino que también cuestiona el sistema de representación. Aunque los cargos se distribuyen entre el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, la normativa no garantiza una representación específica para los suboficiales, quienes consideran necesario tener voz propia en las decisiones que afectan su cobertura de salud.
— En octubre de 2026, el Gobierno nacional disolvió el IOSFA y puso en marcha su liquidación oficial debido a una crisis financiera y una deuda acumulada de más de $210.000 millones
“No solicitamos privilegios. Solicitamos participación, representación y la posibilidad de aportar nuestra experiencia al servicio de una institución que también sentimos propia”, expresaron los suboficiales.
El 68% de los afiliados
Corradini, en diálogo con el medio Realpolitik, sostuvo que los suboficiales constituyen entre el 65% y el 68% del padrón y utiliza esa proporción como argumento para reclamar lugares propios en el directorio, enumeran las notas presentadas en 2024 y 2025, durante la gestión de Luis Petri en Defensa. Carlos Presti, que entonces conducía el Ejército, lo sucedió al frente del ministerio en diciembre de 2025.
“Somos el 68% del padrón, no puede ser que no tengamos un par de suboficiales dentro del directorio para que controlen nuestras cosas”, afirmó Corradini vía WhatsApp.
— El teniente general Carlos Alberto Presti, actual Ministro de Defensa de la Nación Argentina
Ese porcentaje debe tratarse como una afirmación de los reclamantes, no como una estadística oficial corroborada, ya que se requiere verificación mediante los registros de afiliación y precisar qué se está contando, como los titulares o todos los beneficiarios, personal activo o también retirados y el padrón del antiguo IOSFA o de la nueva OSFA. La distinción es relevante porque la reforma separó la cobertura de las Fuerzas Armadas de la correspondiente a Gendarmería y Prefectura.
“Los oficiales, por más amigos que alguno tenga, ellos no quieren que nosotros estemos en esto, porque como hay mucho dinero, nosotros no podemos estar según ellos”, expresó Corradini, al cuestionar la presunta resistencia de sectores de la oficialidad a incorporar suboficiales en la conducción de la obra social.
Pese a estos cuestionamientos, la presentación mantiene un tono institucional y reclama una mayor participación de los suboficiales en las decisiones administrativas. “Hemos realizado nuestros aportes y sostenido económicamente nuestra obra social, con la legítima expectativa de participar en las decisiones que hacen a su presente y a su futuro”, señalaron los firmantes.
— La transición de IOSFA a OSFA no puede llevar más de 365 días
El artículo 11 del Anexo I del DNU 88/2026 establece que OSFA sea administrada por un directorio de cinco integrantes titulares, cada uno con un suplente de los cuales dos son propuestos por el Ejército, uno por la Armada, otro por la Fuerza Aérea y el restante representa al personal civil. Todos son designados y pueden ser removidos por el ministro de Defensa.
Sin embargo, la normativa no garantiza un lugar específico para los suboficiales, aunque tampoco les impide formar parte de la conducción, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
“Si el señor presidente no nos contesta, ya directamente estamos muy asesorados con este tema, vamos a ir a la Justicia, porque tenemos derechos, camaradas”, indicó Corradini.
En marzo, el Gobierno anunció una primera conformación integrada por los generales de brigada retirados Sergio Maldonado y Omar Horacio Domínguez, el capitán de navío Gustavo Rubén Rivas y el comodoro retirado Juan Carlos Ruiz Pringles. Posteriormente, en mayo, el ministro Presti designó al general de brigada Pablo Guillermo Plaza como presidente del organismo, tras la renuncia de Maldonado. De esta manera, los representantes militares designados inicialmente pertenecían al cuerpo de oficiales, sin participación de suboficiales.
La crisis que agrava el reclamo
La disputa sobre representación ocurre sobre una crisis financiera documentada, no solamente sobre diferencias internas. Un acta del directorio de IOSFA correspondiente a enero de 2025 consignó una deuda acumulada de $113.000 millones al cierre de 2024 y registró explicaciones sobre disponibilidades y dificultades administrativas para su utilización.
Ese mismo documento mencionó $45.000 millones en una cuenta bancaria al cierre de 2024, por lo que no corresponde utilizar la cifra de deuda, aislada, como si describiera por sí sola toda la situación patrimonial o equivaliera automáticamente al déficit neto.
— El General de Brigada Pablo Guillermo Plaza, actual presidente de OSFA
En octubre de 2026, el Gobierno anunció un proceso de cancelación de una deuda superior a $200.000 millones, junto con pagos de reintegros y negociaciones para reconstruir la red de prestadores. El 1 de octubre, Defensa anunció que OSFA asumía plenamente la atención del personal militar y sus familias, y que comenzaba una recuperación progresiva de las prestaciones mediante pagos y nuevos acuerdos con prestadores. También informó un primer lote de más de 10.000 reintegros por más de $5.000 millones.
El compromiso se produjo después de que Gonzalo Secchi reemplazara a Ariel Guzmán al frente de la administración del IOSFA. El escrito que Guzmán entregó a su sucesor advertía sobre transferencias de recursos incompletas, dificultades financieras y problemas para garantizar la continuidad de las prestaciones médicas. El informe también señalaba que Pablo Plaza, presidente de OSFA, había solicitado extender el convenio de atención con IOSFA debido a que la nueva obra social todavía no contaba con contratos vigentes debidamente aprobados para asegurar la cobertura de sus afiliados.
Otro elemento del conflicto es la infraestructura que pasa —o no— a la nueva entidad. La investigación citada informa comunicación oficial del 14 de octubre que ordenaba iniciar el cierre de 31 farmacias propias y tramitar la baja de sus habilitaciones, con el argumento de que OSFA no había solicitado su transferencia.
Un eventual planteo de fondo podría discutir si el diseño vigente satisface los derechos de participación y las garantías de igualdad que invoquen los interesados. El artículo 14 bis de la Constitución contempla la administración del seguro social por los interesados con participación estatal, siendo que el régimen de OSFA exige prestaciones no inferiores al Programa Médico Obligatorio y acceso igualitario a su programa asistencial.
El gobernador bonaerense Axel Kicillof adjudicó una obra pública por $840.695.627,02 para construir un espacio comunitario en el barrio El Retiro, de Los Hornos, partido de La Plata. El proyecto debía mejorar un predio destinado a actividades deportivas, recreativas y culturales, especialmente para niños y adolescentes.
Sin embargo, ocurrió algo llamativo. La construcción comenzó formalmente el 2 de marzo de 2026 y fue suspendida el 13 de marzo, apenas once días después. Durante los meses siguientes no se reanudaron los trabajos y, finalmente, el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) decidió rescindir el contrato por falta de financiamiento.
La Provincia se quedó sin fondos disponibles del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para ese proyecto y tampoco contaba en ese momento con recursos presupuestarios propios para continuarlo. El proyecto, denominado Equipamiento comunitario y mejoramiento de espacio público, estaba ubicado en las inmediaciones de las calles 62 y 166 del barrio El Retiro.
— La planta de implantación del proyecto de un salón comunitario y espacio público en el barrio El Retiro, ubicado en la localidad de Los Hornos, La Plata (Buenos Aires)
El mismo contemplaba la intervención de aproximadamente 4.320 metros cuadrados, con la construcción de un salón de usos múltiples (SUM) de 200 metros cuadrados, equipado con cocina y sanitarios para el desarrollo de reuniones, talleres y actividades comunitarias. Además, estaba prevista la instalación de un playón deportivo de 30 metros de largo por 17 de ancho, destinado a la práctica de fútbol, básquet y otras disciplinas. Las obras también incluían juegos infantiles, veredas, iluminación, mobiliario urbano, forestación y acondicionamiento de espacios verdes, con el objetivo de mejorar la infraestructura del barrio y ofrecer nuevos lugares de encuentro y recreación para los vecinos.
La iniciativa había sido presentada oficialmente por el OPISU el 13 de octubre de 2025, como parte de una política de integración social y urbana destinada a mejorar las condiciones de vida en barrios populares. No se trataba simplemente de embellecer una plaza. El objetivo era dotar a los vecinos de infraestructura pública para realizar actividades que, en muchos casos, requieren trasladarse a otros sectores de la ciudad.
El Gobierno bonaerense, a través del OPISU, adjudicó la obra a la unión transitoria integrada por Aleste S.A. Empresa Constructora y Marle Construcciones S.A. por un monto de $840.7 millones. El contrato fue firmado el 13 de febrero de 2026 y los trabajos comenzaron formalmente el 2 de marzo, con un plazo de ejecución previsto de 180 días corridos. La obra se licitó dentro del proyecto AR-L1288 y con un préstamo BID 4823/OC-AR. El BID informaba para el programa un crédito aprobado de USD$100 millones, una contrapartida argentina de USD$11.15 millones y un costo total de USD$111.15 millones.
No obstante, apenas once días después, el 13 de marzo, el organismo provincial y las empresas acordaron suspender la construcción y neutralizar los plazos contractuales.La paralización se prolongó durante más de seis meses, hasta que el 30 de septiembre el OPISU dictó la Resolución 271/2026, mediante la cual dispuso la rescisión unilateral del contrato bajo el argumento de fuerza mayor. La decisión se hizo pública en octubre, luego de su publicación en el Boletín Oficial.
Pero la cuestión de fondo va más allá de esos once días. El proyecto fue contratado con un plazo de ejecución que superaba el período informado de ejecución del préstamo internacional, y la Provincia tampoco disponía de una alternativa presupuestaria para continuarlo. Con un plazo contractual de 180 días corridos y un comienzo el 2 de marzo, la terminación teórica caía hacia fines de agosto de 2026. En cambio, el período de ejecución del préstamo finalizaba el 24 de junio, aproximadamente dos meses antes.
La adjudicación se firmó el 6 de enero, el contrato el 13 de febrero y el inicio el 2 de marzo. Es decir, OPISU avanzó sucesivamente con la adjudicación, contratación e inicio de una obra cuyo plazo completo excedía el período informado para el préstamo que debía financiarla.
¿Por qué la Provincia se quedó sin financiamiento?
La obra estaba contemplada dentro del préstamo internacional 4823/OC-AR, otorgado por el BID para financiar el Programa de Integración Social y Urbana en el Gran Buenos Aires. El crédito, aprobado el 2 de julio de 2019, ascendía a 100 millones de dólares, mientras que el costo total del programa alcanzaba los 111,15 millones de dólares. Según los registros del organismo internacional, el período de ejecución del financiamiento finalizó el 24 de junio de 2026.
Los recursos estaban destinados a un conjunto de proyectos de urbanización y mejoramiento de barrios populares, entre los que se encontraba la intervención prevista en Los Hornos. A través de este mecanismo, la Provincia podía financiar obras de infraestructura social y urbana, siempre que se ajustaran a los objetivos del programa y cumplieran con las condiciones y los plazos establecidos en el acuerdo con el BID.
Pero apareció una incompatibilidad importante, siendo que la ejecución del préstamo terminó el 24 de junio de 2026, según los registros publicados por el BID en la base internacional IATI. Mientras tanto, la obra de Los Hornos tenía un plazo contractual de 180 días y, de no haberse suspendido, debía finalizar hacia fines de agosto de 2026.
Es decir, el proyecto estaba programado para terminar aproximadamente dos meses después de que concluyera el período de ejecución del financiamiento. Esto plantea la duda de por qué se adjudicó y contrató una obra cuyo cronograma superaba el período de ejecución del préstamo que debía financiarla.
El segundo problema fue una decisión de la propia Provincia, ya que la documentación administrativa, recogida en la Resolución 271/2026, señala que la Provincia solicitó al BID desafectar el financiamiento correspondiente a la obra y que el banco tomó conocimiento de esa decisión.
— Funcionarias del OPISU del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el acto de licitación y apertura de sobres para proyectos de infraestructura y reurbanización en barrios populares
Esto significaba retirar una obra de la asignación de recursos que tenía prevista dentro de un programa de financiamiento. Por ejemplo, si una provincia tiene varias construcciones programadas dentro de un crédito internacional, puede gestionar cambios en los proyectos que serán financiados. Eso no equivale necesariamente a que el organismo prestamista haya decidido unilateralmente cancelar el dinero, puesto que la propia gestión provincial solicitó una desafectación.
El tercer inconveniente fue la falta de presupuesto provincial. Una vez que la obra dejó de contar con ese financiamiento internacional, quedaba solo la posibilidad de terminarla con recursos propios del Gobierno bonaerense. Asimismo, la Dirección General de Administración del OPISU informó que no existía disponibilidad presupuestaria de Rentas Generales para garantizar la continuidad de los trabajos. En términos sencillos, la Provincia no disponía de una partida alternativa para pagar la construcción y el resultado fue la rescisión del contrato.
El OPISU recindió el contrato por fuerza mayor
La directora ejecutiva del OPISU, Romina Analía Barrios, firmó la Resolución 271/2026 para poner fin unilateralmente al contrato con las constructoras Aleste y Marle.
El OPISU justificó la rescisión del contrato por razones de fuerza mayor, una causal contemplada en el artículo 65 de la Ley provincial 6.021 de Obras Públicas. La normativa permite poner fin a una contratación cuando circunstancias extraordinarias impiden su cumplimiento y establece mecanismos para reconocer los trabajos ejecutados y los materiales acopiados hasta el momento de la interrupción.
Pese a ello, la falta de financiamiento no constituye necesariamente una situación de fuerza mayor desde el punto de vista jurídico. Para determinar si corresponde aplicar esa figura, resulta necesario establecer si la imposibilidad de continuar con la obra respondió a circunstancias imprevisibles e inevitables, ajenas al control de la administración provincial, o si pudo haberse anticipado mediante una adecuada planificación presupuestaria. Aunque el organismo invocó ese argumento en la resolución, su inclusión en el acto administrativo no implica que la justificación haya sido avalada por una instancia judicial.
La licitación contemplaba la posibilidad de otorgar un anticipo financiero equivalente al 10% del contrato, siempre que las empresas adjudicatarias lo solicitaran y cumplieran con los requisitos establecidos, pero hasta el momento no se ha podido confirmar públicamente si ese desembolso llegó a concretarse.
Por su parte, el OPISU dejó pendiente la evaluación de los gastos que eventualmente deberán reconocerse a las constructoras como consecuencia de la rescisión. Entre los conceptos que podrían ser considerados se encuentran los trabajos efectivamente realizados, la adquisición de materiales, la instalación del obrador y los costos derivados de la paralización y el retiro de equipos, siempre que estén debidamente acreditados y contemplados en las condiciones contractuales.
En este sentido, la Ley provincial 6.021 de Obras Públicas prevé el reconocimiento de determinados gastos improductivos ocasionados por la suspensión de los trabajos, mientras que el pliego de licitación establece los procedimientos para efectuar las liquidaciones correspondientes tras la finalización anticipada del contrato.
De esta manera, aunque no existen elementos suficientes para afirmar que la Provincia haya perdido los $840,7 millones correspondientes al monto adjudicado, tampoco puede descartarse que la rescisión genere nuevas obligaciones económicas para el Estado bonaerense. El costo definitivo dependerá de los gastos que logren acreditar las empresas y de aquellos que finalmente sean reconocidos por la administración provincial.
Para la administración colonial de las Islas Malvinas, el nombre del archipiélago constituye una ofensa suficiente para profanar la memoria de los caídos. Así lo confirmó al aire el periodista chileno Samuel Rojas durante una cobertura del ciclo Reportajes Teletrece en el Cementerio de Darwin, donde descansan los restos de soldados argentinos muertos en la guerra de 1982. Las cámaras captaron cómo las placas, ofrendas y recuerdos que dejan familiares y visitantes fueron retirados del cenotafio y lanzados fuera del perímetro como material de descarte.
Apostado junto al vallado blanco que rodea las tumbas, el cronista expuso sin rodeos la razón de semejante ultraje: “Algunas de las placas que probablemente traen algunos de los visitantes argentinos quedan atrás de la cruz. ¿Por qué? Porque la mayoría tiene consignas relacionadas con el nombre Malvinas, algo que no es aceptado acá; por eso es que son lanzadas acá, porque eso es considerado una ofensa y una provocación”.
A espaldas de la cruz mayor, lejos de la solemnidad que exige un camposanto militar, las imágenes revelaron un basural improvisado entre los pastizales. Allí yacían placas de pueblos patagónicos, mensajes familiares, rosarios, cintas votivas y figuras religiosas. La saña quedó a la vista en un primer plano: una placa acrílica colocada poco antes por una emisora radial de Comodoro Rivadavia, con la leyenda “El pueblo de Comodoro Rivadavia a Nuestros Héroes. ‘Malvinas nos une’ – Abril 2026”, apareció arrancada de su sitio y tirada en el barro, junto a listones rotos, pulseras elásticas y cerámicas partidas.
El informe dejó al descubierto además una intervención física sobre el predio. Una retroexcavadora amarilla operó con su brazo mecánico desplegado sobre el límite exacto del cementerio, en la parte posterior del cenotafio, y removió suelo a escasos metros de la cruz mayor, mientras un grupo de operarios trabajaba con palas en el terreno lindero. Esa franja de tierra limita de forma directa con el vertedero de los homenajes censurados.
La recorrida por Darwin formó parte de un reportaje sobre la comunidad chilena que reside en el archipiélago, en el marco de la controversia por una futura ruta marítima entre Punta Arenas y las islas. Ante los mismos micrófonos, los isleños reclamaron que el Gobierno argentino abandone su reclamo de soberanía y defendieron la ocupación británica. Uno de los veteranos del Reino Unido apuntó contra el presidente Javier Milei, a quien exigió dejar en paz el proyecto del buque chileno que abarataría el costo de las frutas y víveres llegados del continente: “Que Milei y su gente dejen tranquilo al barco chileno y nos dejen tranquilos a nosotros”.
La misma tranquilidad que pidieron para sí les fue negada a los muertos argentinos. El Cementerio de Darwin recibe con frecuencia a familiares, excombatientes y delegaciones que viajan miles de kilómetros para dejar flores, cartas, banderas y placas junto a las tumbas. Lo que las cámaras mostraron fue una decisión deliberada de la colonia que impide el luto y la memoria, en abierta violación del derecho internacional humanitario y de los mandatos de la Cruz Roja Internacional, que garantizan la integridad de los cementerios militares y de los recuerdos que acompañan a los caídos.
La imagen de “comunidad civilizada y respetuosa del derecho internacional” que Londres proyecta ante los foros multilaterales se derrumbó frente a una cámara extranjera.
El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.
Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.
“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.
Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.
“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”
— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro
“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”
El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.
— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina
No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.
“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.
El origen del conflicto
Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.
En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.
— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021
Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.
El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.
“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.
El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.
— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa
En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.
La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.
El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.
Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.
Los incidentes en enero y febrero de 2021
Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.
— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro
El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.
La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.
— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey
De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.
La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.
La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.
— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022
En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.
Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.
Aseguran ser la mayoría de los afiliados, pero los cargos militares del directorio quedaron todos en manos de oficiales. Si el Gobierno no responde, irán a la Justicia en medio de una crisis que dejó deudas por más de $210.000 millones.
Durante el primer semestre los ingresos subieron 11,5%, muy por debajo del 21,4% que aumentó la canasta básica, y la pobreza escaló al 32,3%, lo que equivale a 15 millones de personas. La minería es uno de los pocos sectores en alza, mientras la inversión y el empleo asalariado siguen en retroceso.
La Fiscalía de San Juan sostiene que la mujer lo hostigó durante meses con mensajes y visitas a su lugar de trabajo, y presentó los chats de WhatsApp como prueba.
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