Extorsión y más de $100 millones: Un nuevo arrepentido complica más a Milagro Sala
El fiscal general del MPA, Lello Sánchez, confirmó que un nuevo arrepentido aportó documentación con respecto a cuentas bancarias.
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El fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Jujuy, Sergio Lello Sánchez, se manifestó sobra la causa que investiga a Milagro Sala por lavado de dinero. El funcionario dio declaraciones tras lo dicho por “Shakira” Guerrero, persona cercana a la piquetera.
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El funcionario judicial indicó que surgieron novedades en la causa: “hay otro arrepentido, que realizó aportes de naturaleza documental e información que tiene cierta precisión de cuentas bancarias o bancos donde se operaba, al igual que todo lo que dijo la señora Guerrero”, afirmó en diálogo con Radio Mitre.
“Ahora se inicia un periodo donde hay que corroborar estos dichos. Estamos dentro de los plazos procesales como para corroborar esta información y ver si surgen nuevos imputados, nuevas líneas de investigación, nueva información que viene a consolidar, o no, la investigación que ya en su momento se consideró agotada. Esto introduce un giro: con nuevos aportes se dan nuevas hipótesis, nuevos cursos investigación”, agregó.
Sánchez sostuvo que las nuevas declaraciones de arrepentidos, permitirían ahondar en una novedosa modalidad de lavado de dinero, que se sumaría a las ya barajadas en la causa.
“Hay causa madre llamada ‘Pibes Villeros’, que actualmente esta en la Corte Suprema de Justicia, luego esta la causa ‘Sociocomunitario’ que es otro plan de la misma asociación ilícita comandada por Sala. Y este ‘Lavado’ es una etapa más donde se está buscando la ruta del dinero sustraído, saber dónde fue”, precisó el fiscal general.
Sobre los viajes al exterior, mencionó que el nuevo testigo “aporta documentación, tiene mayores precisiones sobre el tema. Ahora se abre la oportunidad de corroborar todo esto y modificar el curso de la investigación en el sentido de ampliarla, porque hasta ahora sabíamos que había habido tres maniobras en la causa de lavado: compras masivas de vehículos, compras masivas de inmuebles y sorteos que hacía entre los adherentes a la asociación Túpac Amaru. Esta hipótesis de depósitos de dinero fuera del país es una novedad que introduce la señora Guerrero y el otro coimputado”.
Sobre la suma de dinero que habría sido lavado, Sanchez explicó: “En la causa ‘Pibes Villeros’ hubo un fraude de 60 millones de pesos, en la ‘Megacausa’ alrededor de 1200 millones de pesos, son distintos planes para la construcción de viviendas y otro tipo de construcciones que tenían que hacer las cooperativas, los municipios”.
“Del lavado se pudo corroborar la cantidad aproximada de 100 millones de pesos y queda muchísimo dinero cuyo destino se intenta esclarecer. Es probable que esto de lugar, en caso de corroborarse la información que aportan estos dos testigos, a un requerimiento complementario de citación a juicio o a nuevas personas que estén involucradas en estos hechos”, agregó.
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Ningún país en el mundo tiene tantos adolescentes distraídos por el celular en el aula como la Argentina. Desde que comienza la hora escolar, más de la mitad del alumnado de 15 años ya tiene la atención puesta en otra parte: el 54% declaró perder la concentración por el uso de sus propios dispositivos digitales, y el 46% afirmó distraerse por lo que hacen sus compañeros con los suyos. Ambos porcentajes son los más altos entre los 80 países que participaron de las últimas pruebas PISA, realizadas en 2022.
Los datos surgieron del informe Celular en el aula: uso, distracción y aprendizajes, publicado a finales del mes pasado por el Observatorio de Argentinos por la Educación. El documento fue elaborado por expertos del CONICET y de la Universidad Torcuato Di Tella, junto a investigadores del propio Observatorio. En el caso local, respondieron 12.111 estudiantes de un total de 613.744 a nivel global.
Los números no dejan margen para la duda. Uruguay (52%) y Chile (51%) son los únicos que se aproximan al nivel argentino. Del otro lado del mundo y de la tabla, Japón apenas alcanzó el 5% de alumnos que declararon distraerse.
Del universo de estudiantes que respondieron las preguntas sobre distracción por el uso propio del celular y por el uso de los compañeros, el 41% declaró verse afectado por ambas situaciones al mismo tiempo. El 27% indicó distraerse únicamente por el uso propio, y un 20% señaló que el problema era exclusivamente ajeno: se distraían por lo que hacían otros, sin que su propio dispositivo fuera un factor.
Entre 2018 y 2022, el uso cotidiano del celular dentro de los establecimientos escolares creció en todos los países del mundo sin excepción. Nuestro país no escapó a esa tendencia: el 54% de los alumnos declaró utilizar el dispositivo todos los días en la escuela, un porcentaje que coincide exactamente con el de quienes admitieron distraerse. En cuanto a la tenencia, el 91% de los estudiantes de 15 años contó en 2022 con celular propio con acceso a internet.
Con las notificaciones encendidas, siempre
El informe también midió el comportamiento respecto de las notificaciones durante las clases. Entre los 75 países que respondieron esa pregunta, Argentina resultó el peor de la región y se ubicó entre los cinco con mayor proporción de alumnos que nunca o casi nunca las desactivaron: el 37,6% mantuvo activas las alertas de redes sociales y aplicaciones a lo largo de toda la jornada escolar.
En 65 de los 80 países evaluados, los varones declararon distraerse más que las mujeres en clases de Matemática por el uso de dispositivos. Los datos argentinos también lideran ese indicador a escala global: 56% en varones, el valor más alto de los 80 países, y 52% en mujeres, el tercero más alto, detrás de Chile y Uruguay.
Respecto de las notificaciones, ellos también presentaron mayor tendencia a no silenciarlas: el 40% de los varones nunca las desactivó (quinto valor más alto a nivel mundial) frente al 35% de las mujeres (tercero). Sin embargo, Argentina fue el único entre los diez latinoamericanos evaluados en el que el porcentaje de mujeres que sintió presión para responder mensajes durante la clase resultó mayor al de varones: 10% frente a 8%.
El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Pablo Cristián Germain, declaró inválido el cobro de la tasa por conservación y mantenimiento de la red vial rural en casos de productores del partido bonaerense de Daireaux y ordenó la devolución de sumas abonadas cuando no existió una contraprestación efectiva. En otros expedientes dispuso reducciones proporcionales del tributo según el estado de los caminos y el uso que el municipio dio a los fondos recaudados.
La sentencia surgió de una demanda iniciada por cuatro productores y empresas contra la Municipalidad de Daireaux, luego de que agotaran la vía administrativa y cuestionaran los decretos municipales que rechazaron sus reclamos por los períodos 2022-2024.
El planteo sostuvo desde el inicio que no se negaban a pagar, pero sí a hacerlo sin recibir el servicio correspondiente.
Sobre ese punto, el magistrado remarcó que las tasas son tributos vinculados a una prestación concreta del Estado. “La organización y puesta a disposición del servicio al contribuyente es condición indispensable; de lo contrario el cobro carecería de causa”, sostuvo la sentencia. El fallo recordó que la tasa no es un impuesto, sino que exige una contraprestación concreta, individualizada y efectiva, y advirtió que el cobro sin prestación del servicio afectó el derecho de propiedad.
La decisión se apoyó en dos informes técnicos que resultaron centrales. Por un lado, una pericia contable detectó desvíos en el uso de los fondos recaudados por la tasa vial. Por otro, un informe de ingeniería evaluó el estado de los caminos rurales vinculados a los establecimientos reclamantes. Según explicó al medio especializado Bichos de Campo el abogado de los productores, Jorge Moroni, los peritajes permitieron acreditar tanto el desvío de fondos hacia otros gastos municipales como el deterioro de los caminos relevados, donde el 96% presentó un estado malo o regular.
El expediente registró que, pese a que el municipio contaba con recursos suficientes para conservar en estado “muy bueno” cerca del 70% de la red, en los hechos solo el 4% se encontró en esa condición. Los informes también señalaron que el parque de maquinaria municipal resultó obsoleto e insuficiente para cumplir las tareas exigidas. A la vez, los peritos concluyeron que solo el 41% de la red reunió condiciones aceptables, mientras que el 59% restante no cumplió requisitos mínimos para la circulación.
– Esteban Alejandro Acerbo (PJ)
En los tramos específicamente relevados para la causa, el deterioro fue todavía más marcado. El informe técnico describió acumulación de agua, ahuellamientos y otras deficiencias que impedían la circulación normal. Moroni resumió el alcance del fallo: “El juez dijo dos cosas muy claras: los recursos que tiene la municipalidad por tasa vial hay que aplicarlos a tasa vial. Y sin caminos en condiciones, la tasa deviene carente de sustento y por lo tanto es nula”.
La pericia contable confirmó además que parte de la recaudación se destinó a rentas generales y a otros gastos municipales, en contradicción con el principio de afectación específica. En 2022, el desvío alcanzó el 22,95% de la obligación fiscal devengada. En 2023, ese porcentaje subió al 27,88%. El juez ordenó descontar esos montos de las liquidaciones fiscales y declaró ilegítimo el cobro en esas proporciones.
El fallo también consignó que en 2022 apenas el 10% del presupuesto de la tasa vial se tradujo en servicios concretos y que en 2023 ese nivel llegó solo al 17%. Con esos elementos, declaró la nulidad de los actos administrativos dictados por el entonces intendente Esteban Alejandro Acerbo (PJ), hoy legislador provincial, en relación con las liquidaciones reclamadas.
La sentencia aplicó criterios diferenciados según cada caso. En uno de los expedientes, el magistrado determinó que directamente no existió camino transitable desde 2022, por lo que eximió al productor del pago de la tasa desde ese momento y ordenó la devolución íntegra de lo abonado. En los otros tres casos, donde verificó una prestación parcial, mantuvo el tributo solo en la proporción efectivamente aplicada al servicio y dedujo los fondos desviados a otros fines.
Moroni explicó además que el impacto alcanzó situaciones anteriores al fallo. “En algunos casos, la municipalidad había embargado cuentas y esa plata quedó depositada hasta que se resolviera si la tasa era aplicable o no. Si el fallo queda firme, esa plata se tiene que devolver. Y en otros casos, a los que no pagaron, no se las van a poder cobrar”, señaló.
El abogado insistió en que el reclamo de los productores no apuntó a dejar de pagar, sino a exigir la prestación efectiva del servicio. “El productor no quiere no pagar. Le cuesta mucho no pagar. No le gusta estar en juicio. Lo que quiere es pagar, pero tener caminos. Porque si no tengo caminos, ¿de qué me sirve no pagar la tasa si tampoco puedo sacar la producción?”.
El conflicto en Daireaux arrastró años de reclamos por el mal estado de los caminos rurales. Según la información incorporada a la causa, los trabajadores documentaron la situación con relevamientos y registros en el territorio, en un contexto en el que, en algunas zonas del partido, sacar la producción se volvió inviable.
En sus declaraciones, Moroni también planteó que la discusión excedió el caso puntual de los demandantes y apuntó al modo en que se administraron los recursos de la tasa vial. “Esto es un primer peldaño para hacerle entender a los intendentes que tienen que cambiar el paradigma de cómo se administran los recursos de la tasa vial”, señaló.
También cuestionó que, en distintos partidos, se cargaran sobre el sector rural tasas ajenas a la actividad: “En muchos partidos le terminan cargando al productor tasas de todo tipo, hasta para financiar cuestiones que no tienen nada que ver con la actividad rural. Eso no tiene sustento”.
Como alternativa, mencionó esquemas de administración compartida. “La solución es cambiar el paradigma. En algunos lugares ya existe: consorcios donde los productores participan en la administración de los recursos. Ahí los caminos funcionan y no hay juicios”, explicó. Según su relato, antes del conflicto hubo propuestas concretas en Daireaux para avanzar en ese sentido: “Los productores le dijeron al intendente: si hace falta, traemos maquinaria, traemos piedras, pero hagamos un esquema transparente, con participación. Y la respuesta fue negativa”.
Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucciadmitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).
El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.
El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.
El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.
Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.
El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.
Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche.El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.
El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.
– Hugo Alberto Barabucci
El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.
De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.
El pedido de instrucción
Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.
“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.
El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA),así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.
Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.
El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.
– Soledad Cayunao junto a sus abogados
Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.
El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.
En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.
El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.
Fideicomisos y personas involucradas
Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.
Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.
La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.
El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.
La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.
La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.
En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.
Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.
A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.
El testimonio de Nanni
La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.
La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.
Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.
Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.
La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.
Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013.
El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.
El Gobierno de Santa Fe detectó, a partir de un trabajo de inteligencia criminal, un presunto plan para atentar contra la vida del gobernador Maximiliano Pullaro. La hipótesis se activó luego del hallazgo de un arsenal con armas de guerra en una casa quinta de Roldán vinculada a integrantes de la banda “Los Menores”, una organización criminal que en los últimos meses fue parcialmente desarticulada en distintos procedimientos, aunque todavía conserva miembros prófugos, capacidad operativa y ramificaciones en distintos puntos del cordón rosarino.
La advertencia quedó plasmada en un informe y fue confirmada públicamente por el ministro de Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni. “Los atentados iban a ser por parte de algunos integrantes de esa banda contra el gobernador y sobre algunos de sus funcionarios”, sostuvo el funcionario. Aunque aclaró que se trabajó sobre una hipótesis y no sobre un hecho consumado, remarcó que el Gobierno decidió activar medidas preventivas específicas en torno al mandatario provincial y al resto de las autoridades potencialmente alcanzadas por la amenaza.
Según el reporte, fechado el 10 de marzo, el grupo criminal analizaba cometer un atentado contra la vida de Pullaro utilizando fusiles de asalto. De acuerdo con la información a la que accedieron medios locales, la motivación de la banda encabezada por Lisandro “Limón” Contreras estaría vinculada al endurecimiento de la política de seguridad impulsada por la gestión santafesina, al refuerzo de los controles penitenciarios, al deterioro de las condiciones de detención para líderes criminales y al avance en la construcción de la nueva unidad carcelaria de alto perfil conocida como “El Infierno”.
– Lisandro “Limón” Contreras
Cococcioni explicó que la amenaza venía siendo seguida desde hacía meses. “La hipótesis y la versión de que se estaba armando o, por lo menos, que había intenciones serias de realizar algún tipo de atentado a las autoridades institucionales de la provincia y centralmente en la persona del gobernador, venía manejándose desde hace algunos meses”, reconoció. En ese marco, detalló que, una vez recibido el informe, se decidió “elevar los niveles de seguridad y situaciones especiales, entre ellas intentar restringir actividades oficiales y lograr que los traslados del gobernador que se puedan hacer por aire se hagan así, y que los que se hagan por tierra tengan otras características”.
Las medidas preventivas no fueron menores. Entre las recomendaciones del Ministerio de Seguridad figuraron la reducción del nivel de exposición pública del gobernador, el refuerzo de controles en actos oficiales, la revisión integral de los esquemas de custodia y la implementación de dispositivos más estrictos de acceso para evitar filtraciones. También trascendió que el automóvil en el que se traslada Pullaro cuenta con medidas de seguridad extremas, en línea con el nuevo protocolo de resguardo dispuesto tras conocerse el contenido del parte de inteligencia.
Dentro de ese rediseño preventivo también se analizó la conveniencia de modificar rutinas, evitar trayectos previsibles y reforzar el monitoreo previo de las actividades públicas del mandatario. La lógica oficial fue clara: aun cuando la hipótesis no hubiera avanzado hacia una fase ejecutiva comprobable, el solo cruce entre indicios, fuentes coincidentes y hallazgo de armamento justificaba un endurecimiento inmediato del esquema de seguridad.
El hallazgo que dio sustento material a la hipótesis ocurrió en una casa quinta ubicada sobre María Teresa al 700, en Roldán. Allí, durante allanamientos realizados luego de meses de tareas de inteligencia, las fuerzas de seguridad encontraron armas de gran calibre ocultas bajo tierra. Según informó el jefe de la Central de Inteligencia y Operaciones Especiales (Ciope), Maximiliano Bertolotti, para dar con el armamento se utilizaron detectores de metales y retroexcavadoras, un dato que da cuenta del grado de ocultamiento y de preparación que presentaba el lugar.
Sobre la profundidad del tambor enterrado circularon dos versiones. Una indicó que estaba a cuatro metros bajo tierra, mientras que otra sostuvo que se encontraba a unos 60 centímetros y que incluso podía tratarse de más de un tambor. Más allá de esa diferencia, el punto central fue que el armamento estaba escondido en condiciones que dificultaban su detección y sugerían una logística previa orientada a conservarlo fuera del alcance de controles ordinarios.
Entre las armas secuestradas aparecieron pistolas 9 milímetros y calibre 40 de marcas como Glock, CZ y Tanfoglio, además de dos fusiles calibre 5.56 y .223 de fabricación china y norteamericana, escopetas y otras armas largas. El detalle del arsenal reforzó la sospecha de que no se estaba frente a un acopio casual ni a una tenencia aislada, sino ante una reserva de alto poder de fuego compatible con operaciones criminales de escala.
En otra requisa, realizada en un departamento del barrio 7 de Septiembre, los investigadores incautaron varios teléfonos celulares, más de 10 millones de pesos y 550 dólares. Ese procedimiento permitió sumar otros elementos de contexto sobre el movimiento económico y comunicacional de la organización, además de conectar distintos puntos de interés dentro de la misma pesquisa.
Los procedimientos se realizaron en Roldán e Ybarlucea con intervención de personal de la Ciope y de la Tropa de Operaciones Especiales (TOE). Como resultado de esos operativos quedaron imputados Rodrigo Gabriel Cappelletti, de 27 años, y Lautaro Noriega, de 35. El fiscal Ignacio Hueso los acusó de integrar la asociación ilícita cuyo jefe sería Contreras y de ocuparse de la custodia de las armas de fuego de la banda y de negocios inmobiliarios ilícitos. Luego, la jueza Melania Carrara dictó prisión preventiva por dos años para ambos.
Según la acusación fiscal ambos formaban parte de una estructura con funciones concretas dentro de la organización: custodiar el armamento y sostener maniobras vinculadas con operaciones inmobiliarias ilícitas. Ese encuadre judicial consolidó la idea de que el grupo mantenía una dinámica delictiva estable, con reparto de tareas y capacidad para resguardar recursos estratégicos.
La investigación que derivó en estos allanamientos se alimentó de información recibida por la Subsecretaría de Inteligencia Criminal a través de tres vías distintas, según trascendió. Un alto funcionario provincial señaló al medio provincial La Capital: “Recibimos los datos y el parte de inteligencia, y trabajamos sobre eso”. Las fuentes que aportaron la ubicación del armamento, su tipo y su posible utilización en un atentado coincidieron, además, con información propia reunida por los organismos de inteligencia santafesinos.
La estructura señalada en el informe se conecta con una trama criminal más amplia. Contreras fue imputado en 2024 por la fiscal Georgina Pairola como jefe de una asociación ilícita. Había sido detenido en Pilar, provincia de Buenos Aires, tras aparecer mencionado en una investigación vinculada al asesinato de Andrés “Pillín” Bracamonte, exlíder de la barra brava de Rosario Central. En esa causa, la fiscal identificó como organizadores de la asociación ilícita al policía Jonatan Garraza, a Fernando “Colo” Cappelletti y al todavía prófugo Ramiro Escalante.
Ese entramado permite entender por qué el hallazgo en Roldán fue leído por las autoridades como algo más que un procedimiento exitoso contra una banda local. El nombre de Contreras ya aparecía asociado a expedientes de fuerte impacto en Rosario y su zona de influencia, con conexiones entre barras, policías, narcomenudeo, homicidios y estructuras criminales que sobreviven aun después de sucesivas detenciones.
Justamente, uno de los imputados en la causa por las armas halladas en Roldán es Rodrigo Cappelletti, hermano del “Colo” Cappelletti. Esa relación familiar fue uno de los datos que reforzaron, para los investigadores, la continuidad de vínculos entre distintos actores mencionados en expedientes previos y la persistencia de una red con capacidad para recomponerse pese al avance judicial.
Uno de los antecedentes de la pesquisa fue el homicidio de Micaela Soledad Gómez, cometido en mayo de 2023, un caso que permitió detectar conexiones entre la banda de Contreras, la organización conocida como La Mafilia —atribuida al recluso Leandro “Gordo” Vilches, condenado en 2018 como integrante de Los Monos— y la estructura de Pablo Nicolás Camino, otro interno de una cárcel federal preso por homicidios y narcotráfico.
Ese punto resulta clave para comprender la dimensión del problema. La investigación no describe, así, un grupo completamente aislado, sino una red con vasos comunicantes con otras organizaciones de peso en el mapa criminal de la provincia.
El médico Abel Albino, titular de la Fundación Conin, advirtió a medios locales que el único hospital para niños desnutridos del país, ubicado en el departamento mendocino de Las Heras, cerró hace seis meses por falta de financiamiento. El establecimiento, diseñado para la internación y recuperación de pacientes, quedó sin actividad pese a que funcionó como un centro de referencia nacional en el tratamiento de la desnutrición infantil.
“Es una pena. Cerró porque no puedo pagar los sueldos”, explicó Albino. También destacó el nivel de atención que alcanzó el centro: “Trabaja tan buena gente y tan correctamente trabajan que prácticamente no tenemos mortalidad”.
Albino atribuyó la crisis al atraso en los aportes públicos. “Estoy contratado por el Estado, pero el Estado no me actualiza hace más de cuatro años”, sostuvo, y precisó: “me está aportando el Estado 7% de lo que yo gasto para recuperar. Si no me ayuda la comunidad, no puedo seguir”. En la misma línea, cuestionó la falta de respuestas oficiales: “Nos tratan muy bien… pero no nos llevan el apunte”.
Según explicó, la falta de giro de fondos impidió cubrir los costos operativos mínimos, el pago de salarios del personal especializado y los insumos necesarios para sostener el funcionamiento del hospital. Esa situación obligó a la fundación a suspender el ingreso de nuevos pacientes críticos, en un contexto en el que, de acuerdo con la información suministrada, estos niños no encontraron en el sistema público de salud una alternativa de la misma complejidad y especificidad.
“Hace seis meses que lo cerré, y hace seis meses que estoy llorando por no tener el hospital, porque sé que es necesario”, insistió Albino. También afirmó: “El hospital funcionaba a pleno pero ahora no puedo pagar los sueldos. Hay chicos con desnutrición que necesitan estar internados. Que este edificio esté vacío es una maldad”.
Tras el cierre, los pacientes dejaron de ser internados y fueron enviados nuevamente a sus hogares. “Los tuvimos que devolver a su casa, con un nudo en la garganta”, señaló Albino. No obstante, aclaró que la asistencia continuó de manera territorial: “Los tratamos en sus casas. Van nuestros médicos y los asisten en sus casas”.
El hospital recibía derivaciones de todo el país, lo que lo consolidó como un dispositivo único en su tipo. Para intentar reabrirlo, Albino planteó un esquema de financiamiento basado en pequeños aportes individuales. “Si yo tuviese 1.500 socios más que me dieran lo que vale una pizza, o medio tanque de nafta, una caja de leche… puedo salir adelante”, afirmó.
La Fundación Conin —Cooperadora para la Nutrición Infantil— nació en Mendoza en 1993, inspirada por el modelo del doctor Fernando Mönckeberg en Chile. Su misión consistió en atacar las causas de la pobreza desde un enfoque integral: no solo se centró en la alimentación, sino también en la educación de la madre y en la transformación del entorno familiar. La organización contó con más de 100 centros en 18 provincias, tuvo una trayectoria que salvó a más de 30.000 niños y desarrolló una metodología científica reconocida internacionalmente.
El material también remarcó la importancia del primer año de vida como la etapa más crítica para el desarrollo cerebral. Según los especialistas citados, si un lactante no recibió los nutrientes esenciales y la estimulación adecuada en esos primeros doce meses, las secuelas neurológicas y físicas solieron resultar irreversibles. En esa línea, la fundación sostuvo un abordaje integral que combinó alimentación, estímulos afectivos y condiciones de higiene.
Albino también alertó sobre la magnitud del problema nutricional que detectaron en territorio. “Cada vez que vamos y hacemos un testeo, porque nos metemos en la comunidad con un camión que tenemos, encontramos 30% de chicos desnutridos, 30% de chicos con sobrepeso… y 30% de chicos normales”, sostuvo. Sobre las consecuencias de la desnutrición, agregó: “La desnutrición genera debilidad mental… la principal riqueza de un país es su capital humano, y si ese capital humano está dañado, el país no tiene futuro”.
En ese marco, reclamó una respuesta conjunta de distintos sectores. “Los gobiernos, junto con las organizaciones no gubernamentales… y la comunidad toda debemos trabajar juntos como hermanos que somos”, afirmó.
La paralización del hospital se produjo además en un contexto social crítico en Mendoza. Según las mediciones más recientes del INDEC citadas en la información suministrada, la pobreza infantil en el Gran Mendoza afectó a poco menos de la mitad de los chicos menores de 14 años. A eso se sumó la reciente clausura del servicio de maternidad del Hospital Carlos Saporiti de Rivadavia, una medida que generó protestas de profesionales y contribuyentes encabezadas por el intendente Ricardo Manzur. La información aportada también señaló un incremento en los registros de maltrato infantil.
La Justicia homologó en reserva un convenio con el empresario británico y cerró la demanda estatal que buscaba anular la venta de tierras en una zona estratégica de frontera.
Una de las víctimas había sido condenada a 14 años por homicidio y quedó libre en menos de seis. El gobernador chubutense apuntó contra la impunidad y anunció una mesa conjunta entre la Justicia, fiscales y fuerzas de seguridad para avanzar contra las familias Vera y Nieves, señaladas por años de violencia en la ciudad.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse