Extorsión y más de $100 millones: Un nuevo arrepentido complica más a Milagro Sala

El fiscal general del MPA, Lello Sánchez, confirmó que un nuevo arrepentido aportó documentación con respecto a cuentas bancarias.
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El fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Jujuy, Sergio Lello Sánchez, se manifestó sobra la causa que investiga a Milagro Sala por lavado de dinero. El funcionario dio declaraciones tras lo dicho por “Shakira” Guerrero, persona cercana a la piquetera.

El funcionario judicial indicó que surgieron novedades en la causa: “hay otro arrepentido, que realizó aportes de naturaleza documental e información que tiene cierta precisión de cuentas bancarias o bancos donde se operaba, al igual que todo lo que dijo la señora Guerrero”, afirmó en diálogo con Radio Mitre.

“Ahora se inicia un periodo donde hay que corroborar estos dichos. Estamos dentro de los plazos procesales como para corroborar esta información y ver si surgen nuevos imputados, nuevas líneas de investigación, nueva información que viene a consolidar, o no, la investigación que ya en su momento se consideró agotada. Esto introduce un giro: con nuevos aportes se dan nuevas hipótesis, nuevos cursos investigación”, agregó.

Sánchez sostuvo que las nuevas declaraciones de arrepentidos, permitirían ahondar en una novedosa modalidad de lavado de dinero, que se sumaría a las ya barajadas en la causa.

“Hay causa madre llamada ‘Pibes Villeros’, que actualmente esta en la Corte Suprema de Justicia, luego esta la causa ‘Sociocomunitario’ que es otro plan de la misma asociación ilícita comandada por Sala. Y este ‘Lavado’ es una etapa más donde se está buscando la ruta del dinero sustraído, saber dónde fue”, precisó el fiscal general.

Sobre los viajes al exterior, mencionó que el nuevo testigo “aporta documentación, tiene mayores precisiones sobre el tema. Ahora se abre la oportunidad de corroborar todo esto y modificar el curso de la investigación en el sentido de ampliarla, porque hasta ahora sabíamos que había habido tres maniobras en la causa de lavado: compras masivas de vehículos, compras masivas de inmuebles y sorteos que hacía entre los adherentes a la asociación Túpac Amaru. Esta hipótesis de depósitos de dinero fuera del país es una novedad que introduce la señora Guerrero y el otro coimputado”.

Sobre la suma de dinero que habría sido lavado, Sanchez explicó:  “En la causa ‘Pibes Villeros’ hubo un fraude de 60 millones de pesos, en la ‘Megacausa’ alrededor de 1200 millones de pesos, son distintos planes para la construcción de viviendas y otro tipo de construcciones que tenían que hacer las cooperativas, los municipios”.

“Del lavado se pudo corroborar la cantidad aproximada de 100 millones de pesos y queda muchísimo dinero cuyo destino se intenta esclarecer. Es probable que esto de lugar, en caso de corroborarse la información que aportan estos dos testigos, a un requerimiento complementario de citación a juicio o a nuevas personas que estén involucradas en estos hechos”, agregó.

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Santa Fe | Jueces garantistas aflojaron controles en cárceles y un condenado a 37 años estuvo ocho meses prófugo sin que nadie lo buscara

La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.

En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.

Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.

A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.

El testimonio de Nanni

La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.

La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.

Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.

Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.

La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.

Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013

El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.

Lago Escondido | Un acuerdo secreto archivó la demanda para recuperar 12 mil hectáreas en manos de Joe Lewis

El presidente Javier Milei ordenó homologar un acuerdo con el empresario británico Joe Lewis y la empresa Hidden Lake S.A. para poner fin a una acción de lesividad iniciada por el Estado argentino en 2023, que buscaba anular la compra de más de 12.000 hectáreas en zona de seguridad de frontera donde se ubica la estancia de Lago Escondido.

Patagonia, provincia de Río Negro, cerca de El Bolsón, en una zona de seguridad fronteriza… Desde la década del ’90, el magnate británico, conocido por su participación en fondos de inversión globales, se hizo propietario de dichas tierras bloqueando el acceso público al lago pese a existir fallos judiciales desde 2005 que garantizan ese derecho.

La adquisición de las tierras se realizó mediante maniobras con empresas “cáscara” y testaferros para eludir la legislación vigente que prohíbe a extranjeros adquirir tierras en zonas de frontera (decretos 411/80 y 1265/87).

La Procuración del Tesoro (ya en 2016, bajo Carlos Balbín) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas habían dictaminado que la operación fue fraudulenta.

Ricardo Nissen fue el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) durante el gobierno del exmandatario Alberto Fernández (2020–2023), el organismo del Estado encargado de controlar y fiscalizar las sociedades comerciales que operan en Argentina. En mayo de 2022 tomó una decisión que lo metería en la mira del poder, al pedir la intervención judicial de Hidden Lake S.A.

El argumento de Nissen era que “Hidden Lake no era una empresa real”. No tenía actividad comercial registrada, no producía bienes ni servicios, no justificaba sus ingresos ni los gastos de construcción de una lujosa mansión en el predio, y se sostenía con aportes de accionistas y sociedades offshore no declaradas en Argentina.

La empresa fue representada ante la Justicia por allegados al expresidente Mauricio Macri, como Jaime Cibils Robirosa, presidente del Correo Argentino.

En octubre de 2023, durante la gestión kirchnerista del Frente de Todos, el Ministerio del Interior —vía la Resolución 1603— declaró las autorizaciones de compra como lesivas al interés nacional e instruyó a iniciar una acción judicial para anular definitivamente la transferencia de dominio. Una “acción de lesividad” es el mecanismo legal mediante el cual el propio Estado demanda la nulidad de un acto administrativo suyo anterior que considera dañino para el interés público. Es decir, el Estado reconocía que él mismo había cometido un error al aprobar esa compra y quería revertirlo.

El acuerdo secreto

El 15 de enero de este año, la administración libertaria presentó un convenio conciliatorio con Lewis, que fue homologado secretamente el 28 de enero en plena feria judicial por el juez federal Walter Lara Correa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4. Con eso, el expediente 4511/2023 quedó cerrado sin avanzar en la nulidad de la transferencia de dominio. El acuerdo se mantuvo en reserva, hasta diciembre de 2025 el expediente era de acceso público, pero luego pasó a “acceso reservado” en el sistema del Poder Judicial, y hasta ahora no se conoce la letra chica del convenio.

El acuerdo se cerró dos meses antes de que Milei designara a Juan Bautista Mahiques como ministro de Justicia (marzo de 2026) y enviara al Senado el pliego de su padre, Carlos Mahiques, para que continúe como juez en la Cámara de Casación Penal. El dato que enciende todas las alarmas sería que ambos Mahiques participaron del famoso viaje a Lago Escondido en octubre de 2022, el escándalo conocido como “Los huemules del lawfare”, donde jueces, fiscales y funcionarios viajaron con todos los gastos pagos —financiados por el Grupo Clarín— a la mansión de Lewis.

Hidden Lake S.A. denunció penalmente a Nissen por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sin embargo, la causa tuvo un derrotero particularmente elocuente. En cuatro oportunidades, dos veces a través del juez Daniel Rafecas y otras dos mediante el juez Sebastián Casanello, Nissen fue sobreseído en la etapa de instrucción.

En todos los casos, ambos magistrados coincidieron en que el entonces funcionario de la IGJ se había limitado a cumplir con sus atribuciones legales, al fiscalizar sociedades, requerir documentación e impulsar acciones judiciales ante eventuales irregularidades. No obstante, cada uno de esos fallos fue revocado por la Sala II de la Cámara Federal, con los votos de Martín Irurzun y Eduardo Farah, que ordenó reencauzar la investigación.

Finalmente, en abril de 2026, luego del cuarto sobreseimiento, la Cámara decidió avanzar por su cuenta y dictó el procesamiento de Nissen, a quien le atribuyó haber “enarbolado el falso argumento” de que Hidden Lake incumplía sentencias firmes.

– Ricardo Nissen

El voto de Farah sostuvo que Nissen “abusó de las facultades que le confería su puesto” para labrar de oficio el expediente administrativo. El caso pasará ahora al juez Ariel Lijo —el mismo nominado por Milei para la Corte Suprema— para dictar los embargos y formalizar el procesamiento.

Beneficios adicionales

El acuerdo se inscribe en una serie de decisiones gubernamentales previas que ya evidenciaban un alineamiento favorable. En julio de 2025, la Secretaría de Energía autorizó el traspaso de la Central Hidroeléctrica Río Escondido a la firma Hidden Lake S.A., lo que consolidó aún más el control de Lewis sobre la zona. La construcción de esa represa, sin embargo, había sido previamente cuestionada por organismos de control, que la consideraban ilegal.

Las zonas de seguridad de frontera tienen una protección especial en la legislación argentina porque se consideran estratégicas para la defensa nacional. Que un ciudadano extranjero controle miles de hectáreas en esa zona —incluyendo el acceso a un lago y una central hidroeléctrica— representa una cesión de facto de territorio soberano. Al abandonar la demanda sin que se conozcan los términos del acuerdo, el Estado renunció a recuperar esas tierras sin ninguna explicación pública.

El expediente sobre el acceso público al lago por el camino Tacuifí, impulsado por la exsenadora Magdalena Odarda, todavía tramita ante la Corte Suprema, por lo que el conflicto judicial no está del todo cerrado.

Pidieron procesar a Capitanich por entregar tierras fiscales a empresarios vinculados al marido de una exministra

El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó al juez federal subrogante Fernando Carbajal el procesamiento sin prisión preventiva del exgobernador de Chaco Jorge Milton Capitanich, de la exfuncionaria Marta Elena Soneira y de un grupo de empresarios vinculados a las firmas Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL. 

La causa se originó en una denuncia de Ana María Canata, presidenta del Instituto de Colonización, quien al asumir el cargo detectó irregularidades en expedientes administrativos vinculados a la entrega de tierras fiscales. El análisis de esa denuncia demandó casi dos años de trabajo a la fiscalía.

Los delitos imputados al exgobernador K

A Capitanich se le imputaron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad como parte de una banda y por ser funcionario público, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos, todos en calidad de autor y en concurso real.

A Soneira se le imputaron, en forma separada, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo con las mismas agravantes, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, todos en calidad de autora. La fiscalía caracterizó el conjunto de esos hechos como una defraudación al erario provincial mediante sucesivos actos de corrupción realizados por un grupo de personas con injerencia en el poder, organizadas para insertar al mercado legal un gran patrimonio que hoy no pueden justificar.

LA TRAMA | Tierras para los socios del esposo de la ministra

Según el escrito fiscal, Soneira y Capitanich actuaron “en forma organizada y sostenida en el tiempo, valiéndose del ejercicio del poder que en aquel momento ostentaban”, y dispusieron de tierras fiscales de la provincia. Las adjudicaciones se canalizaron a través de trámites administrativos que, según la fiscalía, tenían apariencia legal pero ocultaban intereses económicos ilegítimos, y sus beneficiarios fueron personas que integraban empresas en las que el esposo de Soneira, Mauricio Cian, era socio gerente.

A través del Instituto de Colonización y con las firmas de Soneira como ministra y de Capitanich como gobernador, se adjudicaron cuatro inmuebles rurales del Departamento Almirante Brown a Federico Storti, Leandro Nicolás Bessone y Nelson Ariel Pochón, los tres socios de Cian en Grupo Pampa Agro SRL y en Pampa Semillas SRL. Storti recibió la fracción norte de la parcela 95, Circunscripción V, Zona D, con una superficie aproximada de 1.250 hectáreas; Bessone recibió la fracción sur de esa misma parcela, también de 1.250 hectáreas. Pochón fue adjudicatario de dos predios adicionales en el mismo departamento.

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El fiscal señaló que las notas de solicitud presentadas por Storti y Bessone eran “prácticamente calcadas” y tenían hasta los mismos errores de ortografía. Ambos afirmaron no poseer tierras propias y contar con diez empleados, pero la fiscalía verificó que Storti tuvo una sola empleada hasta marzo de 2021 y ningún personal en relación de dependencia durante 2022 y 2023. En el caso de Bessone, tampoco registró personal en relación de dependencia en los años 2021, 2022 y 2023. Además, Bessone declaró en sus propias declaraciones juradas ser titular de inmuebles, lo que lo inhabilitaba como adjudicatario de tierras fiscales, ya que para acceder a ellas no se debe ser propietario de bien alguno, requisito que la fiscalía calificó de “sine qua non”.

Los cargos simultáneos e incompatibles de Soneira

Amad destacó que Soneira ocupó al mismo tiempo los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y de secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente, puestos incompatibles dada la exclusividad laboral que se exige en el desempeño de cada función. La Fiscalía de Asuntos Administrativos de la provincia estableció esa incompatibilidad mediante resolución. En 2022, Soneira asumió además el cargo de ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.

En su descargo, Soneira sostuvo que ejerció la presidencia del Instituto de Colonización de manera temporal y ad honorem. El fiscal rechazó ese argumento: “El hecho de que lo haya hecho ad honorem o en forma provisoria no la exime de la responsabilidad que su ejercicio le atribuía”. Amad subrayó que mientras estuvo a cargo en forma temporal, Soneira suscribió adjudicaciones de tierras fiscales, entre ellas las de Storti y Bessone, a la postre socios gerenciales en las empresas de su cónyuge.

La fiscalía también señaló que Soneira no pudo invocar desconocimiento sobre la identidad de los beneficiarios, “en tanto que eran los mismísimos socios de su esposo”. Como muestra de ese conocimiento, Amad recordó que el 23 de diciembre de 2021 la propia Soneira firmó un permiso de ocupación a favor de Bessone —socio de su esposo— mientras se desempeñaba como máxima autoridad del Instituto de Colonización.

Desmontes, OTBN y beneficios en servicios públicos

La fiscalía imputó también a Soneira haber puesto al sector rural de Pampa del Infierno, en el Departamento Almirante Brown, en categoría verde dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), lo que habilitaría la posibilidad de explotación rural, desmontes y ejecución de proyectos con fondos nacionales en la zona donde precisamente operan las empresas del esposo de la exministra y sus socios empresariales.

A finales de 2022, Capitanich aprobó por decreto la actualización del OTBN en un proceso que la Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó por no respetar las normas establecidas para ese tipo de procedimiento. Según el escrito fiscal, esas decisiones ignoraron los consensos técnicos sobre los criterios de sustentabilidad exigidos por la ley, elaborados durante el proceso coordinado hasta mediados de 2022. La ONG había demandado previamente a la provincia por omitir esa actualización, lo que había derivado en una prohibición judicial de aprobar planes de cambio de uso del suelo y permisos de desmonte.

– El fiscal general Carlos Martín Amad

Además, mediante decretos y convenios del Poder Ejecutivo provincial, las firmas vinculadas a Cian obtuvieron beneficios económicos que incluyeron reintegros de subsidios, quita en el pago de impuestos y ventajas en servicios públicos como SAMEEP y SECHEEP, entre otros.

El rol de Capitanich: “no podía desconocer”

En su descargo, Capitanich sostuvo que la firma de los decretos de adjudicación era una obligación legal y que “no es responsabilidad del gobernador controlar cada intervención de cada área”.

También argumentó que no es el gobernador quien decide discrecionalmente a quién entregar tierras, sino que existe un procedimiento administrativo con múltiples oficinas que intervienen en cada etapa verificando el cumplimiento de la normativa vigente. El fiscal rechazó ambos planteos.

“Discrepo humildemente con el ex gobernador, en tanto y en cuanto resulta cuanto menos inocente pensar que quien es el encargado de gestionar el gobierno de la provincia no se tome los mínimos recaudos de verificar a quiénes se entregan tierras públicas”, escribió Amad, y agregó: “Estas tierras se entregaron de manera discrecional, a los socios del esposo de su ministro Soneira, lo cual nunca fue explicado acabadamente”.

Respecto de la firma de los decretos, el fiscal fue categórico: “Ni el gobernador Capitanich ni la ministro Soneira podían desconocer que dichas empresas pertenecían a las personas a quienes les estaban adjudicando las tierras en cuestión, y por si esto fuera poco, el imputado Capitanich admitió haber firmado los decretos”.

Amad sostuvo que la intervención del gobernador era determinante para que la maniobra se concretara, “pues es quien en definitiva emite el decreto adjudicatorio final de dichas tierras, con el alcance y valor jurídico que posee la suscripción de ese decreto”. Y sentenció: “La ministro Soneira, esposa de Cian, les entrega a los socios de su marido tierras en manifiesta ilegalidad y arbitrariedad, y el gobernador a sabiendas firma el decreto de adjudicación y pretende que ese acto ilegal sea bajo un mandato constitucional”.

Para ilustrar la persistencia histórica de ese tipo de maniobras, el fiscal citó al jurista Carlos Nino, quien describió la desvirtuación de la Ley de Enfiteusis de 1826 como un caso paradigmático del favoritismo en la distribución de tierras públicas. “La situación descripta por el Maestro Nino hace ya varias décadas se subsume perfectamente ‘mutatis mutandi’ en lo que ha pasado en esta causa, después de doscientos años”, indicó Amad. La causa también presenta similitudes, según el fiscal, con el expediente caratulado “López, Ramón Alberto y otros s/Inf. art. 303 inc. 2 a, Asociación Ilícita y Defraudación contra la administración pública”, actualmente en juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

Los otros imputados y las resoluciones solicitadas

Junto a Capitanich y Soneira, el fiscal solicitó el procesamiento de Mauricio Cian, Federico Storti, Nelson Ariel Pochón y Leandro Nicolás Bessone por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos agravado.

Respecto de Sheina M. Waicman y Darío Osvaldo Giménez, Amad solicitó que se dicte la falta de mérito, una figura procesal que no define su situación de manera definitiva sino que indica que, por el momento, no existen elementos suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. En el extremo opuesto, el fiscal pidió el sobreseimiento total y definitivo de Diego Soneira y Federico Gabriel Soneira, con la declaración de que la formación de la causa en nada afecta al buen nombre y honor del que hubieren gozado.

Será el juez federal subrogante Fernando Carbajal quien deberá resolver si dicta los procesamientos solicitados en un expediente que continúa en etapa de instrucción.

Un juicio por usurpación destapó que 20 mil hectáreas protegidas de la Patagonia fueron compradas ilegalmente con dinero de Emiratos Árabes

Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucci admitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).

El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.

El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.

El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.

Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.

El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.

Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche. El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.

El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.

– Hugo Alberto Barabucci

El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.

De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.

El pedido de instrucción

Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.

“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.

El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.

Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.

El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.

– Soledad Cayunao junto a sus abogados

Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.

El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.

En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.

El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.

Fideicomisos y personas involucradas

Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.

Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.

La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.

El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.

La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.

Una avioneta apareció vacía en Salta y la Justicia apunta a vuelos narco desde Bolivia

El hallazgo de una avioneta abandonada en el monte salteño, en la finca Los Leones, ubicada a unos 40 kilómetros de Los Blancos, a pocos kilómetros del límite con Formosa, encendió las alarmas por su presunta vinculación con el narcotráfico. La aeronave fue encontrada sin ocupantes y con indicios de haber sido acondicionada para transportar estupefacientes.

“Vamos a seguir dando todas las batallas que sean necesarias para cuidar a los salteños y defender nuestra frontera” expresó el gobernador salteño Gustavo Sáenz.

Fue hallada abandonada en el monte salteño, cerca del límite con la provincia de Formosa. El juez federal N°1 de Formosa, Pablo Morán, aclaró que la investigación quedó en manos de la Justicia de Salta, aunque su distrito sigue de cerca el caso debido a que las bandas criminales operan en toda esa franja de frontera porosa. La hipótesis principal apunta al uso de pequeñas aeronaves para ingresar cocaína desde Bolivia, aprovechando la gran extensión rural y las falencias en el control del espacio aéreo.

Lo más revelador del hecho es que la carga ya no estaba. La logística terrestre retiró los paquetes de cocaína antes de que llegara la policía, lo que demuestra una operación coordinada y bien planificada. Esta mecánica —aterrizar, descargar en minutos y dispersarse— es una marca registrada de los narcovuelos modernos, ya que en zonas rurales, sin cobertura radar y con pistas clandestinas, toda la operación puede durar menos de diez minutos.

La fiscal federal Lucía Orsetti, a cargo de la causa, confirmó que se iniciaron actuaciones para esclarecer lo sucedido, con la participación de las áreas de Drogas Peligrosas e Investigaciones Complejas contra la Narcocriminalidad.

El uso de avionetas pequeñas (generalmente Cessna) para transportar cocaína desde Bolivia o Paraguay hacia el interior de Argentina, tiene como objetivo evitar la detección de los radares a muy baja altura. El juez Morán afirmó que vuelan “a ras del suelo o del follaje”. Técnicamente, eso significa volar entre 150 y 300 metros de altitud, lo suficientemente bajo para quedar en el “punto ciego” de los radares, que apuntan en ángulo hacia arriba y no detectan bien los objetos muy pegados al terreno.

Las organizaciones narco suelen operar con dos modalidades principales. En una de ellas, la avioneta aterriza en una pista clandestina o en un campo previamente acordado, descarga la droga y vuelve a despegar, mientras la logística terrestre se encarga del traslado del cargamento. La otra, conocida como “bombardeo” o “lluvia blanca”, evita el aterrizaje y consiste en arrojar los bultos de cocaína desde el aire, ya sea con paracaídas o directamente sobre una zona señalada desde tierra, una maniobra que dificulta su detección.

De acuerdo con testimonios de transeúntes, dos personas armadas habrían salido de la aeronave poco después del impacto. El diputado provincial Gustavo Orozco aseguró que “no tiene dudas de que transportaba droga” y remarcó que “nadie abandona una aeronave de esas características si no es para ocultar algo”.

Según investigaciones judiciales y periodísticas del NOA, la mayoría de estas aeronaves son avionetas con más de 30 años de uso, importadas desde Florida (Estados Unidos) hacia Santa Cruz de la Sierra, en Bolivia, donde son recicladas, se les cambia o falsifica la matrícula, y se las acondiciona para cargar hasta 400 o 500 kilos de droga. El juez Morán señaló que también son robadas en Brasil, Bolivia o Paraguay, y se les colocan matrículas falsas. En un caso similar en Salta, se habría encontrado una Cessna 210 con matrícula boliviana intencionalmente rayada.

“Quedan solo el piloto y los instrumentos”, explicó Morán, aclarando cómo son vaciadas al máximo para maximizar la carga.

Las modificaciones más frecuentes incluyen la eliminación de asientos para liberar espacio y reducir peso, la instalación de tanques de combustible adicionales para ampliar la autonomía de vuelo sin escalas, el refuerzo de la estructura para soportar la carga extra de droga y la supresión de sistemas no esenciales con el mismo objetivo de aligerar la aeronave.

Si se considera que el juez Morán mencionó cargamentos que pueden superar los 4 millones de dólares, se entiende la escala del negocio. La cocaína producida en zonas como el Chapare boliviano puede multiplicar su valor por diez al llegar a Europa.

Quizás la parte más sofisticada del esquema no es el vuelo en sí, sino lo que pasa después. Una vez que la avioneta aterriza o “bombardea” el campo, hay equipos en tierra esperando con vehículos 4×4. Estos “receptores” conocen el lugar exacto gracias a GPS o teléfonos satelitales (nunca celulares comunes, que pueden rastrearse).

Los campos elegidos tienen características muy específicas, siendo de difícil acceso por rutas secundarias, sin cobertura de red celular, sin viviendas cercanas, y controlados por un “puestero” —una persona pagada para cuidar el lugar—. En un caso reciente similar en Rosario de la Frontera, se enterraron 228 kilos en un campo a 70 kilómetros del lugar del aterrizaje.

El espacio aéreo argentino

El corredor aéreo del narcotráfico atraviesa todo el Norte Grande. Los pilotos entran desde Bolivia hacia el oeste salteño o formoseño, y luego vuelan hacia el sur por zonas llanas que ofrecen menos obstáculos y menor presencia estatal. El juez Morán argumentó que “estas bandas operan en Formosa”, y el hallazgo en Salta es una señal de actividad en toda la región fronteriza.

“¿Cuántos vuelos logran pasar sin ser detectados?”, preguntó Morán puntualmente.

Argentina tiene el Sistema Nacional de Vigilancia y Control Aeroespacial (SINVICA) creado en 2004, que ha incorporado radares primarios y secundarios. En 2024 se inauguró un nuevo radar 3D en Tostado, Santa Fe, con alcance de 440 kilómetros.

En la Argentina no existe una “Ley de Derribo”, por lo que aun cuando se detecta un vuelo ilegal, las fuerzas de seguridad no están autorizadas a forzar el aterrizaje ni a derribar la aeronave, lo que reduce de manera significativa las alternativas de respuesta.

La zona oeste de Formosa y este de Salta es especialmente vulnerable por ser territorio bajo, sin serranías que compliquen el vuelo rasante, y con acceso terrestre limitado que favorece la logística de las bandas. El mismo esquema se ha detectado en Chaco, Santiago del Estero, Santa Fe y hasta en la provincia de Buenos Aires, donde la cocaína llega para ser embarcada hacia Europa a través de la hidrovía Paraná-Paraguay, operación que según investigaciones judiciales gestiona el Primer Comando Capital (PCC) brasileño.

Existen estimaciones de que hay entre 270 y 1.500 pistas clandestinas en el norte del país, principalmente en Salta, Formosa, Chaco, Santiago del Estero, Misiones y Corrientes. La demolición de una no impide que se abra otra a pocos kilómetros.

SANTA FE | Un exjuez destituido por liberar a un violador busca frenar las multas por amenazas escolares

La provincia de Santa Fe encontró una herramienta que funcionó: cobrarle a las familias de los menores que difundieron amenazas falsas de tiroteo en escuelas. Según informaron fuentes del Ministerio de Seguridad, desde que rigió la medida de enviar intimaciones económicas, las llamadas al 911 por este tipo de episodios cayeron de manera significativa. 

Ahora, la familia de un menor que participó en la redacción de un mensaje intimidante se negó a pagar los más de seis millones de pesos que el Estado provincial le reclamó, y recurrió a la Justicia a través del abogado Rodolfo Mingarini, quien presentó el primer recurso administrativo formal contra este tipo de intimaciones. El nombre de Mingarini, para cualquier santafesino con memoria, no es nuevo. Y lo que ese nombre evoca no precisamente habla bien de su criterio jurídico.

El episodio que derivó en la multa tuvo lugar en la ciudad de Santa Fe. Un grupo de adolescentes escribió un papel en el que se mencionaba un supuesto tiroteo. Luego, según relató el propio Mingarini, se arrepintieron, rompieron el papel y lo tiraron. Un padre lo encontró fuera del horario escolar, la imagen circuló por grupos de WhatsApp y generó alarma entre decenas de familias. 

El menor, de entre 12 y 13 años según distintas versiones del caso, reconoció su participación ante sus padres y ante las autoridades del colegio, y pidió disculpas.

Mingarini salió a defenderse en varias radios locales. Allí, repitió sus argumentos con insistencia. El hecho, argumentó, no configura legalmente una amenaza porque le faltan los requisitos típicos del delito (daño concreto, persona determinada, coerción real); que el papel fue encontrado en un estacionamiento y no dentro del establecimiento; que no hubo un operativo de envergadura porque cuando se halló la nota ya no había clases; que el monto de seis millones de pesos carece de desglose y resulta imposible de justificar con la sola intervención de un patrullero; y que el Poder Ejecutivo no puede fijar y cobrar sanciones de manera unilateral sin que medie una sentencia judicial. “El poder administrador no puede decidir unilateralmente que alguien debe pagar millones. Eso debe determinarlo un juez”, sostuvo el letrado. También pidió que no se “criminalice a chicos de 12 o 13 años sin ningún tipo de fundamento”.

Antes de ser abogado defensor, Mingarini fue juez penal en Santa Fe. 

Su paso por la magistratura terminó en mayo de 2022 de la peor manera posible: fue destituido por unanimidad, con los diez votos del Tribunal de Enjuiciamiento en su contra, tras el análisis de once fallos que el propio jurado calificó de “faltos de justicia y reñidos con los principios de los derechos humanos y la perspectiva de género”.

El caso que lo hizo tristemente célebre fue el de un albañil acusado de violación al que Mingarini le concedió la libertad porque el uso de preservativo durante el ataque le generó “duda” sobre si el hecho había sido forzado.

– En mayo de 2021, Mingarini liberó con restricciones a un imputado por abuso sexual porque utilizó el preservativo

Sus propias palabras, registradas en una audiencia y difundidas públicamente, grafican con precisión el nivel de su razonamiento: “Podemos pensar que habría habido relaciones forzadas, pero no puedo entender cómo, si va a tener relaciones forzadas, empujándola y sometiéndola, se toma el tiempo… no puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctima que, según lo que está acá, se negaba. La verdad es que ahí es donde me genera la mayor duda”. 

Para llegar a esa conclusión Mingarini había desestimado exámenes de medicina legal que constataron lesiones compatibles con una violación, los restos de semen hallados en la ropa interior y en el cuerpo de la víctima, y las pericias psicológicas incorporadas al expediente.

El fallo fue revocado por la Cámara de Apelación Penal, el acusado fue encarcelado y la Fiscalía solicitó doce años de prisión.

Las militantes feministas que por aquel entonces marcharon a las puertas del Tribunal durante el jury señalaron que el letrado “ha fallado de manera aberrante, ha descreído de informes que probaban delitos sexuales hasta de niños”, y que “atribuía claras señales de abuso de niños y niñas, que provenían de informes médicos, a secreciones de los pañales”. 

Santa Fe | Padres de un menor deberán pagar más de $6 millones tras una amenaza escolar

No fue ese su único fallo cuestionado. El tribunal lo destituyó por once hechos en total, y la resolución dejó establecido un "patrón de conducta" que, según el diputado Maximiliano Pullaro (entonces integrante del jury, hoy gobernador de Santa Fe), evidenciaba "el menosprecio hacia el perjuicio sufrido por las víctimas" y "la tendencia a minimizar el impacto de delitos gravísimos". 

Como consecuencia de la destitución, Mingarini no podrá volver a ocupar un cargo en el Poder Judicial. Conserva la posibilidad de ejercer como abogado mientras no exista una sanción disciplinaria específica sobre su matrícula.

Ese antecedente vuelve especialmente sensible su intervención actual en el debate público. Mingarini es ahora quien cuestiona el alcance jurídico del reclamo estatal, discute si el hecho puede ser considerado una amenaza y plantea objeciones sobre la forma en que la Provincia busca responsabilizar económicamente a las familias involucradas.

La respuesta oficial no tardó en llegar. Georgina Orciani, secretaria de Coordinación Técnica y Administración Financiera del Ministerio de Seguridad, salió al cruce en diálogo con Cadena 3 Rosario y fue categórica. Primero, aclaró que el reclamo no es una multa sino que “esto es una deuda civil que persigue el Gobierno provincial para recuperar recursos públicos que fueron utilizados ante una amenaza".

Luego refutó el argumento de que no hubo operativo ya que cada patrullero que se moviliza hacia una escuela deja de recorrer las calles y de prevenir delitos en otros puntos de la ciudad:" Esto no puede banalizarse", aseguró. Finalmente reivindicó los resultados de la medida, dijo que fue “acertada” y que “permitió una desaceleración importante” de estas situaciones.

Orciani también cargó directamente contra Mingarini. Fue precisamente ella quien presidió la comisión que definió la destitución del polémico exjuez en 2022. "Fue removido por ignorancia manifiesta del derecho y vuelve a demostrarlo con sus declaraciones", lanzó la funcionaria de la cartera de Seguridad.

También Virginia Coudannes, vocera del Gobierno provincial, cruzó a Mingarini y sostuvo que las amenazas escolares "no son una broma", que implican la movilización de recursos del Estado y que afectan a toda la comunidad educativa.

En los últimos meses, Santa Fe registró una escalada de amenazas falsas en escuelas, muchas de ellas impulsadas por "desafíos virales" (conocidos como trends) que circularon en redes sociales y apps de mensajería. Cada episodio activaba protocolos de seguridad, movilizaba patrulleros, generaba pánico entre padres y docentes, y vaciaba aulas. El Estado absorbió esos costos en silencio durante demasiado tiempo. La decisión del Ministerio de Seguridad de trasladar esa carga económica a las familias responsables fue, en términos prácticos, la única medida que logró torcer la curva: Tras las primeras intimaciones (comenzaron a mediados de abril) las amenazas bajaron “de 80 casos diarios a 15”, aseguran fuentes del Ministerio.

El dato de la merma fue reconocido por Mingarini. "El efecto fue logrado, pero no era la manera", admitió a Radio Mitre Santa Fe.

Desde el Ministerio de Seguridad aclararon que las familias que reciben estas intimaciones pueden presentarse y manifestar voluntad de pago para acceder eventualmente a planes de financiación. "Si no hay respuesta administrativa, la deuda será perseguida judicialmente por Fiscalía de Estado", señaló Orciani. 

La familia representada por Mingarini optó por el camino de la impugnación formal. Ahora será la Justicia la que resuelva si el mecanismo creado por la Provincia tiene o no sustento legal.

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