Extorsión y más de $100 millones: Un nuevo arrepentido complica más a Milagro Sala
El fiscal general del MPA, Lello Sánchez, confirmó que un nuevo arrepentido aportó documentación con respecto a cuentas bancarias.
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El fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Jujuy, Sergio Lello Sánchez, se manifestó sobra la causa que investiga a Milagro Sala por lavado de dinero. El funcionario dio declaraciones tras lo dicho por “Shakira” Guerrero, persona cercana a la piquetera.
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El funcionario judicial indicó que surgieron novedades en la causa: “hay otro arrepentido, que realizó aportes de naturaleza documental e información que tiene cierta precisión de cuentas bancarias o bancos donde se operaba, al igual que todo lo que dijo la señora Guerrero”, afirmó en diálogo con Radio Mitre.
“Ahora se inicia un periodo donde hay que corroborar estos dichos. Estamos dentro de los plazos procesales como para corroborar esta información y ver si surgen nuevos imputados, nuevas líneas de investigación, nueva información que viene a consolidar, o no, la investigación que ya en su momento se consideró agotada. Esto introduce un giro: con nuevos aportes se dan nuevas hipótesis, nuevos cursos investigación”, agregó.
Sánchez sostuvo que las nuevas declaraciones de arrepentidos, permitirían ahondar en una novedosa modalidad de lavado de dinero, que se sumaría a las ya barajadas en la causa.
“Hay causa madre llamada ‘Pibes Villeros’, que actualmente esta en la Corte Suprema de Justicia, luego esta la causa ‘Sociocomunitario’ que es otro plan de la misma asociación ilícita comandada por Sala. Y este ‘Lavado’ es una etapa más donde se está buscando la ruta del dinero sustraído, saber dónde fue”, precisó el fiscal general.
Sobre los viajes al exterior, mencionó que el nuevo testigo “aporta documentación, tiene mayores precisiones sobre el tema. Ahora se abre la oportunidad de corroborar todo esto y modificar el curso de la investigación en el sentido de ampliarla, porque hasta ahora sabíamos que había habido tres maniobras en la causa de lavado: compras masivas de vehículos, compras masivas de inmuebles y sorteos que hacía entre los adherentes a la asociación Túpac Amaru. Esta hipótesis de depósitos de dinero fuera del país es una novedad que introduce la señora Guerrero y el otro coimputado”.
Sobre la suma de dinero que habría sido lavado, Sanchez explicó: “En la causa ‘Pibes Villeros’ hubo un fraude de 60 millones de pesos, en la ‘Megacausa’ alrededor de 1200 millones de pesos, son distintos planes para la construcción de viviendas y otro tipo de construcciones que tenían que hacer las cooperativas, los municipios”.
“Del lavado se pudo corroborar la cantidad aproximada de 100 millones de pesos y queda muchísimo dinero cuyo destino se intenta esclarecer. Es probable que esto de lugar, en caso de corroborarse la información que aportan estos dos testigos, a un requerimiento complementario de citación a juicio o a nuevas personas que estén involucradas en estos hechos”, agregó.
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La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
El conflicto vendría gestándose cuando unas 500 personas ingresaron a un conjunto de viviendas inconclusas del barrio Doctor Montaña y Pirayuí, en la zona sur de la capital de Corrientes. Las primeras informaciones hablaban de aproximadamente 150 unidades ocupadas ilegalmente. En el lugar intervinieron la Policía de Corrientes, representantes del INVICO y la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas N.º 5, encabezada por el fiscal Ángel Machado.
“Terminó el operativo de forma exitosa y sin lamentar víctimas, fue todo de forma pacífica”, afirmó Machado a la radio Sudamericana. “La respuesta de las personas fue que nunca les dan una vivienda o un terreno y que venían a ocupar porque decían que no tenían dueño. Les hice saber que esa no es la forma ni la vía, el Estado no puede avalar este tipo de comportamientos”, añadió.
Algunas de esas viviendas ya tenían beneficiarios o preadjudicatarios que llevaban años esperando su terminación. Por eso también se acercaron al predio personas que reclamaban que las casas que les habían asignado no fueran ocupadas por terceros. La Fiscalía buscó evitar que ambos grupos se enfrentaran y, después de una negociación, quienes habían ingresado a las viviendas se retiraron.
Pero ahí no terminó el conflicto. Un segundo grupo se desplazó hacia los terrenos vacíos ubicados detrás del complejo. El fiscal Machado sostuvo que se trataba de unas 15 hectáreas vinculadas a la Municipalidad y al Fideicomiso Santa Catalina. La cobertura del medio LT7, a cargo del cronista de exteriores Roberto Ojeda, dijo que los ocupantes limpiaron la vegetación del terreno, encendieron quemas y describió entre 150 y 200 personas delimitando sectores mediante alambres, trapos y otros elementos, con la aparente intención de establecer parcelas.
La Policía de Corrientes desplegó entonces un importante operativo con efectivos de la comisaría jurisdiccional, grupos especiales y autoridades de la Dirección de Seguridad Metropolitana al mando del Comisario General José Mario Galarza. Entre los argumentos expuestos ante el móvil de LT7, las familias manifestaron que recurren a esta medida empujadas por la crisis económica, la falta de empleo y la imposibilidad de afrontar costos de alquiler que superan los 400.000 pesos.
“La grave necesidad habitacional que hay no quita que haya personas malintencionadas que se puedan aprovechar de esa necesidad para fomentar este tipo de cuestiones”, subrayó Machado.
Durante la noche se produjeron incidentes. Hubo efectivos policiales lesionados y móviles dañados por piedras. El operativo se interrumpió temporalmente, entre otras razones por la presencia de menores, y durante la mañana siguiente unos cien policías realizaron un nuevo procedimiento que terminó con el despeje de los terrenos sin nuevos enfrentamientos.
“La gente dice que la Policía les reprimió, pero el informe que yo tengo es que no hubo represión. Cuando la gente empezó a tirar piedras, la Policía se replegó y trató de salvaguardar su integridad y obviamente también los móviles”, explicó Machado.
El punto central es que las viviendas no aparecieron abandonadas de un día para otro, siendo que el complejo tiene una historia que se remonta a 2017. Durante la intendencia de Fabián Ríos se comenzó la construcción de 200 viviendas mediante el programa nacional Techo Digno, en el sector de Santa Catalina lindante con Doctor Montaña. En aquel momento se había anunciado que 150 serían destinadas a trabajadores municipales y otras 50 a familias con integrantes con discapacidad. La obra tenía originalmente un plazo previsto de diez meses.
En 2017, documentación y reportes de la época situaban el avance aproximadamente en el 16% de su construcción. El presupuesto había sido readecuado de unos $61.4 millones a $122.7 millones de entonces y se habían girado anticipos nacionales por alrededor de $30.4 millones. Esas cifras son nominales de 2017 y, debido a la inflación acumulada, no sirven para compararlas directamente con valores actuales.
El origen de la parálisis fue una denuncia por el uso de los propios fondos nacionales enviados para la construcción, difundida mediáticamente bajo el título “el cartel más caro del mundo” en plena campaña electoral de 2017. Aunque las denuncias de corrupción fueron finalmente desestimadas por la Justicia, la combinación de ese proceso judicial y los sucesivos cambios de gestión dejó la obra sin avances durante casi una década.
El cambio de administración municipal tampoco resolvió definitivamente el problema. En octubre de 2018, ya bajo la intendencia de Eduardo Tassano, el Municipio anunció que había destrabado inconvenientes administrativos y firmó acuerdos con tres constructoras para reanudar las 200 viviendas.
Un año después, sin embargo, el problema continuaba. En agosto de 2019, en el Concejo Deliberante, la entonces concejal Magdalena Duartes reclamó información sobre el avance de las 200 casas y sostuvo que pedidos anteriores no habían recibido respuesta y que las obras permanecían prácticamente en el mismo estado.
En agosto de 2020 se produjo otro acontecimiento importante. Se realizó mediante Lotería Correntina el sorteo de 100 viviendas entre trabajadores municipales, al que se habían inscripto alrededor de 700 agentes. En aquel momento, la Asociación de Obreros y Empleados Municipales de Corrientes (AOEM) informaba que ese grupo de unidades tenía aproximadamente un 75% de avance.
En 2021 el propio Municipio ratificó esas adjudicaciones y sostuvo que los cien trabajadores ya tenían reconocida administrativamente la asignación de las unidades. Además, existía el compromiso de avanzar posteriormente con otras 50 viviendas para municipales.
Sin embargo, para 2023 las casas seguían sin entregarse. Funcionarios municipales reconocían entonces que algunas unidades tenían alrededor del 60% de ejecución y explicaban que se había esperado financiamiento nacional del programa Reconstruir que finalmente no llegó, por lo que nuevamente se había detenido la obra.
— El grupo de vecinos y adjudicatarios manifestándose con documentos en alto en las inmediaciones de las viviendas inconclusas
Finalmente, el 26 de marzo de 2026, el Concejo Deliberante aprobó transferir al INVICO las obras correspondientes a las 200 viviendas para intentar destrabar su finalización. Es decir, apenas seis meses antes de la ocupación de septiembre todavía se estaba modificando institucionalmente quién debía encargarse de terminar un proyecto iniciado nueve años atrás, y ahora tras la toma el organismo anticipó a los preadjudicatarios que una parte de las casas podría entregarse en noviembre.
¿Fue un hecho planificado?
El propio Machado dijo que todavía no podía determinar si la concentración había surgido espontáneamente. Confirmó, aún así, que la Fiscalía investigaría publicaciones y convocatorias difundidas en redes sociales.
El negociador policial Alejandro Bottini reconoció que se trataba de un caso donde “hay grupos de personas que van juntas, que alguien los lidera”, y que se logró dialogar con dos personas que representaban al grupo. La causa quedó abierta precisamente para identificar a los instigadores a partir del relevamiento de imágenes y grabaciones.
“En Facebook vimos que estaban avisando que había lugar y vinimos”, relataron ante los efectivos desplegados en la zona varias de las personas que ocuparon las obras sin terminar.
En los días siguientes a que la investigación avanzara. Para el 18 de septiembre ya había dos personas investigadas por presunta instigación. En el segundo allanamiento se secuestraron teléfonos celulares, una computadora portátil, un router y otros dispositivos para realizar peritajes. Las fuentes judiciales y policiales sostienen que uno de los investigados habría difundido videos convocando a familias a ocupar viviendas y terrenos. Esa es por ahora una hipótesis de la causa.
La diferencia jurídica tampoco es menor. El artículo 181 del Código Penal castiga determinadas formas de usurpación de inmuebles, mientras que el artículo 209 contempla como delito separado la instigación pública a cometer un delito determinado. La legislación vigente prevé para la usurpación, según el supuesto, entre seis meses y tres años de prisión, mientras que la instigación prevista por el artículo 209 tiene una escala de dos a seis años.
El propio INVICO ha señalado recientemente una demanda de alrededor de 30.000 inscriptos en la provincia. Paralelamente el Censo 2022, por su parte, registró que el 11.5 % de la población correntina que vivía en viviendas particulares residía en alquileres y que solo el 62.1 % de la población que habitaba vivienda propia contaba con documentación de esa propiedad.
Los datos de un informe sobre déficit habitacional en Argentina ubican al aglomerado de la provincia de Corrientes con cerca de 35.800 hogares en situación deficitaria, la mayoría por debajo o cerca de la línea de pobreza, y con coberturas locales revelando que aproximadamente unas 90 mil familias no cuentan con un techo propio. Sectores políticos marcaron el episodio como parte de un patrón recurrente y lo calificaron como una “guerra de pobres contra pobres”, ya que enfrentó a familias sin vivienda con los adjudicatarios legítimos que también reclamaban sus casas.
La propia Fiscalía reconoció esta doble dimensión. Machado sostuvo que la necesidad habitacional y el derecho a una vivienda digna no estaban en discusión, pero señaló que esa necesidad no habilitaba jurídicamente la ocupación de bienes pertenecientes a terceros. También dejó abierta la posibilidad de que personas hubieran aprovechado esa necesidad para organizar las ocupaciones, cuestión que continúa bajo indagación.
— Uno de los hombres supuestamente vinculado con la causa por la usurpación masiva de terrenos en el barrio Dr. Montaña
Además de las 200 viviendas municipales de Techo Digno iniciadas en 2017, el INVICO desarrolló posteriormente proyectos de integración socio-urbana. Por ejemplo, en 2022 licitó otras 50 viviendas del sector norte mediante un proyecto financiado con un préstamo del BID, con un presupuesto oficial de $283.5 millones a valores de septiembre de 2021. Es una obra diferente de las 200 viviendas municipales originales.
Después del conflicto de septiembre de 2026, el INVICO informó también que trabaja en la recuperación de 26 viviendas y que proyecta intervenir otras 26, dentro de una urbanización que incluye 76 viviendas ya entregadas, 13 en ejecución y otras 13 proyectadas. Esos números corresponden a una intervención integral más amplia en Doctor Montaña y no deberían equipararse automáticamente con las 200 casas municipales de Techo Digno sin documentación que establezca esa correspondencia.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
La organización conocida como Federación Familia Grande Hogar de Cristo, presidida por José María “Pepe” Di Paola, sacerdote católico y referente histórico de los curas villeros, con un estrecho vínculo orgánico con el kirchnerismo, celebró la resolución judicial que suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.
La entidad religiosa estuvo a favor de la idea de que el sistema “no cuenta con la infraestructura edilicia, educativa y profesional necesaria para sostener los estándares mínimos que exige la normativa vigente”. Anteriormente, había promovido un hábeas corpus presentado el 31 de agosto en defensa de personas vinculadas con sus espacios, en el marco del debate sobre el régimen de imputabilidad juvenil a partir de los 14 años.
La presentación fue realizada por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones integrantes de la Federación, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori.
— José María “Pepe” Di Paola, más conocido como Padre Pepe
La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a una medida cautelar dentro de ese hábeas corpus y suspendió preventivamente durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires. A su vez, ordenó fijar una audiencia multipropósito para el 16 de septiembre a las 10, convocando a autoridades que responden al gobernador bonaerense Axel Kicillof del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia para que informen qué medidas adoptaron, cuáles planean y en qué plazos.
La magistrada con treinta años de experiencia en protección infantil, sostuvo que “no sé trata de discutir la ley en abstracto”, con los dispositivos bonaerenses no estando en condiciones de recibir una población mayor sin riesgo para los derechos fundamentales. Su razonamiento se sustentó, entre otras normas, en la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de La Habana y las Reglas de Beijing.
Pascual remarcó que le parece “pésimo” que haya menores de 18 años que están tras las rejas, y volvió a justificar la suspensión por la falta de infraestructura y recursos para aplicar la ley.
— Marta Elba Pascual
Los defensores del fallo sostienen que un juez no necesita esperar a que ocurra el hacinamiento para proteger derechos, porque el hábeas corpus bonaerense cubre amenazas inminentes y el encierro de adolescentes exige estándares reforzados. La jurisprudencia interamericana ha considerado que el hacinamiento, la insalubridad y la falta de servicios en instituciones juveniles pueden vulnerar la integridad personal y los derechos especiales de la niñez.
“En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”, afirmó la senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich en una publicación en su cuenta oficial de X, sumando cuestionamientos al propio funcionamiento “garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias”.
Los críticos responden que una jueza de primera instancia no debería suspender en toda una provincia una ley penal nacional aprobada por el Congreso, particularmente mediante una estimación general sobre detenciones futuras. Usina de Justicia denunció a Pascual por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad, alegando que el riesgo sería hipotético y que la decisión invade competencias legislativas.
En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww
El fallo tiene un componente institucional relevante, siendo que la Ley 27.801 es nacional, pero su implementación cotidiana necesita jueces, fiscales, defensores, supervisores, centros, personal y programas que en gran medida dependen de cada provincia. El decreto reglamentario reconoce expresamente que la aplicación efectiva exige coordinación con las jurisdicciones provinciales y creó una Mesa Federal para ese fin.
El fallo no derogó la ley, no la declaró inconstitucional y no resolvió definitivamente la discusión sobre la edad de punibilidad en Argentina, solo buscó evitar que ingresaran más adolescentes al sistema bonaerense de encierro antes de verificar que existieran instalaciones, profesionales y programas adecuados.
La subordinación ideológica y los homenajes automáticos hacia el Estado de Israel se convirtieron en el eje central de la política exterior de Javier Milei. Desde el inicio de su mandato a fines de 2023, el Presidente consolidó una alianza ciega caracterizada por repetidos viajes a Jerusalén, visitas al Muro de los Lamentos y promesas de traslado diplomático, priorizando la agenda geopolítica extranjera por encima de los intereses soberanos de la Argentina. Esta bajada de línea importada desde la Casa Rosada encontró rápidamente eco en gobernadores y administraciones provinciales ansiosos por congraciarse con el poder central.
La pantomima de esta cercanía artificial tuvo uno de sus puntos más grotescos el 6 de octubre de 2025. En plena presentación de su libro en el Movistar Arena, y con la excusa de conmemorar el aniversario de los ataques en Medio Oriente, Milei entonó públicamente el tradicional canto festivo “Hava Nagila” —cuya letra celebra la alegría, la felicidad y convoca a bailar— frente a miles de personas. Lejos de guardar un respetuoso luto, el mandatario convirtió la tragedia en un show, coreando torpemente frases festivas para conmemorar un atentado, exponiendo la farsa de un fervor religioso y cultural construido exclusivamente para la tribuna.
Javier Milei y Lilia Lemoine cantando una celebración por el atentado del 7 de octubre de 2023.
Importación de homenajes
La lógica de la sumisión geopolítica bajada desde la Casa Rosada encontró un correlato directo en el interior del país. La Policía de Córdoba y la Legislatura provincial decidieron bautizar oficialmente una de las dependencias estratégicas del sistema de emergencias con el nombre de Roni Eshel, una joven militar extranjera de 19 años que integraba las Fuerzas de Defensa de Israel y resultó asesinada el 7 de octubre de 2023. El acto, llevado a cabo con la participación del ministro de Seguridad Juan Pablo Quinteros y la cúpula policial, incluyó la visita especial de la familia de la soldado, que viajaron desde Israel.
La familia Eshel recibiendo un homenaje.
La homenajeada no tenía ninguna relación con la Argentina ni con la provincia de Córdoba. Se desempeñaba en tareas de observación en la frontera de su país de origen, un conflicto geopolítico ajeno a las problemáticas locales. A través de este nombramiento, el poder político cordobés adoptó un símbolo internacional en una dependencia de seguridad pública local, replicando gestos de pleitesía hacia la agenda exterior impulsada por el Ejecutivo nacional.
Los padres de Roni Eshel en el centro de monitoreo que lleva el nombre de su hija.
La decisión responde al denominado “Proyecto Oz”, una iniciativa de alcance global impulsada por instituciones de la comunidad judía que busca replicar el nombre de la soldado en dieciocho centrales de monitoreo de distintos países. Así, una bajada de línea internacional importada por la DAIA se incrustó directamente en la estructura de seguridad cordobesa, con un aval legislativo exprés que condecoró a los familiares con un beneplácito oficial.
La familia Eshel junto a la placa que homenajea a su hija a casi 13.000 km de donde perdió la vida.
El contraste y el abandono propio
El homenaje oficial a una militar extranjera choca de manera violenta con la realidad diaria que atraviesan los efectivos de las fuerzas de seguridad en la Argentina. Mientras el poder político cordobés desfila junto a funcionarios y familiares llegados desde Medio Oriente, los policías provinciales y federales arriesgan y pierden la vida en las calles del país enfrentando al delito cotidiano, sepultados bajo el desinterés institucional y sueldos de miseria.
Esta subordinación selectiva y desconectada de las urgencias reales también ignora conflictos bélicos de magnitud global que llevan años cobrándose vidas a escala masiva, como la guerra en Ucrania. Al final, el despliegue de pleitesía en Córdoba demuestra que la obediencia a la agenda exterior importa más que honrar a los caídos propios.
La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.
El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.
La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.
— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)
Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.
El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.
Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.
— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas
También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.
Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.
También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.
A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.
El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado.Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.
Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.
— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo
Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.
“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.
La teniente que dijo que no
El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.
A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.
Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.
La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.
El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.
A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.
Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.
El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.
Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.
La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.
Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.
Los principales acusados
El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.
Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.
A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.
Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.
Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.
La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.
No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.
La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.
El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.
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