Desde el Frente de Todos se niegan a que Fernanda Raverta sea candidata en Mar del Plata
Desde los círculos íntimos del Partido Justicialista la apodan como "La mariscal de la derrota".
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No es ninguna novedad entender que el Frente de Todos (FdT) se encuentra con diversas divisiones en el interior, haciendo un pasaje por el nivel nacional con el tridente del presidente Alberto Fernández, la vicemandataria Cristina Fernández de Kirchner y el “superministro” Sergio Massa. Ello pareciera replicarse en el Municipio de General Pueyrredón (MGP).
La titular de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), Fernanda Raverta, y el director de Correo Argentino, Rodolfo “Manino” Iriart, han representado a “La Grieta” peronista en todo su resplandor. Más aún con lo que fueron las elecciones del Partido Justicialista (PJ) en Mar del Plata, con muchos condimentos de por medio.
Rodolfo “Manino” Iriart, director de Correo Argentino y opositor peronista a Fernanda Raverta
A pesar de que el supuesto atentado contra la vicepresidente hizo que la militancia peronista se reuniera (más allá de las grandes discrepancias), hubo grises en lo que fueron las críticas hacia el Gobierno, tanto en la “tibieza” del Presidente como la política financiera. Ahora bien, en “La Feliz” se notó cierta intriga sobre cómo se parará la oposición de cara al 2023.
Según pudo averiguar Data24, actualmente el Frente de Todos es un hervidero entre los “albertistas” y “cristinistas”, en donde quienes se alinean a gremialistas y sindicalistas se encuentran Roberto “Tata” Gandolfi (Movimiento Evita) y Roberto “Chucho” Páez. Por el costado camporista, se fijan su espacio las concejales Marina Santoro y Virginia Sívori.
Raverta es apodada por los círculos internos de Todos en Mar del Plata como “La mariscal de la derrota”
Yendo más en lo profundo, se encuentra la arista del Frente Renovador (FR) con el actual director de Aerolíneas Argentinas, Ariel “Cholito” Ciano, quién comenzaría a sonar como posible precandidato a intendente en el 2023, por la oposición de Todos. El hecho es que, en los círculos de la mesa chica local, se la tiene a Raverta impuesta como “La mariscal de la derrota”, por el mal desempeño del peronismo con ella como punta de lanza.
Por otro lado, “Manino” tampoco sería una cara “favorable” para el núcleo de Todos, debido al currículum de enfrentamientos ocasionados en el peronismo. Con lo cual, no tendría cercanía al Palacio Municipal, más allá de tener personalmente intenciones de ir por la Intendencia en el 2023. Otro más que Raverta.
Ariel Ciano, director de Aerolíneas Argentinas y posible reemplazante de Fernanda Raverta como referente de Todos
Ante todo lo referido, hay 2 aristas disponibles en Mar del Plata, para lo que será la candidatura de Todos en la 2023. Si bien está la posibilidad de unas internas, lo real es que se hablaría demasiado en el radiopasillo del Municipio sobre el desembarco de Ciano, o bien el ingreso de Acción Marplatense a la coalición con el ex intendente Gustavo Pulti a la cabeza. ¿Cómo sigue todo?
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El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.
Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.
“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.
Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.
“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”
— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro
“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”
El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.
— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina
No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.
“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.
El origen del conflicto
Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.
En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.
— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021
Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.
El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.
“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.
El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.
— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa
En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.
La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.
El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.
Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.
Los incidentes en enero y febrero de 2021
Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.
— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro
El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.
La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.
— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey
De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.
La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.
La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.
— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022
En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.
Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.
La Auditoría General de la Nación (AGN) puso bajo la lupa el manejo de los fondos nacionales destinados a la urbanización de barrios populares y encontró una extensa serie de deficiencias en la administración, seguimiento y control de una política pública que durante los últimos años movilizó importantes recursos del Estado nacional.
El organismo aprobó el 20 de agosto de 2026 el informe 169/2026, correspondiente a la actuación 214/2023, denominado “Gestión de fondos nacionales transferidos en el marco del programa 53 – Integración Socio Urbana, Actividad 42 – Abordaje Integral de Barrios Populares”. La auditoría comprende el período que va desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024.
Se trata de un dato relevante para interpretar sus conclusiones: el período analizado incluye casi dos años completos de la administración de Alberto Fernández y los primeros nueve meses de la gestión de JavierMilei.
Durante la administración de Alberto Fernández, el área estuvo encabezada por Fernanda Miño, militante del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) y referente del espacio de Juan Grabois, bajo las sucesivas conducciones de Juan Zabaleta y Victoria Tolosa Paz en el ministerio de Desarrollo Social. Con la llegada de Javier Milei, pasó a tener rango de subsecretaría y quedó a cargo de Sebastián Pareja, referente del armado bonaerense de Karina Milei, designado desde el 28 de diciembre de 2023. Inicialmente dependió del ministerio de Infraestructura y luego pasó a la órbita del ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo.
Según surgió durante el tratamiento del informe en el Colegio de Auditores, el trabajo identificó 18 hallazgos, entre ellos problemas vinculados con la selección de cooperativas, desembolsos realizados pese al vencimiento de pólizas de seguro y importantes atrasos en la ejecución de las obras.
Cooperativas y criterios bajo la lupa
Uno de los aspectos más sensibles de la auditoría se relaciona con los mecanismos utilizados para distribuir recursos entre las organizaciones encargadas de llevar adelante parte de los proyectos.
La AGN observó la existencia de discrecionalidad en la asignación de fondos a cooperativas ante la ausencia o insuficiencia de criterios de elegibilidad claramente establecidos, una cuestión particularmente sensible teniendo en cuenta el peso que estas organizaciones adquirieron dentro del esquema de integración socio urbana.
El modelo adoptado durante aquellos años otorgó precisamente un rol central a las entidades de la economía popular.
La propia normativa de integración socio urbana promovió la participación de cooperativas y organizaciones comunitarias en la ejecución de los proyectos. Distintos documentos del programa daban cuenta de que más de la mitad de las intervenciones llegaron a ser ejecutadas por este tipo de entidades, mientras que en los convenios implementados por provincias o municipios también existían obligaciones de participación de cooperativas de trabajo.
La discusión planteada por la auditoría, por lo tanto, no pasa necesariamente por la utilización de cooperativas como herramienta de ejecución, sino por una pregunta más delicada: con qué mecanismos se seleccionaba a las organizaciones que recibían los recursos del Estado y qué controles existían sobre ellas.
Dinero transferido pese a pólizas vencidas
Otro de los hallazgos señalados por la auditoría resulta especialmente llamativo desde el punto de vista administrativo.
De acuerdo con las conclusiones difundidas tras la aprobación del trabajo, la AGN verificó casos en los cuales se realizaron desembolsos de fondos mientras las pólizas de seguro correspondientes se encontraban vencidas.
— Fernanda Miño
Las pólizas constituyen una herramienta básica de resguardo para el Estado ante incumplimientos o contingencias relacionadas con las obras financiadas.
Sin embargo, los problemas no terminaron allí.
Más de la mitad de los convenios, demorados
La auditoría determinó además que aproximadamente el 56 por ciento de los convenios examinados presentaba demoras en la ejecución de las obras.
El número adquiere otra dimensión considerando que la finalidad del programa era intervenir sobre algunas de las zonas con mayores necesidades habitacionales y de infraestructura del país.
El régimen de integración socio urbana tiene como objetivo mejorar las condiciones de los barrios incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), con intervenciones relacionadas con vivienda, infraestructura, servicios básicos, saneamiento, regularización dominial y mejoramiento del hábitat.
Es decir, detrás de las demoras administrativas aparecen obras destinadas a poblaciones que, en numerosos casos, carecen de infraestructura básica.
Del 97 por ciento de ejecución al cero
Pero la auditoría encontró también una segunda cara del problema.
Si durante los años anteriores el programa había alcanzado niveles de ejecución cercanos al 97 por ciento, durante 2024 la situación cambió radicalmente.
Según los datos presentados por la AGN, ese año registró apenas 6 por ciento de ejecución presupuestaria y 0 por ciento de ejecución física, una virtual paralización de la política pública durante los primeros meses de la administración libertaria.
La fotografía que deja el organismo de control resulta así particularmente incómoda para las dos administraciones comprendidas dentro del período auditado.
Por un lado, durante el funcionamiento intensivo del programa aparecieron falencias en los mecanismos de selección, controles administrativos insuficientes, desembolsos con garantías vencidas y obras demoradas.
Por el otro, el cambio de gobierno no derivó en una corrección y continuidad del programa bajo nuevas reglas, sino en una caída prácticamente total de su ejecución durante 2024.
El caso “Mi Pieza”
El informe también abordó uno de los programas más conocidos vinculados con la política de barrios populares: Mi Pieza, destinado a financiar mejoras, ampliaciones y refacciones habitacionales.
Allí apareció una paradoja significativa.
El esquema requería que las beneficiarias acreditaran los avances mediante una aplicación móvil con herramientas de geolocalización. Sin embargo, el mecanismo de control terminó chocando con las propias características sociales de la población alcanzada: brecha digital, dificultades de conectividad y problemas para utilizar las herramientas tecnológicas exigidas para validar las obras.
En otras palabras, parte del sistema diseñado para controlar una política destinada a los sectores más vulnerables dependía precisamente de recursos tecnológicos que una porción de esos mismos sectores no tenía garantizados.
Una política millonaria que terminó bajo auditoría
El programa 53 de Integración Socio Urbana había adquirido durante los años anteriores un peso creciente dentro del presupuesto nacional.
Ya en auditorías previas de la propia AGN puede observarse la magnitud que había alcanzado el área. En uno de los ejercicios analizados, el crédito destinado al programa 53 pasó de aproximadamente 3.171 millones a más de 10.324 millones de pesos, una ampliación superior al 225 por ciento.
El esquema se encontraba además vinculado con una estructura mucho más amplia de políticas de urbanización, fondos fiduciarios, transferencias a gobiernos locales y participación de organizaciones de la economía popular.
La integración socio urbana había sido concebida para intervenir sobre una de las caras más dramáticas de la pobreza argentina: familias que viven sin títulos de propiedad, cloacas, agua corriente, infraestructura vial o conexiones seguras de servicios.
Precisamente por esa sensibilidad, las conclusiones de la AGN cobran mayor importancia. No se trata solamente de expedientes incompletos o fallas formales.
La auditoría describe una política pública en la cual convivieron una enorme demanda social, importantes recursos económicos, organizaciones encargadas de ejecutar proyectos, deficiencias en los mecanismos de control y numerosos convenios que no avanzaron según lo previsto.
Y la respuesta posterior tampoco solucionó el problema: para 2024, la ejecución física había caído directamente a cero. El resultado es una fotografía difícil de ignorar.
Durante los años de expansión, el Estado no logró garantizar controles suficientemente robustos sobre todo el circuito de asignación y ejecución de recursos. Cuando llegó el ajuste, en lugar de corregir esas deficiencias y continuar las obras bajo mecanismos más transparentes, buena parte del programa quedó paralizada.
En el medio quedaron los barrios populares, los fondos públicos ya comprometidos y una auditoría que, varios años después, comenzó a reconstruir qué ocurrió con una de las políticas sociales más importantes de la última década.
Aguas Mendocinas / AYSAM es la sociedad anónima pública que gestiona tanto el agua potable como los desechos orgánicos de alrededor de un millón de mendocinos. Una ONG la denunció por haber formado una “laguna” de heces en lo que la población ha llamado la “ciénaga de los muertos”.
El sitio se encuentra a unos 30 kilometros al este de la ciudad de Mendoza, en el departamento de Maipú, y consiste en unas 12 hectáreas de tierra afectada por constantes vuelcos cloacales sin tratamiento alguno.
La fundación Fiscalía Ciudadana comenzó a investigar el tema el 29 de mayo de este año a raíz de una denuncia anónima en su sitio web.
Al llegar al lugar rural sobre calle Los Pinos observaron una camioneta Ford Ranger blanca, con ploteo del logo de AYSAM, dominio AB393IL y número interno P93. Cerca de ella notaron que un hombre con uniforme y distintivos de la empresa estaba haciendo unas verificaciones en la tubería que da origen a esa inmensa laguna de desechos cloacales, según explican en la denuncia judicial de más de cien hojas presentada por la ONG en agosto.
Marcos Neirotti, vicepresidente de Fiscalía Ciudadana, expresó al medio REALPOLITIK que luego de este encuentro denunciaron la situación ante el departamento General de Irrigación (el organismo público que fiscaliza el manejo del agua y que tiene poder de policía): “Nos encontramos con que ellos ya sabían del vuelco y que habían labrado un acta”, comenta el promotor de los derechos humanos, pero sin que eso hubiese detenido el daño ecológico.
La historia de un desastre
Según investigó la entidad denunciante, en esa zona pasa una cañería colectora que dirige los efluentes de unos 600 mil mendocinos hacia una planta de tratamiento cercana.
En 2021 ese caño reventó, ocasionando un gran derrame. En parte, porque “les quedó chica la cañería y porque ya cumplió su vida útil, eso fue hecho en la década del 80”, asegura Neirotti.
Entonces, AYSAM colocó un caño de PVC que conecta la rotura de la colectora de hormigón con un campo inculto de un privado. Sin embargo, los vuelcos ya venían desde 2015 en ese sitio y, en los momentos de mayor intensidad, llegó a afectar unas 40 hectáreas a la redonda, según las imágenes satelitales.
“Lo que la gente muchas veces no entiende es que ahí no sólo van heces, también van desechos de micro hospitales, pequeñas industrias, con lo que vos limpies las cañerías, todo tipo de líquidos… ahí van metales pesados…”, dijo el denunciante.
¿Un funcionario con poca resolución?
El vicepresidente de la fundación explica que hay dos agravantes en el lugar de estos derrames: “A cientos de metros de esa gran mancha está la laguna del Viborón, que tiene cerca la laguna de La Paloma y ésta, a la laguna de Soria. Las tres conforman el sistema de humedales Leyes-Tulumaya”, explicó.
Y añadió: “El otro agravante es que en 2020 el actual presidente de AYSAM era secretario de Ambiente y fue hasta esas lagunas. Declaró de interés provincial el sistema de humedales. Al estar estos vuelcos cloacales sobre tierra sin ningún tipo de impermeabilización, hay riesgo de contaminación de las napas de agua subterránea y de las mismas lagunas”.
Humberto Mingorance es quien preside la empresa pública de aguas y saneamiento, pero entre diciembre de 2015 y diciembre de 2023 fue secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial. Es decir, estuvo a cargo de uno de los organismos que debería haber sancionado a AYSAM en el tiempo en que ya habían comenzado los vuelcos y ahora preside dicha empresa. Pero ni como agente de control ni como responsable directo hizo algo para detener la situación.
En junio de 2026 Mingorance fue imputado por otra causa: vuelcos cloacales no autorizados sobre el ramal 12 de Los Corralitos (un cauce que transporta agua de riego que llega directamente a los productores agrícolas).
¿Un final feliz?
Marcos Neirotti comentó que cuando empezaron a investigar les dijeron que “había un convenio entre AYSAM y el privado dueño de los terrenos para poder realizar allí estos vuelcos ilegales. Pero el convenio no aparecía en ningún lado. ¿Cuándo apareció? Al hacer nosotros la querella penal, ¿y cuándo te imaginás que fue firmado teniendo en cuenta que desde 2015 vuelcan? Hace años imaginábamos todos, pero no. Fue firmado el 31 de mayo de 2026, sólo dos días después de que nosotros denunciáramos ante el departamento General de Irrigación”.
Según este informante, la empresa a cargo de Mingorance le envió un escrito a la Fiscalía Nro. 38, a cargo del doctor Gabriel Blanco, explicando que los vuelcos eran “esporádicos” y que se debían principalmente a la influencia de lluvias.
Algo que la ONG Fiscalía Ciudadana descartó tomando registros fílmicos en días donde no había habido inclemencias, según consta en la denuncia.
El sitio REALPOLITIK contactó a AYSAM para recolectar su testimonio pero, pese a las empeñadas gestiones de su jefe de prensa, no se logró una entrevista directa con alguno de los responsables de la “ciénaga de los muertos”. Sin embargo, se nos permitió enviar algunas preguntas para luego tener la devolución por escrito.
Concretamente se preguntó: “En la denuncia de la ONG Fiscalía Ciudadana se han documentado vuelcos cloacales sin que haya inclemencias climáticas, ¿por qué sigue ocurriendo y cuál es el plan de remediación de AYSAM (incluyendo plazos)? ¿Por qué, si Irrigación labró un acta en la que ordena retirar el tubo plástico conectado a la colectora, aún no lo han hecho?”.
La respuesta de la empresa fue que la colectora Máxima Noreste, construida en la década de 1980, presenta fallas estructurales desde sus inicios por tener poca pendiente. “Para evitar un colapso, en 2015 se instaló una derivación hacia un campo inculto. Esta medida de emergencia, aunque genera vuelcos esporádicos, se mantiene como un mal menor frente al riesgo de descalce y derrumbe del terraplén, lo que provocaría un daño irreversible en la conducción. Los técnicos del DGI y del DIRCAS han coincidido en que los desbordes eventuales pueden dañar la estructura, por lo que la derivación cumple una función preventiva crítica”.
Resulta llamativo que ese “mal menor” y medida “preventiva” lleve más de una década sin ningún tipo de reparación ambiental.
La empresa pública expuso su plan de acción a futuro: “Construcción de una laguna de contención en el predio de Los Pinos, con terraplenes perimetrales compactados y monitoreo permanente. Este sistema permitirá mitigar los desbordes eventuales y proteger la estabilidad del terraplén”, aseguraron.
Posteriormente, añadieron: “Ya se firmó un convenio con el propietario del predio inculto. Se está contratando a una empresa para ejecutar las obras. El convenio contempla la cesión de 12 hectáreas sobre el extremo norte de la propiedad. Obras estructurales Colonia Segovia I, II y III (…) La etapa I se encuentra en ejecución. Las etapas II y III serán licitadas próximamente, financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por 150 millones de dólares. Estas obras reemplazarán la actual colectora Máxima y eliminarán definitivamente los vuelcos”.
En el documento no enuncia los plazos, pero a través de WhatsApp el jefe de prensa explicó: “Los estudios de suelo ya han sido contratados, que son fundamentales para armar el proyecto de contención, que es lo que se está haciendo ahora. Una vez que tengamos el proyecto terminado, vamos a tener el plazo exacto de la obra, que va a ser contratado inmediatamente. Entre proyecto y ejecución de obra calculamos unos 3 meses”.
Preguntas abiertas
Aunque el comunicado pareciera ser la resolución de once años de vertimientos cloacales directos a tierra, quedan ciertos interrogantes.
Si los derrames comenzaron con el primer gobierno de Alfredo Cornejo, continuaron con su sucesor y ahijado político Rodolfo Suárez y continúan hasta hoy, ¿qué garantías ambientales puede brindar este gobierno que se declara abiertamente prominero?
¿Qué otras “ciénagas de los muertos” puede haber en otros puntos de la provincia actualmente?
Y la más inquietante: siendo que el artículo 32 de la ley General del Ambiente Nro. 25.675 consagra expresamente la facultad del juez (léase en este caso fiscales) para disponer todas las medidas necesarias, incluso de oficio y con carácter precautorio en cualquier momento del proceso judicial, ¿por qué el fiscal Gabriel Blanco no ha emitido ninguna medida teniendo tan amplia cantidad de pruebas?
Virginia Aparicio, ingeniera agrónoma, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora del INTA y del Conicet, sostuvo que los plaguicidas que su equipo encontró en la sangre de vecinos del sudeste bonaerense constituyen un problema de salud pública. Lo afirmó en una entrevista con El Presto en Perdón por la Vehemencia, el programa que Canal Ey! emite los miércoles de 16 a 18. “Como se silencia y como se saca al mensajero de la ecuación, parece que los datos no existieran. Y sí existen y son graves”, advirtió.
Los datos surgieron de SPRINT, un proyecto aprobado por la Comisión Europea que midió más de 200 plaguicidas en suelo, agua, sedimentos, cultivos, animales y personas de once países, con un mismo protocolo. Argentina fue el único participante no europeo. A los 73 voluntarios argentinos les extrajeron sangre, les tomaron muestras de orina y materia fecal, les hicieron un hisopado nasal y les dieron una pulsera que, durante una semana, retuvo todo aquello con lo que estuvieron en contacto.
Los químicos aparecieron en productores rurales, en habitantes de pueblos fumigados y también en periodistas, enfermeras, contadores o plomeros de Mar del Plata, Tandil, Necochea, Lobería, Balcarce y Tres Arroyos. Según Aparicio, el plaguicida “termina en tu mesa, termina en el polvo de tu casa, termina en tu pulsera, termina en tu sangre”.
La ingeniera agrónoma y doctora en Ciencias Agrarias Virginia Aparicio, investigadora del INTA y CONICET, explica los resultados del proyecto SPRINT, financiado por la Unión Europea, que estudió la exposición a más de 200 plaguicidas.
En la región pampeana predominó el glifosato, un herbicida que el país usa de manera intensiva desde la aprobación de la soja transgénica, hace 30 años. La variedad de productos resultó menor que en Europa, pero las concentraciones “son muchas veces más elevadas que las europeas”. La Argentina usa alrededor de cinco kilos de ingrediente activo por hectárea por año, contra uno en Europa, donde además existe una política pública para reducir esa cifra a la mitad hacia 2030. “Nosotros todavía no tenemos una política pública usando cinco veces más”, lamentó.
En el agua, el hallazgo más frecuente fue la atrazina, un herbicida del maíz que funciona como disruptor endócrino, provoca desbalances hormonales y está prohibido en Europa y en Uruguay. Apareció en casi todas las muestras de agua subterránea, principal fuente de consumo en la región pampeana, junto con glifosato, metsulfurón y metolaclor. Aparicio también estudia cómo los residuos de una campaña anterior pasan del suelo a la planta por las raíces, de modo que una lechuga puede contener un producto que no le aplicaron en esa campaña. Lavar los alimentos quita lo que queda en la superficie, pero lo que está adentro “no se puede sacar”.
La científica rechazó que su trabajo implique estar en contra del campo, donde el agroquímico funciona como una herramienta. Sí cuestionó la idea de que resulta imposible producir sin plaguicidas, a la que calificó de “argumento de venta”, y comparó al Estado con un árbitro que debe advertir si unos almohadones bonitos rompen la espalda. A su entender, la ecuación económica del agro omite el costo de descontaminar suelos y agua y de atender a las personas enfermas.
El proyecto nació en 2018 desde la oficina de enlace que el propio INTA tenía en Montpellier, Francia. Cuando llegaron los resultados, en 2023, Aparicio preparó los informes individuales y organizó una reunión para explicárselos a los voluntarios. “El INTA no me la deja hacer”, contó. Después vinieron la suspensión de actividades, la salida del proyecto en diciembre de 2023 y un sumario con ocho imputaciones, entre ellas un supuesto perjuicio económico al Estado, aunque el financiamiento llegó de Europa. Según relató, el organismo rechazó a todos sus testigos y en agosto de 2026 el Consejo Directivo ratificó su exoneración y la suspensión de dos colegas. “Exonerarte significa sacarte la identidad laboral”, definió.
Sobre lo personal, habló de impotencia. Mencionó el respaldo de su marido, su hija, su madre y su hermana, y el de científicos y legisladores que pidieron explicaciones. “Un sumario significa una duda”, planteó, y reclamó que el Estado aproveche mientras tanto la información para resolver lo que considera un problema de salud global. “Si no nos lo compran, los comemos nosotros”, graficó sobre los alimentos con residuos que el mercado externo rechaza.
“Me siento profundamente servidora pública. No me arrepiento de haber trabajado en este proyecto, todo lo contrario”, aseguró.
Carlos Presti cambió al responsable de liquidar IOSFA, pero la transición de la obra social militar sigue teniendo una dimensión que excede cualquier recambio de funcionarios. Un documento oficial al que accedió el medio REALPOLITIK permite ponerle números: la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), presidida por Pablo Plaza, distribuye aproximadamente 324.033 beneficiarios entre 13 delegaciones.
El informe está fechado el 22 de septiembre y firmado por Alexis Darío Ferreyra, coordinador de la subgerencia de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión. Identificado como “Anexo III”, enumera la población y el ámbito territorial de cada delegación. Es el mapa administrativo del sistema que el ministerio de Defensa debe ordenar mientras el viejo IOSFA continúa sosteniendo prestaciones.
— Afiliados de OSFA reclamaron por el corte de la cobertura médica durante la llegada de los F-16
AMBA concentra la mayor cantidad: 116.570 beneficiarios, cerca del 36 por ciento del total. Su jurisdicción incluye también Zárate y La Plata. Le siguen Puerto Belgrano, con 39.831 personas y alcance sobre Bahía Blanca y La Pampa, y Córdoba, con 34.555 beneficiarios distribuidos entre esa provincia, La Rioja y Santiago del Estero.
Entre las tres reúnen casi el 59 por ciento de la población consignada. La concentración muestra dónde está buena parte del desafío prestacional para Plaza y para el ministerio que conduce Presti.
El mapa de OSFA: 13 delegaciones y una transición pendiente
El resto de la nómina comprende Entre Ríos, con 22.970 beneficiarios y cobertura territorial sobre Santa Fe; Mendoza, con 21.006 y alcance sobre San Juan y San Luis; y Mardel Plata, con 17.995, incluyendo Tandil.
Salta reúne 17.106 beneficiarios y comprende también Jujuy, Tucumán y Catamarca. Corrientes suma 15.279 y abarca Chaco y Formosa. Completan el listado Chubut, con 10.526; Misiones, con 8.149; Neuquén, con 8.059 y jurisdicción sobre Río Negro; Santa Cruz, con 7.619; y Tierra del Fuego, con 4.368.
La nómina quedó incorporada al sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el número IF-2026-92501920-APN-SGPEYCG#OSFA. Las cantidades son aproximadas y su suma permite dimensionar la población asignada a la nueva estructura. El anexo no detalla contratos médicos, disponibilidad de prestadores ni pagos.
Ese límite cobra importancia al cruzarlo con una comunicación publicada por IOSFA el mismo 22 de septiembre. Allí, el organismo pidió a prestadores y proveedores que anularan las facturas pendientes emitidas a nombre de OSFA y dejaran de generar nuevas. Argumentó que no existían acuerdos o contratos vigentes que respaldaran esa facturación y que las prestaciones seguían siendo brindadas por IOSFA.
Un día antes, Ariel Guzmán había advertido a Presti que Plaza solicitó prolongar la atención mediante la red de IOSFA más allá del 30 de septiembre. Según esa presentación, extender el funcionamiento obligaría al instituto en liquidación a seguir recibiendo facturas y generando obligaciones, alterando el calendario previsto para cerrar sus cuentas.
Guzmán dejó el cargo el 24 de septiembre. La resolución 671/2026, publicada el 29, aceptó su renuncia y formalizó la designación de Gonzalo Secchi como administrador de IOSFA, con rango de secretario y efectos desde aquella fecha. El recambio corresponde al organismo en liquidación: Plaza continúa al frente de OSFA.
El gobierno de Javier Milei creó la nueva obra social mediante el DNU 88/2026, bajo la fiscalización de Defensa. La misma norma ordenó liquidar IOSFA y estableció que debía garantizarse la continuidad de la cobertura durante el traspaso.
El mapa ya está trazado. La tarea de Presti y Plaza es lograr que esa estructura pueda sostener la atención de sus beneficiarios sin depender indefinidamente del instituto que el propio gobierno decidió cerrar. La llegada de Secchi cambia al encargado de la liquidación; el problema prestacional sigue sobre la mesa de Defensa.
El gobernador bonaerense Axel Kicillof adjudicó una obra pública por $840.695.627,02 para construir un espacio comunitario en el barrio El Retiro, de Los Hornos, partido de La Plata. El proyecto debía mejorar un predio destinado a actividades deportivas, recreativas y culturales, especialmente para niños y adolescentes.
Sin embargo, ocurrió algo llamativo. La construcción comenzó formalmente el 2 de marzo de 2026 y fue suspendida el 13 de marzo, apenas once días después. Durante los meses siguientes no se reanudaron los trabajos y, finalmente, el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) decidió rescindir el contrato por falta de financiamiento.
La Provincia se quedó sin fondos disponibles del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para ese proyecto y tampoco contaba en ese momento con recursos presupuestarios propios para continuarlo. El proyecto, denominado Equipamiento comunitario y mejoramiento de espacio público, estaba ubicado en las inmediaciones de las calles 62 y 166 del barrio El Retiro.
— La planta de implantación del proyecto de un salón comunitario y espacio público en el barrio El Retiro, ubicado en la localidad de Los Hornos, La Plata (Buenos Aires)
El mismo contemplaba la intervención de aproximadamente 4.320 metros cuadrados, con la construcción de un salón de usos múltiples (SUM) de 200 metros cuadrados, equipado con cocina y sanitarios para el desarrollo de reuniones, talleres y actividades comunitarias. Además, estaba prevista la instalación de un playón deportivo de 30 metros de largo por 17 de ancho, destinado a la práctica de fútbol, básquet y otras disciplinas. Las obras también incluían juegos infantiles, veredas, iluminación, mobiliario urbano, forestación y acondicionamiento de espacios verdes, con el objetivo de mejorar la infraestructura del barrio y ofrecer nuevos lugares de encuentro y recreación para los vecinos.
La iniciativa había sido presentada oficialmente por el OPISU el 13 de octubre de 2025, como parte de una política de integración social y urbana destinada a mejorar las condiciones de vida en barrios populares. No se trataba simplemente de embellecer una plaza. El objetivo era dotar a los vecinos de infraestructura pública para realizar actividades que, en muchos casos, requieren trasladarse a otros sectores de la ciudad.
El Gobierno bonaerense, a través del OPISU, adjudicó la obra a la unión transitoria integrada por Aleste S.A. Empresa Constructora y Marle Construcciones S.A. por un monto de $840.7 millones. El contrato fue firmado el 13 de febrero de 2026 y los trabajos comenzaron formalmente el 2 de marzo, con un plazo de ejecución previsto de 180 días corridos. La obra se licitó dentro del proyecto AR-L1288 y con un préstamo BID 4823/OC-AR. El BID informaba para el programa un crédito aprobado de USD$100 millones, una contrapartida argentina de USD$11.15 millones y un costo total de USD$111.15 millones.
No obstante, apenas once días después, el 13 de marzo, el organismo provincial y las empresas acordaron suspender la construcción y neutralizar los plazos contractuales.La paralización se prolongó durante más de seis meses, hasta que el 30 de septiembre el OPISU dictó la Resolución 271/2026, mediante la cual dispuso la rescisión unilateral del contrato bajo el argumento de fuerza mayor. La decisión se hizo pública en octubre, luego de su publicación en el Boletín Oficial.
Pero la cuestión de fondo va más allá de esos once días. El proyecto fue contratado con un plazo de ejecución que superaba el período informado de ejecución del préstamo internacional, y la Provincia tampoco disponía de una alternativa presupuestaria para continuarlo. Con un plazo contractual de 180 días corridos y un comienzo el 2 de marzo, la terminación teórica caía hacia fines de agosto de 2026. En cambio, el período de ejecución del préstamo finalizaba el 24 de junio, aproximadamente dos meses antes.
La adjudicación se firmó el 6 de enero, el contrato el 13 de febrero y el inicio el 2 de marzo. Es decir, OPISU avanzó sucesivamente con la adjudicación, contratación e inicio de una obra cuyo plazo completo excedía el período informado para el préstamo que debía financiarla.
¿Por qué la Provincia se quedó sin financiamiento?
La obra estaba contemplada dentro del préstamo internacional 4823/OC-AR, otorgado por el BID para financiar el Programa de Integración Social y Urbana en el Gran Buenos Aires. El crédito, aprobado el 2 de julio de 2019, ascendía a 100 millones de dólares, mientras que el costo total del programa alcanzaba los 111,15 millones de dólares. Según los registros del organismo internacional, el período de ejecución del financiamiento finalizó el 24 de junio de 2026.
Los recursos estaban destinados a un conjunto de proyectos de urbanización y mejoramiento de barrios populares, entre los que se encontraba la intervención prevista en Los Hornos. A través de este mecanismo, la Provincia podía financiar obras de infraestructura social y urbana, siempre que se ajustaran a los objetivos del programa y cumplieran con las condiciones y los plazos establecidos en el acuerdo con el BID.
Pero apareció una incompatibilidad importante, siendo que la ejecución del préstamo terminó el 24 de junio de 2026, según los registros publicados por el BID en la base internacional IATI. Mientras tanto, la obra de Los Hornos tenía un plazo contractual de 180 días y, de no haberse suspendido, debía finalizar hacia fines de agosto de 2026.
Es decir, el proyecto estaba programado para terminar aproximadamente dos meses después de que concluyera el período de ejecución del financiamiento. Esto plantea la duda de por qué se adjudicó y contrató una obra cuyo cronograma superaba el período de ejecución del préstamo que debía financiarla.
El segundo problema fue una decisión de la propia Provincia, ya que la documentación administrativa, recogida en la Resolución 271/2026, señala que la Provincia solicitó al BID desafectar el financiamiento correspondiente a la obra y que el banco tomó conocimiento de esa decisión.
— Funcionarias del OPISU del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el acto de licitación y apertura de sobres para proyectos de infraestructura y reurbanización en barrios populares
Esto significaba retirar una obra de la asignación de recursos que tenía prevista dentro de un programa de financiamiento. Por ejemplo, si una provincia tiene varias construcciones programadas dentro de un crédito internacional, puede gestionar cambios en los proyectos que serán financiados. Eso no equivale necesariamente a que el organismo prestamista haya decidido unilateralmente cancelar el dinero, puesto que la propia gestión provincial solicitó una desafectación.
El tercer inconveniente fue la falta de presupuesto provincial. Una vez que la obra dejó de contar con ese financiamiento internacional, quedaba solo la posibilidad de terminarla con recursos propios del Gobierno bonaerense. Asimismo, la Dirección General de Administración del OPISU informó que no existía disponibilidad presupuestaria de Rentas Generales para garantizar la continuidad de los trabajos. En términos sencillos, la Provincia no disponía de una partida alternativa para pagar la construcción y el resultado fue la rescisión del contrato.
El OPISU recindió el contrato por fuerza mayor
La directora ejecutiva del OPISU, Romina Analía Barrios, firmó la Resolución 271/2026 para poner fin unilateralmente al contrato con las constructoras Aleste y Marle.
El OPISU justificó la rescisión del contrato por razones de fuerza mayor, una causal contemplada en el artículo 65 de la Ley provincial 6.021 de Obras Públicas. La normativa permite poner fin a una contratación cuando circunstancias extraordinarias impiden su cumplimiento y establece mecanismos para reconocer los trabajos ejecutados y los materiales acopiados hasta el momento de la interrupción.
Pese a ello, la falta de financiamiento no constituye necesariamente una situación de fuerza mayor desde el punto de vista jurídico. Para determinar si corresponde aplicar esa figura, resulta necesario establecer si la imposibilidad de continuar con la obra respondió a circunstancias imprevisibles e inevitables, ajenas al control de la administración provincial, o si pudo haberse anticipado mediante una adecuada planificación presupuestaria. Aunque el organismo invocó ese argumento en la resolución, su inclusión en el acto administrativo no implica que la justificación haya sido avalada por una instancia judicial.
La licitación contemplaba la posibilidad de otorgar un anticipo financiero equivalente al 10% del contrato, siempre que las empresas adjudicatarias lo solicitaran y cumplieran con los requisitos establecidos, pero hasta el momento no se ha podido confirmar públicamente si ese desembolso llegó a concretarse.
Por su parte, el OPISU dejó pendiente la evaluación de los gastos que eventualmente deberán reconocerse a las constructoras como consecuencia de la rescisión. Entre los conceptos que podrían ser considerados se encuentran los trabajos efectivamente realizados, la adquisición de materiales, la instalación del obrador y los costos derivados de la paralización y el retiro de equipos, siempre que estén debidamente acreditados y contemplados en las condiciones contractuales.
En este sentido, la Ley provincial 6.021 de Obras Públicas prevé el reconocimiento de determinados gastos improductivos ocasionados por la suspensión de los trabajos, mientras que el pliego de licitación establece los procedimientos para efectuar las liquidaciones correspondientes tras la finalización anticipada del contrato.
De esta manera, aunque no existen elementos suficientes para afirmar que la Provincia haya perdido los $840,7 millones correspondientes al monto adjudicado, tampoco puede descartarse que la rescisión genere nuevas obligaciones económicas para el Estado bonaerense. El costo definitivo dependerá de los gastos que logren acreditar las empresas y de aquellos que finalmente sean reconocidos por la administración provincial.
El proyecto incluía un salón comunitario, un playón deportivo y juegos infantiles en Los Hornos. Su plazo de ejecución superaba el del préstamo del BID que debía financiarlo, y la Provincia tampoco tenía fondos propios para terminarlo.
Un informe de la televisión chilena registró placas, rosarios y cintas arrojados detrás de la cruz mayor del cementerio, entre ellos un tributo de Comodoro Rivadavia de abril de 2026, y una retroexcavadora que removía tierra al ras de las tumbas.
Luis María Viaut cumple cinco años en Bouwer por una condena sin escuchas ni testigos directos, que Casación confirmó con el voto de la pareja de la jueza que lo sentenció. Domingo Benso, el cooperativista al que había mandado detener por la usina de facturas truchas, fue sobreseído en septiembre.
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Dal 24 novembre le pagine personali di Jorge Mario Bergoglio diventano un libro, presentato e commentato dal card. Víctor Manuel Fernández.
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