Caso Cecilia: Hallaron rastros de sangre humana en la camioneta de César Sena
Luego de que se confirmara que la sangre hallada en los muebles que donó la familia Sena era de Cecilia Strzyzowski, nuevos resultados del laboratorio complican a César Sena.
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Este viernes se sumaron nuevos resultados al expediente que investiga el asesinato de Cecilia Strzyzowski. Los últimos resultados de laboratorio arrojaron que en la camioneta Toyota Hillux que pertece a César Sena, se hallaron rastros de sangre humana.
Ahora resta realizar un cotejo de ADN para determinar si los restos hemáticos pertenecen a Cecilia. De acuerdo al documento al que pudo acceder el medio Infobae, la sangre fue hallada en la parte trasera de la camioneta: “Ante el resultado positivo (+) en la detección de sangre humana en la MUESTRA N° 2A (consistente en un (1) hisopo con muestra recolectada del sector trasero de pick up Toyota Hilux”, describe el texto.
(Imagen Infobae)
En las últimas semanas de junio, los fiscales recibieron más datos contundentes que complican al hijo de Emerenciano Sena y Marcela Acuña. Una de las fuentes hizo saber que, luego del crimen, la familia Sena había donado varios muebles a la fundación que lleva el nombre del padre difunto de Acuña. Un dudoso movimiento de solidaridad que llamó la atención de los investigadores.
Finalmente, la Policía de Chaco llegó al lugar y la dueña de casa contó que tales donativos habían llegado manchados. Sobre ellos, se realizaron pruebas de luminol para determinar si existía alguna mancha hepática y las hallaron.
Días después de realizarse una prueba de ADN esta confirmó que la sangre pertenecía a Cecilia. Por lo que los investigadores tienen indicios suficientes como para creer que con la camioneta de César ocurrirá lo mismo.
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El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.
La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.
La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.
La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.
Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.
Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.
La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.
El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas.
Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.
Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.
La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.
La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.
En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.
La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.
El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.
La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.
— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)
Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.
El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.
Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.
— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas
También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.
Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.
También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.
A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.
El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado.Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.
Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.
— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo
Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.
“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.
La teniente que dijo que no
El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.
A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.
Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.
La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.
El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.
A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.
Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.
El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.
Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.
La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.
Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.
Los principales acusados
El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.
Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.
A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.
Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.
Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.
La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.
No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.
La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.
El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.
La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
El apellido Román quedó asociado en pocos meses a dos de las operaciones de infraestructura más relevantes impulsadas durante la presidencia de Javier Milei. En junio, Servimagnus, la empresa vinculada a Ricardo y Leonardo Román, quedó como socia argentina de Jan de Nul en la concesión de la Vía Navegable Troncal, la Hidrovía.
Ahora, otra rama de la familia, encabezada por Walter Román, integra uno de los únicos dos consorcios que siguen en carrera para adquirir el 90% de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA).
“La novedad de la jornada fue que se bajó José Luis Manzano, que es socio de Filiberti en Edenor y en el sector se descontaba que iría por la empresa de agua. En su lugar apareció la familia Román, que viene trabajando con los Neuss en las privatizaciones”, afirmaron fuentes a La Política Online sobre los hermanos Juan y Patricio (Paddy) Neuss, amigos de la infancia del actual asesor presidencial Santiago Caputo, a quien conocen desde su paso por el colegio Saint Catherine’s Moorland.
Aunque el proceso de AySA todavía no fue adjudicado. Lo trascendido es que el consorcio encabezado por Rowing, una compañía fundada por Walter Román, quedó entre los dos oferentes técnicos admitidos a la etapa de evaluación.
El Ministerio de Economía abrió el 15 de septiembre las ofertas técnicas y anunció dos postulantes. Por un lado, “ROWING S.A. – Consorcio Rowing, Arcos, Transclor, PHX”, y por el otro, “ROGGIO ROAS S.A. – Consorcio Roggio Roas S.A.U. y otros”. El Gobierno informó que la Comisión de Evaluación debe analizar ahora si las propuestas cumplen las condiciones del pliego antes de la etapa económica y de una eventual adjudicación.
El Gobierno declaró a AySA sujeta a privatización en la Ley Bases y luego organizó la transferencia mediante el Decreto 494/2025 y las resoluciones posteriores. La Resolución 704/2026 convocó una licitación nacional e internacional, de etapa múltiple y sin base, para vender a un operador estratégico la totalidad de las acciones estatales, equivalentes al 90% del capital, con el 10% restante perteneciente a los trabajadores mediante el Programa de Propiedad Participada.
AySA presta el servicio de agua y saneamiento en la Ciudad de Buenos Aires y 26 municipios del conurbano y, según estimaciones publicadas, su área involucra a cerca de 14 millones de habitantes. Walter Román todavía no controlaría AySA, pero está a una evaluación y a una competencia económica de distancia de poder hacerlo.
El negocio, además, no consiste simplemente en comprar acciones y cobrar tarifas. El pliego impone al futuro operador un programa de expansión e inversiones que el Gobierno valuó en $2.89 billones a precios de diciembre de 2025, sin IVA, durante el ciclo 2027-2031, cifra que Economía presenta como superior a US$2.000 millones. También fija objetivos de cobertura y controles anuales a cargo del Ente Regulador de Agua y Saneamiento, ERAS. Esos compromisos hacen que la capacidad técnica y financiera de los socios sea tan relevante como el precio que finalmente ofrezcan por las acciones.
Este esquema ayuda a entender una alianza que, vista de lejos, puede parecer heterogénea, con un empresario argentino de infraestructura y logística, un histórico proveedor químico de AySA, un operador brasileño de saneamiento y un vehículo financiero extranjero.
— El emblemático Palacio de Aguas Corrientes, ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina
Rowing realiza ingeniería y obras vinculadas con redes y saneamiento, pero no acredita por sí sola experiencia equivalente a operar una gran compañía de agua. Arcos, vinculada al Grupo Equipav y a la plataforma brasileña Aegea, cumple el componente de experiencia operativa internacional requerido por el pliego.
En el otro bloque, Roggio no se presenta solo. Aguas de Corrientes aporta experiencia local, mientras que Mekorot y Marubeni brindan respaldo técnico internacional. Sin embargo, el eventual vínculo contractual con el Estado quedaría encabezado por el consorcio liderado por Roggio.
De Rowing a un grupo diversificado
Walter Román mantiene un perfil público considerablemente menor que el tamaño de sus negocios. En su presentación profesional se identifica como fundador de Equo Capital, mientras que el propio grupo se define como una organización creada para administrar, consolidar y desarrollar un patrimonio empresarial familiar. Su portafolio abarca infraestructura, logística, distribución, servicios ambientales, salud e inversiones.
La compañía decisiva para la privatización de AySA es Rowing. De acuerdo con la información corporativa de Equo, Rowing trabaja en construcción y mantenimiento de redes de infraestructura de “última milla”, ya sea electricidad, gas, agua, cloacas y desagües, telecomunicaciones, alumbrado y sistemas de tránsito. El grupo le atribuye miles de trabajadores, centenares de profesionales, técnicos y una cartera importante de proyectos.
Equo también presenta entre sus compañías a Lógico, ConnecTec, Control Ecológico, Direct Group, Santa Catalina y Urbano Express, entre otras unidades. Esa diversidad explica por qué describir a Román solamente como “constructor” resulta incompleto, siendo que su ecosistema empresario combina obras y servicios urbanos con logística, marketing, distribución y otras inversiones. Siendo mayormente conocido por Urbano Express, la compañía de logística que en mayo de 2025 ganó una polémica licitación del PAMI para distribuir pañales en todo el país. Según la acusación, la firma tuvo facilidades para conseguir el contrato y ofreció productos de mala calidad.
La historia familiar es algo antigua, pudiendo ubicar el origen del grupo Román en el negocio de transporte y logística iniciado por Alfredo Simón Román en 1946. Décadas después, los negocios quedaron divididos entre sus hijos y las ramas siguieron caminos empresariales distintos. Walter desarrolló su propio conglomerado, Alfredo continuó otra rama de Grupo Román, Ricardo quedó ligado a los negocios en los que hoy aparece Servimagnus y Oscar se orientó al sector inmobiliario.
Ese detalle es fundamental porque evita una simplificación frecuente. Los Román no operan necesariamente como un solo holding familiar. De hecho, al explicar la participación de Servimagnus en la Hidrovía, la empresa sostuvo que su rama no mantenía supuesta relación societaria ni comercial con las otras ramas Román y que llevaba aproximadamente dos décadas desarrollando actividad propia. Pero en AySA, Walter Román no llegó solo.
El integrante que vuelve especialmente sensible la propuesta de Rowing es Mauricio Filiberti, dueño de Transclor. Durante años lo han apodado como “el Rey del Cloro” o “Señor Cloro” por el peso de su compañía en el mercado de productos químicos utilizados, entre otros destinos, para el tratamiento de agua. Filiberti también tuvo participación en Edenor junto a José Luis Manzano y Daniel Vila, lo que amplió su presencia en servicios públicos regulados.
Transclor se presenta como una empresa con décadas de trayectoria en derivados de la industria cloro-soda y destaca entre sus aplicaciones el abastecimiento de productos destinados al tratamiento y potabilización del agua.
— Mauricio Filiberti, más conocido popularmente como el “Rey del cloro”
En AySA el vínculo no comienza con la privatización. Fuentes sitúan a Transclor como proveedor de la empresa desde 2009, particularmente mediante policloruro de aluminio, conocido como PAC, un coagulante empleado durante el tratamiento de agua. En otras palabras, si el consorcio de Rowing finalmente gana, un proveedor histórico de insumos de AySA pasaría a formar parte del grupo que controlaría a la propia compañía compradora de esos insumos.
El negocio detrás del “Rey del Cloro”
El defensor adjunto bonaerense Walter Martello solicitó información sobre la valuación de los activos y el pasivo ambiental involucrado en la operación. De acuerdo con la documentación disponible, la valuación permanece dentro de un data room de acceso restringido a los potenciales oferentes, mientras que tampoco existe un inventario público y completo de las obligaciones ambientales pendientes. Esta falta de información impide que la ciudadanía pueda analizar en igualdad de condiciones si el precio que eventualmente se acuerde resguarda de manera adecuada el patrimonio estatal.
La falta de transparencia adquiere mayor relevancia ante la posibilidad de que únicamente dos ofertas lleguen a la instancia competitiva. Una licitación sin precio base puede permitir que el propio proceso determine el valor de mercado cuando existe una competencia amplia entre interesados. Sin embargo, cuando el número de oferentes es reducido, disminuye la presión competitiva y aumenta el riesgo de que el Estado termine aceptando una propuesta inferior al valor real de los activos, aun cuando el procedimiento cumpla formalmente con los requisitos legales.
La futura política de compras, los contratos entre partes relacionadas y las reglas de gobierno corporativo en asuntos especialmente relevantes para el regulador y para el control público. Esa mezcla de factores es una inferencia razonable a partir de la doble condición de Transclor —proveedor preexistente y potencial accionista—.
Ahí aparece uno de los puntos en los que la investigación exige particular cautela. Recién en 2023 una licitación de aproximadamente US$115 millones relacionada con la planta de PAC, su operación y el abastecimiento del producto fue anulada después de cuestionamientos por supuesto direccionamiento y abuso de posición dominante, y que Transclor volvió a participar cuando el proceso fue relanzado en 2025. Es decir, que hubieron cuestionamientos o denuncias sobre procedimientos de contratación.
El consorcio no termina allí. El comunicado oficial identifica además a Arcos y PHX. Arcos Saneamento e Participações, vinculada al Grupo Equipav de Brasil, y a la segunda como PHX Aqua AR B.V., un vehículo de inversión radicado en los Países Bajos. De acuerdo con las reconstrucciones del consorcio, Arcos aporta la experiencia técnica internacional y PHX el componente financiero.
La experiencia brasileña es relevante porque el universo Equipav está ligado históricamente al desarrollo de Aegea, uno de los grandes actores privados del saneamiento brasileño, y Águas do Rio opera desde 2021 concesiones de agua y saneamiento en amplias zonas del estado de Río de Janeiro. No obstante, la coincidencia que dio volumen político a la historia de Walter Román ocurrió unos meses antes, cuando Servimagnus quedó asociada con Jan de Nul en la nueva concesión de la Vía Navegable Troncal.
La Resolución 36/2026 adjudicó la operación al consorcio formado por Jan de Nul N.V. y Servimagnus S.A., con una participación informada de 60% para Jan de Nul y 40% para la empresa argentina, por un plazo de 25 años según la reseña de la norma publicada tras la adjudicación. La Hidrovía conecta la navegación del Paraná con el Río de la Plata y constituye la principal salida fluvial de buena parte del comercio exterior argentino.
Servimagnus se presenta como una empresa argentina con más de veinte años de actividad en infraestructura portuaria, dragado, balizamiento, salvamento y servicios para la industria naviera. En esa compañía aparecen Ricardo y Leonardo Román. Se identificó a Ricardo como presidente y a Leonardo como vicepresidente de Servimagnus, y reconstruyó a Leonardo como hijo de Ricardo y, por lo tanto, sobrino de Walter.
Esa secuencia es la que alimentó la idea de un “avance de los Román”, donde una rama obtiene el 40% del socio concesionario local de la Hidrovía y, apenas un tiempo después, Walter Román coloca a Rowing en la final por el 90% de AySA. Las dos operaciones ocurren bajo la misma administración nacional e involucran activos o servicios de importancia sistémica.
Los registros electorales indican que Direct Group aportó $20 millones al bloque de La Libertad Avanza bonaerense el 28 de julio de 2025 y Lógico aportó otros $20 millones a la fuerza en la Ciudad al día siguiente. La primera tenía a Daniel Walter Román como presidente y la segunda estaba vinculada a su entramado empresario. Ese dato es relevante porque quien aparece relacionado con financiamiento electoral estaría compitiendo luego por un activo estatal estratégico.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
El Poder Ejecutivo de Tierra del Fuego presentó ante la Legislatura el proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2027, una iniciativa que fija gastos por $2.743.395 millones y un déficit financiero de $137.955 millones. Dentro de ese esquema, el Estado provincial reservó $298.631 millones —casi $300.000 millones— a los llamados “gastos figurativos”, movimientos de fondos que la administración pública realiza dentro de sí misma.
Los gastos figurativos son las transferencias que una repartición del Estado envía a otra dentro del mismo sector público: figuran como gasto en el organismo que gira los recursos y como “contribución figurativa” en el que los recibe. El proyecto lo deja a la vista, porque frente a los $298.631 millones de gastos figurativos previó un monto idéntico de contribuciones figurativas, su contrapartida de financiamiento. Las dos puntas se compensan al consolidar las cuentas y no incrementan el gasto total de la provincia. La mayor parte, unos $293.232 millones, corresponde a la Administración Central, y se reparte entre $287.475 millones para transacciones corrientes y $11.155 millones para transacciones de capital.
El resultado financiero negativo de $137.955 millones prácticamente triplica el desequilibrio calculado para 2026, estimado en $49.192 millones, un salto del 180,4%. El cálculo oficial previó recursos por $2.605.439 millones frente a erogaciones por $2.743.395 millones, una brecha equivalente al 5% del gasto total. A eso se suma un resultado económico negativo de $54.651 millones, porque los ingresos corrientes no alcanzan a cubrir las obligaciones ordinarias del Estado. La administración justificó el rojo en la rigidez del gasto público —salarios, servicios esenciales y transferencias concentran el grueso de las erogaciones— y en la quita de partidas y programas que la Nación financiaba con anterioridad.
En qué crece y en qué se recorta el gasto
El gasto global trepó a $2,74 billones, contra los $2,28 billones contemplados para 2026, una expansión nominal del 20,2%. Las partidas de personal crecieron 20% interanual y los bienes de consumo e insumos, 18,75%. Los servicios no personales y operativos, en cambio, se redujeron 8,89%. En conjunto, el gasto operativo registró un incremento del 12,84%. En la distribución por finalidad, los Servicios Sociales quedaron como el principal destino de los fondos: concentran el 63,11% del presupuesto total, la porción ligada a la atención directa de las necesidades de la población.
El programa macroeconómico del Ejecutivo tomó como referencia una inflación interanual del 21,5% a diciembre de 2027, un crecimiento del Producto Bruto del 3,2% y un dólar oficial de $2.017. La pauta salarial fijó como techo la masa de haberes de diciembre de 2026 con un incremento vegetativo del 4%, sin ajustes automáticos por la suba de precios.
En materia de empleo público, el texto autoriza 18.400 cargos entre la administración general y el sistema educativo: 11.450 puestos de planta permanente y no permanente, 700 autoridades superiores y 6.950 cargos docentes, además de un cupo de 1.008.000 horas cátedra. El proyecto suspendió para 2027 la cobertura de las vacantes existentes al 31 de diciembre de 2026 y de las que se generen durante el ejercicio, con la salvedad de que el Ministerio de Economía podrá autorizar excepciones para servicios prioritarios.
En paralelo, creó un régimen de retiro voluntario para el personal permanente con al menos diez años de antigüedad, con un cupo del 5% de los cargos y la eliminación definitiva de las vacantes liberadas. Quedaron afuera del régimen los médicos, los policías y los agentes penitenciarios. El documento asignó $38.351,8 millones al Régimen Único de Pensiones Especiales (RUPE), con un tope de 2.050 beneficiarios, y fijó 266 beneficiarios para la Pensión de Guerra de los veteranos de Malvinas.
El proyecto reordena la carga tributaria sobre los sectores productivo y financiero. Desde el 1 de enero de 2027, la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) suspenderá las bonificaciones de hasta el 15% que beneficiaban a los contribuyentes cumplidores en Ingresos Brutos, de modo que el sector comercial deberá tributar el 100% de la alícuota general; la Agencia reintegrará además un 4,20% de la recaudación incremental a la Tesorería provincial. En los yacimientos de hidrocarburos, en cambio, el gravamen de Ingresos Brutos bajará del 3% al 1,5%. Las actividades de apoyo a la pesca pasarán del 0,75% al 5% conjunto y los servicios agropecuarios pagarán una alícuota consolidada del 5%.
El esquema destina un 7% de la recaudación total de Ingresos Brutos al Fondo para la Atención de Personas sin Cobertura Social antes del reparto hacia los municipios, lo que reduce los recursos coparticipables locales. En Sellos, la modificación eliminó la alícuota para los contratos de vivienda única y familiar y aplicó una tasa del 15 por mil a los alquileres comerciales.
La ocupación de viviendas y terrenos reavivó un conflicto por un complejo de 200 casas iniciado hace 9 años y que nunca se terminó. La Fiscalía investiga posibles convocatorias por redes sociales para la usurpación de tierras.
Putin liberó de derechos de exportación al trigo, la cebada y el maíz para auxiliar a los productores, golpeados por el derrumbe de los precios internos y el bloqueo logístico en el Mar Negro.
El consorcio de Walter Román y Mauricio Filiberti compite solo contra Roggio por el 90% de la empresa. Otra rama de la familia ya integra la concesión de la Hidrovía, y firmas del grupo aportaron fondos a La Libertad Avanza en 2025.
Resulta inaceptable que, mediante una medida cautelar dictada por un juzgado provincial, se haya impedido la aplicación de una ley nacional en la Provincia de Buenos Aires.
La magistrada reconoce que su decisión se basa únicamente en sus presunciones: “El Poder Judicial no…