Caso Cecilia: Hallaron rastros de sangre humana en la camioneta de César Sena

Luego de que se confirmara que la sangre hallada en los muebles que donó la familia Sena era de Cecilia Strzyzowski, nuevos resultados del laboratorio complican a César Sena.
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Este viernes se sumaron nuevos resultados al expediente que investiga el asesinato de Cecilia Strzyzowski. Los últimos resultados de laboratorio arrojaron que en la camioneta Toyota Hillux que pertece a César Sena, se hallaron rastros de sangre humana. 

Ahora resta realizar un cotejo de ADN para determinar si los restos hemáticos pertenecen a Cecilia. De acuerdo al documento al que pudo acceder el medio Infobae, la sangre fue hallada en la parte trasera de la camioneta: “Ante el resultado positivo (+) en la detección de sangre humana en la MUESTRA N° 2A (consistente en un (1) hisopo con muestra recolectada del sector trasero de pick up Toyota Hilux”, describe el texto.

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(Imagen Infobae)

En las últimas semanas de junio, los fiscales recibieron más datos contundentes que complican al hijo de Emerenciano Sena y Marcela Acuña. Una de las fuentes hizo saber que, luego del crimen, la familia Sena había donado varios muebles a la fundación que lleva el nombre del padre difunto de Acuña. Un dudoso movimiento de solidaridad que llamó la atención de los investigadores. 

Finalmente, la Policía de Chaco llegó al lugar y la dueña de casa contó que tales donativos habían llegado manchados. Sobre ellos, se realizaron pruebas de luminol para determinar si existía alguna mancha hepática y las hallaron. 

Días después de realizarse una prueba de ADN esta confirmó que la sangre pertenecía a Cecilia. Por lo que los investigadores tienen indicios suficientes como para creer que con la camioneta de César ocurrirá lo mismo. 

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Detuvieron a una expolicía acusada de reclutar argentinos para la guerra en Ucrania y la investigan por trata de personas

La Policía Federal Argentina detuvo en Tigre a Griselda Inés Ortiz, una expolicía de la Bonaerense acusada de liderar una red que reclutaba a argentinos —civiles, exmilitares y exintegrantes de fuerzas de seguridad— para enviarlos a combatir en la guerra entre Rusia y Ucrania a cambio de 3.000 euros mensuales.

La causa está caratulada como trata de personas y tramita ante el Juzgado Federal N°2 de Lomas de Zamora, a cargo del juez Luis Armella, con el fiscal Sergio Mola. Durante el allanamiento estuvieron presentes integrantes del Grupo Especial de Operaciones Federales (GEOF), especialistas en cibercrimen y personal del Departamento Trata de Persona.

La investigación arrancó el 11 de marzo de 2026, cuando la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) detectó en un preembarque en Ezeiza a cuatro pasajeros que decían viajar a trabajar como albañiles en tareas de “reconstrucción de infraestructura” en zonas dañadas por bombardeos. Sus itinerarios llamaron la atención, ya que volaban con Turkish Airlines hacia Estambul, con conexión en Chisináu (Moldavia), para luego ingresar a Ucrania.

Interrogados, los cuatro hombres finalmente admitieron que en realidad iban al frente de combate a cambio de 3.000 euros mensuales, y que firmarían un contrato recién al llegar a territorio ucraniano. Contaron que habían sido contactados a través de plataformas digitales y que conocieron a uno de sus reclutadores apenas horas antes de ser trasladados al aeropuerto.

Cuatro meses después de ese primer hallazgo, la pesquisa llevó a identificar a Ortiz como la organizadora del reclutamiento. En el allanamiento de su vivienda —un conventillo en Tigre— se secuestraron un arma de fuego, emblemas del ejército ucraniano, formularios de reclutamiento y sus antiguas credenciales policiales con número de legajo.

También se incautó su teléfono y una plataforma que operaba con criptoactivos, cuyos fondos fueron congelados por la Justicia. Según las pesquisas, la división de tareas dentro de la red era clara, con Ortiz encargándose del reclutamiento, mientras que su pareja —un exagente de la Policía Federal y de la Policía de la Ciudad, hoy dado de baja— se ocupaba de los traslados. Este último, identificado como Agote, permanece prófugo y habría cruzado a Brasil. Hasta el momento se identificaron cuatro víctimas, todos varones.

La calificación de “trata de personas” resulta llamativa porque no se trata del típico esquema de explotación sexual o laboral clásico, sino de reclutamiento para combate armado bajo engaño. Sin embargo, en el domicilio de Ortiz no se encontró evidencia documental adicional ni indicios claros de coerción física sobre las víctimas, lo que deja abierta la discusión judicial sobre si corresponde estrictamente esa figura penal o una calificación distinta.

El patrón coincide con el marco señalado por la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), que documentó que Rusia construyó un “sistema global de trata de personas” para reforzar sus filas, reclutando desde 2022 a al menos 27.000 extranjeros de más de 130 países, entre ellos entre 1.000 y 8.000 latinoamericanos.

Este caso no es aislado. Desde 2024 se sabe que hay argentinos, en su mayoría retirados del Ejército, prestando servicios en la guerra ucraniana, tanto del lado ucraniano como del ruso. Del lado ucraniano, la Legión Internacional de Defensa Territorial ofrece abiertamente sueldos de hasta 4.800 dólares mensuales para quienes se desempeñan en combate, con contratos de tres años.

Del lado ruso, se conoció el caso de Dante Gianni Bettiga, un joven de Ushuaia que viajó a Rusia para estudiar idioma, abandonó sus estudios, aceptó una oferta laboral vinculada a una empresa que contrataba personal para el ejército ruso y, al intentar darse de baja, se lo enviaron igualmente al frente. Medios especializados en cobertura de guerra confirmaron la presencia de argentinos en unidades de infantería y apoyo táctico en el este de Ucrania, y se reportaron en los últimos meses muertes de connacionales en combate, incluyendo tres casos en la región de Sumy por ataques con drones y minas. El Ejército Argentino, por su parte, aclaró oficialmente que no mantiene ninguna relación institucional con estas convocatorias.

Las cifras del negocio del reclutamiento

Los montos que circulan en este tipo de redes varían según la fuente y el nivel de riesgo asumido. Las cifras oficiales publicadas por Ucrania hablan de escalas de pago, de alrededor de 550 dólares mensuales fuera de zona de combate, 1.100 dólares en zonas de peligro y hasta 4.800 dólares para quienes están desplegados en primera línea.

En junio de 2026, el presidente de Ucrania Volodímir Zelenski anunció además una suba salarial que llevaría los pagos a combatientes de primera línea a unos 5.800 euros mensuales. Los 3.000 euros que ofrecía la red de Ortiz se ubican, entonces, dentro del rango “estándar” de lo que suele pagarse a extranjeros en el frente, lo que explica por qué la oferta resultó creíble para las víctimas.

De acuerdo a lo trascendido, especialistas en la cobertura de la guerra ya venían advirtiendo que “se multiplican los casos públicos de ciudadanos [argentinos] involucrados en el conflicto, con bajas confirmadas y también denuncias de captación engañosa”. Incluso se registraron denuncias sobre redes rusas que reclutaban mujeres argentinas bajo el programa “Alabuga Start”, ofreciendo empleos que terminaban vinculados a la industria de defensa rusa, lo que motivó una investigación de Interpol y denuncias judiciales en Argentina por presunta infracción al artículo 145 del Código Penal (trata de personas).

Esto sugiere que el caso de Ortiz no es un hecho nada más, sino que forma parte de una empresa de intermediarios que operan aprovechando la necesidad económica y la falta de regulación clara sobre el reclutamiento de civiles para conflictos armados en el extranjero.

El Tribunal de Cuentas detectó que la empresa de las autopistas bonaerenses liquidó 116 mil horas policiales de más

El Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) de la provincia de Buenos Aires auditó el ejercicio 2024 de la firma de Autopistas de Buenos Aires Sociedad Anónima (AUBASA) y detectó que la empresa liquidó 116.837 horas policiales por encima de lo pactado en el convenio provincial.

Según la resolución, el acuerdo permitía redistribuir horas o efectivos entre los distintos corredores viales, pero no habilitaba a ampliar unilateralmente el total de horas autorizadas. El mayor exceso se concentró en la Autopista Buenos Aires–La Plata, con diferencias adicionales detectadas en el Sistema Vial Integrado del Atlántico.

AUBASA es la empresa estatal de la provincia de Buenos Aires que administra justamente la Autopista Buenos Aires–La Plata, el Sistema Vial Integrado del Atlántico y otras rutas provinciales. Uno de sus servicios más sensibles es la contratación de “policía adicional” (POLAD), o sea, efectivos policiales que trabajan horas extra para brindar seguridad en las rutas, cuyo pago está regulado por un convenio firmado con el Ministerio de Seguridad provincial.

Como consecuencia de dicha irregularidad, el Tribunal aplicó un llamado de atención formal contra quienes tuvieron responsabilidades de conducción durante el período auditado, entre ellos el entonces presidente José Ramón Arteaga y otros integrantes de la conducción de la empresa. Es importante aclarar que este llamado de atención es una sanción administrativa de menor gravedad.

El propio Tribunal precisó que la observación se limitó a la forma en que se administraron y liquidaron las horas, sin formular cargos patrimoniales ni ordenar reintegros de dinero.

— José Ramón Arteaga

Días después de conocerse el fallo, una asamblea informal de trabajadores de AUBASA señaló directamente a tres funcionarios de la actual conducción como responsables del manejo del sistema POLAD. En ese grupo mencionaron a Juan Guillermo Sauro, quien asumió la presidencia en marzo de 2024, y Mauro Daniel Moretti, subgerente de Seguridad Patrimonial de la empresa y uno de los alcanzados por el llamado de atención del Tribunal por su intervención en la confección de las boletas de servicio general de policía adicional.

De acuerdo a los trabajadores, Moretti coordina el sistema POLAD en las rutas administradas por AUBASA. También fue apuntado Pablo Martínez Carignano, jefe de Gabinete de Pablo Ceriani, a quien la asamblea atribuyó el manejo de los fondos correspondientes a las horas adicionales a través de Moretti. En tercer lugar, señalaron al mismo Ceriani, actual gerente general de AUBASA y superior jerárquico de Martínez Carignano.

— Pablo Ceriani

Durante la asamblea, distintos empleados llegaron a acusar a estos tres funcionarios de “repartirse el dinero de las horas POLAD entre ellos”, una imputación de extrema gravedad. No obstante, es clave distinguir entre el hallazgo administrativo confirmado y la denuncia gremial, ya que hasta el momento de lo trascendido, esta acusación corresponde exclusivamente a manifestaciones de los propios operarios en una asamblea, sin que exista una resolución judicial que la respalde ni una imputación penal conocida contra ninguno de los nombrados.

El contexto financiero que agrava la crisis

La controversia estalla en un momento particularmente incómodo para la empresa. AUBASA cerró el ejercicio 2024 con un resultado negativo superior a los 6.100 millones de pesos. Esto contrasta con el discurso público de la gestión, que en octubre de 2024 se presentaba como una empresa estatal “superavitaria” capaz de autofinanciar un ambicioso plan de obras de 332 millones de dólares.

La combinación de pérdidas económicas, observaciones del organismo de control y denuncias internas sobre el manejo de las horas POLAD pone bajo fuerte presión a la cúpula actual de la empresa, en un contexto donde además Arteaga ya insinuó públicamente aspiraciones políticas como candidato a intendente.

Entre Ríos | Un dirigente libertario montó un acto partidario en un salón del PAMI para defender a Adorni

El presidente de La Libertad Avanza en la provincia de Entre Ríos, Roque Fleitas, utilizó un salón de la administración PAMI —un espacio destinado a jubilados y pensionados— para realizar un acto partidario en la ciudad de Crespo, donde defendió al exjefe de Gabinete Manuel Adorni y lanzó la campaña por la reelección del presidente Javier Milei en 2027. El hecho generó reacciones tanto fuera como dentro del propio oficialismo.

“A nosotros no nos van a correr con los medios de comunicación implementando e implantando cosas que no son ciertas y si son ciertas, lo va a determinar la justicia. Nosotros tenemos división de poderes”, afirmó Fleitas, haciendo hincapié en la inocencia de Adorni.

Fleitas es también diputado provincial de LLA. Fue elegido en la asamblea provincial de enero de 2025 como primer presidente partidario en la historia de LLA en esa provincia, tras ganar una disputa interna frente al sector del diputado nacional Beltrán Benedit. Además de su cargo partidario, es padre de Rebeca Fleitas, legisladora porteña que también participa activamente en la política entrerriana.

Al evento asistieron el diputado nacional Andrés Laumann (conocido en los medios como el “Batman libertario”) y la senadora nacional Romina Almeida. También estuvo presente María Celina Ledesma, titular de la delegación de ANSES en Paraná y vocal provincial del partido.

Durante el acto, Fleitas pronunció el llamado a la reelección de Milei y la defensa de Adorni. En ese momento, Adorni ya venía atravesando una grave crisis política y judicial por presunto enriquecimiento ilícito, compra de propiedades sin justificación patrimonial y gastos inconsistentes con su sueldo como funcionario.

— Roque Fleitas, junto a autoridades partidarias de Concordia, tras ser elegido titular del Comité Ejecutivo Provincial de LLA en 2025

Para entender el discurso de Fleitas es clave saber qué estaba pasando con Adorni. El fiscal federal Gerardo Pollicita lo investigaba por enriquecimiento ilícito desde que asumió como funcionario, Adorni compró al menos dos propiedades —un departamento en Caballito y una casa en un barrio privado de Exaltación de la Cruz— financiadas con préstamos privados de jubiladas y policías, y realizó obras suntuosas pagadas en efectivo y sin factura.

A su vez, se investigó si viajó a Aruba y Punta del Este en vuelos privados con costos no declarados. Ante todo esto, Adorni insistió en que no cometió delitos, pero finalmente presentó su renuncia el 27 de junio de 2026.

La imagen negativa de Adorni había llegado al 80% según encuestas internas del propio oficialismo, por lo que la conducción nacional de LLA había pedido expresamente que se dejara de usarlo como “activo” político.

— Joaquín Benegas Lynch en un acto político de la conducción de Roque Fleitas en 2025

El episodio provocó dos críticas simultáneas desde Buenos Aires, ambas dirigidas al sector de Fleitas. Por un lado, le reprocharon haber salido en defensa de Adorni, cuando desde el área de comunicación del Gobierno ya se había dado la bajada de línea de no insistir con su imágen, considerado un lastre para el oficialismo. Fleitas desoyó esa directiva.

Por otro, quien salió a desmentir parte de la información fue la propia ministra Sandra Pettovello: “PAMI no está bajo la órbita del Ministerio de Capital humano sino del Ministerio de salud. Aunque mientan los pasquines vale la pena informar”.

En su entorno aseguran que existe una instrucción expresa de no mezclar la gestión de organismos públicos con actos de carácter partidario. Incluso, de acuerdo a lo trascendido, en el Gobierno comenzaron a hablar de “cortar cabezas”.

La reacción local

Lo paradójico del caso es que todos los involucrados en el acto —Fleitas, la directora de la delegación de PAMI de Crespo, Lorena Werner y Ledesma de ANSES— responden al operador político cercano a la secretaria general de la Presidencia Karina Milei, Eduardo “Lule” Menem, primo del presidente de la Cámara de Diputados Martín Menem. Esto abre una disputa interna entre distintas facciones del propio oficialismo.

En Crespo —una ciudad conocida como la Capital Nacional de la Avicultura— vecinos y referentes locales expresaron su indignación por que se haya usado el salón de jubilados para un acto político, especialmente en un contexto de recortes y ajuste en los haberes previsionales. Ledesma, lejos de bajar el tono, salió a defender el evento en redes sociales calificando las críticas de “fake New Opereta KK”, lo que profundizó la polémica.

“En el pueblo están escandalizados porque hicieron un acto político partidario en el Salón que es de jubilados y pensionados, en este momento de ajuste en haberes y prestaciones”, subrayaron fuentes de la localidad de Crespo, al medio La Política Online.

La Ley 19.032 que creó el PAMI establece que el organismo tiene por objeto prestar servicios a jubilados y pensionados. El uso de sus instalaciones para actos proselitistas no está contemplado en ese marco y entraría en contradicción con el principio de neutralidad política que deben mantener los organismos del Estado. Adicionalmente, la Ley de Ética Pública (Ley 25.188) prohíbe a los funcionarios usar recursos del Estado en beneficio de partidos políticos. Si la directora de la delegación de PAMI en Crespo autorizó el uso del salón para el acto, podría ser pasible de sanciones administrativas e incluso penales.

El PAMI es la obra social más grande de Argentina, creada en 1971. Cubre a más de 3.8 millones de jubilados y pensionados en todo el país. Sus instalaciones —delegaciones, salones, centros de jubilados— son espacios públicos financiados con aportes de trabajadores y jubilados, destinados exclusivamente a prestaciones de salud, recreación y bienestar de los adultos mayores

El organismo tiene presencia territorial mediante delegaciones locales. En Crespo, Entre Ríos, existe una oficina del PAMI con un salón que habitualmente se usa para actividades de los jubilados afiliados. Usar ese espacio para un acto político implica convertir un recurso estatal de los jubilados en una herramienta de clientelismo partidario.

Cheques rechazados, embargos y millones en rojo hunden a la empresa agropecuaria del hermano de Jorge Capitanich

Capitanich Agropecuaria SAS, la firma fundada en 1983 por Héctor Wilmar Capitanich —hermano mayor del exgobernador chaqueño y actual senador nacional Jorge Capitanich— atraviesa una crisis financiera severa.

La empresa familiar acumula 188 cheques rechazados por más de $3.697 millones, sostiene una deuda bancaria superior a $7.292 millones y enfrenta demandas judiciales, embargos y un conflicto por una cosecha de algodón en Santiago del Estero.

— A la izquierda, Héctor Capitanich junto a sus dos hijos, Leonardo Capitanich e Iván Alejandro Capitanich

La información trascendida une dos planos. Por un lado, el escrutinio sobre negocios familiares vinculados a dirigentes políticos con poder político territorial. Por otro, el deterioro estructural del sector agropecuario chaqueño-santiagueño, donde varias empresas del rubro (como Italar SRL, con $16.200 millones de deuda) muestran el mismo patrón de insolvencia.

Aunque se constituyó formalmente como sociedad por acciones simplificada (SAS) en noviembre de 2019, la actividad agropecuaria de la familia Capitanich se remonta a 1983, cuando arrancó cultivando algodón y girasol sobre apenas 100 hectáreas en Chaco. Con los años, la firma escaló hasta explotar alrededor de 6.000 hectáreas entre Chaco y Santiago del Estero, diversificando en soja, maíz, trigo, sorgo, girasol y ganadería bovina, combinando campos propios con tierras arrendadas.

En 2021 llegó a tener notoriedad nacional al quedarse con el primer lote de trigo de la campaña, mostrando un perfil de crecimiento con incorporación de tecnología. Hoy la administran Leonardo, Iván y Gisella Capitanich, hijos de Héctor, mientras el propio Héctor —hermano mayor de Jorge— sigue identificado como cabeza visible de la firma.

Para dimensionar la gravedad del problema, conviene distinguir dos indicadores que utiliza el Banco Central para evaluar la salud crediticia. Los cheques rechazados, documentos de pago que la entidad girada devuelve, por lo general por falta de fondos, y que quedan asentados en la Central de Cheques Rechazados del BCRA. En el caso de Capitanich Agropecuaria, ya suman 188 por más de $3.697 millones, y lo más preocupante es que los últimos rechazos corresponden a la misma semana del informe, una señal de que la tensión de liquidez sigue agravándose en tiempo real y no responde a un episodio aislado del pasado.

A su vez, la deuda bancaria clasificada en la Central de Deudores del BCRA ordena a cada deudor en una escala que va de la situación 1, considerada normal, a la 5, catalogada como irrecuperable, según su capacidad de pago. En ese registro, buena parte de las obligaciones de la empresa ya figura en situación 3 y 4, categorías que reflejan un deterioro crediticio importante y la proximidad del incumplimiento total antes de una declaración de pérdida irrecuperable.

Los principales acreedores bancarios son Banco Galicia ($1.828,9 millones) y John Deere Credit ($1.749,8 millones, la financiera vinculada a la venta de maquinaria agrícola), seguidos por Santander, Banco del Sol, Nuevo Banco del Chaco, Banco Nación, BBVA, Banco Ciudad y varias sociedades de garantía recíproca (SGR). Este último dato es relevante porque las SGR son entidades que avalan créditos a pymes agropecuarias con garantía estatal indirecta, así que su exposición añade un componente de riesgo sistémico regional, no solo privado.

De las demandas a los embargos

La crisis financiera ya se trasladó a los tribunales comerciales, donde se acumulan juicios ejecutivos de Banco Ciudad, Syngenta Agro, Depsa Valores, Polo Valores, Innova SGR y Crecer SGR. El hecho más ilustrativo es el de Syngenta Agro, la multinacional agroquímica que reclama U$S466.606,20 después de que Capitanich Agropecuaria incumpliera un convenio de refinanciación firmado en 2025, en el que había reconocido una deuda original de U$S582.447 y solo pagó la primera cuota completa y parte de la segunda, lo que aceleró el vencimiento de todo el pasivo.

Como consecuencia, la Justicia ordenó embargar cuentas bancarias de la empresa en Galicia, Santander, Nuevo Banco del Chaco y otras entidades por ese monto más U$S100.000 de intereses y costas. En otra causa, Depsa Valores obtuvo el embargo de créditos y derechos de cobro por U$S111.979, que incluso alcanza pagos pendientes que le debe Aceitera General Deheza a la firma por operaciones comerciales. Esto significa que la empresa ya no solo debe dinero, sino que sus propios ingresos futuros están comprometidos legalmente antes de llegar a su caja.

“Estamos buscando que cesen estos actos de atropello e impunidad con lo que se maneja Capitanich”, afirmó uno de los representantes legales de la corporación santiagueña Halgon S.A.S., Lucas Cabañas.

Paralelamente, Capitanich Agropecuaria disputa con la firma Halgon S.A.S. el derecho a explotar un establecimiento rural llamado “La Montenegrina”, en Vilelas, departamento Juan Felipe Ibarra (Santiago del Estero). El litigio no es sobre la propiedad del campo sino sobre quién tenía derecho contractual a levantar una cosecha de unas 520 hectáreas de algodón en tierras arrendadas. Halgon denuncia que Capitanich ingresó al predio y cosechó la producción pese a contratos vigentes a su favor, e inició acciones penales por presunto hurto de cosecha y daños.

“Nos apuntaron con armas, impidiendo cualquier tipo de diálogo”, relató Cabañas al medio Info del Estero.

El conflicto escaló en julio, cuando la defensa de Halgon recusó a los fiscales que investigan la causa, denunciando un supuesto favorecimiento hacia Capitanich, y alertó que los rollos de algodón podrían venderse antes de que la Justicia resolviera el fondo del asunto. Efectivamente, de acuerdo a reportes posteriores, hombres vinculados a Capitanich habrían violado una medida cautelar que prohibía la circulación y comercialización del algodón, sacando los rollos hacia una planta desmontadora en Quimilí, sin que la Fiscalía de Tierras del Ministerio Público Fiscal santiagueño haya respondido a los pedidos de intervención de los abogados de Halgon. Esto agrega una dimensión de posible incumplimiento de resoluciones judiciales, no solo de deudas comerciales.

Distintas fuentes del sector agropecuario mencionan con fuerza la posibilidad de que la empresa solicite un concurso preventivo de acreedores, aunque hasta el momento no hay ninguna presentación judicial formal en ese sentido. Un concurso preventivo es el mecanismo legal argentino (Ley 24.522) que permite a una empresa insolvente pero no liquidada renegociar sus deudas bajo supervisión judicial para evitar la quiebra directa, que sería el mismo camino que ya tomó otra empresa agropecuaria chaqueña, Italar SRL, con sede en Charata, que también acumula más de 40 cheques rechazados y una deuda bancaria aún mayor, de $16.200 millones.

ARA San Juan: la Armada presiona para que los militares no sean juzgados por civiles

La tragedia del ARA San Juan, ocurrida en 2017, marcó el inicio de un extenso proceso judicial que busca esclarecer las responsabilidades por el naufragio y las 44 víctimas fatales. Tras casi nueve años, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó sentencia: condenó al excomandante de la Fuerza de Submarinos, Claudio Villamide, a tres años de prisión en suspenso (sin prisión efectiva por tratarse de una condena de menos de tres años) por estrago culposo agravado y absolvió a otros tres exjefes.

Este veredicto, lejos de cerrar el caso, encendió una fuerte tensión interna en la Marina y provocó el rechazo inmediato de los familiares de los tripulantes. El fallo ha abierto una nueva disputa sobre quiénes y cómo deben juzgar la conducta militar ante desastres de esta magnitud.

El ARA San Juan, submarino clase TR-1700, cuando atracaba en el puerto.

El fallo que sacudió a la Armada

La condena a Villamide causó un impacto profundo en la Marina. Voces de la Fuerza sostienen que la justicia civil evitó profundizar en la cadena de mando y utilizó al excomandante como fusible para evitar confrontar al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

Desde la visión naval, el criterio de los jueces fue puramente político. Argumentan que se dictó la pena mínima para evitar la cárcel efectiva, validando la responsabilidad sólo porque el ámbito militar ya lo había señalado. Esta interpretación genera incertidumbre sobre la autoridad de los comandantes superiores ante fallas técnicas de sus subordinados, dejando en duda el principio de mando sobre la operatividad de las unidades.

Claudio Villamide, excomandante de la Fuerza de Submarinos, quien fue condenado.

La embestida por el Código de Justicia Militar

Tras la sentencia, el reclamo puertas adentro de la Armada se intensificó. La postura predominante exige volver a implementar el Código de Justicia Militar. El objetivo es que los eventos ocurridos en cumplimiento del servicio no sean juzgados bajo parámetros civiles.

Para la cúpula naval, este cambio es indispensable para el futuro. Sostienen que, de producirse un nuevo incidente, la evaluación debe realizarse exclusivamente dentro de los tribunales castrenses. Consideran que lo actuado por la justicia federal fue jurídicamente aceptable, pero militarmente es un caos que vulnera la estructura jerárquica.

El Juicio a las Juntas en 1985, el resultado del traslado de jurisdicción de la Justicia castrense a la Justicia civil en octubre de 1984.

La voz de las familias y la apelación

La querella, que representa a los familiares de los 44 tripulantes, expresó un profundo rechazo al veredicto. La abogada Valeria Carreras calificó la sentencia como ofensiva, al considerar que una pena de tres años en suspenso no guarda relación con la magnitud de la tragedia.

Ante este escenario, la querella confirmó que apelará la decisión del tribunal. El objetivo central es revertir las absoluciones y obtener condenas de cumplimiento efectivo para todos los responsables. Paralelamente, trabajan en un proyecto para modificar el Código Penal y aumentar las penas previstas para el delito de estrago culposo agravado, bajo el argumento de que la figura actual no contempla la escala del desastre según el número de víctimas.

Familiares de los tripulantes del ARA San Juan.

La encrucijada técnica y jurídica

La condena a Villamide se sostiene sobre la omisión de control del Comando de la Fuerza de Submarinos tras el informe de navegación de julio de 2017, especialmente vinculado a la válvula ECO-19. La acusación consideró que el excomandante no adoptó las medidas suficientes para determinar qué había sucedido con dicho componente, incrementando un riesgo que se materializó meses después.

A pesar de esto, el juicio no pudo demostrar con certeza qué ocurrió en el momento del colapso. La defensa de Villamide argumentó que no existía una avería persistente informada y que el submarino operó con normalidad tras los episodios de julio.

Con los fundamentos del fallo previstos para el 21 de agosto, el tribunal deberá aclarar cómo vinculó la omisión funcional con el estrago que provocó la pérdida de la nave, una incógnita que aún divide las interpretaciones técnicas y penales del caso.

*Por Augusto Grinner

Un exinspector con condena firme por abuso sexual sigue activo en el sistema educativo bonaerense

José Néstor Prado, exinspector de nivel secundario con jurisdicción en Ramallo, Provincia de Buenos Aires, continúa figurando como personal activo en la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense pese tener una pena firme por abuso sexual agravado desde 2019.

Prado estuvo cumpliendo su condena en prisión, junto a la docente implicada Mariela Alejandra Elisa Gálvez, hasta que él recuperó la libertad en octubre de 2025, posiblemente por haber cumplido los dos tercios de la pena, que es el requisito habitual para acceder a la libertad condicional en Argentina. Desde ese momento, comenzó a reaparecer como personal activo en el sistema informático de la DGCyE.

– José Prado y María Gálvez

Prado se desempeñaba en su labor de inspector de educación secundaria en el norte bonaerense. Fue detenido e imputado por abuso sexual y, tras el proceso judicial, recibió una condena a diez años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia quedó firme en 2019, lo que significa que agotó todas las instancias de apelación posibles y adquirió carácter definitivo e inapelable. Ese fundamento de “firme” es crucial, porque implica que no existe ninguna duda jurídica sobre su culpabilidad.

Aquí aparece uno de los elementos más llamativos del caso. El procedimiento para exonerar a un agente público bonaerense requiere que, antes del acto final, intervenga la Asesoría General de Gobierno para emitir un dictamen jurídico. Según el artículo 80 de la Ley 10.430, cuando la falta puede dar lugar a una sanción expulsiva, “deberá darse intervención a la Asesoría General de Gobierno para que, dentro del plazo de diez días, emita dictamen al respecto”.

En el caso Prado, la Asesoría General de Gobierno dictaminó en abril de 2026 que correspondía exonerarlo. El dictamen, que es una opinión jurídica vinculante que le indica a la autoridad competente cuál es la medida que corresponde, fue claro en argumentar que la exoneración debía efectivizarse. Sin embargo, esa exoneración nunca se concretó.

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El dictamen de la Asesoría General de Gobierno requiere primero que la autoridad competente (la DGCyE) dicte un acto administrativo formal —una resolución— que haga efectiva la exoneración. Eso implica que alguien en la cadena jerárquica dentro de la DGCyE debía firmar ese acto y no lo hizo, o lo hizo con una demora inexplicable.

Los plazos son reveladores, siendo que la condena quedó firme en 2019, la Asesoría tardó hasta abril de 2026 en dictaminar (casi 7 años después de la condena firme), y aun así, a julio de 2026, la exoneración no se había materializado. Prado recuperó la libertad en octubre de 2025 y desde entonces volvió a aparecer como activo en el sistema, lo que sugiere que nunca fue dado de baja formal.

Con una condena firme desde 2019, la DGCyE estaba obligada a avanzar con el procedimiento administrativo correspondiente. Eso implicaba iniciar o continuar el sumario disciplinario, incluso si todavía no se hubiera puesto en marcha, tomando la sentencia penal como un hecho ya acreditado. También debía disponer la suspensión preventiva del inspector mientras se desarrollaba el proceso, tal como prevé el propio régimen disciplinario. Una vez reunida toda la documentación, el expediente tenía que ser remitido a la Asesoría General de Gobierno para la emisión del dictamen y, luego de esa instancia, dictarse la resolución de exoneración.

Nada de esto ocurrió en tiempo y forma. El retraso abarca las gestiones de al menos dos directores anteriores del DGCyE, pero también —y esto es lo que genera la interpelación actual— la gestión de la propia directora general de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, Flavia Terigi quien asumió el cargo en diciembre de 2025 luego del acuerdo del Senado bonaerense, y bajo cuya conducción Prado siguió figurando como activo.

La responsabilidad institucional

Flavia Terigi es pedagoga, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA), doctora en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid, y fue designada directora general de la DGCyE por el gobernador Axel Kicillof mediante el Decreto 2891/2025. Asumió en reemplazo de Alberto Sileoni.

Hasta el momento no brindó ninguna explicación al respecto. La DGCyE deberá dar explicaciones, al menos, por tres demoras clave en el caso Prado. La primera es por qué tardó años, desde la condena firme de 2019, en remitir el expediente a la Asesoría General de Gobierno. La segunda, por qué después del dictamen emitido en abril de 2026 la exoneración todavía no se concretó en los meses posteriores. Y la tercera, por qué el sistema informático sigue registrándolo.

El hecho no es excepcional en su mecánica, aunque sí en su gravedad. El sistema disciplinario docente bonaerense es históricamente lento y burocrático. Los sumarios pueden tardar hasta décadas en resolverse, los expedientes quedan estancados en distintos escritorios, y las autoridades jerárquicas muchas veces no impulsan de oficio los procedimientos cuando deberían hacerlo.

A diferencia de otras provincias, como Mendoza (que sancionó en 2025 una ley de “ficha limpia docente” con exoneración e inhabilitación permanente para condenados por delitos sexuales, y creó un registro único de sanciones), la provincia de Buenos Aires no tiene un sistema automático o expedito que vincule una condena penal firme con la baja inmediata del sistema. Todo depende de que los distintos actores de la cadena administrativa cumplan con sus pasos en tiempo y forma.

La DGCyE debe de ejecutar de inmediato el acto administrativo de exoneración, explicar la cadena de responsabilidades que llevó a esta situación y revisar cuántas situaciones similares pueden estar ocurriendo en el vasto sistema educativo bonaerense, que cuenta con más de 300.000 docentes y personal a cargo.

¿Cómo puede un condenado seguir en el sistema?

Para entender primero hay que conocer cómo funciona el sistema disciplinario docente y su lentitud. En Argentina, la responsabilidad penal (ser condenado por un delito) y la responsabilidad administrativa (ser sancionado laboralmente por el Estado empleador) son dos procesos independientes que se tramitan en paralelo. El Código Penal castiga al ciudadano, mientras que el régimen disciplinario del Estado sanciona al empleado público como tal.

Esto significa que una condena penal no produce automáticamente la baja laboral del agente. Para echar a un docente del sistema educativo bonaerense de manera definitiva, la administración debe llevar adelante un sumario administrativo propio con sus propias garantías procesales, y luego dictar un acto administrativo de exoneración firmado por la autoridad competente.

El personal docente bonaerense se rige por la Ley 10.579 (Estatuto del Docente). Este estatuto establece distintas sanciones disciplinarias, siendo la más grave la exoneración, que implica la separación definitiva del servicio y la inhabilitación para ingresar nuevamente al sistema educativo.

El artículo 140 del Estatuto del Docente establece que el sumario administrativo puede correr en paralelo con la causa penal, pero que la resolución final administrativa debe adecuarse a lo que se tenga por probado en la causa penal. Es decir que, si hay condena penal firme, la administración debe tener eso como un hecho probado y actuar en consecuencia.

Para el personal no docente, la Ley 10.430 (Estatuto del Empleado Público bonaerense) es aún más explícita. El artículo 73 establece taxativamente que es causal de exoneración “la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”. Un abuso sexual es, sin lugar a duda, un delito doloso. Bajo ese marco, la exoneración no es discrecional.

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