PILAR | Procesaron y embargaron al exintendente, Nicolás Ducoté
La Cámara Federal de San Martín confirmó el procesamiento del exintendente. Además, ratificó un embargo por $100 millones.
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El exintendente de Pilar por el PRO, Nicolás Ducoté, fue procesado por el delito de administración infiel en prejuicio de la administración pública por irregularidades en tres planes por los que el municipio recibió fondos de Nación, cuyas obras nunca fueron ejecutadas.
El procesamiento del burócrata fue confirmado por la Cámara Federal de San Martín (jueces: Alberto Lugones, Marcos Moran y Néstor Barral), durante la tarde de hoy. Ahora, la causa queda en condiciones de ser elevada a juicio oral.
Los tres convenios mencionados fueron firmados en el año 2016. Y constituyen el acceso de vecinos a microcréditos para mejorar de viviendas y acceso a agua potable, cloacas, gas y electricidad; la urbanización del barrio Monterrey; y la instalación de una planta de tratamiento cloacal.
Los magistrados concluyeron que José Nicolás Ducoté y los demás imputados (Juan Pablo Martignone, Federico Iván Leonhardt, Guillermo Horacio Iglesias, Sandra Edith Sosa, Osvaldo Nicolás Caccaviello, Norberto Fabián Giulianelli, Sergio Miguel Russo, Gabriel Adrián Lucero y Fernando María Bonafede) “efectuaron sus aportes para lograr la desviación de recursos girados desde el ex Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación (entonces a cargo de Rogelio Frigerio) a la Municipalidad de Pilar en favor de terceros y en perjuicio de la Administración Pública Nacional“.
Ducoté junto a Frigerio
Agregaron que “Esas maniobras se llevaron a cabo mediante cuantiosas aplicaciones de recursos y la concreción de los acuerdos necesarios para justificar con obras inexistentes o comisiones indebidas la aplicación de sumas millonarias de dinero por las cuales ni el Estado ni la sociedad se vieron beneficiados“.
Asimismo, la Cámara notó irregularidades en las empresas a las que se le adjudicaron la realización de las obras y Además, ratificó un embargo de $100 millones sobre los bienes del exintendente cambiemita.
“En concreto, la intervención de Nicolás José Ducoté, en su carácter de intendente de la Municipalidad de Pilar, aflora del trámite atinente al pedido y la posterior recepción de los fondos, del proceso licitatorio, de las deficiencias relativas a la ejecución de las obras y de la posterior rendición de cuentas. De modo que, para comenzar, no sólo incumplió con el plazo de 30 días -contados a partir de la fecha de recepción del primer desembolso para iniciar las obras-, sino que además, no devolvió de manera inmediata los fondos, conforme se estipulaba en la cláusula sexta del convenio específico para esa misma circunstancia”, especificaron.
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José Néstor Prado, exinspector de nivel secundario con jurisdicción en Ramallo, Provincia de Buenos Aires, continúa figurando como personal activo en la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense pese tener una pena firme por abuso sexual agravado desde 2019.
Prado estuvo cumpliendo su condena en prisión, junto a la docente implicada Mariela Alejandra Elisa Gálvez, hasta que él recuperó la libertad en octubre de 2025, posiblemente por haber cumplido los dos tercios de la pena, que es el requisito habitual para acceder a la libertad condicional en Argentina. Desde ese momento, comenzó a reaparecer como personal activo en el sistema informático de la DGCyE.
– José Prado y María Gálvez
Prado se desempeñaba en su labor de inspector de educación secundaria en el norte bonaerense. Fue detenido e imputado por abuso sexual y, tras el proceso judicial, recibió una condena a diez años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia quedó firme en 2019, lo que significa que agotó todas las instancias de apelación posibles y adquirió carácter definitivo e inapelable. Ese fundamento de “firme” es crucial, porque implica que no existe ninguna duda jurídica sobre su culpabilidad.
Aquí aparece uno de los elementos más llamativos del caso. El procedimiento para exonerar a un agente público bonaerense requiere que, antes del acto final, intervenga la Asesoría General de Gobierno para emitir un dictamen jurídico. Según el artículo 80 de la Ley 10.430, cuando la falta puede dar lugar a una sanción expulsiva, “deberá darse intervención a la Asesoría General de Gobierno para que, dentro del plazo de diez días, emita dictamen al respecto”.
En el caso Prado, la Asesoría General de Gobierno dictaminó en abril de 2026 que correspondía exonerarlo. El dictamen, que es una opinión jurídica vinculante que le indica a la autoridad competente cuál es la medida que corresponde, fue claro en argumentar que la exoneración debía efectivizarse. Sin embargo, esa exoneración nunca se concretó.
El dictamen de la Asesoría General de Gobierno requiere primero que la autoridad competente (la DGCyE) dicte un acto administrativo formal —una resolución— que haga efectiva la exoneración. Eso implica que alguien en la cadena jerárquica dentro de la DGCyE debía firmar ese acto y no lo hizo, o lo hizo con una demora inexplicable.
Los plazos son reveladores, siendo que la condena quedó firme en 2019, la Asesoría tardó hasta abril de 2026 en dictaminar (casi 7 años después de la condena firme), y aun así, a julio de 2026, la exoneración no se había materializado. Prado recuperó la libertad en octubre de 2025 y desde entonces volvió a aparecer como activo en el sistema, lo que sugiere que nunca fue dado de baja formal.
Con una condena firme desde 2019, la DGCyE estaba obligada a avanzar con el procedimiento administrativo correspondiente. Eso implicaba iniciar o continuar el sumario disciplinario, incluso si todavía no se hubiera puesto en marcha, tomando la sentencia penal como un hecho ya acreditado. También debía disponer la suspensión preventiva del inspector mientras se desarrollaba el proceso, tal como prevé el propio régimen disciplinario. Una vez reunida toda la documentación, el expediente tenía que ser remitido a la Asesoría General de Gobierno para la emisión del dictamen y, luego de esa instancia, dictarse la resolución de exoneración.
Nada de esto ocurrió en tiempo y forma. El retraso abarca las gestiones de al menos dos directores anteriores del DGCyE, pero también —y esto es lo que genera la interpelación actual— la gestión de la propia directora general de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, Flavia Terigi quien asumió el cargo en diciembre de 2025 luego del acuerdo del Senado bonaerense, y bajo cuya conducción Prado siguió figurando como activo.
La responsabilidad institucional
Flavia Terigi es pedagoga, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA), doctora en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid, y fue designada directora general de la DGCyE por el gobernador Axel Kicillof mediante el Decreto 2891/2025. Asumió en reemplazo de Alberto Sileoni.
Hasta el momento no brindó ninguna explicación al respecto. La DGCyE deberá dar explicaciones, al menos, por tres demoras clave en el caso Prado. La primera es por qué tardó años, desde la condena firme de 2019, en remitir el expediente a la Asesoría General de Gobierno. La segunda, por qué después del dictamen emitido en abril de 2026 la exoneración todavía no se concretó en los meses posteriores. Y la tercera, por qué el sistema informático sigue registrándolo.
El hecho no es excepcional en su mecánica, aunque sí en su gravedad. El sistema disciplinario docente bonaerense es históricamente lento y burocrático. Los sumarios pueden tardar hasta décadas en resolverse, los expedientes quedan estancados en distintos escritorios, y las autoridades jerárquicas muchas veces no impulsan de oficio los procedimientos cuando deberían hacerlo.
A diferencia de otras provincias, como Mendoza (que sancionó en 2025 una ley de “ficha limpia docente” con exoneración e inhabilitación permanente para condenados por delitos sexuales, y creó un registro único de sanciones), la provincia de Buenos Aires no tiene un sistema automático o expedito que vincule una condena penal firme con la baja inmediata del sistema. Todo depende de que los distintos actores de la cadena administrativa cumplan con sus pasos en tiempo y forma.
La DGCyE debe de ejecutar de inmediato el acto administrativo de exoneración, explicar la cadena de responsabilidades que llevó a esta situación y revisar cuántas situaciones similares pueden estar ocurriendo en el vasto sistema educativo bonaerense, que cuenta con más de 300.000 docentes y personal a cargo.
¿Cómo puede un condenado seguir en el sistema?
Para entender primero hay que conocer cómo funciona el sistema disciplinario docente y su lentitud. En Argentina, la responsabilidad penal (ser condenado por un delito) y la responsabilidad administrativa (ser sancionado laboralmente por el Estado empleador) son dos procesos independientes que se tramitan en paralelo. El Código Penal castiga al ciudadano, mientras que el régimen disciplinario del Estado sanciona al empleado público como tal.
Esto significa que una condena penal no produce automáticamente la baja laboral del agente. Para echar a un docente del sistema educativo bonaerense de manera definitiva, la administración debe llevar adelante un sumario administrativo propio con sus propias garantías procesales, y luego dictar un acto administrativo de exoneración firmado por la autoridad competente.
El personal docente bonaerense se rige por la Ley 10.579 (Estatuto del Docente). Este estatuto establece distintas sanciones disciplinarias, siendo la más grave la exoneración, que implica la separación definitiva del servicio y la inhabilitación para ingresar nuevamente al sistema educativo.
El artículo 140 del Estatuto del Docente establece que el sumario administrativo puede correr en paralelo con la causa penal, pero que la resolución final administrativa debe adecuarse a lo que se tenga por probado en la causa penal. Es decir que, si hay condena penal firme, la administración debe tener eso como un hecho probado y actuar en consecuencia.
Para el personal no docente, la Ley 10.430 (Estatuto del Empleado Público bonaerense) es aún más explícita. El artículo 73 establece taxativamente que es causal de exoneración “la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”. Un abuso sexual es, sin lugar a duda, un delito doloso. Bajo ese marco, la exoneración no es discrecional.
Flybondi atraviesa su peor crisis. La compañía cesó sus operaciones comerciales el 2 de julio y acumula diez días sin despegar un solo avión. Mientras el servicio permanece paralizado, la empresa mantiene activa la venta de pasajes en su web, captando clientes para vuelos que no está en condiciones de cumplir.
El desplome operativo pulveriza las promesas del accionista Leonardo Scatturice, quien tras anunciar una inversión de 1.700 millones de dólares y la incorporación de 35 aviones, sólo logró mantener una aeronave en servicio. De las 20 unidades activas a principios de año, la flota se redujo al mínimo, dejando en evidencia el colapso total de su estructura.
Leonardo Scatturice, dueño de Flybondi, actuó de puente entre Donald Trump y Javier Milei.
La estafa al pasajero
Los usuarios denuncian recibir avisos de cancelación el mismo día del viaje, lo que los deja a la deriva y atrapados en un proceso burocrático para recuperar su dinero.
Ante la falta de soluciones, los pasajeros damnificados comenzaron a agruparse. A través de la iniciativa impulsada por el estudio Montoya & Asociados y la organización Vuelo Tarde, se lanzó un amparo colectivo para reclamar los reintegros adeudados.La medida busca representar a quienes fueron víctimas de un servicio cobrado y nunca prestado.
Aeronave de Flybondi durante la cuarentena.
Inacción gubernamental y causas de la crisis
El colapso de Flybondi ocurre bajo la mirada pasiva de las autoridades nacionales. Ni la Secretaría de Transporte ni la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) han intervenido para frenar la comercialización engañosa de pasajes, permitiendo que la aerolínea siga recaudando fondos por servicios inexistentes mientras los pasajeros quedan sin respuestas.
El Estado no es un mero espectador; es el responsable de auditar la capacidad técnica y financiera de las empresasque operan en el país. Al omitir su rol de control y permitir la venta de tickets sin sustento operativo, el Gobierno habilita, por acción u omisión, un esquema que perjudica directamente a los usuarios.
La crisis tiene raíces profundas. La empresa acumula deudas millonarias, incluyendo servicios impagos de alojamiento y reclamos judiciales de firmas como Tienda León. Además, enfrenta dos pedidos de quiebra y una creciente tensión laboral por sueldos adeudados, factores que, sumados a las dificultades para abastecerse de combustible, explican la parálisis total de sus rutas.
La deuda de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) y la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG) yatrepa a $213.902.225.670 y abrió un nuevo conflicto entre Defensa y Seguridad. Ambas carteras se disputan quién debe hacerse cargo del pasivo de la obra social militar.
La definición parece haber superado el plano técnico y ahora queda en manos del presidente Javier Milei, en su rol de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas.
El cierre del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA), la obra social que anteriormente reunía bajo una misma estructura a las Fuerzas Armadas y de Seguridad, quedó trabado por una deuda de unos US$145 millones, de la cual el 65% corresponde a aportes impagos de Gendarmería y Prefectura, y ni el Ministerio de Defensa ni el de Seguridad quieren asumir el costo.
Todo comenzó en febrero de 2026, cuando Milei firmó el DNU 88/2026, que ordenó disolver el IOSFA —creado en 2013— y reemplazarlo por dos entidades separadas. Entre ellas OSFA, bajo Defensa (para Ejército, Armada, Fuerza Aérea y sus familias) y la OSFFESEG administrado por el Ministerio de Seguridad Nacional, (para Gendarmería y Prefectura). La medida buscaba resolver el “desequilibrio financiero persistente” que arrastraba el organismo por la suba de costos médicos y la heterogeneidad de su padrón, que llegó a tener 575.000 afiliados de las cinco fuerzas combinadas.
El decreto fijó un período de transición de hasta 365 días, designó como administrador al coronel mayor retirado Ariel Guzmán, nombrado por Defensa para gestionar el cierre, y creó una Comisión Ad Hoc con representantes de Defensa, Seguridad, Salud, Economía y la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) para supervisar el proceso. Crucialmente, el artículo 12 del decreto dejó pendiente definir “el proceso para la cancelación de los pasivos” del IOSFA, sin resolver quién pagaría.
El núcleo del conflicto sería concretamente una cuenta pendiente por contribuciones patronales impagas que Gendarmería mantiene desde 2017, de acuerdo con el propio decreto 637/2013 que regulaba esos aportes. En abril de 2026, cuando la Comisión Ad Hoc empezó a reunirse, Guzmán detectó expedientes heredados de la gestión anterior del IOSFA que reclamaban esa deuda histórica de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, que entonces rondaba los $212.000 millones.
— Ariel Guzmán, designado administrador para la etapa de liquidación de IOSFA
Ahí se produjo la primera divergencia real, siendo que el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea cancelaron su parte usando fondos del inciso 1 (partida de sueldos del personal militar), lo que permitió al ex IOSFA pagar deudas atrasadas a prestadores médicos, por ejemplo unos $1.999 millones a proveedores de Tucumán. Gendarmería y Prefectura, en cambio, se negaron a saldar la suya, que a fines de abril ya alcanzaba los $101.692.401.866 solo por parte de Gendarmería.
El crecimiento hasta julio de 2026
Cinco meses después de la primera reunión de la Comisión Ad Hoc en abril, y tras la quinta reunión, el panorama no mejoró en absoluto. La deuda consolidada creció a $213.902.225.670, con $139.057.260.804 correspondientes exclusivamente a las contribuciones impagas de Gendarmería y Prefectura. El representante de Seguridad, Fernando Domínguez, volvió a decir en la reunión que su ministerio “no dispone de los recursos” para afrontar esa obligación, repitiendo la misma negativa de meses anteriores.
Esto llevó a Guzmán a elevar un informe al ministro de Defensa Carlos Presti donde reconoció el fracaso de la instancia técnica. Él afirmó en el escrito que “no se ha podido avanzar en la concreción de un plan para cancelar la [deuda]” y que “este tema deberá plantearse en otras instancias decisorias para su conocimiento e intervención” — es decir, admite que la comisión fracasó, que ya no puede resolverlo y que la decisión pasa a un nivel político superior.
El propio esquema institucional explicaría por qué el hecho sube tan alto en la jerarquía gubernamental. OSFA depende de Defensa y OSFFESEG de Seguridad, pero ambas nacieron del mismo decreto presidencial, y es el propio Poder Ejecutivo quien debe “instrumentar las medidas necesarias” para cancelar los pasivos que tenía IOSFA, según el artículo 12 del DNU 88/2026.
Como ningún ministerio (Defensa ya pagó lo suyo, Seguridad no puede o no quiere) resuelve el diferendo, y la Comisión Ad Hoc —integrada también por representantes de Economía, Salud y SIGEN— se declaró sobrepasada,la resolución final depende de una decisión presidencial que autorice una partida extraordinaria de recursos.
La particularidad es que el propio Estado nacional aparece simultáneamente como acreedor (a través del ex IOSFA, que reclama la deuda) y deudor (porque Gendarmería y Prefectura, fuerzas federales bajo su propio paraguas, son las morosas). Sin esa definición clara, el riesgo es que la liquidación se convierta en un proceso interminable, con proveedores médicos impagos, litigios judiciales y deterioro de la cobertura sanitaria tanto de militares como de gendarmes y prefectos por un tiempo indeterminado.
La situación parece no encontrar solución, ya que casi dos tercios del endeudamiento financiero de una obra social ya disuelta recaen sobre fuerzas de seguridad que dependen de una cartera —Seguridad Nacional, a cargo de Alejandra Monteoliva— que asegura no tener presupuesto para afrontarlo.
Una intervención estatal presentada como una “medida de ordenamiento” encubriría una disputa de poder por el control de recursos millonarios. En este caso, la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA) y los actores que enlazan al gobierno del presidente Javier Milei con la vieja maquinaria política del sciolismo.
Según fuentes políticas consultadas por el medio Realpolitik, la llegada del abogado César Augusto Lococo como interventor habría contado con el aval de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, bajo la órbita de Karina Milei y el exgobernador bonaerense Daniel Scioli.
Scioli lleva más de dos años integrado la gestión libertario como Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes. Lejos de ser una figura decorativa, conserva operadores y terminales propias dentro del aparato estatal.
El detalle que ata los cabos es Guillermo Scarcella. La documentación periodística muestra que Scarcella y el interventor Lococo comparten el mismo domicilio fiscal y profesional en Cerrito 774, piso 2, CABA. Eso indica un vínculo profesional estrecho entre ambos, aunque no prueba por sí solo una irregularidad formal.
Scarcella es señalado como un operador político con trayectoria en el aparato sciolista. Presidió Aguas Bonaerenses SA (ABSA) durante toda la gestión de Scioli como mandatario de la provincia de Buenos Aires y, con el paso de los años, quedó bajo la mira judicial y política. Elisa Carrió lo denunció como presunto testaferro de Scioli e incluyó su nombre en una causa por fraude, lavado de dinero y administración fraudulenta.
En 2016, además, lo nombró como uno de los administradores de las llamadas “cajas negras” del Estado bonaerense durante el sciolismo. Más tarde, en 2018, fue citado a indagatoria por el fiscal Álvaro Garganta, quien dio por probada la realización de 22 contratos irregulares por casi $63 millones en beneficio de un exsocio suyo durante su paso por ABSA. En 2020, finalmente, una nueva denuncia penal volvió a ponerlo en el centro de la escena al acusarlo de defraudación por administración fraudulenta, extorsión y lavado de activos en el marco de un negocio privado.
En pocas palabras, Scarcella es un nombre con judicialización activa, vinculado históricamente al manejo ilícito de recursos públicos, y hoy aparece como articulador del nuevo interventor de una de las obras sociales más grandes del país.
OSPRERA es la obra social del sindicato de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) que agrupa a los peones rurales de todo el país. No es una obra social menor, ya que tiene entre 500.000 y 700.000 afiliados, y por sus cuentas circulan alrededor de $10.000 millones mensuales. Es, en síntesis de quienes siguen la causa, “una caja sindical que todos miran”.
Esa caja —contratos con prestadores de salud, medicamentos, clínicas, delegaciones territoriales— la convierte en un botín político de primer nivel. Cronológicamente fue disputada por el Partido Justicialista (PJ), el PRO, y hoy también por La Libertad Avanza (LLA).
¿Por qué fue intervenida?
En agosto de 2024, el gobierno de Milei decretó la intervención de OSPRERA mediante el Decreto 720/2024, argumentando graves irregularidades institucionales, económico-financieras y prestacionales. El blanco político fue José Voytenco, secretario general de la UATRE. Una auditoría posterior detectó una deuda de casi $100.000 millones y un déficit mensual de $4.200 millones.
Sin embargo, lo que se presentó como una intervención técnica tuvo desde el inicio una dimensión política clara. Varios mensajes de WhatsApp extraídos del celular del primer interventor, Marcelo Petroni, revelaron que el mismo interventor se jactaba de representar a Karina Milei y a Eduardo “Lule” Menem, escribiéndole a un contacto: “Nosotros somos Lule y Karina”. Otro mensaje decía: “Nadie más que los Menem está impulsando la intervención de UATRE”. Estos chats son la prueba clave en una actual causa judicial.
— Guillermo Scarcella, exfuncionario de la provincia de Buenos Aires y empresario
Lejos de “ordenar” la obra social, la primera intervención dejó un rastro de sospechas graves. Entre noviembre de 2024 y marzo de 2025, los interventores designados por Milei autorizaron 193 transferencias por más de $7.700 millones a la droguería Suizo Argentina, una empresa ya investigada por presuntos sobornos en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Además, la empresa HTECH Innovation, propiedad de Sergio Aguirre —socio comercial de Martín Menem, presidente de la Cámara de Diputados— recibió contratos por más de $266 millones durante la intervención. En julio de 2026, el juez federal Sebastián Casanello embargó los bienes de HTECH y citó a indagatoria a Aguirre, junto a dos exinterventores.
El 13 de enero de 2026, Casanello ordenó restituir el directorio de OSPRERA a sus autoridades legítimas, Voytenco incluido, considerando que la situación crítica que había justificado la intervención “hoy estaría sustancialmente superada”. Pero el gobierno apeló y la Sala 2 de la Cámara Federal revocó ese fallo. Con la intervención revalidada judicialmente, el Ejecutivo dictó el Decreto 127/2026 y designó a un nuevo interventor, el propio Lococo.
La investigación judicial avanza en múltiples frentes simultáneos. Si los contratos firmados durante la nueva intervención de Lococo generan cuestionamientos similares a los que ya llevaron a indagatoria a sus predecesores, la trama podría escalar desde la Superintendencia de Salud hasta el Congreso y Comodoro Py.
Mientras el fervor popular se concentraba en la semifinal del Mundial contra Inglaterra, ese foco mediático fue aprovechado por el Gobierno nacional para concretar una medida estratégica de alto impacto. En la antesala del encuentro, Javier Milei oficializó la entrega de áreas clave del Mar Argentino para la explotación de hidrocarburos.
El instrumento elegido fue el Decreto 590/26, publicado en el Boletín Oficial del miércoles 15 de julio. La norma instruye a la Secretaría de Energía a convocar a un concurso público internacional para otorgar un permiso de exploración y explotación sobre el área CAN 200, una zona estratégica de costa afuera de aproximadamente 5.000 km2.
La decisión desnuda una paradoja política: mientras el oficialismo mantiene un discurso de supuesta confrontación con el Reino Unido en el marco de la disputa por la soberanía de las Islas Malvinas, por vía administrativa la letra de este decreto habilita a una empresa británica a instalarse en aguas nacionales.
El movimiento no parece casual. La publicación del decreto en un momento de distracción social masiva evita el escrutinio público sobre una medida que, de otra forma, habría despertado una reacción inmediata por su carga simbólica y geopolítica.
Parte del decreto firmado por Javier Milei, Luis “Toto” Caputo y Diego Santilli.
El beneficiario y la jurisdicción
La empresa protagonista de esta maniobra es Challenger Energy Group PLC. Se trata de una firma de origen británico, con sede operativa y legal en la Isla de Man, un territorio reconocido mundialmente como una plaza financiera de baja o nula tributación, lo que en la jerga se conoce como un “paraíso fiscal”.
La compañía presentó su manifestación de interés el 14 de febrero de 2025. Su objetivo es claro: el área CAN 200, situada a 350 kilómetros de la costa de Mar del Plata. Challenger Energy busca posicionarse en el margen atlántico mediante la adquisición de licencias de exploración de bajo costo y alto impacto.
Ubicación del área a explotar por los ingleses, diagrama elaborado por el Ejecutivo Nacional.
En su estrategia global, la firma se encuentra en una fase de reestructuración profunda. Desprendiéndose de sus activos terrestres, la petrolera británica ha concentrado su apuesta en la explotación offshore en el Cono Sur, con intereses operativos en Uruguay, Bahamas, Surinam y Trinidad y Tobago. Hoy, gracias a la rúbrica de Milei y sus ministros, Argentina se suma a esa lista de activos bajo la lupa de una corporación que cotiza en la Bolsa de Londres.
Ubicación geográfica de Isla de Man, de tan sólo 50 km de largo por 18 km de ancho.
El conflicto de intereses
La coincidencia geográfica entre los intereses de Challenger Energy Group PLC y la arquitectura financiera del ministro de Economía, Luis Caputo, no pasa desapercibida. La Isla de Man es, precisamente, la plaza elegida por Caputo para gestionar parte de su patrimonio declarado.
Esta superposición entre el beneficiario del decreto y el destino de los fondos del ministro responsable de la firma pone sobre la mesa un interrogante ineludible sobre posibles conflictos de interés. Mientras el Estado convoca a un concurso para una petrolera británica, los ojos del mundo financiero observan la trazabilidad de los activos que gestiona quien impulsa la medida.
El Gobierno, en su afán por atraer inversiones, parece ignorar la opacidad que rodea a estas plazas financieras. La pregunta que surge es si la licitación responde a una política de desarrollo nacional o a una conveniencia funcional entre quienes gestionan los hilos del Estado y la jurisdicción donde se resguarda su capital personal.
Javier Milei junto a Luis “Toto” Caputo, su Ministro de Economía.
La letra chica y la soberanía
El Decreto 590/26 no sólo abre la puerta a la exploración británica, sino que garantiza condiciones blindadas para el inversor. El texto oficial autoriza expresamente la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales, asegurando que cualquier conflicto futuro se dirima fuera de los juzgados argentinos.
Esta cláusula, que coloca a la justicia nacional en un segundo plano, se complementa con un listado detallado de bienes estatales que mantienen su inmunidad de ejecución. Sin embargo, este resguardo de activos parece ser una medida preventiva técnica, mientras que el control del recurso hidrocarburífero queda sujeto a marcos legales internacionales y arbitrajes extranjeros. En la práctica, esto implica que, ante cualquier desavenencia, la empresa británica tendrá la cancha inclinada a su favor en tribunales foráneos.
Esta entrega de soberanía jurídica se contrapone con el potencial que el país tiene para fortalecer su reclamo territorial. Al ceder la jurisdicción a entes externos, el Gobierno renuncia a una de las herramientas soberanas más valiosas para el desarrollo de su plataforma continental.
Contexto de tensiones
La licitación coincide con una fuerte tensión diplomática: mientras la Cancillería protestaba formalmente por la incursión ilegal del buque británico HMS Medway en nuestro mar, el Ejecutivo firmaba el decreto que abre la puerta a otra firma británica.
Mientras el oficialismo relativiza el valor simbólico de la disputa, la realidad administrativa del Boletín Oficial es contundente: el Ejecutivo prioriza la cesión de recursos y soberanía jurídica a actores británicos en pleno conflicto por la integridad territorial.
En junio de 2026, el Ejército Argentino implementó la Orden Especial JEMGE Nro. 113/26 (Anexo 6), firmada por el teniente general Oscar Santiago Zarich y el general de brigada Roberto Martín Baroni. Este severo códigoregula la conducta digital en plataformas como Facebook, Instagram, X y WhatsApp, aplicando una fiscalización punible sobre las cuentas particulares de oficiales, suboficiales, soldados y, de manera muy controvertida, del personal civil de la institución.
La normativa prohíbe, taxativamente, la difusión de quejas, reclamos y/o manifestaciones públicas, obligando a tramitar toda inquietud por los conductos oficiales. El control digital avanza sobre las interacciones cotidianas al equiparar normativamente un simple “me gusta” (like) a publicaciones críticas o satíricas con una declaración formal de inconformidad, expandiendo la responsabilidad disciplinaria al comportamiento pasivo y prohibiendo el reenvío de información de la prensa civil.
Karina y Javier Milei junto a Carlos Presti, Ministro de Defensa.
Esta dureza busca ocultar el colapso material y operativo de la defensa nacional, donde gran parte del personal percibe salarios por debajo de la línea de la pobreza que obligaron a autorizar el pluriempleo. Al ahogo presupuestario se suman deficiencias en la obra social IOSFA y crisis extremas como el reciente corte de luz en instalaciones clave por deudas impagas superiores a los 60 millones de pesos, funcionando la directiva como una mordaza ante un personal sin derecho a huelga.
Anexo 6 de la Orden Especial JEMGE 113/26 publicada, gentileza de Real Politik.
La mordaza digital expone una contradicción brutal y un patrón sistémico de verticalismo en el poder, chocando de frente con las promesas de libertad y aceptación del disenso que pregona el presidente Milei. La realidad de la gestión contradice el relato oficial y se alinea con las confesiones explícitas de la primera línea oficialista: la senadora Florencia Arietto advirtió que en este proyecto “no hay lugar para librepensadores”, mientras que la hermanísima secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, sentenció que las decisiones del Gobierno no se cuestionan, una postura que el propio presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, se encargó de replicar y convalidar.
La comisión creada para ordenar la liquidación de la anterior obra social fracasó y quedó sin salida técnica. El conflicto quedaría en definirse por medio del propio Javier Milei.
En el Hospital Korn, en Melchor Romero, un memorándum interno prohíbe filmar las instalaciones con el argumento de proteger a los pacientes, pero los trabajadores denuncian que solo busca ocultar el deterioro edilicio.
La red captaba civiles y exmilitares a través de plataformas digitales y funcionaba como parte de un circuito internacional que ya envió a miles de latinoamericanos a la guerra.
Así que hay extranjeros que viven en Argentina, estudian gratis en Argentina, se atienden gratis en hospitales Argentinos mientras odian a la Argentina? Perfecto. Acabo de presentar un proyecto para arancelar la salud y la educación a extranjeros en la provincia de Buenos Aires. pic.twitter.com/Pppyd23460