¡LA LIBERTA AVANZA! | Milei, a menos de un punto del ultra K Leandro Santoro

Un relevamiento de una consultora demostró que el candidato libertario, Javier Milei, está a menos de un punto de ocupar el segundo lugar, cosechando más del 20% de los votos.
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Tras la buena elección realizada por La Libertad Avanza, a manos del economista libertario Javier Milei, una reciente firma publicó un relevamiento con la intención de voto para las próximas elecciones, que se celebrarán en noviembre. En este marco, CB Consultora Opinión Pública argumentó que el candidato liberal se ubicaría a menos de un punto de distancia del postulante del Frente de Todos, Leandro Santoro.

Los números alarman al ultrakirchnerismo: Milei se posiciona tercero en intención de voto, pisándole los talones a Santoro, con un 22% para el candidato del K y un 21,3% para el de La Libertad Avanza.

Mientras tanto, María Eugenia Vidal, de Juntos por el Cambio, cosecharía según la encuesta un 49,1%. La cuarta colocación figura Myriam Bregman, del Frente de Izquierda y de Trabajadores con 4,5%.

El informe, que incluye una proyección de indecisos y de votos en blanco, muestra que Milei sumaría 7,64 puntos porcentuales más con relación a su desempeño en las PASO anteriores, mientras que Santoro retrocedería, de igual modo que la izquierda con Bregman.


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La obra social militar que Milei mandó cerrar sigue atendiendo a 324 mil afiliados porque la nueva no tiene médicos contratados

Carlos Presti cambió al responsable de liquidar IOSFA, pero la transición de la obra social militar sigue teniendo una dimensión que excede cualquier recambio de funcionarios. Un documento oficial al que accedió el medio REALPOLITIK permite ponerle números: la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), presidida por Pablo Plaza, distribuye aproximadamente 324.033 beneficiarios entre 13 delegaciones.

El informe está fechado el 22 de septiembre y firmado por Alexis Darío Ferreyra, coordinador de la subgerencia de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión. Identificado como “Anexo III”, enumera la población y el ámbito territorial de cada delegación. Es el mapa administrativo del sistema que el ministerio de Defensa debe ordenar mientras el viejo IOSFA continúa sosteniendo prestaciones.

— Afiliados de OSFA reclamaron por el corte de la cobertura médica durante la llegada de los F-16

AMBA concentra la mayor cantidad: 116.570 beneficiarios, cerca del 36 por ciento del total. Su jurisdicción incluye también Zárate y La Plata. Le siguen Puerto Belgrano, con 39.831 personas y alcance sobre Bahía Blanca y La Pampa, y Córdoba, con 34.555 beneficiarios distribuidos entre esa provincia, La Rioja y Santiago del Estero.

Entre las tres reúnen casi el 59 por ciento de la población consignada. La concentración muestra dónde está buena parte del desafío prestacional para Plaza y para el ministerio que conduce Presti.

El mapa de OSFA: 13 delegaciones y una transición pendiente

El resto de la nómina comprende Entre Ríos, con 22.970 beneficiarios y cobertura territorial sobre Santa Fe; Mendoza, con 21.006 y alcance sobre San Juan y San Luis; y Mar del Plata, con 17.995, incluyendo Tandil.

Salta reúne 17.106 beneficiarios y comprende también Jujuy, Tucumán y Catamarca. Corrientes suma 15.279 y abarca Chaco y Formosa. Completan el listado Chubut, con 10.526; Misiones, con 8.149; Neuquén, con 8.059 y jurisdicción sobre Río Negro; Santa Cruz, con 7.619; y Tierra del Fuego, con 4.368.

La nómina quedó incorporada al sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el número IF-2026-92501920-APN-SGPEYCG#OSFA. Las cantidades son aproximadas y su suma permite dimensionar la población asignada a la nueva estructura. El anexo no detalla contratos médicos, disponibilidad de prestadores ni pagos.

Ese límite cobra importancia al cruzarlo con una comunicación publicada por IOSFA el mismo 22 de septiembre. Allí, el organismo pidió a prestadores y proveedores que anularan las facturas pendientes emitidas a nombre de OSFA y dejaran de generar nuevas. Argumentó que no existían acuerdos o contratos vigentes que respaldaran esa facturación y que las prestaciones seguían siendo brindadas por IOSFA.

Un día antes, Ariel Guzmán había advertido a Presti que Plaza solicitó prolongar la atención mediante la red de IOSFA más allá del 30 de septiembre. Según esa presentación, extender el funcionamiento obligaría al instituto en liquidación a seguir recibiendo facturas y generando obligaciones, alterando el calendario previsto para cerrar sus cuentas.

Guzmán dejó el cargo el 24 de septiembre. La resolución 671/2026, publicada el 29, aceptó su renuncia y formalizó la designación de Gonzalo Secchi como administrador de IOSFA, con rango de secretario y efectos desde aquella fecha. El recambio corresponde al organismo en liquidación: Plaza continúa al frente de OSFA.

El gobierno de Javier Milei creó la nueva obra social mediante el DNU 88/2026, bajo la fiscalización de Defensa. La misma norma ordenó liquidar IOSFA y estableció que debía garantizarse la continuidad de la cobertura durante el traspaso.

El mapa ya está trazado. La tarea de Presti y Plaza es lograr que esa estructura pueda sostener la atención de sus beneficiarios sin depender indefinidamente del instituto que el propio gobierno decidió cerrar. La llegada de Secchi cambia al encargado de la liquidación; el problema prestacional sigue sobre la mesa de Defensa.

*Fuente: REALPOLITIK

Un municipio bonaerense usó envases contaminados con veneno para cocinar mil chorizos en la fiesta del pueblo

El hecho ocurrió durante los festejos por el 115º aniversario de La Colina, una localidad perteneciente al partido bonaerense de General La Madrid. La celebración comunitaria estuvo organizada conjuntamente por instituciones de la zona y el municipio. Para agasajar a los vecinos, se prepararon mil chorizos a la pomarola en un enorme paellero instalado sobre la plaza José Hernández.  

Pero detrás de los preparativos se registró una postal gravísima que dejó al descubierto una falta total de controles bromatológicos. Las imágenes capturadas en el lugar muestran con claridad el momento en que se utilizaba un balde plástico, rotulado con las letras visibles de un potente herbicida a base de glifosato, para volcar los ingredientes directamente sobre el paellero destinado a todo el público.

Uno de los videos que sirvieron como evidencia.

Ausencia de controles

Desde la comuna de la 6ª sección electoral, conducida por el intendente radical Martín Randazzo, reconocieron la veracidad de las imágenes y los hechos. El Ejecutivo municipal asumió la responsabilidad absoluta por la falta de supervisión y control en la organización del evento gastronómico.

Pese al reconocimiento oficial, la justificación de los organizadores encendió aún más la polémica entre los vecinos. Intentaron minimizar el peligro al argumentar que el recipiente había sido sometido a un triple lavado y que se recurrió a él por una supuesta falta de otros envases disponibles para acarrear agua y verduras.

El comunicado oficial del municipio.

Peligro sanitario y respuesta opositora

La utilización de un recipiente que contuvo agrotóxicos desató una profunda preocupación debido a las normativas vigentes que prohíben terminantemente reutilizar estos envases para fines domésticos o alimentarios. La Ley Nacional 27.279 y las reglamentaciones provinciales establecen que los recipientes de fitosanitarios no pueden volver a usarse bajo ninguna circunstancia, ya que los plásticos de alta densidad absorben las moléculas de los químicos y ningún lavado casero garantiza la eliminación de la toxicidad residual.

Ante esta situación, el bloque de concejales opositores presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para exigir respuestas urgentes al Departamento Ejecutivo. Los ediles advirtieron que la salud pública exige absoluta transparencia y adelantaron que evaluarán el inicio de acciones legales de tipo penal para determinar si existió un riesgo sanitario real contra los asistentes y establecer las responsabilidades penales correspondientes.

*Por Augusto Grinner

El Ejército descontó más de $1.000 millones del sueldo de los soldados para financiar revistas que casi no se imprimen

Cada soldado que entra al Ejército Argentino empieza a pagar una revista que casi nunca recibe. El descuento aparece en el recibo de sueldo bajo el concepto “Periódico Soldados” y hoy es de $2.060 por mes. En lo que va del año, esa publicación se imprimió una sola vez. 

Según fuentes castrenses, la fuerza ya retuvo al menos mil millones de pesos de los haberes de su personal, mientras que el costo de esa edición no superaría los $100 millones. Hasta ahora nadie explicó dónde está la diferencia.

La sospecha aparece poco después del escándalo de la Armada, que denunció ante la Justicia Federal 645 acreditaciones indebidas de haberes por $981.148.567,88, realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. En esa causa, el juez federal Sebastián Ramos ordenó el secuestro de computadoras y dispositivos resguardados en el edificio Libertad, y el Ministerio de Defensa, a cargo de Carlos Presti, ordenó formalizar la denuncia.

Las publicaciones del Ejército bajo la lupa son dos, Soldados y El Soldado Argentino, y ambas las edita la Fundación Soldados (FUNDASOL). En los papeles es una entidad civil, pero su consejo de administración está integrado por militares y su estatuto establece que el presidente lo designa el Estado Mayor General del Ejército. Tiene sede en avenida Santa Fe 4815, maneja la FM Soldados y figura como responsable de la Revista del Suboficial, un portal digital y el programa televisivo Nuestro Ejército.

El descuento es automático. También lo pagan los voluntarios que pasan pocos meses en la fuerza y se van sin haber tenido un ejemplar en la mano. El recibo de un soldado voluntario de segunda, fechado el 30 de agosto de 2026, muestra dos retenciones a favor de FUNDASOL, una de $2.060,51 por Soldados y otra de $1.236,30 por El Soldado Argentino. Un coronel y un cabo registraron en agosto el mismo monto por la primera. Un año antes, un cabo primero pagaba $1.638,60.

“Nadie la conoce”, dijo un jefe militar sobre El Soldado Argentino. Sobre Soldados, admitió que dejó de llegar hace meses. “Te descuentan por un servicio que no se da”, resumió. Cualquier uniformado puede darse de baja de la suscripción, aunque en la práctica nadie lo hace porque desconoce el trámite.

Los números muestran la caída. En sus 29 años, Soldados promedió unas diez ediciones anuales. En 2025 salieron cinco, y en 2026 solo la n.º 289, con una tirada de 57 mil ejemplares de 44 páginas. Una fuente castrense señaló otro detalle: “Adrede, las ediciones no indican en qué mes fueron impresas, para no levantar sospechas”. El período, agregó, solo puede reconstruirse a partir de las noticias que publica cada número.

El Ejército rechaza cualquier irregularidad. Su vocería sostiene que Soldados no tiene una periodicidad fija y que sale según las actividades principales de la fuerza, que El Soldado Argentino difunde contenidos de instrucción técnica y que a fin de año se enviará en papel un calendario 2027 dedicado a los 45 años de Malvinas. La demora del número actual, según esa explicación, se debe a que esperan incluir la entrega del segundo escuadrón de tanques modernizados TAM 2C A2 y un ejercicio anfibio en Rosario.

La fuente castrense no aceptó esa explicación. “¿Qué tiene que ver el ejercicio militar del fin de semana en Rosario? Acaso no hubo otras actividades antes o es que solo se imprime cuando hay algo”, respondió. También negó que la versión digital se envíe por mail a los uniformados, como sostiene la fuerza.

*Con información de Clarín (Emiliano Russo)

Jubilaciones VIP: la contradicción del discurso anticasta que choca con las cajas del poder

El ajuste fiscal sobre los ingresos de la población contrasta con la vigencia ininterrumpida de un esquema de excepción diseñado por y para la clase política. Las asignaciones vitalicias no constituyen un beneficio previsional ordinario, sino un régimen regulado por la Ley 24.018 que no exige años de aportes ni una edad mínima para su cobro. Concebidas formalmente como un reconocimiento al mérito y al honor, estas liquidaciones garantizan haberes equivalentes a las remuneraciones de la cúpula del Poder Judicial de la Nación.

La distancia entre estos ingresos y la realidad del ciudadano común expone una brecha insalvable. Un solo haber mensual de la nómina de exmandatarios equivale a varias decenas de jubilaciones mínimas del sistema general y supera por multiplicadores de dos dígitos al Salario Mínimo, Vital y Móvil de un trabajador formal. Se trata de un nivel de ingresos blindado ante la inflación que se financia de manera directa con los recursos del Tesoro Nacional.

A esta asimetría se suma la paradoja que atraviesa a la propia administración pública en funciones. Mientras los salarios del presidente Javier Milei y de la vicepresidenta Victoria Villarruel se encuentran congelados en torno a los 4 y 5 millones de pesos brutos por decisión política, los exmandatarios percibientes de este régimen duplican, triplican y hasta quintuplican esos montos sin ejercer función alguna.

La nómina de la abundancia

El Estado nacional liquida un total bruto de $219.926.637 mensuales para sostener 12 asignaciones vitalicias vigentes. La cifra equivale a más de 387 jubilaciones mínimas abonadas en un solo mes a este reducido grupo de 12 personas.

Expresidentes

· Alberto Fernández: $26.092.447 (46 jubilaciones mínimas).

· Mauricio Macri: $25.043.153 (44 jubilaciones mínimas).

· Adolfo Rodríguez Saá: $23.999.253 (42 jubilaciones mínimas).

· María Estela Martínez de Perón: $12.936.493 (23 jubilaciones mínimas).

Exvicepresidentes

· Marta Gabriela Michetti: $18.192.138 (32 jubilaciones mínimas).

· Julio César Cleto Cobos: $17.999.446 (32 jubilaciones mínimas).

· Daniel Osvaldo Scioli: $12.486.621 (22 jubilaciones mínimas).

Familiares

· Zulema Yoma (viuda de Carlos Menem): $20.618.733 (36 jubilaciones mínimas)

· Inés Pertiné (viuda de Fernando de la Rúa): $17.561.990 (31 jubilaciones mínimas).

· Bety Nelly Andrés (viuda de Roberto Levingston): $16.214.248 (29 jubilaciones mínimas).

· Cristina Fernández (pensión percibida por Néstor Kirchner): $16.090.877 (28 jubilaciones mínimas).

· Amalia Carmen Guido (hija de José María Guido): $12.691.238 (22 jubilaciones mínimas).

Daniel Scioli como vicepresidente de Néstor Kirchner.

Expedientes bajo la lupa

Detrás de la nómina millonaria se esconden particularidades operativas y giros judiciales que pintan la discrecionalidad del sistema. En el caso de Alberto Fernández, ANSES le retiene mensualmente el 30% de su haber bruto por una orden judicial destinada al pago de la cuota alimentaria de su hijo menor, Francisco. Por su parte, Mauricio Macri sostiene públicamente la donación parcial de su asignación a la fundación Margarita Barrientos, mientras que Adolfo Rodríguez Saá cobra varios millones de pesos al mes por un mandato interino de apenas siete días en diciembre de 2001, a diferencia de sus sucesores Ramón Puerta y Eduardo Camaño, quienes renunciaron formalmente a tramitar el beneficio.

El apartado de los exvicepresidentes expone irregularidades institucionales y amparos de largo alcance. Daniel Scioli percibe su jubilación como exvicepresidente mientras ejerce simultáneamente como secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, una acumulación permitida únicamente por desempeñarse en el cargo actual de forma ad honorem, por el que cobraría mucho menos si no hubiera renunciado a ese sueldo. A su vez, María Estela Martínez de Perón (95 años) radica en Madrid desde hace décadas y continúa percibiendo su asignación desde el exterior sin condicionamiento alguno.

“Isabelita” junto a Carlos Menem.

El listado consolida también anacronismos históricos y concesiones extraordinarias. Bety Nelly Andrés, viuda de Roberto Marcelo Levingston, cobra su pensión por un presidente de facto designado por la junta militar de la dictadura de 1970. El caso más insólito lo protagoniza Amalia Carmen Guido, hija de José María Guido —quien no fue electo por voto popular—, que cobra su haber tras una transferencia excepcional del beneficio efectuada en la década de 1990 que extendió la pensión a una hija mayor de edad por fuera de las reglas del régimen general.

El panorama previsional se completa con la reciente actualización del frente judicial. Tras las resoluciones de la ANSES dictadas en noviembre de 2024 que revocaron los beneficios de Cristina Kirchner y Amado Boudou por “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, la justicia previsional otorgó una medida cautelar a favor de la expresidenta. Con ese fallo se ordenó la restitución inmediata de la pensión derivativa por Néstor Kirchner, manteniendo a Boudou como el único exmandatario con la asignación completamente dada de baja.

Amado Boudou como vicepresidente de Cristina Fernández de Kirchner.

El pacto con el menemismo

La embestida contra estas asignaciones constituye una de las banderas centrales del discurso oficialista. La Libertad Avanza promueve la eliminación de las jubilaciones de privilegio como un eje de su política de ajuste a la “casta”, respaldándose en informes técnicos como el de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Sin embargo, la cruzada moral del Gobierno encuentra un límite difuso al chocar con sus propias alianzas y simpatías políticas.

El origen de este régimen excepcional se remonta a la Ley 24.018, sancionada en 1991 bajo la presidencia de Carlos Saúl Menem. El proyecto original en el Senado llevó la firma de un entendimiento bipartidista entre el menemismo —con Juan Carlos Romero, Oraldo Norvel Britos y Felipe Ernesto Ludueña— y el radicalismo —a través de Adolfo Gass, Luis Agustín Brasesco y Eduardo Pósleman—. La norma llevó además la firma de Eduardo Menem —hermano de Carlos Saúl— como presidente del Senado en ejercicio del Poder Legislativo, el mismo dirimiente político que promovió y blindó la norma de privilegio que hoy, tres décadas después, aparentemente cuestiona su propio hijo, Martín Menem, desde la presidencia de la Cámara de Diputados.

Javier Milei, “Lule” Menem y Eduardo Menem —firmante de la promulgación de las jubilaciones de privilegio—.

Es la misma normativa que hoy sostiene la caja millonaria de Zulema Yoma, viuda de Carlos Menem. La vigencia de este privilegio contrasta con la prédica anticasta del Ejecutivo, que al mismo tiempo reivindica la figura del expresidente riojano y cobija a su entorno directo en los puestos de mayor jerarquía del Estado, con Martín Menem al frente de la Cámara de Diputados y Eduardo “Lule” Menem instalado en la cúpula del Poder Ejecutivo.

Esta convivencia política expone una marcada selectividad en la aplicación de los criterios éticos del Estado. Dependiente del poder Ejecutivo, ANSES actuó con celeridad para disponer la quita de beneficios a Cristina Kirchner y Amado Boudou invocando la “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, pero no aplicó la misma vara con el beneficio derivado de Carlos Menem, quien falleció con condenas firmes ratificadas por la Justicia por delitos contra la administración pública, como el tráfico ilegal de armas a Ecuador y Croacia. La cercanía y la afinidad personal de la conducción oficial con la familia Menem dejó intacto el haber que mensualmente se liquida a su viuda.

Martín Menem —presidente de la Cámara de Diputados— junto a Carlos Menem —quien falleció condenado—.

El blindaje en el Congreso

Pese al impacto mediático del discurso oficial y los intentos legislativos por dar de baja estas asignaciones, la eliminación del régimen se encuentra trabada en el laberinto parlamentario. En junio de 2024, durante la discusión de la Ley Bases en el Congreso, la Cámara de Diputados votó por mantener las jubilaciones de privilegio tras una ajustada definición donde sectores de la oposición colaboraron para sostener el esquema.

Ante ese revés, los diputados nacionales del MID, Oscar Zago y Eduardo Falcone, redactaron un proyecto específico para desmantelar este entramado. La iniciativa propone derogar no sólo la Ley 24.018 de expresidentes y exvices, sino también la 21.540 de dignatarios eclesiásticos, la 22.430 de legisladores mandato cumplido y la 22.731 del servicio exterior (embajadores, cónsules, etc.), sumando además un mecanismo para que el Ejecutivo invite formalmente a los exmandatarios a renunciar voluntariamente a sus cobranzas. Sin embargo, si bien tuvo un apoyo inicial del gobierno, el por entonces presidente de la Comisión de Previsión y Presupuesto, José Luis Espert, optó por cajonear el proyecto.

José Luis Espert cuando presidía la Comisión de Previsión y Presupuesto.

A la falta de consenso político se le suma una infranqueable valla jurídica: el principio de irretroactividad de las leyes. Diversos constitucionalistas y especialistas en derecho previsional coinciden en que, incluso si el Congreso lograra sancionar la derogación de la Ley 24.018 para los futuros mandatarios, la medida difícilmente pueda aplicarse a los 12 beneficiarios actuales. Al tratarse de derechos adquiridos bajo el amparo de una legislación vigente al momento de su otorgamiento, cualquier intento de quitar el haber por vía administrativa choca de frente con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.

Esta combinación de cálculo político y cerrojo judicial garantiza que la erogación mensual superior a los $219 millones continúe saliendo de las arcas del Estado. De este modo, mientras la sociedad asimila la pauta de austeridad y las jubilaciones del régimen general se actualizan a ritmo goteado, el ecosistema de privilegio de la política argentina mantiene intacto su blindaje, exponiendo la distancia entre la narrativa electoral y la dura realidad de las cajas del poder.

*Por Augusto Grinner

Un “cura villero” logró frenar la baja de la edad de imputabilidad en Provincia de Buenos Aires

La organización conocida como Federación Familia Grande Hogar de Cristo, presidida por José María “Pepe” Di Paola, sacerdote católico y referente histórico de los curas villeros, con un estrecho vínculo orgánico con el kirchnerismo, celebró la resolución judicial que suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.

La entidad religiosa estuvo a favor de la idea de que el sistema “no cuenta con la infraestructura edilicia, educativa y profesional necesaria para sostener los estándares mínimos que exige la normativa vigente”. Anteriormente, había promovido un hábeas corpus presentado el 31 de agosto en defensa de personas vinculadas con sus espacios, en el marco del debate sobre el régimen de imputabilidad juvenil a partir de los 14 años.

La presentación fue realizada por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones integrantes de la Federación, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori.

— José María “Pepe” Di Paola, más conocido como Padre Pepe

La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a una medida cautelar dentro de ese hábeas corpus y suspendió preventivamente durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires. A su vez, ordenó fijar una audiencia multipropósito para el 16 de septiembre a las 10, convocando a autoridades que responden al gobernador bonaerense Axel Kicillof del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia para que informen qué medidas adoptaron, cuáles planean y en qué plazos.

La magistrada con treinta años de experiencia en protección infantil, sostuvo que “no sé trata de discutir la ley en abstracto”, con los dispositivos bonaerenses no estando en condiciones de recibir una población mayor sin riesgo para los derechos fundamentales. Su razonamiento se sustentó, entre otras normas, en la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de La Habana y las Reglas de Beijing.

Pascual remarcó que le parece “pésimo” que haya menores de 18 años que están tras las rejas, y volvió a justificar la suspensión por la falta de infraestructura y recursos para aplicar la ley.

— Marta Elba Pascual

Los defensores del fallo sostienen que un juez no necesita esperar a que ocurra el hacinamiento para proteger derechos, porque el hábeas corpus bonaerense cubre amenazas inminentes y el encierro de adolescentes exige estándares reforzados. La jurisprudencia interamericana ha considerado que el hacinamiento, la insalubridad y la falta de servicios en instituciones juveniles pueden vulnerar la integridad personal y los derechos especiales de la niñez.

“En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”, afirmó la senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich en una publicación en su cuenta oficial de X, sumando cuestionamientos al propio funcionamiento “garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias”.

Los críticos responden que una jueza de primera instancia no debería suspender en toda una provincia una ley penal nacional aprobada por el Congreso, particularmente mediante una estimación general sobre detenciones futuras. Usina de Justicia denunció a Pascual por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad, alegando que el riesgo sería hipotético y que la decisión invade competencias legislativas.

Patricia Bullrich on X (formerly Twitter): “En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww / X”

En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww

El fallo tiene un componente institucional relevante, siendo que la Ley 27.801 es nacional, pero su implementación cotidiana necesita jueces, fiscales, defensores, supervisores, centros, personal y programas que en gran medida dependen de cada provincia. El decreto reglamentario reconoce expresamente que la aplicación efectiva exige coordinación con las jurisdicciones provinciales y creó una Mesa Federal para ese fin.

El fallo no derogó la ley, no la declaró inconstitucional y no resolvió definitivamente la discusión sobre la edad de punibilidad en Argentina, solo buscó evitar que ingresaran más adolescentes al sistema bonaerense de encierro antes de verificar que existieran instalaciones, profesionales y programas adecuados.

HUMOR por Argüelles​

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