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A raíz de una información expuesta por El Disenso, la Justicia iniciará una investigación contra Mayra Mendoza por la contratación millonaria a cooperativas de exfuncionarios el municipio de Quilmes. Las cooperativas involucradas son: La Federación de Cooperativas de Trabajo 1 de Mayo Limitada; La Unión de Azul; Progreso y La Estrella.
Según detalla el informe, a través de decenas de contrataciones provenientes de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública de Quilmes, que tenían la firma de la misma Mayra Mendoza que habilitaba las “obras”, se concretó la fuga de más de 530 millones de pesos a estas tres entidades mencionadas, todas las maniobras se dieron entre diciembre de 2020 y febrero de 2022.
Los implicados
Además de la intendente de Quilmes, también están señalados algunos exfuncionarios.
Sebastián Raspa: Exsubsecretario de Hábitat del municipio, renunció a su cargo el lunes pasado, luego de que se dieran a conocer los hechos y su vinculación. Raspa está vinculado a la Cooperativa La Estrella.
Martín Bordalejo: Abogado, exfuncionario de Quilmes, Bordalejo fue denunciado por ser el titular de sociedades y cuentas offshore, según la información revelada por el portal El Disenso.
Las cooperativas contratadas por la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obra Pública fueron consultadas para brindar servicios de: Recolección de basura, puesta en valor y embellecimiento de los espacios públicos, fumigación y control de plagas, adquisición de plantas ornamentales y mantenimiento de plazas, entre otros.
Por el momento Mayra Mendoza no hizo aclaraciones públicas al respecto, pero Raspa, uno de los implicados sí, y calificó a las denuncias como “falsas”.
Desde la Intendencia de Quilmes lanzaron un comunicado e indicaron que Mayra “se presentó ante la Justicia para pedir que se investigue la denuncia de un portal periodístico que pretende divulgar información falsa y maliciosa”. Y agregaron, “se ha realizado una presentación ante el Juzgado Federal de Quilmes, competente por materia y territorio, para que se inicie la respectiva investigación judicial en procura de la determinación de lo sucedido, a los efectos de despejar todo intento de difamar esta gestión municipal y sus funcionarios y funcionarias”.
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El diputado de la Ciudad de Buenos Aires, Eugenio Casielles, utilizó sus redes sociales para expresar su rechazo al Decreto 4/2025, mediante el cual el Gobierno extendió la vigencia del Fondo Nacional de Turismo hasta el 31 de diciembre de 2027. Este fondo, financiado principalmente por un impuesto del 7 % sobre los pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior, quedó bajo la gestión del Secretario de Turismo, Ambiente y Deporte, Daniel Scioli.
En un posteo en la red social X, Casielles apuntó directamente contra Scioli y el decreto: “En 2005, cuando Scioli era vicepresidente de Néstor Kirchner, nació este fondo. Ahora se lo prorrogó por decreto, se continuó un impuesto nefasto como el que grava los pasajes y se legisló al mismo tiempo inconstitucionalmente en materia tributaria por vía de un DNU. ¿A quién le llegó lo recaudado? A Scioli. No hay remate. Más kirchnerista no se pudo”.
El Fondo Nacional de Turismo se creó en 2005 con la Ley Nacional de Turismo N° 25.997, que buscó fomentar y regular la actividad turística. Desde su creación, se renovó en dos oportunidades. Esta última extensión, concretada mediante decreto, amplió su vigencia hasta 2027 y aseguró la continuidad de la recaudación del impuesto del 7 % sobre los pasajes al exterior. Dicho tributo gravó boletos aéreos, marítimos y fluviales con destino internacional y fue percibido por las aerolíneas al momento de la compra. La medida también abarcó ciertos servicios conexos relacionados con actividades turísticas, ampliando así su impacto en el sector.
Los fondos recaudados se destinaron a proyectos de infraestructura turística, campañas de promoción nacional e internacional, y al impulso del turismo interno. Ejemplos de estos proyectos incluyen la modernización de rutas hacia destinos clave, la creación de circuitos sostenibles y la capacitación para profesionales del sector. Sin embargo, la decisión generó controversias, dado que la extensión del impuesto se realizó a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), algo que expertos como César Litvin consideraron inconstitucional: “Ningún impuesto pudo ser establecido o prorrogado por decreto. Tuvieron que promulgarse leyes para volver a instaurarlo”, afirmó el CEO de Estudio Lisicki, Litvin & Asociados.
Las aerolíneas también expresaron su rechazo, argumentando que este tributo encareció los pasajes internacionales en un contexto donde el impuesto PAIS ya se eliminó para aliviar los costos de viajar al exterior. Las asociaciones del sector señalaron que la acumulación de tasas impositivas dificulta la competitividad frente a otros mercados internacionales. A pesar de las críticas, desde el Gobierno defendieron la medida, destacando que el turismo fue clave para el desarrollo económico y social del país. Según fuentes oficiales, la recaudación del Fondo Nacional de Turismo permitió la generación de más de 15.000 empleos directos y el fortalecimiento de destinos emergentes en provincias como Jujuy, Misiones y Neuquén.
En los primeros días de la intervención del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER), los interventores MarianoGallegos y MarinaAlegre revelaron serias irregularidades en la gestión del organismo.Los hallazgos preliminares indicaron una deuda acumulada de $43.000 millones, sueldos de hasta $16 millones para funcionarios, y un déficit operativo mensual de $3.000 millones.
La auditoría determinó que la deuda del IOSPER ascendió a más de $43.000 millones, cifra que duplica los $21.000 millones reportados anteriormente por el ex presidente Fernando Cañete. Este desbalance expuso inconsistencias en la gestión financiera y la falta de claridad en los informes previos. El 56% de esa suma correspondió a gastos en medicamentos, reflejando problemas en la negociación y adquisición de insumos. Este nivel de endeudamiento comprometió seriamente la capacidad de la obra social para mantener sus prestaciones.
Además, los interventores identificaron una práctica irregular en la que los miembros del directorio desdoblaron sus salarios para ocultar sus ingresos reales. El caso más grave involucró al ex presidente, quien percibió $16 millones mensuales a través de una doble liquidación no registrada oficialmente. Esta práctica se replicó en al menos 25 casos más, lo que subrayó la falta de transparencia y el abuso de los recursos de la institución.
Se detectaron incrementos arbitrarios en los aranceles prestacionales, como un aumento del 15% aprobado por la gestión saliente, que habría generado un déficit mensual adicional de $1.000 millones. Los interventores anularon esta medida debido a la falta de documentación que la justificara.
En cuanto al uso de recursos materiales, destacó el caso de un gerente que utilizó vehículos oficiales para trasladarse semanalmente entre Corrientes y Paraná, generando un gasto de $10 millones en transporte y hospedaje. También se reportaron sobreprecios en servicios menores, como el lavado de autos oficiales, cuyos costos superaban ampliamente los precios de mercado. En algunos casos, incluso se pagaron servicios de televisión por cable para oficinas que no contaban con televisores.
Otra irregularidad destacada fue la falta de aplicación de descuentos ofrecidos por proveedores de medicamentos, lo que generó un sobrecosto de $1.700 millones. Esto evidenció una negligencia administrativa que afectó directamente la capacidad para optimizar recursos.
El golpe a los afiliados
Los afiliados, organizados en la Asociación en Defensa de los Derechos de los Afiliados (ADDA), expresaron su apoyo a la intervención decretada por el gobernador Rogelio Frigerio el 10 de diciembre.Norma Radichi, representante de ADDA, destacó la urgencia de una investigación profunda que abarque varios años de gestión: “Estas irregularidades afectaron directamente nuestras prestaciones y generaron demoras intolerables”, señaló.
Entre los problemas mencionados por los afiliados se incluyeron retrasos significativos en tratamientos para enfermedades graves, como cáncer y enfermedades crónicas, que requieren una atención continua. La falta de entrega oportuna de medicamentos de alto costo llevó a muchos pacientes a interrumpir sus terapias, poniendo en riesgo su salud y calidad de vida. Algunos afiliados reportaron esperas de hasta seis meses para autorizaciones críticas.
Debido a estas demoras, un alto número de afiliados recurrió a la judicialización de sus casos mediante amparos, un mecanismo que, aunque efectivo para garantizar el acceso a los servicios, incrementó los costos operativos de la obra social. Según datos proporcionados por los interventores, estos amparos significaron un gasto financiero considerable y generaron una sobrecarga administrativa que dificultó la atención de otros casos.
Radichi enfatizó que estas fallas en la gestión no solo perjudicaron a los afiliados: “Muchos de nosotros hemos perdido la fe en la capacidad del IOSPER para garantizar nuestras necesidades de salud. Es imperativo que esta intervención no solo resuelva los problemas actuales, sino que siente las bases para una administración más eficiente y humana”, afirmó.
“La eficiencia administrativa es esencial“
Los interventores afirmaron que trabajan en un esquema de distribución de fondos más equitativo, que priorice el pago a prestadores y garantice la continuidad de los servicios médicos. “No hay prestadores privilegiados. Eso se terminó”, declaró Gallegos. La redistribución de recursos buscará asegurar que cada peso invertido beneficie directamente a los afiliados, dejando de lado las prácticas clientelistas detectadas en la gestión anterior.
Un aspecto clave en su estrategia será la mejora de los controles administrativos. Alegre explicó que planean implementar sistemas de monitoreo en tiempo real para las contrataciones y compras de insumos, con el objetivo de evitar sobreprecios y reducir los tiempos de aprobación. Esto incluye la creación de una unidad especializada en auditorías internas que supervisará cada transacción significativa. “La eficiencia administrativa es esencial para garantizar que los recursos se utilicen de manera óptima”, agregó Alegre.
Otro de los objetivos prioritarios será la reducción de los amparos judiciales, que actualmente representan una carga económica y administrativa significativa. Para abordar este problema, los interventores trabajan en la creación de un sistema de respuesta rápida para solicitudes de prestaciones críticas, evitando que las demoras lleven a la judicialización. Además, planean establecer un canal directo de comunicación con los afiliados para atender reclamos de manera más eficiente y transparente.
Gallegos ejemplificó esta problemática con el caso de una prestación que inicialmente costaba $200.000, pero que, debido a demoras administrativas, escaló a $7 millones tras judicializarse. “No solo es un gasto innecesario, sino que también refleja una falla estructural que debemos corregir con urgencia”, señaló. Alegre añadió que la eliminación de burocracias innecesarias será clave para restaurar la confianza de los afiliados en el sistema.
Por último, los interventores destacaron la importancia de renegociar los acuerdos con proveedores para obtener mejores condiciones en la compra de medicamentos e insumos médicos. Según estimaciones preliminares, estas medidas podrían ahorrar al IOSPER cientos de millones de pesos anuales, recursos que se reinvertirán en mejorar las prestaciones y reducir los tiempos de espera.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24 de la Capital Federal condenó este viernes a Ezequiel Guazzora a 10 años y 6 meses de prisión por el abuso sexual de una adolescente en 2023, en un domicilio del barrio porteño de Caballito. Además, la madre de la menor fue sentenciada a 10 años de prisión como cómplice necesaria en los hechos. Ambos fueron declarados culpables de uno de los casos más conmocionantes de los últimos años en el ámbito judicial argentino.
El tribunal, compuesto por los jueces Maximiliano Dialeva Balmaceda, Marcelo Roberto Alvero y Javier Esteban de la Fuente, declaró a Guazzora culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves y resistencia a la autoridad. La pena fue unificada con una condena previa de 3 años dictada por el Tribunal Oral Federal N°3 en 2021, resultando en una sentencia única de 12 años de prisión.
En consonancia con lo solicitado por la fiscalía, el tribunal dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y registre el perfil genético de Guazzora en el Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley N°26.879, que regula el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Este procedimiento busca garantizar que individuos condenados por delitos sexuales sean adecuadamente identificados en el futuro.
La investigación se originó tras una denuncia de la Organización No Gubernamental Red Alto al Tráfico y la Trata (RATT) de Argentina ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Según los detalles revelados en el juicio, Guazzora ofrecía dinero, drogas u otros bienes a la madre de la adolescente a cambio de permitirle mantener relaciones sexuales con la menor. La gravedad del caso se incrementa al considerar que los actos fueron planificados y ejecutados con frialdad y premeditación.
La madre fue detenida el 13 de agosto de 2023 en una escuela de la avenida Belgrano al 1300, durante las elecciones PASO, mientras que Guazzora estuvo prófugo por más de dos meses. Fue localizado en octubre por la Secretaría de Captura de Prófugos (SeCaP) en una vivienda del partido bonaerense de Merlo. La captura de Guazzora marcó el fin de una intensa búsqueda liderada por la Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (UFECRI), a cargo del fiscal José María Campagnoli.
El juicio oral comenzó el 11 de septiembre y estuvo a cargo de la Fiscalía N°15, representada por la fiscal general Ana Helena Díaz Cano y el auxiliar fiscal Leandro D’Ascenzo. Durante el proceso, se presentaron pruebas clave, como mensajes en los que Guazzora solicitaba menores para mantener relaciones sexuales y transferencias bancarias realizadas a la madre de la víctima. Estos mensajes incluyeron también detalles sobre el pago de 100 mil pesos por un “encuentro íntimo” con la adolescente. Además, se ponderó el testimonio de la adolescente y su identificación del lugar del abuso, que resultaron determinantes para la condena.
Según la acusación, entre marzo y abril de 2023, la madre llevó a su hija a la casa de Guazzora, donde éste le habría administrado una sustancia en su bebida que la dejó adormecida, mientras la madre consumía estupefacientes provistos por el condenado. En ese contexto, se produjo el abuso sexual. La fiscalía había solicitado 18 años de prisión para ambos acusados, incluyendo cargos por corrupción de menores, pero el tribunal determinó penas menores.
“Tengo la tranquilidad de que soy inocente de lo que se me está causando. Creo en la Justicia”, declaró Guazzora en sus últimas palabras antes de la sentencia. Sin embargo, los jueces dictaron su condena por unanimidad. Los fundamentos del fallo serán publicados el próximo 6 de febrero. Por otro lado, la defensa de Guazzora ya ha anunciado su intención de apelar la sentencia, argumentando que las pruebas presentadas “no son concluyentes y que existe un sesgo en la interpretación de los hechos”.
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el procesamiento de Eduardo Belliboni, líder piquetero del Polo Obrero, y de otros 16 dirigentes acusados de administración fraudulenta, extorsión y amenazas en el marco de la investigación por el manejo irregular de fondos del programa social Potenciar Trabajo. Con esta decisión, los implicados quedan al borde del juicio oral.
El tribunal, integrado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña, rechazó las apelaciones presentadas por las defensas debido a que no se encontraban debidamente fundamentadas desde el punto de vista federal. En su fallo, los magistrados destacaron que “los recurrentes no lograron demostrar los agravios actuales de tardía o imposible reparación ulterior que les genera la decisión”. Además, subrayaron que los recursos carecían de cuestiones de fondo que ameritaran una revisión por parte del máximo tribunal penal.
La causa, instruida por el juez federal Sebastián Casanello, se centra en el presunto desvío de fondos públicos destinados al programa Potenciar Trabajo. Este programa, implementado por el ex Ministerio de Desarrollo Social, tenía como objetivo principal promover la inclusión social y laboral de los sectores más vulnerables mediante la financiación de actividades productivas, comunitarias y educativas. Sin embargo, la investigación reveló serias irregularidades en su ejecución.
Los dirigentes del Polo Obrero utilizaron parte de esos recursos para financiar actividades partidarias y exigir aportes económicos a los beneficiarios del plan, bajo amenaza de excluirlos del programa. Además, las pruebas recabadas incluyen facturas apócrifas y el uso de empresas fantasma como Rumbos y Coxtex SA, esta última calificada por la AFIP como una “usina de facturas falsas” desde 2020.
Las maniobras también involucraron acuerdos celebrados entre las organizaciones sociales y el ex Ministerio de Desarrollo Social, bajo los cuales se desviaron millones de pesos. Estos fondos, destinados originalmente a mejorar las condiciones de vida de sectores vulnerables, fueron utilizados para actividades ajenas al propósito del programa. En varios casos, las organizaciones actuaban como Unidades de Gestión, intermediarias que recibían y administraban los fondos asignados a los beneficiarios.
“Los acusados manejaron de manera fraudulenta fondos destinados a cubrir necesidades sociales y desviaron el propósito del programa estatal para su propio beneficio, perjudicando al erario público”, afirmó Casanello en su resolución. Además, los dirigentes habrían impuesto condiciones a los beneficiarios del plan, como participar en manifestaciones y movilizaciones, afectando su libertad personal y su patrimonio.
El Ministerio de Desarrollo Social firmó entre 2020 y 2022 al menos cinco acuerdos con organizaciones vinculadas al Polo Obrero, lo que permitió la transferencia de más de 361 millones de pesos. Estos convenios estipulaban que los fondos se destinarían exclusivamente a proyectos comunitarios y productivos. Sin embargo, las auditorías revelaron que gran parte del dinero terminó siendo utilizado para actividades que nada tenían que ver con los fines previstos, como la organización de movilizaciones y la financiación de gastos partidarios.
El procesamiento inicial, dictado en 2022, incluía el delito de administración fraudulenta. Posteriormente, la Cámara Federal porteña agregó los cargos de extorsión y amenazas coactivas, lo que agravó la situación judicial de los imputados, entre quienes también figuran María Isolda Dotti, Gianna Puppo, Elizabeth del Carmen Palma y Gustavo Guillermo Vásquez, entre otros. Los magistrados de Casación ratificaron que estas maniobras representaban un claro abuso de posición dominante sobre personas en situación de vulnerabilidad.
Entre los hechos más paradigmáticos se encuentra el caso deCoxtex SA, una empresa que no tenía sede social ni comercial, carecía de actividad real y presentaba movimientos bancarios inconsistentes. La utilización de esta y otras firmas fantasmas permitió desviar millones de pesos que, según la Justicia, terminaron en las cuentas de la organización. Estos desajustes financieros constituyen pruebas irrefutables de un esquema que utilizaba mecanismos ilegales para apropiarse de fondos públicos destinados a sectores vulnerables.
Las defensas argumentaron que “no existió perjuicio para el Estado”, ya que las arcas públicas no se vieron afectadas, y calificaron la causa como “altamente mediática y estigmatizante”. Asimismo, cuestionaron la validez de las pruebas, incluyendo testimonios de identidad reservada. También alegaron que los procedimientos judiciales vulneraron derechos básicos de los acusados, como el acceso total a las pruebas y el derecho a un juicio justo.
Sin embargo, para la Cámara Federal, las pruebas fueron contundentes: “Las exigencias comprobadas de asistir a movilizaciones constituyen amenazas coactivas, mientras que la obligación de aportar un porcentaje del sueldo recibido del programa se subsume en la figura de extorsión”, afirmaron los jueces. Los magistrados también destacaron que las organizaciones involucradas actuaban como intermediarias en la distribución de los fondos, lo que facilitó la ejecución de estas maniobras fraudulentas.
Tras el rechazo de los recursos, Sebastián Casanello está en condiciones de elevar la causa a juicio oral, una instancia que podría iniciarse tras la feria judicial de enero. Este proceso promete poner bajo la lupa no solo las prácticas del Polo Obrero, sino también la eficacia y los controles del Estado en la administración de los programas sociales.
La Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó al dirigente del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Alejandro Bodart, a seis meses de prisión en suspenso por incitar a la discriminación contra la comunidad judía. El fallo, que revocó una absolución en primera instancia, se produjo por una serie de publicaciones realizadas por Bodart en la red social Twitter en mayo de 2022, donde comparó al “sionismo” con el nazismo y calificó a Israel como un “estado genocida”.
El tribunal, compuesto por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larroca, dictó el fallo por mayoría. Mientras que Larroca sostuvo que las expresiones de Bodart se encontraban amparadas por la libertad de expresión, Mahiques y Franza concluyeron que los mensajes constituían incitación al odio y discriminación.“Bajo el ropaje de críticas legítimas, despliega un arsenal discursivo discriminatorio que contiene una comparación del movimiento político sionista con el nazismo”, afirmó el juez Mahiques en su voto.
La decisión también destacó que las publicaciones de Bodart “niegan el derecho del Estado de Israel a existir y postulan que la comunidad judía ocupa un territorio que le pertenece a otro pueblo”, lo que adquiere “la cualidad discriminatoria por el modo en que se expresan las palabras”. Estas declaraciones, según los jueces, “proporcionan las bases para deslegitimar la existencia de Israel y promueven la afectación de derechos de un grupo vulnerado”.
El fallo de 150 páginas incluye también referencias a la definición de antisemitismo adoptada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), la cual fue incorporada por Argentina en 2020. Esta definición señala que negar el derecho del pueblo judío a la autodeterminación, como sucedió en las publicaciones de Bodart, puede constituir antisemitismo.
Los mensajes que motivaron la denuncia fueron publicados por Bodart en mayo de 2022. En uno de ellos, escribió: “Sionistas=Nazis”, acompañado de un emoticón ofensivo. Días después, publicó: “74 años de la catástrofe que vive el pueblo palestino a manos del Estado racista y genocida de Israel. La llave, símbolo de sus casas y tierras robadas, está presente en cada lucha. Por una Palestina laica y democrática, del río al mar”. La DAIA denunció estas expresiones y solicitó su retractación, algo que Bodart rechazó, acusando a la organización de intentar acallar críticas.
El dirigente también publicó: “El pueblo palestino resiste. Apoyar su heroica lucha es también desnudar las mentiras del sionismo, el imperialismo y sus voceros. Los ataques a quienes defendemos la causa palestina no nos silencian: nos confirman que estamos en lo correcto. El Estado de Israel es genocida”. Estas declaraciones fueron interpretadas por el tribunal como un llamado a la violencia y la hostilidad.
Durante el juicio, testigos de ambas partes aportaron visiones contrapuestas. Representantes de la DAIA y del Centro Simon Wiesenthal calificaron las expresiones como antisemitas y como parte de un discurso de odio. Ariel Gelblung, director del Centro Wiesenthal para América Latina, declaró que “la comparación de sionismo con nazismo es perversa en extremo” y argumentó que dicha analogía distorsiona la historia y banaliza el Holocausto. Según Gelblung, “poner en pie de igualdad a un movimiento de autodeterminación nacional con un proyecto racista de aniquilación es un acto que fomenta el odio”.
En contraste, figuras como Myriam Bregman, Adolfo Pérez Esquivel y Naum Briski defendieron a Bodart, argumentando que sus dichos constituían una crítica política y no un ataque a la comunidad judía.
Bodart anunció que apelárá el fallo hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, calificándolo como un acto de “autoritarismo”. Según sus abogados, la condena aún no tiene carácter definitivo, ya que falta cumplir el doble conforme. “El aparato sionista ha domesticado parte de la justicia para acallar toda crítica al Estado de Israel”, declaró el dirigente en un comunicado.
Por su parte, Ariel Gelblung, del Centro Wiesenthal, sostuvo que el fallo establece un precedente significativo. “Este caso marca un límite claro: la libertad de expresión no puede ser excusa para discursos de odio”, afirmó. Además, subrayó la importancia de incorporar la definición de la IHRA como interpretativa de la Ley Antidiscriminatoria, algo que consideró como un avance clave para prevenir futuros casos similares.
En los próximos meses, se espera que la apelación presentada por los abogados de Bodart, entre ellos María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, abra nuevos debates en instancias superiores. Entretanto, el dirigente continúa defendiendo su postura y cuestionando lo que considera una “persecución política y judicial”.
La Unidad Funcional de Instrucción (UFi) 7 de Mar del Plata, en el marco de la IPP 49.852-24, inició una investigación contra Andrea Calderon Chosgo, una inmigrante boliviana acusada de cometer el delito de abuso sexual agravado contra una niña de 10 años. El caso es representado por el abogado penalista Julio Razona, quien actúa como particular damnificado de la menor afectada.
Los hechos, que ocurrieron hace aproximadamente un mes en la zona de quintas de Sierra de los Padres, provocaron un notable cambio en el comportamiento de la niña.
Según allegados, la víctima dejó de jugar con sus amigos y hermanos, evitó la socialización, y se mostraba extremadamente temerosa y escondida. La hermana mayor de la niña, de 20 años, fue quien primero notó una lesión en el hombro de la menor, inicialmente atribuida a un posible golpe, pero que se reveló como una agresión física perpetrada por la acusada.
La madre de la niña, al revisar el teléfono celular de su hija, descubrió un inquietante intercambio de mensajes y audios a través de WhatsApp entre Andrea Calderon Chosgo, quien trabajaba en la quinta, y la menor.
En estos mensajes, Chosgo no solo reconocía haber tenido un primer contacto sexual con la niña, sino que también manifestaba un “amor” enfermizo, exigía fotos de contenido sexual y amenazaba con suicidarse si no era correspondida. Uno de estos mensajes incluía la frase: “Soy la primera marca en tu vida”.
El doctor Razona presentó estos mensajes a la fiscalía para su incorporación en la investigación, solicitando, además, la detención inmediata de Calderon Chosgo o, al menos, una orden de restricción de acercamiento para proteger a la menor de cualquier posible contacto con su abusadora.
Actualmente, la niña víctima está bajo el cuidado de profesionales especializados en el Hospital Materno Infantil de Mar del Plata, donde ha sido trasladada por seguridad desde su hogar familiar.
La comunidad de Mar del Plata y la opinión pública siguen de cerca este caso, esperando justicia para la menor y una resolución pronta y efectiva por parte de las autoridades judiciales.
En una sesión extraordinaria, el HCD de Escobar aprobó la construcción de un centro comercial con bingo en la Ruta 26. Vecinos denunciaron los impactos negativos en la seguridad y el entorno local.
Coincido, y los intendentes K parece que ya eligieron: siempre van a estar del lado de la mala política, en contra de la gente, aumentando tasas y tratando de obstaculizar el exitoso proceso de baja de inflación. https://t.co/aIZWqEbg7v