EN PROBLEMAS | La justicia falló en contra de Yañez y ahora tiene 15 días para explicar sus gastos millonarios

Tras la presentación de la diputada Karina Banfi, la Cámara en lo Contencioso Administrativo ratificó el fallo de base. Ante esto, la primera dama tendrá dos semanas para explicar su utilización de fondos públicos.
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La batalla judicial entre la primera dama, Fabiola Yáñez y aquellos que exigen conocer sus gastos durante la pandemia por coronavirus se inició en julio de 2022, cuando la diputada Karina Banfi celebró el fallo del juzgado Contencioso Administrativo Federal Nro. 6, que ordenó a la secretaría General de la Presidencia explicar el uso de fondos públicos de Yáñez durante el 2020.

Recordemos que, Yáñez en plena pandemia y cuando Fernández amenazó a la gente a que no salga de sus hogares, llevó a cabo la polémica “Fiesta en Olivos” por su cumpleaños. Además, habría contratado amigas personales en roles de “asistentes” y “asesoras”.

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El primer reclamo se llevó adelante ante la Agencia de Acceso a la Información, que sólo brindó datos incompletos. Entre lo que se omitió, se encontraban los informes correspondientes a los ingresos de Federico Abraham, peluquero de Yáñez, y Ariel Alonso Zapata, adiestrador de Dylan, la mascota del matrimonio presidencial, a la Quinta de Olivos.

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Tras aquel fallo de julio de 2022, Yáñez apeló la medida judicial, asegurando sentirse agraviada y pidiendo que las costas sean cubiertas por la propia Banfi. Cosa que fue descartada por la justicia.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 2 aseguró que “no se advierten motivos que justifiquen apartarse del principio objetivo de la derrota, de modo que corresponde rechazar el presente agravio y confirmar la sentencia de grado”. Además, determinó imponer las costas “a la parte vencida”.

La Justicia le dará sólo quince días para transparentar la utilización que haya hecho de fondos públicos y, además, deberá también pagar las costas del nuevo fallo, además de las del anterior.

Fuente: Realpolitik

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La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

La AFA le vendió la imagen de la Selección por 645 mil dólares a un empresario israelí que admitió haberle mentido al fisco

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) quedó nuevamente en el centro de una controversia por sus negocios internacionales. Una investigación reveló que la entidad presidida por Claudio “Chiqui” Tapia celebró acuerdos comerciales por al menos $645.000 dólares con sociedades vinculadas a Gilad Somjen, un empresario israelí con antecedentes judiciales relacionados con declaraciones falsas ante las autoridades fiscales de Israel y una demanda colectiva en Estados Unidos.

Lo más importante de la investigación no es solamente el pasado judicial del empresario, sino el recorrido del dinero que debía recibir la AFA por permitir que determinadas plataformas financieras utilizaran comercialmente la imagen de la Selección Argentina.

Los documentos publicados indican que el patrocinador recibió instrucciones para realizar los pagos a empresas intermediarias radicadas en Estados Unidos y, posteriormente, a una sociedad establecida en Dubái, en lugar de transferir directamente el dinero a una cuenta a nombre de la asociación.

La información surgió de un relevamiento riguroso de los periodistas Hugo Alconada Mon, Nicolás Pizzi e Ignacio Grimaldi, complementada con antecedentes judiciales estadounidenses, publicaciones israelíes y registros societarios británicos.

Se logró recabar que entre diciembre de 2025 y julio de 2026, la AFA emitió tres facturas por un total de $645.000 dólares correspondientes a acuerdos de patrocinio con sociedades vinculadas al Gilad Somjen. El primer contrato, firmado en diciembre de 2025, contemplaba un pago de $400.000 dólares a la empresa Snow Media Limited, que actuaba por cuenta de Trade Match Limited, firma de Seychelles vinculada a Hedg.com. Mientras que siete meses después, en medio de las negociaciones para ampliar el vínculo comercial, la entidad emitió una nueva factura por $245.000 dólares en pagaderos a Mood Euro Management LLC.

Gilad Somjen es un empresario israelí vinculado a negocios financieros, tecnológicos y de patrocinio deportivo. Fue uno de los fundadores de 24Option, una plataforma que ofrecía operaciones con opciones binarias y que patrocinó a la Juventus de Italia entre 2014 y 2019.

— Gilad Somjen, conocido por su actividad en los sectores del marketing digital y servicios financieros en línea

Las opciones binarias son operaciones especulativas en las que una persona apuesta, en términos simples, a que el precio de un activo estará por encima o por debajo de determinado nivel en un momento concreto. Pueden provocar la pérdida completa del dinero comprometido y han generado numerosos cuestionamientos regulatorios por sus riesgos y por prácticas comerciales abusivas.

En 2016, Somjen y otros responsables de 24Option llegaron a un acuerdo de culpabilidad por presentar información falsa ante las autoridades fiscales israelíes. Según los antecedentes publicados por el medio económico israelí Calcalist, la maniobra estaba vinculada a ingresos de millones de dólares generados entre 2010 y 2012 que no habían sido correctamente declarados.

La acusación describía una estructura de sociedades registradas en jurisdicciones extranjeras que, formalmente, aparentaban desarrollar sus actividades fuera de Israel. Sin embargo, las decisiones y el control real de esas compañías se ejercían desde territorio israelí.

El propósito atribuido por la fiscalía era evitar obligaciones tributarias. El acuerdo contemplaba penas a cumplir mediante trabajos de servicio, multas personales y pagos a la autoridad fiscal. Estos antecedentes también fueron reconstruidos por el medio de The Times of Israel.

Lo importante de esto para la AFA, es que cuando una organización firma un contrato internacional de cientos de miles de dólares, debería evaluar quién controla realmente la sociedad contratante, cuál es su historial y si existen riesgos legales o financieros.

La demanda colectiva en Estados Unidos

Cloud With Me —el nombre anterior de Snow Media—, Somjen y Asaf Zamir fueron demandados en 2018 ante el Tribunal Federal del Distrito Oeste de Pensilvania por la oferta de tokens CLD. Los demandantes alegaron violaciones de la legislación federal de valores y sostuvieron que los tokens habían sido vendidos sin el registro correspondiente. El aviso judicial delimitó la clase a quienes adquirieron esos activos directamente mientras estaban en Estados Unidos entre el 25 de julio de 2017 y el 19 de junio de 2018.

El expediente terminó mediante un acuerdo de $165.000 dólares, aprobado definitivamente el 26 de julio de 2022 por el juez federal Mark Hornak.. El documento judicial es explícito al esclarecer que el tribunal no resolvió el fondo a favor de ninguna de las partes, los demandados negaron responsabilidad y el acuerdo no constituyó una admisión de ilícito.

Por eso, no corresponde presentar esto como una condena. Sí constituye información relevante para el perfil de riesgo, donde hubo litigio federal por una oferta de criptoactivos, se registraron situaciones procesales de default contra los demandados y finalmente se pagó para extinguir las reclamaciones de la clase, aunque sin determinación judicial de responsabilidad.

— Los cofundadores de la empresa Cloud With Me (ahora conocida como Snow Media), Gilad Somjen y Asaf Zamir

Es importante precisar que se trató de una demanda civil resuelta mediante un acuerdo, sin admisión de responsabilidad, y no de una condena penal contra Somjen. Los antecedentes del caso están registrados en la base de litigios de valores de la Universidad de Stanford y en el expediente federal Balestra v. Cloud With Me Ltd.

El 12 de diciembre de 2025, la AFA aceptó una propuesta comercial presentada por Snow Media Limited, una sociedad registrada en Irlanda del Norte. La compañía actuaba en representación de Trade Match Limited, una firma radicada en Seychelles que opera la plataforma financiera Hedg.com.

Mediante el acuerdo, AFA concedió a Hedg.com derechos de patrocinio sobre las selecciones nacionales en Medio Oriente y África, a cambio de $400.000 dólares. Sin embargo, las facturas emitidas por la AFA establecían que el dinero debía transferirse a cuentas de dos sociedades intermediarias, en lugar de depositarse directamente en una cuenta de la asociación.

— Honorable Mark R. Hornak, juez federal de distrito en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Occidental de Pensilvania

De ese monto, $280.000 dólares debían dirigirse a TourProdEnter LLC, una empresa vinculada al productor teatral Javier Faroni y Erica Gillette, mientras que los $120.000 dólares restantes tenían como destinataria a CAE Services LLC, una sociedad constituida en el estado estadounidense de Wyoming.

¿Por qué aparecen Javier Faroni, TourProdEnter y CAE Services?

Aquí comienza la parte más delicada de la investigación. Faroni es un productor y empresario argentino cuya firma TourProdEnter LLC mantenía una relación comercial con la AFA desde diciembre de 2021, y conforme a contratos difundidos por la compañía obtuvo facultades para representar comercialmente a la asociación fuera del país y cobrar ingresos derivados de acuerdos internacionales.

En ese contrato se establecía una comisión del 30% sobre ingresos comerciales, junto con otro 10% vinculado a determinadas tareas logísticas. Además, en octubre de 2025, la conducción de Tapia amplió anticipadamente la relación contractual hasta 2030 y extendió las facultades de la empresa. El problema es que TourProdEnter quedó involucrada en investigaciones sobre el manejo de fondos internacionales de la AFA.

— El empresario argentino Javier Faroni habría participado del enlace entre la AFA y el empresario isaraelí

En julio de 2026, la agencia EFE informó sobre una investigación estadounidense referida a operaciones comerciales y financieras de la firma. Entre las hipótesis examinadas figuraban posibles conductas de lavado de activos y fraude bancario. Se trataba de sospechas bajo investigación, no de delitos ya probados.

La segunda sociedad que debía percibir dinero, CAE Services LLC, agrega un elemento distinto. Esta empresa estaba registrada en Wyoming y figuraba vinculada en documentación societaria de 2024 a Juan Schreiber, un empresario de Bariloche. Schreiber había sido señalado como una persona involucrada en la organización de sociedades estadounidenses utilizadas para canalizar fondos vinculados a la AFA. Los periodistas reconstruyeron conexiones con empresas que habrían intervenido en operaciones por al menos $41.9 millones de dólares. Las sociedades fantasma por donde se canalizó el dinero ya fueron cerradas, pero quedaron las huellas de la ruta del dinero.

La conexión no permite concluir automáticamente que los $120.000 dólares del patrocinio con Somjen fueran ilícitos. Lo que hace es volver relevante la pregunta sobre por qué CAE Services era una destinataria del contrato y qué prestación justificaba recibir esa cantidad.

— El DJ, productor musical argentino y el reclutador de testaferros que canalizaron fondos de la AFA, Juan Schreiber

También existe una particularidad numérica. Los $280.000 dólares destinados a TourProdEnter equivalían al 70% del acuerdo inicial y los $120.000 dólares dirigidos a CAE Services, al 30%. Asimismo, no sería correcto asumir que esos $120.000 dólares correspondían a la comisión histórica del 30% que percibía TourProdEnter. La documentación citada no explica que esa fuera su naturaleza.

Solo siete meses después, durante el Mundial, surgió una nueva negociación. El 14 de julio de 2026 se fechó un borrador de modificación contractual que planteaba extender la relación hasta el 31 de julio de 2027 e incorporar una segunda plataforma financiera, Evest.com. La relación entre Evest y la AFA ya tenía presencia pública. El 28 de enero de 2026, la propia asociación informó sobre un evento conjunto celebrado en el Burj Khalifa de Dubái, que presentó como parte de su estrategia de expansión comercial internacional.

— Faroni junto a su esposa, Érica Gillette. Ambos se encuentran investigados por el supuesto desvío y uso indebido de fondos de la AFA

El borrador de julio presenta dos inconsistencias que merecen atención. La primera es económica. La versión en inglés menciona $450.000 dólares, mientras que la versión en español consigna $275.000 dólares. Son $175.000 dólares de diferencia en un documento comercial que debería expresar obligaciones claras. La segunda es contractual, siendo que el texto contempla exclusividad para determinadas marcas, pero también reconoce que la AFA tenía acuerdos con otros patrocinadores del sector financiero, como PU Prime, MiTrade y XTrend.

La factura de $245.000 dólares

Ese mismo 14 de julio, la AFA emitió una factura por $245.000 dólares vinculada al patrocinio de la marca de trading Hedg.com. Lo novedoso fue el destinatario del pago. En lugar de las cuentas utilizadas en diciembre, la factura indicaba que el importe debía dirigirse a Moon Euro Management LLC, una sociedad de Dubái.

En junio de 2026, la entidad comunicó a sus contrapartes que había designado a esa sociedad como nuevo agente oficial de recaudación, con efectos para contratos celebrados desde el 18 de mayo. Pero Moon Euro Management era una compañía de reciente creación y su licencia comercial había sido registrada el 5 de mayo de 2026, y no se identificaba públicamente a sus propietarios o principales ejecutivos.

Aunque tenía domicilio en Dubái, la cuenta bancaria indicada para recibir pagos de la AFA estaba radicada en Grove Bank & Trust, en Miami. La explicación comercial podría ser que la AFA necesitaba una estructura internacional para percibir ingresos de patrocinadores extranjeros y afrontar gastos fuera de Argentina, especialmente por las restricciones cambiarias que existieron durante los años anteriores.

Pese a ello, la existencia de esa justificación no elimina la duda de explicar qué servicios prestó el intermediario, cuáles fueron sus comisiones, quiénes eran sus beneficiarios finales y cómo se contabilizaron los ingresos.

El documento de julio utilizaba como dirección de la AFA su sede histórica de Viamonte 1366, en la Ciudad de Buenos Aires. Pero la asociación había defendido ante la Justicia el traslado de su sede social a Mercedes 1366, en Pilar, provincia de Buenos Aires. La disputa es importante porque el lugar de radicación legal determina qué organismo provincial o nacional ejerce determinadas facultades de fiscalización societaria.

El 18 de junio de 2026 la Cámara Nacional en lo Civil avaló el traslado a jurisdicción bonaerense y dejó sin efecto medidas de la Inspección General de Justicia vinculadas al control de la entidad. Aún con eso, las comunicaciones comerciales internacionales continuaron utilizando Viamonte como domicilio registrado. Esto constituye una inconsistencia documental relevante para investigar.

Aún así continúa sin estar suficientemente aclarado cuál es el destino final de los pagos del patrocinio. Ni Somjen ni la AFA respondieron las consultas enviadas antes del cierre de esa investigación.

Presentaron un pedido formal de información sobre la salud mental del Presidente

La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) presentó ayer un pedido de acceso a la información pública para que el Gobierno informe si el presidente Javier Milei cuenta con alguna evaluación que acredite su aptitud psicofísica y psíquica para ejercer el cargo. La solicitud, amparada en la Ley de Acceso a la Información Pública, llegó por escrito a la Jefatura de Gabinete que encabeza Diego Santilli.

La nota, firmada por el secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, en representación de la organización, se dirigió al responsable de Acceso a la Información Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros, Presidencia de la Nación. El propio sindicalista la difundió en sus redes sociales.

El escrito recordó que el Estado tiene un plazo de 15 días para responder. Sin embargo, desde el Gobierno ya trascendió que no contestarán el requerimiento.

Punto por punto, qué pidieron

En primer lugar solicita a la Presidencia y a la Jefatura de Gabinete que informen si existe en relación con Milei “algún examen, junta médica, certificado, dictamen o protocolo que haya evaluado su aptitud psicofísica y/o psíquica”.

En caso de que esa evaluación exista, el gremio reclamó que “se informe fecha de realización, organismo u profesional interviniente y resultado (“apto/no apto” o equivalente), sin requerirse el detalle clínico, diagnóstico u otros detalles de la historia”.

El segundo punto apunta a las reglas de juego. ATE pidió saber si hay alguna normativa, protocolo o reglamento que establezca controles periódicos de aptitud psicofísica y psíquica para el Presidente y, si la respuesta es afirmativa, que se entregue una copia.

Por último, el sindicato previó un posible rechazo. Si el Gobierno decide negar total o parcialmente la información, la negativa deberá presentarse por escrito y con fundamentos, con indicación precisa de qué excepción de la Ley de Acceso a la Información Pública invoca y con la aplicación del correspondiente test de daño e interés público.

El documento también contempló un escenario adicional. Si no existe ningún tipo de examen o apto médico realizado a Milei, Aguiar exigió que se lleve a cabo para constatar si el Presidente se encuentra en pleno uso de sus facultades psicofísicas para desempeñar el cargo.

La presentación aclaró que el gremio no requiere información reservada, como la historia clínica o los antecedentes médicos del mandatario. Lo que pide es conocer si Milei está “apto o no apto”, si existen organismos que evalúen su aptitud psicofísica, tal como ocurre con todos los trabajadores del Estado, y si alguna norma prevé esas evaluaciones.

Para respaldar el pedido, ATE citó declaraciones públicas sobre presuntos problemas mentales del Presidente. Entre ellas figuran las del periodista Nelson Castro, el exdiputado Facundo Manes, la vicepresidenta Victoria Villarruel, el diputado Jorge Araujo Hernández y las de varios psicólogos.

“Acá se controla a los trabajadores”

En su publicación, Aguiar fue tajante. “Los desequilibrios mentales del Presidente son muy evidentes. No hace falta ser un profesional de la medicina para saber que padece algún tipo de psicosis, y su salud no es exclusivamente privada cuando la misma está vinculada a la capacidad para ejercer su cargo”, sostuvo.

El dirigente basó parte del reclamo en la diferencia entre las exigencias que enfrentan los estatales para ingresar a la administración pública y la falta de controles sobre la máxima autoridad política del país. “Es inaceptable que los empleados públicos para nuestro ingreso tengamos que cumplir numerosos requisitos y uno de ellos sea atravesar un examen médico preocupacional, y que este no sea obligatorio para quien es la máxima autoridad política y administrativa del Estado”, remarcó. Y agregó: “Acá se controla a los trabajadores y no a quienes los tienen que dirigir. ES UNA JODA”.

Aguiar se anticipó a las críticas. “Esperamos que nadie se alarme ni nos llamen golpistas o destituyentes, porque no buscamos acceder a ninguna información médica privada ni a datos sensibles, solamente conocer si se encuentra apto para ejercer tan alta función”, aclaró. Luego advirtió sobre el alcance de una eventual respuesta negativa: “Si no lo fuera, las consecuencias jurídicas serían gravísimas y la mayoría de sus actos debieran ser declarados nulos”.

En paralelo con el trámite administrativo, ATE anunció que impulsará una iniciativa legislativa para que, a partir de las elecciones de 2027, todos los candidatos a cargos electivos estén obligados a realizarse un examen psicofísico preocupacional antes de la presentación de listas.

“Tenemos que avanzar en una iniciativa legal que permita exigir también exámenes psicofísicos a los cargos electivos a partir del año que viene”, propuso Aguiar. El titular del gremio estatal cerró con una advertencia: “Esta presidencia de Milei nos enseñó que la psicosis y el delirio de un candidato en la campaña se pueden camuflar. No nos puede volver a pasar”.

Investigan un hecho de corrupción en las Fuerzas Armada que habría desviado más de $900 millones entre 2022 y 2026

La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.

El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.

La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.

— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)

Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.

El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.

Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.

— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas

También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.

Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.

También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.

A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.

El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado. Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.

Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.

— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo

Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.

“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.

La teniente que dijo que no

El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.

A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.

Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.

La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.

El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.

A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.

Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.

El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.

Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.

La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.

Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.

Los principales acusados

El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.

Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.

A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.

Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.

Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.

La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.

No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.

La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.

El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.

Piden indagar a un exdiputado de La Cámpora por usar a dos asesores pagados por el Congreso para ensuciar rivales desde cuentas anónimas de TikTok

El exdiputado nacional por la provincia de Salta Emiliano Estrada, dirigente vinculado a La Cámpora y exintegrante del bloque de Unión por la Patria (UxP), enfrenta una investigación judicial por una presunta utilización indebida de recursos del Estado para desarrollar campañas de desprestigio contra dirigentes políticos, empresarios y periodistas.

Todo se produjo cuando el fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que cite a Estrada a declaración indagatoria por el presunto delito de “haber utilizado trabajos o servicios pagados por la administración pública en provecho propio”.

En actuaciones anteriores, la defensa sostuvo que la imputación era vaga o imprecisa y planteó la inmunidad de opinión parlamentaria del artículo 68 de la Constitución. La Cámara Federal de Casación rechazó en noviembre de 2025 una impugnación contra el avance del pedido de desafuero que se había originado por la falta de comparecencia de Estrada.

— El fiscal federal Guillermo Marijuan

La acusación sostiene que, mientras ocupaba una banca en la Cámara de Diputados de la Nación, Estrada habría empleado a dos asesores remunerados con fondos públicos, cuyos salarios pagaba el Congreso de la Nación, para producir videos y administrar cuentas anónimas de TikTok destinadas a perjudicar a sus adversarios.

La hipótesis de la Fiscalía es que existió una estructura de producción y distribución de contenidos políticos que funcionaba bajo las órdenes del entonces diputado. Según la acusación, durante el mandato de Estrada como diputado nacional por Salta, sus asesores Florencia Arias Bustamante y Javier Alonso Allemand habrían producido y difundido videos desde cuentas anónimas en redes.

Entre los nombres mencionados en las actuaciones y en la cobertura aparecen las cuentas de “La Casta Salteña”, “La Casta de Sáenz”, “Informante Salta” y “Casta Salta”. El contenido se dirigía contra funcionarios, empresarios y comunicadores salteños, y algunas publicaciones vinculaban al gobierno provincial con el narcotráfico. A diferencia de lo que ocurrió con sus dos exempleados involucrados, Estrada no ha recibido una condena por estos hechos hasta el momento. La solicitud del fiscal tampoco equivale a un procesamiento ni a una declaración judicial de culpabilidad.

— Florencia Arias Bustamante, la fotógrafa señalada como uno de los presuntos operadores del exdiputado nacional Emiliano Estrada

El punto jurídico más importante tampoco es simplemente que se hayan difundido noticias falsas. La hipótesis de Marijuán es que Estrada, cumpliendo como funcionario habría empleado trabajo financiado por el Estado para obtener un beneficio político propio, conducta que el segundo párrafo del artículo 261 del Código Penal denomina peculado de trabajos o servicios.

Dicho de manera sencilla, si un diputado paga de su bolsillo a un equipo para hacer propaganda agresiva o difundir falsedades, pueden aparecer otros problemas civiles o penales según el contenido, pero no necesariamente peculado. Si ordena esa tarea a empleados pagados por el Congreso, el salario público y el tiempo laboral de esas personas pasan a ser el recurso estatal presuntamente desviado.

No se trataba de una tarea de comunicación institucional identificada como proveniente del despacho del diputado. Se operó mediante perfiles sin autoría política visible, con videos considerados falsos y con el objetivo de perjudicar adversarios, especialmente figuras relacionadas con el gobernador Gustavo Sáenz, enfrentado políticamente con Estrada.

— Alonso Javier Allemand, señalado como el operador técnico de la campaña en TikTok, y quien habría trabajado bajo instrucciones de Estrada

Particularmente Bustamante y Allemand reconocieron su intervención en un juicio abreviado realizado en Salta. En mayo de 2025 fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional, además de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como partícipes secundarios de intimidación pública en la Municipalidad de Cerrillos encabezada por el intendente Enrique Borelli.

La “prisión de ejecución condicional” significa que, en principio, no cumplen la pena dentro de una cárcel, siempre que respeten las reglas impuestas y no incurran en circunstancias que permitan revocar ese beneficio. El juicio abreviado supone que los acusados aceptaron los hechos y la responsabilidad acordada con la acusación, pero esa admisión no reemplaza automáticamente la necesidad de probar la responsabilidad personal de Estrada.

La causa tuvo una trayectoria compleja entre la justicia salteña y la federal. La investigación original examinó la producción y difusión de los videos y derivó en las condenas abreviadas de los dos asesores. Posteriormente surgió en Comodoro Py un expediente centrado en el posible uso de recursos pagados por el Congreso.

Tras conflictos de competencia, la investigación federal por el uso de fondos y personal legislativo quedó bajo el Juzgado Federal N.º 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Casanello. La Corte Suprema fue informada sobre la controversia territorial, pero no resolvió el fondo porque la cuestión de competencia ya había quedado superada. La causa provincial y la investigación federal continuaron por sus respectivos objetos.

La prueba relevante

El elemento más comprometedor que trascendió son las declaraciones de los dos colaboradores. En el acuerdo abreviado dijeron que seguían instrucciones directas del diputado y entendían la producción de esos contenidos como parte de sus responsabilidades laborales. Otras reconstrucciones del expediente señalan que Estrada habría enviado lineamientos o guiones y aprobado los videos antes de su publicación.

Esto es importante por dos razones. Primero, conecta la operación digital con personas contratadas por la Cámara de Diputados. Segundo, intenta atribuir la conducción de la maniobra a Estrada y no solamente una actuación autónoma de sus subordinados. Sin embargo, la declaración de coimputados o partícipes interesados debe ser confrontada con elementos independientes.

El artículo 261 del Código Penal contiene dos variantes. La primera castiga al funcionario que sustrae dinero o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada. La segunda aplica la misma pena al funcionario que utiliza, en beneficio propio o ajeno, trabajos o servicios pagados por una administración pública.

La jurisprudencia reseñada por la Suprema Corte bonaerense explica que esta figura se consuma con la desviación y aprovechamiento del servicio pagado por el Estado y que exige dolo directo. También señala que el autor debe ser el funcionario que está a cargo de quienes prestan esos servicios.

La pena prevista es de dos a diez años de prisión y inhabilitación absoluta perpetua. Ese es el marco legal abstracto. No anticipa una pena concreta, porque para llegar a ella primero tendría que haber procesamiento o una decisión equivalente, acusación, juicio, condena firme y determinación individual de la sanción.

No obstante, en Argentina no existe un delito general que castigue cualquier mentira difundida en redes. El derecho penal requiere que la conducta encaje en una figura específica. En este caso, la falsedad y el anonimato describen el tipo de trabajo que presuntamente se encargó, pero el núcleo del peculado sería quién pagó indirectamente ese trabajo y para qué fue usado. La ilicitud que plantea Marijuán consiste en convertir recursos humanos del Congreso en una herramienta clandestina de conveniencia partidaria o personal.

En paralelo aparece la figura de intimidación pública, que protege el orden y la tranquilidad colectivos. El artículo 211 vigente castiga el empleo de medios materialmente idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, ya que por eso no toda injuria, falsedad o ataque reputacional constituye automáticamente intimidación pública.

Legislador mileísta pidió ir a la guerra e insultó a los veteranos de Malvinas: “Criticar a Milei es ser funcional a los ingleses”

Nicolás Morzone se mueve por el tablero político platense con la comodidad de quien ha hecho del pragmatismo su principal doctrina. Presidente del bloque del PRO en el Concejo Deliberante local, el abogado de UNLP de 34 años cultiva una lealtad fervorosa hacia el mileísmo que contrasta de manera bochornosa con su archivo reciente.

Nicolás Morzone on X (formerly Twitter): “Algo tan básico en cualquier parte del mundo desarrollado como es volar, parece que en la argentina cada vez mas la clase política (Kirchnerismo + Milei) se empecina en que sea un privilegio para pocos. Hoy se votó otro nuevo impuesto que sigue destruyendo el consumo aeronáutico. / X”

Algo tan básico en cualquier parte del mundo desarrollado como es volar, parece que en la argentina cada vez mas la clase política (Kirchnerismo + Milei) se empecina en que sea un privilegio para pocos. Hoy se votó otro nuevo impuesto que sigue destruyendo el consumo aeronáutico.

Cuando Morzone estaba de acuerdo con criticar a Milei.

Lejos de haber mantenido una línea de coherencia ideológica, el edil transitó el camino inverso: hasta hace poco tiempo, utilizaba sus redes sociales para fustigar con dureza al propio Javier Milei, a quien acusarlo de votar en sintonía con el kirchnerismo.

Cuando Morzone consideraba a Daniel Scioli “el peor gobernador de la historia” y no un buen funcionario del Gobierno Nacional.

Esa flexibilidad para cambiar de trinchera sin escalas le permitió ponerse el traje de cruzado de la ortodoxia presidencial. En su rol autoproclamado de custodio del relato oficial, Morzone adoptó los modismos y las exigencias de pureza ideológica de la nueva fuerza gobernante, olvidando por completo sus propias andanzas de opositor selectivo y preparando el terreno para protagonizar el escándalo legislativo que sacudiría la política bonaerense.

Cuchillo entre los dientes

La metamorfosis discursiva del edil estalló en pedazos durante una sesión ordinaria en el Palacio Municipal, cuando el bloque mileísta y sus aliados pusieron sobre tablas un proyecto de adhesión al mensaje presidencial sobre las Islas Malvinas. Lejos de encuadrarse en los márgenes habituales del debate parlamentario, Morzone monopolizó la discusión con una encendida arenga de tinte belicista que dejó atónito al recinto.

En un contexto de caída de la imagen del oficialismo, embanderado en la repentina centralidad que la Casa Rosada le otorga a la causa soberana, el concejal parafraseó al ex secretario de Estado norteamericano Henry Kissinger para fijar su visión geopolítica: sentado ante su mate de algarrobo, sentenció que la disputa territorial debe darse “con el cuchillo entre los dientes, preparándose para todo, para la máxima instancia”.

Integrantes del CECIM de La Plata.

La escalada verbal no se detuvo en la teoría estratégica: envalentonado por su propio guion, el presidente del bloque PRO remató con una definición que cruzó todos los límites de la prudencia institucional: “Es hora que las Malvinas sean reconocidas como argentinas. Y quiero decirle a los platonistas, a los idealistas, que los derechos no nacen por espasmo, los derechos se conquistan y si hay que ir a la guerra, se irá a la guerra”.

El blanco de su furia dialéctica tuvo nombres y apellidos: el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. Irritado porque los veteranos habían catalogado el anuncio oficial como un acto de “hipocresía extrema” para tapar falencias de gestión, Morzone los increpó directamente desde su banca. Los acusó de haber desnaturalizado el sentido primigenio de la memoria colectiva para, según su óptica, transformarse en una “agrupación kirchnerista” y en una “unidad básica de La Cámpora”, exigiéndoles explicaciones sobre sus posicionamientos partidarios y poniendo en duda su autoridad moral sobre la causa que defendieron en el Atlántico Sur.

Repudio y blindaje

La provocación no tardó en detonar la furia en el recinto legislativo. Desde las bancas del bloque peronista salieron a cruzar al edil oficialista, tildándolo de “cobarde”, “sinvergüenza” y “maleducado” por arremeter contra los veteranos de guerra valiéndose de la inmunidad concedida por su banca. Finalmente, los insultos cruzados obligaron a dictar un cuarto intermedio y trasladaron las agresiones directamente a los pasillos del Palacio Municipal.

Lejos de acusar recibo del papelón institucional, el espacio político de Morzone blindó rápidamente a su alfil a través de un comunicado oficial y de publicaciones en redes sociales donde bajó una línea terminante: sentenció que cualquier definición contraria a la expresada por Javier Milei en materia de Malvinas “es funcional a Inglaterra”, estableciendo así la prohibición de cuestionar al mandatario para no ser “pro-inglés”.

La pirueta argumental rozó el cinismo absoluto: mientras el documento proclamaba solemnemente que “la causa Malvinas no es una bandera que pueda apropiarse el kirchnerismo”, en la práctica exigía un alineamiento dogmático y dictaminaba que nadie tiene el derecho a criticar la estrategia gubernamental sin ser sumariamente excomulgado o tildado de traidor.

El comunicado del PRO mileísta de La Plata, tuiteado por Morzone.

Control de daños y el peso de los hechos

Ante el profundo repudio generalizado que despertó su arenga beligerante y el paralelismo inevitable con la retórica de la dictadura en 1982, Morzone intentó salir a apagar el fuego con declaraciones radiales. En su incursión de justificación por la FM Now 97.9, el edil adujo que su frase había sido “sacada un poco de contexto”, aseguró que sonó a un exabrupto y minimizó sus propias palabras al afirmar que se refería a “defender con tenacidad algo que es nuestro” y no a iniciar un conflicto armado.

NOW 97.9 FM on X (formerly Twitter): “Nicolás Morzone, concejal del PRO en La Plata, habló con @diegosehinkman en #AfterOfficeNow sobre la polémica que generaron sus declaraciones durante un debate por Malvinas y sus cruces con la oposición. “No fue la mejor frase, está claro, está totalmente sacado de contexto…. pic.twitter.com/f9s8iJOqgL / X”

Nicolás Morzone, concejal del PRO en La Plata, habló con @diegosehinkman en #AfterOfficeNow sobre la polémica que generaron sus declaraciones durante un debate por Malvinas y sus cruces con la oposición. “No fue la mejor frase, está claro, está totalmente sacado de contexto…. pic.twitter.com/f9s8iJOqgL

Sin embargo, el intento de recular se desarma al contrastar el relato con los hechos: la intervención en el recinto no fue una contestación improvisada en un estudio de televisión, sino una alocución política formal y preparada desde su banca, donde parafraseó con frialdad a Henry Kissinger para hablar de pelear “con el cuchillo entre los dientes” hasta la “máxima instancia”. Pretender reducir una arenga bélica explícita a un mero eufemismo defensivo choca de frente con la propia estructura de su discurso, donde agredió a quienes efectivamente sufrieron el infierno de las trincheras, dejando al descubierto los costos políticos de un personaje que apostó fuerte al dogma y terminó atragantado con su propio libreto.

*Por Augusto Grinner

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