CLIENTELISMO: Denuncian a intendente K por pagarle a los votantes en las PASO
Se trata de Sergio Hernández, intendente de Lamarque. Según declararon, ofrecía $500, chapas y mercadería a cambio de votos. En 2019, fue denunciado por abuso sexual y maltrato laboral.
10 Years Experiences
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.
Una polémica denuncia inundó las calles de los vecinos de la ciudad rionegrina de Lamarque. Ocurre que, mientras se celebraran las PASO, el pasado domingo 12 de septiembre, un particular video se viralizó en redes sociales. En el material, puede verse al burócrata solicitándole a unas vecinas los comprobantes de los votos (tikets) para poder entregarles el dinero.
El intendente expuesto es Sergio Hernández, de la ciudad de Lamarque, y perteneciente al Frente de Todos.
“Nos dijeron que teníamos que cobrar lo que votamos”, lo enfrentó una mujer, dentro de una oficina en la Unidad Básica local, mientras lo grababa. “¿Tiene el ticket?” pregunta el intendente. Frente a la respuesta negativa de la mujer, éste responde que “Lo tiene que traer si o sí. Me tenés que traer el ticket porque sino no tengo forma de controlar”.
El suceso esta denunciado penalmente, en la Fiscalía Descentralizada de Choele Choel, por quien es la protagonista del video, Cristina Arena. Quien dio más detalles de lo sucedido en diálogo con los portales de noticias locales. Comentó que, cuando se acercó a votar, no figuraba en el padrón electoral. Entonces, recibió un audio de un conocido, que le dijo que se acercara a la Unidad Básicadel Frente de Todos, donde estaban pagando por el sufragio al oficialismo.
“Me dijeron que solo tenía que presentar el tickets o troquel, para que pudiera cobrar ese dinero, también me ofrecían chapas, o mercadería para el partido de Sergio Hernández”, y agregó que le informaron que estaban pagando, concretamente, $500.
Dato (no tan) de color: En las elecciones PASO, el Frente de Todos superó a Juntos Somos Río Negro con una diferencia de 9 votos.
La justificación del intendente fue aún más bochornosa. En diálogo con Río Negro Diario, contestó que se siente “consternado con esto, la realidad lo que hacen es querer ensuciar una trayectoria de 14 años de intendente donde nunca me hicieron una denuncia (…) Lo único que estaba diciendo es que me muestre el ticket de que había votado para reconocer el gasto de combustible o de taxi con el que habían venido a votar. Nada más”.
Incluso, Arena señaló que fue presionada por gentedel Municipio para que borre los videos, ya que, al negarse, le habrían mandado a matones para que le roben el celular, según declaró. “Paré la grabación y le pedí una bolsa de mercadería porque entregaban a todos. Me echó del lugar. Le dije que si no me daba nada, lo iba a escrachar. Le mostré el video y me echó igual”, dijo a los medios, y agregó que una persona que trabaja con Hernández “Me hizo firmar un comprobante y me dio $8.000. Me preguntó cuánto quería para borrar el video. Le dije que no, porque ya lo había subido a Facebook y no lo pensaba borrar y me fui”.
Incluso, su madre recibió una llamada amenazante en la cual le recomendaron que “me cuidara, que no salga a la calle y otras cosas más pero a mi celular en ningún momento me han escrito o llamado”.
“Tengo miedo que algo le pase a mi familia, y por eso, es que quiero dejar asentado todo. Y que se sepa cómo fue todo”, declaró Cristina Arena.
“ESTO LO HICE POR VENGANZA”
Las declaraciones de Arena ponen más turbias las aguas. Puntualmente, la vecina señaló que se vengó del intendente, e incluso, relacionó al Municipio con presunta violación de derechos laborales.
“Hace 10 años atrás mi papá trabajo con Hernández, y cuando falleció estaba trabajando para el municipio de Lamarque. El intendente lo hacía trabajar todos los días, no había domingos ni feriados, no tenía descanso. Y cuando el falleció no le reconocieron nada, entonces decidimos hacerle juicio al municipio. A lo que Hernández nos dijo que el juicio lo habíamos perdido, y le depositó en una cuenta del banco el total de $6.000. Pero luego nos enteramos que el juicio lo habíamos ganado, pero no lo pagaron”, declaró.
Y, según declara, los hechos no solo habrían salpicado contra su padre, sino también contra ella misma: Cuando entró a trabajar en la Municipalidad “me dijeron que el intendente te va a pagar $800 el día, $100 la hora. Hace un año que estoy trabajando en la municipalidad. Y ayer cuando me enteré que el intendente iba a pagar los $500, entonces yo fui con la intención de grabarlo, porque sentía mucha bronca por todo lo que nos habían hecho pasar a nosotros”.
MÁS SUCIO QUE UNA PAPA
En referencia a lo contado con anterioridad en esta noticia, Sergio Hernández declaró que “lo que hacen es querer ensuciar una trayectoria de 14 años de intendente donde nunca me hicieron una denuncia”. Mentir en épocas de internet es una mala idea…
Es falso. De hecho, otra denuncia grave involucra a Hernández con abuso sexual y maltrato laboral. En marzo de 2019, el intendente de Lamarque fue denunciado por acosar a una empleada dándole “chirlos en la cola” y por dirigirse vulgarmente hacia ella.
Silvia Mabel Zúñiga, entonces Coordinadora General de Gobierno, acusó al mandatario de darle dos cachetazos en la cola y de acoso laboral por parte de él y otros empleados. La denuncia penal fue presentada en la comisaría de la mujer de Choele Choel. “Sergio pasó por el pasillo y me pegó una cachetada en la cola. Estaba otro empleado municipal presente, pero se hizo el que no vio nada”, declaró la víctima.
Además, agregó que este aberrante hecho habría sucedido en varias ocasiones, acompañado por el silencio o las risas de los demás empelados municipales.
El 29 de septiembre de ese año, la mujer presentó un certificado psicológico para tomarse licencia ya que “Fui golpeada por mi pareja y presenté certificado psicológico porque no podía trabajar más”. Tras ello, desde el municipio “me llega una resolución donde me despidieron”.
Como era de esperar, el intendente Hernández señaló que se trató de una “operación política” porque “estamos en año de elecciones municipales” y responsabilizó a “algunos personajes de la oposición y que responden a una interna del Partido Justicialista”.
[cm_ad_changer campaign_id=”2″]
[cm_ad_changer campaign_id=”6″]
Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.
Daniel Alfredo Neira pasó menos de 24 horas sin empleo estatal. El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) lo despidió el 31 de julio de 2026 con una liquidación final neta de $109.781.999,73 y, al día siguiente, quedó designado como gerente en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), organismo que depende de la Secretaría de Agricultura. El caso generó malestar dentro del instituto, cuyo Consejo Directivo ahora analiza dar marcha atrás con una incorporación que ya había aprobado.
Neira recibió la notificación de la rescisión de su contrato el 24 de julio, quedó habilitado para cobrar la indemnización el 28, se convirtió formalmente en desocupado el 31 y el 1° de agosto volvió a la órbita estatal. Sin embargo, los trámites para su nueva designación comenzaron el 1 de julio, 23 días antes de que le ofrecieran el puesto.
— El informe del Enacom del 5 de agosto que remitió a Presupuesto la liquidación final, con la baja de Neira entre los archivos adjuntos
Según documentación a la que accedió La Nación (Belkis Martínez), el ente de comunicaciones resolvió prescindir de sus servicios a partir del 31 de julio y le notificó la extinción de su contratación en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la norma que regula la indemnización por despido sin causa. La planilla de liquidación detalló $73.067.618,10 por antigüedad, $9.742.349,08 en concepto de preaviso y $24.096.076,72 por vacaciones no gozadas, entre otros conceptos, hasta alcanzar el monto neto de casi 110 millones de pesos.
¿Un despido que nunca existió?
Desde el sector describieron la maniobra en duros términos: “Neira simuló su despido cuando las autoridades de la Secretaría de Agricultura, cercana a Luis Caputo, lo llamaron para que asuma en el INTA. Debería haber solicitado el traslado o incluso renunciar a sus funciones en el ENACOM. Pero si hacía eso no cobraba el dineral que le dieron como indemnización. Fue un fraude orquestado con los directivos”.
— La carta documento con la que el Enacom le comunicó a Neira que prescindía de sus servicios desde el 31 de julio
El cuestionamiento se apoya en un criterio de la Procuración del Tesoro de la Nación, que considera al Estado como un único empleador en sentido amplio, es decir, un bloque estatal. Bajo esa lógica, a Neira lo echó la misma patronal que al día siguiente lo contrató otra vez.
— El acta que certificó la notificación a Neira de la extinción de su contrato, en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
El abogado especialista en derecho administrativo Carlos Fernández consideró que la situación merece, como mínimo, una investigación por un posible enriquecimiento sin causa. “La jurisprudencia civil y administrativa determina que no se puede percibir del Estado una compensación por la ‘pérdida del empleo’ y simultáneamente continuar recibiendo ingresos del Estado bajo otra designación política o de conducción. El funcionario se expone a demandas por repetición de pago, que implicarían la devolución del dinero, por parte del fisco”, explicó el letrado.
Catorce años de carrera en las comunicaciones
En su perfil de LinkedIn, Neira se presenta como contador egresado de la Universidad de Buenos Aires. En enero de 2012 ingresó a la antigua Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), el organismo que luego dio origen a la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC) y, más tarde, al Enacom. Allí hizo toda su carrera. En 2017 lo nombraron subgerente del Área de Contabilidad, Presupuesto y Liquidaciones, y en 2025 ascendió a subdirector de Contabilidad y Finanzas, un cargo categoría A, la máxima jerarquía escalafonaria, que figura entre los sueldos técnicos más altos del personal de planta. Esa antigüedad y ese nivel salarial explican la cifra de la indemnización.
— Daniel Alfredo Neira
Fuentes cercanas al Enacom consultadas por Tiempo Argentino marcaron la contradicción entre el pago millonario y el discurso oficial de recorte del gasto público: “Si en promedio los sueldos en el organismo rondan el millón cuatrocientos mil pesos, lo que Neira se llevó en mano equivale a lo que ganan casi 80 trabajadores. Repiten que en su gobierno la ética no se negocia, pero son corruptos y con la nuestra”.
Cómo llegó al INTA
La incorporación partió de la Dirección General de Administración (DGA) del INTA, hoy a cargo de Gustavo Javier Abaurrea. Esa dirección envió el currículum de Neira al Consejo Directivo con el objetivo de sumarlo como director asistente del área. “Fue un pedido de la DGA para que asista en la Administración. Nunca nos informaron nada de la situación del agente”, afirmó una fuente con conocimiento de la contratación.
El Consejo Directivo, que coordina el presidente del INTA, Nicolás Bronzovich, trató el tema en una de sus últimas reuniones sobre la base de ese currículum. Allí constaba la experiencia laboral de Neira en el Enacom, pero se “omitió que había sido desvinculado”, que ya “había sido indemnizado” y que no pertenecía más al ente de comunicaciones ni a ninguna dependencia estatal.
La designación quedó formalizada mediante la Resolución 296/2026, del 3 de septiembre, que lo nombró de manera transitoria como “gerente tipo A de la Gerencia de Contabilidad”, Gestión Administrativa y Patrimonio, dependiente de la DGA, con nivel de puesto 11. El nombramiento rige por 180 días, con posibilidad de prórroga si en ese período no se realiza el procedimiento de selección correspondiente. La propia resolución dejó asentado que Neira se había desvinculado del Enacom el 31 de julio y que, por esa razón, correspondía su designación interina a partir del 1° de agosto.
Cuando el caso trascendió y llegó a los consejeros, la reacción fue inmediata. “Ahora vamos a rever la aprobación y, de ser necesario, no aceptamos la incorporación. Ya nos va a informar Jurídicos cómo proceder”, indicaron.
Sobre la modalidad del nombramiento, desde el organismo explicaron que, como regla general del INTA, algunas designaciones son transitorias y cubren una función hasta que se realiza el concurso. “Todos los cargos son por concurso, pero es lógico que hasta que se cumpla el concurso el trabajo hay que hacerlo y alguien lo tiene que hacer”, señaló la misma fuente, que además planteó la necesidad de agilizar esos procesos y reducir la burocracia para cubrir las vacantes con mayor rapidez.
Retiros voluntarios y prohibición de reingreso
El episodio ocurrió pocos meses después de que el INTA avanzara con un amplio programa de retiros voluntarios para achicar su planta. Hasta hace meses, el organismo contaba con 5750 empleados, y con los cambios impulsados por el Gobierno habilitó dos procesos de retiro en menos de dos años. El primero, en noviembre de 2024, alcanzó a 394 trabajadores. El segundo, en junio de 2026, comprendió a alrededor de 850 agentes. En este último caso, según el gremio, algunas solicitudes no llegaron a concretarse porque a esos trabajadores no se les computaron los años trabajados como personal no permanente (PNP), y no por un rechazo del organismo.
— La Resolución 296/2026 del INTA, que designó a Neira como gerente de Contabilidad desde el 1° de agosto
Ese régimen fue aprobado por el Consejo Directivo mediante la Resolución 144/2026, y su instrumentación quedó en manos de la misma Dirección General de Administración que impulsó la llegada de Neira. Entre sus condiciones, estableció que quienes accedieran al retiro no podrían volver a incorporarse ni prestar servicios bajo ninguna modalidad en el Sector Público Nacional durante cinco años desde la baja, una restricción que abarca empleos, contrataciones, cargos de autoridades, funciones extraescalafonarias y asesorías.
Por ahora no se sabe si alguna restricción de reingreso al Estado resulta aplicable a Neira, ya que su salida del Enacom se produjo mediante una indemnización por despido. Consultado sobre el caso, el Enacom solo confirmó que el contador había trabajado allí, sin brindar más detalles. Tampoco hubo respuesta del INTA sobre las condiciones en que se pidió la contratación, ni del propio Neira, a quien se intentó contactar para conocer su posición.
El trasfondo político de la embestida judicial contra Marcela Pagano desnuda las contradicciones internas y los curiosos movimientos dentro del espacio oficialista. La causa que terminó archivada en Comodoro Py no surgió de la nada, sino de una presentación formal firmada por quince diputados nacionales de La Libertad Avanza, entre quienes se destacaron nombres alineados con la interna oficialista como María Celeste Ponce y Lilia Lemoine.
La principal denunciante, la diputada nacional Lilia Bolukalo Lemoine, junto al abogado patrocinante, Hernán Seivane.
Detrás del armado legal estuvo el abogado patrocinante Hernán Seivane, un letrado con un llamativo historial político que incluye registros fotográficos junto a figuras como Manuela Castañeira y Juan Grabois, un posterior paso por el bando mileísta y un reciente salto: anunció que ahora trabajará para Ramón “El Nene” Vera, histórico dirigente kirchnerista reconvertido en “liberal” por milagro, como sucedió con tantos otros dirigentes de la talla de Leila Gianni o Daniel Scioli.
El abogado patrocinante, Hernán Seivane, junto a Ramón “Nene” Vera (su nuevo jefe) y Sebastián Pareja
El archivo judicial
La denuncia impulsada por los quince legisladores oficialistas apuntaba contra Marcela Pagano por supuesta omisión maliciosa de datos en sus declaraciones juradas, administración fraudulenta, negociaciones incompatibles con la función pública y enriquecimiento ilícito. El escrito sostenía que la diputada se valía de su cargo y de su pareja para supuestamente ocultar bienes, además de deslizar graves acusaciones sobre supuestosretornos de dinero de personal parlamentario, presuntos vínculos con diplomáticos extranjeros y viajes al exterior. Un combo de imputaciones que carecía de respaldo probatorio pero que servía como ariete político dentro de la interna, motivo por el que la Justicia archivó la causa.
La diputada nacional Marcela Pagano, la denunciada por el oficialismo.
La juez María Romilda Servini respaldó el dictamen fiscal que desestimó la denuncia punto por punto al comprobar que no existía ninguna hipótesis delictiva. La resolución detalló los nueve motivos centrales por los cuales el expediente quedó descartado:
1. Las operaciones inmobiliarias cuestionadas ocurrieron meses antes de que Pagano asumiera como diputada nacional, durante 2023.
2. La adquisición del departamento en la calle Migueletes se realizó con fondos debidamente acreditados por la venta previa de otra propiedad que la periodista tenía desde 2011.
3. El monto en efectivo declarado respondía a ahorros previos y la fecha errónea en el sistema oficial se debió a un error administrativo y no a una omisión maliciosa.
4. Respecto a la situación de Franco Bindi, la Justicia determinó que no existía unión convivencial formal ni obligación de informar bienes ajenos, ya que la convivencia comenzó formalmente años después.
5. La mención a un supuesto inmueble en Nordelta carecía por completo de ubicación, valor o elementos que lo vincularan con la legisladora.
6. Los viajes al exterior mencionados por una exempleada no demostraron ningún incremento patrimonial injustificado.
7. Las acusaciones sobre supuestos retornos de sueldos del personal parlamentario se basaban en recortes mediáticos y carecían de pruebas concretas.
8. La supuesta asociación ilícita con vínculos internacionales mencionada en el escrito no describía ninguna organización criminal, roles ni un plan delictivo real.
9. La presentación incumplía los requisitos legales básicos al omitir circunstancias de tiempo, modo y lugar, convirtiéndose en un escrito vacío de contenido probatorio.
De este modo, la maniobra judicial impulsada por el sector oficialista quedó totalmente desinflada en los tribunales, dejando en evidencia una presentación carente de rigor jurídico que terminó colapsando bajo su propio peso probatorio.
El abogado patrocinante, Hernán Seivane, junto a Juan Grabois y junto a Manuela Castañeira.
La doble vara oficialista
El contraste entre la embestida judicial archivada contra Pagano y la realidad interna de La Libertad Avanza desnuda una evidente doble vara. Mientras un sector del oficialismo impulsó una causa vacía de contenido para castigar a una disidencia, las irregularidades y los escándalos con pruebas concretas dentro de la propia oficialista se acumulan sin la misma vara de exigencia.
El ejemplo más claro ocurrió con Manuel Adorni, quien quedó cercado por inconsistencias patrimoniales tras acumular prórrogas y demoras para presentar su declaración jurada, a pesar de que el propio Javier Milei había afirmado meses antes que el funcionario ya la tenía preparada.
Manuel Adorni y su esposa subiendo al avión privado cuya compra de pasajes aún no puede justificar.
Otro caso elocuente involucra a la diputada nacional María Celeste Ponce, precisamente, una de quienes firmaron la denuncia contra Pagano. Esta diputada fue gravemente cuestionada y denunciada mediáticamente en 2024 por su exasesora Guillermina Ruiz, quien la acusó de exigirle retornos mensuales de hasta $500 mil de su sueldo y aportó pruebas documentadas de varias transferencias bancarias, incluso permitiéndole acceder a los movimientos de su cuenta bancaria al periodista Tomás Díaz Cueto, hoy más alineado con el propio espacio de Ponce.
Lejos de recibir el castigo interno o la presión judicial que el espacio impulsó contra otros, Ponce fue públicamente blindada por su compañera de bloque Lilia Lemoine, a pesar de que los registros difundidos por la exasistente salpicaban directamente al entorno y exponían una red de complicidades dentro de la misma tropa libertaria. Ponce fue denunciada por Eduardo “El Presto” Prestofelippo a raíz de esta causa. A pesar de la facilidad con la que la Justicia Federal podría haber accedido a esos registros del Banco Nación, la causa fue archivada raudamente sin realizar ningún tipo de investigación, sin llamar a testigos a declarar, ni corroborar absolutamente nada.
La diputada nacional María Celeste Ponce junto al presidente, Javier Milei.
La persecución interna impulsada por este sector no se limita a figuras institucionales, sino que también apunta contra la propia militancia y disidencia tuitera del espacio.El mismo abogado y los mismos actores involucrados en la embestida contra Pagano han quedado señalados por armar listas negras y promover causas judiciales contra militantes libertarios críticos, demostrando que el aparato judicial y mediático del oficialismo opera de manera sistemática parasilenciar cualquier voz interna que cuestione los privilegios y las contradicciones de la cúpula dirigente.
Mientras la justicia sepultó la opereta contra Pagano por falta absoluta de elementos, el oficialismo opta por mirar hacia otro lado cuando las pruebas de corrupción y desmanejos florecen en su propio búnker.
La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.
El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.
La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.
— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)
Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.
El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.
Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.
— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas
También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.
Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.
También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.
A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.
El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado.Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.
Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.
— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo
Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.
“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.
La teniente que dijo que no
El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.
A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.
Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.
La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.
El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.
A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.
Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.
El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.
Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.
La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.
Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.
Los principales acusados
El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.
Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.
A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.
Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.
Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.
La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.
No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.
La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.
El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.
El gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, afirmó que su gestión no acatará una resolución judicial que ordenó al Poder Ejecutivo provincial comprar carne roja para reforzar la alimentación de los detenidos en dos unidades penitenciarias de Trelew.
“Hay que terminar de una vez por todas con el garantismo berreta de un sector de la Justicia que parece estar más preocupado por los delincuentes que por los derechos de los chubutenses de bien”, escribió el mandatario en una publicación en su cuenta oficial de X.
El conflicto estalló cuando un juez penal de Trelew, Marcelo Nieto Di Biase, resolvió intimar al Poder Ejecutivo de Chubut a comprar una partida de carne roja para reforzar las viandas de los detenidos alojados en el Instituto Penitenciario Provincial (IPP) y en la Alcaidía de Trelew, con un plazo de 72 horas para cumplir.
— El juez Marcelo Nieto Di Biase que resolvió intimar al Poder Ejecutivo Provincial de Chubut
“Yo creo que, a esta altura, seguir naturalizando el garantismo berreta judicial que tanto problema generó y tan mal le hizo a toda la Argentina, es un tema para que podamos trabajar todos juntos, la dirigencia política y ponerle un punto final definitivamente”, subrayó Torres.
La orden surgió de un hábeas corpus colectivo —una acción judicial que no defiende a un preso individual sino a todo un grupo de detenidos que comparte una misma situación de agravamiento en sus condiciones de encierro— presentado en representación de los internos, quienes venían reclamando desde marzo por la falta de proteínas en sus alimentos.
Según trascendió, el reclamo fue elevado por la Defensa Pública y el propio Poder Ejecutivo ya había iniciado un expediente administrativo para comprar carne antes de que el juez fijara el plazo perentorio, lo que sugiere que la discusión no era solo si comprar carne, sino los tiempos y la forma en que el Poder Judicial se lo impuso al Ejecutivo.
BASTA DE GARANTISMO BERRETAHay que terminar de una vez por todas con el garantismo berreta de un sector de la Justicia que parece estar más preocupado por los delincuentes que por los derechos de los chubutenses de bien.Son los mismos jueces que muchas veces ponen trabas para… pic.twitter.com/owfjrISeDC
“No vamos a acatar la medida de tener que darle asado a los presos todos los días, es una locura. Si está preso, es un delincuente”, declaró públicamente en Radio Rivadavia el gobernador Ignacio Torres, agregando con ironía que “falta que tengamos que preguntarles a los presos qué quieren comer todos los días”. La audiencia de seguimiento para evaluar el cumplimiento de la orden judicial estaría prevista para el lunes siguiente al anuncio de Torres.
Para entender por qué un juez puede ordenarle a una provincia cómo alimentar a sus presos, hay que remontarse al fallo “Verbitsky” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictado en 2005 a raíz de una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) sobre las condiciones de detención en comisarías bonaerenses.
Ese fallo estableció dos cosas centrales que siguen vigentes. Por un lado, que el hábeas corpus puede usarse en forma colectiva —no solo individual— cuando el agravamiento de las condiciones de detención afecta a todo un grupo de personas por igual. Por otro, las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos constituyen el piso mínimo obligatorio para interpretar el artículo 18 de la Constitución Nacional, que exige que “las cárceles sean sanas y limpias”.
— La entrada de la Alcaidía Policial de Trelew
Esta herramienta se llama hábeas corpus correctivo porque no busca liberar a nadie, sino corregir el trato que recibe una persona legalmente privada de su libertad cuando ese trato se agrava de forma ilegítima. El artículo 43 de la Constitución Nacional, en su último párrafo, habilita explícitamente esta vía cuando se produce “agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención”.
Bajo esta lógica, un déficit alimentario sostenido —falta de proteínas, por ejemplo— puede encuadrarse como un agravamiento de las condiciones de detención, ya que el Estado tiene la obligación de garantizar condiciones dignas de encierro, independientemente de la culpa o inocencia de la persona detenida.Es exactamente este marco jurídico el que usó el juez Nieto Di Biase para justificar su intimación al gobierno chubutense.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
Las armerías de toda la ciudad se quedaron sin stock durante agosto. “Cuando no había sprays, las mujeres andaban con cuchillos”, señalaron los comerciantes.
Los datos salen de un relevamiento de la Fundación Fundar sobre registros oficiales que ya acumula 17 meses de caída ininterrumpida en todas las provincias salvo Neuquén. Empresarios, industriales y diputados de distintos bloques se reunieron en el Congreso, convocados por Marcela Pagano, y reclamaron que se trate la Ley de Emergencia PyME.
El concejal platense Nicolás Morzone protagonizó un escándalo en el recinto al lanzar una arenga belicista por Malvinas y tildar de kirchneristas a los ex combatientes. Tras el repudio generalizado, intentó blindar al Gobierno exigiendo obediencia discursiva, a pesar de su propio historial de volantazos políticos.
Resulta inaceptable que, mediante una medida cautelar dictada por un juzgado provincial, se haya impedido la aplicación de una ley nacional en la Provincia de Buenos Aires.
La magistrada reconoce que su decisión se basa únicamente en sus presunciones: “El Poder Judicial no…