La Corte de Justicia de Salta confirmó la medida cautelar que, desde enero, obliga al Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta a garantizar la presencia de facilitadores/as interculturales y albergues de tránsito en el Hospital Materno Infantil y los hospitales cabecera de los departamentos en emergencia.
La decisión de la Corte se da en un momento triste en el interior de Salta, donde constantemente mueren niñas y niños por desnutrición. De hecho, en la primera quincena de Julio se registraron 4 niños indígenas fallecidos en General Mosconi, en San Martín, y Santa Victoria Este y en Rivadavia.
La medida fue promovida por ACIJ (Asociación Civil Igualdad y Justicia), quienes integran Infancia en Deuda y la comunidad indígena Comisión Directiva Wichí Misión La Loma, en el amparo presentado por la aplicación y reglamentación de la ley 7.856 de salud intercultural, busca “terminar con los obstáculos en el acceso a la salud que enfrentan niñas y niños de comunidades originarias, producto de la discriminación histórica que ejerce en su contra el sistema sanitario”.
“Esta decisión es fundamental dado que la presencia de facilitadores/as interculturales integrantes de los pueblos indígenas, colaborará en la comprensión, toma de decisión y acompañamiento en las diversas prácticas médicas que deban atravesar niñas y niños. A la fecha, estas intervenciones o bien no se realizan por la discriminación que sufren al momento de ir al hospital o bien suelen practicarse en abierta vulneración a sus derechos, especialmente al consentimiento informado reconocido por la ley nacional del paciente. Además, la presencia de facilitadores/as ayudará a una incorporación real de las necesidades de las comunidades a la ejecución de la política pública sanitaria, como exige la Ley Provincial 7.865 de salud intercultural”, asegura un parte de prensa de ACIJ.
Curiosamente, la medida cautelar dispuesta por el juez Barrionuevo el 18 de enero, había sido apelada por el Gobierno de la Provincia de Salta y, aunque todo este tiempo estuvo vigente, se encuentra incumplida. Esto quiere decir que, frente a las muertes de niños por enfermedades y desnutrición, el Estado salteño tomó la decisión de ignorar por completo sus obligaciones judiciales y legales. Al confirmar la sentencia, la Corte provincial se refirió a “las particulares circunstancias que rodean el presente caso y que involucran derechos de la mayor jerarquía de un grupo con preferente tutela -niñas, niños y adolescentes-”.
CJS.-Salta-Resolucion