Derroche K: Un diputado viajó a Qatar con ocho de sus familiares
El diputado tucumano Mario Leito viajó junto a ocho familiares a Qatar y generó polémica en redes luego de que varios hinchas de Atlético Tucumán -donde él preside- aseguraran que está utilizando los fondos del club.
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El diputado nacional del Frente de Todos, Marcelo Leito, viajó a Qatar acompañado por una amplia comitiva familiar, lo que despertó un inmediato enojo en las redes sociales. Dicha comitiva está compuesta por ocho personas que permanecerán durante los primeros tres partidos de la Argentina: “Veré los primeros tres partidos y me vuelvo”, aclaró el diputado, y acotó que irá “por su cuenta”, en referencia a los costes del viaje.
Mientras la gente no puede comprar más de 200 dólares, a pesar de la inflación y del pedido a la austeridad por parte de Massa, el diputado kirchnerista y presidente de Atlético Tucumán (donde, en teoría, trabaja ad honorem) Mario Leito, se encuentra en el país asiático junto a ocho familiares.
Mario Leito junto a los ocho familiares que viajaron rumbo a Qatar
En diálogo con Radio Q, Leito comentó: “Los que van lo hacen por su cuenta, ya no se dan esas delegaciones. Estaré en la primera etapa del torneo, porque no tengo mucho tiempo” señaló y explicó que además hará turismo en el lugar: “Se puede conocer Qatar, dan los tiempos. Entre partido y partido tenés tres o cuatro días para recorrer. Cuando armamos el viaje averiguamos en familia cuáles son las alternativas para poder visitar y ya tenemos varios museos en la lista”.
Tras darse a conocer la noticia, la gente hizo tendencia en Twitter el hashtag #VivaPerón y criticaron con dureza la actitud de Leito al viajar en plena crisis rumbo al Mundial. Además, hinchas de Atlético Tucumán dieron a entender que el dinero utilizado para viajar con una comitiva de 8 personas, salió de la venta de los jugadores Ramiro Carrera y Augusto Lotti al Cruz Azul por U$1.350.000 y U$1.700.000 respectivamente.
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La Legislatura de Chubut sancionó la semana pasada la ley que prohíbe el uso de teléfonos celulares y dispositivos con acceso a internet por parte de personas presas en cárceles, alcaidías y comisarías de la provincia. El Proyecto de Ley General N° 017/2026, que recibió dictamen previo de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, y de Legislación General, Cultura y Educación, obtuvo un respaldo amplio y sin diferencias partidarias.
SE TERMINARON LOS “CALL CENTERS” DEL DELITOAprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia.Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las “oficinas remotas” del delito manejadas desde una cárcel.Hoy Chubut… https://t.co/ugWokRHCEo
El gobernador Ignacio Torres celebró la sanción con una publicación en su cuenta oficial de X: “Se terminaron los call centers del delito. Aprobamos la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías de toda la provincia. Se terminó la época de las estafas, las extorsiones y las ‘oficinas remotas’ del delito manejadas desde una cárcel”. Torres también destacó que “este es un proyecto que se trató sin banderas partidarias, con una premisa común: garantizar la seguridad de los chubutenses”.
Extorsiones por más de $80 millones y víctimas que se suicidaron
La diputada Andrea Aguilera, una de las principales defensoras de la norma, explicó que la ley alcanza a celulares, tablets, laptops, notebooks, consolas de juego y a cualquier equipo que permita acceder a redes sociales, mensajería o internet. La legisladora fundamentó el amplio respaldo con datos concretos: en Chubut se registraron extorsiones que superaron los 80 millones de pesos y hubo casos de personas hostigadas que terminaron suicidándose por la presión sufrida.
La nueva directiva no implica una interrupción absoluta del contacto de los detenidos con el exterior. Aguilera fue enfática al respecto: “No es una ley de prohibición. Es una ley que ordena y es una ley que establece cómo y de qué manera debe regularse la comunicación”. El texto garantiza el derecho a comunicarse con familiares, defensores, y para tratamientos de salud o trayectorias educativas, pero bajo un esquema controlado y sin acceso a dispositivos que permitan navegar por internet.
Las terminales institucionales habilitadas deberán configurarse exclusivamente para llamadas de voz. Quedaron expresamente prohibidos el acceso a internet, las redes sociales, las aplicaciones de mensajería, el correo electrónico, las videollamadas y el intercambio de archivos. Además, las comunicaciones se realizarán únicamente hacia números previamente autorizados e incorporados a un registro de destinatarios habilitados, y se llevará un registro de cada comunicación con datos de fecha, hora, duración, interno solicitante, terminal utilizada y número de destino.
Qué establece la ley
El texto prohíbe el “ingreso, tenencia, facilitación y uso de equipos o terminales móviles por parte de personas privadas de libertad en los lugares de detención de jurisdicción provincial”. La norma tendrá vigencia en establecimientos penitenciarios, unidades, institutos, alcaidías, comisarías, centros de detención transitoria y cualquier lugar de alojamiento de personas privadas de libertad dentro de la provincia. También alcanzará a quienes estén alojados en unidades del Servicio Penitenciario Federal cuando su detención haya sido dispuesta por sentencia o resolución judicial de jueces o tribunales provinciales.
La ley también faculta a la autoridad de aplicación a instalar sistemas de inhibición o gestión controlada de señal para impedir el cursado clandestino de comunicaciones móviles dentro de los establecimientos, y establece como obligación permanente de las autoridades el control para evitar el ingreso de dispositivos.
UN PASO FIRME CONTRA EL DELITO ORGANIZADOEn Chubut dejamos atrás una práctica que durante años permitió que el delito se siga gestionando desde adentro de los lugares de detención.Con la aprobación de la ley que prohíbe el uso de celulares en cárceles, comisarías y alcaidías,… pic.twitter.com/KgJOEQbY6v
El Ministerio de Seguridad de la provincia contará con 180 días para reglamentar la ley y adaptar cada unidad de detención, tarea que incluye la definición de protocolos, el equipamiento permitido y las modalidades de comunicación legal.
Aguilera reconoció, sin embargo, que la norma tiene un límite: alcanza a cárceles y lugares de detención bajo órbita provincial, pero no modifica la situación en unidades federales, donde también operan casos resonantes de criminalidad organizada. Por eso, el oficialismo apuesta a que la sanción provincial funcione como antecedente político y normativo para otras jurisdicciones. Torres, en ese sentido, instó a extender la iniciativa al resto del país.
Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucciadmitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).
El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.
El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.
El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.
Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.
El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.
Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche.El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.
El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.
– Hugo Alberto Barabucci
El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.
De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.
El pedido de instrucción
Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.
“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.
El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA),así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.
Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.
El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.
– Soledad Cayunao junto a sus abogados
Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.
El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.
En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.
El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.
Fideicomisos y personas involucradas
Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.
Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.
La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.
El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.
La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.
El gobierno del presidente Javier Milei puso bajo revisión un total de 44 inmuebles distribuidos en todo el país que estaban bajo la órbita del anteriormente conocido como Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), hoy Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA).
Un documento oficial fechado el 19 de marzo de 2026 —elaborado por la Subgerencia de Servicios Generales del organismo— propone anular transferencias en curso, retirar estas propiedades del balance contable del instituto y redefinir su titularidad. La medida está a cargo del ministro de Defensa, Carlos Presti y genera una fuerte resistencia dentro de las propias Fuerzas Armadas.
El dictamen fechado el 19 de marzo de 2026 responde, en los hechos, a una pregunta que hasta ahora no había sido contestada. En el marco de la aplicación del DNU 88/2026, el texto plantea una serie de medidas técnicas que, en la práctica, abren el camino para una eventual venta de esos 44 inmuebles. Entre ellas figura la anulación de las transferencias en curso que habían dispuesto el traspaso de esas propiedades al IOSFA, la intervención de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para que retome la jurisdicción sobre los bienes, su exclusión del patrimonio neto del IOSFA/OSFA y el archivo definitivo de los expedientes administrativos vinculados a esos activos.
El memorándum detalla la gestión de inmuebles asignados y en transferencia al Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), incluyendo propuestas para la anulación de asignaciones y la solicitud de nuevos trámites. Se menciona la necesidad de cumplir con normativas específicas y se presenta una lista de 44 inmuebles a considerar para reasignación.
En la Ciudad de Buenos Aires, el listado incluye la sede central del IOSFA, el edificio San José, la Policlínica General Omar Actis, la Farmacia Pedro Mallo, el Hotel Ushuaia y el Archivo e imprenta de Trelles. En la provincia de Buenos Aires aparecen los hoteles Antártida y Tierra del Fuego, en Mar del Plata, junto con el Hotel Cóndor, el Hotel Metropol, las delegaciones de Bahía Blanca, La Plata y Tandil, y los centros recreativos de San Clemente y Zárate.
En Córdoba figuran el Hotel Social de La Falda, el Hotel Villa General Belgrano, la Residencia Cosquín y la Colonia Miraflores. En Santa Fe se incluyen las farmacias de Rosario y Santa Fe, además de las delegaciones de ambas ciudades. La nómina también alcanza a la delegación de Corrientes y a inmuebles ubicados en Salta y Tierra del Fuego.
Muchos de estos bienes —como los hoteles en Mar del Plata o la residencia en Cosquín— pertenecían originalmente a las propias fuerzas y fueron transferidos al IOSFA en décadas pasadas, por lo que su posible venta genera un doble agravio. Primero se pierde la obra social, y luego se pierde el patrimonio construido a lo largo de décadas.
Esta situación no ocurre de la nada. El Gobierno Nacional tiene en marcha un plan integral de venta de activos públicos que incluye tanto inmuebles militares como empresas estatales. El Decreto 950/2024 ya había habilitado a la AABE para vender o transferir un listado de 309 inmuebles nacionales declarados “innecesarios”, y en 2025 ya se concretaron algunas ventas, como el edificio del Comando Conjunto de Ciberdefensa en Puerto Madero por USD$34 millones.
En paralelo, el gobierno evalúa crear un fondo específico con el 10% de lo recaudado por privatizaciones y ventas de bienes públicos para financiar la recompra de armamento y el reequipamiento militar. El Ejecutivo calcula que podría reunir entre USD$1.500 y USD$3.000 millones con ese mecanismo. En teoría, esto permitiría “compensar” la pérdida de patrimonio histórico con nueva capacidad de combate.
“Quieren pagar la deuda rematando el Estado”
La reacción dentro de las Fuerzas Armadas fue de enojo y desconfianza. Un militar en actividad consultado por el medio La Política Online fue contundente: “Toda esa lista de inmuebles van a ser afectados a la venta para poder pagar la deuda o parte de la deuda”.
El mismo informante señaló lo llamativo de la situación: “algunos bienes son de las fuerzas, por ejemplo los hoteles Antártida y Tierra del Fuego, la residencia Cerrón a la Falda… esos eran hoteles de las fuerzas que después pasaron al IOSFA”.
El malestar se agrava por otros flancos. El ministro Presti, siendo él mismo un militar, tomó la decisión de poner al Ejército a conducir la nueva obra social OSFA, lo que generó enojo en la Fuerza Aérea. Además, cuando el Ministerio de Economía se negó a aportar fondos para cubrir las deudas del IOSFA, el gobierno recurrió a las partidas operativas de las propias Fuerzas Armadas, financiando la crisis de salud a costa del presupuesto de defensa.
El IOSFA fue creado en 2013 mediante el Decreto 637/13 para unificar las coberturas médico-asistenciales del personal de las Fuerzas Armadas y de determinadas fuerzas de seguridad federales (Prefectura Naval y Gendarmería Nacional). Era la tercera obra social más grande del país, con cerca de 600.000 afiliados.
La institución colapsó financieramente a lo largo de 2024 y 2025. Según una auditoría interna, la deuda pasó de aproximadamente $70.000 millones en marzo de 2024 a $173.000 millones al cierre de ese año.
De acuerdo con los expedientes, la obra social recibió un superávit de $25.000 millones cuando el exministro de Defensa de la Nación entre diciembre de 2023 y diciembre de 2025, Luis Petri asumió. Sin embargo, ese colchón fue consumido rápidamente. Bajo la conducción de Oscar Sagaz (primer hombre de Petri en el organismo), se tomó un préstamo de $14.000 millones al Instituto de Ayuda Financiera (IAF) que nunca fue devuelto. Luego se pidió un segundo préstamo de $42.000 millones, supuestamente para equipamiento médico, pero utilizado para pagar deudas con proveedores, lo que agravó aún más el déficit. A cargo de su administración la deuda creció hasta superar los $200.000 millones.
La causa principal fue la falta de pago de aportes y contribuciones patronales por parte del Estado Nacional —es decir, el propio gobierno no cumplía con lo que le correspondía pagar como empleador—, lo que generó una brecha crítica entre los ingresos del instituto y el costo real de las prestaciones médicas. El déficit mensual llegó a los $15.000 millones. Para octubre de 2025, por primera vez en su historia, el IOSFA tuvo que pedir un “salvataje” de emergencia al Ministerio de Defensa para pagar deudas con droguerías proveedoras de medicamentos.
Las consecuencias para los afiliados fueron gravísimas, entre ellas el recorte sistemático de prestaciones, falta de medicamentos oncológicos, hospitales sin cobertura en ciudades como Mar del Plata, Trelew, Bahía Blanca, Tucumán y otras provincias del norte.
Previamente, en febrero de 2026, se dictó el DNU 88/2026, mediante el cual dispuso la disolución del IOSFA y la creación de dos nuevas obras sociales, la OSFA, bajo la órbita del Ministerio de Defensa, y la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), en el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional. El decreto también estableció un período de transición de hasta 365 días para ordenar el traspaso de afiliados, bienes, personal y obligaciones, con el objetivo declarado de garantizar la continuidad de las prestaciones de salud.
El decreto argumentó que la separación permitiría una gestión más eficiente y adaptada a las realidades de cada situación. Sin embargo, el decreto no especificó ningún mecanismo concreto para saldar la deuda heredada, ni un cronograma de transición, ni un sistema de control externo independiente.
Las dos contrataciones cuestionadas
El 18 de marzo de 2026, el administrador designado del IOSFA, el coronel mayor (R) Ariel Guzmán, aprobó una contratación directa “por especialidad” por $108 millones para el mantenimiento del “sistema asistencial” durante seis meses, con opción a prórroga.
La empresa adjudicada fue Tekhne SA, presentada como única oferente. La firma es presidida por Rodolfo Héctor Montonati y dirigida por Enrique Alberto Cuello y Valeria Esther Montonati. No se trata de un vínculo nuevo, ya que los registros del propio IOSFA muestran que Tekhne SA ya había sido la única ofertante en una contratación directa por especialidad para el “mantenimiento y actualización del Sistema SIA” en 2023, lo que indica una relación comercial reiterada bajo la misma modalidad.
La modalidad de “contratación directa por especialidad” es un mecanismo excepcional del régimen de compras públicas que permite adjudicar sin competencia abierta cuando se justifica que solo una empresa cuenta con las capacidades técnicas necesarias. Lo que no cierra es que el proceso fue iniciado en diciembre de 2025, mientras el organismo ya estaba en camino a su liquidación.
Apenas días antes, el 2 de marzo de 2026, el gerente general Sergio Maldonado había autorizado, mediante la disposición DI-2026-145-APN-GG#IOSFA, una licitación privada por $86.578.259,04 para contratar una consultora externa que elabore un Programa Integral de Prestaciones (PIP).
El objetivo formal era diseñar el modelo de cobertura médica del IOSFA. Sin embargo, el propio gobierno ya había decidido disolver el organismo semanas antes. En los fundamentos del pliego, el IOSFA admite que no cuenta internamente con el equipo técnico necesario para esa tarea.
Estas decisiones contrastan con la lógica que suele esperarse en un proceso de disolución. En teoría, una institución en liquidación debería concentrarse en reducir compromisos y gastos corrientes, auditar la situación heredada y ordenar el cierre de manera transparente y controlada.
La continuidad de gastos elevados y el uso de mecanismos que eluden la competencia abierta alimentan sospechas de un posible “vaciamiento de último momento” antes del cierre definitivo del organismo.
El hecho de que el llamado para la contratación de Tekhne SA se remonte a diciembre de 2025 —antes del decreto de disolución— no elimina la incógnita sobre si era necesario formalizar este contrato una vez conocida la decisión de liquidar el organismo.
Los efectivos del Escuadrón 25 “Jáchal” de la Gendarmería Nacional Argentina detuvieron a cuatro ciudadanos chilenos que extraían oro de manera ilegal en la Mina El Zancarrón, ubicada a 3.550 metros sobre el nivel del mar en la Cordillera de los Andes, dentro del territorio de la provincia de San Juan, en las inmediaciones del límite internacional con Chile.
Los detenidos habían ingresado al país a través de un paso clandestino, sin ningún tipo de habilitación migratoria ni permiso minero. Al ser descubiertos, intentaron amenazar a los gendarmes con una carabina calibre .22, pero fueron reducidos rápidamente. La causa fue tomada por la Fiscalía Federal de San Juan, que los imputó por tres delitos distintos.
La investigación se inició cuando el personal policial recibió información de inteligencia sobre la presencia de un grupo de mineros extranjeros operando en una zona inhóspita y sin autorización en la Cordillera del Zancarrón. Al verificar el dato sobre el terreno, los gendarmes constataron que los cuatro hombres de nacionalidad extranjera habían cruzado la frontera por fuera de los pasos habilitados.
En el lugar y en la camioneta que utilizaban para transportar el material, se hallaron herramientas de minería como picos, palas y barretas, además de 14 bolsas con roca extraída del interior de la mina, oro en bruto y un arma de fuego.
La Fiscalía Federal de San Juan imputó a los cuatro ciudadanos chilenos por tentativa de contrabando de exportación de oro, delito previsto en la Ley 22.415 del Código Aduanero (arts. 863 y 864), que contempla penas de entre dos y ocho años de prisión en su forma simple y de cuatro a diez años en caso de agravantes.
Además, fueron acusados por ingreso ilegal al país, en el marco de la Ley 25.871 de Migraciones, que prevé sanciones tanto administrativas como penales, y por tenencia ilegal de arma de fuego, tipificada en el artículo 189 bis del Código Penal, con penas de seis meses a dos años de prisión, que pueden incrementarse si se configura la portación.
El contrabando aduanero se configura cuando se exporta o importa mercadería por lugares no habilitados o sin pasar por el control de la Aduana. En este caso, la extracción de oro en territorio argentino para su posterior traslado a Chile sin declaración ni permiso constituye una tentativa de contrabando de exportación. El Código Aduanero Argentino prevé que el contrabando simple se penaliza con prisión de dos a ocho años, mientras que las figuras agravadas —como la participación de tres o más personas— pueden llegar a diez años.
¿Quiénes son los “pirquineros”?
Los cuatro detenidos responden al perfil de los llamados “pirquineros”, término de origen quechua (del verbo pirca, “minar”) que designa a los mineros artesanales informales que trabajan de forma individual o en pequeños grupos, generalmente en zonas andinas. Esta práctica tiene siglos de historia en los Andes y fue clave en la economía colonial de Chile y Argentina.
En el contexto de la frontera entre San Juan y Chile, los pirquineros chilenos se aventuran en territorio argentino buscando aprovechar vetas de oro de alta concentración que se encuentran en la zona del cerro Zancarrón, y que históricamente han sido explotadas. La lógica económica es clara, ya que extraen las rocas mineralizadas en Argentina y las llevan a procesar artesanalmente a Chile, evitando tanto los controles migratorios como los aduaneros de ambos países.
Según fuentes especializadas, un grupo de pirquineros puede llevarse hasta 200 kilos de roca por viaje, de los cuales se pueden extraer alrededor de 500 gramos de oro (unas 17 onzas troy). Con el precio del oro superando los 3.000 dólares la onza en 2026, una sola operación exitosa podría valer más de 50.000 dólares.
La mina El Zancarrón no es un sitio desconocido para las autoridades. Se trata de un yacimiento con historia que ayuda a explicar por qué vuelve a ser escenario de este tipo de hechos. Hasta la década de 1980, una empresa minera operó en el lugar y construyó túneles para la extracción industrial del mineral. Tras el cierre, esas estructuras y los vestigios de la explotación quedaron abandonados, aunque accesibles.
La presencia de una veta de alta concentración de oro convierte al lugar en un punto especialmente atractivo para pirquineros con conocimiento del terreno cordillerano. Además, la zona se encuentra a unos 50 kilómetros de la mina Veladero, uno de los proyectos auríferos más importantes del país, en un área de extrema inaccesibilidad.
La inaccesibilidad del terreno —combinada con los recursos limitados de Gendarmería para patrullar toda la extensión de la Cordillera— hace que este tipo de actividad ilegal se desarrolle de forma relativamente habitual sin ser detectada.
Un problema recurrente en la misma zona
Este no es el primer caso, ni probablemente será el último. La zona del cerro Zancarrón registra antecedentes documentados de intentos de contrabando protagonizados por pirquineros chilenos. Uno de los episodios más relevantes ocurrió en 2021, cuando fuerzas fronterizas detectaron en el lugar a Alfredo Hernán Cáceres Caballero, de 57 años, y a Gustavo Javier Manterola Álvarez, de 44, junto a una tercera persona que logró darse a la fuga. En el sitio habían dejado herramientas de gran porte, entre ellas una pala cargadora, un martillo percutor, una amoladora, un generador eléctrico, barreteras y equipos de oxígeno.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó el procesamiento con prisión preventiva por tentativa de contrabando agravado y, posteriormente, el juez del Tribunal Oral Federal Hugo Echegaray los condenó a tres años de prisión efectiva, además de ordenar su expulsión del país con prohibición de reingreso por 15 años. De acuerdo con expertos consultados por medios locales, la presencia de pirquineros chilenos en territorio sanjuanino “es más frecuente de lo que se cree”, aunque rara vez son sorprendidos en plena actividad extractiva.
La provincia de San Juan no es tampoco cualquier provincia en términos mineros. Es la segunda mayor exportadora de minería de Argentina, con más del 22% de todas las exportaciones mineras nacionales (datos de los primeros 10 meses de 2023). Su producción se concentra en la minería metalífera, y el oro es el principal mineral exportado.
Grandes proyectos como Veladero (oro y plata) y el proyectado Josemaría (cobre, oro y plata, con una inversión estimada de 4.100 millones de dólares) convierten a la Cordillera sanjuanina en una de las zonas de mayor valor minero del continente. Este contexto explica por qué incluso pequeñas vetas como la del Zancarrón son suficientemente rentables para justificar el riesgo que corren los pirquineros.
El Gobierno de Río Negro otorgó un nuevo permiso de exploración minera a Claudio Alberto Ciccarelli, de acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial N° 6475 del 19 de marzo de 2026.
El primo de Claudio Ciccarelli, Federico “Fred” Machado, se encuentra detenido en Estados Unidos. Allí enfrenta cargos por presunto narcotráfico, lavado de dinero y fraude.
El trámite se encuadró en el expediente N° 48.022-M-23, denominado “El Gran Don José”, y comprendió un permiso de exploración de minerales de primera categoría en la zona de Los Menucos, dentro del Departamento 25 de Mayo. El edicto fue difundido por la Secretaría de Minería, dependiente de la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente, y notificó a los titulares de las tierras alcanzadas por el área de exploración, Domingo Calvo y Gerardo Collinao.
– Fred Machado durante la presentación del libro de José Luis Espert en Viedma. Detrás suyo, a la derecha, asoma Claudio Ciccarelli, su primo, un empresario con negocios mineros
La documentación indicó que el área involucrada se ubicó en la Grilla 4169-II del Catastro Minero, en cercanías de la localidad de Los Menucos, y que la tramitación se realizó conforme a las previsiones del Código de Minería.
El conductor Tomás Dente lanzó una andanada al aire contra Juan Pablo Luque, diputado nacional por Unión por la Patria, al que señaló como responsable político de la muerte del pequeño Ángel, el niño de cuatro años asesinado en Comodoro Rivadavia. El detonante fue la viralización de una publicación en la plataforma X, donde la usuaria Nancy Aleuy difundió recortes del Boletín Oficial municipal de noviembre de 2022 con la Resolución 4.330-22, mediante la cual se oficializó el ingreso de la psicóloga Jennifer Leyva al equipo técnico del Servicio de Protección de Derechos local durante la gestión de Luque al frente de la intendencia.
En tal sentido, el conductor incluyó a Luque dentro de la cadena de responsabilidades que derivó en la muerte del niño: “A ese tipo le pagás un sueldo vos, como actual diputado, pero en su momento la designó a esta mina, que es también la responsable dentro de la cadena de responsabilidades de la muerte de Ángel, y está como si nada, va a apoyar el culo ahí al recinto tres, cuatro veces por semana, cobran millones, regurgitan cuatro o cinco pelotudeces y se vuelven a su casa”.
Dente también apuntó contra la madre biológica del menor y describió lo que consideró un patrón de conducta: “Lo había denunciado falsamente al papá de su otra hija en Misiones, es su modus operandi. Sinvergüenza, esta mujer. Tiene otra hija que era la hermana de este angelito, que ahora está, gracias a Dios, tiene la tenencia de su papá biológico allá en Misiones, pero lo había denunciado falsamente también, el mismo modus operandi, el mismo”. El conductor cuestionó además a la Justicia por haber forzado la revinculación.
Luque, por su parte, rechazó las acusaciones y las calificó de “campaña sucia”. Sostuvo que en la Municipalidad de Comodoro Rivadavia los nombramientos se realizan por concurso y que el servicio de protección “depende del gobierno provincial y la Defensoría forma parte del Poder Judicial”.
En el plano judicial, la causa avanzó de forma contundente. Tras conocerse el informe forense que confirmó que Ángel murió como consecuencia de múltiples traumatismos dirigidos, detuvieron a la madre biológica y a su pareja. Ambos permanecen privados de su libertad a la espera del proceso judicial, mientras la investigación continúa para reconstruir el derrotero de inacciones que derivó en el trágico final.
Un procedimiento conjunto con el municipio de General Pueyrredón terminó con la demolición de más de 170 puestos instalados durante décadas en la Rambla.
Vecinos y referentes sostienen que desde la provincia buscaban “tapar el agua” con clientelismo y que muchas familias continúan con serias dificultades.
Según FADA, la carga tributaria sobre la carne supera por separado al feedlot, al frigorífico y a la carnicería, y también tiene fuerte incidencia en otros alimentos básicos: representa el 24% del precio del pan y el 26% del sachet de leche.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse