16 enero, 2025

L-Gante a juicio oral por AMENAZAR a un vecino con un ARMA DE FUEGO

Un fiscal solicitó llevar al cantante a tribunales tras las declaraciones de un vecino, quien comentó que fue amenazado con un arma de fuego.
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El episodio sucedió en febrero del año pasado, cuando Elián Valenzuela (L-Gante) tuvo un enfrentamiento con un vecino oriundo del Barrio Bicentenario de General Rodríguez, el cual denunció al cantante por amenazas de muerte con uso de arma de fuego. Ahora, la fiscal Alejandra Rodríguez pidió que sea sometido a juicio oral junto a su pareja y su manager dado que también estuvieron presentes.

Si bien la causa fue elevada a juicio el 29 de marzo, aún no se designó el Juzgado Correccional que estará a cargo del debate.

Al momento de ser citado a indagatoria, L-Gante se negó a declarar por consejo de su abogado. Ahora, la causa pasa a juicio oral y público para que un juzgado correccional de Moreno lleve adelante el caso.

Valenzuela acusó a su vecino de haber estado sobre el techo de la casa de su madre con la presunta intención de robar. De acuerdo al relato del denunciante, ante dicha situación el músico de 21 años lo amenazó y efectuó un disparo al suelo. Luego de esta presentación, y a partir de registros fílmicos del enfrentamiento, efectivos policiales allanaron la casa del cantante pero solo encontraron la réplica de un arma de fuego.

Redacción

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Denuncian a diputada de LLA por usar instalaciones públicas como búnker militante y religioso en Neuquén

Mariano Mansilla, abogado y exdiputado provincial, formalizó una denuncia penal contra la diputada nacional Nadia Márquez, de La Libertad Avanza, y Pablo Ruiz, hermano de la suspendida vicegobernadora Gloria Ruiz. Las acusaciones se centran en el supuesto delito de peculado y malversación de bienes públicos por haber transformado el Complejo Casa de las Leyes en un espacio de actividades partidarias y religiosas.

De acuerdo con Mansilla, Pablo Ruiz, en su rol como coordinador del complejo, habría permitido que se realizaran reuniones partidarias y religiosas lideradas por Márquez, quien también ejerce como pastora evangélica. La denuncia sostiene que durante los meses de julio y agosto de este año, el edificio histórico, cuya función principal es cultural y legislativa, se utilizó como un “búnker” de La Libertad Avanza. Esto incluye no solo encuentros políticos, sino también actividades religiosas que, según Mansilla, no tienen cabida en un espacio financiado con recursos públicos.

La relación entre Nadia Márquez y Gloria Ruiz también fue un foco de atención en el caso. Ambas figuras mantenían una afinidad que habría sido una de las razones detrás de la suspensión de Ruiz. Críticas dirigidas hacia Márquez destacaron que esta cercanía facilitó su acceso y utilización de las instalaciones de Casa de las Leyes, lo que agrega una capa de complejidad a las acusaciones.

“Esto es parte de una estructura de corrupción que desvía bienes y fondos públicos destinados a fines culturales hacia usos partidarios y religiosos”, afirmó Mansilla. Además, subrayó que el rol de Márquez como funcionaria pública agrava su participación como cómplice primaria. Para el abogado, este tipo de acciones representan un claro abuso de poder que debe ser sancionado para garantizar la transparencia en la gestión pública.

La denuncia incluye material probatorio como videos, fotos y publicaciones de Márquez en redes sociales, en las que se evidencia su participación en reuniones dentro del complejo. Entre las pruebas destacan capturas de Instagram donde se promocionaban encuentros de La Libertad Avanza y testimonios de empleados legislativos que confirmaron la realización de estas actividades. Estas pruebas también incluyen registros en libros de visitas que muestran un uso constante de las instalaciones por parte de la diputada y su equipo.

“Los trabajadores incluso escuchaban salmos recitados en las oficinas, lo que claramente no corresponde a las funciones del edificio”, declaró Mansilla. Este testimonio se complementa con videos captados por los propios empleados, que muestran a personas ingresando al edificio para actividades religiosas y reuniones políticas. Para Mansilla, este tipo de evidencias refuerza la gravedad de las acusaciones y obliga a las autoridades a actuar con celeridad.

Otro aspecto relevante del desarrollo cronológico es que Carlos Eguía, exlibertario y ahora crítico del sector, fue quien primero denunció la situación de manera pública. Eguía reveló la existencia de reuniones políticas en las instalaciones de Casa de las Leyes y presentó videos y publicaciones de redes sociales de Márquez como evidencia.

El caso se produce en un contexto ya complejo debido a la suspensión de Gloria Ruiz, acusada de inhabilidad moral tras irregularidades en la administración del complejo. Mansilla vinculó este hecho a la cercana relación entre Ruiz y Márquez, insinuando que la vicegobernadora pudo haber facilitado el acceso a las instalaciones. La afinidad entre ambas figuras políticas ha sido motivo de críticas desde distintos sectores, que cuestionan cómo estas relaciones personales y partidarias podrían haber influido en la administración de bienes públicos.

En respuesta, Márquez desestimó las acusaciones. “La casta quiere mancharme con falsas denuncias. Que quede clara una sola cosa: La Libertad Avanza en Neuquén y no nos van a frenar”, expresó en un comunicado difundido en sus redes sociales. También sostuvo que estas denuncias responden a una persecución política motivada por el crecimiento de su espacio. En sus declaraciones, destacó que los ciudadanos neuquinos están despertando y que su movimiento representa una amenaza para los sectores tradicionales de poder.

El partido libertario respaldó a Márquez mediante un comunicado en el que acusaron a Mansilla de ser un “opositor funcional” y criticaron su trayectoria política. También denunciaron que las acusaciones contra Márquez forman parte de un intento por desacreditar a La Libertad Avanza, un espacio que ha ganado relevancia en la región.

La denuncia presentada será incorporada al expediente del Ministerio Público Fiscal (MPF), que ya investiga desvíos de fondos en la Legislatura neuquina. Este caso está bajo la supervisión de los fiscales Pablo Vignaroli y Juan Manuel Narváez, quienes recientemente llevaron a cabo allanamientos relacionados con presuntas operaciones fraudulentas bajo la gestión de Pablo Ruiz. En este contexto, se están analizando documentos y registros que podrían ampliar el alcance de las imputaciones.

Se espera que tanto Nadia Márquez como Pablo Ruiz sean citados a declarar en los próximos días. “Ahora corresponde que la Justicia investigue y determine responsabilidades”, concluyó Mansilla. Para el abogado, este caso podría sentar un precedente importante sobre el uso de bienes públicos y la responsabilidad de los funcionarios en su gestión.

Redacción

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URUGUAY | Subastaron un campo que Lázaro Báez compró para lavar dinero

El emblemático campo “El Entrevero”, ubicado en José Ignacio, Uruguay, y confiscado a Lázaro Báez tras su condena por lavado de dinero, fue subastado por orden de la justicia uruguaya. La propiedad, valuada originalmente en 14 millones de dólares, tenía una base de 3,5 millones, pero alcanzó un precio final de 10,8 millones en una reñida puja. La oferta ganadora fue realizada por una sociedad vinculada al empresario Eduardo Costantini, fundador de Nordelta, y al polista Adolfo Cambiasso, a través de la empresa Consultatio.

La subasta tuvo lugar en el hotel Jeans Clever de Punta del Este, donde empresarios y abogados se congregaron para participar del remate. Solo diez postores cumplieron con el requisito de un depósito inicial de 10.000 dólares para competir por el predio de 145 hectáreas. La entrada de “El Entrevero” se encuentra en el kilómetro 171 de la Ruta Nacional 10, a solo ocho kilómetros del exclusivo balneario de José Ignacio, y el terreno ofrece grandes posibilidades de desarrollo inmobiliario.

El campo había sido adquirido en 2011 por Báez a través de maniobras que buscaban blanquear fondos ilícitos. Según Leonardo Fariña, uno de los imputados en el caso y colaborador clave como testigo arrepentido, la compra se realizó mediante sociedades fantasma como Traline SA y Jumey SA para ocultar a los verdaderos propietarios. “Según la escritura se pagaron 14.109.340 dólares, pero si sumamos lo que no aparece en los papeles llegamos a 16 millones”, declaró Fariña durante el juicio.

La propiedad fue decomisada en el marco de la causa conocida como “La Ruta del Dinero K”, que destapó un esquema de corrupción liderado por Báez. En 2023, la justicia uruguaya condenó al empresario a cuatro años y medio de prisión por lavado de dinero, mientras que Fariña recibió una pena reducida de dos años y medio por su colaboración.

Además de “El Entrevero”, Báez poseía otro terreno en la zona del Faro de José Ignacio, adquirido por 800.000 dólares, y una propiedad en Maldonado valuada en 320.000 dólares. En total, el decomiso de bienes alcanzó los 14,8 millones de dólares.

El rematador Javier Fasanelo destacó las características del terreno subastado, que incluye 40 hectáreas habilitadas para desarrollos inmobiliarios cercanas al mar. “Es un terreno único, con posibilidades de desarrollo que justifican un precio final cercano a los 10 millones de dólares”, aseguró Fasanelo antes de conocerse la oferta final.

Redacción

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Condenaron al militante K Ezequiel Guazzora a más de 10 años de prisión por abuso sexual de una menor

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24 de la Capital Federal condenó este viernes a Ezequiel Guazzora a 10 años y 6 meses de prisión por el abuso sexual de una adolescente en 2023, en un domicilio del barrio porteño de Caballito. Además, la madre de la menor fue sentenciada a 10 años de prisión como cómplice necesaria en los hechos. Ambos fueron declarados culpables de uno de los casos más conmocionantes de los últimos años en el ámbito judicial argentino.

El tribunal, compuesto por los jueces Maximiliano Dialeva Balmaceda, Marcelo Roberto Alvero y Javier Esteban de la Fuente, declaró a Guazzora culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves y resistencia a la autoridad. La pena fue unificada con una condena previa de 3 años dictada por el Tribunal Oral Federal N°3 en 2021, resultando en una sentencia única de 12 años de prisión.

En consonancia con lo solicitado por la fiscalía, el tribunal dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y registre el perfil genético de Guazzora en el Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley N°26.879, que regula el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Este procedimiento busca garantizar que individuos condenados por delitos sexuales sean adecuadamente identificados en el futuro.

La investigación se originó tras una denuncia de la Organización No Gubernamental Red Alto al Tráfico y la Trata (RATT) de Argentina ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Según los detalles revelados en el juicio, Guazzora ofrecía dinero, drogas u otros bienes a la madre de la adolescente a cambio de permitirle mantener relaciones sexuales con la menor. La gravedad del caso se incrementa al considerar que los actos fueron planificados y ejecutados con frialdad y premeditación.

La madre fue detenida el 13 de agosto de 2023 en una escuela de la avenida Belgrano al 1300, durante las elecciones PASO, mientras que Guazzora estuvo prófugo por más de dos meses. Fue localizado en octubre por la Secretaría de Captura de Prófugos (SeCaP) en una vivienda del partido bonaerense de Merlo. La captura de Guazzora marcó el fin de una intensa búsqueda liderada por la Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (UFECRI), a cargo del fiscal José María Campagnoli.

El juicio oral comenzó el 11 de septiembre y estuvo a cargo de la Fiscalía N°15, representada por la fiscal general Ana Helena Díaz Cano y el auxiliar fiscal Leandro D’Ascenzo. Durante el proceso, se presentaron pruebas clave, como mensajes en los que Guazzora solicitaba menores para mantener relaciones sexuales y transferencias bancarias realizadas a la madre de la víctima. Estos mensajes incluyeron también detalles sobre el pago de 100 mil pesos por un “encuentro íntimo” con la adolescente. Además, se ponderó el testimonio de la adolescente y su identificación del lugar del abuso, que resultaron determinantes para la condena.

Según la acusación, entre marzo y abril de 2023, la madre llevó a su hija a la casa de Guazzora, donde éste le habría administrado una sustancia en su bebida que la dejó adormecida, mientras la madre consumía estupefacientes provistos por el condenado. En ese contexto, se produjo el abuso sexual. La fiscalía había solicitado 18 años de prisión para ambos acusados, incluyendo cargos por corrupción de menores, pero el tribunal determinó penas menores.

“Tengo la tranquilidad de que soy inocente de lo que se me está causando. Creo en la Justicia”, declaró Guazzora en sus últimas palabras antes de la sentencia. Sin embargo, los jueces dictaron su condena por unanimidad. Los fundamentos del fallo serán publicados el próximo 6 de febrero. Por otro lado, la defensa de Guazzora ya ha anunciado su intención de apelar la sentencia, argumentando que las pruebas presentadas “no son concluyentes y que existe un sesgo en la interpretación de los hechos”.

Redacción

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Condenaron al líder de ultraizquierda Alejandro Bodart por promover el antisemitismo

La Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó al dirigente del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Alejandro Bodart, a seis meses de prisión en suspenso por incitar a la discriminación contra la comunidad judía. El fallo, que revocó una absolución en primera instancia, se produjo por una serie de publicaciones realizadas por Bodart en la red social Twitter en mayo de 2022, donde comparó al “sionismo” con el nazismo y calificó a Israel como un “estado genocida”. 

El tribunal, compuesto por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larroca, dictó el fallo por mayoría. Mientras que Larroca sostuvo que las expresiones de Bodart se encontraban amparadas por la libertad de expresión, Mahiques y Franza concluyeron que los mensajes constituían incitación al odio y discriminación. “Bajo el ropaje de críticas legítimas, despliega un arsenal discursivo discriminatorio que contiene una comparación del movimiento político sionista con el nazismo”, afirmó el juez Mahiques en su voto.

La decisión también destacó que las publicaciones de Bodart “niegan el derecho del Estado de Israel a existir y postulan que la comunidad judía ocupa un territorio que le pertenece a otro pueblo”, lo que adquiere “la cualidad discriminatoria por el modo en que se expresan las palabras”. Estas declaraciones, según los jueces, “proporcionan las bases para deslegitimar la existencia de Israel y promueven la afectación de derechos de un grupo vulnerado”.

El fallo de 150 páginas incluye también referencias a la definición de antisemitismo adoptada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), la cual fue incorporada por Argentina en 2020. Esta definición señala que negar el derecho del pueblo judío a la autodeterminación, como sucedió en las publicaciones de Bodart, puede constituir antisemitismo.

Los mensajes que motivaron la denuncia fueron publicados por Bodart en mayo de 2022. En uno de ellos, escribió: “Sionistas=Nazis”, acompañado de un emoticón ofensivo. Días después, publicó: “74 años de la catástrofe que vive el pueblo palestino a manos del Estado racista y genocida de Israel. La llave, símbolo de sus casas y tierras robadas, está presente en cada lucha. Por una Palestina laica y democrática, del río al mar”. La DAIA denunció estas expresiones y solicitó su retractación, algo que Bodart rechazó, acusando a la organización de intentar acallar críticas.

El dirigente también publicó: “El pueblo palestino resiste. Apoyar su heroica lucha es también desnudar las mentiras del sionismo, el imperialismo y sus voceros. Los ataques a quienes defendemos la causa palestina no nos silencian: nos confirman que estamos en lo correcto. El Estado de Israel es genocida”. Estas declaraciones fueron interpretadas por el tribunal como un llamado a la violencia y la hostilidad.

Durante el juicio, testigos de ambas partes aportaron visiones contrapuestas. Representantes de la DAIA y del Centro Simon Wiesenthal calificaron las expresiones como antisemitas y como parte de un discurso de odio. Ariel Gelblung, director del Centro Wiesenthal para América Latina, declaró que “la comparación de sionismo con nazismo es perversa en extremo” y argumentó que dicha analogía distorsiona la historia y banaliza el Holocausto. Según Gelblung, “poner en pie de igualdad a un movimiento de autodeterminación nacional con un proyecto racista de aniquilación es un acto que fomenta el odio”.

En contraste, figuras como Myriam Bregman, Adolfo Pérez Esquivel y Naum Briski defendieron a Bodart, argumentando que sus dichos constituían una crítica política y no un ataque a la comunidad judía.

Bodart anunció que apelárá el fallo hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, calificándolo como un acto de “autoritarismo”. Según sus abogados, la condena aún no tiene carácter definitivo, ya que falta cumplir el doble conforme. “El aparato sionista ha domesticado parte de la justicia para acallar toda crítica al Estado de Israel”, declaró el dirigente en un comunicado.

Por su parte, Ariel Gelblung, del Centro Wiesenthal, sostuvo que el fallo establece un precedente significativo. “Este caso marca un límite claro: la libertad de expresión no puede ser excusa para discursos de odio”, afirmó. Además, subrayó la importancia de incorporar la definición de la IHRA como interpretativa de la Ley Antidiscriminatoria, algo que consideró como un avance clave para prevenir futuros casos similares.

En los próximos meses, se espera que la apelación presentada por los abogados de Bodart, entre ellos María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, abra nuevos debates en instancias superiores. Entretanto, el dirigente continúa defendiendo su postura y cuestionando lo que considera una “persecución política y judicial”.

Redacción

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El piquetero Belliboni quedó al borde del juicio oral por el millonario desvío de los fondos sociales

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el procesamiento de Eduardo Belliboni, líder piquetero del Polo Obrero, y de otros 16 dirigentes acusados de administración fraudulenta, extorsión y amenazas en el marco de la investigación por el manejo irregular de fondos del programa social Potenciar Trabajo. Con esta decisión, los implicados quedan al borde del juicio oral.

El tribunal, integrado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña, rechazó las apelaciones presentadas por las defensas debido a que no se encontraban debidamente fundamentadas desde el punto de vista federal. En su fallo, los magistrados destacaron que “los recurrentes no lograron demostrar los agravios actuales de tardía o imposible reparación ulterior que les genera la decisión”. Además, subrayaron que los recursos carecían de cuestiones de fondo que ameritaran una revisión por parte del máximo tribunal penal. 

La causa, instruida por el juez federal Sebastián Casanello, se centra en el presunto desvío de fondos públicos destinados al programa Potenciar Trabajo. Este programa, implementado por el ex Ministerio de Desarrollo Social, tenía como objetivo principal promover la inclusión social y laboral de los sectores más vulnerables mediante la financiación de actividades productivas, comunitarias y educativas. Sin embargo, la investigación reveló serias irregularidades en su ejecución.

Los dirigentes del Polo Obrero utilizaron parte de esos recursos para financiar actividades partidarias y exigir aportes económicos a los beneficiarios del plan, bajo amenaza de excluirlos del programa. Además, las pruebas recabadas incluyen facturas apócrifas y el uso de empresas fantasma como Rumbos y Coxtex SA, esta última calificada por la AFIP como una “usina de facturas falsas” desde 2020.

Las maniobras también involucraron acuerdos celebrados entre las organizaciones sociales y el ex Ministerio de Desarrollo Social, bajo los cuales se desviaron millones de pesos. Estos fondos, destinados originalmente a mejorar las condiciones de vida de sectores vulnerables, fueron utilizados para actividades ajenas al propósito del programa. En varios casos, las organizaciones actuaban como Unidades de Gestión, intermediarias que recibían y administraban los fondos asignados a los beneficiarios.

“Los acusados manejaron de manera fraudulenta fondos destinados a cubrir necesidades sociales y desviaron el propósito del programa estatal para su propio beneficio, perjudicando al erario público”, afirmó Casanello en su resolución. Además, los dirigentes habrían impuesto condiciones a los beneficiarios del plan, como participar en manifestaciones y movilizaciones, afectando su libertad personal y su patrimonio.

– El segundo del Polo Obrero, Jeremías Cantero, junto a su abogada en los tribunales de Comodoro Py

El Ministerio de Desarrollo Social firmó entre 2020 y 2022 al menos cinco acuerdos con organizaciones vinculadas al Polo Obrero, lo que permitió la transferencia de más de 361 millones de pesos. Estos convenios estipulaban que los fondos se destinarían exclusivamente a proyectos comunitarios y productivos. Sin embargo, las auditorías revelaron que gran parte del dinero terminó siendo utilizado para actividades que nada tenían que ver con los fines previstos, como la organización de movilizaciones y la financiación de gastos partidarios.

El procesamiento inicial, dictado en 2022, incluía el delito de administración fraudulenta. Posteriormente, la Cámara Federal porteña agregó los cargos de extorsión y amenazas coactivas, lo que agravó la situación judicial de los imputados, entre quienes también figuran María Isolda Dotti, Gianna Puppo, Elizabeth del Carmen Palma y Gustavo Guillermo Vásquez, entre otros. Los magistrados de Casación ratificaron que estas maniobras representaban un claro abuso de posición dominante sobre personas en situación de vulnerabilidad.

Entre los hechos más paradigmáticos se encuentra el caso de Coxtex SA, una empresa que no tenía sede social ni comercial, carecía de actividad real y presentaba movimientos bancarios inconsistentes. La utilización de esta y otras firmas fantasmas permitió desviar millones de pesos que, según la Justicia, terminaron en las cuentas de la organización. Estos desajustes financieros constituyen pruebas irrefutables de un esquema que utilizaba mecanismos ilegales para apropiarse de fondos públicos destinados a sectores vulnerables.

Las defensas argumentaron que “no existió perjuicio para el Estado”, ya que las arcas públicas no se vieron afectadas, y calificaron la causa como “altamente mediática y estigmatizante”. Asimismo, cuestionaron la validez de las pruebas, incluyendo testimonios de identidad reservada. También alegaron que los procedimientos judiciales vulneraron derechos básicos de los acusados, como el acceso total a las pruebas y el derecho a un juicio justo.

Sin embargo, para la Cámara Federal, las pruebas fueron contundentes: “Las exigencias comprobadas de asistir a movilizaciones constituyen amenazas coactivas, mientras que la obligación de aportar un porcentaje del sueldo recibido del programa se subsume en la figura de extorsión”, afirmaron los jueces. Los magistrados también destacaron que las organizaciones involucradas actuaban como intermediarias en la distribución de los fondos, lo que facilitó la ejecución de estas maniobras fraudulentas.

Tras el rechazo de los recursos, Sebastián Casanello está en condiciones de elevar la causa a juicio oral, una instancia que podría iniciarse tras la feria judicial de enero. Este proceso promete poner bajo la lupa no solo las prácticas del Polo Obrero, sino también la eficacia y los controles del Estado en la administración de los programas sociales. 

Redacción

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Un informe de la Fiscalía ratifica que Nisman fue asesinado

A pocos días de cumplirse el décimo aniversario de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Fiscalía Federal Nº 3, dirigida por Eduardo Taiano, presentó un informe exhaustivo que confirma la hipótesis del homicidio. 

El documento, compuesto por 52 páginas y dividido en siete capítulos, detalla los avances de la investigación, las irregularidades en el tratamiento inicial del caso y el impacto político y social de su muerte. Además, señala que el asesinato estuvo relacionado con su rol como fiscal de la Unidad Fiscal de Investigación del Atentado a la AMIA (UFI-AMIA) y, en particular, con la denuncia presentada contra Cristina Kirchner y otros funcionarios por presunto encubrimiento.

“Luego de años de tareas de investigación se arribó a una serie de conclusiones que hoy permiten afirmar que el fiscal federal Natalio Alberto Nisman fue víctima de un homicidio y que su muerte estuvo motivada en su labor en la UFI-AMIA y, concretamente, con su accionar vinculado al Memorándum de Entendimiento con la República de Irán. A la fecha, en esta etapa de la investigación, se encuentran en curso la producción de medidas tendientes a determinar la identidad de aquellos que ejecutaron el hecho y de quiénes lo ordenaron, conforme a la hipótesis de la fiscalía”.

El informe destaca que la muerte de Nisman ocurrió en un contexto de creciente presión y amenazas hacia él y su equipo, las cuales se intensificaron tras la presentación de su denuncia el 14 de enero de 2015. Este documento apuntó directamente al Memorándum de Entendimiento con Irán como una herramienta para garantizar la impunidad de los responsables del atentado terrorista a la AMIA de 1994. La fiscalía enfatiza que las pruebas recabadas hasta la fecha refuerzan la tesis de que el homicidio fue planeado con la intención de silenciarlo.

En el análisis de las primeras horas tras el hallazgo del cuerpo de Nisman en su departamento en el complejo Le Parc de Puerto Madero, el informe denuncia graves irregularidades. Se registró la presencia de más de 80 personas en la escena del crimen, incluyendo funcionarios de alto rango de la Prefectura Naval, la Policía Federal y el Ministerio de Seguridad. Estas acciones comprometieron la preservación de evidencias cruciales y han generado sospechas de encubrimiento. Además, se identificaron fallas significativas en la cadena de custodia, con elementos probatorios manipulados sin protocolos adecuados, como el arma utilizada en el homicidio. Este tipo de falencias, además de retrasar los avances en la investigación, abrieron la puerta a teorías de “conspiración” que, hasta el día de hoy, no han sido completamente descartadas.

“En ese dictamen se corroboró la participación activa de terceras personas en la muerte del Dr. Nisman, las cuales ingresaron al departamento y, luego de reducirlo, lo trasladaron hasta el baño ubicado en el cuarto principal de la vivienda. Allí, con la intención de simular un suicidio, lo obligaron a colocarse de rodillas y le dispararon en la cabeza, en el horario comprendido entre las últimas horas del 17 y la madrugada del 18 de enero de 2015″

Otro aspecto clave del informe es la ineficacia de la custodia policial asignada a proteger al fiscal. Durante el fin de semana en que ocurrió el crimen, los custodios abandonaron su puesto en varias ocasiones, dejando a Nisman completamente desprotegido por más de 12 horas. Según la fiscalía, esta negligencia facilitó el accionar de los perpetradores y la posterior manipulación de la escena. A la fecha, se está investigando a los agentes responsables de su seguridad para determinar su nivel de participación o negligencia. 

– Eduardo Taiano

La investigación también pone el foco en los servicios de inteligencia. Se identificó la participación de agentes de la ex SIDE en el entorno de Nisman antes y después de su muerte. La fiscalía acusa a estos organismos de retener información relevante y, en algunos casos, destruir documentos clave que podrían haber arrojado luz sobre los hechos. Esta obstrucción no solo ha ralentizado el avance de la investigación, sino que también alimentaron las sospechas de un encubrimiento sistemático. Las conexiones entre estos agentes y sectores políticos vinculados al gobierno de ese entonces han sido un tema central en las hipótesis del caso, evidenciando un entramado de intereses cruzados que complican aún más el esclarecimiento del crimen.

“Del informe final también se desprende la presencia de ketamina en las vísceras, afirmándose que Nisman se encontraba al momento de su muerte con anestesia disociativa, siendo su voluntad abolida pero con conservación de su tono muscular”​

En una medida reciente, el gobierno actual, bajo la administración de Javier Milei, desclasificó una serie de documentos de inteligencia vinculados a la causa. Sin embargo, fuentes oficiales señalaron que algunos de estos archivos habrían sido destruidos durante gestiones anteriores, dejando vacíos importantes en la investigación. Esta desclasificación busca aclarar las redes de contactos entre espías y actores políticos en las horas previas y posteriores a la muerte de Nisman. La fiscalía sostiene que estos documentos podrían ser clave para identificar tanto a los responsables materiales como intelectuales del crimen. A pesar de los esfuerzos recientes, la falta de documentación completa genera nuevos interrogantes sobre el grado de colaboración institucional en el caso.

El informe también subraya las nuevas líneas de investigación que se han abierto, incluyendo el análisis de más de 600 líneas telefónicas relacionadas con el caso y el entrecruzamiento de datos que podrían revelar patrones de comunicación sospechosos. Asimismo, se están impulsando nuevas imputaciones contra figuras vinculadas a los servicios de inteligencia y al entorno gubernamental de aquel momento. Estas medidas incluyen la convocatoria a declarar como testigos a agentes de inteligencia que habrían estado activos en las fechas críticas, así como el análisis de movimientos financieros relacionados con el uso de fondos reservados.

Redacción

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