27 julio, 2024

¿Se cayó el negocio de los abogados mediáticos?: Burlando, Hermida Leyenda y Cipolla sin trabajo por el gusto a las cámaras

La exposición pública ya no mueve como antes el perímetro de las decisiones judiciales.
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Si uno hace con el reloj un retroceso, puede recordar casos sistemáticos en los que abogados mediáticos han intervenido de manera espontánea. A tal punto, de que esos doctores llegaron a ser la principal búsqueda de famosos para que puedan obtener la defensa exclusiva de estos. ¿Por qué ahora perdieron esa prioridad plena?

Con el paso del tiempo, comenzaron a ser menos tomados en cuenta, como si ya las reconocidas figuras del espectáculo, deporte, política y demás, no quisieran tener nada que ver. O bien ser popularizados por sus mismos defensores judiciales. Antes, mediatizar los casos era algo bien visto para presionar decisiones, ahora pareciera que ello no es puesto en escena o directamente empeora las causas.

Dr. Victor Tutú on Twitter: “Esta es la “ética” del mediático abogado Burlando.Valga la redundancia, parece que se está “burlando” del Tribunal y de los padres de Fernando. pic.twitter.com/4s0IyGroMk / Twitter”

Esta es la “ética” del mediático abogado Burlando.Valga la redundancia, parece que se está “burlando” del Tribunal y de los padres de Fernando. pic.twitter.com/4s0IyGroMk

Pulgar hacia abajo para Burlando

El mediático abogado Fernando Burlando resultó ser de los primeros en aparecer desfilando por la televisión Argentina. Sin embargo, vale recalcar que también el doctor fue quién abrió la puerta para la caída de los mismos, tras ser apartado en el reconocido caso de Leandro Santos.

Desfiles en Punta del Este, fiestas de ricos y famosos en el barrio porteño de Palermo, buena comida, excelente bebida, hoteles 5 estrellas en Buenos Aires. Mucha noche, promesa y brillo. Así eran los espejitos de colores que el famoso representante de modelos Leandro Santos les oficiaba a las chicas que en Argentina o Uruguay querían dar el salto.

Fernando Burlando
El precandidato a gobernador bonaerense, el abogado Fernando Burlando.

Pero, en realidad, el salto era al vacío: las chicas soñaban con un destino glamoroso de modelos pero terminaban siendo usadas en fiestas privadas, orgías o debuts sexuales de nenes bien. Eran llevadas y traídas de acá para allá por el Río de la Plata para alimentar el negocio del sexo VIP y fueron la base con la que Santos, sus socios y buena parte de su familia se enriquecieron entre 2010 y 2019.

Sexo VIP, así se le dice en la calle, pero en este caso la Justicia federal consideró que estaban frente a una red de trata de mujeres con fines de explotación sexual. Esa parte de la la investigación (a cargo del fiscal Federico Delgado, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas y el juez Sebastián Casanello) ya está en manos del Tribunal Oral Federal 1, que aún no fijó fecha de debate.

Leandro Santos
El ex representante de modelos Leandro Santos.

Ni el problemático youtuber lo quiso

Otro de los abogados en ser puesto dentro del círculo de aquellos que fueron puestos de lado es Alejandro Cipolla, el cual se ha encargado de defender a problemáticos influencers como el cumbiero Elián Valenzuela, conocido como “L-Gante”, y el controversial youtuber uruguayo. Ambos lo han corrido del medio como consecuencia de sus malos resultados.

La Sala II, Secretaría Penal IV de la Cámara Federal de San Martín confirmó el procesamiento y embargo millonario del youtuber uruguayo Marcos Ernesto Cabrera Rodríguez, alias “Yao Cabrera”, por “trata de personas con fines de explotación sexual y laboral y reducción a la servidumbre” y, por consiguiente, confirmó la elevación a juicio oral y público.

Elian Valenzuela
El cumbiero Elian Valenzuela, conocido como “L-Gante”.

La causa 10007/20 contra el influencer comenzó en octubre de 2020 por la denuncia del manager de medios Jorge Zonzini en el Juzgado Federal de Campana a cargo del juez Adrián González Charvay por multiplicidad de delitos sexuales contra niños y adolescentes.

Luego se sumaron a la misma causa las querellas penales de los ex empleados de la organización liderada por Yao Cabrera, Viral/Wifi Team, Giovanna De Mitole y Joaquín Apesteguia, patrocinados por el penalista Ramón Arigos. Ambos querellantes trabajaron para el polémico influencer, y presentaron pruebas irrefutables sobre los sistemas de multiestafas a niños vulnerables, abusos sexuales, corrupción, facilitación de la prostitución a menores de edad, entre otros.

Yao Cabrera
El youtuber uruguayo Yao Cabrera.

El ya muy pasado 8 de febrero, cuando el Juzgado Federal de Campana lo citó a indagatoria, el youtuber se negó a declarar y sólo escuchó las acusaciones. Su abogado, Alejandro Cipolla, había denunciado entonces que solo se trataba de “un show mediático” montado por Zonzini.

Asimismo, la Cámara Federal de San Martín orientó la competencia hacia el Juzgado de Garantías de Escobar para que se ocupe de los delitos sexuales contra menores de edad y la venta de estupefacientes en las fiestas que se organizaban desde Viral/Wifi Team.

Alejandro Cipolla
El mediático abogado Alejandro Cipolla.

La abogada feminazi que politizó el caso de Nahir Galarza

No es necesaria la presentación de Raquel Hermida Leyenda, quién pasó vergüenza por su ridícula denuncia contra la estrella de la Selección Argentina de fútbol. La mediática abogada igualmente se hizo reconocida por la asesina condenada a prisión perpetua, Nahir Galarza. Esta última poca paciencia le tuvo a su manera de llevar el caso ante las cámaras, lo cual derivó en su cesantía.

“Solo le interesa las cámaras y no la verdad”, fueron algunas de las frases que soltó Galarza contra la doctora. Tras ello, Nahir fue la partícipe de que Hermida Leyenda termine siendo una desempleada más, bajo las fuertes críticas de sus formas. En las redes le salieron al cruce.

Nahir Galarza
La asesina con condena perpetua firme Nahir Galarza.

Vale recordar que la joven condenada a prisión perpetua solicitó la revocatoria de su codefensora dado que no estaba conforme con su nivel de exposición mediático y con su decisión de darle un “tinte feminista” a la causa. “Me ha colocado como rehén de un feminismo fanático al que no pertenezco”, señaló Galarza ante los medios de comunicación.

Sin ir más lejos, lejos de entender que está fuera del caso, sumó un papelón al escribir un tweet en donde ignoraría su despido del caso de Nahir Galarza y, además, no frena con la lluvia de progresismo a la causa. Fuentes oficiales que se comunicaron con Data24 afirmaron que “calumnia a los abogados que se encuentran trabajando en el caso, sin ningún argumento justificativo”, lo cual se encuadraría en delitos contra el honor de manera simple.

Hermida
La abogada feminista Raquel Hermida Leyenda que despidió Nahir Galarza y fue demandada por Gonzalo Montiel.

Ante todo lo referido, no queda otra alternativa que dejar en claro el comienzo de bajas en abogados mediáticos. Ya sea como consecuencia de la manera de abordar los casos en la televisión argentina, o bien, la impopularidad y vista gorda de la Justicia a lo que se viralice en dichos medios de comunicación. ¿Tendrán trabajo por otro lado o ya nadie los quiere cerca?

Ulises Catriel Cuenca

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CERCA DEL JUICIO FINAL | Confirmaron el procesamiento de Espinoza por abuso sexual

Mientras se muestra en actos oficiales acompañado por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, quedó más cerca del juicio oral en su contra por abuso sexual contra una ex empleada suya.

Este miércoles, la Justicia confirmó el procesamiento del funcionario público bonaerense, en la causa por abuso sexual, tras la denuncia de su ex secretaria privada, quien lo acusó de “tocamientos impúdicos” e intento de violación.

La resolución fue tomada por la Sala VII de la Cámara del Crimen, que rechazó la apelación del referente del peronismo provincial y lo dejó al borde del juicio. Con las firmas de los jueces Rodolfo Pociello Argerich, Juan Cicciero y Ricardo Pinto, se complica la situación procesal de Espinoza.

El fallo, también convalidó la acusación por “desobediencia”, que se había hecho en primera instancia, luego de que el mandatario matancero desoyera “la orden de no tomar contacto ni directa ni indirecta con la víctima”, ya que le ofreció dinero a cambio de que levante la acusación en su contra.

Por ello, la Justicia le trabó un embargo por 1.500.000 de pesos a Espinoza, mientras avanza la causa que intenta desentrañar lo ocurrido el 10 de mayo de 2021, cuando la mujer que tenía 32 años y recientemente había empezado a trabajar para el intendente de manera informal, se sintió intimidada y abusada por el ex presidente del PJ bonaerense.

En ese momento, la jueza de primera instancia Fabiana Galletti, entendió que “la damnificada padeció inesperadamente los tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin su consentimiento por parte de quien se trataba su jefe en ese entonces y de una persona pública, y de la manera que pudo denunció lo ocurrido, con angustia y perturbada producto del accionar sorpresivo y deliberado del imputado de avasallar su libertad sexual aprovechando su autoridad, que la coloca naturalmente por su rol en una situación de desventaja”.


Redacción

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La Bancaria llevará a la Justicia la restitución del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría

Este lunes, el gobierno reglamentó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 652 que los trabajadores de la cuarta categoría volverán a pagar el Impuesto a las Ganancias. La medida generó una rápida reacción del gremio bancario, liderado por Sergio Palazzo, quien presentó una demanda judicial.

Palazzo, diputado nacional de Unión por la Patria y titular de La Bancaria, afirmó en una entrevista radial que el impuesto es “confiscatorio” y representa una “rebaja salarial encubierta”. Según sus cálculos, la medida afectará al 95% de los empleados bancarios, quienes verán cómo hasta el 16% de sus salarios es absorbido por el tributo, superando el 20% permitido para retenciones legales y no legales.

Sergio Palazzo, diputado nacional de Unión por la Patria y titular de La Bancaria

En su intervención, Palazzo ejemplificó la situación diciendo: “Imagínese una persona que, como tantas otras en Argentina, se separa y tiene que pagar una cuota alimentaria. Si su salario neto es de 1.200.000 pesos y debe pagar una cuota de 300.000 o 400.000 pesos, pagará impuestos sobre 800.000 pesos, lo que es menos de la canasta básica para no ser pobre. Es una cosa absolutamente ilógica, es alimentario el salario”.

El decreto establece que los trabajadores comenzarán a pagar el impuesto a partir de los $1.800.000 de ingreso bruto mensual para los solteros y desde $2.200.000 para los casados con dos hijos, con alícuotas que irán del 5 al 35 por ciento. Además, las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán semestralmente a partir de 2025, en los meses de enero y julio, por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

El líder de La Bancaria recordó que la denuncia estaba preparada desde la semana pasada, a la espera de la ratificación de los números sobre el piso para no pagar. “Estamos pidiendo la legitimación, es decir, que sea La Bancaria la que pueda litigar y no los trabajadores, porque es abarcativo casi el 95% de los trabajadores”, subrayó.

Palazzo concluyó resaltando la disposición del gremio para defender los derechos de sus afiliados ante lo que consideran una medida injusta y perjudicial para los trabajadores bancarios.

Redacción

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Río Negro: la Corte Suprema anuló la transferencia de tierras del Ejército a la comunidad mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la controversial cesión de 180 hectáreas de tierras de un cuartel del Ejército a una comunidad mapuche en Bariloche, impulsada por el kirchnerismo.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, concluyó que la controversia legal no fue válida porque la provincia de Río Negro no fue consultada.

El conflicto judicial se originó cuando la jueza federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, jubilada desde entonces, dictaminó el 2 de febrero de 2022 a favor de un amparo presentado por la comunidad Millalonco Ranquehue. Este amparo solicitaba la entrega de 180 hectáreas del Batallón de Montaña del Ejército al Instituto de Asuntos Indígenas (INAI), para que sean transferidas a nombre de la comunidad mapuche.

El terreno en cuestión, ubicado en la ladera oeste del cerro Otto, está registrado a nombre del Ejército Argentino. La Corte Suprema determinó la anulación del caso debido a la omisión de citar a la provincia de Río Negro, la cual era necesaria para su participación en defensa en el juicio.

La comunidad mapuche había demandado al Estado Nacional para obtener el título de propiedad comunitaria sobre las tierras que afirmaba ocupar de manera “actual, tradicional y pública”, reconocidas por una resolución del INAI en 2012, basada en un relevamiento técnico, jurídico y catastral.

En primera instancia, se había ordenado al Poder Ejecutivo Nacional que, en 60 días desde la firmeza de la resolución, transfiriera gratuitamente el dominio de las tierras al INAI. El Ejército Argentino apeló la decisión fuera de plazo, y la Cámara Federal de General Roca rechazó el recurso por presentarse fuera de los términos procesales establecidos.

En 2023, tanto el Ejército Argentino como la fiscal general María Claudia Frezzini presentaron recursos extraordinarios contra la decisión judicial, los cuales fueron denegados, resultando en la presentación de quejas ante la Corte Suprema de Justicia. Este proceso también derivó en una causa penal contra los abogados estatales por presunto incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos, proceso en el cual la Cámara Federal de Casación Penal anuló los procesamientos. Esta decisión está actualmente recurrida ante la Corte Suprema.

Recientemente, la Corte Suprema declaró la nulidad del trámite judicial relacionado con la transferencia de las tierras, ordenando que la Provincia de Río Negro sea incluida en el proceso judicial.

El fallo se fundamentó en el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional, el cual establece competencias concurrentes entre la Nación y las provincias en materia de adjudicación de tierras a comunidades indígenas.

La Corte destacó que las normativas reglamentarias específicamente prevén la participación de las provincias en los procedimientos de adjudicación de tierras y criticó que, en este caso particular, el INAI había excluido inicialmente a la Provincia de Río Negro a petición de la comunidad mapuche, sin luego darle intervención en el proceso judicial para que pudiera ejercer sus derechos.

El caso ha tenido varias idas y vueltas, incluyendo decisiones previas de la Corte que suspendieron la entrega de las tierras con la intervención del procurador Eduardo Casal. Además, el fiscal Carlos Stornelli fue uno de los que impulsó las acciones legales contra los abogados que apelaron fuera de plazo, lo que impidió temporalmente la transferencia de parte del predio militar.


*FUENTE: Agencias

Redacción

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Cúneo Libarona busca bajar la edad de imputabilidad: “En 1980 el joven de 13 años no era el mismo de hoy”

A raíz del aumento de la inseguridad por los delitos graves cometidos por menores en la Argentina, el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, ha reafirmado su postura a favor de bajar la edad de imputabilidad a 13 años. Esta propuesta, según Cúneo Libarona, responde a un cambio en el desarrollo y comportamiento de los jóvenes en la actualidad que no se condice con los buenos valores y costumbres que practicaban en 1980.

“El artículo 34 del Código Penal dice que no es punible quien no tenga conciencia de la criminalidad del acto y no pueda dirigir sus acciones. En 1980, cuando se dictó la ley, el joven de 13 años no era el mismo de hoy. Hoy tiene conciencia, actúa con dolo, tiene intención”, declaró Cúneo Libarona en una entrevista con Jonatan Viale. El ministro sostiene que los adolescentes de hoy son plenamente conscientes de sus acciones y deben ser responsables por ellas.

El funcionario nacional argumentó que, si un joven de 13 años comprende que usar un arma y matar constituye homicidio, es indudable que tiene la capacidad de entender la criminalidad de sus actos. “¿Qué le decimos al padre al que le mató un hijo un chico de 13 años? ¿Qué son inimputables, que quedan en libertad? No hay límites”, añadió con preocupación.

“La cantidad de delitos cometidos por chicos de 13 años nos sorprendería. Hubo un incremento del 20% de un año a otro, con lo cual no cabe duda de que el chico de 13 años de 2024 no es el mismo de antes”, detalló el abogado. Este enfoque integral del proyecto de ley busca no solo reducir la delincuencia juvenil, sino también ofrecer un marco legal que permita tratar a los menores con la seriedad que la situación amerita, sin descuidar su rehabilitación y reintegración social.

¿DÓNDE IRÁ EL MENOR DE 13 AÑOS QUE COMETE UN DELITO? | EL PLAN DE CUNEO LIBARONA

El proyecto de ley propuesto por La Libertad Avanza establece que los menores privados de libertad serían internados en establecimientos especiales o en secciones separadas dentro de las penitenciarías, bajo la supervisión de personal especializado. Los padres de los menores recibirían notificación tanto de la imputación como de los actos procesales subsiguientes, y se garantizaría la protección de los derechos de las víctimas en todo momento.

Además, la propuesta incluye medidas complementarias para las condenas condicionales, como la asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, y tratamiento médico o psicológico, entre otros. Estas medidas buscan no solo castigar sino también rehabilitar y reintegrar al menor en la sociedad de manera constructiva.

Las penas propuestas varían entre tres y seis años, con alternativas a la prisión en ciertos casos. La implementación de estas penas será supervisada por un juez o fiscal, y también por la víctima si así lo desea. “El máximo de las penas será de 20 años. Al cumplir dos tercios, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas”, explicó Cúneo Libarona. Además, se establece que ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.

Redacción

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Fiscalía pide cuatro años de prisión para Guillermo Moreno por manipular el INDEC: “Bajaba los índices a martillazos”

Los fiscales federales Diego Luciani y José Ipohorski solicitaron cuatro años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos para el exsecretario de Comercio Interior del kirchnerismo, Guillermo Moreno, acusado de manipular los índices del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para ocultar los verdaderos niveles de inflación.

Moreno enfrenta cargos por abuso de autoridad, violación de secretos, destrucción de registros y documentos, y falsedad ideológica de documentos públicos. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de la Capital Federal —compuesto por los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini— es el encargado de juzgar el caso.

La misma condena fue solicitada para Beatriz Paglieri, exdirectora del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, mientras que para las empleadas Marcela Filia y María Celeste Cámpora Avellaneda se pidieron dos años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La “intervención de facto” de Moreno: Bajar los índices “a martillazos”

La investigación se inició en 2007 a raíz de una denuncia presentada por la asociación civil “Asamblea por los Derechos Sociales”, basada en publicaciones periodísticas que denunciaban irregularidades en el desplazamiento de la entonces directora del IPC, Graciela Bevacqua. Según las acusaciones, Moreno habría ordenado a Bevacqua revelar datos confidenciales sobre los comercios utilizados para medir la inflación, y al negarse esta, fue reemplazada por Paglieri.

Fiscales que pidieron la condena para Moreno: Diego Luciani (medio) y José Ipohorski (izquierda)

El fiscal Luciani afirmó que Moreno llevó a cabo una “intervención de facto” del INDEC para bajar artificialmente la inflación, sosteniendo que “a martillazos bajaban los índices”. Según Luciani, desde la llegada de Paglieri, se extraían a diario copias de los formularios del índice que luego eran sacadas del organismo por Paglieri, con la colaboración de Filia y Cámpora Avellaneda.

Las anteriores condenas a Moreno

Los fiscales también solicitaron abrir una investigación contra la exministra de Economía, Felisa Miceli, argumentando que el INDEC dependía de su Ministerio, por lo que se debe evaluar su posible implicación en los delitos. Además, se describió un sistema de control y coerción dentro del INDEC, donde incluso se habría llegado a encerrar a empleados en oficinas y retirarles contraseñas o tareas.

Guillermo Moreno ya enfrentó otros juicios: En octubre de 2017 fue condenado a dos años y seis meses de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de peculado, y en julio de 2022 fue condenado a dos años de prisión en suspenso por amenazas coactivas.

Felisa Miceli, exministra de Economía

El juicio actual continuará con los alegatos de las defensas el próximo miércoles 10 de julio. Luego, los jueces determinarán la fecha para la audiencia en la que se dará a conocer el veredicto final. Moreno, por su parte, negó las acusaciones, argumentando que su gestión no dependía del INDEC y que simplemente utilizaba la “conversación de los precios” para su trabajo.

Redacción

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VACUNATORIO VIP | Procesaron a Ginés González García por peculado y abuso de autoridad con embargo millonario

La jueza federal, María Eugenia Capuchetti, procesó al ex ministro de Salud, Ginés González García, en la causa conocida como “Vacunatorio VIP”, por los delitos de abuso de autoridad y peculado. La resolución incluye un embargo sobre sus bienes por la suma de $130 millones. El procesamiento no contempla prisión preventiva.

El escándalo estalló a principios de 2021, durante la gestión de González García como ministro de Salud del gobierno de Alberto Fernández. La investigación reveló que se habían destinado dosis de la vacuna contra el COVID-19 a personas que no cumplían con los criterios de prioridad establecidos por la normativa vigente. Entre los beneficiarios se encontraban el ex presidente Eduardo Duhalde y su familia, el operador K, Horacio Verbitsky, y los entonces legisladores Jorge Taiana y Eduardo Valdés, entre otros.

Según la jueza Capuchetti, la imputación contra González García se basa en dos hechos específicos. En primer lugar, se le acusa de haber ordenado el retiro de diez dosis de la vacuna asignadas al Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, y su traslado al Ministerio de Salud para vacunar a personas que no estaban habilitadas para recibirlas. En segundo lugar, se le atribuye haber ordenado el retiro de cinco dosis de la vacuna asignadas al Ministerio de Salud, para su administración en el domicilio particular de Eduardo Duhalde y su familia.

A lo largo de la investigación, se comprobó la existencia de un sistema paralelo de vacunación que operaba bajo la dirección del exministro. Este esquema implicaba la organización y logística para el traslado de dosis desde el Hospital Posadas al Ministerio de Salud, y la inoculación irregular de individuos que no formaban parte de las categorías prioritarias establecidas por la Resolución MSAL 2883/2020.

María Eugenia Capuchetti

Además de González García, fueron procesados otros funcionarios involucrados en el escándalo. Alejandro Salvador Costa, subsecretario de estrategias sanitarias, Marcelo Ariel Guille, secretario privado del Ministro, Alberto Alejandro Maceira, director ejecutivo del Hospital Posadas, y María Elena Borda, jefa de medicina preventiva del mismo hospital, también enfrentan cargos. En contraste, se dictó la falta de mérito para otras médicas indagadas en el caso.

Capuchetti subrayó que las vacunas eran un bien escaso y de vital importancia durante la pandemia, y que su desvío implicó una violación de los deberes inherentes a los cargos públicos de los implicados. En su fallo, destacó que las dosis asignadas al Hospital Posadas debían destinarse exclusivamente al personal de salud y, en casos excepcionales, al personal estratégico, según lo estipulado en la normativa vigente.

Redacción

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