El Gobierno nacional decidió dar de baja el Programa de Fortalecimiento Comunitario, una iniciativa que brindaba subsidios a comunidades indígenas para asesoramiento legal y técnico en conflictos de tierras. La decisión se formalizó con la Resolución 8/2025, publicada en el Boletín Oficial y firmada por Claudio Avruj, presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Según el documento oficial, la medida respondió a la falta de mecanismos de control adecuados y a la detección de desvíos en la ejecución de los fondos.
El Programa estaba destinado al “otorgamiento de subsidios destinados a afrontar las erogaciones económicas que acarrean las labores profesionales ejercidas en acciones y/o defensas judiciales, asesoramiento jurídico contable, capacitación legal y ejecución e inscripción de mensuras, todo ello tendiente a consolidar la posesión de las tierras que ocupan las Comunidades Indígenas existentes en el país y con el objetivo de alcanzar su definitiva propiedad comunitaria”. No obstante, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) detectó “deficiencia y desvíos” en los informes de auditoría, entre ellas la inexistencia de herramientas de registro y sistematización de datos “que permita identificar y cuantificar el resultado o impacto de los subsidios no reintegrables de fortalecimiento Comunitario otorgado desde su creación”.
La resolución resaltó que el programa no cumplió con sus objetivos fundacionales y que no disponía de un sistema de monitoreo que permitiera evaluar su impacto real. El texto oficial señaló: “Se ha constatado que el Programa de Fortalecimiento Comunitario no cuenta con una herramienta de registro y sistematización de la información que permita identificar y cuantificar el resultado o impacto de los subsidios otorgados”. En el mismo sentido, la decisión gubernamental argumentó la necesidad de “dejar sin efecto determinados programas que se llevan adelante en la órbita de este Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) que no responden a los criterios de eficiencia en el funcionamiento del sector público que este contexto requiere”.
Asimismo, el Gobierno enmarcó la iniciativa en la emergencia pública decretada en diciembre de 2023 mediante el decreto 70/2023, al sostener que “es imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia creada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que atraviesa el país”. De acuerdo con funcionarios del INAI, la administración de Javier Milei buscó reorganizar el sistema de asistencia y reducir la cantidad de subsidios directos, con miras a instaurar nuevos criterios de transparencia y eficiencia.
aviso_320475-1Por medio de la Resolución 8/2025, el titular del INAI resolvió: “Derógase la Resolución INAI N° 235/2004 del 19 de octubre de 2004, mediante la cual se resolvió crear el Programa de Fortalecimiento Comunitario en la órbita del INAI”.
En paralelo, el Gobierno también adoptó otras medidas que afectaron a distintas comunidades. Hace poco menos de una semana, el INAI revocó el permiso de ocupación de tierras a la comunidad indígena del pueblo Qom, Asociación Civil Comunidad Indígena “Añi Alba de Colonia 54 Nagui Aiem”, ubicada en la localidad de Makallé, Chaco. La Resolución 5/2025 publicada en el Boletín Oficial anuló el reconocimiento previo de ocupación tradicional y pública del lote 175 de Makallé, el cual había sido otorgado mediante la Resolución INAI N° 144/2023 del 29 de noviembre de 2023.
La revocación surgió a partir de una denuncia de Mariel Luisa Crespo, quien se presentó como copropietaria de una fracción del inmueble en disputa y afirmó que el procedimiento administrativo vulneró su derecho al debido proceso y a la defensa. Tras analizar la documentación, el INAI determinó que el relevamiento inicial omitió antecedentes jurídicos y títulos de propiedad que acreditaban los derechos de Crespo. En consecuencia, el organismo dio lugar al recurso de revisión y resolvió invalidar el permiso de ocupación. La nueva resolución especificó: “El planteo de inexistencia de la comunidad indígena como sujeto de derecho, su denominación y localización, deberá ser tratado por ante el organismo con competencia indígena de la provincia del Chaco, en tanto no resulta del análisis de los obrados”.
Las autoridades provinciales evaluarán las próximas acciones con relación al reconocimiento de la comunidad en esa jurisdicción y la situación de la propiedad del inmueble, en concordancia con las disposiciones del INAI.
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