16 julio, 2024

VACUNATORIO VIP | Procesaron a Ginés González García por peculado y abuso de autoridad con embargo millonario

La jueza María Eugenia Capuchetti procesó al exministro de Salud por el escándalo del Vacunatorio VIP, acusándolo de peculado y abuso de autoridad. Además, ordenó un embargo de $130 millones sobre sus bienes.
rafaela-biazi-470405-unsplash.jpg
10 Years Experiences

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

La jueza federal, María Eugenia Capuchetti, procesó al ex ministro de Salud, Ginés González García, en la causa conocida como “Vacunatorio VIP”, por los delitos de abuso de autoridad y peculado. La resolución incluye un embargo sobre sus bienes por la suma de $130 millones. El procesamiento no contempla prisión preventiva.

El escándalo estalló a principios de 2021, durante la gestión de González García como ministro de Salud del gobierno de Alberto Fernández. La investigación reveló que se habían destinado dosis de la vacuna contra el COVID-19 a personas que no cumplían con los criterios de prioridad establecidos por la normativa vigente. Entre los beneficiarios se encontraban el ex presidente Eduardo Duhalde y su familia, el operador K, Horacio Verbitsky, y los entonces legisladores Jorge Taiana y Eduardo Valdés, entre otros.

Según la jueza Capuchetti, la imputación contra González García se basa en dos hechos específicos. En primer lugar, se le acusa de haber ordenado el retiro de diez dosis de la vacuna asignadas al Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, y su traslado al Ministerio de Salud para vacunar a personas que no estaban habilitadas para recibirlas. En segundo lugar, se le atribuye haber ordenado el retiro de cinco dosis de la vacuna asignadas al Ministerio de Salud, para su administración en el domicilio particular de Eduardo Duhalde y su familia.

A lo largo de la investigación, se comprobó la existencia de un sistema paralelo de vacunación que operaba bajo la dirección del exministro. Este esquema implicaba la organización y logística para el traslado de dosis desde el Hospital Posadas al Ministerio de Salud, y la inoculación irregular de individuos que no formaban parte de las categorías prioritarias establecidas por la Resolución MSAL 2883/2020.

María Eugenia Capuchetti

Además de González García, fueron procesados otros funcionarios involucrados en el escándalo. Alejandro Salvador Costa, subsecretario de estrategias sanitarias, Marcelo Ariel Guille, secretario privado del Ministro, Alberto Alejandro Maceira, director ejecutivo del Hospital Posadas, y María Elena Borda, jefa de medicina preventiva del mismo hospital, también enfrentan cargos. En contraste, se dictó la falta de mérito para otras médicas indagadas en el caso.

Capuchetti subrayó que las vacunas eran un bien escaso y de vital importancia durante la pandemia, y que su desvío implicó una violación de los deberes inherentes a los cargos públicos de los implicados. En su fallo, destacó que las dosis asignadas al Hospital Posadas debían destinarse exclusivamente al personal de salud y, en casos excepcionales, al personal estratégico, según lo estipulado en la normativa vigente.

Redacción

info@data24.com.ar

Search

Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.

Cúneo Libarona busca bajar la edad de imputabilidad: “En 1980 el joven de 13 años no era el mismo de hoy”

A raíz del aumento de la inseguridad por los delitos graves cometidos por menores en la Argentina, el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, ha reafirmado su postura a favor de bajar la edad de imputabilidad a 13 años. Esta propuesta, según Cúneo Libarona, responde a un cambio en el desarrollo y comportamiento de los jóvenes en la actualidad que no se condice con los buenos valores y costumbres que practicaban en 1980.

“El artículo 34 del Código Penal dice que no es punible quien no tenga conciencia de la criminalidad del acto y no pueda dirigir sus acciones. En 1980, cuando se dictó la ley, el joven de 13 años no era el mismo de hoy. Hoy tiene conciencia, actúa con dolo, tiene intención”, declaró Cúneo Libarona en una entrevista con Jonatan Viale. El ministro sostiene que los adolescentes de hoy son plenamente conscientes de sus acciones y deben ser responsables por ellas.

El funcionario nacional argumentó que, si un joven de 13 años comprende que usar un arma y matar constituye homicidio, es indudable que tiene la capacidad de entender la criminalidad de sus actos. “¿Qué le decimos al padre al que le mató un hijo un chico de 13 años? ¿Qué son inimputables, que quedan en libertad? No hay límites”, añadió con preocupación.

“La cantidad de delitos cometidos por chicos de 13 años nos sorprendería. Hubo un incremento del 20% de un año a otro, con lo cual no cabe duda de que el chico de 13 años de 2024 no es el mismo de antes”, detalló el abogado. Este enfoque integral del proyecto de ley busca no solo reducir la delincuencia juvenil, sino también ofrecer un marco legal que permita tratar a los menores con la seriedad que la situación amerita, sin descuidar su rehabilitación y reintegración social.

¿DÓNDE IRÁ EL MENOR DE 13 AÑOS QUE COMETE UN DELITO? | EL PLAN DE CUNEO LIBARONA

El proyecto de ley propuesto por La Libertad Avanza establece que los menores privados de libertad serían internados en establecimientos especiales o en secciones separadas dentro de las penitenciarías, bajo la supervisión de personal especializado. Los padres de los menores recibirían notificación tanto de la imputación como de los actos procesales subsiguientes, y se garantizaría la protección de los derechos de las víctimas en todo momento.

Además, la propuesta incluye medidas complementarias para las condenas condicionales, como la asistencia a programas educativos, formación ciudadana, capacitación laboral, y tratamiento médico o psicológico, entre otros. Estas medidas buscan no solo castigar sino también rehabilitar y reintegrar al menor en la sociedad de manera constructiva.

Las penas propuestas varían entre tres y seis años, con alternativas a la prisión en ciertos casos. La implementación de estas penas será supervisada por un juez o fiscal, y también por la víctima si así lo desea. “El máximo de las penas será de 20 años. Al cumplir dos tercios, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas”, explicó Cúneo Libarona. Además, se establece que ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa, el juez la sustituirá por otra más severa.

Redacción

info@data24.com.ar

Fiscalía pide cuatro años de prisión para Guillermo Moreno por manipular el INDEC: “Bajaba los índices a martillazos”

Los fiscales federales Diego Luciani y José Ipohorski solicitaron cuatro años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos para el exsecretario de Comercio Interior del kirchnerismo, Guillermo Moreno, acusado de manipular los índices del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para ocultar los verdaderos niveles de inflación.

Moreno enfrenta cargos por abuso de autoridad, violación de secretos, destrucción de registros y documentos, y falsedad ideológica de documentos públicos. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de la Capital Federal —compuesto por los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini— es el encargado de juzgar el caso.

La misma condena fue solicitada para Beatriz Paglieri, exdirectora del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, mientras que para las empleadas Marcela Filia y María Celeste Cámpora Avellaneda se pidieron dos años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La “intervención de facto” de Moreno: Bajar los índices “a martillazos”

La investigación se inició en 2007 a raíz de una denuncia presentada por la asociación civil “Asamblea por los Derechos Sociales”, basada en publicaciones periodísticas que denunciaban irregularidades en el desplazamiento de la entonces directora del IPC, Graciela Bevacqua. Según las acusaciones, Moreno habría ordenado a Bevacqua revelar datos confidenciales sobre los comercios utilizados para medir la inflación, y al negarse esta, fue reemplazada por Paglieri.

Fiscales que pidieron la condena para Moreno: Diego Luciani (medio) y José Ipohorski (izquierda)

El fiscal Luciani afirmó que Moreno llevó a cabo una “intervención de facto” del INDEC para bajar artificialmente la inflación, sosteniendo que “a martillazos bajaban los índices”. Según Luciani, desde la llegada de Paglieri, se extraían a diario copias de los formularios del índice que luego eran sacadas del organismo por Paglieri, con la colaboración de Filia y Cámpora Avellaneda.

Las anteriores condenas a Moreno

Los fiscales también solicitaron abrir una investigación contra la exministra de Economía, Felisa Miceli, argumentando que el INDEC dependía de su Ministerio, por lo que se debe evaluar su posible implicación en los delitos. Además, se describió un sistema de control y coerción dentro del INDEC, donde incluso se habría llegado a encerrar a empleados en oficinas y retirarles contraseñas o tareas.

Guillermo Moreno ya enfrentó otros juicios: En octubre de 2017 fue condenado a dos años y seis meses de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de peculado, y en julio de 2022 fue condenado a dos años de prisión en suspenso por amenazas coactivas.

Felisa Miceli, exministra de Economía

El juicio actual continuará con los alegatos de las defensas el próximo miércoles 10 de julio. Luego, los jueces determinarán la fecha para la audiencia en la que se dará a conocer el veredicto final. Moreno, por su parte, negó las acusaciones, argumentando que su gestión no dependía del INDEC y que simplemente utilizaba la “conversación de los precios” para su trabajo.

Redacción

info@data24.com.ar

Tras la condena a Alperovich, tiembla Fernando Espinoza

“No escribo para convencer a nadie de nada. Estoy aquí contra la opresión del silencio y por la necesidad de recuperar mi vida, de sanar llamando a las cosas como son, sin suavizarlas ni teñirlas, poniéndole al monstruo nombre y apellido. Cuando no le ponés nombre, no existe”, había escrito en una carta abierta la sobrina del condenado exgobernador de Tucumán y exsenador del peronismo.

En paralelo a conocerse la sentencia a 16 años de prisión e inhabilitación permanente a ocupar cargos públicos de parte del condenado José Alperovich, está la situación del procesado intendente de La Matanza, Fernando Espinoza. Un caso similar donde una mujer lo denunció al Barón matancero de haber abusado sexualmente, al compartir una cena en el departamento de la víctima. Según consta en la denuncia, ella se habría negado ante la insistencia del político que se le tiró encima. Luego, se señaló que el jefe de gabinete del intendente la habría presionado para retirar la demanda.

La pregunta que cabe, aguardando la decisión en este caso de la justicia es, ¿Cómo estando procesado, Espinosa, no se hizo a un lado de la gestión municipal?

Con Alperovich, el partido peronista tomó la debida distancia ante el increscendo del escándalo. En cambio, a Espinoza lo siguen bancando sobre todo en el kirchnerismo de la provincia de Buenos Aires. Fotos con el gobernador Kicillof y varios actos oficiales de fingir demencia o hacer de cuenta que “aquí no pasó nada”.

También es cierto que colectivos feministas no hicieron igual hincapié en estas dos causas que en otras de también impacto como las del actor Juan Darthes, también condenado pero por la justicia brasileña.

Cuenta la historia que la moral de Cristina le hizo bajar el pulgar de un dirigente cercano cuando descubrió que le era infiel a su mujer, encima ella muy cercana colaboradora, entonces, de la ex presidenta.

¿Ser infiel resultaría más gravoso que ser abusador de mujeres?

Quizás Alperovich corrió con la mala suerte de no ser un dirigente con vigencia de poder. Su esposa, Beatris Rojkés, cultivó mucha cercanía con Cristina cuando la líder del kirchnerismo era presidenta. La reemplazó en la primera magistratura ante uno de sus viajes. El actual mandatario tucumano aliado de Milei, Osvaldo Jaldo, intentó ubicar a una de las hijas de Alperovich en la Secretaría de la Mujer. Agrupaciones feministas tucumanas alertaron de la barrabasada que hubiera sido la medida.

El magistrado que condenó a Alperovich es Ramos Padilla, un viejo conocido de la justicia. Cercano a organismo de derechos humanos y ex miembro de Justicia Legítima, actuó leyendo un cambio de época. No está nada mal para comenzar a soñar que muchos otros lo imiten.

*Con información de Expediente Político (Horacio Caride)

Redacción

info@data24.com.ar

Capitanich y Aníbal en el banquillo de acusados | Arranca el juicio por corrupción en Fútbol Para Todos

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzó el juicio contra 14 personas, incluidos exfuncionarios y dirigentes del fútbol, por irregularidades y desvío de fondos en el programa “Fútbol Para Todos”. Este programa, impulsado por la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), buscaba televisar de manera pública y gratuita los partidos de fútbol entre 2009 y 2015. La próxima audiencia está fijada para el primero de julio.

En el banquillo de los acusados se encuentran figuras prominentes del kirchnerismo como los exjefes de Gabinete Aníbal Fernández y Jorge Capitanich, y el excoordinador del programa, Gabriel Mariotto. Junto a ellos, también están acusados varios exdirectivos de la AFA, como Luis Segura y Miguel Ángel Silva, así como directivos de Futbolistas Argentinos Agremiados y representantes de entidades crediticias involucradas en el escándalo financiero.

El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Miguel Ángel Osorio y la fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Andrea Garmendia Orueta, acusa a los imputados de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. En particular, se señala a Fernández y Segura como autores de estos delitos, mientras que Capitanich está imputado por violación de los deberes de funcionario público.

Durante la primera audiencia, el tribunal integrado por Ricardo Basílico, José Michilini y Adrián Grünberg, escuchó la acusación fiscal que detalla cómo los fondos públicos destinados al programa fueron desviados a cuevas financieras mediante maniobras fraudulentas. Según la fiscalía, estos desvíos resultaron en un significativo daño al patrimonio público, con fondos que debían fortalecer a los clubes de fútbol terminando en entidades crediticias.

El programa “Fútbol Para Todos” nació con la promesa de ofrecer acceso “libre y gratuito” a los partidos de fútbol y mejorar la situación económica de los clubes. Sin embargo, según la acusación, los objetivos no se cumplieron y los pasivos de los clubes aumentaron. Además, se cuestiona la legalidad de contratos de sponsoreo y la falta de auditorías en los clubes, lo que permitió maniobras de desvío de fondos a través del cobro de cheques en financieras.

Redacción

info@data24.com.ar

Marcelo Peña impulsa un proyecto que pretende condenar con prisión efectiva a las falsas denuncias

El abogado especializado propuso endurecer las penas por falsas denuncias en el ámbito familiar. Argumenta que estas prácticas, mayormente realizadas por motivos económicos y emocionales, no solo afectan a los falsos acusados, sino que también causan un grave impacto psicológico en los niños involucrados.

“Si bien las penas que proponemos son obviamente para ambos padres, el 90% de las falsas denuncias son realizadas por mujeres que, por intereses económicos, patrimoniales y despecho, denuncian situaciones inexistentes que afectan directamente la salud mental de los hijos. Intentamos modificar el Artículo 245 del Código Penal para que, en casos de falsedad comprobada en contextos de género y familia, se aplique una pena de entre 2 y 4 años”, explicó Peña en diálogo con los medios.

Peña subrayó que el objetivo es proteger los derechos jurídicos de los niños, ya que una falsa denuncia puede someterlos a procedimientos judiciales invasivos como la cámara Gesell, terapias y exámenes médicos, con graves repercusiones psicológicas.

“Pedimos esta pena de 2 a 4 años porque el Código Penal prevé que delitos de esta índole puedan tener una pena condicional inicial. Sin embargo, en casos de reincidencia, buscamos establecer una pena efectiva para disuadir estos comportamientos. La doctrina del caso Góngora marcó un precedente al suspender la posibilidad de juicio en suspenso en estos contextos. Las falsas denuncias no deben ser tratadas con contemplación, ya que pueden agravar las condiciones psicológicas del niño”, afirmó el abogado.

“Cuando un niño pasa cuatro años sin ver a sus padres, abuelos y tíos, se produce un quiebre psicoemocional difícil de superar”, aseguró Peña a la Agencia de Noticias Fueros, quien defiende a varios padres en esta situación. “Las falsas denuncias, a menudo alentadas por abogados inescrupulosos, generan acusaciones absurdas que, aunque sean descartadas, siguen afectando injustamente a los padres o madres y a los menores involucrados”, añadió.

“Queremos que la falsa denuncia no sea una herramienta o instrumento”

El abogado señaló que actualmente las penas por falsas denuncias son mínimas, de 2 meses a 1 año en suspenso, y propone que pasen a ser de 2 a 4 años de prisión efectiva sin posibilidad de probatoria.

“Buscamos modificar el Código Penal porque, además del sufrimiento de los padres y de los menores, miles de horas del sistema judicial argentino se pierden en esta problemática que tiene consecuencias devastadoras para los niños. No queremos que la falsa denuncia se convierta en un instrumento para litigar durante una separación”, concluyó Peña.

Redacción

info@data24.com.ar

Río Negro: la Corte Suprema anuló la transferencia de tierras del Ejército a la comunidad mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la controversial cesión de 180 hectáreas de tierras de un cuartel del Ejército a una comunidad mapuche en Bariloche, impulsada por el kirchnerismo.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, concluyó que la controversia legal no fue válida porque la provincia de Río Negro no fue consultada.

El conflicto judicial se originó cuando la jueza federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, jubilada desde entonces, dictaminó el 2 de febrero de 2022 a favor de un amparo presentado por la comunidad Millalonco Ranquehue. Este amparo solicitaba la entrega de 180 hectáreas del Batallón de Montaña del Ejército al Instituto de Asuntos Indígenas (INAI), para que sean transferidas a nombre de la comunidad mapuche.

El terreno en cuestión, ubicado en la ladera oeste del cerro Otto, está registrado a nombre del Ejército Argentino. La Corte Suprema determinó la anulación del caso debido a la omisión de citar a la provincia de Río Negro, la cual era necesaria para su participación en defensa en el juicio.

La comunidad mapuche había demandado al Estado Nacional para obtener el título de propiedad comunitaria sobre las tierras que afirmaba ocupar de manera “actual, tradicional y pública”, reconocidas por una resolución del INAI en 2012, basada en un relevamiento técnico, jurídico y catastral.

En primera instancia, se había ordenado al Poder Ejecutivo Nacional que, en 60 días desde la firmeza de la resolución, transfiriera gratuitamente el dominio de las tierras al INAI. El Ejército Argentino apeló la decisión fuera de plazo, y la Cámara Federal de General Roca rechazó el recurso por presentarse fuera de los términos procesales establecidos.

En 2023, tanto el Ejército Argentino como la fiscal general María Claudia Frezzini presentaron recursos extraordinarios contra la decisión judicial, los cuales fueron denegados, resultando en la presentación de quejas ante la Corte Suprema de Justicia. Este proceso también derivó en una causa penal contra los abogados estatales por presunto incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos, proceso en el cual la Cámara Federal de Casación Penal anuló los procesamientos. Esta decisión está actualmente recurrida ante la Corte Suprema.

Recientemente, la Corte Suprema declaró la nulidad del trámite judicial relacionado con la transferencia de las tierras, ordenando que la Provincia de Río Negro sea incluida en el proceso judicial.

El fallo se fundamentó en el artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional, el cual establece competencias concurrentes entre la Nación y las provincias en materia de adjudicación de tierras a comunidades indígenas.

La Corte destacó que las normativas reglamentarias específicamente prevén la participación de las provincias en los procedimientos de adjudicación de tierras y criticó que, en este caso particular, el INAI había excluido inicialmente a la Provincia de Río Negro a petición de la comunidad mapuche, sin luego darle intervención en el proceso judicial para que pudiera ejercer sus derechos.

El caso ha tenido varias idas y vueltas, incluyendo decisiones previas de la Corte que suspendieron la entrega de las tierras con la intervención del procurador Eduardo Casal. Además, el fiscal Carlos Stornelli fue uno de los que impulsó las acciones legales contra los abogados que apelaron fuera de plazo, lo que impidió temporalmente la transferencia de parte del predio militar.


*FUENTE: Agencias

Redacción

info@data24.com.ar

Search

LO MÁS IMPORTANTE

TWEET DEL DÍA

LO MÁS LEÍDO

Tevero liberavisse
comprehensam nec.

Copyright 2023 © Data 24 - Todos los derechos reservados
Data 24.com.ar © Copyright 2023

Subscribe Now