Marcelo Frayssinet: sus negocios y beneficios por ser amigo de un intendente K

Ante los ojos de los vecinos que habitan en Coronel Suárez, Frayssinet es un socio directo de Ricardo Moccero, pero ellos niegan tener relación.
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10 Years Experiences

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Marcelo Frayssinet es sumamente reconocido por practicar Polo, deporte que lo llevó a hacerse de amistades de alto nivel. No obstante, del otro “lado de la vereda” es visto de reojo por los vecinos de Coronel Suárez tras haberse conocido ciertos vínculos con el intendente Ricardo Moccero. Este último ya expuesto por Data24, como consecuencia de ser un supuesto proxeneta.

Según pudo averiguar este portal, se trata de un profesional con varias deudas a espaldas. Por ejemplo, ante el Banco Central tiene 3 cheques sin fondo en el 2018 y nunca los levantó, por un total 80.500 pesos. Respecto a la AFIP, desde el 2019 a la fecha nunca presentó ni facturación, mucho menos balance.

Coronel Suárez
Documentación que compromete seriamente al polista de Coronel Suárez

No termina ahí. Sin ir más lejos, en el Juzgado Federal de Bahía Blanca, Frayssinet tiene 18 juicios por evasión impositiva. Lo extraño es que no esté concursado, ya que por una acumulación de 3 causas, se debe aplicar una sanción mayor. Aparentemente está bajo el ala de alguien poderoso. ¿Serán sus vínculos con Moccero?

Por otra parte, la AFIP lo embargó e inhibió por una causa con una financiera. Ante ARBA se encuentra en situación de deuda 3, categoría pre judicial. Frente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) también tiene un juicio y pedido de embargo por no pagar las patentes por un valor de 4700 pesos del 2011 a la fecha.

Coronel Suárez
Cheques rechazados y situación frente a la AFIP de Frayssinet

Más suciedades

Cuenta con una empresa llamada Estación de Servicio del Mástil, con expendio de combustibles, arreglo de neumáticos y acarreo, que desde el 2019 a la fecha nunca presentaron un balance ni facturación. No está bancarizada.

La misma, bajo el nombre de GNC Serigas, se encuentra dentro del territorio de Coronel Suárez. Sin embargo, por un tema legal, la misma debería encontrarse en las afueras. Ahora bien, nadie entiende cómo logró ubicarse en tan prestigioso sitio. ¿Nuevamente la “mano negra” de Moccero?

Coronel Suárez
Complicaciones legales en el en el Juzgado Federal de Bahía Blanca

Por otra parte, Frayssinet en el 2014 tuvo una sociedad llamada Fraytar SRL, en la cual tenía en el directorio a Sebastián Grunewald, el presunto testaferro de Moccero. La misma no existe más, porque la AFIP se lo dio de baja por no pagar impuestos.

El reconocido polista, según averiguó Data24, aparece en AFIP como operador de granos, productor grande, y está operando. La última actualización que realizó fue en el 2018, pero el ente se lo dio de baja en septiembre de 2017.

Coronel Suárez
Documentación que complica bastante a Frayssinet

Además, es operador grande de un frigorífico desde el 2018 y aparece como evasor, ya que está dentro de una lista 140 operadores que no cumplen con la AFIP por el tema del IVA.

Como si fuera poco, tiene 13 vehículos, entre camiones pesados, autos de alta gama y camionetas, por una suma total de 50 millones de pesos. ¿Cómo hizo para poder pagarlo y desde dónde obtiene tantos beneficios?

Coronel Suárez
Situación de deuda en ARBA y posición frente a la AFIP

Ante todo lo referido, es propicio dejar en claro que Frayssinet es, ante los ojos de los vecinos que habitan en Coronel Suárez, como un socio directo de Moccero. Ambos niegan relaciones, pero al visualizar directorios y ramificaciones, es imposible entender cómo ni siquiera se conocen.

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La obra social militar que Milei mandó cerrar sigue atendiendo a 324 mil afiliados porque la nueva no tiene médicos contratados

Carlos Presti cambió al responsable de liquidar IOSFA, pero la transición de la obra social militar sigue teniendo una dimensión que excede cualquier recambio de funcionarios. Un documento oficial al que accedió el medio REALPOLITIK permite ponerle números: la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), presidida por Pablo Plaza, distribuye aproximadamente 324.033 beneficiarios entre 13 delegaciones.

El informe está fechado el 22 de septiembre y firmado por Alexis Darío Ferreyra, coordinador de la subgerencia de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión. Identificado como “Anexo III”, enumera la población y el ámbito territorial de cada delegación. Es el mapa administrativo del sistema que el ministerio de Defensa debe ordenar mientras el viejo IOSFA continúa sosteniendo prestaciones.

— Afiliados de OSFA reclamaron por el corte de la cobertura médica durante la llegada de los F-16

AMBA concentra la mayor cantidad: 116.570 beneficiarios, cerca del 36 por ciento del total. Su jurisdicción incluye también Zárate y La Plata. Le siguen Puerto Belgrano, con 39.831 personas y alcance sobre Bahía Blanca y La Pampa, y Córdoba, con 34.555 beneficiarios distribuidos entre esa provincia, La Rioja y Santiago del Estero.

Entre las tres reúnen casi el 59 por ciento de la población consignada. La concentración muestra dónde está buena parte del desafío prestacional para Plaza y para el ministerio que conduce Presti.

El mapa de OSFA: 13 delegaciones y una transición pendiente

El resto de la nómina comprende Entre Ríos, con 22.970 beneficiarios y cobertura territorial sobre Santa Fe; Mendoza, con 21.006 y alcance sobre San Juan y San Luis; y Mar del Plata, con 17.995, incluyendo Tandil.

Salta reúne 17.106 beneficiarios y comprende también Jujuy, Tucumán y Catamarca. Corrientes suma 15.279 y abarca Chaco y Formosa. Completan el listado Chubut, con 10.526; Misiones, con 8.149; Neuquén, con 8.059 y jurisdicción sobre Río Negro; Santa Cruz, con 7.619; y Tierra del Fuego, con 4.368.

La nómina quedó incorporada al sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el número IF-2026-92501920-APN-SGPEYCG#OSFA. Las cantidades son aproximadas y su suma permite dimensionar la población asignada a la nueva estructura. El anexo no detalla contratos médicos, disponibilidad de prestadores ni pagos.

Ese límite cobra importancia al cruzarlo con una comunicación publicada por IOSFA el mismo 22 de septiembre. Allí, el organismo pidió a prestadores y proveedores que anularan las facturas pendientes emitidas a nombre de OSFA y dejaran de generar nuevas. Argumentó que no existían acuerdos o contratos vigentes que respaldaran esa facturación y que las prestaciones seguían siendo brindadas por IOSFA.

Un día antes, Ariel Guzmán había advertido a Presti que Plaza solicitó prolongar la atención mediante la red de IOSFA más allá del 30 de septiembre. Según esa presentación, extender el funcionamiento obligaría al instituto en liquidación a seguir recibiendo facturas y generando obligaciones, alterando el calendario previsto para cerrar sus cuentas.

Guzmán dejó el cargo el 24 de septiembre. La resolución 671/2026, publicada el 29, aceptó su renuncia y formalizó la designación de Gonzalo Secchi como administrador de IOSFA, con rango de secretario y efectos desde aquella fecha. El recambio corresponde al organismo en liquidación: Plaza continúa al frente de OSFA.

El gobierno de Javier Milei creó la nueva obra social mediante el DNU 88/2026, bajo la fiscalización de Defensa. La misma norma ordenó liquidar IOSFA y estableció que debía garantizarse la continuidad de la cobertura durante el traspaso.

El mapa ya está trazado. La tarea de Presti y Plaza es lograr que esa estructura pueda sostener la atención de sus beneficiarios sin depender indefinidamente del instituto que el propio gobierno decidió cerrar. La llegada de Secchi cambia al encargado de la liquidación; el problema prestacional sigue sobre la mesa de Defensa.

*Fuente: REALPOLITIK

Un juez absolvió a los camioneros que bloquearon una pyme y el dueño estalló: “Es un cheque en blanco a la mafia sindical”

El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.

Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.

“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.

Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.

“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”

— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro

“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”

El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.

— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina

No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.

“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.

El origen del conflicto

Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.

En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.

— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021

Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.

El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.

“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.

El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.

— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa

En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.

La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.

El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.

Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.

Los incidentes en enero y febrero de 2021

Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.

— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro

El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.

La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.

— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey

De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.

La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.

La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.

— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022

En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.

Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.

Kicillof adjudicó una obra de $840 millones que se frenó a los 11 días y terminó cancelada

El gobernador bonaerense Axel Kicillof adjudicó una obra pública por $840.695.627,02 para construir un espacio comunitario en el barrio El Retiro, de Los Hornos, partido de La Plata. El proyecto debía mejorar un predio destinado a actividades deportivas, recreativas y culturales, especialmente para niños y adolescentes.

Sin embargo, ocurrió algo llamativo. La construcción comenzó formalmente el 2 de marzo de 2026 y fue suspendida el 13 de marzo, apenas once días después. Durante los meses siguientes no se reanudaron los trabajos y, finalmente, el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) decidió rescindir el contrato por falta de financiamiento.

La Provincia se quedó sin fondos disponibles del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para ese proyecto y tampoco contaba en ese momento con recursos presupuestarios propios para continuarlo. El proyecto, denominado Equipamiento comunitario y mejoramiento de espacio público, estaba ubicado en las inmediaciones de las calles 62 y 166 del barrio El Retiro.

— La planta de implantación del proyecto de un salón comunitario y espacio público en el barrio El Retiro, ubicado en la localidad de Los Hornos, La Plata (Buenos Aires)

El mismo contemplaba la intervención de aproximadamente 4.320 metros cuadrados, con la construcción de un salón de usos múltiples (SUM) de 200 metros cuadrados, equipado con cocina y sanitarios para el desarrollo de reuniones, talleres y actividades comunitarias. Además, estaba prevista la instalación de un playón deportivo de 30 metros de largo por 17 de ancho, destinado a la práctica de fútbol, básquet y otras disciplinas. Las obras también incluían juegos infantiles, veredas, iluminación, mobiliario urbano, forestación y acondicionamiento de espacios verdes, con el objetivo de mejorar la infraestructura del barrio y ofrecer nuevos lugares de encuentro y recreación para los vecinos.

La iniciativa había sido presentada oficialmente por el OPISU el 13 de octubre de 2025, como parte de una política de integración social y urbana destinada a mejorar las condiciones de vida en barrios populares. No se trataba simplemente de embellecer una plaza. El objetivo era dotar a los vecinos de infraestructura pública para realizar actividades que, en muchos casos, requieren trasladarse a otros sectores de la ciudad.

El Gobierno bonaerense, a través del OPISU, adjudicó la obra a la unión transitoria integrada por Aleste S.A. Empresa Constructora y Marle Construcciones S.A. por un monto de $840.7 millones. El contrato fue firmado el 13 de febrero de 2026 y los trabajos comenzaron formalmente el 2 de marzo, con un plazo de ejecución previsto de 180 días corridos. La obra se licitó dentro del proyecto AR-L1288 y con un préstamo BID 4823/OC-AR. El BID informaba para el programa un crédito aprobado de USD$100 millones, una contrapartida argentina de USD$11.15 millones y un costo total de USD$111.15 millones.

No obstante, apenas once días después, el 13 de marzo, el organismo provincial y las empresas acordaron suspender la construcción y neutralizar los plazos contractuales. La paralización se prolongó durante más de seis meses, hasta que el 30 de septiembre el OPISU dictó la Resolución 271/2026, mediante la cual dispuso la rescisión unilateral del contrato bajo el argumento de fuerza mayor. La decisión se hizo pública en octubre, luego de su publicación en el Boletín Oficial.

Pero la cuestión de fondo va más allá de esos once días. El proyecto fue contratado con un plazo de ejecución que superaba el período informado de ejecución del préstamo internacional, y la Provincia tampoco disponía de una alternativa presupuestaria para continuarlo. Con un plazo contractual de 180 días corridos y un comienzo el 2 de marzo, la terminación teórica caía hacia fines de agosto de 2026. En cambio, el período de ejecución del préstamo finalizaba el 24 de junio, aproximadamente dos meses antes.

La adjudicación se firmó el 6 de enero, el contrato el 13 de febrero y el inicio el 2 de marzo. Es decir, OPISU avanzó sucesivamente con la adjudicación, contratación e inicio de una obra cuyo plazo completo excedía el período informado para el préstamo que debía financiarla.

¿Por qué la Provincia se quedó sin financiamiento?

La obra estaba contemplada dentro del préstamo internacional 4823/OC-AR, otorgado por el BID para financiar el Programa de Integración Social y Urbana en el Gran Buenos Aires. El crédito, aprobado el 2 de julio de 2019, ascendía a 100 millones de dólares, mientras que el costo total del programa alcanzaba los 111,15 millones de dólares. Según los registros del organismo internacional, el período de ejecución del financiamiento finalizó el 24 de junio de 2026.

Los recursos estaban destinados a un conjunto de proyectos de urbanización y mejoramiento de barrios populares, entre los que se encontraba la intervención prevista en Los Hornos. A través de este mecanismo, la Provincia podía financiar obras de infraestructura social y urbana, siempre que se ajustaran a los objetivos del programa y cumplieran con las condiciones y los plazos establecidos en el acuerdo con el BID.

Pero apareció una incompatibilidad importante, siendo que la ejecución del préstamo terminó el 24 de junio de 2026, según los registros publicados por el BID en la base internacional IATI. Mientras tanto, la obra de Los Hornos tenía un plazo contractual de 180 días y, de no haberse suspendido, debía finalizar hacia fines de agosto de 2026.

Es decir, el proyecto estaba programado para terminar aproximadamente dos meses después de que concluyera el período de ejecución del financiamiento. Esto plantea la duda de por qué se adjudicó y contrató una obra cuyo cronograma superaba el período de ejecución del préstamo que debía financiarla.

El segundo problema fue una decisión de la propia Provincia, ya que la documentación administrativa, recogida en la Resolución 271/2026, señala que la Provincia solicitó al BID desafectar el financiamiento correspondiente a la obra y que el banco tomó conocimiento de esa decisión.

— Funcionarias del OPISU del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el acto de licitación y apertura de sobres para proyectos de infraestructura y reurbanización en barrios populares

Esto significaba retirar una obra de la asignación de recursos que tenía prevista dentro de un programa de financiamiento. Por ejemplo, si una provincia tiene varias construcciones programadas dentro de un crédito internacional, puede gestionar cambios en los proyectos que serán financiados. Eso no equivale necesariamente a que el organismo prestamista haya decidido unilateralmente cancelar el dinero, puesto que la propia gestión provincial solicitó una desafectación.

El tercer inconveniente fue la falta de presupuesto provincial. Una vez que la obra dejó de contar con ese financiamiento internacional, quedaba solo la posibilidad de terminarla con recursos propios del Gobierno bonaerense. Asimismo, la Dirección General de Administración del OPISU informó que no existía disponibilidad presupuestaria de Rentas Generales para garantizar la continuidad de los trabajos. En términos sencillos, la Provincia no disponía de una partida alternativa para pagar la construcción y el resultado fue la rescisión del contrato.

El OPISU recindió el contrato por fuerza mayor

La directora ejecutiva del OPISU, Romina Analía Barrios, firmó la Resolución 271/2026 para poner fin unilateralmente al contrato con las constructoras Aleste y Marle.

El OPISU justificó la rescisión del contrato por razones de fuerza mayor, una causal contemplada en el artículo 65 de la Ley provincial 6.021 de Obras Públicas. La normativa permite poner fin a una contratación cuando circunstancias extraordinarias impiden su cumplimiento y establece mecanismos para reconocer los trabajos ejecutados y los materiales acopiados hasta el momento de la interrupción.

Pese a ello, la falta de financiamiento no constituye necesariamente una situación de fuerza mayor desde el punto de vista jurídico. Para determinar si corresponde aplicar esa figura, resulta necesario establecer si la imposibilidad de continuar con la obra respondió a circunstancias imprevisibles e inevitables, ajenas al control de la administración provincial, o si pudo haberse anticipado mediante una adecuada planificación presupuestaria. Aunque el organismo invocó ese argumento en la resolución, su inclusión en el acto administrativo no implica que la justificación haya sido avalada por una instancia judicial.

La licitación contemplaba la posibilidad de otorgar un anticipo financiero equivalente al 10% del contrato, siempre que las empresas adjudicatarias lo solicitaran y cumplieran con los requisitos establecidos, pero hasta el momento no se ha podido confirmar públicamente si ese desembolso llegó a concretarse.

Por su parte, el OPISU dejó pendiente la evaluación de los gastos que eventualmente deberán reconocerse a las constructoras como consecuencia de la rescisión. Entre los conceptos que podrían ser considerados se encuentran los trabajos efectivamente realizados, la adquisición de materiales, la instalación del obrador y los costos derivados de la paralización y el retiro de equipos, siempre que estén debidamente acreditados y contemplados en las condiciones contractuales.

En este sentido, la Ley provincial 6.021 de Obras Públicas prevé el reconocimiento de determinados gastos improductivos ocasionados por la suspensión de los trabajos, mientras que el pliego de licitación establece los procedimientos para efectuar las liquidaciones correspondientes tras la finalización anticipada del contrato.

De esta manera, aunque no existen elementos suficientes para afirmar que la Provincia haya perdido los $840,7 millones correspondientes al monto adjudicado, tampoco puede descartarse que la rescisión genere nuevas obligaciones económicas para el Estado bonaerense. El costo definitivo dependerá de los gastos que logren acreditar las empresas y de aquellos que finalmente sean reconocidos por la administración provincial.

La científica que encontró agrotóxicos en la sangre de los argentinos contó cómo la echaron del Estado por revelarlo

Virginia Aparicio, ingeniera agrónoma, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora del INTA y del Conicet, sostuvo que los plaguicidas que su equipo encontró en la sangre de vecinos del sudeste bonaerense constituyen un problema de salud pública. Lo afirmó en una entrevista con El Presto en Perdón por la Vehemencia, el programa que Canal Ey! emite los miércoles de 16 a 18. “Como se silencia y como se saca al mensajero de la ecuación, parece que los datos no existieran. Y sí existen y son graves”, advirtió.

Los datos surgieron de SPRINT, un proyecto aprobado por la Comisión Europea que midió más de 200 plaguicidas en suelo, agua, sedimentos, cultivos, animales y personas de once países, con un mismo protocolo. Argentina fue el único participante no europeo. A los 73 voluntarios argentinos les extrajeron sangre, les tomaron muestras de orina y materia fecal, les hicieron un hisopado nasal y les dieron una pulsera que, durante una semana, retuvo todo aquello con lo que estuvieron en contacto.

Los químicos aparecieron en productores rurales, en habitantes de pueblos fumigados y también en periodistas, enfermeras, contadores o plomeros de Mar del Plata, Tandil, Necochea, Lobería, Balcarce y Tres Arroyos. Según Aparicio, el plaguicida “termina en tu mesa, termina en el polvo de tu casa, termina en tu pulsera, termina en tu sangre”.

¡ENVENENADOS! Los Argentinos tienen PLAGUICIDAS en la sangre

La ingeniera agrónoma y doctora en Ciencias Agrarias Virginia Aparicio, investigadora del INTA y CONICET, explica los resultados del proyecto SPRINT, financiado por la Unión Europea, que estudió la exposición a más de 200 plaguicidas.

En la región pampeana predominó el glifosato, un herbicida que el país usa de manera intensiva desde la aprobación de la soja transgénica, hace 30 años. La variedad de productos resultó menor que en Europa, pero las concentraciones “son muchas veces más elevadas que las europeas”. La Argentina usa alrededor de cinco kilos de ingrediente activo por hectárea por año, contra uno en Europa, donde además existe una política pública para reducir esa cifra a la mitad hacia 2030. “Nosotros todavía no tenemos una política pública usando cinco veces más”, lamentó.

En el agua, el hallazgo más frecuente fue la atrazina, un herbicida del maíz que funciona como disruptor endócrino, provoca desbalances hormonales y está prohibido en Europa y en Uruguay. Apareció en casi todas las muestras de agua subterránea, principal fuente de consumo en la región pampeana, junto con glifosato, metsulfurón y metolaclor. Aparicio también estudia cómo los residuos de una campaña anterior pasan del suelo a la planta por las raíces, de modo que una lechuga puede contener un producto que no le aplicaron en esa campaña. Lavar los alimentos quita lo que queda en la superficie, pero lo que está adentro “no se puede sacar”.

La científica rechazó que su trabajo implique estar en contra del campo, donde el agroquímico funciona como una herramienta. Sí cuestionó la idea de que resulta imposible producir sin plaguicidas, a la que calificó de “argumento de venta”, y comparó al Estado con un árbitro que debe advertir si unos almohadones bonitos rompen la espalda. A su entender, la ecuación económica del agro omite el costo de descontaminar suelos y agua y de atender a las personas enfermas.

El proyecto nació en 2018 desde la oficina de enlace que el propio INTA tenía en Montpellier, Francia. Cuando llegaron los resultados, en 2023, Aparicio preparó los informes individuales y organizó una reunión para explicárselos a los voluntarios. “El INTA no me la deja hacer”, contó. Después vinieron la suspensión de actividades, la salida del proyecto en diciembre de 2023 y un sumario con ocho imputaciones, entre ellas un supuesto perjuicio económico al Estado, aunque el financiamiento llegó de Europa. Según relató, el organismo rechazó a todos sus testigos y en agosto de 2026 el Consejo Directivo ratificó su exoneración y la suspensión de dos colegas. “Exonerarte significa sacarte la identidad laboral”, definió.

Sobre lo personal, habló de impotencia. Mencionó el respaldo de su marido, su hija, su madre y su hermana, y el de científicos y legisladores que pidieron explicaciones. “Un sumario significa una duda”, planteó, y reclamó que el Estado aproveche mientras tanto la información para resolver lo que considera un problema de salud global. “Si no nos lo compran, los comemos nosotros”, graficó sobre los alimentos con residuos que el mercado externo rechaza.

“Me siento profundamente servidora pública. No me arrepiento de haber trabajado en este proyecto, todo lo contrario”, aseguró.

La empresa estatal de agua de Mendoza formó una laguna de excrementos tras once años de arrojar desechos cloacales en un campo

Aguas Mendocinas / AYSAM es la sociedad anónima pública que gestiona tanto el agua potable como los desechos orgánicos de alrededor de un millón de mendocinos. Una ONG la denunció por haber formado una “laguna” de heces en lo que la población ha llamado la “ciénaga de los muertos”.

El sitio se encuentra a unos 30 kilometros al este de la ciudad de Mendoza, en el departamento de Maipú, y consiste en unas 12 hectáreas de tierra afectada por constantes vuelcos cloacales sin tratamiento alguno.

La fundación Fiscalía Ciudadana comenzó a investigar el tema el 29 de mayo de este año a raíz de una denuncia anónima en su sitio web.

Al llegar al lugar rural sobre calle Los Pinos observaron una camioneta Ford Ranger blanca, con ploteo del logo de AYSAM, dominio AB393IL y número interno P93. Cerca de ella notaron que un hombre con uniforme y distintivos de la empresa estaba haciendo unas verificaciones en la tubería que da origen a esa inmensa laguna de desechos cloacales, según explican en la denuncia judicial de más de cien hojas presentada por la ONG en agosto.

Marcos Neirotti, vicepresidente de Fiscalía Ciudadana, expresó al medio REALPOLITIK que luego de este encuentro denunciaron la situación ante el departamento General de Irrigación (el organismo público que fiscaliza el manejo del agua y que tiene poder de policía): “Nos encontramos con que ellos ya sabían del vuelco y que habían labrado un acta”, comenta el promotor de los derechos humanos, pero sin que eso hubiese detenido el daño ecológico.

La historia de un desastre

Según investigó la entidad denunciante, en esa zona pasa una cañería colectora que dirige los efluentes de unos 600 mil mendocinos hacia una planta de tratamiento cercana.

En 2021 ese caño reventó, ocasionando un gran derrame. En parte, porque “les quedó chica la cañería y porque ya cumplió su vida útil, eso fue hecho en la década del 80”, asegura Neirotti.

Entonces, AYSAM colocó un caño de PVC que conecta la rotura de la colectora de hormigón con un campo inculto de un privado. Sin embargo, los vuelcos ya venían desde 2015 en ese sitio y, en los momentos de mayor intensidad, llegó a afectar unas 40 hectáreas a la redonda, según las imágenes satelitales.

“Lo que la gente muchas veces no entiende es que ahí no sólo van heces, también van desechos de micro hospitales, pequeñas industrias, con lo que vos limpies las cañerías, todo tipo de líquidos… ahí van metales pesados…”, dijo el denunciante.

¿Un funcionario con poca resolución?

El vicepresidente de la fundación explica que hay dos agravantes en el lugar de estos derrames: “A cientos de metros de esa gran mancha está la laguna del Viborón, que tiene cerca la laguna de La Paloma y ésta, a la laguna de Soria. Las tres conforman el sistema de humedales Leyes-Tulumaya”, explicó.

Y añadió: “El otro agravante es que en 2020 el actual presidente de AYSAM era secretario de Ambiente y fue hasta esas lagunas. Declaró de interés provincial el sistema de humedales. Al estar estos vuelcos cloacales sobre tierra sin ningún tipo de impermeabilización, hay riesgo de contaminación de las napas de agua subterránea y de las mismas lagunas”.

Humberto Mingorance es quien preside la empresa pública de aguas y saneamiento, pero entre diciembre de 2015 y diciembre de 2023 fue secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial. Es decir, estuvo a cargo de uno de los organismos que debería haber sancionado a AYSAM en el tiempo en que ya habían comenzado los vuelcos y ahora preside dicha empresa. Pero ni como agente de control ni como responsable directo hizo algo para detener la situación.

En junio de 2026 Mingorance fue imputado por otra causa: vuelcos cloacales no autorizados sobre el ramal 12 de Los Corralitos (un cauce que transporta agua de riego que llega directamente a los productores agrícolas).

¿Un final feliz?

Marcos Neirotti comentó que cuando empezaron a investigar les dijeron que “había un convenio entre AYSAM y el privado dueño de los terrenos para poder realizar allí estos vuelcos ilegales. Pero el convenio no aparecía en ningún lado. ¿Cuándo apareció? Al hacer nosotros la querella penal, ¿y cuándo te imaginás que fue firmado teniendo en cuenta que desde 2015 vuelcan? Hace años imaginábamos todos, pero no. Fue firmado el 31 de mayo de 2026, sólo dos días después de que nosotros denunciáramos ante el departamento General de Irrigación”.

Según este informante, la empresa a cargo de Mingorance le envió un escrito a la Fiscalía Nro. 38, a cargo del doctor Gabriel Blanco, explicando que los vuelcos eran “esporádicos” y que se debían principalmente a la influencia de lluvias.

Algo que la ONG Fiscalía Ciudadana descartó tomando registros fílmicos en días donde no había habido inclemencias, según consta en la denuncia.

El sitio REALPOLITIK contactó a AYSAM para recolectar su testimonio pero, pese a las empeñadas gestiones de su jefe de prensa, no se logró una entrevista directa con alguno de los responsables de la “ciénaga de los muertos”. Sin embargo, se nos permitió enviar algunas preguntas para luego tener la devolución por escrito.

Concretamente se preguntó: “En la denuncia de la ONG Fiscalía Ciudadana se han documentado vuelcos cloacales sin que haya inclemencias climáticas, ¿por qué sigue ocurriendo y cuál es el plan de remediación de AYSAM (incluyendo plazos)? ¿Por qué, si Irrigación labró un acta en la que ordena retirar el tubo plástico conectado a la colectora, aún no lo han hecho?”.

La respuesta de la empresa fue que la colectora Máxima Noreste, construida en la década de 1980, presenta fallas estructurales desde sus inicios por tener poca pendiente. “Para evitar un colapso, en 2015 se instaló una derivación hacia un campo inculto. Esta medida de emergencia, aunque genera vuelcos esporádicos, se mantiene como un mal menor frente al riesgo de descalce y derrumbe del terraplén, lo que provocaría un daño irreversible en la conducción. Los técnicos del DGI y del DIRCAS han coincidido en que los desbordes eventuales pueden dañar la estructura, por lo que la derivación cumple una función preventiva crítica”.

Resulta llamativo que ese “mal menor” y medida “preventiva” lleve más de una década sin ningún tipo de reparación ambiental.

La empresa pública expuso su plan de acción a futuro: “Construcción de una laguna de contención en el predio de Los Pinos, con terraplenes perimetrales compactados y monitoreo permanente. Este sistema permitirá mitigar los desbordes eventuales y proteger la estabilidad del terraplén”, aseguraron.

Posteriormente, añadieron: “Ya se firmó un convenio con el propietario del predio inculto. Se está contratando a una empresa para ejecutar las obras. El convenio contempla la cesión de 12 hectáreas sobre el extremo norte de la propiedad. Obras estructurales Colonia Segovia I, II y III (…) La etapa I se encuentra en ejecución. Las etapas II y III serán licitadas próximamente, financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por 150 millones de dólares. Estas obras reemplazarán la actual colectora Máxima y eliminarán definitivamente los vuelcos”.

En el documento no enuncia los plazos, pero a través de WhatsApp el jefe de prensa explicó: “Los estudios de suelo ya han sido contratados, que son fundamentales para armar el proyecto de contención, que es lo que se está haciendo ahora. Una vez que tengamos el proyecto terminado, vamos a tener el plazo exacto de la obra, que va a ser contratado inmediatamente. Entre proyecto y ejecución de obra calculamos unos 3 meses”.

Preguntas abiertas

Aunque el comunicado pareciera ser la resolución de once años de vertimientos cloacales directos a tierra, quedan ciertos interrogantes.

Si los derrames comenzaron con el primer gobierno de Alfredo Cornejo, continuaron con su sucesor y ahijado político Rodolfo Suárez y continúan hasta hoy, ¿qué garantías ambientales puede brindar este gobierno que se declara abiertamente prominero?

¿Qué otras “ciénagas de los muertos” puede haber en otros puntos de la provincia actualmente?

Y la más inquietante: siendo que el artículo 32 de la ley General del Ambiente Nro. 25.675 consagra expresamente la facultad del juez (léase en este caso fiscales) para disponer todas las medidas necesarias, incluso de oficio y con carácter precautorio en cualquier momento del proceso judicial, ¿por qué el fiscal Gabriel Blanco no ha emitido ninguna medida teniendo tan amplia cantidad de pruebas?

*Fuente: REALPOLITIK – Franco D’Amelio

La periodista de la falsa denuncia contra los jugadores de Vélez rompió en llanto porque nadie le da trabajo

Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.

“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.

El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.

La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.

— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré

El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.

Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.

La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas. 

— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas

El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.

— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”

Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.

HUMOR por Argüelles​

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