Un juez absolvió a los camioneros que bloquearon una pyme y el dueño estalló: “Es un cheque en blanco a la mafia sindical”

El tribunal de San Nicolás consideró que los bloqueos de 2021 a la distribuidora de San Pedro fueron un ejercicio del derecho de huelga y ordenó liberar a Maximiliano Cabaleyro, para quien la Fiscalía pedía diez años de prisión. La familia Rey y las fiscales irán a Casación para revertir el fallo.
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El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.

Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.

“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.

Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.

“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”

— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro

“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”

El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.

— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina

No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.

“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.

El origen del conflicto

Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.

En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.

— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021

Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.

El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.

“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.

El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.

— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa

En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.

La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.

El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.

Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.

Los incidentes en enero y febrero de 2021

Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.

— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro

El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.

La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.

— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey

De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.

La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.

La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.

— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022

En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.

Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.

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La periodista de la falsa denuncia contra los jugadores de Vélez rompió en llanto porque nadie le da trabajo

Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.

“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.

El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.

La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.

— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré

El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.

Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.

La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas. 

— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas

El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.

— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”

Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.

Corrientes | El Estado les prometió casas en 2017, nunca las terminó y ahora tuvieron que defenderlas de una toma de 500 personas

El conflicto vendría gestándose cuando unas 500 personas ingresaron a un conjunto de viviendas inconclusas del barrio Doctor Montaña y Pirayuí, en la zona sur de la capital de Corrientes. Las primeras informaciones hablaban de aproximadamente 150 unidades ocupadas ilegalmente. En el lugar intervinieron la Policía de Corrientes, representantes del INVICO y la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas N.º 5, encabezada por el fiscal Ángel Machado.

“Terminó el operativo de forma exitosa y sin lamentar víctimas, fue todo de forma pacífica”, afirmó Machado a la radio Sudamericana. “La respuesta de las personas fue que nunca les dan una vivienda o un terreno y que venían a ocupar porque decían que no tenían dueño. Les hice saber que esa no es la forma ni la vía, el Estado no puede avalar este tipo de comportamientos”, añadió.

Algunas de esas viviendas ya tenían beneficiarios o preadjudicatarios que llevaban años esperando su terminación. Por eso también se acercaron al predio personas que reclamaban que las casas que les habían asignado no fueran ocupadas por terceros. La Fiscalía buscó evitar que ambos grupos se enfrentaran y, después de una negociación, quienes habían ingresado a las viviendas se retiraron.

Pero ahí no terminó el conflicto. Un segundo grupo se desplazó hacia los terrenos vacíos ubicados detrás del complejo. El fiscal Machado sostuvo que se trataba de unas 15 hectáreas vinculadas a la Municipalidad y al Fideicomiso Santa Catalina. La cobertura del medio LT7, a cargo del cronista de exteriores Roberto Ojeda, dijo que los ocupantes limpiaron la vegetación del terreno, encendieron quemas y describió entre 150 y 200 personas delimitando sectores mediante alambres, trapos y otros elementos, con la aparente intención de establecer parcelas.

La Policía de Corrientes desplegó entonces un importante operativo con efectivos de la comisaría jurisdiccional, grupos especiales y autoridades de la Dirección de Seguridad Metropolitana al mando del Comisario General José Mario Galarza. Entre los argumentos expuestos ante el móvil de LT7, las familias manifestaron que recurren a esta medida empujadas por la crisis económica, la falta de empleo y la imposibilidad de afrontar costos de alquiler que superan los 400.000 pesos.

“La grave necesidad habitacional que hay no quita que haya personas malintencionadas que se puedan aprovechar de esa necesidad para fomentar este tipo de cuestiones”, subrayó Machado.

Durante la noche se produjeron incidentes. Hubo efectivos policiales lesionados y móviles dañados por piedras. El operativo se interrumpió temporalmente, entre otras razones por la presencia de menores, y durante la mañana siguiente unos cien policías realizaron un nuevo procedimiento que terminó con el despeje de los terrenos sin nuevos enfrentamientos.

“La gente dice que la Policía les reprimió, pero el informe que yo tengo es que no hubo represión. Cuando la gente empezó a tirar piedras, la Policía se replegó y trató de salvaguardar su integridad y obviamente también los móviles”, explicó Machado.

El punto central es que las viviendas no aparecieron abandonadas de un día para otro, siendo que el complejo tiene una historia que se remonta a 2017. Durante la intendencia de Fabián Ríos se comenzó la construcción de 200 viviendas mediante el programa nacional Techo Digno, en el sector de Santa Catalina lindante con Doctor Montaña. En aquel momento se había anunciado que 150 serían destinadas a trabajadores municipales y otras 50 a familias con integrantes con discapacidad. La obra tenía originalmente un plazo previsto de diez meses.

En 2017, documentación y reportes de la época situaban el avance aproximadamente en el 16% de su construcción. El presupuesto había sido readecuado de unos $61.4 millones a $122.7 millones de entonces y se habían girado anticipos nacionales por alrededor de $30.4 millones. Esas cifras son nominales de 2017 y, debido a la inflación acumulada, no sirven para compararlas directamente con valores actuales.

El origen de la parálisis fue una denuncia por el uso de los propios fondos nacionales enviados para la construcción, difundida mediáticamente bajo el título “el cartel más caro del mundo” en plena campaña electoral de 2017. Aunque las denuncias de corrupción fueron finalmente desestimadas por la Justicia, la combinación de ese proceso judicial y los sucesivos cambios de gestión dejó la obra sin avances durante casi una década.

El cambio de administración municipal tampoco resolvió definitivamente el problema. En octubre de 2018, ya bajo la intendencia de Eduardo Tassano, el Municipio anunció que había destrabado inconvenientes administrativos y firmó acuerdos con tres constructoras para reanudar las 200 viviendas.

Un año después, sin embargo, el problema continuaba. En agosto de 2019, en el Concejo Deliberante, la entonces concejal Magdalena Duartes reclamó información sobre el avance de las 200 casas y sostuvo que pedidos anteriores no habían recibido respuesta y que las obras permanecían prácticamente en el mismo estado.

En agosto de 2020 se produjo otro acontecimiento importante. Se realizó mediante Lotería Correntina el sorteo de 100 viviendas entre trabajadores municipales, al que se habían inscripto alrededor de 700 agentes. En aquel momento, la Asociación de Obreros y Empleados Municipales de Corrientes (AOEM) informaba que ese grupo de unidades tenía aproximadamente un 75% de avance.

En 2021 el propio Municipio ratificó esas adjudicaciones y sostuvo que los cien trabajadores ya tenían reconocida administrativamente la asignación de las unidades. Además, existía el compromiso de avanzar posteriormente con otras 50 viviendas para municipales.

Sin embargo, para 2023 las casas seguían sin entregarse. Funcionarios municipales reconocían entonces que algunas unidades tenían alrededor del 60% de ejecución y explicaban que se había esperado financiamiento nacional del programa Reconstruir que finalmente no llegó, por lo que nuevamente se había detenido la obra.

— El grupo de vecinos y adjudicatarios manifestándose con documentos en alto en las inmediaciones de las viviendas inconclusas

Finalmente, el 26 de marzo de 2026, el Concejo Deliberante aprobó transferir al INVICO las obras correspondientes a las 200 viviendas para intentar destrabar su finalización. Es decir, apenas seis meses antes de la ocupación de septiembre todavía se estaba modificando institucionalmente quién debía encargarse de terminar un proyecto iniciado nueve años atrás, y ahora tras la toma el organismo anticipó a los preadjudicatarios que una parte de las casas podría entregarse en noviembre.

¿Fue un hecho planificado?

El propio Machado dijo que todavía no podía determinar si la concentración había surgido espontáneamente. Confirmó, aún así, que la Fiscalía investigaría publicaciones y convocatorias difundidas en redes sociales.

El negociador policial Alejandro Bottini reconoció que se trataba de un caso donde “hay grupos de personas que van juntas, que alguien los lidera”, y que se logró dialogar con dos personas que representaban al grupo. La causa quedó abierta precisamente para identificar a los instigadores a partir del relevamiento de imágenes y grabaciones.

“En Facebook vimos que estaban avisando que había lugar y vinimos”, relataron ante los efectivos desplegados en la zona varias de las personas que ocuparon las obras sin terminar.

En los días siguientes a que la investigación avanzara. Para el 18 de septiembre ya había dos personas investigadas por presunta instigación. En el segundo allanamiento se secuestraron teléfonos celulares, una computadora portátil, un router y otros dispositivos para realizar peritajes. Las fuentes judiciales y policiales sostienen que uno de los investigados habría difundido videos convocando a familias a ocupar viviendas y terrenos. Esa es por ahora una hipótesis de la causa.

La diferencia jurídica tampoco es menor. El artículo 181 del Código Penal castiga determinadas formas de usurpación de inmuebles, mientras que el artículo 209 contempla como delito separado la instigación pública a cometer un delito determinado. La legislación vigente prevé para la usurpación, según el supuesto, entre seis meses y tres años de prisión, mientras que la instigación prevista por el artículo 209 tiene una escala de dos a seis años.

El propio INVICO ha señalado recientemente una demanda de alrededor de 30.000 inscriptos en la provincia. Paralelamente el Censo 2022, por su parte, registró que el 11.5 % de la población correntina que vivía en viviendas particulares residía en alquileres y que solo el 62.1 % de la población que habitaba vivienda propia contaba con documentación de esa propiedad.

Los datos de un informe sobre déficit habitacional en Argentina ubican al aglomerado de la provincia de Corrientes con cerca de 35.800 hogares en situación deficitaria, la mayoría por debajo o cerca de la línea de pobreza, y con coberturas locales revelando que aproximadamente unas 90 mil familias no cuentan con un techo propio. Sectores políticos marcaron el episodio como parte de un patrón recurrente y lo calificaron como una “guerra de pobres contra pobres”, ya que enfrentó a familias sin vivienda con los adjudicatarios legítimos que también reclamaban sus casas.

La propia Fiscalía reconoció esta doble dimensión. Machado sostuvo que la necesidad habitacional y el derecho a una vivienda digna no estaban en discusión, pero señaló que esa necesidad no habilitaba jurídicamente la ocupación de bienes pertenecientes a terceros. También dejó abierta la posibilidad de que personas hubieran aprovechado esa necesidad para organizar las ocupaciones, cuestión que continúa bajo indagación.

— Uno de los hombres supuestamente vinculado con la causa por la usurpación masiva de terrenos en el barrio Dr. Montaña

Además de las 200 viviendas municipales de Techo Digno iniciadas en 2017, el INVICO desarrolló posteriormente proyectos de integración socio-urbana. Por ejemplo, en 2022 licitó otras 50 viviendas del sector norte mediante un proyecto financiado con un préstamo del BID, con un presupuesto oficial de $283.5 millones a valores de septiembre de 2021. Es una obra diferente de las 200 viviendas municipales originales.

Después del conflicto de septiembre de 2026, el INVICO informó también que trabaja en la recuperación de 26 viviendas y que proyecta intervenir otras 26, dentro de una urbanización que incluye 76 viviendas ya entregadas, 13 en ejecución y otras 13 proyectadas. Esos números corresponden a una intervención integral más amplia en Doctor Montaña y no deberían equipararse automáticamente con las 200 casas municipales de Techo Digno sin documentación que establezca esa correspondencia.

Un municipio bonaerense usó envases contaminados con veneno para cocinar mil chorizos en la fiesta del pueblo

El hecho ocurrió durante los festejos por el 115º aniversario de La Colina, una localidad perteneciente al partido bonaerense de General La Madrid. La celebración comunitaria estuvo organizada conjuntamente por instituciones de la zona y el municipio. Para agasajar a los vecinos, se prepararon mil chorizos a la pomarola en un enorme paellero instalado sobre la plaza José Hernández.  

Pero detrás de los preparativos se registró una postal gravísima que dejó al descubierto una falta total de controles bromatológicos. Las imágenes capturadas en el lugar muestran con claridad el momento en que se utilizaba un balde plástico, rotulado con las letras visibles de un potente herbicida a base de glifosato, para volcar los ingredientes directamente sobre el paellero destinado a todo el público.

Uno de los videos que sirvieron como evidencia.

Ausencia de controles

Desde la comuna de la 6ª sección electoral, conducida por el intendente radical Martín Randazzo, reconocieron la veracidad de las imágenes y los hechos. El Ejecutivo municipal asumió la responsabilidad absoluta por la falta de supervisión y control en la organización del evento gastronómico.

Pese al reconocimiento oficial, la justificación de los organizadores encendió aún más la polémica entre los vecinos. Intentaron minimizar el peligro al argumentar que el recipiente había sido sometido a un triple lavado y que se recurrió a él por una supuesta falta de otros envases disponibles para acarrear agua y verduras.

El comunicado oficial del municipio.

Peligro sanitario y respuesta opositora

La utilización de un recipiente que contuvo agrotóxicos desató una profunda preocupación debido a las normativas vigentes que prohíben terminantemente reutilizar estos envases para fines domésticos o alimentarios. La Ley Nacional 27.279 y las reglamentaciones provinciales establecen que los recipientes de fitosanitarios no pueden volver a usarse bajo ninguna circunstancia, ya que los plásticos de alta densidad absorben las moléculas de los químicos y ningún lavado casero garantiza la eliminación de la toxicidad residual.

Ante esta situación, el bloque de concejales opositores presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para exigir respuestas urgentes al Departamento Ejecutivo. Los ediles advirtieron que la salud pública exige absoluta transparencia y adelantaron que evaluarán el inicio de acciones legales de tipo penal para determinar si existió un riesgo sanitario real contra los asistentes y establecer las responsabilidades penales correspondientes.

*Por Augusto Grinner

La familia Román y el “Rey del Cloro”, a un paso de quedarse con el negocio de AySA

El apellido Román quedó asociado en pocos meses a dos de las operaciones de infraestructura más relevantes impulsadas durante la presidencia de Javier Milei. En junio, Servimagnus, la empresa vinculada a Ricardo y Leonardo Román, quedó como socia argentina de Jan de Nul en la concesión de la Vía Navegable Troncal, la Hidrovía.

Ahora, otra rama de la familia, encabezada por Walter Román, integra uno de los únicos dos consorcios que siguen en carrera para adquirir el 90% de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA).

“La novedad de la jornada fue que se bajó José Luis Manzano, que es socio de Filiberti en Edenor y en el sector se descontaba que iría por la empresa de agua. En su lugar apareció la familia Román, que viene trabajando con los Neuss en las privatizaciones”, afirmaron fuentes a La Política Online sobre los hermanos Juan y Patricio (Paddy) Neuss, amigos de la infancia del actual asesor presidencial Santiago Caputo, a quien conocen desde su paso por el colegio Saint Catherine’s Moorland.

Aunque el proceso de AySA todavía no fue adjudicado. Lo trascendido es que el consorcio encabezado por Rowing, una compañía fundada por Walter Román, quedó entre los dos oferentes técnicos admitidos a la etapa de evaluación.

El Ministerio de Economía abrió el 15 de septiembre las ofertas técnicas y anunció dos postulantes. Por un lado, “ROWING S.A. – Consorcio Rowing, Arcos, Transclor, PHX”, y por el otro, “ROGGIO ROAS S.A. – Consorcio Roggio Roas S.A.U. y otros”. El Gobierno informó que la Comisión de Evaluación debe analizar ahora si las propuestas cumplen las condiciones del pliego antes de la etapa económica y de una eventual adjudicación.

El Gobierno declaró a AySA sujeta a privatización en la Ley Bases y luego organizó la transferencia mediante el Decreto 494/2025 y las resoluciones posteriores. La Resolución 704/2026 convocó una licitación nacional e internacional, de etapa múltiple y sin base, para vender a un operador estratégico la totalidad de las acciones estatales, equivalentes al 90% del capital, con el 10% restante perteneciente a los trabajadores mediante el Programa de Propiedad Participada.

AySA presta el servicio de agua y saneamiento en la Ciudad de Buenos Aires y 26 municipios del conurbano y, según estimaciones publicadas, su área involucra a cerca de 14 millones de habitantes. Walter Román todavía no controlaría AySA, pero está a una evaluación y a una competencia económica de distancia de poder hacerlo.

El negocio, además, no consiste simplemente en comprar acciones y cobrar tarifas. El pliego impone al futuro operador un programa de expansión e inversiones que el Gobierno valuó en $2.89 billones a precios de diciembre de 2025, sin IVA, durante el ciclo 2027-2031, cifra que Economía presenta como superior a US$2.000 millones. También fija objetivos de cobertura y controles anuales a cargo del Ente Regulador de Agua y Saneamiento, ERAS. Esos compromisos hacen que la capacidad técnica y financiera de los socios sea tan relevante como el precio que finalmente ofrezcan por las acciones.

Este esquema ayuda a entender una alianza que, vista de lejos, puede parecer heterogénea, con un empresario argentino de infraestructura y logística, un histórico proveedor químico de AySA, un operador brasileño de saneamiento y un vehículo financiero extranjero.

— El emblemático Palacio de Aguas Corrientes, ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina

Rowing realiza ingeniería y obras vinculadas con redes y saneamiento, pero no acredita por sí sola experiencia equivalente a operar una gran compañía de agua. Arcos, vinculada al Grupo Equipav y a la plataforma brasileña Aegea, cumple el componente de experiencia operativa internacional requerido por el pliego.

En el otro bloque, Roggio no se presenta solo. Aguas de Corrientes aporta experiencia local, mientras que Mekorot y Marubeni brindan respaldo técnico internacional. Sin embargo, el eventual vínculo contractual con el Estado quedaría encabezado por el consorcio liderado por Roggio.

De Rowing a un grupo diversificado

Walter Román mantiene un perfil público considerablemente menor que el tamaño de sus negocios. En su presentación profesional se identifica como fundador de Equo Capital, mientras que el propio grupo se define como una organización creada para administrar, consolidar y desarrollar un patrimonio empresarial familiar. Su portafolio abarca infraestructura, logística, distribución, servicios ambientales, salud e inversiones.

La compañía decisiva para la privatización de AySA es Rowing. De acuerdo con la información corporativa de Equo, Rowing trabaja en construcción y mantenimiento de redes de infraestructura de “última milla”, ya sea electricidad, gas, agua, cloacas y desagües, telecomunicaciones, alumbrado y sistemas de tránsito. El grupo le atribuye miles de trabajadores, centenares de profesionales, técnicos y una cartera importante de proyectos.

Equo también presenta entre sus compañías a Lógico, ConnecTec, Control Ecológico, Direct Group, Santa Catalina y Urbano Express, entre otras unidades. Esa diversidad explica por qué describir a Román solamente como “constructor” resulta incompleto, siendo que su ecosistema empresario combina obras y servicios urbanos con logística, marketing, distribución y otras inversiones. Siendo mayormente conocido por Urbano Express, la compañía de logística que en mayo de 2025 ganó una polémica licitación del PAMI para distribuir pañales en todo el país. Según la acusación, la firma tuvo facilidades para conseguir el contrato y ofreció productos de mala calidad.

La historia familiar es algo antigua, pudiendo ubicar el origen del grupo Román en el negocio de transporte y logística iniciado por Alfredo Simón Román en 1946. Décadas después, los negocios quedaron divididos entre sus hijos y las ramas siguieron caminos empresariales distintos. Walter desarrolló su propio conglomerado, Alfredo continuó otra rama de Grupo Román, Ricardo quedó ligado a los negocios en los que hoy aparece Servimagnus y Oscar se orientó al sector inmobiliario.

Ese detalle es fundamental porque evita una simplificación frecuente. Los Román no operan necesariamente como un solo holding familiar. De hecho, al explicar la participación de Servimagnus en la Hidrovía, la empresa sostuvo que su rama no mantenía supuesta relación societaria ni comercial con las otras ramas Román y que llevaba aproximadamente dos décadas desarrollando actividad propia. Pero en AySA, Walter Román no llegó solo.

El integrante que vuelve especialmente sensible la propuesta de Rowing es Mauricio Filiberti, dueño de Transclor. Durante años lo han apodado como “el Rey del Cloro” o “Señor Cloro” por el peso de su compañía en el mercado de productos químicos utilizados, entre otros destinos, para el tratamiento de agua. Filiberti también tuvo participación en Edenor junto a José Luis Manzano y Daniel Vila, lo que amplió su presencia en servicios públicos regulados.

Transclor se presenta como una empresa con décadas de trayectoria en derivados de la industria cloro-soda y destaca entre sus aplicaciones el abastecimiento de productos destinados al tratamiento y potabilización del agua.

— Mauricio Filiberti, más conocido popularmente como el “Rey del cloro”

En AySA el vínculo no comienza con la privatización. Fuentes sitúan a Transclor como proveedor de la empresa desde 2009, particularmente mediante policloruro de aluminio, conocido como PAC, un coagulante empleado durante el tratamiento de agua. En otras palabras, si el consorcio de Rowing finalmente gana, un proveedor histórico de insumos de AySA pasaría a formar parte del grupo que controlaría a la propia compañía compradora de esos insumos.

El negocio detrás del “Rey del Cloro”

El defensor adjunto bonaerense Walter Martello solicitó información sobre la valuación de los activos y el pasivo ambiental involucrado en la operación. De acuerdo con la documentación disponible, la valuación permanece dentro de un data room de acceso restringido a los potenciales oferentes, mientras que tampoco existe un inventario público y completo de las obligaciones ambientales pendientes. Esta falta de información impide que la ciudadanía pueda analizar en igualdad de condiciones si el precio que eventualmente se acuerde resguarda de manera adecuada el patrimonio estatal.

La falta de transparencia adquiere mayor relevancia ante la posibilidad de que únicamente dos ofertas lleguen a la instancia competitiva. Una licitación sin precio base puede permitir que el propio proceso determine el valor de mercado cuando existe una competencia amplia entre interesados. Sin embargo, cuando el número de oferentes es reducido, disminuye la presión competitiva y aumenta el riesgo de que el Estado termine aceptando una propuesta inferior al valor real de los activos, aun cuando el procedimiento cumpla formalmente con los requisitos legales.

La futura política de compras, los contratos entre partes relacionadas y las reglas de gobierno corporativo en asuntos especialmente relevantes para el regulador y para el control público. Esa mezcla de factores es una inferencia razonable a partir de la doble condición de Transclor —proveedor preexistente y potencial accionista—.

Ahí aparece uno de los puntos en los que la investigación exige particular cautela. Recién en 2023 una licitación de aproximadamente US$115 millones relacionada con la planta de PAC, su operación y el abastecimiento del producto fue anulada después de cuestionamientos por supuesto direccionamiento y abuso de posición dominante, y que Transclor volvió a participar cuando el proceso fue relanzado en 2025. Es decir, que hubieron cuestionamientos o denuncias sobre procedimientos de contratación.

El consorcio no termina allí. El comunicado oficial identifica además a Arcos y PHX. Arcos Saneamento e Participações, vinculada al Grupo Equipav de Brasil, y a la segunda como PHX Aqua AR B.V., un vehículo de inversión radicado en los Países Bajos. De acuerdo con las reconstrucciones del consorcio, Arcos aporta la experiencia técnica internacional y PHX el componente financiero.

La experiencia brasileña es relevante porque el universo Equipav está ligado históricamente al desarrollo de Aegea, uno de los grandes actores privados del saneamiento brasileño, y Águas do Rio opera desde 2021 concesiones de agua y saneamiento en amplias zonas del estado de Río de Janeiro. No obstante, la coincidencia que dio volumen político a la historia de Walter Román ocurrió unos meses antes, cuando Servimagnus quedó asociada con Jan de Nul en la nueva concesión de la Vía Navegable Troncal.

La Resolución 36/2026 adjudicó la operación al consorcio formado por Jan de Nul N.V. y Servimagnus S.A., con una participación informada de 60% para Jan de Nul y 40% para la empresa argentina, por un plazo de 25 años según la reseña de la norma publicada tras la adjudicación. La Hidrovía conecta la navegación del Paraná con el Río de la Plata y constituye la principal salida fluvial de buena parte del comercio exterior argentino.

Servimagnus se presenta como una empresa argentina con más de veinte años de actividad en infraestructura portuaria, dragado, balizamiento, salvamento y servicios para la industria naviera. En esa compañía aparecen Ricardo y Leonardo Román. Se identificó a Ricardo como presidente y a Leonardo como vicepresidente de Servimagnus, y reconstruyó a Leonardo como hijo de Ricardo y, por lo tanto, sobrino de Walter.

Esa secuencia es la que alimentó la idea de un “avance de los Román”, donde una rama obtiene el 40% del socio concesionario local de la Hidrovía y, apenas un tiempo después, Walter Román coloca a Rowing en la final por el 90% de AySA. Las dos operaciones ocurren bajo la misma administración nacional e involucran activos o servicios de importancia sistémica.

Los registros electorales indican que Direct Group aportó $20 millones al bloque de La Libertad Avanza bonaerense el 28 de julio de 2025 y Lógico aportó otros $20 millones a la fuerza en la Ciudad al día siguiente. La primera tenía a Daniel Walter Román como presidente y la segunda estaba vinculada a su entramado empresario. Ese dato es relevante porque quien aparece relacionado con financiamiento electoral estaría compitiendo luego por un activo estatal estratégico.

Policías de Salta cobraban coimas en controles falsos, quedaron libres y ahora amenazan a la periodista que lo contó

Un grupo de policías salteños fue detenido tras quedar bajo sospecha de montar falsos controles de tránsito con el objetivo de exigir coimas a los conductores. La investigación puso bajo la lupa un presunto mecanismo mediante el cual los efectivos instalaban operativos irregulares y aprovechaban su condición para reclamar dinero a cambio de permitir que los automovilistas continuaran circulando.

Pero el caso no terminaría allí. Marina Torres, periodista de Apolinario Saravia, denunció públicamente haber recibido fuertes amenazas y presiones para que no difundiera lo ocurrido. Conforme al relató, los aprietes comenzaron después de que informara sobre las detenciones y las presuntas maniobras de corrupción policial.

“Pasa que al ser pueblos chicos nos conocemos todos, entonces es como que molesta que se diga el nombre de quien comete un delito y es una constante”, afirmó Torres, a lo que agregó que “una de las personas ya condenadas, me mandó un mensaje diciéndome que baje la nota porque si no me iban a denunciar a mí”.

No se trató simplemente de policías que “aceptaban coimas” en un operativo legítimo. Según el fiscal penal 2 de Anta, César Arturo Saravia, a través de la delegación Las Lajitas y representando al Ministerio Público Fiscal de Salta, destacó que eran efectivos en funciones que “simulaban un control oficial no autorizado” y utilizaban uniforme, armas, credenciales, chalecos, conos y un móvil policial para exigir dinero a cambio de no revisar o secuestrar mercadería. La maniobra resulta institucionalmente grave porque el poder estatal destinado a hacer cumplir la ley fue convertido en una herramienta de recaudación clandestina.

El episodio ocurrió el 19 de agosto de 2026 en el kilómetro 60 de la ruta provincial 5, jurisdicción de Las Lajitas, cerca del acceso al Parque Nacional El Rey. Conductores alertaron a la Policía de que tres personas uniformadas estaban exigiendo pagos para permitirles continuar sin controlar o retener la carga que transportaban.

Cuando llegó otro personal policial, comprobó que quienes realizaban el procedimiento eran policías en actividad y que el operativo carecía de autorización. En el rastrillaje apareció una bolsa con dinero escondida dentro de un neumático en desuso. También se halló efectivo en el móvil policial y entre las pertenencias de los agentes. El total superaba el millón de pesos.

“No pueden ser tan sinvergüenzas. Yo que ellos me estaría escondiendo, metiendo la cabeza en el hoyo más profundo porque todos los vecinos nos conocemos, nos conocemos y sabemos quienes son”, sostuvo Torres. “Aparte de una vergüenza también la condena. Les dieron un año y van a estar en libertad. Por eso andan haciendo estas amenazas, porque si no, no estarían haciéndolo”, añadió.

La Fiscalía informó además el secuestro de tres teléfonos, tres armas reglamentarias, chalecos tácticos, credenciales y conos de señalización. Esos elementos no demuestran por sí solos cada cobro, pero sí son consistentes con la reconstrucción de un retén presentado ante los conductores como un procedimiento estatal verdadero.

Los condenados fueron Emiliano Alberto Cabrera, Doris Cristina del Milagro Lucena y María Fernanda Sosa Navarro. El fiscal penal 2 de Anta, Arturo Saravia, intervino mediante la delegación Las Lajitas, y el juez Sebastián Guzmán dictó sentencia después de que los acusados admitieran su participación y acordaran el procedimiento abreviado.

La resolución condenó a cada uno de los efectivos a un año de prisión de ejecución condicional y dispuso, además, un año de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. También les impuso reglas de conducta y la prohibición de acercarse a testigos e informantes, así como de ejercer cualquier tipo de violencia o intimidación contra ellos.

La figura aplicada fue exacciones ilegales en perjuicio de la Administración Pública, con referencia a los artículos 266 y 55 del Código Penal. El artículo 266 castiga al funcionario que, abusando de su cargo, solicita, exige o hace entregar indebidamente una contribución, un derecho o una dádiva. Mientras que el artículo 55 regula la pena cuando concurren varios hechos independientes.

En lenguaje jurídicamente importa el modo y la posición del autor. Aquí la acusación no describe solamente un acuerdo clandestino entre dos particulares: describe a funcionarios que utilizaron la autoridad aparente de su cargo para exigir un pago indebido. El conductor no se encontraba negociando en condiciones de igualdad, sino que estaba frente a personas armadas y uniformadas que aparentaban poder revisar la carga, labrar actuaciones o secuestrar mercadería.

El caso de Marina Torres

Marina Torres es una periodista de Apolinario Saravia que cubre hechos locales del departamento Anta. Medios salteños la han citado previamente como fuente en noticias de Las Lajitas y de la zona. De acuerdo al relato trascendido, Torres denunció presuntas amenazas y “aprietes” destinados a que no difundiera el caso de los policías.

“Es importante que se hable de esto, que se diga que no queremos acá este tipo de cosas porque somos del interior. Que no quede este tipo de situaciones en el anonimato, o que con el paso de los días se vaya olvidando. Ya tenemos antecedentes de otros pueblos acá de la zona donde han pasado y justamente porque se quedó todo calladito no se hizo nada”, subrayó Torres.

Si se comprobara que alguien amenazó a Torres para obligarla a retirar, omitir o modificar información, la conducta podría analizarse —según las palabras utilizadas, el medio, la capacidad intimidatoria y la finalidad— bajo las figuras de amenazas o coacción. El artículo 149 bis del Código Penal sanciona las amenazas dirigidas a alarmar o amedrentar y agrava el supuesto en que se emplean para obligar a otra persona a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.

La obra social militar que Milei mandó cerrar sigue atendiendo a 324 mil afiliados porque la nueva no tiene médicos contratados

Carlos Presti cambió al responsable de liquidar IOSFA, pero la transición de la obra social militar sigue teniendo una dimensión que excede cualquier recambio de funcionarios. Un documento oficial al que accedió el medio REALPOLITIK permite ponerle números: la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), presidida por Pablo Plaza, distribuye aproximadamente 324.033 beneficiarios entre 13 delegaciones.

El informe está fechado el 22 de septiembre y firmado por Alexis Darío Ferreyra, coordinador de la subgerencia de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión. Identificado como “Anexo III”, enumera la población y el ámbito territorial de cada delegación. Es el mapa administrativo del sistema que el ministerio de Defensa debe ordenar mientras el viejo IOSFA continúa sosteniendo prestaciones.

— Afiliados de OSFA reclamaron por el corte de la cobertura médica durante la llegada de los F-16

AMBA concentra la mayor cantidad: 116.570 beneficiarios, cerca del 36 por ciento del total. Su jurisdicción incluye también Zárate y La Plata. Le siguen Puerto Belgrano, con 39.831 personas y alcance sobre Bahía Blanca y La Pampa, y Córdoba, con 34.555 beneficiarios distribuidos entre esa provincia, La Rioja y Santiago del Estero.

Entre las tres reúnen casi el 59 por ciento de la población consignada. La concentración muestra dónde está buena parte del desafío prestacional para Plaza y para el ministerio que conduce Presti.

El mapa de OSFA: 13 delegaciones y una transición pendiente

El resto de la nómina comprende Entre Ríos, con 22.970 beneficiarios y cobertura territorial sobre Santa Fe; Mendoza, con 21.006 y alcance sobre San Juan y San Luis; y Mar del Plata, con 17.995, incluyendo Tandil.

Salta reúne 17.106 beneficiarios y comprende también Jujuy, Tucumán y Catamarca. Corrientes suma 15.279 y abarca Chaco y Formosa. Completan el listado Chubut, con 10.526; Misiones, con 8.149; Neuquén, con 8.059 y jurisdicción sobre Río Negro; Santa Cruz, con 7.619; y Tierra del Fuego, con 4.368.

La nómina quedó incorporada al sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el número IF-2026-92501920-APN-SGPEYCG#OSFA. Las cantidades son aproximadas y su suma permite dimensionar la población asignada a la nueva estructura. El anexo no detalla contratos médicos, disponibilidad de prestadores ni pagos.

Ese límite cobra importancia al cruzarlo con una comunicación publicada por IOSFA el mismo 22 de septiembre. Allí, el organismo pidió a prestadores y proveedores que anularan las facturas pendientes emitidas a nombre de OSFA y dejaran de generar nuevas. Argumentó que no existían acuerdos o contratos vigentes que respaldaran esa facturación y que las prestaciones seguían siendo brindadas por IOSFA.

Un día antes, Ariel Guzmán había advertido a Presti que Plaza solicitó prolongar la atención mediante la red de IOSFA más allá del 30 de septiembre. Según esa presentación, extender el funcionamiento obligaría al instituto en liquidación a seguir recibiendo facturas y generando obligaciones, alterando el calendario previsto para cerrar sus cuentas.

Guzmán dejó el cargo el 24 de septiembre. La resolución 671/2026, publicada el 29, aceptó su renuncia y formalizó la designación de Gonzalo Secchi como administrador de IOSFA, con rango de secretario y efectos desde aquella fecha. El recambio corresponde al organismo en liquidación: Plaza continúa al frente de OSFA.

El gobierno de Javier Milei creó la nueva obra social mediante el DNU 88/2026, bajo la fiscalización de Defensa. La misma norma ordenó liquidar IOSFA y estableció que debía garantizarse la continuidad de la cobertura durante el traspaso.

El mapa ya está trazado. La tarea de Presti y Plaza es lograr que esa estructura pueda sostener la atención de sus beneficiarios sin depender indefinidamente del instituto que el propio gobierno decidió cerrar. La llegada de Secchi cambia al encargado de la liquidación; el problema prestacional sigue sobre la mesa de Defensa.

*Fuente: REALPOLITIK

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