El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”
El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.
“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.
El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad
El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.
Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente
Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.
Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.
¿Lawfare? ¿Partido judicial? Mafia y Estado paralelo. https://t.co/5jDZk9oZJh
El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena
En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.
“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.
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Una empresa vinculada a un exfuncionario de Daniel Scioli acaba de quedarse con un contrato por $690 millones para mantener los espacios verdes de Casa Rosada y la Quinta de Olivos, en una contratación impulsada por la Secretaría General de Presidencia que conduce Karina Milei.
La revelación fue realizada este viernes por el medio Diagonales y volvió a poner bajo la lupa la presencia de empresarios y exfuncionarios ligados al sciolismo en negocios millonarios del actual Gobierno.
El caso tiene como protagonista a Gustavo Vides, presidente de Grub SA, la empresa adjudicataria del servicio de jardinería, y ex director de Compras y Recaudación del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible durante la gestión de Daniel Scioli al frente de la provincia de Buenos Aires.
Como si lo antedicho fuese poco, Vides hoy ocupa un cargo en Trenes Argentinos bajo el Gobierno del presidente Javier Milei mientras el ex gobernador bonaerense ejerce como secretario de Deporte, Ambiente y Turismo.
Es solo uno de los tantos casos que muestran que todos los caminos conducen a Scioli ya que, tal como había revelado Tribuna de Periodistas hace dos semanas, ITS International Travel Services SA, la sociedad detrás de Pezzati Viajes, obtuvo una contratación de más de $70 millones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial mediante una licitación privada que terminó con un único oferente.
En ese caso, el vínculo con el exgobernador bonaerense aparece a través de la familia Pezzati. Nolberto Pezzati, vicepresidente y socio fundador de ITS, es hermano de Eduardo Pezzati, dirigente de Acción Marplatense que en 2007 fue designado por Scioli al frente del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, organismo que condujo hasta su fallecimiento en 2012.
A ese antecedente se suma ahora otro dato que también fue revelado por Tribuna de Periodistas relacionado con la empresa Provedent SRL, creada por Gustavo Ferrari, quien fue Asesor General de Gobierno durante la gestión bonaerense de Scioli, quien volvió a recibir un contrato del Estado nacional.
La nueva adjudicación alcanzó los $671,8 millones y elevó a casi $1.800 millones el monto acumulado por la firma en tres grandes contrataciones realizadas durante la gestión de Milei de la mano de Manuel Adorni, Adrián Ravier y Karina Milei.
Pero la cuestión no quedó allí, ya que el según los documentos a los que accedió Tribuna de Periodistas, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) adjudicó a ITS International Travel Services SA un nuevo contrato por $305.536.000 para brindar el servicio integral de traslados aéreos, terrestres y alojamiento en tránsito durante el 41° Festival Internacional de Cine de Mar del Plata.
Es decir que ITS volvió a recibir un contrato millonario a pesar de acreditar conexiones con un secretario del Gobierno de Milei, al igual que viene pasando con Ferrari y con Vides. En todo caso, todos los caminos conducen a Scioli.
*Fuente: Periódico Tribuna de Periodistas (Nicolás Sanz)
El exdiputado nacional por la provincia de Salta Emiliano Estrada, dirigente vinculado a La Cámpora y exintegrante del bloque de Unión por la Patria (UxP), enfrenta una investigación judicial por una presunta utilización indebida de recursos del Estado para desarrollar campañas de desprestigio contra dirigentes políticos, empresarios y periodistas.
Todo se produjo cuando el fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que cite a Estrada a declaración indagatoria por el presunto delito de “haber utilizado trabajos o servicios pagados por la administración pública en provecho propio”.
En actuaciones anteriores, la defensa sostuvo que la imputación era vaga o imprecisa y planteó la inmunidad de opinión parlamentaria del artículo 68 de la Constitución. La Cámara Federal de Casación rechazó en noviembre de 2025 una impugnación contra el avance del pedido de desafuero que se había originado por la falta de comparecencia de Estrada.
— El fiscal federal Guillermo Marijuan
La acusación sostiene que, mientras ocupaba una banca en la Cámara de Diputados de la Nación, Estrada habría empleado a dos asesores remunerados con fondos públicos, cuyos salarios pagaba el Congreso de la Nación, para producir videos y administrar cuentas anónimas de TikTok destinadas a perjudicar a sus adversarios.
La hipótesis de la Fiscalía es que existió una estructura de producción y distribución de contenidos políticos que funcionaba bajo las órdenes del entonces diputado. Según la acusación, durante el mandato de Estrada como diputado nacional por Salta, sus asesores Florencia Arias Bustamante y Javier Alonso Allemand habrían producido y difundido videos desde cuentas anónimas en redes.
Entre los nombres mencionados en las actuaciones y en la cobertura aparecen las cuentas de “La Casta Salteña”, “La Casta de Sáenz”, “Informante Salta” y “Casta Salta”. El contenido se dirigía contra funcionarios, empresarios y comunicadores salteños, y algunas publicaciones vinculaban al gobierno provincial con el narcotráfico. A diferencia de lo que ocurrió con sus dos exempleados involucrados, Estrada no ha recibido una condena por estos hechos hasta el momento. La solicitud del fiscal tampoco equivale a un procesamiento ni a una declaración judicial de culpabilidad.
— Florencia Arias Bustamante, la fotógrafa señalada como uno de los presuntos operadores del exdiputado nacional Emiliano Estrada
El punto jurídico más importante tampoco es simplemente que se hayan difundido noticias falsas. La hipótesis de Marijuán es que Estrada, cumpliendo como funcionario habría empleado trabajo financiado por el Estado para obtener un beneficio político propio, conducta que el segundo párrafo del artículo 261 del Código Penal denomina peculado de trabajos o servicios.
Dicho de manera sencilla, si un diputado paga de su bolsillo a un equipo para hacer propaganda agresiva o difundir falsedades, pueden aparecer otros problemas civiles o penales según el contenido, pero no necesariamente peculado. Si ordena esa tarea a empleados pagados por el Congreso, el salario público y el tiempo laboral de esas personas pasan a ser el recurso estatal presuntamente desviado.
No se trataba de una tarea de comunicación institucional identificada como proveniente del despacho del diputado. Se operó mediante perfiles sin autoría política visible, con videos considerados falsos y con el objetivo de perjudicar adversarios, especialmente figuras relacionadas con el gobernador Gustavo Sáenz, enfrentado políticamente con Estrada.
— Alonso Javier Allemand, señalado como el operador técnico de la campaña en TikTok, y quien habría trabajado bajo instrucciones de Estrada
Particularmente Bustamante y Allemand reconocieron su intervención en un juicio abreviado realizado en Salta. En mayo de 2025 fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional, además de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como partícipes secundarios de intimidación pública en la Municipalidad de Cerrillos encabezada por el intendente Enrique Borelli.
La “prisión de ejecución condicional” significa que, en principio, no cumplen la pena dentro de una cárcel, siempre que respeten las reglas impuestas y no incurran en circunstancias que permitan revocar ese beneficio. El juicio abreviado supone que los acusados aceptaron los hechos y la responsabilidad acordada con la acusación, pero esa admisión no reemplaza automáticamente la necesidad de probar la responsabilidad personal de Estrada.
La causa tuvo una trayectoria compleja entre la justicia salteña y la federal. La investigación original examinó la producción y difusión de los videos y derivó en las condenas abreviadas de los dos asesores. Posteriormente surgió en Comodoro Py un expediente centrado en el posible uso de recursos pagados por el Congreso.
Tras conflictos de competencia, la investigación federal por el uso de fondos y personal legislativo quedó bajo el Juzgado Federal N.º 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Casanello. La Corte Suprema fue informada sobre la controversia territorial, pero no resolvió el fondo porque la cuestión de competencia ya había quedado superada. La causa provincial y la investigación federal continuaron por sus respectivos objetos.
La prueba relevante
El elemento más comprometedor que trascendió son las declaraciones de los dos colaboradores. En el acuerdo abreviado dijeron que seguían instrucciones directas del diputado y entendían la producción de esos contenidos como parte de sus responsabilidades laborales. Otras reconstrucciones del expediente señalan que Estrada habría enviado lineamientos o guiones y aprobado los videos antes de su publicación.
Esto es importante por dos razones. Primero, conecta la operación digital con personas contratadas por la Cámara de Diputados. Segundo, intenta atribuir la conducción de la maniobra a Estrada y no solamente una actuación autónoma de sus subordinados. Sin embargo, la declaración de coimputados o partícipes interesados debe ser confrontada con elementos independientes.
El artículo 261 del Código Penal contiene dos variantes. La primera castiga al funcionario que sustrae dinero o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada. La segunda aplica la misma pena al funcionario que utiliza, en beneficio propio o ajeno, trabajos o servicios pagados por una administración pública.
La jurisprudencia reseñada por la Suprema Corte bonaerense explica que esta figura se consuma con la desviación y aprovechamiento del servicio pagado por el Estado y que exige dolo directo. También señala que el autor debe ser el funcionario que está a cargo de quienes prestan esos servicios.
La pena prevista es de dos a diez años de prisión y inhabilitación absoluta perpetua. Ese es el marco legal abstracto. No anticipa una pena concreta, porque para llegar a ella primero tendría que haber procesamiento o una decisión equivalente, acusación, juicio, condena firme y determinación individual de la sanción.
No obstante, en Argentina no existe un delito general que castigue cualquier mentira difundida en redes. El derecho penal requiere que la conducta encaje en una figura específica. En este caso, la falsedad y el anonimato describen el tipo de trabajo que presuntamente se encargó, pero el núcleo del peculado sería quién pagó indirectamente ese trabajo y para qué fue usado. La ilicitud que plantea Marijuán consiste en convertir recursos humanos del Congreso en una herramienta clandestina de conveniencia partidaria o personal.
En paralelo aparece la figura de intimidación pública, que protege el orden y la tranquilidad colectivos. El artículo 211 vigente castiga el empleo de medios materialmente idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, ya que por eso no toda injuria, falsedad o ataque reputacional constituye automáticamente intimidación pública.
Flybondi le puso número a su crisis. La aerolínea low cost declaró ante la Justicia deudas por $609.589 millones frente a activos por $176.103 millones, una diferencia de $433.485 millones. La cifra surgió del estado patrimonial especial, con fecha de corte al 28 de septiembre de 2026, que acompañó el pedido de concurso preventivo de acreedores presentado el pasado viernes 2, después de casi dos meses sin volar.
El lunes 5 de este mes, el Poder Judicial de la Nación asignó el expediente de FB Líneas Aéreas S.A., razón social de la compañía, al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, a cargo del juez Guillermo Mario Pesaresi, Secretaría N° 47, a cargo de Santiago Medina. El trámite lo realizó el estudio Grispo. La presentación no implica por sí misma la apertura del proceso: esa decisión judicial es el paso previo a la verificación de créditos y a la negociación con los acreedores.
Con el concurso, la empresa busca congelar la deuda a la fecha de inicio y abrir una renegociación con quita para evitar la quiebra. Todavía no se otorgó la conexidad con el concurso de OCA, la otra empresa de COC Global, el grupo de Leonardo Scatturice —CEO del holding, exchofer de la SIDE y cercano a Santiago Caputo—, que tramita en el Juzgado Comercial N° 22, Secretaría N° 23.
En su escrito, la compañía admitió que el problema ya no era de vencimientos aislados. “La generación ordinaria de fondos había dejado de resultar suficiente para atender regularmente el conjunto de las obligaciones exigibles”, sostuvo. Ubicó en marzo de 2026 el inicio de su cesación de pagos.
Los balances de 2025 ya anticipaban el deterioro. Al cierre de ese ejercicio, Flybondi registró activos por $293.426 millones, pasivos por $446.729 millones y un patrimonio neto negativo de $153.303 millones. El resultado contable fue positivo en $1.028 millones, pero las actividades operativas consumieron $102.593 millones de efectivo. Para sostenerse, la empresa recibió $75.899 millones en aportes de capital y $25.216 millones en nuevos préstamos. La auditoría advirtió sobre una fuerte incertidumbre respecto de su capacidad para continuar en operación.
El frente laboral ocupa una porción visible del pasivo: $21.528 millones en sueldos a pagar y $27.833 millones en aportes y contribuciones pendientes. La nómina presentada identifica a 826 trabajadores, 681 bajo convenio ATAF y 145 fuera de convenio. La semana pasada, un grupo de extrabajadores reclamó frente a la Secretaría de Trabajo de la Nación por retiros voluntarios e indemnizaciones impagas que afectan a unas 1000 familias.
Entre los reclamos e intimaciones de pago que la aerolínea detalló figuran:
YPF: deuda vencida de $15.900 millones al 18 de junio de 2026, por abastecimiento de combustible.
New Air Fly Service: $344,4 millones por servicios aeroportuarios en El Calafate.
Transportadora de Caudales Juncadella: $129,9 millones por facturas emitidas entre diciembre de 2025 y mayo de 2026.
La Nueva Metropol: $118,8 millones por transporte de pasajeros y operación de rampa.
Swissport Argentina: $112,2 millones por facturas vencidas de servicios aeroportuarios.
Bullmetrix: $74,4 millones.
Policía de Seguridad Aeroportuaria: $32,4 millones, bajo advertencia de suspender la cuenta corriente y resolver un convenio de permisos del personal aeroportuario.
Escala 24×7: US164.424,deloscualesUS124.368 estaban vencidos; el proveedor suspendió el acceso a servicios de infraestructura tecnológica alojados en AWS.
Los importes corresponden a reclamos específicos y no necesariamente a la totalidad de lo adeudado a cada proveedor. La nómina general incluye, además, obligaciones por arrendamiento de aeronaves, mantenimiento y servicios internacionales, algunas por varios millones de dólares. “La interrupción de una prestación crítica puede afectar prestaciones restantes y producir consecuencias que exceden ampliamente el importe del crédito individual involucrado”, señaló la empresa.
A ese cuadro se suman los embargos que ARCA y la ANAC trabaron entre agosto y septiembre por deudas superiores a $1500 millones en cada caso, y el Hotel Presidente, que reclama unos $660 millones y pidió la quiebra. Según el sitio Failbondi, la aerolínea canceló en 2026 alrededor de 2400 vuelos, afectó a unos 383.000 pasajeros y no habría hecho reembolsos desde enero: con un ingreso mínimo de US$50 por pasajero y por tramo, el monto superaría los US$19 millones.
El expediente también explica el origen del rojo. En 2025, Flybondi transportó 3.656.887 pasajeros contra 4.020.942 del año anterior, una baja de 9,1% en un mercado que creció 13,2%; sus ingresos netos por pasajes cayeron cerca de 14,5%. La flota operativa pasó de un promedio de 11,33 aviones en julio de 2025 a 2,67 un año después, y los vuelos se redujeron de 2.836 en enero de 2026 a 134 en julio, un 95,3% menos. Mientras tanto, el mantenimiento costó entre US$1,66 millones y US$2,59 millones por mes durante el primer semestre.
Hoy la compañía conserva tres aeronaves, que permanecen en el país sin operar. Aun así, pidió continuar: “La severa crisis descripta no ha determinado, a la fecha de esta presentación, la desaparición de la organización empresaria ni el cese definitivo de la explotación”. Si la Justicia abre el concurso, Flybondi deberá reestructurar obligaciones por casi $610.000 millones y, al mismo tiempo, conseguir recursos para volver a volar.
Patricia Bullrich llegó al 62° Coloquio de IDEA, en Mar del Plata, con dos reclamos para el Gobierno que integra. Pidió que los cambios de tres años de gestión se verifiquen “en cada familia” y resumió la urgencia con una fórmula repetida a propósito: “Velocidad, velocidad en los cambios”. Además, cuestionó que la Casa Rosada llevara al Congreso la Ley de Tierras mientras el capítulo correspondiente del DNU 70/2023 seguía en la Justicia.
La jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado fue la figura oficialista de mayor peso del encuentro, con Javier Milei y buena parte de su gabinete en París.
En la conferencia de prensa previa a su exposición, explicó que el objetivo es que las reformas muestren rápidamente un horizonte para las empresas y terminen por reflejarse en “una economía familiar mucho más amable”. También describió una economía a dos ritmos: “No podemos tener la industria caída, la construcción caída, el comercio caído y, por otro lado, algunas economías del país, como pueden ser los hidrocarburos, la pesca, el agro y la minería, en porcentajes de crecimiento muy elevados. Tenemos que compatibilizar”.
Parte del problema, dice, está en el costo argentino, con un comercio que soporta una carga impositiva tres veces más alta que la de Chile o Brasil. Sobre la advertencia de J.P. Morgan por una posible recesión, fue cauta y dijo que todavía no están los números para evaluarla.
El reproche por la Ley de Tierras tuvo dos escenarios. En un acto por los 30 años de la Constitución porteña en la Facultad de Derecho de la UBA, calificó de “apresurado” el envío de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que incluía ese capítulo. “Tendríamos que haber esperado que la Justicia hable como habló ahora del decreto 70 en el capítulo de tierras y recién después enviar esa ley, porque si no vamos contra nuestros propios actos”, admitió. Como el fallo llegó después de que la ley no pudiera votarse, reconoció que la oposición podría voltear el DNU.
Ya en IDEA, sumó un argumento técnico. Si mientras un decreto atraviesa la Justicia se discute una ley que no se aprueba, el Gobierno termina “tapando su propio instrumento legal”. “¿Para qué vas a mandar una ley si todavía estás en la Justicia con la constitucionalidad o no de ese capítulo de la Ley de Tierras?”, se preguntó, antes de reivindicar “el principio de la continuidad de los actos”.
El martes pasado, la Corte Suprema revocó un fallo que frenaba la derogación de la Ley de Tierras y repuso el artículo 154 del DNU, que eliminó las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti aclararon después que solo resolvieron una cuestión procesal, la legitimación de una asociación para obtener una cautelar, sin pronunciarse sobre la validez del régimen. Bullrich se apoyó en esa aclaración para sostener su postura.
La Ley de Tierras se sumó a otros contrapuntos recientes. La senadora criticó los recortes en Discapacidad del Presupuesto 2027, rechazó impulsar el juicio político contra las juezas Marta Pascual y Laura Beatriz De Marinis por el régimen penal juvenil y marcó diferencias por el manejo del caso de Manuel Adorni, por el freno al pliego de una jueza y por su exclusión de debates de la reforma política.
Consultada por esas posiciones, rechazó leerlas como un choque con el Presidente. “No lo miraría en contradicción con, sino en relación con la sociedad. Esa es la manera en que me ubico, en que me paro”, sostuvo, y aseguró que busca representar las preocupaciones de empresas, trabajadores, estudiantes, pymes y comercios.
— El Presidente fue recibido por Emmanuel Macron (Francia) en el Palacio del Elíseo
En un panel moderado por Martín Galdeano, director de IDEA, propuso extender a toda la economía la estabilidad de 30 años del RIGI y premiar o castigar a provincias y municipios según bajen o no sus tributos. También apuntó al sistema previsional, con seis millones de trabajadores formales que sostienen a 20 millones de beneficiarios. “El sistema no va más”, sentenció, y planteó dejar de cobrar impuestos al trabajo para combinar una base financiada con impuestos generales y un ahorro que podría canalizarse por convenios colectivos.
La pregunta que circulaba entre los empresarios apuntaba a 2027. Bullrich recordó que acaba de ser elegida senadora por seis años y evitó proyectarse: “No sé. No es lo que me preocupa. Creo que lo importante son las ideas”. Remarcó que el objetivo es “no ir para atrás”, aclaró que las alianzas “aún están en veremos” y deslizó: “Ojalá que sea todo, ojalá que sean todos los argentinos”. Los empresarios, que la esperaban en un almuerzo reservado en el Costa Galana, querían saber si se perfila como candidata propia o como compañera de fórmula de Milei.
El Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia presentó una acusación pública contra Vanesa Elizabeth Fita y otras cuatro mujeres por una presunta estafa masiva vinculada con falsas gestiones para acceder a viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). La hipótesis fiscal comprende 594 maniobras, un perjuicio base de $59,4 millones y hechos ocurridos entre abril de 2023 y febrero de 2024.
Debido a la magnitud del perjuicio y la naturaleza de los hechos, se solicitó que la causa se eleve a juicio por jurados, pidiendo para la principal acusada, que además es la hermana del presidente del PJ de Chubut Gustavo Fita, una pena de prisión efectiva de entre seis y ocho años.
— El diputado provincial y presidente del Partido Justicialista de Chubut, Gustavo Fita, y a su hermana, Vanesa Elizabeth Fita
“En concreto esa maniobra ha alcanzado, a criterio del Ministerio Público Fiscal, ha damnificado cuanto menos o al menos a 594 personas. Esta maniobra consistió básicamente en exigirle a los eventuales interesados la entrega de una suma de 100.000 pesos de manera inicial y luego el pago de las cuotas al Instituto Provincial de la Vivienda”, detalló el fiscal de la causa, Martín Cárcamo.
La metodología consistía en organizar una estructura que funcionaba como una falsa cooperativa, donde las implicadas convencían a las familias de entregar dinero por adelantado bajo la promesa de facilitarles el acceso a casas del IPV, valiéndose de la falsa creencia de que contaban con respaldo político de alto nivel.
En octubre de 2026, el fiscal Cárcamo presentó formalmente la acusación pública contra Elizabeth Fita y otras integrantes mujeres (Lucía Miranda, María Victoria Curan y Gisela Mansilla), avanzando el proceso hacia la etapa de juicio por su participación en el esquema.
Esto no significa que ya estén condenadas. La acusación fiscal debe atravesar el control judicial de la etapa intermedia, donde las defensas pueden objetar los hechos, la prueba y la calificación legal. Solo si la causa supera ese control se abrirá el juicio, para el cual la Fiscalía pidió un tribunal de jurados.
— El fiscal general Martín Cárcamo en su despacho
El mecanismo denunciado comenzaba con la captación de familias que atravesaban dificultades para acceder a una vivienda, a través de redes sociales y reuniones presenciales. La operación era presentada como una gestión vinculada con el IPV, mientras que se invocaban supuestos contactos con funcionarios provinciales para reforzar la credibilidad de la propuesta.
Según la acusación,a los interesados se les exigía un pago inicial de $100.000, que se desglosaba en $80.000 supuestamente destinados al IPV y otros $20.000 para una futura conexión eléctrica. Una vez efectuado el desembolso, las personas eran incorporadas a grupos de WhatsApp, donde se les solicitaba documentación personal y se les comunicaban presuntas fechas, requisitos y avances del proceso de adjudicación.
Sin embargo, los fondos habrían sido depositados en cuentas bancarias y billeteras virtuales vinculadas con las acusadas, en lugar de ingresar al organismo provincial. Ante la falta de entrega de las viviendas, las familias recibían explicaciones sobre supuestas demoras administrativas y trámites pendientes ante el IPV, que habrían servido para postergar las respuestas y mantener las expectativas de los damnificados. La mentira se reveló cuando el propio IPV informó que ninguna de las personas que sometieron el proceso tenía relación con la institución.
Las cinco acusadas
La Fiscalía no atribuye la misma intervención a todas. Su posición pública es que Fita habría sido la única autora y que las restantes realizaron aportes indispensables como partícipes necesarias.
La pretensión fiscal contempla penas de entre seis y ocho años de prisión para Elizabeth Fita, señalada como organizadora y autora de 594 hechos. Para María Victoria Curán de 43 años, acusada como partícipe necesaria en 400 hechos, se solicitan entre cinco y seis años de prisión. En el caso de Lara Camila Páez, también imputada como partícipe necesaria con 22 años, el pedido oscila entre cuatro y cinco años por al menos 300 hechos. Para Lucía Lorena Miranda de 47 años, a quien se le atribuyen 130 hechos en calidad de partícipe necesaria, la Fiscalía pretende una pena de entre tres y cuatro años. Finalmente, para Gisela Belén Mansilla de 34 años, acusada de participar necesariamente en cuatro hechos, se solicita una condena de entre uno y dos años de prisión.
El artículo 172 del Código Penal sanciona con prisión de un mes a seis años a quien defrauda mediante calidad simulada, influencia mentida u otros ardides o engaños. En lenguaje simple, la Fiscalía debe probar una secuencia de engaño idóneo, error de la víctima, entrega de dinero o disposición patrimonial perjudicial y relación causal entre esos elementos.
La “calidad simulada” alude aquí a la presunta presentación como intermediaria u organizadora con aptitud para tramitar viviendas. “Influencia mentida” se refiere a la invocación de contactos o respaldo de funcionarios que supuestamente permitirían obtener las adjudicaciones.
La Fiscalía considera que existen 594 hechos independientes en concurso real, no una sola estafa continuada. El artículo 55 establece que, cuando concurren varios delitos independientes de la misma especie, se acumulan sus máximos con un límite general de 50 años. La defensa sostiene o podría sostener que existió una única maniobra continuada donde esa diferencia jurídica incide en la escala penal, en la competencia del jurado y en la pena posible.
La aparente contradicción entre el máximo de seis años del artículo 172 y el pedido de seis a ocho años para Fita se explica por esa pluralidad de hechos, puesto que no se está aplicando el máximo de una sola estafa aislada. Sin embargo, ocho años es la pretensión concreta del fiscal, no una condena anticipada ni el máximo abstracto posible.
— La audiencia de apertura de investigación realizada por el Ministerio Público Fiscal de la Provincia del Chubut en Comodoro Rivadavia contra Vanesa Fita y a otras cuatro mujeres
La cronología y el vínculo político
Una denunciante declaró que Fita habría dicho que contaba con el respaldo del entonces gobernador Arcioni y de su secretaria. Ese relato es relevante para probar el supuesto engaño por “influencia mentida”, pero no prueba hasta el momento que Arcioni o su secretaria hayan participado directamente.
El fiscal informó durante la investigación que el universo de intervención penal se había acotado a las cinco imputadas y que se había descartado la participación criminal de otras personas. Por tanto, afirmar que Arcioni “está involucrado” confundiría el uso de su nombre dentro del presunto ardid con una imputación penal real.
— El exgobernador de la provincia de Chubut, Mariano Arcioni
Vanesa Fita es hermana de Gustavo Fita, diputado provincial e identificado públicamente como presidente del PJ de Chubut, que integra el cuerpo por el período 2023-2027.
La hipótesis fiscal se habría construido con denuncias, legajos individuales, comprobantes y movimientos bancarios, chats de WhatsApp y Messenger, comunicaciones telefónicas y documentación obtenida. También resultan centrales la respuesta del IPV —que negó vínculos institucionales con las acusadas— y los testimonios sobre reuniones, promesas, pagos y sucesivas postergaciones.
Ese conjunto puede ser significativo, pero todavía deberá discutirse de manera contradictoria. La acusación debe demostrar no solo que hubo pagos y que las viviendas no se entregaron, sino que desde el inicio existió un engaño deliberado con aptitud para provocar esas entregas. Un incumplimiento civil o un proyecto fallido no se convierte automáticamente en estafa. El dolo inicial es uno de los puntos decisivos.
La defensa de Fita ya había objetado en la audiencia de apertura que el relato carecía de contenido suficiente y que el engaño no estaba demostrado. El juez rechazó esa oposición para permitir que la investigación continuara, pero autorizar la investigación no equivale a declarar culpabilidad.
En San Francisco, pago chico del gobernador Martín Llaryora, la Justicia federal está en ebullición. Y no sólo por la única poltrona del Juzgado Federal existente allí, vacante desde agosto de 2024, tras el fallecimiento del juez Pablo Montesi. En la cual el hijo del gobernador, Francisco “Pancho” Llaryora Crivello pugna sentar a Agustina Felizia, pareja del juez federal de Rio Cuarto Carlos Ochoa. Y el llaryorismo quiere dejar fuera de carrera a la candidata independiente Carolina Ludueña, con la ayuda del rector de la Universidad de Lomas de Zamora, Diego Molea, integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación desde marzo pasado.
En realidad, la crisis en los Tribunales federales de San Francisco comenzó en diciembre de 2020, cuando el fiscal federal Luis María Viaut tomó licencia extraordinaria por una larga enfermedad, luego de haber sido imputado por la fiscal subrogante María Marta Schianni.
— Luis María Viaut
Viaut había sido denunciado por los delitos de exacciones ilegales y tráfico de influencias, por lo que el fiscal general federal Carlos Casas Noblega designó a Schianni, fiscal federal en Villa María, para que subrogue en San Francisco. Dos meses después de la imputación contra Viaut, en febrero de 2021, la Procuración General de la Nación confirmó a Schianni en el cargo interino de San Francisco por el tiempo que durara la licencia de Viaut.
Velozmente, catorce meses después, el 26 de abril de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Córdoba sentenció a Luis María Viaut a 5 años de prisión, por los delitos de exacciones ilegales agravadas -o concusión agravada- y tráfico de influencias, además de inhabilitación especial perpetua para cargos públicos y una multa de $ 6 millones. Y un año después, el 5 de abril de 2023, el fiscal Viaut fue destituido definitivamente de su cargo por el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal -por unanimidad-, tras dicha condena.
Casi tres años después de la condena en primera instancia y la destitución; cerca de las cinco de la tarde del viernes 13 de marzo de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso de la defensa, con el famoso “artículo 280” sancionado en los tiempos de Menem y Cavallo, traducible en lenguaje común “no tenemos gana de analizarlo”.
Y así con la condena firme, Luis María Viaut ese mismo día se entregó en la sede de la Policía Federal de San Francisco. Llegó solo al lugar, y después lo hicieron familiares suyos, a darle apoyo. Quedó detenido y horas después fue trasladado al complejo carcelario de Bouwer, al sur de esta Capital y a 208 kilómetros de San Francisco.
El presente informe especial es una profundización y una ramificación directa de las investigaciones publicadas por el portal StripteasedelPoder.com sobre los (des)manejos de la Justicia federal de Córdoba, conocida por los cordobeses como La Torre.
El principio del fin
Para entender el destino final del exfiscal federal Luis María Viaut, es necesario desarmar el rompecabezas desde su primera pieza, allí donde las crónicas oficiales suelen trazar una línea recta pero donde el ojo periodístico entrenado empieza a notar las costuras de un armado conveniente.
El fiscal Viaut aterrizó en el 2009 como un paracaidista polaco en la ciudad fronteriza cordobesa de San Francisco, lindante calle de por medio con la ciudad Frontera de Santa Fe -y sus intríngulis de cambio de jurisdicción- con motivo de la creación de los tribunales federales en esa ciudad. Desempeñando así el cargo de primer fiscal federal en ella.
Desde comienzos de los años 90, había ocupado la titularidad de la Fiscalía Federal de Zapala, donde tuvo alguna trascendencia nacional en 1994 al intervenir inicialmente en la causa penal «Carrasco II», el expediente que investigaba la red de encubrimiento militar en torno al asesinato del soldado Omar Carrasco dentro del cuartel del Ejército de esa localidad neuquina.
Pero a los fines de facilitar el estudio universitario de sus hijos, logró su traslado a la flamante fiscalía sanfrancisqueña. En donde evidentemente, tras una denuncia de la AFIP que involucraba a destacados personajes de esa localidad fronteriza, se encontró con la inusitada frontera de pasar de ser un acusador público, a ser acusado, condenado, y purgar pena de prisión.
La génesis de su caída cómo fiscal federal de San Francisco, sucedió formalmente a mediados de 2020, en plena parálisis por la pandemia de Covid-19. El engranaje judicial se activó a partir de una denuncia que ponía bajo la lupa supuestos pedidos de coimas millonarias. La hipótesis acusatoria, que el Ministerio Público Fiscal validó con llamativa celeridad, apuntaba a dos frentes principales:
El supuesto cobro de $ 2,5 millones a directivos de la cooperativa tambera Las Cañitas, de la localidad de El Tío; para ‘cajonear’ una presunta investigación por evasión. Y un segundo episodio que involucraba un pedido de miles de dólares para torcer el rumbo de una causa por delitos sexuales en la justicia ordinaria.
El relato acusatorio, multiplicado en los medios, se estructuró rápidamente sobre la base de un nombre clave: Darío ‘Paco’ Rivarola, un empleado de maestranza de la propia Fiscalía que operaba como el presunto nexo o ‘recaudador’ callejero del ex fiscal.
Es precisamente en este punto, donde el expediente empieza a exhibir sus primeras e inquietantes particularidades. Mientras la narrativa oficial presentaba el caso como una cruzada ejemplarizante contra la corrupción institucional -siendo la primera vez en la historia de Córdoba que un fiscal federal era llevado al banquillo-, los cimientos de la instrucción penal se edificaban sobre un terreno de llamativas debilidades técnicas.
El génesis de la denuncia y el efecto búmeran corporativo
La piedra fundacional que dio origen a la causa penal contra Viaut guarda un secreto incómodo que la instrucción oficial intentó camuflar, pero quedó inalterable en las actas. Según la denuncia original del Ministerio Público Fiscal del 23 de julio de 2020, Pablo Luis González, gerente de la cooperativa de El Tío, declaró bajo juramento que el empleado de maestranza Darío “Paco” Rivarola, supuesto enviado de Viaut para negociar acuerdos extrajudiciales, le habría manifestado de forma expresa que, «si bien trabajaba en la Fiscalía Federal de San Francisco, respondía a Carlos Gonella y Enrique Senestrari».
— Declaración de Pablo Luis González, donde testifica que Rivarola le dijo que “responde” a los fiscales federales de Córdoba Gonella y Senestrari
Así la paradoja procesal ingresa al terreno del absurdo institucional: el fiscal asignado para llevar adelante la acusación contra Viaut fue, precisamente, Carlos Gonella; de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), quien archivó la causa sobre “La ruta del dinero K”.
Traducido: el fiscal cuyo nombre apareció originalmente en la boca del “recaudador” “Paco” Rivarola, terminó a cargo de la investigación contra el fiscal sospechado. Esta anomalía alimentó la hipótesis de la defensa respecto de un ensañamiento corporativo y una “vendetta” interna. Según trascendidos, existiría la sospecha de que el entorno de la Fiscalía de Instrucción de San Francisco a cargo de Bernardo Alberione; habría tenido intereses concurrentes en desplazar a Viaut debido al avance de causas complejas de narcoestructuras que tocaban terminales locales como el club Sportivo Belgrano y el boliche Nina.
En pleno juicio oral, el empleado Rivarola y los demás coimputados optaron por declararse culpables tras recibir ofertas de juicios abreviados, que les garantizaban la libertad condicional. Una alternativa idéntica le habría sido ofrecida al entonces fiscal federal Luis Viaut, quien la rechazó de cuajo al negarse a convalidar un libreto ajeno, sobre delitos que sostiene firmemente no haber cometido. Esta decisión procesal lo dejó en una encerrona técnica frente a un tribunal dispuesto a fallar por acumulación de indicios.
El factor Benso y el «vuelto» político
Antes de que el nombre de Luis María Viaut apareciera en letra de molde en los titulares, ligado al presunto cobro de coimas; el fiscal federal de San Francisco llevaba adelante una silenciosa tarea para desentrañar la trama política que se escondía detrás de la megacausa de la “usina de facturas truchas” denunciada por la AFIP, conocida también como causa «Pizzi», cuyo expediente es el FCB 8191/2020.
En ese marco, en agosto de 2020, el fiscal Viaut ordenó la detención de un peso pesado: Domingo Benso, el influyente mandamás del Grupo Cooperativo Devoto. La caída de Benso sacudió los cimientos económicos y políticos del este cordobés. A partir de la detención de Benso, la lógica de la competencia territorial sufrió una metamorfosis quirúrgica:
-El desplazamiento forzado: Mientras Viaut defendía que la competencia correspondía estrictamente a San Francisco, la vocal de la Cámara Federal de Córdoba, Graciela Montesi, hermana del entonces juez federal subrogante de San Francisco, Pablo Montesi, intervino activamente para que el expediente fuera mudado de urgencia a la Capital provincial.
-La sincronía familiar:“Los hermanos sean unidos, porque esa es la ley primera; tengan unión verdadera en cualquier tiempo que sea, porque si entre ellos pelean, los devoran los de afuera”, escribió José Hernández en La vuelta de Martín Fierro; máxima que aprendieron a rajatabla los hermanos Montesi.
-La libertad exprés: Sólo pasaron 37 días entre el lunes 31 de agosto de 2020, y el miércoles 7 de octubre del mismo año; fechas en que Domingo Benso fue detenido y el juez federal Pablo Montesi, dictara su falta de mérito. En un trámite confuso, dado que previamente se había declarado incompetente y había dispuesto girar la causa al Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Córdoba, para su acumulación por una supuesta conexidad.
Ante lo cual el fiscal Viaut se opuso, insistiendo que debía permanecer en San Francisco. Sin embargo, el fiscal subrogante ante la Cámara de Apelaciones Carlos Casas Noblega, disintió extrañamente de la postura de Viaut. Y de esa manera unipersonalmente el camarista Abel Sánchez Torres, cuñado en los hechos del juez Montesi, en lugar de apartarse le dio la razón a este, quedando la picante causa radicada en Córdoba, lejos de las manos de Viaut.
Posteriormente el mismo camarista Sánchez Torres, catorce meses después, en diciembre 2021, a la par de confirmar la Cámara de Apelaciones el procesamiento de otros imputados, pretendió confirmar la falta de mérito del influyente Benso. Lo que fue impedido por los camaristas Liliana Navarro y Eduardo Avalos, quienes hicieron valer la mayoría advirtiendo que la medida era prematura, y que correspondía profundizar la valoración de las pruebas aportadas por la AFIP.
El círculo de esta línea temporal cerró con precisión matemática: el pasado 3 de septiembre pasado, el juez federal Carlos Arturo Ochoa, que es titular en Río Cuarto y subrogante en el juzgado Federal N°1 de Córdoba -y quiere imponer a su pareja Agustina Felizia como jueza en San Francisco- y el secretario Facundo Troncoso firmaron el sobreseimiento definitivo de Domingo Benso y Miguel Angel Montali en la causa de facturas truchas derivada de la gestión original de Viaut.
El mismo mes en que la megaestafa impositiva que amenazaba al cooperativismo regional fue archivada para sus figuras de peso, el fiscal que la impulsó cumple su condena en Bouwer. Actualmente, Benso se desempeña como secretario de Desarrollo de Cooperativas y Mutuales de la Provincia del gobierno de Martín Llaryora.
El truco de la «carátula fantasma»
Cuando se examina la letra chica del veredicto que envió a Viaut a prisión, el andamiaje probatorio del llamado “Primer Hecho” -el caso de la Cooperativa Las Cañitas de El Tío- exhibe fisuras insalvables. El denunciante Pablo González afirmó que el empleado Rivarola lo había extorsionado exhibiéndole un expediente secreto titulado “Benso Domingo, Agustín Benso y otros”.
Sin embargo, los registros informáticos del sistema oficial Coirón expusieron una realidad incómoda: los sumarios iniciales no se indexaban bajo el nombre civil de los imputados en esa etapa y la causa real jamás llevó el apellido Benso en su portada, sino que estaba bautizada bajo la carátula “Pizzi”.
La incorporación del apellido Benso en el relato del denunciante habría funcionado, según la hipótesis de la defensa, como un forzamiento posterior para inyectar gravedad institucional a una maniobra que, en rigor, respondía a un conflicto ajeno al fiscal. El propio Benso, convocado como «testigo nuevo» en el juicio oral, manifestó ante los magistrados haber recibido un pedido de USD 250.000 por parte de otros detenidos, mientras estaba alojado en la Unidad de Contención del Aprehendido (UCA); no identificando a Viaut.
Ante la absoluta ausencia de comunicaciones directas como llamadas, mensajes o reuniones entre el entonces fiscal federal de San Francisco y el cooperativista de El Tío, el Tribunal Oral Federal N.º 2 aplicó la teoría del modus operandi como sustituto de la prueba directa. Los jueces extrapolaron una matriz de sospecha extraída del segundo hecho para dar por probado el primero.
Para fundar la condena, se aferraron al cruce de antenas de una comunicación telefónica entre el empleado Rivarola y el fiscal el día de la reunión clave. Los investigadores jamás interceptaron ni conocieron el contenido real de esa conversación y de ninguna otra. El tribunal procedió a «redactar» de forma presuntiva el diálogo, descartando motivos laborales ordinarios, y rechazó la compulsa de las sábanas telefónicas históricas de los tres meses anteriores solicitadas por la defensa, para demostrar la habitualidad del contacto diario en medio del teletrabajo por la pandemia.
Las contradicciones del fiscal Gonella en el dictamen acusatorio
Para desmontar el andamiaje jurídico que llevó al exfiscal a una celda en la cárcel de Bouwer por cinco años; es indispensable someter la pieza jurídica acusatoria a una rigurosa autopsia procesal. Al confrontar los fundamentos del dictamen de elevación a juicio y alegatos del fiscal federal Carlos Gonella con las actas y la denuncia original de 2020, emerge un forzamiento dogmático plagado de contradicciones estructurales.
— Fiscal Carlos Gonella, acusador de Viaut en el juicio
-El ocultamiento de la imputación de origen (La paradoja Gonella – Senestrari): En su acusación, el fiscal Gonella presentó el caso como una estructura piramidal donde Luis María Viaut digitaba de forma exclusiva el pago de sobornos a través de Rivarola. El fiscal acusador omitió de forma deliberada el dato medular de la denuncia original del 23 de julio de 2020: bajo juramento, el denunciante Pablo Luis González dejó asentado que Rivarola le exigía el pago irregular, manifestándole expresamente que él respondía a los fiscales de los Tribunales federales de Córdoba Carlos Gonella y Enrique Senestrari.
Que el propio Gonella haya actuado como el fiscal acusador habiendo sido mencionado de forma directa por el «recaudador» callejero constituye una anomalía procesal insalvable. En términos de neutralidad, Gonella debió haberse apartado de inmediato. El dictamen, por ende, operó como un mecanismo de purificación y desvío de la sospecha original hacia Viaut, jefe natural de Rivarola en la fiscalía de San Francisco.
-La traspolación arbitraria de la evidencia (El vacío del primer hecho): Para justificar la coautoría de Viaut en el pedido de sobornos por $ 2,5 millones a la Cooperativa de El Tío, Gonella estructuró su alegato afirmando que existía un «patrón de comportamiento criminal unívoco e indivisible» entre el primer y el segundo hecho. El propio dictamen debió admitir que no existían escuchas, mensajes, correos, ni un solo testimonio directo que ubicara a Viaut interactuando o exigiendo dinero a los directivos de El Tío.Es más, quedó probado que Viaut jamás conoció a González, ni tuvo una causa relacionada a la Cooperativa “Las Cañitas”.
“No queremos patearles la puerta”, le advirtió “Paco” Rivarola a Pablo González, dirigente de la Cooperativa Tambera Las Cañitas de El Tío. González, como muchos otros productores, tenía “problemas de papeles” y necesitaba ponerse al día con la AFIP. Ahí apareció Rivarola, empleado raso de la Fiscalía Federal de San Francisco, que según palabras propias, reportaba a los fiscales cordobeses Gonella y Senestrari.
Tras varias reuniones con González, la solución propuesta fue el pago de una coima: “Si podemos hacer algo, que no sea con las cosas a medias; si se puede hacer algo que lo hagamos bien, cosa que no quede nada, que quedes limpio, limpio, limpio, pero después a cuidarse”, le advirtió Rivarola al gerente de la cooperativa. El pedido de coima fue de $ 2,5 millones y González respondió que iba a discutir la propuesta con los otros directivos y darle una respuesta. Así se inició la causa contra el exfiscal Luis Viaut.
El Tío es un pueblo del este cordobés, de poco más de 2.000 habitantes ubicado sobre la Ruta 19, a 76 kilómetros de San Francisco y a 132 de esta Capital, el corazón de la cuenca lechera que comparten las provincias de Córdoba y Santa Fe.
En el caso de la Cooperativa Tambera Las Cañitas, el fiscal Gonella forzó la figura de la coautoría funcional utilizando las desgrabaciones y los indicios del “Segundo Hecho” (caso Brugnoni) como «resina jurídica» para rellenar el absoluto vacío probatorio del Primer Hecho. Utilizar la prueba de un suceso independiente para dar por probado otro hecho penalmente autónomo, viola de forma flagrante las reglas de la sana crítica racional y el principio de lesividad de la ley penal.
-El forzamiento de la «capacidad de influencia» y la omisión de destino: Respecto al Segundo Hecho, el caso Brugnoni, Gonella encuadró la conducta de Viaut en el delito de tráfico de influencias, argumentando que el fiscal federal utilizó su peso institucional para torcer el rumbo de una investigación penal ordinaria a través de la fiscal provincial Isabel Reyna, quien, cabe mencionar, fue denunciada y formalmente sancionada en agosto de este año por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba, tras acreditarse un patrón sistemático de maltrato laboral, violencia y hostigamiento hacia empleados y colegas.
La propia instrucción determinó que Viaut y Reyna pertenecían a órbitas jurisdiccionales sin nexo vinculante, ya que el primero era fiscal federal; mientras que la segunda era fiscal de Instrucción de la Provincia de Córdoba; no tenían una relación previa; además de que la causa ya se encontraba en la Cámara de San Francisco, y no en la fiscalía de Reyna.
La causa Brugnoni está relacionada al presunto cobro por parte de Luis Viaut de USD 17.100, que el empresario Víctor Brugnoni le habría entregado para que éste lograra la liberación de su hijo José Agustín Brugnoni (23), detenido e imputado por abuso sexual por la Justicia provincial de Córdoba. Ese monto sería el primer pago de un total de USD 250 mil, la suma total sería completada cuando el joven acusado de violación recuperara su libertad.
En este llamado Segundo Hecho, además del fiscal federal de San Francisco fueron investigados e imputados como intermediarios Gerardo Agustín “Coco” Panero y Walter Gustavo Fattore; mientras que Brugnoni fue acusado de pagador de la coima, delito tipificado como cohecho activo.
La madrugada del 25 diciembre 2019, luego de concurrir a un boliche de la localidad de Laborde, José Agustín Brugnoni, habría violado a una chica; aprovechado que la víctima había bebido de más. Luego de que la joven denunció a Brugnoni, la Fiscalía de Instrucción de Bell Ville libró una orden de detención en su contra, pero el muchacho se había fugado.
Fue detenido cinco días después en Formosa, y los investigadores sospechan que quería fugarse a Paraguay, y luego a Brasil, país con un largo historial de negativas a los tratados de extradición. Ya en 2020, el sospechoso quedó alojado en la cárcel de Villa María, a 129 kilómetros de Laborde.
El dictamen fiscal fundamentó la existencia del delito, basándose únicamente en el registro de una llamada sacada de contexto, pero omitió el requisito típico esencial del tráfico de influencias: la capacidad real y efectiva de influir. La situación procesal de Brugnoni jamás sufrió alteración alguna. El dictamen transformó un acto acreditado de sugerencia de asistencia familiar ordinaria, como la simple recomendación de consultar a un abogado particular, familiar del fiscal, en un engranaje extorsivo mediante inferencias conjeturales.
–La incoherencia cuantitativa y la “ceguera” patrimonial: En su alegato final, Gonella solicitó una pena de 7 años de prisión efectiva argumentando la existencia de un beneficio económico espurio de gran escala derivado de la función pública. Los peritajes contables y las declaraciones juradas oficiales incorporadas al expediente arrojaron un resultado unívoco: cero incremento patrimonial. Los bienes de Viaut reflejaban una vida completamente austera y concordante con sus ingresos ordinarios de magistrado de carrera.
Existe una contradicción matemática insalvable en el dictamen acusatorio al mensurar el presunto delito. La fiscalía acumuló y mezcló de forma caótica en su plataforma fáctica cifras que iban desde los $ 2.500.000, los USD 250.000 exigidos supuestamente en la UCA según el testigo de oídas Benso, hasta terminar fijando un supuesto pago acreditado de apenas USD 17.100. La dispersión cuantitativa y la total ausencia de trazabilidad del destino de ese dinero exponen que el dictamen no persiguió la comprobación de un flujo financiero delictivo, sino la construcción de un relato de sospecha para justificar un veredicto condenatorio predeterminado.
Las escuchas censuradas
Mientras el dictamen del fiscal federal acusador Carlos Gonella y la instrucción penal se concentraban en asfixiar la defensa de Viaut mediante conjeturas, las pruebas de desgrabaciones oficiales de intervenciones telefónicas incorporadas en el expediente -específicamente bajo los folios 929, 932 y 934- exponían una colosal filtración de información en el fuero provincial que la fiscalía acusadora decidió no ver.
De las transcripciones técnicas de los audios que el propio Viaut logró capturar y denunciar públicamente, surgen diálogos en código entre informantes del periódico El Tiempo y funcionarios judiciales provinciales de San Francisco:
Hugo:Che, escuchame, llamó recién el loco de Delitos… el amigo de la financiera.
Julián:¿Qué pasó? ¿Se movió el agua?
Hugo:Me dice que el Federal [en referencia a la fiscalía de Viaut] les tiró el camión encima, que están armando los papeles para entrar a la tarde o mañana a primera hora. Que avisen a la cueva grande que limpien los discos y los papeles de las carpetas blancas.
Julián:Uh, qué cagada… ¿Y el jefe de ellos [Alberione] sabe algo?
Hugo:Y, si el secretario [Gaido] está al teléfono cruzando las patentes, imaginate. El pibe de Alberione ya se metió como abogado para mirar el revés desde adentro. El interés es voltearlo a este tipo [Viaut] porque se les metió en la ruta de Sportivo y el boliche Nina.
Estas desgrabaciones demuestran que, mientras la Justicia provincial de San Francisco simulaba cooperar en la lucha contra la criminalidad económica, los funcionarios de segunda línea cruzaban llamadas con los investigados del entorno del ex directivo de Sportivo Belgrano, Pablo Esser, para vaciar las oficinas antes de los allanamientos.
El dictamen de Gonella omitió deliberadamente contextualizar estos audios en su acusación. Para un observador agudo, el desembarco de la fiscal federal de Villa María, María Marta Schianni -designada para reemplazar a Viaut en San Francisco- actuó en perfecta sintonía con la incorporación de Juan Alberione, como patrocinante del cooperativista Pablo González en la causa contra Viaut.
El abogado Alberione es hijo del entonces fiscal de Delitos Complejos de San Francisco, Bernardo Alberione. La ingeniería de la maniobra queda expuesta en la trama familiar de los Montesi y los Alberione; quienes desde los fueros federal y provincial habrían operado en bloque para demoler la labor del fiscal federal Luis María Viaut, que ponía en peligro el millonario negocio de las mesas de dinero, cooperativas emisoras de facturas truchas, y la ruta del narcotráfico regional, a través de pantallas como Sportivo Belgrano y el boliche ‘Nina’.
Una llamada fantasma
Respecto al “Segundo Hecho” como se conoce el caso Brugnoni, la acusación estructuró el delito de tráfico de influencias sobre la base de una supuesta llamada telefónica dirigida a la fiscal de instrucción Isabel Reyna, que en la realidad nunca fue realizada. En el expediente no figura, no está consignada dicha comunicación, y en los fundamentos de la sentencia condenatoria al ex fiscal Luis María Viaut, se reconoce explícitamente que no se pudo determinar la existencia de dicha llamada, ya sea realizada por el propio fiscal Viaut o por el ordenanza Rivarola.
A partir de esta indeterminación material, el tribunal dedujo que la influencia se ejerció en nombre del fiscal federal. La defensa técnica a cargo del penalista Tristán Gavier, expuso la debilidad de esta inferencia al demostrar que Viaut y Reyna no se conocían, pertenecían a órbitas y fueros distintos, y que la causa se tramitaba ante la Cámara de San Francisco, y no ante la fiscalía de origen. Asimismo, los informes técnicos confirmaron que la situación procesal del imputado Brugnoni no sufrió ninguna modificación favorable como consecuencia del llamado.
Frente a la narrativa extorsiva, la hipótesis defensiva sostiene que la intervención de Viaut se limitó a sugerirle a un allegado particular, en una situación económica crítica por el aislamiento de la Covid-19, que consultara a un familiar abogado, configurando un acto de asistencia ordinaria que la acusación descontextualizó.
Esta inconsistencia probatoria se complementa con las contradicciones numéricas del fallo, donde los montos del presunto cohecho oscilan caóticamente entre los $ 2,5 millones y los USD 250.000 exigidos supuestamente en la UCA según testificó Benso, un empresario que había sido investigado, precisamente por Viaut en la megacausa de la usina de facturas truchas.
Esa versión indicó, además, que Viaut habría cobrado un retorno de unos USD 17.000; sin embargo, los peritajes contables ratificaron una vida familiar austera y concordante con los ingresos del magistrado, habiendo quedado su familia en una situación de vulnerabilidad patrimonial extrema. Y en constante miedo por represalias de parte de las mafias a la que Viaut se enfrentó a lo largo de su carrera judicial.
— Jueces y acusadores. El tribunal estuvo compuesto por Fabián Asís, Noel Costa y Fabián Falcucci. Los acusadores fueron los fiscales Carlos Gonella y María Marta Schianni
La conyugalidad de casación: el dudoso revisor
El derrotero del expediente sumó su capítulo más opaco al llegar a la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal el 14 de agosto de 2025. Al revisar la condena de primera instancia, el máximo tribunal penal de la Nación se fracturó. El juez Carlos Mahíques votó en minoría, haciendo lugar parcialmente al recurso de la defensa, tras dictaminar que la tipificación de exacciones ilegales aplicada en Córdoba era técnicamente insostenible y debía ser encuadrada bajo la figura de concusión, obligando a revisar integralmente el fallo.
Con la unanimidad rota y el juez Mahíques votando en disidencia por hacer lugar parcialmente al planteo defensivo, el voto definitorio (2 a 1) para sepultar la inocencia de Viaut quedó en manos del polémico juez Diego Barroetaveña. Camarista federal arrastra en su foja de servicios otras intervenciones marcadamente controvertidas.
Diversas investigaciones periodísticas, como las publicadas por la dirigente Elisa Carrió o entidades de transparencia judicial, pusieron el foco sobre su llamativo desempeño al frente del Tribunal de Ética de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), cargo al que debió renunciar a fines de diciembre de 2025 ante las intimaciones por incompatibilidad de funciones.
Durante su ejercicio en la entidad deportiva, Barroetaveña intervino de manera directa en expedientes internos que terminaron blindando y favoreciendo al presidente de la asociación, Claudio “Chiqui” Tapia -como el polémico dictamen que determinó que el dirigente no era una Persona Políticamente Expuesta (PEP)– para luego verse llamado a dictaminar en Comodoro Py sobre causas por presunto lavado de activos y fraude que acorralan a la misma cúpula dirigencial del fútbol.
En el caso del ex fiscal federal de San Francisco, la defensa había planteado la recusación urgente de Barroetaveña tras ventilarse que el magistrado mantenía una relación de pareja estable y pública con la jueza María Noel Costa, integrante del Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba y redactora del voto condenatorio original contra Viaut, que fue convalidado por los jueces Fabián Asís, y Fabián Falcucci.
La recusación fue desestimada por sus propios pares de sala, Daniel Petrone y Ana María Figueroa, a quien seguidamente se la jubiló de prepo, al no permitirle renovar su designación cumplidos los 75 años, siendo sustituida por Mahiques. Y así el camarista Barroetaveña operó como el gran elector del expediente, convalidando formalmente en la máxima instancia penal el fallo dictado de puño y letra por su propia pareja, la jueza María Noel Costa.
— El presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Diego Barroetaveña admitió que tiene una relación de pareja con la jueza federal cordobesa María Noel Costa
La disparidad de la vara penal de la Justicia federal adquiere tintes escandalosos al contrastar esta condena a cinco años de prisión efectiva basada en inferencias y llamadas sin contenido, con otros fallos dictados en la Justicia provincial.
Por caso, en el plano de la opinión pública, analistas independientes coinciden que en el juicio que enfrenta el ex presidente provisorio de la Legislatura, Oscar González, quien habiendo protagonizado un trágico siniestro vial en las Altas Cumbres con saldo de una víctima fatal y graves secuelas para dos sobrevivientes, recibió un pedido de condena de tres años y diez meses de prisión efectiva más 10 años de inhabilitación para conducir.
Sin pruebas concluyentes y en base a indicios, a Viaut se lo condenó a cinco años de prisión; mientras que a González, con una víctima fatal; otra con graves secuelas en su salud y otra ya recuperada, sólo le pidieron menos de cuatro años de cárcel. Esa firmeza implacable aplicada sobre el ex fiscal de San Francisco contrasta de forma evidente con la elasticidad procesal otorgada al poder político tradicional.
La yunta de camaristas y las terminales del entramado
La red de conexiones e influencias políticas que rodea el caso sumó un hito documental el 23 de julio de 2026, cuando el juez federal Alejandro Sánchez Freytes imputó a los camaristas federales Abel Sánchez Torres y su pareja, Graciela Montesi, por el presunto delito de admisión de dádivas. Montesi es presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba; mientras que Sánchez Torres es su vicepresidente.
La acusación de los fiscales Pablo Turano y Maximiliano Hairabedian puso bajo la lupa un viaje de lujo realizado a Punta del Este, valuado en USD 34.000, en un avión privado perteneciente a los directivos del Grupo Astori y Porta Hermanos, compañías que tramitaban en la Cámara Federal de Apelaciones causas ambientales e inmobiliarias. Para sumar opacidad a la trama, en las últimas semanas, la camarista Montesi contrató como defensor a Tristán Gavier, el mismo penalista que ejerció la defensa de Viaut en el proceso en su contra por el caso de la cooperativa Las Cañitas y el prófugo Brugnoni.
— Durante una audiencia del juicio, Tristán Gavier, defensor de Luis María Viaut
La caída de Viaut devela el inicio del entramado político-judicial; donde el gobernador Martín Llaryora mueve sus hilos para dominar la Justicia federal de San Francisco, su pago chico. El portal StripteasedelPoder.com reveló cómo los hilos del cordobesismo operan subterráneamente en el Concurso 517 del Consejo de la Magistratura para designar a Agustina Felizia como titular del Juzgado Federal de San Francisco -vacante por el fallecimiento del juez Pablo Montesi en agosto de 2024.
El hijo del gobernador Llaryora, Francisco «Pancho» Llaryora Crivello, prosecretario penal, opera para que su amiga Felizia ascienda a jueza y él a secretario penal. Pero como todo tiene que ver con todo, la joven aspirante a jueza, además, está en pareja con Carlos Ochoa, el juez federal de Río Cuarto.
El mismo magistrado que también está a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba ,y que el pasado 3 de septiembre firmó el sobreseimiento express de Domingo Benso; primero imputado y luego testigo que declaró en el juicio oral contra Viaut, quien mientras estuvo detenido en la UCA dijo haber escuchado un pedido de USD 250.000 por parte de otros detenidos, para mejorar su situación y lograr su libertad. Actualmente, Benso es secretario de Desarrollo de Cooperativas y Mutuales de la Provincia del gobierno de Martín Llaryora.
A seis años del proceso iniciado contra Luis María Viaut, y viendo cómo se mueve el ajedrez judicial federal en San Francisco, la pregunta que flota en el departamento San Justo es si la imputación, juicio y condena a cinco años de cárcel del exfiscal fue una jugada de Llaryora con sus alfiles, para controlar la justicia federal en su pago chico infierno grande.
Apostillas 1: Los hermanos Montesi y la genealogía del poder que llega hasta los Sánchez Torres
Para comprender cómo funciona la Justicia Federal de Córdoba, es indispensable estudiar sus linajes, como bien los describió Sergio Carreras en su libro La sagrada Familia. Por caso, Graciela Montesi, la polémica presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y su hermano Pablo, el fallecido juez federal de San Francisco, representan la continuidad de una genealogía judicial que hunde sus raíces en la figura de su padre, Luis Rodolfo Montesi, histórico y poderoso magistrado que manejó el estratégico Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba, con exclusiva competencia electoral provincial durante las décadas de 1980 y 1990.
En la causa de la usina de las facturas truchas, en la que el juez federal Ochoa sobreseyó por pedido del fiscal Maximiliano Hairabedian a los imputados Domingo José Benso y Miguel Angel Montali, acusados por asociación ilícita fiscal, y María Florencia Alisio, Nancy María Magdalena Dupraz de Alisio y Juan Pablo Alisio, por alteración dolosa de registros fiscales; en octubre de 2020 el juez Pablo Montesi en tiempo récord le dictó falta de mérito y le otorgó la libertad a Domingo Benso, sólo 37 días después del megaoperativo con el que había sido detenido.
Mientras que la camarista federal Graciela Montesi y presidente de la Justicia Federal de Córdoba acaba de ser sobreseída por el juez federal Alejandro Sánchez Freytes en la causa “Padilla” por abuso de autoridad; y sigue investigada en la causa de las dádivas por el viaje a Punta del Este en el avión de Porta Hermanos y Grupo Astori.
La dinastía Montesi se completa así: Josefina Bobone, hija de Graciela Montesi, es prosecretaria en el Tribunal Oral Federal 3. Tomás Bobone, hijo de Graciela Montesi es oficial en el Juzgado federal 3, con el juez Hugo Vaca Narvaja. Damián Bobone hijo de Graciela Montesi, trabaja en la Municipalidad de Córdoba; está casado con Yamila Batalla, nombrada por Montesi en la Cámara Federal de Apelaciones. Por su parte Gerónimo Bobone, sobrino de Graciela Montesi, trabaja en la Secretaría Electoral.
Por su parte el camarista Abel Guillermo Sánchez Torres pareja de Montesi y vicepresidente de la Justicia Federal de Córdoba, coló en La Torre como se conoce donde funciona a: su ex esposa, Alejandra Cecilia Cabido , jefa de Despacho del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 1. Ingresó al Poder Judicial de la Nación el 11 de febrero de 2004 y previamente se desempeñó en el Banco Social de Córdoba, la Lotería de Córdoba y la Fiscalía de Estado.
Y a sus hijos: Joaquín Nicolás Sánchez Torres; relator del Tribunal Oral Federal N° 3. Lucía Sánchez Torres; escribiente en el Juzgado federal N° 1, bajo las órdenes del secretario Facundo Troncoso, juzgado vacante, subrogado por Carlos Ochoa, juez federal de Río Cuarto. Y Agustina Sánchez Torres, prosecretaria en el Juzgado federal N° 3 a cargo del juez Hugo Vaca Narvaja.
Apostillas 2: Vulneración de garantías convencionales en el caso Viaut según los estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Objeto: El presente memorial tiene por objeto sintetizar las violaciones flagrantes y sistemáticas a las garantías judiciales consagradas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) durante el proceso penal seguido contra el ex fiscal Luis María Viaut, inconsistente y condicionado por factores del contexto político local.
Violación al Derecho a un Tribunal Independiente e Imparcial (Art. 8.1 CADH): Se vulneró la garantía de neutralidad objetiva en la etapa de revisión ante la Cámara Federal de Casación Penal. El magistrado Diego Barroetaveña emitió el voto de desempate (2 a 1) para confirmar la condena a cinco años de prisión efectiva, a pesar de mantener una relación de pareja estable y pública con la jueza cordobesa María Noel Costa, redactora del fallo condenatorio en primera instancia. Asimismo, el circuito de desplazamiento de la competencia territorial operado por los hermanos Montesi y validado por el juez Sánchez Torres evidencia un direccionamiento institucional incompatible con el principio del Juez Natural.
Violación a la Presunción de Inocencia (Art. 8.2 CADH): La condena dictada por el Tribunal Oral Federal N° 2 carece de evidencia objetiva independiente en el tramo denominado «Primer Hecho»; en la cual los magistrados sustituyeron la certeza probatoria y el estándar de in dubio pro reo, por la traspolación automática de un supuesto modus operandi extraído de un hecho ajeno e independiente. Se sentenció a Viaut utilizando el mero registro de antenas de una llamada telefónica ordinaria sin contenido interceptado ni conocido, forzando una interpretación incriminatoria unilateral y presuntiva.
Violación al Derecho de Defensa y Exclusión de Prueba (Art. 8.2.f CADH): El tribunal que juzgó al ex fiscal Viaut bloqueó la producción de prueba informática crítica solicitada en tiempo y forma por la defensa, como son las sábanas telefónicas históricas de las prestatarias. Esta denegación impidió demostrar técnicamente que la frecuencia de las comunicaciones respondía a la dinámica laboral diaria de la fiscalía federal y no a una coordinación delictiva incidental, quebrando la igualdad de armas procesales.
Violación al Principio de Legalidad y Desviación de Poder (Arts. 9 y 25 CADH): La disidencia técnica planteada en Casación por el juez Carlos Mahíques demuestra que la tipificación penal de exacciones ilegales fue forzada por el tribunal cordobés. El 3 de septiembre de 2026, la Justicia federal de Córdoba firmó el sobreseimiento definitivo de Domingo Benso, quien pasó de principal investigado por evasión a testigo de cargo de la acusación. En enero de 2024, antes de su desvinculación definitiva por los delitos de evasión tributaria y lavado de activos, Benso había sido designado por el gobernador Llaryora como secretario de Desarrollo de Cooperativas y Mutuales, en el Ministerio de Cooperativas y Mutuales. Mientras que el fiscal que lo investigó, está preso en el complejo carcelario de la localidad de Bouwer, al sur de esta Capital.
Apostillas 3: Contradicciones de fondo e inconsistencias técnicas en la resolución del juez Ochoa y algunos interrogantes incómodos:
La doctrina de la carátula fantasma: ¿Con qué fundamentos técnicos el Tribunal Oral Federal N° 2 validó y dio por ciertos testimonios basados en la exhibición de un expediente caratulado con el apellido «Benso», cuando los registros informáticos demuestran de forma objetiva que la causa jamás llevó esa nomenclatura en el sistema Coirón y estaba titulada formalmente como “Pizzi”?
La paradoja de la prueba IP: ¿Por qué la trazabilidad técnica de direcciones IP pertenecientes a una cooperativa fue considerada insuficiente por los camaristas federales para procesar a empresarios por una evasión multimillonaria, mientras que la existencia de una simple llamada telefónica ordinaria sin contenido grabado fue suficiente para condenar a cinco años de prisión a un fiscal federal?
El estándar del testigo ciego: ¿Cómo se convalida internacionalmente ante la CADH (Convención Americana sobre Derechos Humanos) una condena de prisión efectiva basada en el testimonio de un imputado cooperativista que, bajo juramento en el juicio oral, manifestó explícitamente ser incapaz de identificar la cara, la presencia o la voz del imputado Luis María Viaut en las presuntas exigencias de dinero?
El cerrojo tecnológico: ¿Cuál es la justificación procesal y técnica para negarle a la defensa del acusado la compulsa y producción de las sábanas telefónicas históricas, las cuales hubieran aportado datos matemáticos e independientes sobre la habitualidad y rutina de los llamados en la fiscalía federal?
La ética de la mesa de luz: ¿Qué estándar de juez imparcial e independiente le queda a la República Argentina ante los organismos internacionales cuando el revisor definitivo en Casación, el juez Diego Berroetaveña, tiene una relación de pareja pública con la jueza cordobesa María Noel Costa, redactora de la condena de primera instancia?
La sincronía de los sobreseimientos: ¿Responde a criterios de estricta hermenéutica jurídica que el sobreseimiento definitivo de Domingo Benso y del contador Miguel Montali haya sido firmado por el juez subrogante Carlos Ochoa en septiembre de 2026, clausurando la usina de facturas truchas inmediatamente, seis meses después de que el fiscal investigador del caso, Luis Viaut se entregara a la Policía Federal tras la sentencia definitiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación?
Carta pública del ex fiscal federal Luis María Viaut
El 13 de marzo, previo a entregarse ante la ‘Justicia’ el fiscal Viaut hizo la siguiente DECLARACIÓN PÚBLICA:
“A la opinión pública, a los medios de comunicación y a las autoridades de la República Argentina Luego de casi cuarenta años de trayectoria en el sistema judicial federal, considero necesario expresar públicamente mi posición frente a los hechos y versiones que se han difundido en distintos ámbitos. Inicié mi carrera en los juzgados federales de Santa Fe como empleado judicial, posteriormente me desempeñé como secretario en Zapala, provincia de Neuquén, y desde el año 1993 ejerzo el cargo de Fiscal Federal.
A lo largo de estas décadas he intervenido en investigaciones complejas vinculadas al narcotráfico, a delitos económicos, a la evasión fiscal y al lavado de dinero, siempre con el compromiso de actuar con independencia y respeto por la ley. En los últimos años se ha intentado instalar en mi contra una acusación de supuesto tráfico de influencias, una imputación que rechazo de manera categórica. Dicho delito presupone la utilización indebida de una posición o influencia para obtener beneficios o favorecer intereses particulares. En mi caso, no existe ninguna prueba que demuestre una conducta de esa naturaleza.
Se ha afirmado, por ejemplo, que habría intentado influir sobre una fiscal mediante una llamada telefónica. Sin embargo, no existen registros, audios ni documentación que respalde tal afirmación. Cuando solicité que se incorporaran las correspondientes sábanas de llamadas -prueba objetiva que permitiría verificar cualquier contacto- dicho pedido fue rechazado, lo cual genera una situación difícil de comprender desde la perspectiva del derecho de defensa.
Asimismo, se han difundido versiones que pretenden vincularme con expedientes o personas con las que jamás he tenido relación. En la fiscalía a mi cargo nunca existió un expediente relacionado con la cooperativa que se menciona públicamente, ni he ordenado o sugerido a persona alguna solicitar dinero para manipular o cerrar causas judiciales. Considero que la forma en que se han presentado estos hechos configura una operación mediática que busca instalar sospechas sobre mi nombre y mi trayectoria, construida durante décadas de servicio público.
Esta situación se desarrolla, además, en un contexto particularmente delicado para mi familia, que desde hace aproximadamente tres años viene atravesando un proceso judicial que consideramos profundamente injusto. Durante ese tiempo hemos soportado presiones e intimidaciones que exceden lo razonable dentro de un debate judicial.
Se ha llegado incluso a una situación que resulta, cuanto menos, preocupante desde el punto de vista institucional. En la instancia de revisión en casación ha intervenido como superior un magistrado que es pareja reconocida de quien dictó la sentencia cuestionada. Esta circunstancia plantea un serio interrogante respecto de la imparcialidad que debe regir en todo proceso judicial y profundiza la percepción de parcialidad que ha rodeado este caso.
He decidido, no obstante, continuar afrontando el proceso dentro de los canales institucionales que establece la ley, con la esperanza de que las instancias correspondientes revisen los hechos con objetividad y pleno respeto por las garantías constitucionales. No puedo dejar de señalar que situaciones similares han sido atravesadas por otros fiscales federales que, en distintos momentos, investigaron hechos sensibles vinculados a estructuras de poder económico o criminal. Este contexto exige una reflexión profunda sobre la necesidad de preservar la independencia del sistema judicial.
Por todo lo expuesto, considero imprescindible realizar un llamado a los medios de comunicación, a los periodistas, a los representantes políticos y a las autoridades nacionales para que se garantice el respeto por los principios básicos de una república: el debido proceso, la presunción de inocencia y una justicia verdaderamente independiente. Después de casi cuatro décadas dedicadas al servicio de la justicia federal, mi única expectativa es que los hechos sean analizados con seriedad, sin presiones ni operaciones, y que finalmente prevalezcan la verdad y el derecho.”
Luis María Viaut cumple cinco años en Bouwer por una condena sin escuchas ni testigos directos, que Casación confirmó con el voto de la pareja de la jueza que lo sentenció. Domingo Benso, el cooperativista al que había mandado detener por la usina de facturas truchas, fue sobreseído en septiembre.
Una fundación del sector agropecuario calculó que las cadenas agroindustriales ya sostienen 4,3 millones de puestos. Según su proyección, la cosecha de granos crecería un 52% en diez años si el Estado dejara de cobrar el impuesto.
La representante de Washington calificó al Comité de Descolonización como un gasto inútil y exigió terminar con su mandato. La propuesta favorece a Londres y provocó la primera diferencia diplomática entre Milei y la Casa Blanca, a días de la llegada de dos enviados estadounidenses a Buenos Aires.
📖 IL DIARIO PERSONALE DI PAPA FRANCESCO.
Dal 24 novembre le pagine personali di Jorge Mario Bergoglio diventano un libro, presentato e commentato dal card. Víctor Manuel Fernández.
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