El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”
El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.
“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.
El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad
El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.
Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente
Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.
Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.
¿Lawfare? ¿Partido judicial? Mafia y Estado paralelo. https://t.co/5jDZk9oZJh
El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena
En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.
“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.
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Eduardo Menem, ex Senador padre del actual presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, logró una victoria judicial definitiva que le garantiza un haber mensual de 41 millones de pesos. La cifra es escandalosa no sólo por su magnitud, sino por el mecanismo que la permitió: una sospechosa inacción de la ANSES que, bajo la actual gestión, dejó vencer los plazos de apelación.
Este beneficio representa casi cuatro veces el sueldo de un Senador en actividad, los mismos $11 millones que el oficialismo utiliza para fustigar a la oposición. Gracias a la falta de impugnación de ANSES, el ex legislador también se aseguró un retroactivo de 1.500 millones de pesos. Esta suma equivale a 136 dietas legislativas actuales, pagaderas por el Estado en un solo desembolso.
La maniobra se originó en una “notificación nocturna” en el portal oficial. La ANSES de Milei dejó pasar el plazo legal para apelar, permitiendo que el fallo de la Corte quedara firme en el primer trimestre de 2024. Mientras el Ejecutivo concentra sus ataques mediáticos en el Senado, bajo su propia órbita se habilitaba el drenaje de fondos más importante hacia una de las familias que hoy detenta el poder.
Javier Milei, “Lule” Menem (mano derecha de Karina Milei) y Eduardo Menem.
La promesa que nunca llegó
La inacción de la ANSES no es la única contradicción en este tablero: durante la campaña de 2021, Javier Milei sostenía que el “principio de revelación” expondría a quienes se aferraran a sus dietas. En enero de 2022, el propio Javier Milei aseguró en una entrevistaen YouTube con quien suscribe —Augusto Grinner—, que ya tenía preparado el proyecto de ley para permitir la renuncia voluntaria a los haberes legislativos, prometiendo su presentación para marzo de ese mismo año.
Cuatro años después de aquel anuncio, y transitando ya el primer semestre de 2026, el proyecto nunca fue ingresado al Congreso. Ni el Presidente cuando fue Diputado, ni ninguno de los legisladores que integran hoy su bloque, han formalizado la iniciativa. Esta omisión legislativa adquiere una gravedad institucional distinta cuando se analiza el trato diferencial que recibe la cúpula del poder oficialista frente a los haberes de la seguridad social.
Mientras la “motosierra” se detiene frente al beneficio de $41 millones mensuales más el retroactivo de casi $1.500 millones del clan Menem, el Ejecutivo utiliza la retórica de la austeridad para fustigar a la presidencia del Senado. El contraste es total: un silencio administrativo que favorece al entorno familiar del presidente de la Cámara de Diputados, frente a un ataque mediático constante contra Villarruel, quien irónicamente fue la única que habilitó un mecanismo administrativo real para que cada Senador pudiera renunciar voluntariamente a cobrar su aumento; esto sucedió en abril de 2024 mediante una resolución de presidencia del Senado, luego de la votación de aumento de dietas fijado por los Senadores.
Jubilados en protestas por cobrar cien veces menos que Eduardo Menem.
El blindaje de la Constitución frente al ataque coordinado
La ofensiva mediática contra Victoria Villarruel ignora deliberadamente la arquitectura legal del país. Según los artículos 56 y 57 de la Constitución Nacional —cuyo espíritu liberal fue moldeado por el propio Juan Bautista Alberdi—, la Vicepresidente no tiene la potestad de anular por decreto una votación soberana del cuerpo de Senadores. Haberlo intentado habría configurado un abuso de autoridad, dándole al kirchnerismo la excusa perfecta para iniciarle un juicio político inmediato.
Incluso la sugerencia oficialista de que debería haberseausentado de la sesión carece de sustento práctico: la Constitución prevé el reemplazo automático por el Presidente Provisional del Senado (art. 58 de la CNA), por lo que el resultado habría sido idéntico. Villarruel optó por la vía institucional y, como se mencionó, dictó una resolución que habilitó un formulario de renuncia voluntaria al aumento. Fue la única funcionaria que ofreció una salida ética y legal a los legisladores sin romper el orden constitucional.
Este respeto a las formas republicanas es lo que hoy se le recrimina, mientras se guarda un silencio absoluto sobre la falta de apelación en el caso Menem.
Victoria Villarruel y Javier Milei ya en una época de tensión entre ambos.
El triunfo de la genealogía sobre el mérito
El escenario actual deja al descubierto una grieta profunda en la narrativa de La Libertad Avanza. Por un lado, se utiliza la figura de la Vicepresidente como blanco de ataques para canalizar el descontento social por las dietas legislativas; por el otro, el círculo más cercano al poder central se beneficia de una estructura estatal que, lejos de ser “ajustada”, funciona con una precisión quirúrgica cuando se trata de favorecer al linaje propio.
La diferencia de trato es obscena: mientras un Senador que trabaja debe enfrentar el escarnio público por $11 millones, la inacción de la ANSES permite que, quien no ejerce cargos públicos desde hace años, perciba casi cuatro veces más que un Senador activo.
En definitiva, el anunciado “principio de revelación” terminó operando sobre el propio Ejecutivo. Se reveló un gobierno que castiga el respeto a las formas constitucionalesde Villarruel, peropremia con $1.500 millones el reclamo de un Menem contra el Estado.
Para dimensionar el impacto: los $41 millones mensuales de Eduardo Menem equivalen a 107 jubilaciones mínimas. Por su parte, el retroactivo de $1.500 millones representa el pago de un mes entero para 3.944 jubilados de la mínima. En un contexto de ajuste severo, la vigencia de esta jubilación de privilegio demuestra que el Estado sigue priorizando los beneficios de la casta por sobre el resto de los argentinos.
La casta no parece haber desaparecido; simplemente ha cambiado de nombre. O más bien, ha recuperado sus nombres históricos.
Una denuncia penal fue presentada ante la Justicia de La Plata contra el ex juez federal Carlos Rozanski y las licenciadas en psicología P.B.A., G.R.S. y N.V.A. por la presunta comisión del delito de asociación ilícita.
La presentación quedó registrada bajo el número 06-00-015906-26/00 y tuvo intervención de la UFI 1 Departamental y del Juzgado de Garantías 6.
De acuerdo con la denuncia, la presunta organización tuvo como finalidad la elaboración de “informes psicológicos falsos de menores cuyos progenitores hayan sido denunciados por abuso, a fin de sostener acusaciones infundadas y evitar el contacto entre los niños y el otro progenitor”.
La nueva presentación fue impulsada en La Plata por el abogado penalista Lucas Bianco, quien formalizó la denuncia para que se investigara la posible existencia de informes elaborados por las profesionales en distintos juzgados de familia del Departamento Judicial La Plata. “El caso abre un fuerte interrogante sobre el uso de pericias psicológicas en conflictos familiares y el riesgo de que herramientas diseñadas para proteger a los niños terminen siendo utilizadas en su perjuicio”, advirtió el letrado.
Según lo expuesto en la presentación, los hechos denunciados no constituyeron episodios aislados. En la ciudad de Rosario, un grupo de padres y progenitores que fueron falsamente acusados de abuso y que continuaron impedidos de mantener vínculo con sus hijos promovió una denuncia penal contra las mismas profesionales. Esa situación derivó en la intervención de la Corte Suprema de Santa Fe y en la conformación de una mesa de trabajo con fiscales y el Colegio de Abogados.
En esa jurisdicción, un grupo de abogados denunció penalmente a las tres psicólogas por la presunta elaboración de informes falsos de abuso infantil para desvincular a niños de sus padres.
La presentación por falso testimonio agravado fue realizada en septiembre del año pasado y llevó las firmas de Viviana Cosentino, el ex ministro de Justicia provincial Juan Lewis, la ex camarista Carina Lurati, Froilán Ravena, Ramiro Coso, José Nanni, Estela Marelli y Adriana Torchio. La causa recayó en la fiscal Guillermina Aiello, quien comenzó a relevar cada uno de los datos aportados, según indicaron desde el Ministerio Público de la Acusación.
De acuerdo con el escrito presentado en la ciudad santafesina, las profesionales integraron una organización dedicada a estudios de violencias y abuso sexual. Allí también se solicitó que se investigara si las conductas de P.B.A., G.R.S. y N.V.A. se dieron en el marco de una presunta asociación ilícita que tuvo por objeto emitir “falsos informes de menores cuyos progenitores hayan realizado denuncias por abuso, a fin de poder sostener falsas acusaciones y evitar de esta manera que el otro progenitor pueda tener contacto con sus hijos”.
Los representantes de los padres denunciados señalaron que, en los procesos iniciados contra sus clientes, detectaron “patrones en común, que se repiten, donde se advierten numerosas irregularidades tanto en sede penal como en el fuero de Familia, causando un grave perjuicio”. En tal sentido sostuvieron: “Lo más grave es que, en este derrotero procesal, existen personas que estarían lucrando con esta situación, emitiendo informes donde se repiten supuestos indicios de abusos sexuales sin ningún rigor técnico y que se asemejan más a formularios pre armados, que a un análisis profundo y serio de cada problemática”.
Los denunciantes agregaron que “estos informes, que en ocasiones defienden en las declaraciones testimoniales brindadas en juicio o ante la fiscalía, contienen llamativas coincidencias en las conductas descriptas como realizadas por nuestros hijos, que parten en todos los casos del relato de sus madres, sin que antes de comenzar a tratarlos se haya requerido nuestro consentimiento o se nos haya entrevistado para conocernos y escucharnos”.
También afirmaron: “En todos los casos, los tratamientos comienzan, según surge de los propios informes, y del relato que en algunos casos efectuaron las profesionales en las declaraciones testimoniales antes mencionadas, desde un supuesto abuso sexual ya denunciado previamente, y es esta la única hipótesis con la que se trabaja, en tanto no se advierte en ninguno de los informes que se hayan considerado otras posibles causas generadoras de las conductas o reacciones que se afirma advierten en los niños, tales como irritabilidad, temores, pesadillas, retraimiento. No se profundiza, como señalamos, en declaraciones o entrevistas de docentes, directivos de establecimientos escolares o pediatras, ni se indaga en situaciones de contexto”.
En el mismo sentido, sostuvieron que “todo siempre se reduce al supuesto abuso y a las supuestas expresiones” que los nenes hacen “durante la técnica que denominan como ‘La hora del juego’ que, por supuesto, no registran en soporte de audio y video, lo que impide cualquier posibilidad de poder conocer la veracidad de los dichos que se atribuyen a los niños y mucho menos la manera en que tal supuesta información es obtenida”.
La presentación también remarcó que en distintos casos de abuso sexual infantil se incorporaron informes elevados por las tres psicólogas que exhibieron coincidencias en las observaciones asentadas por escrito sobre los menores. Según los abogados, las profesionales llegaron a utilizar observaciones textualmente idénticas para distintos pacientes, lo que sugirió la utilización de “formularios pre armados”. Sobre ese punto, concluyeron: “Las coincidencias son tantas, incluso con frases textuales en un informe y otro, que si se suprimieran los nombres de los niños (sobre quienes se hace la evaluación) podría pensarse que se trata de informes referidos a un único paciente”.
Los denunciantes también señalaron que, pese a lo sugerido por esas psicólogas, sus hijos no dijeron en Cámara Gesell“una sola conducta de nuestra parte que implicara un menoscabo a su integridad sexual”.
Entre los antecedentes expuestos, los abogados comenzaron por el caso de Pablo B., denunciado en junio de 2018. La causa fue archivada en febrero de 2020, pero tras un informe de la psicóloga P.B. fue desarchivada y posteriormente el legajo llegó a juicio, donde el hombre resultó absuelto. En uno de los casos reseñados en la presentación, un hombre perdió el contacto con su hija durante siete años y tres meses y luego fue absuelto.
LOS CASOS:
Los abogados señalaron que, en todos los casos, pese a contar con resoluciones judiciales favorables en el fuero penal, la pérdida de contacto con los hijos continuó porque en paralelo existieron actuaciones en los juzgados de Familia.
Otro de los casos fue el de Mario L., denunciado en febrero de 2022. La acusación fue desestimada en septiembre de ese año, pero en mayo de 2024 la medida fue revocada, la causa fue reabierta y se realizó la Cámara Gesell. El 2 de enero de 2025 fue imputado, aunque dos semanas después fue sobreseído por un fallo de primera instancia y luego por otro de segunda, en los que se formularon críticas a las actuaciones.
A Javier J. lo denunciaron en agosto de 2021. En junio de 2022, la fiscal desestimó la denuncia, pero desde la Fiscalía General revocaron esa resolución en noviembre de 2022 para ordenar nuevas medidas. En octubre de 2023 se realizó la Cámara Gesell a la hija. En junio de 2024 la acusación volvió a ser desestimada, situación que fue confirmada por las máximas autoridades del Ministerio Público de la Acusación en octubre de 2024 y abril de 2025.
A Gerardo V. lo denunciaron en diciembre de 2020. Nueve meses después se realizó la Cámara Gesell con su hija. En octubre de 2021, la fiscal desestimó la causa, pero su par regional revocó esa medida. En abril de 2024 volvió a ser archivada, situación que recién quedó firme en marzo de 2025.
Román V. fue denunciado en noviembre de 2021 y la niña realizó la Cámara Gesell en marzo de 2023. El caso fue archivado en mayo de 2023, pero se reabrió por criterios del fiscal regional de Rosario. Actualmente, se encontró en trámite.
Una situación similar atravesó Sebastián L. P., quien comenzó con el derrotero judicial en agosto de 2023. Cuatro meses después, su hijo realizó la Cámara Gesell. En abril de 2025 el fiscal desestimó las actuaciones y ahora el legajo quedó bajo revisión del fiscal regional.
Por último, Mariano D. fue denunciado en enero de 2019. En octubre de 2021, la causa fue archivada, decisión que quedó firme por el fiscal regional en diciembre de 2021 y por la fiscal general en mayo de 2022. No obstante, permaneció desvinculado de su hijo durante seis años y nueve meses.
El cura y diputado kirchnerista del bloque Unión por la Patria (UxP), Juan Carlos Molina declaró un patrimonio de USD$1 millón y cuatro inmuebles, dos en Ciudad de Buenos Aires y dos en el Gran Buenos Aires.
La Declaración Jurada Patrimonial Integral, presentada en enero de 2026 bajo la modalidad inicial 2025, expone una fortuna que llama la atención por su magnitud y que se contrapone con el perfil de vida sencilla que el legislador suele mostrar en el plano público.
El dato más llamativo del documento es la existencia de una caja de ahorro en dólares en el país con un saldo declarado de USD$330.338,50. Al tipo de cambio vigente de $1.420 por dólar, eso equivale aproximadamente a $469 millones. Molina también declara tres cajas de ahorro adicionales en pesos con saldos que suman alrededor de $14.6 millones y una cuenta corriente con $56.436. El total de sus depósitos y efectivo alcanza los $483.7 millones.
Además del efectivo, Molina declara cuatro propiedades inmobiliarias, cuya valuación oficial resulta llamativamente baja. Según el informe, dos de las propiedades están ubicadas en San Vicente y fueron adquiridas el 17 de diciembre de 2009, junto con una casa habitación valuada en $20.833.246 y un lote de terreno declarado en $1.042.180.
El legislador también informó la tenencia de dos departamentos con cochera en la Ciudad de Buenos Aires, ambos comprados el 18 de mayo de 2017. Uno de ellos fue valuado en $75.035.844, mientras que el otro figura por $2.528.903. En conjunto, el detalle patrimonial expone un patrimonio de por sí millonario, integrado por propiedades en el conurbano bonaerense y en la Capital Federal.
Molina, a su vez, declaró poseer un Ford Bronco Sport Big Bend 1.5L, año 2021, adquirido en agosto de ese año, valuado en $28 millones de pesos —equivalente a unos USD$35.000 al valor de mercado actual. Su origen habría sido por “ingresos propios”.
El mecanismo que permite estas valuaciones irrisorias es lo que los expertos tributarios llaman la “trampa del 1 m²”. Al declarar una superficie de “1 metro cuadrado” para todas sus propiedades, el sistema registra los inmuebles a su valuación fiscal histórica de origen —en pesos, con cifras antiguas y desactualizadas— en lugar del valor real de mercado. Esto “licua visualmente el tamaño de la fortuna ante la opinión pública”, según la descripción de un tributarista consultado al respecto.
Para aproximarse al valor real del patrimonio inmobiliario, es necesario dolarizar el análisis usando precios actuales de mercado. Un análisis conservador construido con dimensiones estándar para este tipo de propiedades arroja que existe una disparidad “abismal” entre los dos departamentos de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) comprados el mismo día en 2017 —uno declarado en $75 millones y el otro en apenas $2.5 millones— lo que sugiere que uno podría ser un piso de gran metraje o categoría superior.
Sumando los activos líquidos a la valuación de mercado de los inmuebles y el vehículo, el patrimonio real estimado total ascendería a aproximadamente USD$931.838, es decir, casi un millón de dólares.
¿De dónde proviene el dinero?
Esta es la pregunta central que el documento oficial no logra responder satisfactoriamente. En la declaración, Molina justifica absolutamente todos sus bienes como producto de sus “ingresos propios”, sin herencias, legados ni donaciones de ningún tipo.
Para dimensionar la inconsistencia, basta con cruzar las fechas de adquisición de los bienes con la trayectoria laboral de Molina. Las propiedades de San Vicente fueron compradas en 2009, cuando estaba al frente de la Fundación Valdocco, una organización financiada por el Vaticano y con fondos públicos provinciales. Ahí surge otra duda inevitable: ¿cómo logró un directivo de una ONG sin fines de lucro acceder a esas compras?
En el caso de los departamentos en la Ciudad de Buenos Aires, adquiridos en 2017, la duda no es menor, ya que fueron comprados dos años después de su salida de la SEDRONAR en 2015. Allí también queda sin respuesta cuál fue la fuente de ingresos que le permitió adquirir dos unidades con cochera en la Capital Federal. A eso se suma lo más paradigmático de todo, los USD$330.000 en efectivo, un monto difícil de explicar para alguien que habría desarrollado gran parte de su carrera en el ámbito de una organización sin fines de lucro o bajo una dieta legislativa.
Un hallazgo adicional del análisis de la declaración es un error grave en la confección del documento. Molina registró su cargo de “Diputado Nacional” bajo la categoría de “Sector Privado”, señalando como empleador a la “Fundación Valdocco”. Esto es técnicamente imposible, siendo que una fundación privada no puede emplear a un legislador nacional, cuyas dietas las paga el Estado. El análisis concluye que se mezclaron dos trayectorias distintas en una misma línea del formulario —con consecuencias legales que la Oficina Anticorrupción no observó ni corrigió.
La situación patrimonial no puede desligarse de las denuncias judiciales que recaen sobre la Fundación Valdocco. Desde 2024, Molina enfrenta una causa penal en la que se le atribuyen presuntos delitos de trata de personas con fines de explotación, defraudación a la administración pública, falsificación de documentos públicos y privados y asociación ilícita.
La investigación reveló que la fundación cobraba fondos millonarios simultáneamente de dos provincias. Con 250 millones de pesos mensuales de Santa Cruz y 124 millones de pesos mensuales de Chaco, aunque en este último caso la institución no operaba realmente. Se detectó que 78 docentes cobraban salarios en ambas jurisdicciones al mismo tiempo. La causa fue presentada ante el Juzgado Federal de Caleta Olivia e incluye pedidos de allanamientos y secuestro documental.
La provincia de Chaco, por su parte, bloqueó la transferencia de recursos públicos a la fundación tras la investigación, mientras que el gobierno de Santa Cruz también realizó denuncias por falta de transparencia en el manejo de fondos.
¿Quién es Juan Carlos Molina?
Juan Carlos Molina, nacido el 8 de diciembre de 1966, es un sacerdote católico argentino que ha construido una trayectoria inusual en la que se entrelazan la fe, la política kirchnerista y la gestión de organizaciones sociales. Su apodo, “cura coraje”, sintetiza la perspectiva pública que él mismo cultivó. La de un hombre de Iglesia supuestamente comprometido con los más vulnerables, dispuesto a meterse en terrenos conflictivos donde otros no se atreven.
Molina surgió como sacerdote salesiano en Caleta Olivia, Santa Cruz, donde trabajó con niños y jóvenes en situación de riesgo social. Más tarde, sin que se conozca públicamente el motivo, pasó al clero de la diócesis de Río Gallegos. Fundó la Fundación Valdocco —nombre del barrio turinense de Turín donde San Juan Bosco comenzó su obra— con casas para jóvenes adictos y menores vulnerables en Santa Cruz, Chaco y Haití. Esta fundación lo proyectó al primer plano de la política kirchnerista de Santa Cruz y lo acercó a la familia Kirchner, en especial a Alicia Kirchner, hija de la exvicepresidente Cristina Fernández de Kirchner (CFK).
La primera gran plataforma pública que manejó Molina fue la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR), designado en noviembre de 2013 por CFK. El jefe de Gabinete Jorge Capitanich lo presentó como alguien con “amplia experiencia en la problemática de las adicciones”. Renunció en mayo de 2015, declarando que había “cumplido los objetivos”.
“Escobar fue un poco Robin Hood, el pueblo lo lloró porque ocupó el lugar del Estado: hizo hospitales, calles, le dio trabajo a la gente…”, destacó Molina, en marzo de 2014, en una entrevista radial, durante su gestión al frente de la SEDRONAR.
La comparación desató una tormenta mediática. Al día siguiente, Molina intentó aclarar que había sido “sacado de contexto”, que Escobar “era un psicópata, un asesino” y que nunca lo había defendido. También usó un lenguaje colorido para describir el revuelo, diciendo que había pasado “de ser el secretario de la SEDRONAR a ser el hijo de puta defensor de Escobar”.
Décadas después, en 2024, Molina decidió volver a la política activa como candidato a diputado nacional por el Frente para la Victoria en Santa Cruz. Ganó las elecciones legislativas de 2025 con un margen muy mínimo y asumió su banca en diciembre de ese año, integrando a UxP.
El hecho ocurrió en el colegio secundario Estación Limay de Cipolletti, Río Negro, cuando un alumno de segundo año, hijo de la diputada nacional de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, amenazó de muerte a sus compañeros, declarando que iría al colegio con un arma para matarlos.
“Los voy a matar a todos”, afirmó el menor advirtiendo a sus compañeros, según fuentes vinculadas a la acción preventiva. La amenaza generó pánico inmediato entre estudiantes y familias, muchas de las cuales se presentaron masivamente al colegio para retirar a sus hijos.
La directora del establecimiento radicó de inmediato una denuncia formal en la Comisaría Cuarta, lo que desencadenó un operativo judicial, policial y de protección de menores. En las próximas horas se definirán los pasos a seguir respecto a la escolaridad del menor y el acompañamiento psicológico para el grupo afectado.
Según relató la madre de uno de los estudiantes amenazados, el episodio tuvo lugar durante el recreo, cuando el adolescente intimidó a varios compañeros, incluso señalándolos individualmente. También habría mostrado previamente una imagen del arma de fuego que supuestamente llevaría.
Ante la gravedad de la situación, se activó el protocolo preventivo institucional y la Fiscalía N°1, a cargo de la fiscal subrogante Eugenia Vallejos, ordenó medidas urgentes.
Las instituciones que intervinieron fueron la Policía de Río Negro, que desplegó patrullajes en los alrededores del colegio, ubicado en la calle Ingeniero Krause 450; la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que actuó en el marco del protocolo para menores de edad; y la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que se incorporó al seguimiento del caso.
A pesar de la amenaza, el colegio mantuvo sus clases con custodia policial permanente en el edificio, aunque el alumno involucrado no asistió a clases mientras dura la investigación.
– La escuela Limay de Cipolleti
Este episodio se produce en un momento de fuerte alarma social en Argentina por la violencia en las escuelas. El caso más grave ocurrió el 24 de marzo de 2026 en San Cristóbal, Santa Fe, donde un alumno de 15 años ingresó con una escopeta a su colegio y mató a un compañero de 13 años (Ian Cabrera), hiriendo a otros.
Tras esa masacre, proliferaron en varios puntos del país amenazas de ataques similares. En Lanús, el Federal Bureau of Investigation (FBI) alertó sobre un menor que planeaba un tiroteo. En Sunchales, fue detenido otro adolescente con amenazas por redes sociales y un revólver en su casa. La amenaza en Cipolletti se inscribe en este clima de tensión e imitación que recorre las aulas argentinas.
Por consiguiente, un grupo de madres y padres se autoconvocó frente al establecimiento para exigir respuestas y una intervención de fondo ante lo que consideran un síntoma de violencia creciente. El Colegio Estación Limay es una institución privada de gestión pública con décadas de historia en Cipolletti, que ya había vivido episodios de conflictividad interna en años anteriores.
El menor es inimputable por su edad
Un dato central del caso es que el adolescente tiene 13 años, por lo cual bajo la legislación vigente es no punible, es decir, no puede ser sometido a proceso penal ni recibir condena como un adulto. Esto se da en un contexto de debate nacional muy caliente.
“Se dio intervención inmediata a los organismos de protección para salvaguardar tanto al menor como al resto de la comunidad educativa”, destacaron desde la Justica.
El Congreso aprobó en marzo de 2026 un nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años, pero esa norma no entrará en vigencia hasta 180 días después de su publicación oficial, por lo que todavía no es aplicable. El menor quedó bajo la tutela y monitoreo de organismos de niñez, no del sistema penal.
Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV
Según trascendió a medios locales, la amenaza no surgió de la nada, sino que habría sido el punto culminante de una relación agresiva que comenzó en 2025, cuando el grupo cursaba primer año. El acoso escolar aparece como el contexto que habría precipitado la amenaza.
La propia madre del adolescente (la funcionaria Villaverde) emitió un comunicado en el que afirmó que su hijo fue “víctima de hostigamiento y agresiones verbales reiteradas” desde el año pasado, y que había solicitado previamente reuniones con las autoridades del colegio para que se interviniera. Aclaró que lo ocurrido “no está justificado”, pero enmarcó el hecho en ese historial de maltrato. Las autoridades del colegio realizarán un trabajo interdisciplinario sobre la convivencia del grupo.
¿Quién es Lorena Villaverde?
La diputada es una de las figuras más polémicas dentro del espacio libertario. Llegó a la Cámara baja en diciembre de 2023 como representante de LLA por Río Negro y, aunque fue electa senadora nacional en las legislativas de 2025, decidió no asumir esa banca en medio de un escándalo por sus vínculos con el narcotráfico, por lo que permanece en Diputados hasta 2027.
A ello se suma una causa judicial en Estados Unidos por tráfico de cocaína, que ella misma habría admitido en sede judicial argentina en 2012, además de embargos por más de 31 y 40 millones de pesos en causas vinculadas con la venta fraudulenta de terrenos en Las Grutas. En los últimos meses también fue señalada por haber accedido a un crédito hipotecario del Banco Nación en circunstancias que legisladores opositores consideran irregulares.
La diputada nacional salteña de La Libertad Avanza, María Gabriela Flores, admitió que su hijo viajó en algunas oportunidades con pasajes del Congreso de la Nación, un beneficio que reciben los legisladores para el desarrollo de su actividad parlamentaria. La revelación surgió durante una entrevista en FM Noticias de Salta, luego de que se difundiera una imagen en la que se la vio junto a su hijo en el aeropuerto de Salta.
“En alguna oportunidad puede haber viajado con pasajes del Congreso, esto no es un delito”, afirmó la legisladora, quien este miércoles dejó la presidencia de la Comisión de Familias, Niñez y Juventudes.
Flores explicó que su hijo estudió Abogacía en la Ciudad de Buenos Aires y por eso realizaba viajes frecuentes entre la Capital y Salta: “va y viene. También le he dado pasajes para otras cosas”.
La consulta se originó a partir de una fotografía en la que se observó a la diputada abordar un vuelo junto a su hijo. “Al que me sacó la foto, le mando saludos”, ironizó.
Flores defendió el uso de esos pasajes y aseguró que cada diputado nacional cuenta con un sistema de viáticos que contempla asignaciones para traslados aéreos y terrestres. Según planteó, esos recursos “pueden ser utilizados de manera flexible”, por lo que negó que hubiera existido una conducta irregular.
El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Pablo Cristián Germain, declaró inválido el cobro de la tasa por conservación y mantenimiento de la red vial rural en casos de productores del partido bonaerense de Daireaux y ordenó la devolución de sumas abonadas cuando no existió una contraprestación efectiva. En otros expedientes dispuso reducciones proporcionales del tributo según el estado de los caminos y el uso que el municipio dio a los fondos recaudados.
La sentencia surgió de una demanda iniciada por cuatro productores y empresas contra la Municipalidad de Daireaux, luego de que agotaran la vía administrativa y cuestionaran los decretos municipales que rechazaron sus reclamos por los períodos 2022-2024.
El planteo sostuvo desde el inicio que no se negaban a pagar, pero sí a hacerlo sin recibir el servicio correspondiente.
Sobre ese punto, el magistrado remarcó que las tasas son tributos vinculados a una prestación concreta del Estado. “La organización y puesta a disposición del servicio al contribuyente es condición indispensable; de lo contrario el cobro carecería de causa”, sostuvo la sentencia. El fallo recordó que la tasa no es un impuesto, sino que exige una contraprestación concreta, individualizada y efectiva, y advirtió que el cobro sin prestación del servicio afectó el derecho de propiedad.
La decisión se apoyó en dos informes técnicos que resultaron centrales. Por un lado, una pericia contable detectó desvíos en el uso de los fondos recaudados por la tasa vial. Por otro, un informe de ingeniería evaluó el estado de los caminos rurales vinculados a los establecimientos reclamantes. Según explicó al medio especializado Bichos de Campo el abogado de los productores, Jorge Moroni, los peritajes permitieron acreditar tanto el desvío de fondos hacia otros gastos municipales como el deterioro de los caminos relevados, donde el 96% presentó un estado malo o regular.
El expediente registró que, pese a que el municipio contaba con recursos suficientes para conservar en estado “muy bueno” cerca del 70% de la red, en los hechos solo el 4% se encontró en esa condición. Los informes también señalaron que el parque de maquinaria municipal resultó obsoleto e insuficiente para cumplir las tareas exigidas. A la vez, los peritos concluyeron que solo el 41% de la red reunió condiciones aceptables, mientras que el 59% restante no cumplió requisitos mínimos para la circulación.
– Esteban Alejandro Acerbo (PJ)
En los tramos específicamente relevados para la causa, el deterioro fue todavía más marcado. El informe técnico describió acumulación de agua, ahuellamientos y otras deficiencias que impedían la circulación normal. Moroni resumió el alcance del fallo: “El juez dijo dos cosas muy claras: los recursos que tiene la municipalidad por tasa vial hay que aplicarlos a tasa vial. Y sin caminos en condiciones, la tasa deviene carente de sustento y por lo tanto es nula”.
La pericia contable confirmó además que parte de la recaudación se destinó a rentas generales y a otros gastos municipales, en contradicción con el principio de afectación específica. En 2022, el desvío alcanzó el 22,95% de la obligación fiscal devengada. En 2023, ese porcentaje subió al 27,88%. El juez ordenó descontar esos montos de las liquidaciones fiscales y declaró ilegítimo el cobro en esas proporciones.
El fallo también consignó que en 2022 apenas el 10% del presupuesto de la tasa vial se tradujo en servicios concretos y que en 2023 ese nivel llegó solo al 17%. Con esos elementos, declaró la nulidad de los actos administrativos dictados por el entonces intendente Esteban Alejandro Acerbo (PJ), hoy legislador provincial, en relación con las liquidaciones reclamadas.
La sentencia aplicó criterios diferenciados según cada caso. En uno de los expedientes, el magistrado determinó que directamente no existió camino transitable desde 2022, por lo que eximió al productor del pago de la tasa desde ese momento y ordenó la devolución íntegra de lo abonado. En los otros tres casos, donde verificó una prestación parcial, mantuvo el tributo solo en la proporción efectivamente aplicada al servicio y dedujo los fondos desviados a otros fines.
Moroni explicó además que el impacto alcanzó situaciones anteriores al fallo. “En algunos casos, la municipalidad había embargado cuentas y esa plata quedó depositada hasta que se resolviera si la tasa era aplicable o no. Si el fallo queda firme, esa plata se tiene que devolver. Y en otros casos, a los que no pagaron, no se las van a poder cobrar”, señaló.
El abogado insistió en que el reclamo de los productores no apuntó a dejar de pagar, sino a exigir la prestación efectiva del servicio. “El productor no quiere no pagar. Le cuesta mucho no pagar. No le gusta estar en juicio. Lo que quiere es pagar, pero tener caminos. Porque si no tengo caminos, ¿de qué me sirve no pagar la tasa si tampoco puedo sacar la producción?”.
El conflicto en Daireaux arrastró años de reclamos por el mal estado de los caminos rurales. Según la información incorporada a la causa, los trabajadores documentaron la situación con relevamientos y registros en el territorio, en un contexto en el que, en algunas zonas del partido, sacar la producción se volvió inviable.
En sus declaraciones, Moroni también planteó que la discusión excedió el caso puntual de los demandantes y apuntó al modo en que se administraron los recursos de la tasa vial. “Esto es un primer peldaño para hacerle entender a los intendentes que tienen que cambiar el paradigma de cómo se administran los recursos de la tasa vial”, señaló.
También cuestionó que, en distintos partidos, se cargaran sobre el sector rural tasas ajenas a la actividad: “En muchos partidos le terminan cargando al productor tasas de todo tipo, hasta para financiar cuestiones que no tienen nada que ver con la actividad rural. Eso no tiene sustento”.
Como alternativa, mencionó esquemas de administración compartida. “La solución es cambiar el paradigma. En algunos lugares ya existe: consorcios donde los productores participan en la administración de los recursos. Ahí los caminos funcionan y no hay juicios”, explicó. Según su relato, antes del conflicto hubo propuestas concretas en Daireaux para avanzar en ese sentido: “Los productores le dijeron al intendente: si hace falta, traemos maquinaria, traemos piedras, pero hagamos un esquema transparente, con participación. Y la respuesta fue negativa”.
Un procedimiento conjunto con el municipio de General Pueyrredón terminó con la demolición de más de 170 puestos instalados durante décadas en la Rambla.
Vecinos y referentes sostienen que desde la provincia buscaban “tapar el agua” con clientelismo y que muchas familias continúan con serias dificultades.
Según FADA, la carga tributaria sobre la carne supera por separado al feedlot, al frigorífico y a la carnicería, y también tiene fuerte incidencia en otros alimentos básicos: representa el 24% del precio del pan y el 26% del sachet de leche.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse