El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”
El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.
“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.
El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad
El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.
Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente
Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.
Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.
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El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena
En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.
“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.
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El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó al juez federal subrogante Fernando Carbajal el procesamiento sin prisión preventiva del exgobernador de Chaco Jorge Milton Capitanich, de la exfuncionaria Marta Elena Soneira y de un grupo de empresarios vinculados a las firmas Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL.
La causa se originó en una denuncia de Ana María Canata, presidenta del Instituto de Colonización, quien al asumir el cargo detectó irregularidades en expedientes administrativos vinculados a la entrega de tierras fiscales. El análisis de esa denuncia demandó casi dos años de trabajo a la fiscalía.
Los delitos imputados al exgobernador K
A Capitanich se le imputaron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad como parte de una banda y por ser funcionario público, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos, todos en calidad de autor y en concurso real.
A Soneira se le imputaron, en forma separada, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo con las mismas agravantes, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, todos en calidad de autora. La fiscalía caracterizó el conjunto de esos hechos como una defraudación al erario provincial mediante sucesivos actos de corrupción realizados por un grupo de personas con injerencia en el poder, organizadas para insertar al mercado legal un gran patrimonio que hoy no pueden justificar.
LA TRAMA | Tierras para los socios del esposo de la ministra
Según el escrito fiscal, Soneira y Capitanich actuaron “en forma organizada y sostenida en el tiempo, valiéndose del ejercicio del poder que en aquel momento ostentaban”, y dispusieron de tierras fiscales de la provincia. Las adjudicaciones se canalizaron a través de trámites administrativos que, según la fiscalía, tenían apariencia legal pero ocultaban intereses económicos ilegítimos, y sus beneficiarios fueron personas que integraban empresas en las que el esposo de Soneira, Mauricio Cian, era socio gerente.
A través del Instituto de Colonización y con las firmas de Soneira como ministra y de Capitanich como gobernador, se adjudicaron cuatro inmuebles rurales del Departamento Almirante Brown a Federico Storti, Leandro Nicolás Bessone y Nelson Ariel Pochón, los tres socios de Cian en Grupo Pampa Agro SRL y en Pampa Semillas SRL. Storti recibió la fracción norte de la parcela 95, Circunscripción V, Zona D, con una superficie aproximada de 1.250 hectáreas; Bessone recibió la fracción sur de esa misma parcela, también de 1.250 hectáreas. Pochón fue adjudicatario de dos predios adicionales en el mismo departamento.
El fiscal señaló que las notas de solicitud presentadas por Storti y Bessone eran “prácticamente calcadas” y tenían hasta los mismos errores de ortografía. Ambos afirmaron no poseer tierras propias y contar con diez empleados, pero la fiscalía verificó que Storti tuvo una sola empleada hasta marzo de 2021 y ningún personal en relación de dependencia durante 2022 y 2023. En el caso de Bessone, tampoco registró personal en relación de dependencia en los años 2021, 2022 y 2023. Además, Bessone declaró en sus propias declaraciones juradas ser titular de inmuebles, lo que lo inhabilitaba como adjudicatario de tierras fiscales, ya que para acceder a ellas no se debe ser propietario de bien alguno, requisito que la fiscalía calificó de “sine qua non”.
Los cargos simultáneos e incompatibles de Soneira
Amad destacó que Soneira ocupó al mismo tiempo los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y de secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente, puestos incompatibles dada la exclusividad laboral que se exige en el desempeño de cada función.La Fiscalía de Asuntos Administrativos de la provincia estableció esa incompatibilidad mediante resolución. En 2022, Soneira asumió además el cargo de ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.
En su descargo, Soneira sostuvo que ejerció la presidencia del Instituto de Colonización de manera temporal y ad honorem. El fiscal rechazó ese argumento: “El hecho de que lo haya hecho ad honorem o en forma provisoria no la exime de la responsabilidad que su ejercicio le atribuía”. Amad subrayó que mientras estuvo a cargo en forma temporal, Soneira suscribió adjudicaciones de tierras fiscales, entre ellas las de Storti y Bessone, a la postre socios gerenciales en las empresas de su cónyuge.
La fiscalía también señaló que Soneira no pudo invocar desconocimiento sobre la identidad de los beneficiarios, “en tanto que eran los mismísimos socios de su esposo”. Como muestra de ese conocimiento, Amad recordó que el 23 de diciembre de 2021 la propia Soneira firmó un permiso de ocupación a favor de Bessone —socio de su esposo— mientras se desempeñaba como máxima autoridad del Instituto de Colonización.
Desmontes, OTBN y beneficios en servicios públicos
La fiscalía imputó también a Soneira haber puesto al sector rural de Pampa del Infierno, en el Departamento Almirante Brown, en categoría verde dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), lo que habilitaría la posibilidad de explotación rural, desmontes y ejecución de proyectos con fondos nacionales en la zona donde precisamente operan las empresas del esposo de la exministra y sus socios empresariales.
A finales de 2022, Capitanich aprobó por decreto la actualización del OTBN en un proceso que la Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó por no respetar las normas establecidas para ese tipo de procedimiento. Según el escrito fiscal, esas decisiones ignoraron los consensos técnicos sobre los criterios de sustentabilidad exigidos por la ley, elaborados durante el proceso coordinado hasta mediados de 2022. La ONG había demandado previamente a la provincia por omitir esa actualización, lo que había derivado en una prohibición judicial de aprobar planes de cambio de uso del suelo y permisos de desmonte.
– El fiscal general Carlos Martín Amad
Además, mediante decretos y convenios del Poder Ejecutivo provincial, las firmas vinculadas a Cian obtuvieron beneficios económicos que incluyeron reintegros de subsidios, quita en el pago de impuestos y ventajas en servicios públicos como SAMEEP y SECHEEP, entre otros.
El rol de Capitanich: “no podía desconocer”
En su descargo, Capitanich sostuvo que la firma de los decretos de adjudicación era una obligación legal y que “no es responsabilidad del gobernador controlar cada intervención de cada área”.
También argumentó que no es el gobernador quien decide discrecionalmente a quién entregar tierras, sino que existe un procedimiento administrativo con múltiples oficinas que intervienen en cada etapa verificando el cumplimiento de la normativa vigente. El fiscal rechazó ambos planteos.
“Discrepo humildemente con el ex gobernador, en tanto y en cuanto resulta cuanto menos inocente pensar que quien es el encargado de gestionar el gobierno de la provincia no se tome los mínimos recaudos de verificar a quiénes se entregan tierras públicas”, escribió Amad, y agregó: “Estas tierras se entregaron de manera discrecional, a los socios del esposo de su ministro Soneira, lo cual nunca fue explicado acabadamente”.
Respecto de la firma de los decretos, el fiscal fue categórico: “Ni el gobernador Capitanich ni la ministro Soneira podían desconocer que dichas empresas pertenecían a las personas a quienes les estaban adjudicando las tierras en cuestión, y por si esto fuera poco, el imputado Capitanich admitió haber firmado los decretos”.
Amad sostuvo que la intervención del gobernador era determinante para que la maniobra se concretara, “pues es quien en definitiva emite el decreto adjudicatorio final de dichas tierras, con el alcance y valor jurídico que posee la suscripción de ese decreto”. Y sentenció: “La ministro Soneira, esposa de Cian, les entrega a los socios de su marido tierras en manifiesta ilegalidad y arbitrariedad, y el gobernador a sabiendas firma el decreto de adjudicación y pretende que ese acto ilegal sea bajo un mandato constitucional”.
Para ilustrar la persistencia histórica de ese tipo de maniobras, el fiscal citó al jurista Carlos Nino, quien describió la desvirtuación de la Ley de Enfiteusis de 1826 como un caso paradigmático del favoritismo en la distribución de tierras públicas. “La situación descripta por el Maestro Nino hace ya varias décadas se subsume perfectamente ‘mutatis mutandi’ en lo que ha pasado en esta causa, después de doscientos años”, indicó Amad. La causa también presenta similitudes, según el fiscal, con el expediente caratulado “López, Ramón Alberto y otros s/Inf. art. 303 inc. 2 a, Asociación Ilícita y Defraudación contra la administración pública”, actualmente en juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.
Los otros imputados y las resoluciones solicitadas
Junto a Capitanich y Soneira, el fiscal solicitó el procesamiento de Mauricio Cian, Federico Storti, Nelson Ariel Pochón y Leandro Nicolás Bessone por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos agravado.
Respecto de Sheina M. Waicman y Darío Osvaldo Giménez, Amad solicitó que se dicte la falta de mérito, una figura procesal que no define su situación de manera definitiva sino que indica que, por el momento, no existen elementos suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. En el extremo opuesto, el fiscal pidió el sobreseimiento total y definitivo de Diego Soneira y Federico Gabriel Soneira, con la declaración de que la formación de la causa en nada afecta al buen nombre y honor del que hubieren gozado.
Será el juez federal subrogante Fernando Carbajal quien deberá resolver si dicta los procesamientos solicitados en un expediente que continúa en etapa de instrucción.
El fiscal nacional de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, pidió la indagatoria del titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Andrés Vázquez, tras concluir que el funcionario ocultó ante la Oficina Anticorrupción (OA) y ante el propio organismo fiscal que conduce su vínculo con sociedades offshore que registran tres propiedades en Estados Unidos valuadas en más de US$2,1 millones. El pedido deberá ser resuelto por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.
En su dictamen de 54 carillas Rodríguez afirmó que “sin duda alguna, Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito de omisión de insertar datos en la declaración jurada patrimonial por cuanto maliciosamente obvió insertar el real vínculo que tenía con las sociedades que registran bienes en el exterior, inmuebles que él y su familia usufructúan”.
En paralelo, Rodríguez le solicitó al fiscal federal Guillermo Marijuán que amplíe la investigación a los presuntos delitos de evasión tributaria, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
– Marcelo Martínez de Giorgi
Las tres propiedades señaladas son las unidades 3504 y 2811 del complejo Icon Brickell, en Miami, adquiridas en enero de 2013 por US$710.000 y US$400.000, respectivamente, mediante la sociedad panameña Alcorta Corp., y la suite 904 del condominio Chateau Beach Residences, en Sunny Isles, comprada en julio de 2015 por US$980.000 a través de Pompeya Group Corp.
Ambas firmas panameñas pasaron en 2016 a manos de Galanthus Capital Limited, una sociedad constituida en las Islas Vírgenes Británicas donde Vázquez figura como beneficiario final y único director, según formularios internos del estudio Trident Trust a los que accedieron el diario La Nación y el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP), con el apoyo del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ). En esos documentos, Vázquez fue catalogado como Persona Políticamente Expuesta (PEP).
– El acta de la reunión de accionistas en Panamá donde las hijas de Vázquez junto a Galanthus, la empresa creada en Islas Vírgenes Británicas, se quedan con el control de una de las sociedades dueña de un departamento en Miami
La PIA sostuvo que “obran sobradas pruebas que dan por sentado que el imputado Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito” de omisión maliciosa, con base en las declaraciones juradas que el funcionario presentó ante la OA y la AFIP entre 2011 y 2015, y en 2023. En ninguna de ellas aludió a las sociedades offshore ni a los inmuebles de Miami. Tampoco declaró a Galanthus Capital Limited, pese a figurar como único director y beneficiario final.
Para la PIA, la hipótesis de enriquecimiento ilícito se apoya en una marcada desproporción patrimonial. Vázquez declaró contar con US$40.000 en activos líquidos al cierre de 2012 y US$44.000 al cierre de 2013, pero adquirió inmuebles por US$1,1 millón en enero de 2013 y por otros US$980.000 en julio de 2015.
A esa brecha se suma otro dato señalado por el fiscal. En sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias ante ARCA, Vázquez reconoció haber percibido ingresos de cuarta categoría provenientes de Estados Unidos por $28,7 millones en 2023 y por $99,4 millones en 2024, montos declarados en pesos ante el fisco argentino. Es decir, declaró en la Argentina los flujos que recibió desde el exterior, pero no los activos que los habrían generado.
– Las firmas de Vázquez y su entonces mujer en un acta de la sociedad Panchy Ventures que forma parte de los Pandora Papers
Rodríguez verificó además que Vázquez y su exesposa, Silvia Ivone Rodríguez, también empleada de ARCA, pagaron impuestos municipales en el condado de Miami por esos inmuebles por un total de US$136.761 entre 2014 y 2018. También se registraron reintegros de impuestos enviados a nombre de ambos, mientras que sus hijas residen allí desde 2022, según ellas mismas dejaron asentado como domicilio real ante el Registro Nacional de las Personas (Renaper).
Para la PIA estos elementos permiten inferir el “animus domini”, es decir, el control efectivo de los bienes más allá de su titularidad formal.
A la hipótesis de enriquecimiento ilícito la fiscalía sumó la del lavado de activos. El dictamen detalló el uso de sociedades pantalla, autopréstamos, compras y ventas sucesivas de inmuebles y la subvaluación de escrituras.
Entre los casos documentados figura la compra, en diciembre de 2018, de un triplex de 318 metros cuadrados en la calle Juana Manso 1124, en Puerto Madero, ubicado en el edificio Los Molinos Building, un emprendimiento de Faena Properties. La operación se realizó mediante la firma Acontec SRL, por un valor escriturado de $8.720.000, equivalentes a apenas US$225.906 al tipo de cambio de entonces, muy por debajo del valor de mercado estimado por la PIA en unos US$2,1 millones, a partir del relevamiento del sitio Reporte Inmobiliario.
– Los edificios de Miami donde están los departamentos adquiridos por las sociedades panameñas vinculadas a Vázquez
La PIA documentó la presunta subvaluación con publicaciones de Zonaprop rescatadas del archivo web. En febrero y noviembre de 2018, unidades del mismo edificio de entre 96 y 98 metros cuadrados se ofrecían entre US$460.000 y US$500.000. Vázquez pagó el equivalente a US$709 por cada uno de los 318 metros cuadrados del triplex. Según el dictamen, la operación habría generado una pérdida de entre US$235.000 y US$551.000 para la vendedora Acontec SRL, que había adquirido el inmueble tres años antes por $7.332.000.
La PIA también detalló el rol de otra firma, Consultora San Andrés SA, a la que describió como una sociedad pantalla por carecer de empleados, tener domicilio en un inmueble del propio Vázquez (quien percibe de ella un canon locativo) y figurar como controlante de cinco automóviles. Según el dictamen esa sociedad también le habría otorgado al funcionario un “préstamo” para comprar el 50% de un departamento en el Chateau de Puerto Madero en 2010, un punto que refuerza la hipótesis de autopréstamos y confusión patrimonial.
– Sergio Rodríguez, fiscal, titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA)
Entre los vehículos vinculados a Consultora San Andrés SA aparece un BMW X6 blindado en julio de 2015, utilizado por el funcionario y su entorno. Entre 2024 y 2025, la firma se desprendió de sus automóviles. La Ford EcoSport quedó a nombre del propio Vázquez; el Volkswagen Vento, a nombre de su expareja Silvia Ivone Rodríguez; y el Mini Cooper John Cooper Works fue adquirido, en septiembre de 2025, por Oscar Mario Abalo, accionista de Acontec SRL, la misma empresa que siete años antes le había vendido a Vázquez el departamento presuntamente subvaluado de Puerto Madero.
El fiscal Rodríguez también aludió a una posible simulación de prestaciones y a una confusión patrimonial deliberada, vinculada a la facturación que Consultora San Andrés SA emitió a favor de Casino Buenos Aires SA y Loddin SA, dos empresas donde Vázquez habría intervenido como funcionario de la ex AFIP en 2007. La PIA detectó que ambas “le efectuaron retenciones del impuesto a las ganancias en dichos años, lo que implica que la sociedad [Consultora San Andrés SA] le prestó servicios”.
Además de pedir la citación indagatoria, la PIA solicitó al juez Martínez de Giorgi que libre exhortos internacionales al Bank of America, al PNC Bank y al Wells Fargo, donde Vázquez y su grupo familiar tendrían cuentas, y que se reitere el pedido de información a las autoridades judiciales de las Islas Vírgenes Británicas. También requirió información a la Embajada de Estados Unidos sobre los movimientos migratorios de Vázquez, su exesposa y sus dos hijas en territorio norteamericano desde 2012.
La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.
En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.
Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.
A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.
El testimonio de Nanni
La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.
La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.
Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.
Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.
La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.
Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013.
El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.
Un megaoperativo conjunto entre la Prefectura Naval Argentina y el municipio de General Pueyrredón desmanteló “La Saladita de la Bristol”, una feria informal que funcionó durante más de 25 años sobre la Rambla de Playa Bristol en Mar del Plata.
“Están allanando la feria ilegal en la Rambla gracias a la denuncia penal que presentamos. En Mar del Plata la ley se cumple. Se terminó el vale todo que perjudicó durante años a marplatenses y turistas”, celebró el operativo en sus redes sociales el senador provincial y exintendente Guillermo Montenegro, quien impulsó la denuncia original.
El procedimiento implicó el allanamiento de seis puntos de la ciudad, el secuestro de más de 8.000 productos valuados en 500 millones de pesos, y la demolición en la madrugada de más de 170 puestos con topadoras y maquinaria pesada.
El operativo dejó entre 200 a 300 familias sin su fuente de trabajo, abrió un debate político y judicial sobre los límites del procedimiento, y generó posiciones encontradas en la sociedad marplatense.
“La Saladita” era el nombre con el que los marplatenses y turistas conocían al paseo de compras informal instalado en el Boulevard Marítimo, entre las calles Rivadavia y la Peatonal San Martín, frente a la popular Playa Bristol. El lugar funcionó durante más de dos décadas como un mercado a cielo abierto donde se vendía principalmente ropa, calzado, accesorios, artículos de bazar y productos electrónicos a precios muy por debajo de los comercios formales.
La feria no surgió como un negocio ilícito desde el comienzo, sino como una respuesta social a la desocupación. A fines de los años 90’s, en plena crisis del menemismo, el Concejo Deliberante habilitó en 1999 —durante la gestión del intendente radical Elio Aprile— un espacio precario sobre la vereda de la Unidad Turística Fiscal de Playa Bristol para los vendedores ambulantes. La autorización era limitada en el tiempo y buscaba contener una emergencia laboral que desbordaba las capacidades del Estado.
Lo que comenzó con artesanías y productos sencillos fue mutando con los años hacia un paseo cada vez más nutrido, donde la indumentaria que imitaba marcas internacionales fue ganando terreno. Los permisos municipales —siempre transitorios— se extendieron entre 2003 y 2009 sin un marco normativo claro, y desde 2010 en adelante la feria funcionó directamente sin respaldo legal.
El operativo y su procedimiento
El proceso judicial que desembocó en el operativo comenzó formalmente en noviembre de 2025, cuando el municipio presentó una denuncia ante la Justicia Federal basada en informes elaborados por varias áreas municipales, entre ellas la Secretaría de Seguridad, Obras Sanitarias y la Subsecretaría de Inspección General.
La denuncia sostenía que la feria representaba “un riesgo cierto y serio en la seguridad y la salubridad pública”, además de señalar posibles delitos de violación a la Ley de Marcas y problemas de contaminación.
La causa quedó a cargo del juez federal Santiago Inchausti del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3 de Mar del Plata, y de la Fiscalía Federal N° 2 conducida por Santiago Eyherabide. Tras 15 meses de investigación que incluyeron medidas de prueba durante 2024 y 2025, el magistrado ordenó el allanamiento.
“Orden sí, pero no a costa de destruir el trabajo de la gente”, pronunció sobre el hecho Mariana Berbeglia, secretaria general del Sindicato Único de Trabajadores Feriantes (SUTFRA).
Cerca de 100 efectivos de la Prefectura Naval Argentina se desplegaron simultáneamente en seis puntos distintos de Mar del Plata. El operativo incluyó el predio principal de la feria y también tres locales vinculados al Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (SIVARA), además de domicilios particulares. El titular del sindicato, Walter Rivero, estuvo detenido durante algunas horas y fue luego liberado.
Los agentes identificaron a 91 personas entre propietarios, empleados y cuatro miembros del sindicato.Durante el procedimiento se incautaron 400 bultos con mercadería en infracción —ropa, calzado, accesorios, artículos de bazar y electrónicos—. Al menos 80 de los 100 puestos activos en ese momento ofrecían productos con logotipos de marcas internacionales en violación a la Ley 22.362
Además de la mercadería, se secuestraron tres vehículos, dinero en efectivo en pesos y moneda extranjera por más de 12 millones, y elementos informáticos como computadoras y teléfonos. La Justicia detectó que el SIVARA utilizaba transferencias y alias bancarios para mover importantes sumas de dinero, y registró en una sola transacción un movimiento de 15.123.288 pesos para el pago de un canon.
Una vez concluido el allanamiento, durante la noche y la madrugada, el municipio desplegó maquinaria pesada y procedió a la demolición total de los puestos. El trabajo incluyó topadoras, camiones de la empresa municipal de servicios, y personal de la Patrulla Municipal e Infantería. Al amanecer, la Rambla de la Bristol mostraba solo chapas, maderas esparcidas y huellas de maquinaria donde durante décadas había funcionado la feria.
La Unión del Comercio, la Industria y la Producción de Mar del Plata también respaldó el procedimiento, argumentando que la feria representaba una forma de competencia desleal que perjudicaba a los comerciantes formales que pagan impuestos y respetan las normas.
El rol entre la organización y la ilegalidad
Detrás del crecimiento de la feria operó durante años el SIVARA. La referencia histórica del gremio en la Bristol fue César “Indio” Lencina, quien desde la Mutual 18 de Enero organizó —y también capitalizó— la actividad, en articulación con la estructura nacional del gremio. Bajo su conducción, el espacio fue mutando desde una salida colectiva hacia un esquema más concentrado, con control sobre la asignación de puestos y el funcionamiento interno del predio.
Tras la muerte de Lencina en 2022, la conducción del SIVARA en Mar del Plata pasó por varias manos hasta que, a fines de 2025, Rivero asumió como principal referente local. La investigación judicial posterior revelaría que el sindicato gestionaba la feria recaudando sumas millonarias a cambio de permisos informales de operación. Un feriante relató que pagaba 3 millones de pesos en enero, montos similares en febrero y 2 millones en marzo y abril, siempre “en negro, sin recibo, sin comprobante”.
Los trabajadores de la feria y sus representantes presentaron una visión radicalmente diferente. El SIVARA calificó la demolición de los puestos de ilegal, argumentando que el municipio avanzó con maquinaria pesada “sin ningún tipo de orden judicial” —ya que la única medida autorizada por la Justicia era el allanamiento, no la demolición del predio.
El sindicato también acusó al Ejecutivo municipal de ejecutar una “campaña de publicidad política de mano dura” y señaló que la feria funcionaba con el conocimiento y el aval de las autoridades durante casi 20 años.
El gremio denunció que el operativo dejó a casi 300 familias marplatenses sin su fuente de trabajo, y anunció presentaciones penales y acciones legales a través del estudio jurídico Robbio-Bernat & Asociados. Los feriantes convocaron marchas frente al municipio con la consigna “Nos dejaron en la calle”.
Tras el desalojo, decenas de feriantes comenzaron a reinstalarse en las inmediaciones de Plaza Rocha, en el corazón del centro de Mar del Plata, generando una nueva tensión por el uso del espacio público.
Con el terreno liberado, el municipio estaría en posición de avanzar con la licitación de la Unidad Turística Fiscal (UTF) “Paseo de Compras Bristol”, un proyecto que Montenegro había enviado al Concejo Deliberante en 2021 y que fue aprobado en 2022 pero quedó paralizado por los conflictos con los feriantes. Según trascendidos, ya asoman interesados —capitales locales y foráneos— en la concesión del espacio.
La causa federal sigue abierta. La Justicia investiga la estructura organizada para la comercialización ilegal, el papel del SIVARA en la recaudación de cobros informales y la posible evasión fiscal. Los abogados de los feriantes presentaron presentaciones legales cuestionando la legalidad del desalojo y exigiendo la devolución de la mercadería incautada.
El gobernador de la provincia de Buenos Aires viajó a España para participar de la Movilización Progresista Mundial (MPM), organizada por el presidente español Pedro Sánchez.
“Las consecuencias de las decisiones de la ultraderecha en Argentina solo pueden abordarse internacionalmente. Necesitamos respuestas conjuntas de Latinoamérica y Europa para construir un mundo más multipolar y evitar la subordinación a grandes monopolios y poderes externos”, afirmó Kicillof, buscando justificar de alguna manera su viaje.
Lo que generó controversia pública fue el conocimiento del nivel de gasto que implicó el viaje por más de USD$150.000 en pasajes, viáticos y estadía para una comitiva de al menos 20 personas, financiados en su mayoría por el Consejo Federal de Inversiones (CFI). A esto se sumó una segunda delegación del Partido Justicialista (PJ), encabezada por Eduardo “Wado” de Pedro, con costos aún no revelados.
La delegación oficial encabezada por Kicillof exhibió un núcleo político claramente identificado, con la presencia de Carlos Bianco, ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, Jesica Rey, ministra de Comunicación Pública y Cecilia Nicolini, diputada del Parlasur y asesora en Asuntos Internacionales. También formaron parte de la comitiva otros funcionarios del gobierno bonaerense, además de cónyuges, secretarios y personal técnico.
– Kicillof junto al alcalde de Barcelona, Jaume Collboni
El monto reportado corresponde únicamente a tres rubros, ya sean pasajes aéreos, viáticos y estadía. El promedio por individuo ronda los USD$6.000. Aún no sé esclareció los otros costos adicionales que supuestamente habrían sido afrontados por los propios funcionarios y consortes.
Un vuelo en clase ejecutiva (business) ida y vuelta entre Buenos Aires y Barcelona tenía un costo aproximado de USD$13.500 en la fecha del viaje. En clase económica, los precios rondan entre USD$1.000 y USD$1.600 ida y vuelta.
– La viepresidente II de España, Yolanda Díaz Pérez
Para una comitiva de 20 personas en ejecutiva, solo en pasajes el gasto podría quedar en USD$270.000.
La delegación se alojaría en el Mandarin Oriental Ritz de Madrid, uno de los hoteles más lujosos de España, ubicado en la Plaza de la Lealtad. La cifra de USD$12.000 por noche corresponde al costo de varias habitaciones del establecimiento, que en cotizaciones actuales de plataformas como Expedia muestra precios que parten desde USD$1.100 por habitación por noche para fechas similares. Dado que la delegación permaneció varias noches y en múltiples habitaciones, el gasto en alojamiento acumula rápidamente cifras elevadas.
Los viáticos incluyen gastos diarios de movilidad, alimentación y otros gastos personales. Para una comitiva numerosa, estos suman fácilmente decenas de miles de dólares en pocos días.
Al mismo evento viajó una segunda delegación impulsada institucionalmente por el PJ y convocada por su propia presidenta, Cristina Kirchner. La encabezó el senador Eduardo “Wado” de Pedro, histórico referente de La Cámpora y quien concentra el control político del CFI en los últimos años.
Junto a él viajaron Jorge Taiana, exministro de Defensa y diputado, Eduardo Valdés, también diputado, Nicolás Trotta, exministro de Educación y legislador, Lucía Cámpora, diputada y nieta de Héctor Cámpora, además de Roxana Monzón, Lorena Pokoik, Delfina Rossi, Franco Metaza, Gustavo Menéndez, Soledad Magno y Valentina Morán.
Por su parte, el viaje tuvo una clara carga de posicionamiento político de Kicillof de cara al escenario electoral de 2027, año en el que se elegirá presidente.
El ministro de Defensa, Carlos Presti, quedó envuelto en una fuerte polémica tras referirse al hundimiento del ARA General Belgrano durante una entrevista brindada el 2 de abril en los estudios de A24. Consultado por Eduardo Feinmann acerca del ataque contra el crucero de la Armada Argentina ocurrido el 2 de mayo de 1982.
“Estaban en combate y fue un acto de guerra”, respondió el funcionario que reemplazó a Luis Petri en esa cartera a mediados de diciembre del año pasado.
La declaración del ministro ocupó poco más de diez segundos de aire televisivo, pero generó una ola de cuestionamientos. En la Argentina persiste una interpretación jurídica y política que considera el ataque un crimen de guerra, dado que el buque navegaba a 231 millas marinas fuera de la Zona de Exclusión Total (ZET) fijada unilateralmente por Londres cuando fue bombardeado por el submarino nuclear británico HMS Conqueror.
La orden de impactar el buque fue impartida por la entonces primera ministra Margaret Thatcher.
El hundimiento constituyó la mayor tragedia naval de la Armada Argentina y la mayor pérdida de vidas para las fuerzas en toda la guerra: 323 muertos, una cifra que representó casi la mitad de las bajas totales que tuvieron las fuerzas de nuestra nación durante el conflicto.
Las declaraciones se produjeron en una fecha especialmente sensible. Sus palabras adquirieron una dimensión política mayor y derivaron en un reclamo opositor para que el Ministerio de Defensa revisara públicamente lo expresado por su titular.
“Una lectura funcional a la versión británica”
Lejos de limitarse a una diferencia de encuadre jurídico, Agenda Malvinas, portal especializado en la cuestión del Atlántico Sur, leyó las palabras de Carlos Presti como un gesto político de fondo.
El lapidario artículo sostuvo que el ministro constituyó “una afrenta directa a los 323 héroes que perdieron la vida” y describió sus dichos como una ruptura con una línea histórica sostenida durante décadas en la Argentina. Así, para el medio, Presti incurrió en una validación de la versión británica sobre el hundimiento del ARA General Belgrano.
También advirtió que la definición de Presti recortó un antecedente central para entender el hundimiento del Belgrano: el Informe Rattenbach, el documento oficial elaborado tras la guerra para examinar las responsabilidades políticas y militares del conflicto. En ese trabajo, el Estado argentino atribuyó a la conducción de la guerra una preparación insuficiente, un planeamiento “apresurado, incompleto y defectuoso” y decisiones de mando que agravaron el escenario en el Atlántico Sur. Entre ellas, cuestionó con dureza el repliegue naval que dejó a Gran Bretaña con el “dominio absoluto del mar”. Desde esa lectura, Agenda Malvinas sostuvo que reducir el ataque a un simple “acto de guerra” dejó afuera el principal antecedente institucional producido por la propia Argentina sobre la conducción de Malvinas.
En esa misma línea, el medio avanzó sobre otro punto sensible de la secuencia militar de 1982: mientras el Belgrano se hundía, el entonces jefe de la Armada, Jorge Isaac Anaya, ordenó el repliegue de la flota de mar hacia “puertos seguros” de la costa patagónica.
Una reunión convocada para escuchar reclamos de la base terminó bajo sospecha por la presunta recolección de nombres, apellidos y DNI de jóvenes críticos del armado bonaerense de Sebastián Pareja.
La Justicia ya identificó 58 hechos y a más de 70 involucrados, el monto total a cobrar supera los $250 millones. Tras las primeras intimaciones, las amenazas bajaron de 80 casos diarios a 15: “La amenaza no es broma, es un delito y el delito se paga”, advirtieron las autoridades.
Un informe de la Bolsa de Comercio de Rosario proyectó que la quita gradual de derechos de exportación elevaría la producción, las ventas externas y la recaudación consolidada desde 2028, tras un costo fiscal inicial de US$153 millones en el primer año.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse