El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”

El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.

“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.

El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad

El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.

Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente

Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.

Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.

El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena

En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.

“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.

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Presentaron un pedido formal de información sobre la salud mental del Presidente

La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) presentó ayer un pedido de acceso a la información pública para que el Gobierno informe si el presidente Javier Milei cuenta con alguna evaluación que acredite su aptitud psicofísica y psíquica para ejercer el cargo. La solicitud, amparada en la Ley de Acceso a la Información Pública, llegó por escrito a la Jefatura de Gabinete que encabeza Diego Santilli.

La nota, firmada por el secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, en representación de la organización, se dirigió al responsable de Acceso a la Información Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros, Presidencia de la Nación. El propio sindicalista la difundió en sus redes sociales.

El escrito recordó que el Estado tiene un plazo de 15 días para responder. Sin embargo, desde el Gobierno ya trascendió que no contestarán el requerimiento.

Punto por punto, qué pidieron

En primer lugar solicita a la Presidencia y a la Jefatura de Gabinete que informen si existe en relación con Milei “algún examen, junta médica, certificado, dictamen o protocolo que haya evaluado su aptitud psicofísica y/o psíquica”.

En caso de que esa evaluación exista, el gremio reclamó que “se informe fecha de realización, organismo u profesional interviniente y resultado (“apto/no apto” o equivalente), sin requerirse el detalle clínico, diagnóstico u otros detalles de la historia”.

El segundo punto apunta a las reglas de juego. ATE pidió saber si hay alguna normativa, protocolo o reglamento que establezca controles periódicos de aptitud psicofísica y psíquica para el Presidente y, si la respuesta es afirmativa, que se entregue una copia.

Por último, el sindicato previó un posible rechazo. Si el Gobierno decide negar total o parcialmente la información, la negativa deberá presentarse por escrito y con fundamentos, con indicación precisa de qué excepción de la Ley de Acceso a la Información Pública invoca y con la aplicación del correspondiente test de daño e interés público.

El documento también contempló un escenario adicional. Si no existe ningún tipo de examen o apto médico realizado a Milei, Aguiar exigió que se lleve a cabo para constatar si el Presidente se encuentra en pleno uso de sus facultades psicofísicas para desempeñar el cargo.

La presentación aclaró que el gremio no requiere información reservada, como la historia clínica o los antecedentes médicos del mandatario. Lo que pide es conocer si Milei está “apto o no apto”, si existen organismos que evalúen su aptitud psicofísica, tal como ocurre con todos los trabajadores del Estado, y si alguna norma prevé esas evaluaciones.

Para respaldar el pedido, ATE citó declaraciones públicas sobre presuntos problemas mentales del Presidente. Entre ellas figuran las del periodista Nelson Castro, el exdiputado Facundo Manes, la vicepresidenta Victoria Villarruel, el diputado Jorge Araujo Hernández y las de varios psicólogos.

“Acá se controla a los trabajadores”

En su publicación, Aguiar fue tajante. “Los desequilibrios mentales del Presidente son muy evidentes. No hace falta ser un profesional de la medicina para saber que padece algún tipo de psicosis, y su salud no es exclusivamente privada cuando la misma está vinculada a la capacidad para ejercer su cargo”, sostuvo.

El dirigente basó parte del reclamo en la diferencia entre las exigencias que enfrentan los estatales para ingresar a la administración pública y la falta de controles sobre la máxima autoridad política del país. “Es inaceptable que los empleados públicos para nuestro ingreso tengamos que cumplir numerosos requisitos y uno de ellos sea atravesar un examen médico preocupacional, y que este no sea obligatorio para quien es la máxima autoridad política y administrativa del Estado”, remarcó. Y agregó: “Acá se controla a los trabajadores y no a quienes los tienen que dirigir. ES UNA JODA”.

Aguiar se anticipó a las críticas. “Esperamos que nadie se alarme ni nos llamen golpistas o destituyentes, porque no buscamos acceder a ninguna información médica privada ni a datos sensibles, solamente conocer si se encuentra apto para ejercer tan alta función”, aclaró. Luego advirtió sobre el alcance de una eventual respuesta negativa: “Si no lo fuera, las consecuencias jurídicas serían gravísimas y la mayoría de sus actos debieran ser declarados nulos”.

En paralelo con el trámite administrativo, ATE anunció que impulsará una iniciativa legislativa para que, a partir de las elecciones de 2027, todos los candidatos a cargos electivos estén obligados a realizarse un examen psicofísico preocupacional antes de la presentación de listas.

“Tenemos que avanzar en una iniciativa legal que permita exigir también exámenes psicofísicos a los cargos electivos a partir del año que viene”, propuso Aguiar. El titular del gremio estatal cerró con una advertencia: “Esta presidencia de Milei nos enseñó que la psicosis y el delirio de un candidato en la campaña se pueden camuflar. No nos puede volver a pasar”.

Exfiscal de Rosario reconoció que desviaba dinero judicial para sostener su adicción al juego

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe investiga al exfiscal rosarino Mariano Ríos Artacho por el presunto vaciamiento de fondos depositados en cuentas judiciales. Ríos Artacho fue jefe de la Fiscalía de Delitos Económicos de Rosario entre 2017 y 2024, cargo del que renunció el 25 de junio de 2024 tras enfrentarse a sanciones internas.

Según la acusación fiscal, durante casi siete años –de 2017 a julio de 2024– habría autorizado extracciones irregulares de dinero destinado a fianzas, cauciones y secuestros judiciales, montos que serían utilizados en sus “apuestas personales”.

El monto desviado asciende en total a entre $245 y $425 millones. Por estos hechos, los fiscales Adrián Spelta y Carla Cerliani imputaron a Ríos Artacho como jefe de una asociación ilícita, y le atribuyen delitos de peculado, fraude a la administración pública y falsedad ideológica.

“Tengo problemas de juego que arrastro con altibajos desde hace años. Renuncié a mi cargo de fiscal en 2024 por eso. Ofrezco a la Fiscalía que está formulando estos cargos en mi contra toda mi colaboración. Y también una reparación del daño. Pido disculpas a todas las personas que confiaron en mí en especial a mi familia a la que defraudé. Mis padres no me criaron para esto”, afirmó el propio Ríos Artacho ante la Justicia.

Hijo de un prestigioso exjuez penal de Santa Fe, Ríos Artacho era considerado un funcionario especializado en causas complejas. En 2024 se lo suspendió tras conocerse que permitió irregularmente la entrega de un Mercedes incautado a un comisario (amigo suyo), y poco después dejó su cargo. Su caso emergió cuando los propios colegas del MPA detectaron anomalías en una cuenta judicial y derivaron la causa a la Unidad Especial de Funcionarios Públicos que dirige Spelta.

De acuerdo a la investigación aún en curso, las maniobras ocurrieron de modo sistemático entre 2017 y 2024. En agosto de 2026 la Policía Federal realizó 15 allanamientos en Rosario y Córdoba, deteniendo a Ríos Artacho y a ocho sospechosos más. En esos operativos se secuestraron documentos, teléfonos y dinero en efectivo. La audiencia de formulación de cargos se realizó recién en septiembre de 2026, donde Ríos Artacho fue formalmente imputado. Actualmente el juicio está en trámite (y la Fiscalía pidió prisión preventiva para él y otros acusados).

Para los fiscales, Ríos Artacho usaba su cargo para manejar cuentas judiciales como propias. Con su firma autorizaba oficios a bancos permitiendo transferencias o retiros de dinero que correspondía a fianzas, cauciones o secuestros de causas penales. Esas extracciones no iban a las víctimas o al Estado, sino que terminaban siendo tomadas por Ríos Artacho o sus colaboradores.

El esquema empleaba prestanombres para camuflar el origen de los fondos y con varias personas (Nahuel R., Agostina R., Bruno B., Paola B., Daniel C., Daniel Ballistreri y otros) prestaban sus cuentas bancarias o identidad para que Ríos Artacho pudiera retirar dinero sin figurar él directamente. Incluso, cuando una causa se acercaba a un juicio abreviado o probation, el abogado Emilio Rubén Barcacia (excuñado del fiscal) llevaba dinero en efectivo al banco para “reponer” temporalmente los saldos de las cuentas vaciadas, de modo que el faltante no saltara a la vista al juez.

La ludopatía (trastorno compulsivo por el juego) es un factor clave en la hipótesis de la defensa. Conforme a los acusadores, la adicción de Ríos Artacho fue la “raíz” de su conducta. Los fiscales citan el hecho de que, tras el ingreso en vigor de la ley de autoexclusión en Santa Fe, él y otros indagados frecuentaban casinos de provincias vecinas o de Paraguay para seguir apostando.

En la audiencia judicial Ríos Artacho reconoció parte de las maniobras pero la justificó por su adicción al juego. Ante la jueza afirmó claramente: “Soy ludópata”. Relató que lleva años arrastrando problemas con los casinos (llegó a desplazarse en pandemia hasta Foz de Iguazú en la Triple Frontera para apostar, ya que estaban cerrados en Argentina). Su hábito le generó deudas enormes y dijo que administraba los fondos judiciales “como si fuera mi billetera”.

“Íbamos y volvimos en el día”, subrayó y agregó que era un deudor de nivel cinco ante el BCRA que es identificada como una escala irrecuperable de deuda.

En su descargo pidió disculpas públicas a su familia y al MPA. Asimismo negó que hubiera organizado una banda delictiva, asegurando que fue él quien “arrastró” a otros imputados con sus órdenes. Es decir, admitió el uso ilegal de dinero pero sostuvo que el resto de los acusados actuó por sus instrucciones o por haberle prestado dinero, no como parte de un plan previo establecido.

Ríos Artacho fue de manera controvertida y opaca, quien le habilitó una probation en 2021 al director regional de la exAFIP de Santa Fe, Carlos Vaudagna, quien como arrepentido reconoció todo tipo de ilicitos fiscales en favor de empresas. La probation fue por hacerse cargo que eran suyos USD$200 mil hallados en una caja de seguridad de Gastón Scarel, hijo de Omar Scarel, presidente del directorio de Vicentin imputado por estafa.

Acusados y defensa

Además de Mariano Ríos Artacho, otras demás personas fueron imputadas en la causa por el presunto desvío de fondos de cuentas judiciales. Entre ellas se encuentran Fabricio Emanuel Romero y Julio Mercado, señalados por la Fiscalía como organizadores de la supuesta estructura junto con el exfiscal. Los investigadores sostienen que ambos mantenían una relación cercana con Ríos Artacho, reflejada en numerosas comunicaciones y transferencias bancarias, y les atribuyen haber participado en la captación de prestanombres y en la distribución del dinero extraído.

En función de la hipótesis fiscal, habría intervenido en la recomposición temporal de los saldos de cuentas judiciales previamente vaciadas mediante depósitos de dinero. Barcacia negó haber conocido el origen y la finalidad de las operaciones y rechazó haber formado parte de una supuesta maniobra delictiva.

Como trascendió, lo más desconcertante es que durante años un fiscal en funciones dispuso en beneficio propio de esos fondos cautelados y nadie lo detectó. Actualmente Ríos Artacho está detenido desde septiembre de 2026, acusado formalmente de varios delitos. En la audiencia de imputación, que duró casi nueve horas, admitió los hechos con salvedades (poniendo el acento en su adicción) y manifestó su voluntad de colaborar con la investigación.

La acusación también alcanzó a Nahuel Riquelme, Agostina Riquelme, Bruno Bergero, Paola B., Daniel Cesaretti y Daniel Ballistreri, a quienes los investigadores atribuyen haber aportado cuentas bancarias o realizado retiros de dinero que posteriormente habría llegado a Ríos Artacho. Las defensas, sin embargo, sostienen que varios de ellos actuaron sin conocer el origen judicial de los fondos y que fueron involucrados a partir de relaciones personales o económicas con el exfiscal.

Uno de los casos mencionados fue el de Ballistreri, cuya defensa aseguró que había prestado $150.000 a Ríos Artacho y que posteriormente recibió la devolución desde una cuenta judicial sin saber de dónde provenía el dinero. Sobre esa base, los abogados de los imputados rechazan la existencia de una organización criminal estable y sostienen que, en distintos casos, sus clientes fueron engañados o actuaron confiando en el exfiscal.

La Cámara Federal dejó firme el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani por el espionaje ilegal

La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.

Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.

Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.

El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.

“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.

Cómo llegaron los discos al expediente

La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.

Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.

El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.

Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.

Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”

Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.

El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.

Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato .PST habrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.

Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.

Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.

Una seguidilla de fallos

La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.

El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.

Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.

Chaco | Piden hasta 15 años para los policías que robaban bloques de cocaína durante una quema

La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.

Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.

“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.

La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.

El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.

La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.

El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.

La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.

En la mochila de Néstor Ariel Urne Canteros se encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.

Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.

Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.

Lo que muestran los chats

Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.

De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.

“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.

La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.

Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.

Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.

Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.

En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.

Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.

Delitos atribuidos

En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.

El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.

— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial

La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.

Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.

El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.

Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.

— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco

La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.

El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.

FURIA MILEÍSTA | La Justicia archivó una denuncia de Lilia Lemoine contra Marcela Pagano

El trasfondo político de la embestida judicial contra Marcela Pagano desnuda las contradicciones internas y los curiosos movimientos dentro del espacio oficialista. La causa que terminó archivada en Comodoro Py no surgió de la nada, sino de una presentación formal firmada por quince diputados nacionales de La Libertad Avanza, entre quienes se destacaron nombres alineados con la interna oficialista como María Celeste Ponce y Lilia Lemoine.

La principal denunciante, la diputada nacional Lilia Bolukalo Lemoine, junto al abogado patrocinante, Hernán Seivane.

Detrás del armado legal estuvo el abogado patrocinante Hernán Seivane, un letrado con un llamativo historial político que incluye registros fotográficos junto a figuras como Manuela Castañeira y Juan Grabois, un posterior paso por el bando mileísta y un reciente salto: anunció que ahora trabajará para Ramón “El Nene” Vera, histórico dirigente kirchnerista reconvertido en “liberal” por milagro, como sucedió con tantos otros dirigentes de la talla de Leila Gianni o Daniel Scioli.

El abogado patrocinante, Hernán Seivane, junto a Ramón “Nene” Vera (su nuevo jefe) y Sebastián Pareja

El archivo judicial

La denuncia impulsada por los quince legisladores oficialistas apuntaba contra Marcela Pagano por supuesta omisión maliciosa de datos en sus declaraciones juradas, administración fraudulenta, negociaciones incompatibles con la función pública y enriquecimiento ilícito. El escrito sostenía que la diputada se valía de su cargo y de su pareja para supuestamente ocultar bienes, además de deslizar graves acusaciones sobre supuestos retornos de dinero de personal parlamentario, presuntos vínculos con diplomáticos extranjeros y viajes al exterior. Un combo de imputaciones que carecía de respaldo probatorio pero que servía como ariete político dentro de la interna, motivo por el que la Justicia archivó la causa.

La diputada nacional Marcela Pagano, la denunciada por el oficialismo.

La juez María Romilda Servini respaldó el dictamen fiscal que desestimó la denuncia punto por punto al comprobar que no existía ninguna hipótesis delictiva. La resolución detalló los nueve motivos centrales por los cuales el expediente quedó descartado:

1. Las operaciones inmobiliarias cuestionadas ocurrieron meses antes de que Pagano asumiera como diputada nacional, durante 2023.

2. La adquisición del departamento en la calle Migueletes se realizó con fondos debidamente acreditados por la venta previa de otra propiedad que la periodista tenía desde 2011.

3. El monto en efectivo declarado respondía a ahorros previos y la fecha errónea en el sistema oficial se debió a un error administrativo y no a una omisión maliciosa.

4. Respecto a la situación de Franco Bindi, la Justicia determinó que no existía unión convivencial formal ni obligación de informar bienes ajenos, ya que la convivencia comenzó formalmente años después.

5. La mención a un supuesto inmueble en Nordelta carecía por completo de ubicación, valor o elementos que lo vincularan con la legisladora.

6. Los viajes al exterior mencionados por una exempleada no demostraron ningún incremento patrimonial injustificado.

7. Las acusaciones sobre supuestos retornos de sueldos del personal parlamentario se basaban en recortes mediáticos y carecían de pruebas concretas.

8. La supuesta asociación ilícita con vínculos internacionales mencionada en el escrito no describía ninguna organización criminal, roles ni un plan delictivo real.

9. La presentación incumplía los requisitos legales básicos al omitir circunstancias de tiempo, modo y lugar, convirtiéndose en un escrito vacío de contenido probatorio.

De este modo, la maniobra judicial impulsada por el sector oficialista quedó totalmente desinflada en los tribunales, dejando en evidencia una presentación carente de rigor jurídico que terminó colapsando bajo su propio peso probatorio.

El abogado patrocinante, Hernán Seivane, junto a Juan Grabois y junto a Manuela Castañeira.

La doble vara oficialista

El contraste entre la embestida judicial archivada contra Pagano y la realidad interna de La Libertad Avanza desnuda una evidente doble vara. Mientras un sector del oficialismo impulsó una causa vacía de contenido para castigar a una disidencia, las irregularidades y los escándalos con pruebas concretas dentro de la propia oficialista se acumulan sin la misma vara de exigencia.

El ejemplo más claro ocurrió con Manuel Adorni, quien quedó cercado por inconsistencias patrimoniales tras acumular prórrogas y demoras para presentar su declaración jurada, a pesar de que el propio Javier Milei había afirmado meses antes que el funcionario ya la tenía preparada.

Manuel Adorni y su esposa subiendo al avión privado cuya compra de pasajes aún no puede justificar.

Otro caso elocuente involucra a la diputada nacional María Celeste Ponce, precisamente, una de quienes firmaron la denuncia contra Pagano. Esta diputada fue gravemente cuestionada y denunciada mediáticamente en 2024 por su exasesora Guillermina Ruiz, quien la acusó de exigirle retornos mensuales de hasta $500 mil de su sueldo y aportó pruebas documentadas de varias transferencias bancarias, incluso permitiéndole acceder a los movimientos de su cuenta bancaria al periodista Tomás Díaz Cueto, hoy más alineado con el propio espacio de Ponce.

Lejos de recibir el castigo interno o la presión judicial que el espacio impulsó contra otros, Ponce fue públicamente blindada por su compañera de bloque Lilia Lemoine, a pesar de que los registros difundidos por la exasistente salpicaban directamente al entorno y exponían una red de complicidades dentro de la misma tropa libertaria. Ponce fue denunciada por Eduardo “El Presto” Prestofelippo a raíz de esta causa. A pesar de la facilidad con la que la Justicia Federal podría haber accedido a esos registros del Banco Nación, la causa fue archivada raudamente sin realizar ningún tipo de investigación, sin llamar a testigos a declarar, ni corroborar absolutamente nada.

La diputada nacional María Celeste Ponce junto al presidente, Javier Milei.

La persecución interna impulsada por este sector no se limita a figuras institucionales, sino que también apunta contra la propia militancia y disidencia tuitera del espacio. El mismo abogado y los mismos actores involucrados en la embestida contra Pagano han quedado señalados por armar listas negras y promover causas judiciales contra militantes libertarios críticos, demostrando que el aparato judicial y mediático del oficialismo opera de manera sistemática para silenciar cualquier voz interna que cuestione los privilegios y las contradicciones de la cúpula dirigente.

Mientras la justicia sepultó la opereta contra Pagano por falta absoluta de elementos, el oficialismo opta por mirar hacia otro lado cuando las pruebas de corrupción y desmanejos florecen en su propio búnker.

*Por Augusto Grinner

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