El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”
El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.
“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.
El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad
El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.
Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente
Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.
Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.
¿Lawfare? ¿Partido judicial? Mafia y Estado paralelo. https://t.co/5jDZk9oZJh
El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena
En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.
“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.
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El Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia presentó una acusación pública contra Vanesa Elizabeth Fita y otras cuatro mujeres por una presunta estafa masiva vinculada con falsas gestiones para acceder a viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). La hipótesis fiscal comprende 594 maniobras, un perjuicio base de $59,4 millones y hechos ocurridos entre abril de 2023 y febrero de 2024.
Debido a la magnitud del perjuicio y la naturaleza de los hechos, se solicitó que la causa se eleve a juicio por jurados, pidiendo para la principal acusada, que además es la hermana del presidente del PJ de Chubut Gustavo Fita, una pena de prisión efectiva de entre seis y ocho años.
— El diputado provincial y presidente del Partido Justicialista de Chubut, Gustavo Fita, y a su hermana, Vanesa Elizabeth Fita
“En concreto esa maniobra ha alcanzado, a criterio del Ministerio Público Fiscal, ha damnificado cuanto menos o al menos a 594 personas. Esta maniobra consistió básicamente en exigirle a los eventuales interesados la entrega de una suma de 100.000 pesos de manera inicial y luego el pago de las cuotas al Instituto Provincial de la Vivienda”, detalló el fiscal de la causa, Martín Cárcamo.
La metodología consistía en organizar una estructura que funcionaba como una falsa cooperativa, donde las implicadas convencían a las familias de entregar dinero por adelantado bajo la promesa de facilitarles el acceso a casas del IPV, valiéndose de la falsa creencia de que contaban con respaldo político de alto nivel.
En octubre de 2026, el fiscal Cárcamo presentó formalmente la acusación pública contra Elizabeth Fita y otras integrantes mujeres (Lucía Miranda, María Victoria Curan y Gisela Mansilla), avanzando el proceso hacia la etapa de juicio por su participación en el esquema.
Esto no significa que ya estén condenadas. La acusación fiscal debe atravesar el control judicial de la etapa intermedia, donde las defensas pueden objetar los hechos, la prueba y la calificación legal. Solo si la causa supera ese control se abrirá el juicio, para el cual la Fiscalía pidió un tribunal de jurados.
— El fiscal general Martín Cárcamo en su despacho
El mecanismo denunciado comenzaba con la captación de familias que atravesaban dificultades para acceder a una vivienda, a través de redes sociales y reuniones presenciales. La operación era presentada como una gestión vinculada con el IPV, mientras que se invocaban supuestos contactos con funcionarios provinciales para reforzar la credibilidad de la propuesta.
Según la acusación,a los interesados se les exigía un pago inicial de $100.000, que se desglosaba en $80.000 supuestamente destinados al IPV y otros $20.000 para una futura conexión eléctrica. Una vez efectuado el desembolso, las personas eran incorporadas a grupos de WhatsApp, donde se les solicitaba documentación personal y se les comunicaban presuntas fechas, requisitos y avances del proceso de adjudicación.
Sin embargo, los fondos habrían sido depositados en cuentas bancarias y billeteras virtuales vinculadas con las acusadas, en lugar de ingresar al organismo provincial. Ante la falta de entrega de las viviendas, las familias recibían explicaciones sobre supuestas demoras administrativas y trámites pendientes ante el IPV, que habrían servido para postergar las respuestas y mantener las expectativas de los damnificados. La mentira se reveló cuando el propio IPV informó que ninguna de las personas que sometieron el proceso tenía relación con la institución.
Las cinco acusadas
La Fiscalía no atribuye la misma intervención a todas. Su posición pública es que Fita habría sido la única autora y que las restantes realizaron aportes indispensables como partícipes necesarias.
La pretensión fiscal contempla penas de entre seis y ocho años de prisión para Elizabeth Fita, señalada como organizadora y autora de 594 hechos. Para María Victoria Curán de 43 años, acusada como partícipe necesaria en 400 hechos, se solicitan entre cinco y seis años de prisión. En el caso de Lara Camila Páez, también imputada como partícipe necesaria con 22 años, el pedido oscila entre cuatro y cinco años por al menos 300 hechos. Para Lucía Lorena Miranda de 47 años, a quien se le atribuyen 130 hechos en calidad de partícipe necesaria, la Fiscalía pretende una pena de entre tres y cuatro años. Finalmente, para Gisela Belén Mansilla de 34 años, acusada de participar necesariamente en cuatro hechos, se solicita una condena de entre uno y dos años de prisión.
El artículo 172 del Código Penal sanciona con prisión de un mes a seis años a quien defrauda mediante calidad simulada, influencia mentida u otros ardides o engaños. En lenguaje simple, la Fiscalía debe probar una secuencia de engaño idóneo, error de la víctima, entrega de dinero o disposición patrimonial perjudicial y relación causal entre esos elementos.
La “calidad simulada” alude aquí a la presunta presentación como intermediaria u organizadora con aptitud para tramitar viviendas. “Influencia mentida” se refiere a la invocación de contactos o respaldo de funcionarios que supuestamente permitirían obtener las adjudicaciones.
La Fiscalía considera que existen 594 hechos independientes en concurso real, no una sola estafa continuada. El artículo 55 establece que, cuando concurren varios delitos independientes de la misma especie, se acumulan sus máximos con un límite general de 50 años. La defensa sostiene o podría sostener que existió una única maniobra continuada donde esa diferencia jurídica incide en la escala penal, en la competencia del jurado y en la pena posible.
La aparente contradicción entre el máximo de seis años del artículo 172 y el pedido de seis a ocho años para Fita se explica por esa pluralidad de hechos, puesto que no se está aplicando el máximo de una sola estafa aislada. Sin embargo, ocho años es la pretensión concreta del fiscal, no una condena anticipada ni el máximo abstracto posible.
— La audiencia de apertura de investigación realizada por el Ministerio Público Fiscal de la Provincia del Chubut en Comodoro Rivadavia contra Vanesa Fita y a otras cuatro mujeres
La cronología y el vínculo político
Una denunciante declaró que Fita habría dicho que contaba con el respaldo del entonces gobernador Arcioni y de su secretaria. Ese relato es relevante para probar el supuesto engaño por “influencia mentida”, pero no prueba hasta el momento que Arcioni o su secretaria hayan participado directamente.
El fiscal informó durante la investigación que el universo de intervención penal se había acotado a las cinco imputadas y que se había descartado la participación criminal de otras personas. Por tanto, afirmar que Arcioni “está involucrado” confundiría el uso de su nombre dentro del presunto ardid con una imputación penal real.
— El exgobernador de la provincia de Chubut, Mariano Arcioni
Vanesa Fita es hermana de Gustavo Fita, diputado provincial e identificado públicamente como presidente del PJ de Chubut, que integra el cuerpo por el período 2023-2027.
La hipótesis fiscal se habría construido con denuncias, legajos individuales, comprobantes y movimientos bancarios, chats de WhatsApp y Messenger, comunicaciones telefónicas y documentación obtenida. También resultan centrales la respuesta del IPV —que negó vínculos institucionales con las acusadas— y los testimonios sobre reuniones, promesas, pagos y sucesivas postergaciones.
Ese conjunto puede ser significativo, pero todavía deberá discutirse de manera contradictoria. La acusación debe demostrar no solo que hubo pagos y que las viviendas no se entregaron, sino que desde el inicio existió un engaño deliberado con aptitud para provocar esas entregas. Un incumplimiento civil o un proyecto fallido no se convierte automáticamente en estafa. El dolo inicial es uno de los puntos decisivos.
La defensa de Fita ya había objetado en la audiencia de apertura que el relato carecía de contenido suficiente y que el engaño no estaba demostrado. El juez rechazó esa oposición para permitir que la investigación continuara, pero autorizar la investigación no equivale a declarar culpabilidad.
Patricia Bullrich llegó al 62° Coloquio de IDEA, en Mar del Plata, con dos reclamos para el Gobierno que integra. Pidió que los cambios de tres años de gestión se verifiquen “en cada familia” y resumió la urgencia con una fórmula repetida a propósito: “Velocidad, velocidad en los cambios”. Además, cuestionó que la Casa Rosada llevara al Congreso la Ley de Tierras mientras el capítulo correspondiente del DNU 70/2023 seguía en la Justicia.
La jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado fue la figura oficialista de mayor peso del encuentro, con Javier Milei y buena parte de su gabinete en París.
En la conferencia de prensa previa a su exposición, explicó que el objetivo es que las reformas muestren rápidamente un horizonte para las empresas y terminen por reflejarse en “una economía familiar mucho más amable”. También describió una economía a dos ritmos: “No podemos tener la industria caída, la construcción caída, el comercio caído y, por otro lado, algunas economías del país, como pueden ser los hidrocarburos, la pesca, el agro y la minería, en porcentajes de crecimiento muy elevados. Tenemos que compatibilizar”.
Parte del problema, dice, está en el costo argentino, con un comercio que soporta una carga impositiva tres veces más alta que la de Chile o Brasil. Sobre la advertencia de J.P. Morgan por una posible recesión, fue cauta y dijo que todavía no están los números para evaluarla.
El reproche por la Ley de Tierras tuvo dos escenarios. En un acto por los 30 años de la Constitución porteña en la Facultad de Derecho de la UBA, calificó de “apresurado” el envío de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que incluía ese capítulo. “Tendríamos que haber esperado que la Justicia hable como habló ahora del decreto 70 en el capítulo de tierras y recién después enviar esa ley, porque si no vamos contra nuestros propios actos”, admitió. Como el fallo llegó después de que la ley no pudiera votarse, reconoció que la oposición podría voltear el DNU.
Ya en IDEA, sumó un argumento técnico. Si mientras un decreto atraviesa la Justicia se discute una ley que no se aprueba, el Gobierno termina “tapando su propio instrumento legal”. “¿Para qué vas a mandar una ley si todavía estás en la Justicia con la constitucionalidad o no de ese capítulo de la Ley de Tierras?”, se preguntó, antes de reivindicar “el principio de la continuidad de los actos”.
El martes pasado, la Corte Suprema revocó un fallo que frenaba la derogación de la Ley de Tierras y repuso el artículo 154 del DNU, que eliminó las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti aclararon después que solo resolvieron una cuestión procesal, la legitimación de una asociación para obtener una cautelar, sin pronunciarse sobre la validez del régimen. Bullrich se apoyó en esa aclaración para sostener su postura.
La Ley de Tierras se sumó a otros contrapuntos recientes. La senadora criticó los recortes en Discapacidad del Presupuesto 2027, rechazó impulsar el juicio político contra las juezas Marta Pascual y Laura Beatriz De Marinis por el régimen penal juvenil y marcó diferencias por el manejo del caso de Manuel Adorni, por el freno al pliego de una jueza y por su exclusión de debates de la reforma política.
Consultada por esas posiciones, rechazó leerlas como un choque con el Presidente. “No lo miraría en contradicción con, sino en relación con la sociedad. Esa es la manera en que me ubico, en que me paro”, sostuvo, y aseguró que busca representar las preocupaciones de empresas, trabajadores, estudiantes, pymes y comercios.
— El Presidente fue recibido por Emmanuel Macron (Francia) en el Palacio del Elíseo
En un panel moderado por Martín Galdeano, director de IDEA, propuso extender a toda la economía la estabilidad de 30 años del RIGI y premiar o castigar a provincias y municipios según bajen o no sus tributos. También apuntó al sistema previsional, con seis millones de trabajadores formales que sostienen a 20 millones de beneficiarios. “El sistema no va más”, sentenció, y planteó dejar de cobrar impuestos al trabajo para combinar una base financiada con impuestos generales y un ahorro que podría canalizarse por convenios colectivos.
La pregunta que circulaba entre los empresarios apuntaba a 2027. Bullrich recordó que acaba de ser elegida senadora por seis años y evitó proyectarse: “No sé. No es lo que me preocupa. Creo que lo importante son las ideas”. Remarcó que el objetivo es “no ir para atrás”, aclaró que las alianzas “aún están en veremos” y deslizó: “Ojalá que sea todo, ojalá que sean todos los argentinos”. Los empresarios, que la esperaban en un almuerzo reservado en el Costa Galana, querían saber si se perfila como candidata propia o como compañera de fórmula de Milei.
La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) quedó nuevamente en el centro de una controversia por sus negocios internacionales. Una investigación reveló que la entidad presidida por Claudio “Chiqui” Tapia celebró acuerdos comerciales por al menos $645.000 dólares con sociedades vinculadas a Gilad Somjen, un empresario israelí con antecedentes judiciales relacionados con declaraciones falsas ante las autoridades fiscales de Israel y una demanda colectiva en Estados Unidos.
Lo más importante de la investigación no es solamente el pasado judicial del empresario, sino el recorrido del dinero que debía recibir la AFA por permitir que determinadas plataformas financieras utilizaran comercialmente la imagen de la Selección Argentina.
Los documentos publicados indican que el patrocinador recibió instrucciones para realizar los pagos a empresas intermediarias radicadas en Estados Unidos y, posteriormente, a una sociedad establecida en Dubái, en lugar de transferir directamente el dinero a una cuenta a nombre de la asociación.
La información surgió de un relevamiento riguroso de los periodistas Hugo Alconada Mon, Nicolás Pizzi e Ignacio Grimaldi, complementada con antecedentes judiciales estadounidenses, publicaciones israelíes y registros societarios británicos.
Se logró recabar que entre diciembre de 2025 y julio de 2026, la AFA emitió tres facturas por un total de $645.000 dólares correspondientes a acuerdos de patrocinio con sociedades vinculadas al Gilad Somjen. El primer contrato, firmado en diciembre de 2025, contemplaba un pago de $400.000 dólares a la empresa Snow Media Limited, que actuaba por cuenta de Trade Match Limited, firma de Seychelles vinculada a Hedg.com. Mientras que siete meses después, en medio de las negociaciones para ampliar el vínculo comercial, la entidad emitió una nueva factura por $245.000 dólares en pagaderos a Mood Euro Management LLC.
Gilad Somjen es un empresario israelí vinculado a negocios financieros, tecnológicos y de patrocinio deportivo. Fue uno de los fundadores de 24Option, una plataforma que ofrecía operaciones con opciones binarias y que patrocinó a la Juventus de Italia entre 2014 y 2019.
— Gilad Somjen, conocido por su actividad en los sectores del marketing digital y servicios financieros en línea
Las opciones binarias son operaciones especulativas en las que una persona apuesta, en términos simples, a que el precio de un activo estará por encima o por debajo de determinado nivel en un momento concreto. Pueden provocar la pérdida completa del dinero comprometido y han generado numerosos cuestionamientos regulatorios por sus riesgos y por prácticas comerciales abusivas.
En 2016, Somjen y otros responsables de 24Option llegaron a un acuerdo de culpabilidad por presentar información falsa ante las autoridades fiscales israelíes.Según los antecedentes publicados por el medio económico israelí Calcalist, la maniobra estaba vinculada a ingresos de millones de dólares generados entre 2010 y 2012 que no habían sido correctamente declarados.
La acusación describía una estructura de sociedades registradas en jurisdicciones extranjeras que, formalmente, aparentaban desarrollar sus actividades fuera de Israel. Sin embargo, las decisiones y el control real de esas compañías se ejercían desde territorio israelí.
El propósito atribuido por la fiscalía era evitar obligaciones tributarias. El acuerdo contemplaba penas a cumplir mediante trabajos de servicio, multas personales y pagos a la autoridad fiscal. Estos antecedentes también fueron reconstruidos por el medio de The Times of Israel.
Lo importante de esto para la AFA, es que cuando una organización firma un contrato internacional de cientos de miles de dólares, debería evaluar quién controla realmente la sociedad contratante, cuál es su historial y si existen riesgos legales o financieros.
La demanda colectiva en Estados Unidos
Cloud With Me —el nombre anterior de Snow Media—, Somjen y Asaf Zamir fueron demandados en 2018 ante el Tribunal Federal del Distrito Oeste de Pensilvania por la oferta de tokens CLD. Los demandantes alegaron violaciones de la legislación federal de valores y sostuvieron que los tokens habían sido vendidos sin el registro correspondiente. El aviso judicial delimitó la clase a quienes adquirieron esos activos directamente mientras estaban en Estados Unidos entre el 25 de julio de 2017 y el 19 de junio de 2018.
El expediente terminó mediante un acuerdo de $165.000 dólares, aprobado definitivamente el 26 de julio de 2022 por el juez federal Mark Hornak.. El documento judicial es explícito al esclarecer que el tribunal no resolvió el fondo a favor de ninguna de las partes, los demandados negaron responsabilidad y el acuerdo no constituyó una admisión de ilícito.
Por eso, no corresponde presentar esto como una condena. Sí constituye información relevante para el perfil de riesgo, donde hubo litigio federal por una oferta de criptoactivos, se registraron situaciones procesales de default contra los demandados y finalmente se pagó para extinguir las reclamaciones de la clase, aunque sin determinación judicial de responsabilidad.
— Los cofundadores de la empresa Cloud With Me (ahora conocida como Snow Media), Gilad Somjen y Asaf Zamir
Es importante precisar que se trató de una demanda civil resuelta mediante un acuerdo, sin admisión de responsabilidad, y no de una condena penal contra Somjen. Los antecedentes del caso están registrados en la base de litigios de valores de la Universidad de Stanford y en el expediente federal Balestra v. Cloud With Me Ltd.
El 12 de diciembre de 2025, la AFA aceptó una propuesta comercial presentada por Snow Media Limited, una sociedad registrada en Irlanda del Norte. La compañía actuaba en representación de Trade Match Limited, una firma radicada en Seychelles que opera la plataforma financiera Hedg.com.
Mediante el acuerdo, AFA concedió a Hedg.com derechos de patrocinio sobre las selecciones nacionales en Medio Oriente y África, a cambio de $400.000 dólares. Sin embargo, las facturas emitidas por la AFA establecían que el dinero debía transferirse a cuentas de dos sociedades intermediarias, en lugar de depositarse directamente en una cuenta de la asociación.
— Honorable Mark R. Hornak, juez federal de distrito en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Occidental de Pensilvania
De ese monto, $280.000 dólares debían dirigirse a TourProdEnter LLC, una empresa vinculada al productor teatral Javier Faroni y Erica Gillette, mientras que los $120.000 dólares restantes tenían como destinataria a CAE Services LLC, una sociedad constituida en el estado estadounidense de Wyoming.
¿Por qué aparecen Javier Faroni, TourProdEnter y CAE Services?
Aquí comienza la parte más delicada de la investigación. Faroni es un productor y empresario argentino cuya firma TourProdEnter LLC mantenía una relación comercial con la AFA desde diciembre de 2021, y conforme a contratos difundidos por la compañía obtuvo facultades para representar comercialmente a la asociación fuera del país y cobrar ingresos derivados de acuerdos internacionales.
En ese contrato se establecía una comisión del 30% sobre ingresos comerciales, junto con otro 10% vinculado a determinadas tareas logísticas. Además, en octubre de 2025, la conducción de Tapia amplió anticipadamente la relación contractual hasta 2030 y extendió las facultades de la empresa. El problema es que TourProdEnter quedó involucrada en investigaciones sobre el manejo de fondos internacionales de la AFA.
— El empresario argentino Javier Faroni habría participado del enlace entre la AFA y el empresario isaraelí
En julio de 2026, la agencia EFE informó sobre una investigación estadounidense referida a operaciones comerciales y financieras de la firma. Entre las hipótesis examinadas figuraban posibles conductas de lavado de activos y fraude bancario. Se trataba de sospechas bajo investigación, no de delitos ya probados.
La segunda sociedad que debía percibir dinero, CAE Services LLC, agrega un elemento distinto. Esta empresa estaba registrada en Wyoming y figuraba vinculada en documentación societaria de 2024 a Juan Schreiber, un empresario de Bariloche. Schreiber había sido señalado como una persona involucrada en la organización de sociedades estadounidenses utilizadas para canalizar fondos vinculados a la AFA. Los periodistas reconstruyeron conexiones con empresas que habrían intervenido en operaciones por al menos $41.9 millones de dólares. Las sociedades fantasma por donde se canalizó el dinero ya fueron cerradas, pero quedaron las huellas de la ruta del dinero.
La conexión no permite concluir automáticamente que los $120.000 dólares del patrocinio con Somjen fueran ilícitos. Lo que hace es volver relevante la pregunta sobre por qué CAE Services era una destinataria del contrato y qué prestación justificaba recibir esa cantidad.
— El DJ, productor musical argentino y el reclutador de testaferros que canalizaron fondos de la AFA, Juan Schreiber
También existe una particularidad numérica. Los $280.000 dólares destinados a TourProdEnter equivalían al 70% del acuerdo inicial y los $120.000 dólares dirigidos a CAE Services, al 30%. Asimismo, no sería correcto asumir que esos $120.000 dólares correspondían a la comisión histórica del 30% que percibía TourProdEnter. La documentación citada no explica que esa fuera su naturaleza.
Solo siete meses después, durante el Mundial, surgió una nueva negociación. El 14 de julio de 2026 se fechó un borrador de modificación contractual que planteaba extender la relación hasta el 31 de julio de 2027 e incorporar una segunda plataforma financiera, Evest.com. La relación entre Evest y la AFA ya tenía presencia pública. El 28 de enero de 2026, la propia asociación informó sobre un evento conjunto celebrado en el Burj Khalifa de Dubái, que presentó como parte de su estrategia de expansión comercial internacional.
— Faroni junto a su esposa, Érica Gillette. Ambos se encuentran investigados por el supuesto desvío y uso indebido de fondos de la AFA
El borrador de julio presenta dos inconsistencias que merecen atención. La primera es económica. La versión en inglés menciona $450.000 dólares, mientras que la versión en español consigna $275.000 dólares. Son $175.000 dólares de diferencia en un documento comercial que debería expresar obligaciones claras. La segunda es contractual, siendo que el texto contempla exclusividad para determinadas marcas, pero también reconoce que la AFA tenía acuerdos con otros patrocinadores del sector financiero, como PU Prime, MiTrade y XTrend.
La factura de $245.000 dólares
Ese mismo 14 de julio, la AFA emitió una factura por $245.000 dólares vinculada al patrocinio de la marca de trading Hedg.com. Lo novedoso fue el destinatario del pago. En lugar de las cuentas utilizadas en diciembre, la factura indicaba que el importe debía dirigirse a Moon Euro Management LLC, una sociedad de Dubái.
En junio de 2026, la entidad comunicó a sus contrapartes que había designado a esa sociedad como nuevo agente oficial de recaudación, con efectos para contratos celebrados desde el 18 de mayo. Pero Moon Euro Management era una compañía de reciente creación y su licencia comercial había sido registrada el 5 de mayo de 2026, y no se identificaba públicamente a sus propietarios o principales ejecutivos.
Aunque tenía domicilio en Dubái, la cuenta bancaria indicada para recibir pagos de la AFA estaba radicada en Grove Bank & Trust, en Miami. La explicación comercial podría ser que la AFA necesitaba una estructura internacional para percibir ingresos de patrocinadores extranjeros y afrontar gastos fuera de Argentina, especialmente por las restricciones cambiarias que existieron durante los años anteriores.
Pese a ello, la existencia de esa justificación no elimina la duda de explicar qué servicios prestó el intermediario, cuáles fueron sus comisiones, quiénes eran sus beneficiarios finales y cómo se contabilizaron los ingresos.
El documento de julio utilizaba como dirección de la AFA su sede histórica de Viamonte 1366, en la Ciudad de Buenos Aires. Pero la asociación había defendido ante la Justicia el traslado de su sede social a Mercedes 1366, en Pilar, provincia de Buenos Aires. La disputa es importante porque el lugar de radicación legal determina qué organismo provincial o nacional ejerce determinadas facultades de fiscalización societaria.
El 18 de junio de 2026 la Cámara Nacional en lo Civil avaló el traslado a jurisdicción bonaerense y dejó sin efecto medidas de la Inspección General de Justicia vinculadas al control de la entidad. Aún con eso, las comunicaciones comerciales internacionales continuaron utilizando Viamonte como domicilio registrado. Esto constituye una inconsistencia documental relevante para investigar.
Aún así continúa sin estar suficientemente aclarado cuál es el destino final de los pagos del patrocinio. Ni Somjen ni la AFA respondieron las consultas enviadas antes del cierre de esa investigación.
La Auditoría General de la Nación (AGN) puso bajo la lupa el manejo de los fondos nacionales destinados a la urbanización de barrios populares y encontró una extensa serie de deficiencias en la administración, seguimiento y control de una política pública que durante los últimos años movilizó importantes recursos del Estado nacional.
El organismo aprobó el 20 de agosto de 2026 el informe 169/2026, correspondiente a la actuación 214/2023, denominado “Gestión de fondos nacionales transferidos en el marco del programa 53 – Integración Socio Urbana, Actividad 42 – Abordaje Integral de Barrios Populares”. La auditoría comprende el período que va desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024.
Se trata de un dato relevante para interpretar sus conclusiones: el período analizado incluye casi dos años completos de la administración de Alberto Fernández y los primeros nueve meses de la gestión de JavierMilei.
Durante la administración de Alberto Fernández, el área estuvo encabezada por Fernanda Miño, militante del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) y referente del espacio de Juan Grabois, bajo las sucesivas conducciones de Juan Zabaleta y Victoria Tolosa Paz en el ministerio de Desarrollo Social. Con la llegada de Javier Milei, pasó a tener rango de subsecretaría y quedó a cargo de Sebastián Pareja, referente del armado bonaerense de Karina Milei, designado desde el 28 de diciembre de 2023. Inicialmente dependió del ministerio de Infraestructura y luego pasó a la órbita del ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo.
Según surgió durante el tratamiento del informe en el Colegio de Auditores, el trabajo identificó 18 hallazgos, entre ellos problemas vinculados con la selección de cooperativas, desembolsos realizados pese al vencimiento de pólizas de seguro y importantes atrasos en la ejecución de las obras.
Cooperativas y criterios bajo la lupa
Uno de los aspectos más sensibles de la auditoría se relaciona con los mecanismos utilizados para distribuir recursos entre las organizaciones encargadas de llevar adelante parte de los proyectos.
La AGN observó la existencia de discrecionalidad en la asignación de fondos a cooperativas ante la ausencia o insuficiencia de criterios de elegibilidad claramente establecidos, una cuestión particularmente sensible teniendo en cuenta el peso que estas organizaciones adquirieron dentro del esquema de integración socio urbana.
El modelo adoptado durante aquellos años otorgó precisamente un rol central a las entidades de la economía popular.
La propia normativa de integración socio urbana promovió la participación de cooperativas y organizaciones comunitarias en la ejecución de los proyectos. Distintos documentos del programa daban cuenta de que más de la mitad de las intervenciones llegaron a ser ejecutadas por este tipo de entidades, mientras que en los convenios implementados por provincias o municipios también existían obligaciones de participación de cooperativas de trabajo.
La discusión planteada por la auditoría, por lo tanto, no pasa necesariamente por la utilización de cooperativas como herramienta de ejecución, sino por una pregunta más delicada: con qué mecanismos se seleccionaba a las organizaciones que recibían los recursos del Estado y qué controles existían sobre ellas.
Dinero transferido pese a pólizas vencidas
Otro de los hallazgos señalados por la auditoría resulta especialmente llamativo desde el punto de vista administrativo.
De acuerdo con las conclusiones difundidas tras la aprobación del trabajo, la AGN verificó casos en los cuales se realizaron desembolsos de fondos mientras las pólizas de seguro correspondientes se encontraban vencidas.
— Fernanda Miño
Las pólizas constituyen una herramienta básica de resguardo para el Estado ante incumplimientos o contingencias relacionadas con las obras financiadas.
Sin embargo, los problemas no terminaron allí.
Más de la mitad de los convenios, demorados
La auditoría determinó además que aproximadamente el 56 por ciento de los convenios examinados presentaba demoras en la ejecución de las obras.
El número adquiere otra dimensión considerando que la finalidad del programa era intervenir sobre algunas de las zonas con mayores necesidades habitacionales y de infraestructura del país.
El régimen de integración socio urbana tiene como objetivo mejorar las condiciones de los barrios incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), con intervenciones relacionadas con vivienda, infraestructura, servicios básicos, saneamiento, regularización dominial y mejoramiento del hábitat.
Es decir, detrás de las demoras administrativas aparecen obras destinadas a poblaciones que, en numerosos casos, carecen de infraestructura básica.
Del 97 por ciento de ejecución al cero
Pero la auditoría encontró también una segunda cara del problema.
Si durante los años anteriores el programa había alcanzado niveles de ejecución cercanos al 97 por ciento, durante 2024 la situación cambió radicalmente.
Según los datos presentados por la AGN, ese año registró apenas 6 por ciento de ejecución presupuestaria y 0 por ciento de ejecución física, una virtual paralización de la política pública durante los primeros meses de la administración libertaria.
La fotografía que deja el organismo de control resulta así particularmente incómoda para las dos administraciones comprendidas dentro del período auditado.
Por un lado, durante el funcionamiento intensivo del programa aparecieron falencias en los mecanismos de selección, controles administrativos insuficientes, desembolsos con garantías vencidas y obras demoradas.
Por el otro, el cambio de gobierno no derivó en una corrección y continuidad del programa bajo nuevas reglas, sino en una caída prácticamente total de su ejecución durante 2024.
El caso “Mi Pieza”
El informe también abordó uno de los programas más conocidos vinculados con la política de barrios populares: Mi Pieza, destinado a financiar mejoras, ampliaciones y refacciones habitacionales.
Allí apareció una paradoja significativa.
El esquema requería que las beneficiarias acreditaran los avances mediante una aplicación móvil con herramientas de geolocalización. Sin embargo, el mecanismo de control terminó chocando con las propias características sociales de la población alcanzada: brecha digital, dificultades de conectividad y problemas para utilizar las herramientas tecnológicas exigidas para validar las obras.
En otras palabras, parte del sistema diseñado para controlar una política destinada a los sectores más vulnerables dependía precisamente de recursos tecnológicos que una porción de esos mismos sectores no tenía garantizados.
Una política millonaria que terminó bajo auditoría
El programa 53 de Integración Socio Urbana había adquirido durante los años anteriores un peso creciente dentro del presupuesto nacional.
Ya en auditorías previas de la propia AGN puede observarse la magnitud que había alcanzado el área. En uno de los ejercicios analizados, el crédito destinado al programa 53 pasó de aproximadamente 3.171 millones a más de 10.324 millones de pesos, una ampliación superior al 225 por ciento.
El esquema se encontraba además vinculado con una estructura mucho más amplia de políticas de urbanización, fondos fiduciarios, transferencias a gobiernos locales y participación de organizaciones de la economía popular.
La integración socio urbana había sido concebida para intervenir sobre una de las caras más dramáticas de la pobreza argentina: familias que viven sin títulos de propiedad, cloacas, agua corriente, infraestructura vial o conexiones seguras de servicios.
Precisamente por esa sensibilidad, las conclusiones de la AGN cobran mayor importancia. No se trata solamente de expedientes incompletos o fallas formales.
La auditoría describe una política pública en la cual convivieron una enorme demanda social, importantes recursos económicos, organizaciones encargadas de ejecutar proyectos, deficiencias en los mecanismos de control y numerosos convenios que no avanzaron según lo previsto.
Y la respuesta posterior tampoco solucionó el problema: para 2024, la ejecución física había caído directamente a cero. El resultado es una fotografía difícil de ignorar.
Durante los años de expansión, el Estado no logró garantizar controles suficientemente robustos sobre todo el circuito de asignación y ejecución de recursos. Cuando llegó el ajuste, en lugar de corregir esas deficiencias y continuar las obras bajo mecanismos más transparentes, buena parte del programa quedó paralizada.
En el medio quedaron los barrios populares, los fondos públicos ya comprometidos y una auditoría que, varios años después, comenzó a reconstruir qué ocurrió con una de las políticas sociales más importantes de la última década.
El exdiputado nacional por la provincia de Salta Emiliano Estrada, dirigente vinculado a La Cámpora y exintegrante del bloque de Unión por la Patria (UxP), enfrenta una investigación judicial por una presunta utilización indebida de recursos del Estado para desarrollar campañas de desprestigio contra dirigentes políticos, empresarios y periodistas.
Todo se produjo cuando el fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que cite a Estrada a declaración indagatoria por el presunto delito de “haber utilizado trabajos o servicios pagados por la administración pública en provecho propio”.
En actuaciones anteriores, la defensa sostuvo que la imputación era vaga o imprecisa y planteó la inmunidad de opinión parlamentaria del artículo 68 de la Constitución. La Cámara Federal de Casación rechazó en noviembre de 2025 una impugnación contra el avance del pedido de desafuero que se había originado por la falta de comparecencia de Estrada.
— El fiscal federal Guillermo Marijuan
La acusación sostiene que, mientras ocupaba una banca en la Cámara de Diputados de la Nación, Estrada habría empleado a dos asesores remunerados con fondos públicos, cuyos salarios pagaba el Congreso de la Nación, para producir videos y administrar cuentas anónimas de TikTok destinadas a perjudicar a sus adversarios.
La hipótesis de la Fiscalía es que existió una estructura de producción y distribución de contenidos políticos que funcionaba bajo las órdenes del entonces diputado. Según la acusación, durante el mandato de Estrada como diputado nacional por Salta, sus asesores Florencia Arias Bustamante y Javier Alonso Allemand habrían producido y difundido videos desde cuentas anónimas en redes.
Entre los nombres mencionados en las actuaciones y en la cobertura aparecen las cuentas de “La Casta Salteña”, “La Casta de Sáenz”, “Informante Salta” y “Casta Salta”. El contenido se dirigía contra funcionarios, empresarios y comunicadores salteños, y algunas publicaciones vinculaban al gobierno provincial con el narcotráfico. A diferencia de lo que ocurrió con sus dos exempleados involucrados, Estrada no ha recibido una condena por estos hechos hasta el momento. La solicitud del fiscal tampoco equivale a un procesamiento ni a una declaración judicial de culpabilidad.
— Florencia Arias Bustamante, la fotógrafa señalada como uno de los presuntos operadores del exdiputado nacional Emiliano Estrada
El punto jurídico más importante tampoco es simplemente que se hayan difundido noticias falsas. La hipótesis de Marijuán es que Estrada, cumpliendo como funcionario habría empleado trabajo financiado por el Estado para obtener un beneficio político propio, conducta que el segundo párrafo del artículo 261 del Código Penal denomina peculado de trabajos o servicios.
Dicho de manera sencilla, si un diputado paga de su bolsillo a un equipo para hacer propaganda agresiva o difundir falsedades, pueden aparecer otros problemas civiles o penales según el contenido, pero no necesariamente peculado. Si ordena esa tarea a empleados pagados por el Congreso, el salario público y el tiempo laboral de esas personas pasan a ser el recurso estatal presuntamente desviado.
No se trataba de una tarea de comunicación institucional identificada como proveniente del despacho del diputado. Se operó mediante perfiles sin autoría política visible, con videos considerados falsos y con el objetivo de perjudicar adversarios, especialmente figuras relacionadas con el gobernador Gustavo Sáenz, enfrentado políticamente con Estrada.
— Alonso Javier Allemand, señalado como el operador técnico de la campaña en TikTok, y quien habría trabajado bajo instrucciones de Estrada
Particularmente Bustamante y Allemand reconocieron su intervención en un juicio abreviado realizado en Salta. En mayo de 2025 fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional, además de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como partícipes secundarios de intimidación pública en la Municipalidad de Cerrillos encabezada por el intendente Enrique Borelli.
La “prisión de ejecución condicional” significa que, en principio, no cumplen la pena dentro de una cárcel, siempre que respeten las reglas impuestas y no incurran en circunstancias que permitan revocar ese beneficio. El juicio abreviado supone que los acusados aceptaron los hechos y la responsabilidad acordada con la acusación, pero esa admisión no reemplaza automáticamente la necesidad de probar la responsabilidad personal de Estrada.
La causa tuvo una trayectoria compleja entre la justicia salteña y la federal. La investigación original examinó la producción y difusión de los videos y derivó en las condenas abreviadas de los dos asesores. Posteriormente surgió en Comodoro Py un expediente centrado en el posible uso de recursos pagados por el Congreso.
Tras conflictos de competencia, la investigación federal por el uso de fondos y personal legislativo quedó bajo el Juzgado Federal N.º 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Casanello. La Corte Suprema fue informada sobre la controversia territorial, pero no resolvió el fondo porque la cuestión de competencia ya había quedado superada. La causa provincial y la investigación federal continuaron por sus respectivos objetos.
La prueba relevante
El elemento más comprometedor que trascendió son las declaraciones de los dos colaboradores. En el acuerdo abreviado dijeron que seguían instrucciones directas del diputado y entendían la producción de esos contenidos como parte de sus responsabilidades laborales. Otras reconstrucciones del expediente señalan que Estrada habría enviado lineamientos o guiones y aprobado los videos antes de su publicación.
Esto es importante por dos razones. Primero, conecta la operación digital con personas contratadas por la Cámara de Diputados. Segundo, intenta atribuir la conducción de la maniobra a Estrada y no solamente una actuación autónoma de sus subordinados. Sin embargo, la declaración de coimputados o partícipes interesados debe ser confrontada con elementos independientes.
El artículo 261 del Código Penal contiene dos variantes. La primera castiga al funcionario que sustrae dinero o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada. La segunda aplica la misma pena al funcionario que utiliza, en beneficio propio o ajeno, trabajos o servicios pagados por una administración pública.
La jurisprudencia reseñada por la Suprema Corte bonaerense explica que esta figura se consuma con la desviación y aprovechamiento del servicio pagado por el Estado y que exige dolo directo. También señala que el autor debe ser el funcionario que está a cargo de quienes prestan esos servicios.
La pena prevista es de dos a diez años de prisión y inhabilitación absoluta perpetua. Ese es el marco legal abstracto. No anticipa una pena concreta, porque para llegar a ella primero tendría que haber procesamiento o una decisión equivalente, acusación, juicio, condena firme y determinación individual de la sanción.
No obstante, en Argentina no existe un delito general que castigue cualquier mentira difundida en redes. El derecho penal requiere que la conducta encaje en una figura específica. En este caso, la falsedad y el anonimato describen el tipo de trabajo que presuntamente se encargó, pero el núcleo del peculado sería quién pagó indirectamente ese trabajo y para qué fue usado. La ilicitud que plantea Marijuán consiste en convertir recursos humanos del Congreso en una herramienta clandestina de conveniencia partidaria o personal.
En paralelo aparece la figura de intimidación pública, que protege el orden y la tranquilidad colectivos. El artículo 211 vigente castiga el empleo de medios materialmente idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, ya que por eso no toda injuria, falsedad o ataque reputacional constituye automáticamente intimidación pública.
Flybondi le puso número a su crisis. La aerolínea low cost declaró ante la Justicia deudas por $609.589 millones frente a activos por $176.103 millones, una diferencia de $433.485 millones. La cifra surgió del estado patrimonial especial, con fecha de corte al 28 de septiembre de 2026, que acompañó el pedido de concurso preventivo de acreedores presentado el pasado viernes 2, después de casi dos meses sin volar.
El lunes 5 de este mes, el Poder Judicial de la Nación asignó el expediente de FB Líneas Aéreas S.A., razón social de la compañía, al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, a cargo del juez Guillermo Mario Pesaresi, Secretaría N° 47, a cargo de Santiago Medina. El trámite lo realizó el estudio Grispo. La presentación no implica por sí misma la apertura del proceso: esa decisión judicial es el paso previo a la verificación de créditos y a la negociación con los acreedores.
Con el concurso, la empresa busca congelar la deuda a la fecha de inicio y abrir una renegociación con quita para evitar la quiebra. Todavía no se otorgó la conexidad con el concurso de OCA, la otra empresa de COC Global, el grupo de Leonardo Scatturice —CEO del holding, exchofer de la SIDE y cercano a Santiago Caputo—, que tramita en el Juzgado Comercial N° 22, Secretaría N° 23.
En su escrito, la compañía admitió que el problema ya no era de vencimientos aislados. “La generación ordinaria de fondos había dejado de resultar suficiente para atender regularmente el conjunto de las obligaciones exigibles”, sostuvo. Ubicó en marzo de 2026 el inicio de su cesación de pagos.
Los balances de 2025 ya anticipaban el deterioro. Al cierre de ese ejercicio, Flybondi registró activos por $293.426 millones, pasivos por $446.729 millones y un patrimonio neto negativo de $153.303 millones. El resultado contable fue positivo en $1.028 millones, pero las actividades operativas consumieron $102.593 millones de efectivo. Para sostenerse, la empresa recibió $75.899 millones en aportes de capital y $25.216 millones en nuevos préstamos. La auditoría advirtió sobre una fuerte incertidumbre respecto de su capacidad para continuar en operación.
El frente laboral ocupa una porción visible del pasivo: $21.528 millones en sueldos a pagar y $27.833 millones en aportes y contribuciones pendientes. La nómina presentada identifica a 826 trabajadores, 681 bajo convenio ATAF y 145 fuera de convenio. La semana pasada, un grupo de extrabajadores reclamó frente a la Secretaría de Trabajo de la Nación por retiros voluntarios e indemnizaciones impagas que afectan a unas 1000 familias.
Entre los reclamos e intimaciones de pago que la aerolínea detalló figuran:
YPF: deuda vencida de $15.900 millones al 18 de junio de 2026, por abastecimiento de combustible.
New Air Fly Service: $344,4 millones por servicios aeroportuarios en El Calafate.
Transportadora de Caudales Juncadella: $129,9 millones por facturas emitidas entre diciembre de 2025 y mayo de 2026.
La Nueva Metropol: $118,8 millones por transporte de pasajeros y operación de rampa.
Swissport Argentina: $112,2 millones por facturas vencidas de servicios aeroportuarios.
Bullmetrix: $74,4 millones.
Policía de Seguridad Aeroportuaria: $32,4 millones, bajo advertencia de suspender la cuenta corriente y resolver un convenio de permisos del personal aeroportuario.
Escala 24×7: US164.424,deloscualesUS124.368 estaban vencidos; el proveedor suspendió el acceso a servicios de infraestructura tecnológica alojados en AWS.
Los importes corresponden a reclamos específicos y no necesariamente a la totalidad de lo adeudado a cada proveedor. La nómina general incluye, además, obligaciones por arrendamiento de aeronaves, mantenimiento y servicios internacionales, algunas por varios millones de dólares. “La interrupción de una prestación crítica puede afectar prestaciones restantes y producir consecuencias que exceden ampliamente el importe del crédito individual involucrado”, señaló la empresa.
A ese cuadro se suman los embargos que ARCA y la ANAC trabaron entre agosto y septiembre por deudas superiores a $1500 millones en cada caso, y el Hotel Presidente, que reclama unos $660 millones y pidió la quiebra. Según el sitio Failbondi, la aerolínea canceló en 2026 alrededor de 2400 vuelos, afectó a unos 383.000 pasajeros y no habría hecho reembolsos desde enero: con un ingreso mínimo de US$50 por pasajero y por tramo, el monto superaría los US$19 millones.
El expediente también explica el origen del rojo. En 2025, Flybondi transportó 3.656.887 pasajeros contra 4.020.942 del año anterior, una baja de 9,1% en un mercado que creció 13,2%; sus ingresos netos por pasajes cayeron cerca de 14,5%. La flota operativa pasó de un promedio de 11,33 aviones en julio de 2025 a 2,67 un año después, y los vuelos se redujeron de 2.836 en enero de 2026 a 134 en julio, un 95,3% menos. Mientras tanto, el mantenimiento costó entre US$1,66 millones y US$2,59 millones por mes durante el primer semestre.
Hoy la compañía conserva tres aeronaves, que permanecen en el país sin operar. Aun así, pidió continuar: “La severa crisis descripta no ha determinado, a la fecha de esta presentación, la desaparición de la organización empresaria ni el cese definitivo de la explotación”. Si la Justicia abre el concurso, Flybondi deberá reestructurar obligaciones por casi $610.000 millones y, al mismo tiempo, conseguir recursos para volver a volar.
Las familias debían entregar $100.000 como anticipo por una vivienda y una futura conexión eléctrica. El dinero habría terminado en cuentas bancarias y billeteras virtuales vinculadas con las acusadas, mientras que las adjudicaciones prometidas nunca se concretaron.
Una de las afectadas estimó una deuda de más de $150 millones entre impuestos, intereses y multas. Especialistas detallaron las herramientas del fisco para rastrear cobros en el exterior y los pasos para responder el aviso.
El informe detectó pagos con pólizas de seguro vencidas y cooperativas elegidas sin criterios claros, mientras que en 2024 la ejecución física del programa cayó a cero.
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