El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”
El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.
“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.
El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad
El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.
Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente
Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.
Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.
¿Lawfare? ¿Partido judicial? Mafia y Estado paralelo. https://t.co/5jDZk9oZJh
El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena
En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.
“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.
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El ajuste fiscal sobre los ingresos de la población contrasta con la vigencia ininterrumpida de un esquema de excepción diseñado por y para la clase política. Las asignaciones vitalicias no constituyen un beneficio previsional ordinario, sino un régimen regulado por la Ley 24.018 que no exige años de aportes ni una edad mínima para su cobro. Concebidas formalmente como un reconocimiento al mérito y al honor, estas liquidaciones garantizan haberes equivalentes a las remuneraciones de la cúpula del Poder Judicial de la Nación.
La distancia entre estos ingresos y la realidad del ciudadano común expone una brecha insalvable. Un solo haber mensual de la nómina de exmandatarios equivale a varias decenas de jubilaciones mínimas del sistema general y supera por multiplicadores de dos dígitos al Salario Mínimo, Vital y Móvil de un trabajador formal. Se trata de un nivel de ingresos blindado ante la inflación que se financia de manera directa con los recursos del Tesoro Nacional.
A esta asimetría se suma la paradoja que atraviesa a la propia administración pública en funciones. Mientras los salarios del presidente Javier Milei y de la vicepresidenta Victoria Villarruel se encuentran congelados en torno a los 4 y 5 millones de pesos brutos por decisión política, los exmandatarios percibientes de este régimen duplican, triplican y hasta quintuplican esos montos sin ejercer función alguna.
La nómina de la abundancia
El Estado nacional liquida un total bruto de $219.926.637 mensuales para sostener 12 asignaciones vitalicias vigentes. La cifra equivale a más de 387 jubilaciones mínimas abonadas en un solo mes a este reducido grupo de 12 personas.
Expresidentes
· Alberto Fernández: $26.092.447 (46 jubilaciones mínimas).
· Amalia Carmen Guido (hija de José María Guido): $12.691.238 (22 jubilaciones mínimas).
Daniel Scioli como vicepresidente de Néstor Kirchner.
Expedientes bajo la lupa
Detrás de la nómina millonaria se esconden particularidades operativas y giros judiciales que pintan la discrecionalidad del sistema. En el caso de Alberto Fernández, ANSES le retiene mensualmente el 30% de su haber bruto por una orden judicial destinada al pago de la cuota alimentaria de su hijo menor, Francisco. Por su parte, Mauricio Macri sostiene públicamente la donación parcial de su asignación a la fundación Margarita Barrientos, mientras que Adolfo Rodríguez Saá cobra varios millones de pesos al mes por un mandato interino de apenas siete días en diciembre de 2001, a diferencia de sus sucesores Ramón Puerta y Eduardo Camaño, quienes renunciaron formalmente a tramitar el beneficio.
El apartado de los exvicepresidentes expone irregularidades institucionales y amparos de largo alcance. Daniel Scioli percibe su jubilación como exvicepresidente mientras ejerce simultáneamente como secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, una acumulación permitida únicamente por desempeñarse en el cargo actual de forma ad honorem, por el que cobraría mucho menos si no hubiera renunciado a ese sueldo. A su vez, María Estela Martínez de Perón (95 años) radica en Madrid desde hace décadas y continúa percibiendo su asignación desde el exterior sin condicionamiento alguno.
“Isabelita” junto a Carlos Menem.
El listado consolida también anacronismos históricos y concesiones extraordinarias. Bety Nelly Andrés, viuda de Roberto Marcelo Levingston, cobra su pensión por un presidente de facto designado por la junta militar de la dictadura de 1970. El caso más insólito lo protagoniza Amalia Carmen Guido, hija de José María Guido —quien no fue electo por voto popular—, que cobra su haber tras una transferencia excepcional del beneficio efectuada en la década de 1990 que extendió la pensión a una hija mayor de edad por fuera de las reglas del régimen general.
El panorama previsional se completa con la reciente actualización del frente judicial. Tras las resoluciones de la ANSES dictadas en noviembre de 2024 que revocaron los beneficios de Cristina Kirchner y Amado Boudou por “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, la justicia previsional otorgó una medida cautelar a favor de la expresidenta. Con ese fallo se ordenó la restitución inmediata de la pensión derivativa por Néstor Kirchner, manteniendo a Boudou como el único exmandatario con la asignación completamente dada de baja.
Amado Boudou como vicepresidente de Cristina Fernández de Kirchner.
El pacto con el menemismo
La embestida contra estas asignaciones constituye una de las banderas centrales del discurso oficialista. La Libertad Avanza promueve la eliminación de las jubilaciones de privilegio como un eje de su política de ajuste a la “casta”, respaldándose en informes técnicos como el de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Sin embargo, la cruzada moral del Gobierno encuentra un límite difuso al chocar con sus propias alianzas y simpatías políticas.
El origen de este régimen excepcional se remonta a la Ley 24.018, sancionada en 1991 bajo la presidencia de Carlos Saúl Menem. El proyecto original en el Senado llevó la firma de un entendimiento bipartidista entre el menemismo —con Juan Carlos Romero, Oraldo Norvel Britos y Felipe Ernesto Ludueña— y el radicalismo —a través de Adolfo Gass, Luis Agustín Brasesco y Eduardo Pósleman—. La norma llevó además la firma de Eduardo Menem —hermano de Carlos Saúl— como presidente del Senado en ejercicio del Poder Legislativo, el mismo dirimiente político que promovió y blindó la norma de privilegio que hoy, tres décadas después, aparentemente cuestiona su propio hijo, Martín Menem, desde la presidencia de la Cámara de Diputados.
Javier Milei, “Lule” Menem y Eduardo Menem —firmante de la promulgación de las jubilaciones de privilegio—.
Es la misma normativa que hoy sostiene la caja millonaria de Zulema Yoma, viuda de Carlos Menem. La vigencia de este privilegio contrasta con la prédica anticasta del Ejecutivo, que al mismo tiempo reivindica la figura del expresidente riojano y cobija a su entorno directo en los puestos de mayor jerarquía del Estado, con Martín Menem al frente de la Cámara de Diputados y Eduardo “Lule” Menem instalado en la cúpula del Poder Ejecutivo.
Esta convivencia política expone una marcada selectividad en la aplicación de los criterios éticos del Estado. Dependiente del poder Ejecutivo, ANSES actuó con celeridad para disponer la quita de beneficios a Cristina Kirchner y Amado Boudou invocando la “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, pero no aplicó la misma vara con el beneficio derivado de Carlos Menem, quien falleció con condenas firmes ratificadas por la Justicia por delitos contra la administración pública, como el tráfico ilegal de armas a Ecuador y Croacia. La cercanía y la afinidad personal de la conducción oficial con la familia Menem dejó intacto el haber que mensualmente se liquida a su viuda.
Martín Menem —presidente de la Cámara de Diputados— junto a Carlos Menem —quien falleció condenado—.
El blindaje en el Congreso
Pese al impacto mediático del discurso oficial y los intentos legislativos por dar de baja estas asignaciones, la eliminación del régimen se encuentra trabada en el laberinto parlamentario. En junio de 2024, durante la discusión de la Ley Bases en el Congreso, la Cámara de Diputados votó por mantener las jubilaciones de privilegio tras una ajustada definición donde sectores de la oposición colaboraron para sostener el esquema.
Ante ese revés, los diputados nacionales del MID,Oscar Zago y Eduardo Falcone, redactaron un proyecto específico para desmantelar este entramado. La iniciativa propone derogar no sólo la Ley 24.018 de expresidentes y exvices, sino también la 21.540 de dignatarios eclesiásticos, la 22.430 de legisladores mandato cumplido y la 22.731 del servicio exterior (embajadores, cónsules, etc.), sumando además un mecanismo para que el Ejecutivo invite formalmente a los exmandatarios a renunciar voluntariamente a sus cobranzas. Sin embargo, si bien tuvo un apoyo inicial del gobierno, el por entonces presidente de la Comisión de Previsión y Presupuesto, José Luis Espert, optó por cajonear el proyecto.
José Luis Espert cuando presidía la Comisión de Previsión y Presupuesto.
A la falta de consenso político se le suma una infranqueable valla jurídica: el principio de irretroactividad de las leyes. Diversos constitucionalistas y especialistas en derecho previsional coinciden en que, incluso si el Congreso lograra sancionar la derogación de la Ley 24.018 para los futuros mandatarios, la medida difícilmente pueda aplicarse a los 12 beneficiarios actuales. Al tratarse de derechos adquiridos bajo el amparo de una legislación vigente al momento de su otorgamiento, cualquier intento de quitar el haber por vía administrativa choca de frente con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
Esta combinación de cálculo político y cerrojo judicial garantiza que la erogación mensual superior a los $219 millones continúe saliendo de las arcas del Estado. De este modo, mientras la sociedad asimila la pauta de austeridad y las jubilaciones del régimen general se actualizan a ritmo goteado, el ecosistema de privilegio de la política argentina mantiene intacto su blindaje, exponiendo la distancia entre la narrativa electoral y la dura realidad de las cajas del poder.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
El canal de streamingCarajo nació a mediados de 2024, tras la llegada de Javier Milei al Poder Ejecutivo. Hasta ese momento, Daniel Parisini (“Gordo Dan”) conducía un espacio poco visto y de presupuesto ínfimo en Radio Madero —propiedad de Fernando Cerimedo, más tarde desplazado del espacio oficialista—. Sin embargo, con el desembarco del nuevo gobierno, el medio experimentó un salto desmedido en infraestructura, montando un megaestudio en Palermo Soho equipado con tecnología de punta y una amplia nómina de producción.
Este despliegue millonario generó inmediatas denuncias por el uso de recursos públicos para sostener la señal. Distintas investigaciones y declaraciones públicas —entre ellas las del periodista Tomás Díaz Cueto— expusieron que diversos empleados del canal perciben salarios abonados directamente por la administración nacional en áreas de Comunicación y Prensa, sumado a recurrentes seccionamientos que señalan el desvío de fondos reservados de la SIDE para financiar la estructura propagandística.
“La misa del Gordo Dan” justo antes de que Milei llegara al gobierno. En la foto Mariano Pérez (“Break Point”) y Daniel Parisini (“Gordo Dan”) junto a Juan Pablo Carreira (“Juan Doe”), actual Director Nacional de Comunicación Digital.
Es precisamente en este dispositivo financiado por las arcas públicas donde se desencadenó un grave escándalo por proclamas eugenésicas y racistas emitidas en vivo, protagonizado por figuras que responden directamente a la estructura orgánica y legal del oficialismo.
Entre los voceros estables de la señal destaca Alejandro Sarubbi Benítez, representante legal de Parisini y habitual panelista. Este sujeto —una de las voces principales de las recientes agresiones al conurbano— cuenta con antecedentes de sanción disciplinaria por parte del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), organismo que le aplicó una advertencia tras constatar que insultó a integrantes de la Corte Suprema de Justicia, difundió datos personales privados (doxxeo) e incurrió en reiterados agravios discriminatorios desde sus redes sociales.
Alejandro Sarubbi Benítez junto a Karina Milei.
A su lado se ubica Isabella Mariana Compiano Machado, conocida en el entorno digital como “Kalina”, coautora del cuestionado episodio. La joven panelista milita activamente en La Libertad Avanza y responde de forma directa a Lisandro Almirón, diputado nacional por Corrientes, dirigente que hasta 2023 era concejal y militaba en las filas del kirchnerismo y saltó al oficialismo para acceder a su banca nacional.
La inserción de Kalina en el armado de Almirón no es aislada. Su pareja, Ángel Manuel Niveyro Lozano —identificado en redes como “Azaelthus”—, también forma parte del esquema de militancia y prensa que orbita alrededor del legislador correntino, exponiendo el entramado político tradicional que nutre de contenidos al canal de streaming y da sustento a las polémicas que hoy acorralan al medio.
“Kalina” junto a Lisandro Almirón; y Almirón junto a Malena Galmarini (esposa de Sergio Massa), en su “época kirchnerista”.
Apología al exterminio y al racismo
Durante una emisión del programa La Trinchera, las agresiones alcanzaron un límite inédito cuando Alejandro Sarubbi Benítez afirmó en vivo que “la provincia de Buenos Aires, sobre todo con lo que tiene que ver con el Conurbano Bonaerense, la inmensa porción de gente, desde mi punto de vista ya no tiene salvación”. Tras sentenciar que “para mí no tiene vuelta la provincia de Buenos Aires”, el abogado detalló sus propuestas: esterilización masiva, expulsión del mapa nacional, levantar un muro perimetral con francotiradores y “todas las mañanas tirar napalm desde los aviones”. Para definir a quiénes perdonar, anticipó un criterio de “total arbitrariedad” guiado por la “portación de cara”, planteando dar aviso previo únicamente “a las personas que uno considera que hay que salvar”.
Lejos de moderar o repudiar el discurso de odio, la panelista “Kalina” intervino activamente en la escena exhibiendo ante las cámaras una cartulina que contenía una paleta de tonalidades de piel (una referencia a la serie “Family Guy“). Utilizando este muestrario cromático, la militante oficialista simuló establecer un criterio de selección eugenésica para determinar, según el grado de pigmentación del rostro, qué personas poseían derechos ciudadanos o podían “salvarse” de la ejecución arbitraria, señalando el cuadro de color más claro.
El discurso exhibido en el programa contrasta de forma severa con la propia realidad de sus protagonistas. Un relevamiento en las redes sociales personales de Alejandro Sarubbi Benítez (como su perfil de Facebook) deja al descubierto que la mitad de sus familiares y contactos directos de apellido compuesto “Sarubbi Benítez” provienen de Paraguay, país con una marcada impronta e identidad mestiza e indígena.
Visitando el Facebook de Alejandro, varios de los “Sarubbi” y los “Sarubbi Benítez” de sus contactos efectivamente son paraguayos.
La incongruencia resulta absoluta: un vocero de tez morena y raíces latinoamericanas promueve abiertamente postulados racistas, xenófobos y eugenésicos que, bajo los propios parámetros de la paleta de colores exhibida en su programa, lo ubicarían a él mismo y a su propio entorno familiar del lado de los discriminados y segregados.
Alejado de su actualidad: Sarubbi Benítez con su familia, cenando en la vereda.
Boicot, retiro de pauta y antecedentes
La paradoja del discurso alcanzó su punto máximo con la presencia publicitaria en el estudio de Sao Medialunas, una tradicional marca nacida en Mar del Plata. Mientras Sarubbi Benítez y “Kalina” proponían bombardeos y segregación para los habitantes de la provincia de Buenos Aires, los productos de la firma bonaerense lucían exhibidos en la mesa como auspiciantes del espacio, financiando de forma directa la emisión.
La reacción del público no tardó en llegar: las plataformas digitales de la empresa se inundaron con cientos de mensajes de repudio que denunciaban el patrocinio a proclamas de exterminio, cuestionaban a la firma por financiar el odio hacia sus propios clientes y convocaban a un boicot masivo bajo el lema de no consumir productos que sostengan la violencia verbal del canal.
Ante la ola de indignación, la empresa emitió un comunicado oficial anunciando el cese del auspicio: “En relación con los comentarios realizados durante una transmisión en la que nuestra marca tuvo presencia publicitaria, queremos expresar que SAO Medialunas no comparte ni avala ningún mensaje discriminatorio, violento o que promueva el odio hacia cualquier persona o comunidad […] Lamentamos profundamente que esta situación haya generado malestar y por eso hemos decidido retirar nuestra publicidad”.
A pesar del retiro de la pauta, persistieron las críticas hacia la dirección de la marca por su tardía reacción. Sectores de la audiencia remarcaron que el canal Carajo estructuró su línea editorial sobre la agresión sistemática desde sus inicios, por lo que el auspicio comercial no podía considerarse un hecho ingenuo o ajeno al perfil del medio.
Las proclamas eugenésicas emitidas en La Trinchera no constituyen un hecho aislado, sino que forman parte del estilo editorial y la metodología habitual que despliega el canal. Entre sus antecedentes más graves figura el ataque homofóbico dirigido contra el diputado nacional Esteban Paulón en el programa La Misa, donde los conductores de la señal lo agredieron verbalmente y llegaron a imputarle al aire acusaciones de pedofilia y le atribuyeron “tener SIDA”.
A esta dinámica de descalificación personal se suma el uso sistemático de la exposición de datos privados (doxxeo) en transmisiones en vivo. A través de este recurso, los integrantes de la señal difunden números telefónicos, direcciones e información personal de usuarios opositores y periodistas críticos, incentivando el acoso masivo y coordinado por parte de sus seguidores en redes sociales.
Alejandro Sarubbi Benítez junto a Santiago Caputo.
El negacionismo frente al archivo
Tras la masiva repercusión mediática y el cimbronazo comercial, la respuesta de Sarubbi Benítez expuso la fragilidad de su propia narrativa. En lugar de argumentar que se trataba de una provocación humorística o de un recurso satírico, el abogado hizo un descargo en el que negó categóricamente haber hablado de la provincia de Buenos Aires o de sus habitantes.
Sin embargo, la estrategia de intentar desmentirse a sí mismo chocó de frente con el archivo audiovisual del programa, donde había explicitado de forma literal que la provincia de Buenos Aires “ya no tiene salvación”, antes de proponer los bombardeos, la segregación y la selección por pigmentación de piel.
Este episodio expone los límites y los riesgos de un modelo mediático montado sobre la provocación sistemática y el financiamiento estatal. Cuando el discurso traspasa la barrera del espectáculo digital para incitar al exterminio y a la eugenesia, la reacción de la audiencia y la fuga de marcas evidencian que ni la caja pública ni la protección política alcanzan para blindar un espacio frente al repudio social.
El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe investiga al exfiscal rosarino Mariano Ríos Artacho por el presunto vaciamiento de fondos depositados en cuentas judiciales. Ríos Artacho fue jefe de la Fiscalía de Delitos Económicos de Rosario entre 2017 y 2024, cargo del que renunció el 25 de junio de 2024 tras enfrentarse a sanciones internas.
Según la acusación fiscal, durante casi siete años –de 2017 a julio de 2024– habría autorizado extracciones irregulares de dinero destinado a fianzas, cauciones y secuestros judiciales, montos que serían utilizados en sus “apuestas personales”.
El monto desviado asciende en total a entre $245 y $425 millones. Por estos hechos, los fiscales Adrián Spelta y Carla Cerliani imputaron a Ríos Artacho como jefe de una asociación ilícita, y le atribuyen delitos de peculado, fraude a la administración pública y falsedad ideológica.
“Tengo problemas de juego que arrastro con altibajos desde hace años. Renuncié a mi cargo de fiscal en 2024 por eso. Ofrezco a la Fiscalía que está formulando estos cargos en mi contra toda mi colaboración. Y también una reparación del daño. Pido disculpas a todas las personas que confiaron en mí en especial a mi familia a la que defraudé. Mis padres no me criaron para esto”, afirmó el propio Ríos Artacho ante la Justicia.
Hijo de un prestigioso exjuez penal de Santa Fe, Ríos Artacho era considerado un funcionario especializado en causas complejas. En 2024 se lo suspendió tras conocerse que permitió irregularmente la entrega de un Mercedes incautado a un comisario (amigo suyo), y poco después dejó su cargo. Su caso emergió cuando los propios colegas del MPA detectaron anomalías en una cuenta judicial y derivaron la causa a la Unidad Especial de Funcionarios Públicos que dirige Spelta.
De acuerdo a la investigación aún en curso, las maniobras ocurrieron de modo sistemático entre 2017 y 2024. En agosto de 2026 la Policía Federal realizó 15 allanamientos en Rosario y Córdoba, deteniendo a Ríos Artacho y a ocho sospechosos más. En esos operativos se secuestraron documentos, teléfonos y dinero en efectivo. La audiencia de formulación de cargos se realizó recién en septiembre de 2026, donde Ríos Artacho fue formalmente imputado. Actualmente el juicio está en trámite (y la Fiscalía pidió prisión preventiva para él y otros acusados).
Para los fiscales, Ríos Artacho usaba su cargo para manejar cuentas judiciales como propias. Con su firma autorizaba oficios a bancos permitiendo transferencias o retiros de dinero que correspondía a fianzas, cauciones o secuestros de causas penales. Esas extracciones no iban a las víctimas o al Estado, sino que terminaban siendo tomadas por Ríos Artacho o sus colaboradores.
El esquema empleaba prestanombres para camuflar el origen de los fondos y con varias personas (Nahuel R., Agostina R., Bruno B., Paola B., Daniel C., Daniel Ballistreri y otros) prestaban sus cuentas bancarias o identidad para que Ríos Artacho pudiera retirar dinero sin figurar él directamente. Incluso, cuando una causa se acercaba a un juicio abreviado o probation, el abogado Emilio Rubén Barcacia (excuñado del fiscal) llevaba dinero en efectivo al banco para “reponer” temporalmente los saldos de las cuentas vaciadas, de modo que el faltante no saltara a la vista al juez.
La ludopatía (trastorno compulsivo por el juego) es un factor clave en la hipótesis de la defensa. Conforme a los acusadores, la adicción de Ríos Artacho fue la “raíz” de su conducta. Los fiscales citan el hecho de que, tras el ingreso en vigor de la ley de autoexclusión en Santa Fe, él y otros indagados frecuentaban casinos de provincias vecinas o de Paraguay para seguir apostando.
En la audiencia judicial Ríos Artacho reconoció parte de las maniobras pero la justificó por su adicción al juego. Ante la jueza afirmó claramente: “Soy ludópata”. Relató que lleva años arrastrando problemas con los casinos (llegó a desplazarse en pandemia hasta Foz de Iguazú en la Triple Frontera para apostar, ya que estaban cerrados en Argentina). Su hábito le generó deudas enormes y dijo que administraba los fondos judiciales “como si fuera mi billetera”.
“Íbamos y volvimos en el día”, subrayó y agregó que era un deudor de nivel cinco ante el BCRA que es identificada como una escala irrecuperable de deuda.
En su descargo pidió disculpas públicas a su familia y al MPA. Asimismo negó que hubiera organizado una banda delictiva, asegurando que fue él quien “arrastró” a otros imputados con sus órdenes. Es decir, admitió el uso ilegal de dinero pero sostuvo que el resto de los acusados actuó por sus instrucciones o por haberle prestado dinero, no como parte de un plan previo establecido.
Ríos Artacho fue de manera controvertida y opaca, quien le habilitó una probation en 2021 al director regional de la exAFIP de Santa Fe, Carlos Vaudagna, quien como arrepentido reconoció todo tipo de ilicitos fiscales en favor de empresas. La probation fue por hacerse cargo que eran suyos USD$200 mil hallados en una caja de seguridad de Gastón Scarel, hijo de Omar Scarel, presidente del directorio de Vicentin imputado por estafa.
Acusados y defensa
Además de Mariano Ríos Artacho, otras demás personas fueron imputadas en la causa por el presunto desvío de fondos de cuentas judiciales. Entre ellas se encuentran Fabricio Emanuel Romero y Julio Mercado, señalados por la Fiscalía como organizadores de la supuesta estructura junto con el exfiscal. Los investigadores sostienen que ambos mantenían una relación cercana con Ríos Artacho, reflejada en numerosas comunicaciones y transferencias bancarias, y les atribuyen haber participado en la captación de prestanombres y en la distribución del dinero extraído.
En función de la hipótesis fiscal, habría intervenido en la recomposición temporal de los saldos de cuentas judiciales previamente vaciadas mediante depósitos de dinero. Barcacia negó haber conocido el origen y la finalidad de las operaciones y rechazó haber formado parte de una supuesta maniobra delictiva.
Como trascendió, lo más desconcertante es que durante años un fiscal en funciones dispuso en beneficio propio de esos fondos cautelados y nadie lo detectó. Actualmente Ríos Artacho está detenido desde septiembre de 2026, acusado formalmente de varios delitos. En la audiencia de imputación, que duró casi nueve horas, admitió los hechos con salvedades (poniendo el acento en su adicción) y manifestó su voluntad de colaborar con la investigación.
La acusación también alcanzó a Nahuel Riquelme, Agostina Riquelme, Bruno Bergero, Paola B., Daniel Cesaretti y Daniel Ballistreri, a quienes los investigadores atribuyen haber aportado cuentas bancarias o realizado retiros de dinero que posteriormente habría llegado a Ríos Artacho. Las defensas, sin embargo, sostienen que varios de ellos actuaron sin conocer el origen judicial de los fondos y que fueron involucrados a partir de relaciones personales o económicas con el exfiscal.
Uno de los casos mencionados fue el de Ballistreri, cuya defensa aseguró que había prestado $150.000 a Ríos Artacho y que posteriormente recibió la devolución desde una cuenta judicial sin saber de dónde provenía el dinero. Sobre esa base, los abogados de los imputados rechazan la existencia de una organización criminal estable y sostienen que, en distintos casos, sus clientes fueron engañados o actuaron confiando en el exfiscal.
El titular de la Conferencia Episcopal Argentina, Marcelo Colombo, reclamó al gobierno del presidente Javier Milei medidas ante el aumento de la morosidad y el endeudamiento de las familias argentinas.
“Alguna solución tiene que haber en cuanto al menos poner criterios en la contracción de las deudas o buscar la forma de discutir cuánto del monto del sueldo de alguien se puede gastar”, afirmó Colombo al medio Radio Mitre Mendoza.
También cuestionó la idea de tratar el sobreendeudamiento como un problema puramente individual, sosteniendo que no puede responderse con “no nos interesa” o “que se arreglen”, cuando millones de personas afrontan simultáneamente problemas de pago, la cuestión deja de ser solamente una suma de malas decisiones privadas y adquiere una dimensión pública.
Su planteo se apoya en tres ejes. El primero es la prevención para discutir “cuánto del monto del sueldo” puede alguien gastar, mediante el establecimiento de criterios que determinen qué proporción de los ingresos de una persona o un hogar puede destinarse al pago de una cuota. El segundo es la protección frente al sobreendeudamiento, con límites a las llamadas deudas “leoninas”, derivadas de contratos de crédito extremadamente desventajosos para quien los toma, sumado a las deudas “a gotas”, con pequeñas obligaciones que se van acumulan hasta volver imposible el pago.
El tercero es la respuesta social, que reconoce que muchos hogares recurren al endeudamiento para sostener consumos esenciales y, como consecuencia, terminan recortando otros gastos básicos.
Además, Colombo relacionó la facilidad de endeudarse mediante billeteras digitales con la preocupación eclesial por las apuestas en línea. No destacó que toda deuda fintech provenga del juego, solo señaló que la contratación instantánea, el crédito dentro del teléfono y determinados consumos compulsivos pueden combinarse y agravar situaciones de vulnerabilidad.
La intervención se produjo después de que el Estado nacional rechazara una asistencia estatal general y caracterizara la morosidad principalmente como una cuestión “entre privados”. Milei sostuvo que no había elementos para atribuir el aumento de la mora a la política oficial, siendo que su propia gestión hizo arreglos directos de refinanciación entre entidades y clientes.
“El privado cuando se organiza resuelve por su cuenta lo que el Estado no puede”, señaló Milei, en el Congreso Americano de la FIA, agregando que “no hay elementos para culpar a la política del Gobierno” por la morosidad en aumento.
La preocupación tiene respaldo cuantitativo, aunque las cifras difundidas no siempre miden exactamente lo mismo. En el sistema bancario, la mora de las financiaciones a familias pasó de 10.6% en enero de 2026 a 11.2% en febrero, 11.5% en marzo, 12.1% en abril y 12.8% en mayo; en junio se mantuvo alrededor de ese nivel según el último Informe sobre Bancos del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Este porcentaje no quiere decir que el 12.8% de todas las familias argentinas esté en mora. Es un ratio de irregularidad de la cartera, donde se relaciona saldo de préstamos clasificados como irregulares con el financiamiento computado en ese segmento. La cantidad de personas afectadas es otra medición.
Un procesamiento de la Central de Deudores publicado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) contabilizó en junio 20.96 millones de deudores entre bancos y billeteras y 5.91 millones con algún incumplimiento. El cuadro es más grave fuera de la banca tradicional. CEPA estimó una mora de 30.1% entre las familias financiadas por billeteras o proveedores no financieros en junio, frente al 12.8% bancario; además, préstamos personales y tarjetas concentraban 64.3% del monto prestado a familias en mayo.
“No creemos que sea necesario que el Estado intervenga, cada vez que intervino en algo las cosas terminaron peor”, destacó el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, ratificando que el Gobierno no intervendrá en la situación de las familias endeudadas. Asimismo subrayó que “la mora empezó a bajar” y es un “dato”.
¿La mora bajó?
El último informe oficial disponible indicó que la irregularidad total del crédito privado bajó de 7.7% en mayo a 7.6% en junio, mientras la mora bancaria de las familias se ubicó en 12.8%; estimaciones privadas basadas en la Central de Deudores la calcularon en 12.7%, una décima menos que en mayo.
Por lo tanto, es razonable decir que el deterioro dejó de acelerarse en el último dato bancario, pero todavía no que la crisis se haya revertido. Una variación de una décima después de una larga sucesión de aumentos puede ser un punto de estabilización, no una tendencia consolidada. No obstante, la mora no bancaria seguía creciendo y rondaba el 33% en junio de acuerdo datos procesados por la consultora 1816.
— Evolución de la morosidad bancaria en Argentina entre noviembre de 2023 y junio de 2026, con un punto de inflexión en el segmento familiar en octubre de 2024 hasta alcanzar el 12.8% en junio de 2026
En Diputados existirían decenas de proyectos para afrontar la problemática. Las iniciativas incluyen refinanciaciones, quitas de punitorios, límites de tasas, suspensión temporal de ejecuciones, protección de salarios, mediación y normas de crédito responsable; la oposición convocó una sesión para el 9 de septiembre, pero, al no existir dictámenes, su objetivo inmediato es emplazar a las comisiones y fijar el tratamiento, no aprobar automáticamente una moratoria.
Martín Menem menospreció los proyectos que la oposición impulsa sobre el tema, diciendo que “buscan desestabilizar la economía”.
La mora no responde a una única causa. La explicación más razonable siempre surge de la combinación de distintos factores que pueden interactuar y agravarse entre sí. Uno de ellos es la insuficiencia de ingresos. Cuando el salario disponible ya no alcanza para cubrir alimentos, tarifas, alquiler, transporte o salud, el crédito deja de utilizarse para financiar una compra extraordinaria y empieza a funcionar como un sustituto del ingreso corriente.
A esto se suma el costo del financiamiento. Tasas de interés, comisiones, seguros, punitorios e impuestos pueden hacer que una obligación inicialmente manejable crezca con rapidez. En el ultimo relevamiento disponible de junio de 2026, el BCRA informó tasas efectivas anuales de referencia elevadas para los préstamos personales y las tarjetas de crédito.
Otro factor es la acumulación fragmentada de deudas. Una misma persona puede acceder a pequeñas líneas de financiamiento ofrecidas por distintos proveedores, cada uno de los cuales observa apenas una parte de su situación. El verdadero nivel de endeudamiento aparece cuando se suman los saldos de la tarjeta, los préstamos bancarios, los adelantos y el crédito otorgado por billeteras digitales.
Por último, existen acontecimientos personales capaces de alterar de manera abrupta la capacidad de pago. La pérdida o reducción del empleo, una enfermedad, una separación o un gasto imprevisto pueden convertir en impagable una deuda que, al momento de ser contraída, resultaba razonable.
Murió a los 82 años. Firmó su propia alta para volver al aire, condujo en silla de ruedas y dejó dos valijas hechas para viajar al Mundial. La despedida de Crónica al periodista que le enseñó a preguntar.
La Fiscalía santafesina acusó a Mariano Ríos Artacho de liderar un esquema destinado a retirar fondos de causas penales mediante prestanombres y reposiciones temporales para evitar que los faltantes fueran detectados.
Se trata de Ángel Rossi, cardenal desde 2023 y elector en el cónclave que eligió a León XIV. El arzobispo también ironizó sobre los millones que el Gobierno dice haber sacado de la pobreza.