El fiscal Diego Luciani: “Para nosotros está demostrado que hubo una asociación ilícita y vamos a apelar”

El fiscal del caso Vialidad habló del fallo condenatorio contra la Vicepresidente y confirmó que pedirá una pena más alta.
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En diálogo con el medio Infobae, el fiscal Diego Luciani adelantó que pedirá una condena más alta para Cristina Fernández de Kirchner y también apelará a la absolución de Julio De Vido. Además, no coincidió con el Tribunal Oral Federal Nº 2 quienes desestimaron la vinculación de CFK como jefa de una asociación ilícita.

“Para nosotros está comprobada la asociación ilícita. Y vamos a apelar. Queremos revertir esa mirada que se instaló en tribunales de que en las causas de corrupción no aplica la asociación ilícita”.

El veredicto contra los acusados dentro de la causa Obras Públicas – Vialidad

El fiscal calificó la absolución de De Vido como “ilógico”: “¿Cómo puede ser que Cristina Kirchner formó parte y que José López, secretario de Obras Públicas, formó parte y que De Vido no esté cuando el Tribunal entiende que hubo una colosal maniobra?”, se preguntó. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”.

Para que el fiscal de la Causa Vialidad pueda avanzar con las apelaciones y el pedido del incremento de la condena para Cristina Fernández de Kirchner, debe esperar hasta marzo para conocer los fundamentos concretos de los jueces, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente.
El fiscal Diego Luciani pedirá una condena mayor para la Vicepresidente

Basso sí apoyó el criterio de la fiscalía al avalar que existió una asociación ilícita, pero sus pares no estuvieron de acuerdo. En paralelo, el Ministerio Público ya está preparando sus propios argumentos en base a lo que ya se plasmó en el alegato.

Para el Ministerio Público, está claro “cómo funcionó el sistema de corrupción más grave que se haya verificado en la historia de nuestro país, en el que se avasallaron groseramente los principios de la contratación pública (igualdad de trato, competencia, concurrencia, publicidad y transparencia, entre otros) y que tiene consecuencias sociales, económicas y políticas nocivas hasta el día de hoy“.

El descargo de CFK luego de que le dictaran la condena

En ese contexto, Luciani reafirmó que las pruebas expuestas en el juicio “confirman la existencia de un sistema corrupto que se ha enquistado en la contratación pública argentina” e “interpela a toda la clase dirigente para depurar el sistema de contratación pública, tan contaminado de abusos, arbitrariedades, discrecionalidad, intereses ilegales y mezquindades”.

“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ‘Stancanelli’ de la Corte menemista que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, confirmó Luciani horas después de conocerse la sentencia.

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Por primera vez en la historia, las cinco fuerzas federales protestarán juntas por los bajos sueldos

Las cinco fuerzas federales de seguridad convocaron una protesta conjunta para el 2 de abril en reclamo por los bajos salarios y el empeoramiento de sus condiciones laborales. La manifestación consistirá en un abrazo solidario al Edificio Centinela, sede central de la Gendarmería Nacional en el barrio porteño de Retiro (Capital Federal), y reunirá, por primera vez en la historia, a integrantes de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Servicio Penitenciario Federal.

La convocatoria se fijó para las 11 e incluyó también a familiares y allegados de los efectivos. La elección de la fecha incorporó, además, una dimensión simbólica, ya que coincidió con el aniversario número 44 del inicio de la Guerra de Malvinas.

El eje principal del reclamo estuvo vinculado con la cuestión salarial. Los uniformados denunciaron que el último aumento se otorgó a fines de 2025 y advirtieron que, en numerosos casos, los haberes quedaron por debajo de la línea de pobreza. Ese desfasaje los obligó a buscar ingresos complementarios, ya fuera mediante horas adicionales por fuera de la jornada habitual o a través de trabajos extra, como manejar un Uber, para sostener la economía doméstica.

En ese marco, dentro de las propias fuerzas se subrayó una contradicción entre la narrativa oficial y la experiencia concreta de los agentes. Mientras el Gobierno sostuvo que busca “cuidar a quienes nos cuidan”, los efectivos afirmaron que los salarios y las condiciones laborales se deterioraron de manera progresiva.

A la crisis salarial se sumó el conflicto por la cobertura médica. La situación de la obra social Iosfa se convirtió en otro de los principales focos de malestar entre los uniformados. De acuerdo con las informaciones difundidas, la entidad acumuló una deuda millonaria, recortó prestaciones y redujo la entrega de medicamentos, una combinación que dejó a miles de afiliados y a sus familias sin cobertura o con un acceso severamente limitado a la atención de la salud.

La protesta también activó una preocupación política creciente dentro de la Casa Rosada, donde se intensificaron los cuestionamientos contra la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva. En el oficialismo la describieron como una funcionaria de perfil académico, pero sin capacidad de conducción operativa sobre las fuerzas. 

El antecedente de Córdoba profundizó esas dudas dentro del Gobierno. Algunos funcionarios recordaron que Monteoliva estuvo al frente del Ministerio de Seguridad provincial cuando, el 3 y 4 de diciembre de 2013, la Policía cordobesa se acuarteló y la capital provincial atravesó horas de saqueos y una situación de extrema tensión. Después de ese episodio, la funcionaria dejó el cargo.

A ese cuadro se añadió una interna política con efectos sobre la cadena de mando. Monteoliva decidió alinearse con Karina Milei en la disputa con su ex jefa política, la actual senadora Patricia Bullrich. Durante su paso por el Ministerio de Seguridad, Bullrich benefició a la cúpula de la Gendarmería por su vínculo con el jefe de la fuerza, Claudio Miguel Brilloni, una decisión que generó malestar en los rangos bajos y resentimiento en el resto de las fuerzas, que se consideraron desplazadas. 

El padre de Martín Menem cobra una jubilación de $41 millones tras ganarle un juicio al Estado

Eduardo Menem, ex Senador padre del actual presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, logró una victoria judicial definitiva que le garantiza un haber mensual de 41 millones de pesos. La cifra es escandalosa no sólo por su magnitud, sino por el mecanismo que la permitió: una sospechosa inacción de la ANSES que, bajo la actual gestión, dejó vencer los plazos de apelación.

Este beneficio representa casi cuatro veces el sueldo de un Senador en actividad, los mismos $11 millones que el oficialismo utiliza para fustigar a la oposición. Gracias a la falta de impugnación de ANSES, el ex legislador también se aseguró un retroactivo de 1.500 millones de pesos. Esta suma equivale a 136 dietas legislativas actuales, pagaderas por el Estado en un solo desembolso.

La maniobra se originó en una “notificación nocturna” en el portal oficial. La ANSES de Milei dejó pasar el plazo legal para apelar, permitiendo que el fallo de la Corte quedara firme en el primer trimestre de 2024. Mientras el Ejecutivo concentra sus ataques mediáticos en el Senado, bajo su propia órbita se habilitaba el drenaje de fondos más importante hacia una de las familias que hoy detenta el poder.

Javier Milei, “Lule” Menem (mano derecha de Karina Milei) y Eduardo Menem.

La promesa que nunca llegó

La inacción de la ANSES no es la única contradicción en este tablero: durante la campaña de 2021, Javier Milei sostenía que el “principio de revelación” expondría a quienes se aferraran a sus dietas. En enero de 2022, el propio Javier Milei aseguró en una entrevista en YouTube con quien suscribe —Augusto Grinner—, que ya tenía preparado el proyecto de ley para permitir la renuncia voluntaria a los haberes legislativos, prometiendo su presentación para marzo de ese mismo año.

Cuatro años después de aquel anuncio, y transitando ya el primer semestre de 2026, el proyecto nunca fue ingresado al Congreso. Ni el Presidente cuando fue Diputado, ni ninguno de los legisladores que integran hoy su bloque, han formalizado la iniciativa. Esta omisión legislativa adquiere una gravedad institucional distinta cuando se analiza el trato diferencial que recibe la cúpula del poder oficialista frente a los haberes de la seguridad social.

Mientras la “motosierra” se detiene frente al beneficio de $41 millones mensuales más el retroactivo de casi $1.500 millones del clan Menem, el Ejecutivo utiliza la retórica de la austeridad para fustigar a la presidencia del Senado. El contraste es total: un silencio administrativo que favorece al entorno familiar del presidente de la Cámara de Diputados, frente a un ataque mediático constante contra Villarruel, quien irónicamente fue la única que habilitó un mecanismo administrativo real para que cada Senador pudiera renunciar voluntariamente a cobrar su aumento; esto sucedió en abril de 2024 mediante una resolución de presidencia del Senado, luego de la votación de aumento de dietas fijado por los Senadores.

Jubilados en protestas por cobrar cien veces menos que Eduardo Menem.

El blindaje de la Constitución frente al ataque coordinado

La ofensiva mediática contra Victoria Villarruel ignora deliberadamente la arquitectura legal del país. Según los artículos 56 y 57 de la Constitución Nacional —cuyo espíritu liberal fue moldeado por el propio Juan Bautista Alberdi—, la Vicepresidente no tiene la potestad de anular por decreto una votación soberana del cuerpo de Senadores. Haberlo intentado habría configurado un abuso de autoridad, dándole al kirchnerismo la excusa perfecta para iniciarle un juicio político inmediato.

Incluso la sugerencia oficialista de que debería haberse ausentado de la sesión carece de sustento práctico: la Constitución prevé el reemplazo automático por el Presidente Provisional del Senado (art. 58 de la CNA), por lo que el resultado habría sido idéntico. Villarruel optó por la vía institucional y, como se mencionó, dictó una resolución que habilitó un formulario de renuncia voluntaria al aumento. Fue la única funcionaria que ofreció una salida ética y legal a los legisladores sin romper el orden constitucional.

Este respeto a las formas republicanas es lo que hoy se le recrimina, mientras se guarda un silencio absoluto sobre la falta de apelación en el caso Menem.

Victoria Villarruel y Javier Milei ya en una época de tensión entre ambos.

El triunfo de la genealogía sobre el mérito

El escenario actual deja al descubierto una grieta profunda en la narrativa de La Libertad Avanza. Por un lado, se utiliza la figura de la Vicepresidente como blanco de ataques para canalizar el descontento social por las dietas legislativas; por el otro, el círculo más cercano al poder central se beneficia de una estructura estatal que, lejos de ser “ajustada”, funciona con una precisión quirúrgica cuando se trata de favorecer al linaje propio.

La diferencia de trato es obscena: mientras un Senador que trabaja debe enfrentar el escarnio público por $11 millones, la inacción de la ANSES permite que, quien no ejerce cargos públicos desde hace años, perciba casi cuatro veces más que un Senador activo.

En definitiva, el anunciado “principio de revelación” terminó operando sobre el propio Ejecutivo. Se reveló un gobierno que castiga el respeto a las formas constitucionales de Villarruel, pero premia con $1.500 millones el reclamo de un Menem contra el Estado.

Para dimensionar el impacto: los $41 millones mensuales de Eduardo Menem equivalen a 107 jubilaciones mínimas. Por su parte, el retroactivo de $1.500 millones representa el pago de un mes entero para 3.944 jubilados de la mínima. En un contexto de ajuste severo, la vigencia de esta jubilación de privilegio demuestra que el Estado sigue priorizando los beneficios de la casta por sobre el resto de los argentinos.

La casta no parece haber desaparecido; simplemente ha cambiado de nombre. O más bien, ha recuperado sus nombres históricos.

* Por Augusto Grinner

El hijo de la diputada libertaria Lorena Villaverde fue denunciado por amenazar a sus compañeros: “Los voy a matar a todos”

El hecho ocurrió en el colegio secundario Estación Limay de Cipolletti, Río Negro, cuando un alumno de segundo año, hijo de la diputada nacional de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, amenazó de muerte a sus compañeros, declarando que iría al colegio con un arma para matarlos.

“Los voy a matar a todos”, afirmó el menor advirtiendo a sus compañeros, según fuentes vinculadas a la acción preventiva. La amenaza generó pánico inmediato entre estudiantes y familias, muchas de las cuales se presentaron masivamente al colegio para retirar a sus hijos.

La directora del establecimiento radicó de inmediato una denuncia formal en la Comisaría Cuarta, lo que desencadenó un operativo judicial, policial y de protección de menores. En las próximas horas se definirán los pasos a seguir respecto a la escolaridad del menor y el acompañamiento psicológico para el grupo afectado.

Según relató la madre de uno de los estudiantes amenazados, el episodio tuvo lugar durante el recreo, cuando el adolescente intimidó a varios compañeros, incluso señalándolos individualmente. También habría mostrado previamente una imagen del arma de fuego que supuestamente llevaría.

Ante la gravedad de la situación, se activó el protocolo preventivo institucional y la Fiscalía N°1, a cargo de la fiscal subrogante Eugenia Vallejos, ordenó medidas urgentes.

Las instituciones que intervinieron fueron la Policía de Río Negro, que desplegó patrullajes en los alrededores del colegio, ubicado en la calle Ingeniero Krause 450; la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que actuó en el marco del protocolo para menores de edad; y la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que se incorporó al seguimiento del caso.

A pesar de la amenaza, el colegio mantuvo sus clases con custodia policial permanente en el edificio, aunque el alumno involucrado no asistió a clases mientras dura la investigación.

– La escuela Limay de Cipolleti

Este episodio se produce en un momento de fuerte alarma social en Argentina por la violencia en las escuelas. El caso más grave ocurrió el 24 de marzo de 2026 en San Cristóbal, Santa Fe, donde un alumno de 15 años ingresó con una escopeta a su colegio y mató a un compañero de 13 años (Ian Cabrera), hiriendo a otros.

Tras esa masacre, proliferaron en varios puntos del país amenazas de ataques similares. En Lanús, el Federal Bureau of Investigation (FBI) alertó sobre un menor que planeaba un tiroteo. En Sunchales, fue detenido otro adolescente con amenazas por redes sociales y un revólver en su casa. La amenaza en Cipolletti se inscribe en este clima de tensión e imitación que recorre las aulas argentinas.

Por consiguiente, un grupo de madres y padres se autoconvocó frente al establecimiento para exigir respuestas y una intervención de fondo ante lo que consideran un síntoma de violencia creciente. El Colegio Estación Limay es una institución privada de gestión pública con décadas de historia en Cipolletti, que ya había vivido episodios de conflictividad interna en años anteriores.

El menor es inimputable por su edad

Un dato central del caso es que el adolescente tiene 13 años, por lo cual bajo la legislación vigente es no punible, es decir, no puede ser sometido a proceso penal ni recibir condena como un adulto. Esto se da en un contexto de debate nacional muy caliente.

“Se dio intervención inmediata a los organismos de protección para salvaguardar tanto al menor como al resto de la comunidad educativa”, destacaron desde la Justica.

El Congreso aprobó en marzo de 2026 un nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años, pero esa norma no entrará en vigencia hasta 180 días después de su publicación oficial, por lo que todavía no es aplicable. El menor quedó bajo la tutela y monitoreo de organismos de niñez, no del sistema penal.

Lore Villaverde on X (formerly Twitter): “Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV / X”

Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV

Según trascendió a medios locales, la amenaza no surgió de la nada, sino que habría sido el punto culminante de una relación agresiva que comenzó en 2025, cuando el grupo cursaba primer año. El acoso escolar aparece como el contexto que habría precipitado la amenaza.

La propia madre del adolescente (la funcionaria Villaverde) emitió un comunicado en el que afirmó que su hijo fue “víctima de hostigamiento y agresiones verbales reiteradas” desde el año pasado, y que había solicitado previamente reuniones con las autoridades del colegio para que se interviniera. Aclaró que lo ocurrido “no está justificado”, pero enmarcó el hecho en ese historial de maltrato. Las autoridades del colegio realizarán un trabajo interdisciplinario sobre la convivencia del grupo.

¿Quién es Lorena Villaverde?

La diputada es una de las figuras más polémicas dentro del espacio libertario. Llegó a la Cámara baja en diciembre de 2023 como representante de LLA por Río Negro y, aunque fue electa senadora nacional en las legislativas de 2025, decidió no asumir esa banca en medio de un escándalo por sus vínculos con el narcotráfico, por lo que permanece en Diputados hasta 2027.

A ello se suma una causa judicial en Estados Unidos por tráfico de cocaína, que ella misma habría admitido en sede judicial argentina en 2012, además de embargos por más de 31 y 40 millones de pesos en causas vinculadas con la venta fraudulenta de terrenos en Las Grutas. En los últimos meses también fue señalada por haber accedido a un crédito hipotecario del Banco Nación en circunstancias que legisladores opositores consideran irregulares.

La Justicia multó a LLA de Corrientes por no rendir cuentas sobre gastos de campaña

El Juzgado Federal N°1 de la provincia de Corrientes sancionó a La Libertad Avanza (LLA) por no haber presentado el informe final de los gastos de campaña de las elecciones del 26 de octubre de 2025. La resolución impone una pena económica y congela los fondos que el Estado le transfiere al partido, un sacudón político en plena arena electoral.

La decisión fue comunicada formalmente tanto a la Cámara Nacional Electoral como a la Dirección Nacional Electoral (DINE), lo que la elevó de una cuestión distrital a un expediente con seguimiento federal.

La resolución judicial contempla tres medidas especialmente severas. Por un lado, impone una multa económica equivalente al 20% de los aportes públicos destinados al funcionamiento del partido en el distrito, una sanción que recae sobre los recursos del Fondo Partidario Permanente que el gobierno distribuye mensualmente para el sostenimiento de las actividades ordinarias.

Además, establece la suspensión cautelar de todo tipo de financiamiento estatal mientras persista la transgresión, una disposición de carácter provisional pero de efecto inmediato que puede ser levantada si la situación se regulariza.

A esto se suma una intimación de 15 días para que los apoderados presenten el informe adeudado, bajo apercibimiento de perder de manera definitiva el acceso a los fondos públicos en caso de no cumplir dentro del plazo fijado.

– Lisandro Almirón

Si el partido no regulariza la situación dentro del plazo fijado desde el 8 de abril, la ley habilita al juez a declarar “no acreditados” el origen y destino de los fondos de campaña. Se trata de una sanción con consecuencias graves, ya que significa que la Justicia Electoral considera que LLA no puede justificar cómo obtuvo o en qué gastó el dinero de su campaña. En casos más graves, la ley también prevé la pérdida del derecho a recibir financiamiento público por hasta cuatro años, según el artículo 62 de la norma.

La Ley 26.215 estipula un régimen escalonado de sanciones en función del tiempo que el partido lleve sin presentar el reporte. Si la mora es de hasta 30 días, corresponde una multa equivalente al 10% de los aportes públicos electorales.

Cuando el incumplimiento se extiende entre 31 y 90 días, la sanción se duplica y pasa al 20%. En los casos en que la demora supera los 90 días, la norma dispone la suspensión cautelar de todos los aportes públicos y una intimación de dos semanas para que la situación sea regularizada.

¿Qué candidatos estaban en juego?

En las elecciones del 26 de octubre de 2025 en Corrientes se renovaron tres bancas de diputados nacionales. La lista de LLA fue encabezada por Virginia Gallardo, acompañada por Isidro Gapel Redcozub. LLA obtuvo el 32,68% de los votos, muy cerca del oficialismo provincial “Vamos Corrientes” con 33,91%, y se llevó una de las tres bancas en disputa. Fue considerado un resultado sorprendente, dado el fuerte crecimiento del partido en la provincia respecto a las PASO del 31 de agosto.

Las elecciones fueron el 26 de octubre de 2025. La resolución se firmó el 8 de abril de 2026, es decir, unos cinco meses y medio después. Eso ubica el incumplimiento claramente en la franja de “más de 90 días”, lo que explica la multa del 20% y la suspensión simultánea de los fondos. En síntesis, LLA de Corrientes no solo llegó tarde, sino que directamente no presentó el balance económico.

– Lisandro Almirón e Isidoro Gapel Redcozub

La decisión judicial no cae en el vacío. Corrientes tuvo dos elecciones en 2025, con las provinciales del 31 de agosto (donde el armado del exgobernador Gustavo Valdés ganó cómodamente la gobernación con más del 51%, y LLA con Lisandro Almirón apenas obtuvo alrededor del 9.5%) y las nacionales del 26 de octubre, donde LLA se recuperó notoriamente. La sanción se conoce en un momento en que el espacio libertario sigue construyendo su estructura orgánica en la región norte.

Este tipo de sanciones no es exclusivo de LLA, debido a que desde 2013 hasta 2021, la Justicia Electoral aplicó más de 1.500 sanciones a distintas agrupaciones por irregularidades en los informes de campaña, con un récord de 479 sanciones solo en 2021. Lo que llama la atención en este caso es que afecta al oficialismo, cuya imagen pública se construyó en parte sobre la bandera de la transparencia y el recorte.

La medida se enmarca en una estructura donde todo partido político que compita por cargos nacionales está obligado por la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos a rendir ante la Justicia Electoral dos presentaciones contables. Uno previo (antes de la elección) y uno final (después), detallando todos los ingresos recibidos y los gastos realizados durante el proceso electoral.

Esta rendición debe presentarse utilizando una plataforma oficial de INFIPP, provista por la Cámara Nacional Electoral, debe incluir también los gastos en redes sociales y plataformas digitales. La legislación obliga a identificar el origen de cada peso, ya fuera en concepto de donaciones, aportes públicos u otros ingresos específicos.

La UIF escondió sanciones antiguas de lavado de dinero tras un pedido del Banco Hipotecario de Elsztain

La Unidad de Información Financiera (UIF) restringió el acceso público a las resoluciones de sanciones antiguas luego de un pedido formal del Banco Hipotecario, entidad presidida por Eduardo Elsztain. La decisión, revelada por elDiarioAR, implicó que desde el lunes pasado dejaran de figurar en el buscador principal los textos completos de multas firmes con más de cinco años de antigüedad, que hasta la semana anterior podían consultarse online sin restricciones.

El cambio no eliminó esos antecedentes del sitio oficial, pero sí les quitó visibilidad. Ahora, las sanciones más viejas quedaron relegadas a un apartado secundario bajo la leyenda “Acceso al registro histórico de sanciones”. Allí solo aparece el listado, sin enlace para abrir cada resolución. Quien quiera conocer el contenido de esos expedientes debe iniciar un trámite formal por la vía de acceso a la información pública.

La modificación tuvo un efecto concreto sobre el propio Hipotecario. Entre las sanciones que dejaron de estar disponibles en forma abierta quedó la multa firme aplicada al banco en 2019, que ya no aparece con el mismo nivel de exposición que tenía hasta hace unos días. El planteo de la entidad apuntaba precisamente a ese punto: evitar que resoluciones antiguas, fácilmente localizables a través de buscadores de Internet, siguieran generando un daño reputacional ante inversores o actores del sistema financiero internacional.

Desde el Ministerio de Justicia, que controla la UIF, defendieron la medida con un argumento preventivo. Según la explicación citada por citado medio, se decidió “ajustar la información publicada” para evitar futuros planteos vinculados al llamado “derecho al olvido” y eventuales reclamos por daños y perjuicios. La cartera está a cargo de Juan Bautista Mahiques, quien llegó al puesto por impulso de Karina Milei, en medio de la interna oficialista y del avance de causas sensibles para el Gobierno.

En términos jurídicos, la modificación no altera el valor de esas sanciones antiguas. Antes y después del cambio, las multas con más de cinco años de antigüedad seguían funcionando como antecedente para inspecciones del organismo, aunque ya no podían utilizarse para agravar nuevas sanciones. El punto sensible pasa por otro lado: la exposición pública de esos castigos y su impacto sobre la imagen de las entidades alcanzadas.

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Ese aspecto no es menor en materia de prevención del lavado. La publicidad de las sanciones también opera como castigo reputacional, un componente especialmente valorado por los estándares internacionales. En países como la Argentina, donde las multas suelen ser bajas y las condenas penales por lavado casi no aparecen, esa dimensión adquiere todavía más peso.

Por eso el tema se conecta con las observaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que evalúa a sus miembros no solo por el diseño formal de sus normas, sino también por la eficacia real de sus mecanismos de control. En ese frente, la Argentina ya arrastra otros puntos de tensión: la elevada rotación en la conducción de la UIF durante la gestión de Javier Milei, con cuatro jefes en poco tiempo, uno de los cuales ni siquiera llegó a asumir, y la postulación de Matías Álvarez, impulsado por Mahiques, que todavía debía atravesar la audiencia pública correspondiente. A eso se suma el impacto de la Ley de Inocencia Fiscal, que relajó el control antievasión tributaria, pero no el antilavado.

La decisión de restringir el acceso a las resoluciones antiguas no fue adoptada por Álvarez, sino por el vicepresidente de la UIF, Santiago González Rodríguez, identificado con la línea de Santiago Caputo, hoy en retroceso dentro de distintos organismos del Estado. Tampoco surgieron objeciones desde el Ministerio de Justicia ni desde el entorno de la Secretaría General de la Presidencia.

El movimiento se produjo, además, en un contexto de cercanía política y personal entre Milei y Elsztain. Durante la campaña presidencial de 2023, el entonces candidato libertario se alojó en el Hotel Libertador, propiedad del empresario. Ese mismo año ambos viajaron juntos a Nueva York para visitar la tumba del rabino Menachem Mendel Schneerson, referente espiritual del movimiento Jabad Lubavitch.

Según la investigación de elDiarioAR, no trascendieron negocios estatales directos que hayan favorecido a las empresas de Elsztain durante la administración libertaria. De todos modos, el empresario conserva un peso específico en el mundo financiero y corporativo. A través de firmas como IRSA y Cresud, además, avanzó en inversiones mineras en San Juan y Salta, dentro de un sector beneficiado en términos generales por los cambios sobre la Ley de Glaciares, aunque sin precisiones oficiales sobre el impacto puntual en cada proyecto.

El nuevo esquema de publicación también dejó expuesta una inconsistencia en el criterio aplicado por la UIF. En la sección de sanciones todavía visibles figuran antecedentes de BBVA de 2023, pero también aparecen casos anteriores al supuesto corte de cinco años, como Galicia, cuya sanción es de 2010, y Macro, con una resolución de 2020. En cambio, dentro del archivo histórico y ya sin acceso al detalle quedaron Patagonia con una multa de 2018, Supervielle con una de 2014 y Comafi con una de 2018.

*Con información de elDiarioAR (Alejandro Rebossio)

Santa Fe | Jueces garantistas aflojaron controles en cárceles y un condenado a 37 años estuvo ocho meses prófugo sin que nadie lo buscara

La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.

En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.

Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.

A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.

El testimonio de Nanni

La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.

La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.

Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.

Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.

La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.

Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013

El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.

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