Denunciaron al ex asesor de Alberto Fernández por abusar sexualmente de un menor

Se trata del ex jefe de asesores del Presidente, Antonio Aracre, quien renunció a su cargo el 18 de abril de este año luego de un malentendido con la Portavoz y el Ministro de Economía. Ahora, el domicilio del exfuncionario fue allanado y se secuestraron frazadas, ropa interior y teléfonos.
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Este fin de semana el entorno del presidente Alberto Fernández volvió a ser salpicado con una denuncia por abuso sexual. En esta oportunidad por el ex jefe de asesores del Jefe de Estado, Antonio Aracre.

Según denunció la víctima, un joven menor de 17 años, el acusado lo ultrajó en contra de su voluntad en su departamento. Por ello, este domingo las fuerzas realizaron un allanamiento en el domicilio del ex CEO de Sygenta y se llevaron frazadas, sábanas, toallas, ropa interior y teléfonos celulares.

El ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa, junto al ex funcionario denunciado por abuso sexual, Antonio Aracre

En la descripción judicial que brindó la presunta víctima, el hecho se concretó en un departamento en el piso octavo de una nueva torre de lujo en la calle Arévalo en Colegiales, a donde Aracre lo habría llevado tras encontrarse con él en el bar London cercano a Plaza de Mayo para “una entrevista de tipo político”. Al relato, el joven sumó que ya se conocían, pero que mantenían una relación únicamente profesional.

El caso recayó en el Juzgado N°32 de Santiago Quian Zavalía, el mismo que elevó el juicio a Jonathan Frabbro, denunciado por violar a su ahijada. Zavalía ordenó una serie de medidas para avanzar prontamente con la investigación. En esa seguidilla se pidió la declaración de los policías que tomaron la denuncia, la declaración del médico que revisó a la víctima tras el hecho, un examen físico y una serie de hisopados al menor.

Antonio Aracre, ex jefe de Asesores del presidente Alberto Fernández

Además, también se solicitaron los archivos de las cámaras de seguridad de la zona, incluyendo el bar donde se reunieron previo al traslado al departamento de Aracre. En el bar, según la denuncia, también estuvo presente el novio de la víctima, un joven de 18 años. El juez pidió también que declare este testigo que podría ser clave, así como la madre del joven supuestamente abusado.

Por el momento, Aracre no fue detenido y aún no trascendió si el Juzgado N°32 ordenó su arresto. En paralelo, el Gobierno no ha hecho declaraciones sobre el ex funcionario, tampoco sobre la denuncia.

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Jubilaciones VIP: la contradicción del discurso anticasta que choca con las cajas del poder

El ajuste fiscal sobre los ingresos de la población contrasta con la vigencia ininterrumpida de un esquema de excepción diseñado por y para la clase política. Las asignaciones vitalicias no constituyen un beneficio previsional ordinario, sino un régimen regulado por la Ley 24.018 que no exige años de aportes ni una edad mínima para su cobro. Concebidas formalmente como un reconocimiento al mérito y al honor, estas liquidaciones garantizan haberes equivalentes a las remuneraciones de la cúpula del Poder Judicial de la Nación.

La distancia entre estos ingresos y la realidad del ciudadano común expone una brecha insalvable. Un solo haber mensual de la nómina de exmandatarios equivale a varias decenas de jubilaciones mínimas del sistema general y supera por multiplicadores de dos dígitos al Salario Mínimo, Vital y Móvil de un trabajador formal. Se trata de un nivel de ingresos blindado ante la inflación que se financia de manera directa con los recursos del Tesoro Nacional.

A esta asimetría se suma la paradoja que atraviesa a la propia administración pública en funciones. Mientras los salarios del presidente Javier Milei y de la vicepresidenta Victoria Villarruel se encuentran congelados en torno a los 4 y 5 millones de pesos brutos por decisión política, los exmandatarios percibientes de este régimen duplican, triplican y hasta quintuplican esos montos sin ejercer función alguna.

La nómina de la abundancia

El Estado nacional liquida un total bruto de $219.926.637 mensuales para sostener 12 asignaciones vitalicias vigentes. La cifra equivale a más de 387 jubilaciones mínimas abonadas en un solo mes a este reducido grupo de 12 personas.

Expresidentes

· Alberto Fernández: $26.092.447 (46 jubilaciones mínimas).

· Mauricio Macri: $25.043.153 (44 jubilaciones mínimas).

· Adolfo Rodríguez Saá: $23.999.253 (42 jubilaciones mínimas).

· María Estela Martínez de Perón: $12.936.493 (23 jubilaciones mínimas).

Exvicepresidentes

· Marta Gabriela Michetti: $18.192.138 (32 jubilaciones mínimas).

· Julio César Cleto Cobos: $17.999.446 (32 jubilaciones mínimas).

· Daniel Osvaldo Scioli: $12.486.621 (22 jubilaciones mínimas).

Familiares

· Zulema Yoma (viuda de Carlos Menem): $20.618.733 (36 jubilaciones mínimas)

· Inés Pertiné (viuda de Fernando de la Rúa): $17.561.990 (31 jubilaciones mínimas).

· Bety Nelly Andrés (viuda de Roberto Levingston): $16.214.248 (29 jubilaciones mínimas).

· Cristina Fernández (pensión percibida por Néstor Kirchner): $16.090.877 (28 jubilaciones mínimas).

· Amalia Carmen Guido (hija de José María Guido): $12.691.238 (22 jubilaciones mínimas).

Daniel Scioli como vicepresidente de Néstor Kirchner.

Expedientes bajo la lupa

Detrás de la nómina millonaria se esconden particularidades operativas y giros judiciales que pintan la discrecionalidad del sistema. En el caso de Alberto Fernández, ANSES le retiene mensualmente el 30% de su haber bruto por una orden judicial destinada al pago de la cuota alimentaria de su hijo menor, Francisco. Por su parte, Mauricio Macri sostiene públicamente la donación parcial de su asignación a la fundación Margarita Barrientos, mientras que Adolfo Rodríguez Saá cobra varios millones de pesos al mes por un mandato interino de apenas siete días en diciembre de 2001, a diferencia de sus sucesores Ramón Puerta y Eduardo Camaño, quienes renunciaron formalmente a tramitar el beneficio.

El apartado de los exvicepresidentes expone irregularidades institucionales y amparos de largo alcance. Daniel Scioli percibe su jubilación como exvicepresidente mientras ejerce simultáneamente como secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, una acumulación permitida únicamente por desempeñarse en el cargo actual de forma ad honorem, por el que cobraría mucho menos si no hubiera renunciado a ese sueldo. A su vez, María Estela Martínez de Perón (95 años) radica en Madrid desde hace décadas y continúa percibiendo su asignación desde el exterior sin condicionamiento alguno.

“Isabelita” junto a Carlos Menem.

El listado consolida también anacronismos históricos y concesiones extraordinarias. Bety Nelly Andrés, viuda de Roberto Marcelo Levingston, cobra su pensión por un presidente de facto designado por la junta militar de la dictadura de 1970. El caso más insólito lo protagoniza Amalia Carmen Guido, hija de José María Guido —quien no fue electo por voto popular—, que cobra su haber tras una transferencia excepcional del beneficio efectuada en la década de 1990 que extendió la pensión a una hija mayor de edad por fuera de las reglas del régimen general.

El panorama previsional se completa con la reciente actualización del frente judicial. Tras las resoluciones de la ANSES dictadas en noviembre de 2024 que revocaron los beneficios de Cristina Kirchner y Amado Boudou por “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, la justicia previsional otorgó una medida cautelar a favor de la expresidenta. Con ese fallo se ordenó la restitución inmediata de la pensión derivativa por Néstor Kirchner, manteniendo a Boudou como el único exmandatario con la asignación completamente dada de baja.

Amado Boudou como vicepresidente de Cristina Fernández de Kirchner.

El pacto con el menemismo

La embestida contra estas asignaciones constituye una de las banderas centrales del discurso oficialista. La Libertad Avanza promueve la eliminación de las jubilaciones de privilegio como un eje de su política de ajuste a la “casta”, respaldándose en informes técnicos como el de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Sin embargo, la cruzada moral del Gobierno encuentra un límite difuso al chocar con sus propias alianzas y simpatías políticas.

El origen de este régimen excepcional se remonta a la Ley 24.018, sancionada en 1991 bajo la presidencia de Carlos Saúl Menem. El proyecto original en el Senado llevó la firma de un entendimiento bipartidista entre el menemismo —con Juan Carlos Romero, Oraldo Norvel Britos y Felipe Ernesto Ludueña— y el radicalismo —a través de Adolfo Gass, Luis Agustín Brasesco y Eduardo Pósleman—. La norma llevó además la firma de Eduardo Menem —hermano de Carlos Saúl— como presidente del Senado en ejercicio del Poder Legislativo, el mismo dirimiente político que promovió y blindó la norma de privilegio que hoy, tres décadas después, aparentemente cuestiona su propio hijo, Martín Menem, desde la presidencia de la Cámara de Diputados.

Javier Milei, “Lule” Menem y Eduardo Menem —firmante de la promulgación de las jubilaciones de privilegio—.

Es la misma normativa que hoy sostiene la caja millonaria de Zulema Yoma, viuda de Carlos Menem. La vigencia de este privilegio contrasta con la prédica anticasta del Ejecutivo, que al mismo tiempo reivindica la figura del expresidente riojano y cobija a su entorno directo en los puestos de mayor jerarquía del Estado, con Martín Menem al frente de la Cámara de Diputados y Eduardo “Lule” Menem instalado en la cúpula del Poder Ejecutivo.

Esta convivencia política expone una marcada selectividad en la aplicación de los criterios éticos del Estado. Dependiente del poder Ejecutivo, ANSES actuó con celeridad para disponer la quita de beneficios a Cristina Kirchner y Amado Boudou invocando la “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, pero no aplicó la misma vara con el beneficio derivado de Carlos Menem, quien falleció con condenas firmes ratificadas por la Justicia por delitos contra la administración pública, como el tráfico ilegal de armas a Ecuador y Croacia. La cercanía y la afinidad personal de la conducción oficial con la familia Menem dejó intacto el haber que mensualmente se liquida a su viuda.

Martín Menem —presidente de la Cámara de Diputados— junto a Carlos Menem —quien falleció condenado—.

El blindaje en el Congreso

Pese al impacto mediático del discurso oficial y los intentos legislativos por dar de baja estas asignaciones, la eliminación del régimen se encuentra trabada en el laberinto parlamentario. En junio de 2024, durante la discusión de la Ley Bases en el Congreso, la Cámara de Diputados votó por mantener las jubilaciones de privilegio tras una ajustada definición donde sectores de la oposición colaboraron para sostener el esquema.

Ante ese revés, los diputados nacionales del MID, Oscar Zago y Eduardo Falcone, redactaron un proyecto específico para desmantelar este entramado. La iniciativa propone derogar no sólo la Ley 24.018 de expresidentes y exvices, sino también la 21.540 de dignatarios eclesiásticos, la 22.430 de legisladores mandato cumplido y la 22.731 del servicio exterior (embajadores, cónsules, etc.), sumando además un mecanismo para que el Ejecutivo invite formalmente a los exmandatarios a renunciar voluntariamente a sus cobranzas. Sin embargo, si bien tuvo un apoyo inicial del gobierno, el por entonces presidente de la Comisión de Previsión y Presupuesto, José Luis Espert, optó por cajonear el proyecto.

José Luis Espert cuando presidía la Comisión de Previsión y Presupuesto.

A la falta de consenso político se le suma una infranqueable valla jurídica: el principio de irretroactividad de las leyes. Diversos constitucionalistas y especialistas en derecho previsional coinciden en que, incluso si el Congreso lograra sancionar la derogación de la Ley 24.018 para los futuros mandatarios, la medida difícilmente pueda aplicarse a los 12 beneficiarios actuales. Al tratarse de derechos adquiridos bajo el amparo de una legislación vigente al momento de su otorgamiento, cualquier intento de quitar el haber por vía administrativa choca de frente con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.

Esta combinación de cálculo político y cerrojo judicial garantiza que la erogación mensual superior a los $219 millones continúe saliendo de las arcas del Estado. De este modo, mientras la sociedad asimila la pauta de austeridad y las jubilaciones del régimen general se actualizan a ritmo goteado, el ecosistema de privilegio de la política argentina mantiene intacto su blindaje, exponiendo la distancia entre la narrativa electoral y la dura realidad de las cajas del poder.

*Por Augusto Grinner

Un exintendente propuso crear una policía militar en el conurbano bonaerense para combatir la inseguridad y el narcotráfico

El exintendente de San Miguel, Joaquín De la Torre, propuso hoy la creación de una “Policía Militar del conurbano” para combatir la inseguridad y el narcotráfico que azotan a la provincia de Buenos Aires. El exministro de Gobierno de la gestión de María Eugenia Vidal pidió que la nueva fuerza se forme en Campo de Mayo y la planteó como reemplazo del “Ejército prestado” y la “Gendarmería prestada”, la salida a la que suele recurrir el sistema político cuando necesita intervenir en el territorio más caliente del país.

La propuesta apunta a una fuerza que responda directamente a la Casa Rosada. “Depende del gobierno nacional, no del gobernador ni de un intendente, y actúa en los municipios federalizados. Se encarga de los delitos complejos, la inteligencia, el narcotráfico y las operaciones tácticas. Es una fuerza federal permanente, de régimen y formación militar”, explicó De la Torre.

— Joaquín De la Torre

El exsenador provincial detalló también cómo se armaría el cuerpo. “Se forma en Campo de Mayo, a través de la Gendarmería y el Ejército, con integrantes de la actual Policía Bonaerense. Campo de Mayo es la guarnición más grande del país y está en el corazón del territorio que van a custodiar. Se crea por Leyes ordinarias del Congreso y de la Legislatura, sin reforma constitucional”, señaló en un comunicado. El dato no es menor: la creación de la fuerza no requeriría tocar la Constitución; bastaría con el trámite legislativo ordinario en el Congreso y en la Legislatura provincial.

De la Torre aclaró que la Policía Militar no reemplazaría a las policías locales que la mayoría de los intendentes creó en los últimos años ante el reclamo de los vecinos por la inseguridad. Las dos estructuras funcionarían en paralelo, con tareas distintas. Las Fuerzas “van a convivir con la Policía municipal que está a cargo del intendente y se encarga del patrullaje y la prevención. Ya está probado que las policías municipales funcionan y están dando excelentes resultados en bajar el delito. Solo hay que darles más recursos”, sostuvo.

El planteo del exintendente partió de una crítica al sistema de seguridad vigente en la Buenos Aires de Axel Kicillof. Para De la Torre, la escala del conurbano vuelve inviable cualquier conducción centralizada desde La Plata. “En estas condiciones, es imposible que el gobernador se haga cargo de la seguridad del conurbano. ¿Qué sabe el gobernador sobre lo que pasa en la Comisaría Tercera de un municipio del conurbano? La Policía Bonaerense duplicó personal desde 2010 y el delito no bajó, no resiste análisis”, razonó.

Sobre esa base defendió una transformación de raíz del modelo. “Está claro que el gobernador no se puede hacer cargo de la seguridad de toda la provincia y cada vez es peor, porque cada vez crece más el delito en el conurbano, cada vez tiene más realidades más complejas. Con este sistema, las soluciones que propongan van a seguir siendo malas. Hay que cambiar por completo”.

Las ventas de los comercios de barrio volvieron a caer en agosto y ya acumulan un rojo del 2,4% en el año

Las ventas de los comercios minoristas pyme cerraron agosto con una caída del 0,2% frente al mismo mes de 2025. El número parece inofensivo pero descansa sobre una base ya deprimida: el índice quedó en 82,7 puntos, más de diecisiete por debajo de los 100 que marcó diciembre de 2022, mes que citada entidad toma como referencia.

La comparación contra julio es más dura. En la medición desestacionalizada, que descuenta el peso propio de cada mes del calendario, la actividad retrocedió 2,7%. Con ese arrastre, el acumulado del año trepó a -2,4% y agosto se convirtió en la segunda baja interanual consecutiva. 

De los ocho meses y contando solo junio dio positivo, con un magro 0,9% que quedó sepultado en julio por un derrumbe del 3,8%.

Cuatro rubros en verde y un índice en rojo

Cuatro de los siete sectores relevados terminaron agosto por encima del año pasado, y aun así el promedio general cayó. La explicación está en qué rubros crecieron y por qué.

El salto lo dio Perfumería, con un alza interanual del 12,8%. Los comerciantes atribuyen el movimiento al Día del Niño, que ubican entre las tres o cuatro jornadas de mayor facturación del año para el sector, y a la irrupción formal de dos categorías que traccionaron con fuerza durante el mes: la perfumería árabe y las líneas de cuidado facial coreanas. Textil e indumentaria avanzó 6,4%, empujado por ropa infantil y deportiva, mientras la vestimenta formal siguió planchada. Calzado y marroquinería subió 1,2% con zapatillas urbanas, calzado escolar y carteras económicas; los zapatos de vestir y las líneas de cuero para adultos quedaron paralizados, limitados a la reposición por desgaste. Ferretería, materiales eléctricos y de la construcción arañó un 0,3% a fuerza de reparaciones domésticas menores y tickets de bajo valor unitario, con la obra nueva y las remodelaciones integrales postergadas.

Del otro lado del tablero está el rubro que más pesa en la góndola cotidiana. Alimentos y bebidas cayó 2,5% interanual y 3,6% contra julio, condicionado por la absorción del ingreso familiar en tarifas de servicios y por un endeudamiento de los hogares que no cede. El reinicio del ciclo lectivo y el Día del Niño empujaron panificados y repostería durante unos días, pero el volumen físico total se mantuvo pegado a la reposición de primera necesidad. Factores climáticos recortaron la disponibilidad de verduras de hoja y papa, con alzas que retrajeron el consumo de frescos, y la brecha de precios frente a las grandes superficies se llevó las compras de mayor escala fuera del barrio. Los almacenes respondieron con ofertas combinadas y fraccionamiento de productos básicos para mover inventario.

El peor desempeño del mes fue para Bazar, decoración, textiles de hogar y muebles, con una baja del 4,8% interanual que estira el acumulado anual a -9,7%. El gasto decorativo quedó postergado y la demanda se limitó a la reposición indispensable de vajilla y material de cocina, después de comparaciones de precios exhaustivas. Farmacia, en tanto, retrocedió 0,5% interanual y 4,5% contra julio, la caída mensual más pronunciada de la medición: la dispensa se concentró en tratamientos crónicos, la dermocosmética profundizó su contracción y los pacientes se volcaron de manera sistemática a genéricos, al fraccionamiento de tratamientos y a llevar únicamente lo que tiene cobertura total de obra social o PAMI.

El humor del mostrador: complicado

El balance cualitativo agrega la temperatura que los porcentajes esconden. El 46,5% de los dueños consultados dijo que su negocio está peor que hace un año, dos puntos por encima del 44,5% de julio. Otro 47,4% respondió que se mantuvo igual y apenas el 6,1% reportó una mejora en su desempeño operativo.

Hacia adelante, el 43,9% espera que su situación económica siga sin cambios y el 42,8% proyecta un escenario mejor dentro de doce meses, prácticamente lo mismo que en julio. El 13,3% restante anticipa un deterioro.

La pregunta que más define el momento es la de las decisiones de fondos: el 57,9% considera que no es momento de invertir en su firma, el 28,6% no fijó postura y solo el 13,5% respondió que sí.

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

Seis de cada diez argentinos se endeudaron en el último semestre y la mayoría usó la plata para comer y pagar remedios

Con la promesa de “señales de mejora en el clima social” estampada en la tapa, Zentrix difundió su Monitor de Opinión Pública de agosto. La consultora sostiene que se mantiene firme la base que respalda el modelo económico de cara a 2027, aunque los datos que eligió hacer públicos dibujan un país que llega a fin de mes a fuerza de préstamos. El 60,2% de los encuestados tomó alguna deuda o crédito en los últimos seis meses.

Lo que se compra con esa plata dice más que el porcentaje. El 55,6% de quienes se endeudaron lo hizo para cubrir alimentos y salud, otro 20,4% para pagar tarifas y servicios, y apenas el 10,7% para adquirir bienes durables, la clase de deuda que suele leerse como apuesta al futuro y que acá empata con las situaciones imprevistas (10,3%). Entre los menores de 40 la proporción de endeudados trepa al 67,1%, baja al 63,5% en la franja de 40 a 59 y se ubica en el 54% entre los mayores de 60.

Al día 5 ya se quedó sin ingresos el 12,2%. Al 10, uno de cada cuatro. Al 20, el 65%. Solo el 22,9% llega a fin de mes con lo justo y un 10,7% logra además guardar algo.

Si en la clase alta el 39,4% termina el mes ahorrando y otro 53,3% llega sin sobresaltos, en la clase baja nadie ahorra y el 87,6% agota su dinero antes del día 20, con más de un tercio (35,5%) en rojo antes del 10. En la clase media, el 51,4% se queda sin plata antes del 20 y solo un 16,3% consigue reservar algo.

Mientras la desaceleración de los precios se presenta como el gran activo del Gobierno, el 81,2% de los consultados siente que su salario pierde contra la inflación y apenas el 14,3% cree que le gana. Tampoco el termómetro oficial convence: para el 65,8%, el índice del INDEC no refleja lo que paga en el supermercado, contra un 31,6% que le da crédito.

Tal vez por eso la inflación, que durante años encabezó cualquier sondeo, cayó al último lugar del ranking de preocupaciones con el 12,7%. El miedo se mudó al recibo de sueldo. Ingresos y salario lideran con el 50,1%, pegados a la incertidumbre económica (49,8%), y detrás se ordenan el desempleo (40,9%), la corrupción (39,6%) y las tarifas de servicios públicos (35,2%).

Puertas adentro, el 29,8% califica su situación económica como buena o muy buena, un 32,4% la considera regular y el 37,6% la ve mala o muy mala. Cuando la pregunta se corre al país, el juicio se endurece y el 59,4% responde mal o muy mal, con un 43,3% que elige directamente la peor opción.

Incertidumbre, angustia, miedo, tristeza. Esas fueron las palabras que más se repitieron cuando la encuesta pidió resumir en una sola lo que despiertan los próximos doce meses. “Esperanza” aparece como el término positivo con más peso, aunque rodeada de “bronca”, “preocupación” y “desesperanza”.

Chaco | Piden hasta 15 años para los policías que robaban bloques de cocaína durante una quema

La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.

Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.

“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.

La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.

El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.

La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.

El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.

La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.

En la mochila de Néstor Ariel Urne Canteros se encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.

Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.

Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.

Lo que muestran los chats

Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.

De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.

“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.

La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.

Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.

Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.

Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.

En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.

Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.

Delitos atribuidos

En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.

El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.

— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial

La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.

Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.

El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.

Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.

— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco

La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.

El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.

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