Denunciaron al ex asesor de Alberto Fernández por abusar sexualmente de un menor
Se trata del ex jefe de asesores del Presidente, Antonio Aracre, quien renunció a su cargo el 18 de abril de este año luego de un malentendido con la Portavoz y el Ministro de Economía. Ahora, el domicilio del exfuncionario fue allanado y se secuestraron frazadas, ropa interior y teléfonos.
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Este fin de semana el entorno del presidente Alberto Fernández volvió a ser salpicado con una denuncia por abuso sexual. En esta oportunidad por el ex jefe de asesores del Jefe de Estado, Antonio Aracre.
Según denunció la víctima, un joven menor de 17 años, el acusado lo ultrajó en contra de su voluntad en su departamento. Por ello, este domingo las fuerzas realizaron un allanamiento en el domicilio del ex CEO de Sygenta y se llevaron frazadas, sábanas, toallas, ropa interior y teléfonos celulares.
El ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa, junto al ex funcionario denunciado por abuso sexual, Antonio Aracre
En la descripción judicial que brindó la presunta víctima, el hecho se concretó en un departamento en el piso octavo de una nueva torre de lujo en la calle Arévalo en Colegiales, a donde Aracre lo habría llevado tras encontrarse con él en el bar London cercano a Plaza de Mayo para “una entrevista de tipo político”. Al relato, el joven sumó que ya se conocían, pero que mantenían una relación únicamente profesional.
El caso recayó en el Juzgado N°32 de Santiago Quian Zavalía, el mismo que elevó el juicio a Jonathan Frabbro, denunciado por violar a su ahijada. Zavalía ordenó una serie de medidas para avanzar prontamente con la investigación. En esa seguidilla se pidió la declaración de los policías que tomaron la denuncia, la declaración del médico que revisó a la víctima tras el hecho, un examen físico y una serie de hisopados al menor.
Antonio Aracre, ex jefe de Asesores del presidente Alberto Fernández
Además, también se solicitaron los archivos de las cámaras de seguridad de la zona, incluyendo el bar donde se reunieron previo al traslado al departamento de Aracre. En el bar, según la denuncia, también estuvo presente el novio de la víctima, un joven de 18 años. El juez pidió también que declare este testigo que podría ser clave, así como la madre del joven supuestamente abusado.
Por el momento, Aracre no fue detenido y aún no trascendió si el Juzgado N°32 ordenó su arresto. En paralelo, el Gobierno no ha hecho declaraciones sobre el ex funcionario, tampoco sobre la denuncia.
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El titular de la Conferencia Episcopal Argentina, Marcelo Colombo, reclamó al gobierno del presidente Javier Milei medidas ante el aumento de la morosidad y el endeudamiento de las familias argentinas.
“Alguna solución tiene que haber en cuanto al menos poner criterios en la contracción de las deudas o buscar la forma de discutir cuánto del monto del sueldo de alguien se puede gastar”, afirmó Colombo al medio Radio Mitre Mendoza.
También cuestionó la idea de tratar el sobreendeudamiento como un problema puramente individual, sosteniendo que no puede responderse con “no nos interesa” o “que se arreglen”, cuando millones de personas afrontan simultáneamente problemas de pago, la cuestión deja de ser solamente una suma de malas decisiones privadas y adquiere una dimensión pública.
Su planteo se apoya en tres ejes. El primero es la prevención para discutir “cuánto del monto del sueldo” puede alguien gastar, mediante el establecimiento de criterios que determinen qué proporción de los ingresos de una persona o un hogar puede destinarse al pago de una cuota. El segundo es la protección frente al sobreendeudamiento, con límites a las llamadas deudas “leoninas”, derivadas de contratos de crédito extremadamente desventajosos para quien los toma, sumado a las deudas “a gotas”, con pequeñas obligaciones que se van acumulan hasta volver imposible el pago.
El tercero es la respuesta social, que reconoce que muchos hogares recurren al endeudamiento para sostener consumos esenciales y, como consecuencia, terminan recortando otros gastos básicos.
Además, Colombo relacionó la facilidad de endeudarse mediante billeteras digitales con la preocupación eclesial por las apuestas en línea. No destacó que toda deuda fintech provenga del juego, solo señaló que la contratación instantánea, el crédito dentro del teléfono y determinados consumos compulsivos pueden combinarse y agravar situaciones de vulnerabilidad.
La intervención se produjo después de que el Estado nacional rechazara una asistencia estatal general y caracterizara la morosidad principalmente como una cuestión “entre privados”. Milei sostuvo que no había elementos para atribuir el aumento de la mora a la política oficial, siendo que su propia gestión hizo arreglos directos de refinanciación entre entidades y clientes.
“El privado cuando se organiza resuelve por su cuenta lo que el Estado no puede”, señaló Milei, en el Congreso Americano de la FIA, agregando que “no hay elementos para culpar a la política del Gobierno” por la morosidad en aumento.
La preocupación tiene respaldo cuantitativo, aunque las cifras difundidas no siempre miden exactamente lo mismo. En el sistema bancario, la mora de las financiaciones a familias pasó de 10.6% en enero de 2026 a 11.2% en febrero, 11.5% en marzo, 12.1% en abril y 12.8% en mayo; en junio se mantuvo alrededor de ese nivel según el último Informe sobre Bancos del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Este porcentaje no quiere decir que el 12.8% de todas las familias argentinas esté en mora. Es un ratio de irregularidad de la cartera, donde se relaciona saldo de préstamos clasificados como irregulares con el financiamiento computado en ese segmento. La cantidad de personas afectadas es otra medición.
Un procesamiento de la Central de Deudores publicado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) contabilizó en junio 20.96 millones de deudores entre bancos y billeteras y 5.91 millones con algún incumplimiento. El cuadro es más grave fuera de la banca tradicional. CEPA estimó una mora de 30.1% entre las familias financiadas por billeteras o proveedores no financieros en junio, frente al 12.8% bancario; además, préstamos personales y tarjetas concentraban 64.3% del monto prestado a familias en mayo.
“No creemos que sea necesario que el Estado intervenga, cada vez que intervino en algo las cosas terminaron peor”, destacó el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, ratificando que el Gobierno no intervendrá en la situación de las familias endeudadas. Asimismo subrayó que “la mora empezó a bajar” y es un “dato”.
¿La mora bajó?
El último informe oficial disponible indicó que la irregularidad total del crédito privado bajó de 7.7% en mayo a 7.6% en junio, mientras la mora bancaria de las familias se ubicó en 12.8%; estimaciones privadas basadas en la Central de Deudores la calcularon en 12.7%, una décima menos que en mayo.
Por lo tanto, es razonable decir que el deterioro dejó de acelerarse en el último dato bancario, pero todavía no que la crisis se haya revertido. Una variación de una décima después de una larga sucesión de aumentos puede ser un punto de estabilización, no una tendencia consolidada. No obstante, la mora no bancaria seguía creciendo y rondaba el 33% en junio de acuerdo datos procesados por la consultora 1816.
— Evolución de la morosidad bancaria en Argentina entre noviembre de 2023 y junio de 2026, con un punto de inflexión en el segmento familiar en octubre de 2024 hasta alcanzar el 12.8% en junio de 2026
En Diputados existirían decenas de proyectos para afrontar la problemática. Las iniciativas incluyen refinanciaciones, quitas de punitorios, límites de tasas, suspensión temporal de ejecuciones, protección de salarios, mediación y normas de crédito responsable; la oposición convocó una sesión para el 9 de septiembre, pero, al no existir dictámenes, su objetivo inmediato es emplazar a las comisiones y fijar el tratamiento, no aprobar automáticamente una moratoria.
Martín Menem menospreció los proyectos que la oposición impulsa sobre el tema, diciendo que “buscan desestabilizar la economía”.
La mora no responde a una única causa. La explicación más razonable siempre surge de la combinación de distintos factores que pueden interactuar y agravarse entre sí. Uno de ellos es la insuficiencia de ingresos. Cuando el salario disponible ya no alcanza para cubrir alimentos, tarifas, alquiler, transporte o salud, el crédito deja de utilizarse para financiar una compra extraordinaria y empieza a funcionar como un sustituto del ingreso corriente.
A esto se suma el costo del financiamiento. Tasas de interés, comisiones, seguros, punitorios e impuestos pueden hacer que una obligación inicialmente manejable crezca con rapidez. En el ultimo relevamiento disponible de junio de 2026, el BCRA informó tasas efectivas anuales de referencia elevadas para los préstamos personales y las tarjetas de crédito.
Otro factor es la acumulación fragmentada de deudas. Una misma persona puede acceder a pequeñas líneas de financiamiento ofrecidas por distintos proveedores, cada uno de los cuales observa apenas una parte de su situación. El verdadero nivel de endeudamiento aparece cuando se suman los saldos de la tarjeta, los préstamos bancarios, los adelantos y el crédito otorgado por billeteras digitales.
Por último, existen acontecimientos personales capaces de alterar de manera abrupta la capacidad de pago. La pérdida o reducción del empleo, una enfermedad, una separación o un gasto imprevisto pueden convertir en impagable una deuda que, al momento de ser contraída, resultaba razonable.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
Las ventas de los comercios minoristas pyme cerraron agosto con una caída del 0,2% frente al mismo mes de 2025. El número parece inofensivo pero descansa sobre una base ya deprimida: el índice quedó en 82,7 puntos, más de diecisiete por debajo de los 100 que marcó diciembre de 2022, mes que citada entidad toma como referencia.
La comparación contra julio es más dura. En la medición desestacionalizada, que descuenta el peso propio de cada mes del calendario, la actividad retrocedió 2,7%. Con ese arrastre, el acumulado del año trepó a -2,4% y agosto se convirtió en la segunda baja interanual consecutiva.
De los ocho meses y contando solo junio dio positivo, con un magro 0,9% que quedó sepultado en julio por un derrumbe del 3,8%.
Cuatro rubros en verde y un índice en rojo
Cuatro de los siete sectores relevados terminaron agosto por encima del año pasado, y aun así el promedio general cayó. La explicación está en qué rubros crecieron y por qué.
El salto lo dio Perfumería, con un alza interanual del 12,8%. Los comerciantes atribuyen el movimiento al Día del Niño, que ubican entre las tres o cuatro jornadas de mayor facturación del año para el sector, y a la irrupción formal de dos categorías que traccionaron con fuerza durante el mes: la perfumería árabe y las líneas de cuidado facial coreanas. Textil e indumentaria avanzó 6,4%, empujado por ropa infantil y deportiva, mientras la vestimenta formal siguió planchada. Calzado y marroquinería subió 1,2% con zapatillas urbanas, calzado escolar y carteras económicas; los zapatos de vestir y las líneas de cuero para adultos quedaron paralizados, limitados a la reposición por desgaste. Ferretería, materiales eléctricos y de la construcción arañó un 0,3% a fuerza de reparaciones domésticas menores y tickets de bajo valor unitario, con la obra nueva y las remodelaciones integrales postergadas.
Del otro lado del tablero está el rubro que más pesa en la góndola cotidiana. Alimentos y bebidas cayó 2,5% interanual y 3,6% contra julio, condicionado por la absorción del ingreso familiar en tarifas de servicios y por un endeudamiento de los hogares que no cede. El reinicio del ciclo lectivo y el Día del Niño empujaron panificados y repostería durante unos días, pero el volumen físico total se mantuvo pegado a la reposición de primera necesidad. Factores climáticos recortaron la disponibilidad de verduras de hoja y papa, con alzas que retrajeron el consumo de frescos, y la brecha de precios frente a las grandes superficies se llevó las compras de mayor escala fuera del barrio. Los almacenes respondieron con ofertas combinadas y fraccionamiento de productos básicos para mover inventario.
El peor desempeño del mes fue para Bazar, decoración, textiles de hogar y muebles, con una baja del 4,8% interanual que estira el acumulado anual a -9,7%. El gasto decorativo quedó postergado y la demanda se limitó a la reposición indispensable de vajilla y material de cocina, después de comparaciones de precios exhaustivas. Farmacia, en tanto, retrocedió 0,5% interanual y 4,5% contra julio, la caída mensual más pronunciada de la medición: la dispensa se concentró en tratamientos crónicos, la dermocosmética profundizó su contracción y los pacientes se volcaron de manera sistemática a genéricos, al fraccionamiento de tratamientos y a llevar únicamente lo que tiene cobertura total de obra social o PAMI.
El humor del mostrador: complicado
El balance cualitativo agrega la temperatura que los porcentajes esconden. El 46,5% de los dueños consultados dijo que su negocio está peor que hace un año, dos puntos por encima del 44,5% de julio. Otro 47,4% respondió que se mantuvo igual y apenas el 6,1% reportó una mejora en su desempeño operativo.
Hacia adelante, el 43,9% espera que su situación económica siga sin cambios y el 42,8% proyecta un escenario mejor dentro de doce meses, prácticamente lo mismo que en julio. El 13,3% restante anticipa un deterioro.
La pregunta que más define el momento es la de las decisiones de fondos: el 57,9% considera que no es momento de invertir en su firma, el 28,6% no fijó postura y solo el 13,5% respondió que sí.
La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
La Cámara de Diputados de Entre Ríos sancionó definitivamente el pasado miércoles, con 30 votos afirmativos y ninguno negativo, la derogación de la Ley 4.506, la norma que desde 1965 garantizaba una pensión vitalicia a quienes ocuparon la gobernación y la vicegobernación de la provincia. La votación puso fin a un régimen que llevaba 61 años de vigencia y que figuraba entre los más antiguos vinculados a la dirigencia política entrerriana.
La ley derogada establecía una prestación equivalente al 75% de la remuneración correspondiente al cargo. Por ello, quien había ejercido los cargos conservaba, hasta el final de su vida, tres cuartas partes del sueldo que percibía en funciones, sin que mediara ninguna otra condición que el haber ocupado ese lugar.
La iniciativa que terminó con ese esquema fue enviada por el Ejecutivo provincial en enero de 2024, apenas iniciada la gestión del gobernador Frigerio. El proyecto atravesó el tratamiento de ambas cámaras de la Legislatura, recibió modificaciones en el Senado y volvió a la Cámara baja.
— Gabriela Lena, diputada provincial
Frigerio y Aluani serán el primer gobernador y la primera vicegobernadora de Entre Ríos que completarán su mandato sin adquirir el derecho a cobrar el beneficio previsto por la legislación, que ahora quedó sin efecto.
En una publicación en redes, el mandatario ubicó la medida dentro de la política general de la administración: “Desde el primer día venimos eliminando los privilegios de la política y ordenando el Estado para ponerlo nuevamente al servicio de los entrerrianos. Estoy convencido de que, si queremos cambiar la forma de gobernar, el cambio tiene que empezar por quienes tenemos la responsabilidad de hacerlo”.
— Gustavo Hein, presidente de la Cámara de Diputados de Entre Ríos durante la sesión
La eliminación de las pensiones vitalicias se inscribe en una agenda que el Gobierno provincial puso en marcha desde diciembre de 2023.
En ese período, la gestión redujo prácticamente a la mitad los cargos políticos y eliminó un nivel completo de la estructura jerárquica del Estado. También terminó con los gastos reservados, avanzó sobre los sobresueldos y la acumulación de remuneraciones, redujo las adscripciones de personal y puso en marcha herramientas para transparentar la nómina estatal, los salarios y las declaraciones juradas de los funcionarios.
El ajuste fiscal sobre los ingresos de la población contrasta con la vigencia ininterrumpida de un esquema de excepción diseñado por y para la clase política. Las asignaciones vitalicias no constituyen un beneficio previsional ordinario, sino un régimen regulado por la Ley 24.018 que no exige años de aportes ni una edad mínima para su cobro. Concebidas formalmente como un reconocimiento al mérito y al honor, estas liquidaciones garantizan haberes equivalentes a las remuneraciones de la cúpula del Poder Judicial de la Nación.
La distancia entre estos ingresos y la realidad del ciudadano común expone una brecha insalvable. Un solo haber mensual de la nómina de exmandatarios equivale a varias decenas de jubilaciones mínimas del sistema general y supera por multiplicadores de dos dígitos al Salario Mínimo, Vital y Móvil de un trabajador formal. Se trata de un nivel de ingresos blindado ante la inflación que se financia de manera directa con los recursos del Tesoro Nacional.
A esta asimetría se suma la paradoja que atraviesa a la propia administración pública en funciones. Mientras los salarios del presidente Javier Milei y de la vicepresidenta Victoria Villarruel se encuentran congelados en torno a los 4 y 5 millones de pesos brutos por decisión política, los exmandatarios percibientes de este régimen duplican, triplican y hasta quintuplican esos montos sin ejercer función alguna.
La nómina de la abundancia
El Estado nacional liquida un total bruto de $219.926.637 mensuales para sostener 12 asignaciones vitalicias vigentes. La cifra equivale a más de 387 jubilaciones mínimas abonadas en un solo mes a este reducido grupo de 12 personas.
Expresidentes
· Alberto Fernández: $26.092.447 (46 jubilaciones mínimas).
· Amalia Carmen Guido (hija de José María Guido): $12.691.238 (22 jubilaciones mínimas).
Daniel Scioli como vicepresidente de Néstor Kirchner.
Expedientes bajo la lupa
Detrás de la nómina millonaria se esconden particularidades operativas y giros judiciales que pintan la discrecionalidad del sistema. En el caso de Alberto Fernández, ANSES le retiene mensualmente el 30% de su haber bruto por una orden judicial destinada al pago de la cuota alimentaria de su hijo menor, Francisco. Por su parte, Mauricio Macri sostiene públicamente la donación parcial de su asignación a la fundación Margarita Barrientos, mientras que Adolfo Rodríguez Saá cobra varios millones de pesos al mes por un mandato interino de apenas siete días en diciembre de 2001, a diferencia de sus sucesores Ramón Puerta y Eduardo Camaño, quienes renunciaron formalmente a tramitar el beneficio.
El apartado de los exvicepresidentes expone irregularidades institucionales y amparos de largo alcance. Daniel Scioli percibe su jubilación como exvicepresidente mientras ejerce simultáneamente como secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, una acumulación permitida únicamente por desempeñarse en el cargo actual de forma ad honorem, por el que cobraría mucho menos si no hubiera renunciado a ese sueldo. A su vez, María Estela Martínez de Perón (95 años) radica en Madrid desde hace décadas y continúa percibiendo su asignación desde el exterior sin condicionamiento alguno.
“Isabelita” junto a Carlos Menem.
El listado consolida también anacronismos históricos y concesiones extraordinarias. Bety Nelly Andrés, viuda de Roberto Marcelo Levingston, cobra su pensión por un presidente de facto designado por la junta militar de la dictadura de 1970. El caso más insólito lo protagoniza Amalia Carmen Guido, hija de José María Guido —quien no fue electo por voto popular—, que cobra su haber tras una transferencia excepcional del beneficio efectuada en la década de 1990 que extendió la pensión a una hija mayor de edad por fuera de las reglas del régimen general.
El panorama previsional se completa con la reciente actualización del frente judicial. Tras las resoluciones de la ANSES dictadas en noviembre de 2024 que revocaron los beneficios de Cristina Kirchner y Amado Boudou por “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, la justicia previsional otorgó una medida cautelar a favor de la expresidenta. Con ese fallo se ordenó la restitución inmediata de la pensión derivativa por Néstor Kirchner, manteniendo a Boudou como el único exmandatario con la asignación completamente dada de baja.
Amado Boudou como vicepresidente de Cristina Fernández de Kirchner.
El pacto con el menemismo
La embestida contra estas asignaciones constituye una de las banderas centrales del discurso oficialista. La Libertad Avanza promueve la eliminación de las jubilaciones de privilegio como un eje de su política de ajuste a la “casta”, respaldándose en informes técnicos como el de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Sin embargo, la cruzada moral del Gobierno encuentra un límite difuso al chocar con sus propias alianzas y simpatías políticas.
El origen de este régimen excepcional se remonta a la Ley 24.018, sancionada en 1991 bajo la presidencia de Carlos Saúl Menem. El proyecto original en el Senado llevó la firma de un entendimiento bipartidista entre el menemismo —con Juan Carlos Romero, Oraldo Norvel Britos y Felipe Ernesto Ludueña— y el radicalismo —a través de Adolfo Gass, Luis Agustín Brasesco y Eduardo Pósleman—. La norma llevó además la firma de Eduardo Menem —hermano de Carlos Saúl— como presidente del Senado en ejercicio del Poder Legislativo, el mismo dirimiente político que promovió y blindó la norma de privilegio que hoy, tres décadas después, aparentemente cuestiona su propio hijo, Martín Menem, desde la presidencia de la Cámara de Diputados.
Javier Milei, “Lule” Menem y Eduardo Menem —firmante de la promulgación de las jubilaciones de privilegio—.
Es la misma normativa que hoy sostiene la caja millonaria de Zulema Yoma, viuda de Carlos Menem. La vigencia de este privilegio contrasta con la prédica anticasta del Ejecutivo, que al mismo tiempo reivindica la figura del expresidente riojano y cobija a su entorno directo en los puestos de mayor jerarquía del Estado, con Martín Menem al frente de la Cámara de Diputados y Eduardo “Lule” Menem instalado en la cúpula del Poder Ejecutivo.
Esta convivencia política expone una marcada selectividad en la aplicación de los criterios éticos del Estado. Dependiente del poder Ejecutivo, ANSES actuó con celeridad para disponer la quita de beneficios a Cristina Kirchner y Amado Boudou invocando la “indignidad sobreviniente” tras sus condenas penales, pero no aplicó la misma vara con el beneficio derivado de Carlos Menem, quien falleció con condenas firmes ratificadas por la Justicia por delitos contra la administración pública, como el tráfico ilegal de armas a Ecuador y Croacia. La cercanía y la afinidad personal de la conducción oficial con la familia Menem dejó intacto el haber que mensualmente se liquida a su viuda.
Martín Menem —presidente de la Cámara de Diputados— junto a Carlos Menem —quien falleció condenado—.
El blindaje en el Congreso
Pese al impacto mediático del discurso oficial y los intentos legislativos por dar de baja estas asignaciones, la eliminación del régimen se encuentra trabada en el laberinto parlamentario. En junio de 2024, durante la discusión de la Ley Bases en el Congreso, la Cámara de Diputados votó por mantener las jubilaciones de privilegio tras una ajustada definición donde sectores de la oposición colaboraron para sostener el esquema.
Ante ese revés, los diputados nacionales del MID,Oscar Zago y Eduardo Falcone, redactaron un proyecto específico para desmantelar este entramado. La iniciativa propone derogar no sólo la Ley 24.018 de expresidentes y exvices, sino también la 21.540 de dignatarios eclesiásticos, la 22.430 de legisladores mandato cumplido y la 22.731 del servicio exterior (embajadores, cónsules, etc.), sumando además un mecanismo para que el Ejecutivo invite formalmente a los exmandatarios a renunciar voluntariamente a sus cobranzas. Sin embargo, si bien tuvo un apoyo inicial del gobierno, el por entonces presidente de la Comisión de Previsión y Presupuesto, José Luis Espert, optó por cajonear el proyecto.
José Luis Espert cuando presidía la Comisión de Previsión y Presupuesto.
A la falta de consenso político se le suma una infranqueable valla jurídica: el principio de irretroactividad de las leyes. Diversos constitucionalistas y especialistas en derecho previsional coinciden en que, incluso si el Congreso lograra sancionar la derogación de la Ley 24.018 para los futuros mandatarios, la medida difícilmente pueda aplicarse a los 12 beneficiarios actuales. Al tratarse de derechos adquiridos bajo el amparo de una legislación vigente al momento de su otorgamiento, cualquier intento de quitar el haber por vía administrativa choca de frente con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
Esta combinación de cálculo político y cerrojo judicial garantiza que la erogación mensual superior a los $219 millones continúe saliendo de las arcas del Estado. De este modo, mientras la sociedad asimila la pauta de austeridad y las jubilaciones del régimen general se actualizan a ritmo goteado, el ecosistema de privilegio de la política argentina mantiene intacto su blindaje, exponiendo la distancia entre la narrativa electoral y la dura realidad de las cajas del poder.
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