Un juez demandó a Alberto Fernández por daños y prejuicios y reclama un resarcimiento de 40 millones de pesos

Leopoldo Bruglia, trasladado a la Cámara Federal porteña por Mauricio Macri, fue objeto de críticas de Alberto Fernández que, según la demanda del juez, afectaron su "buen nombre y honor".
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El juez federal Leopoldo Bruglia, trasladado durante el Gobierno de Mauricio Macri a la estratégica Cámara Federal porteña, demandó el viernes pasado al presidente Alberto Fernández por daños y perjuicios. Lo acusa de haberlo difamado y le reclama un resarcimiento de 40 millones de pesos.

Según Bruglia, el Presidente debe retractarse de sus dichos porque fue el responsable de una “difamación pública” en su contra “con argumentos falaces y ataques a la investidura” de juez federal, y porque eso le causó “daño al honor, reputación y dignidad (con afectación moral) daño en la imagen pública, familiar, social e institucional”.

Leopoldo Bruglia
Leopoldo Bruglia, juez de la Cámara Federal penal de la Capital Federal.

El juez acusa a Fernández de haber propagado sus falsas acusaciones, vertidas en Twitter, “exponencialmente” y “sin límite alguno”. Dice que el Presidente llegó con su mensaje “a la comunidad toda” y que incluso transgredió “los límites nacionales” con “fuertes implicancias” en el ejercicio de su actividad de magistrado.

“Provocando además (afirmó Bruglia), daño a mi buen nombre y honor, con repercusiones sobre mi dignidad y afectación a la intimidad, hiriendo diversos aspectos de mi vida por la abrupta, sorpresiva, injustificada y falaz publicación efectuada por el accionado en la red social Twitter, incurriendo así en la transgresión a los principios de decoro y respeto a la buena fe, entre otros”, señaló.

Alberto Fernández on Twitter: “Una vez más, la Sala 1 de la Cámara Federal de Comodoro Py, integrada por dos magistrados que ocupan sus asientos de forma contraria a la Constitución, interviene en una causa de relevancia institucional. / Twitter”

Una vez más, la Sala 1 de la Cámara Federal de Comodoro Py, integrada por dos magistrados que ocupan sus asientos de forma contraria a la Constitución, interviene en una causa de relevancia institucional.

“Los que deben primar en el trato entre las personas en general y en especial porque los hechos públicamente transmitidos son absoluta y totalmente mendaces, en tanto, no cuentan con asidero ni sustento real ni legal alguno resultando injustificados, falsos y contrarios a derecho“, expresó.

Bruglia le reclama también a Fernández “la retractación pública por el mismo medio y cuenta personal y/o mediante una publicación equivalente a la efectuada el día 02/11/2022”. Ese día el Presidente publicó los tuits que el juez objeta. Eran mensajes contra fallos dictados por el magistrado y Pablo Bertuzzi (también trasladado a la Cámara Federal por Macri) relacionados con el atentado contra Cristina Fernández de Kirchner, cuya investigación ordenaron elevar a juicio de inmediato, sin esperar a que se determinara si hubo autores intelectuales aún no identificados.

Alberto Fernández on Twitter: “Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi deberían estar solo en los tribunales para los cuales concursaron.Solo una maniobra ilegal (que es un secreto a voces) del ex presidente Mauricio Macri, / Twitter”

Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi deberían estar solo en los tribunales para los cuales concursaron.Solo una maniobra ilegal (que es un secreto a voces) del ex presidente Mauricio Macri,

“Una vez más, la Sala 1 de la Cámara Federal de Comodoro Py, integrada por 2 magistrados que ocupan sus asientos de forma contraria a la Constitución, interviene en una causa de relevancia institucional“, dijo el Presidente en el primero de los tuits de la cadena que dedicó a los camaristas.

“Pareciera que lejos de querer esclarecer el hecho y llegar a sus máximos responsables, están empecinados en tapar lo obvio: que una banda criminal con ramificaciones y financiamiento oscuro atentó contra la vida de la vicepresidenta de la Nación”, añadió.

Alberto Fernández on Twitter: “La Corte Suprema debe intervenir para hacer cumplir su propio fallo. Ojalá tenga la misma celeridad que tuvo para para imponer a su presidente al frente del Consejo de la Magistratura. / Twitter”

La Corte Suprema debe intervenir para hacer cumplir su propio fallo. Ojalá tenga la misma celeridad que tuvo para para imponer a su presidente al frente del Consejo de la Magistratura.

Bruglia dijo en su demanda, presentada el viernes pasado en la Justicia civil: “El demandado es abogado, hijo de Juez, profesor universitario y Presidente; características que lo convierten en un personaje especialmente cualificado, lo que provoca que su conducta asuma ribetes que no son ordinarios, así como tampoco las consecuencias dañosas de sus dichos”.

“Y su escondida motivación solo él la sabrá, tal vez intentar agradar, quedará solo en el campo de lo condicional y de las suposiciones. Lo que ya no puede conjeturarse fue la clara intención política; por su consecuencia que fue la degradación verbal a la que sometió al suscripto y el origen del enojo, que determinó el desborde de sus expresiones”, concluyó.

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Un municipio bonaerense usó envases contaminados con veneno para cocinar mil chorizos en la fiesta del pueblo

El hecho ocurrió durante los festejos por el 115º aniversario de La Colina, una localidad perteneciente al partido bonaerense de General La Madrid. La celebración comunitaria estuvo organizada conjuntamente por instituciones de la zona y el municipio. Para agasajar a los vecinos, se prepararon mil chorizos a la pomarola en un enorme paellero instalado sobre la plaza José Hernández.  

Pero detrás de los preparativos se registró una postal gravísima que dejó al descubierto una falta total de controles bromatológicos. Las imágenes capturadas en el lugar muestran con claridad el momento en que se utilizaba un balde plástico, rotulado con las letras visibles de un potente herbicida a base de glifosato, para volcar los ingredientes directamente sobre el paellero destinado a todo el público.

Uno de los videos que sirvieron como evidencia.

Ausencia de controles

Desde la comuna de la 6ª sección electoral, conducida por el intendente radical Martín Randazzo, reconocieron la veracidad de las imágenes y los hechos. El Ejecutivo municipal asumió la responsabilidad absoluta por la falta de supervisión y control en la organización del evento gastronómico.

Pese al reconocimiento oficial, la justificación de los organizadores encendió aún más la polémica entre los vecinos. Intentaron minimizar el peligro al argumentar que el recipiente había sido sometido a un triple lavado y que se recurrió a él por una supuesta falta de otros envases disponibles para acarrear agua y verduras.

El comunicado oficial del municipio.

Peligro sanitario y respuesta opositora

La utilización de un recipiente que contuvo agrotóxicos desató una profunda preocupación debido a las normativas vigentes que prohíben terminantemente reutilizar estos envases para fines domésticos o alimentarios. La Ley Nacional 27.279 y las reglamentaciones provinciales establecen que los recipientes de fitosanitarios no pueden volver a usarse bajo ninguna circunstancia, ya que los plásticos de alta densidad absorben las moléculas de los químicos y ningún lavado casero garantiza la eliminación de la toxicidad residual.

Ante esta situación, el bloque de concejales opositores presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para exigir respuestas urgentes al Departamento Ejecutivo. Los ediles advirtieron que la salud pública exige absoluta transparencia y adelantaron que evaluarán el inicio de acciones legales de tipo penal para determinar si existió un riesgo sanitario real contra los asistentes y establecer las responsabilidades penales correspondientes.

*Por Augusto Grinner

Presentaron un pedido formal de información sobre la salud mental del Presidente

La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) presentó ayer un pedido de acceso a la información pública para que el Gobierno informe si el presidente Javier Milei cuenta con alguna evaluación que acredite su aptitud psicofísica y psíquica para ejercer el cargo. La solicitud, amparada en la Ley de Acceso a la Información Pública, llegó por escrito a la Jefatura de Gabinete que encabeza Diego Santilli.

La nota, firmada por el secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, en representación de la organización, se dirigió al responsable de Acceso a la Información Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros, Presidencia de la Nación. El propio sindicalista la difundió en sus redes sociales.

El escrito recordó que el Estado tiene un plazo de 15 días para responder. Sin embargo, desde el Gobierno ya trascendió que no contestarán el requerimiento.

Punto por punto, qué pidieron

En primer lugar solicita a la Presidencia y a la Jefatura de Gabinete que informen si existe en relación con Milei “algún examen, junta médica, certificado, dictamen o protocolo que haya evaluado su aptitud psicofísica y/o psíquica”.

En caso de que esa evaluación exista, el gremio reclamó que “se informe fecha de realización, organismo u profesional interviniente y resultado (“apto/no apto” o equivalente), sin requerirse el detalle clínico, diagnóstico u otros detalles de la historia”.

El segundo punto apunta a las reglas de juego. ATE pidió saber si hay alguna normativa, protocolo o reglamento que establezca controles periódicos de aptitud psicofísica y psíquica para el Presidente y, si la respuesta es afirmativa, que se entregue una copia.

Por último, el sindicato previó un posible rechazo. Si el Gobierno decide negar total o parcialmente la información, la negativa deberá presentarse por escrito y con fundamentos, con indicación precisa de qué excepción de la Ley de Acceso a la Información Pública invoca y con la aplicación del correspondiente test de daño e interés público.

El documento también contempló un escenario adicional. Si no existe ningún tipo de examen o apto médico realizado a Milei, Aguiar exigió que se lleve a cabo para constatar si el Presidente se encuentra en pleno uso de sus facultades psicofísicas para desempeñar el cargo.

La presentación aclaró que el gremio no requiere información reservada, como la historia clínica o los antecedentes médicos del mandatario. Lo que pide es conocer si Milei está “apto o no apto”, si existen organismos que evalúen su aptitud psicofísica, tal como ocurre con todos los trabajadores del Estado, y si alguna norma prevé esas evaluaciones.

Para respaldar el pedido, ATE citó declaraciones públicas sobre presuntos problemas mentales del Presidente. Entre ellas figuran las del periodista Nelson Castro, el exdiputado Facundo Manes, la vicepresidenta Victoria Villarruel, el diputado Jorge Araujo Hernández y las de varios psicólogos.

“Acá se controla a los trabajadores”

En su publicación, Aguiar fue tajante. “Los desequilibrios mentales del Presidente son muy evidentes. No hace falta ser un profesional de la medicina para saber que padece algún tipo de psicosis, y su salud no es exclusivamente privada cuando la misma está vinculada a la capacidad para ejercer su cargo”, sostuvo.

El dirigente basó parte del reclamo en la diferencia entre las exigencias que enfrentan los estatales para ingresar a la administración pública y la falta de controles sobre la máxima autoridad política del país. “Es inaceptable que los empleados públicos para nuestro ingreso tengamos que cumplir numerosos requisitos y uno de ellos sea atravesar un examen médico preocupacional, y que este no sea obligatorio para quien es la máxima autoridad política y administrativa del Estado”, remarcó. Y agregó: “Acá se controla a los trabajadores y no a quienes los tienen que dirigir. ES UNA JODA”.

Aguiar se anticipó a las críticas. “Esperamos que nadie se alarme ni nos llamen golpistas o destituyentes, porque no buscamos acceder a ninguna información médica privada ni a datos sensibles, solamente conocer si se encuentra apto para ejercer tan alta función”, aclaró. Luego advirtió sobre el alcance de una eventual respuesta negativa: “Si no lo fuera, las consecuencias jurídicas serían gravísimas y la mayoría de sus actos debieran ser declarados nulos”.

En paralelo con el trámite administrativo, ATE anunció que impulsará una iniciativa legislativa para que, a partir de las elecciones de 2027, todos los candidatos a cargos electivos estén obligados a realizarse un examen psicofísico preocupacional antes de la presentación de listas.

“Tenemos que avanzar en una iniciativa legal que permita exigir también exámenes psicofísicos a los cargos electivos a partir del año que viene”, propuso Aguiar. El titular del gremio estatal cerró con una advertencia: “Esta presidencia de Milei nos enseñó que la psicosis y el delirio de un candidato en la campaña se pueden camuflar. No nos puede volver a pasar”.

Un funcionario cobró $110 millones indemnización y al día siguiente el Estado lo volvió a contratar

Daniel Alfredo Neira pasó menos de 24 horas sin empleo estatal. El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) lo despidió el 31 de julio de 2026 con una liquidación final neta de $109.781.999,73 y, al día siguiente, quedó designado como gerente en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), organismo que depende de la Secretaría de Agricultura. El caso generó malestar dentro del instituto, cuyo Consejo Directivo ahora analiza dar marcha atrás con una incorporación que ya había aprobado.

Neira recibió la notificación de la rescisión de su contrato el 24 de julio, quedó habilitado para cobrar la indemnización el 28, se convirtió formalmente en desocupado el 31 y el 1° de agosto volvió a la órbita estatal. Sin embargo, los trámites para su nueva designación comenzaron el 1 de julio, 23 días antes de que le ofrecieran el puesto.

— El informe del Enacom del 5 de agosto que remitió a Presupuesto la liquidación final, con la baja de Neira entre los archivos adjuntos

Según documentación a la que accedió La Nación (Belkis Martínez), el ente de comunicaciones resolvió prescindir de sus servicios a partir del 31 de julio y le notificó la extinción de su contratación en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la norma que regula la indemnización por despido sin causa. La planilla de liquidación detalló $73.067.618,10 por antigüedad, $9.742.349,08 en concepto de preaviso y $24.096.076,72 por vacaciones no gozadas, entre otros conceptos, hasta alcanzar el monto neto de casi 110 millones de pesos.

¿Un despido que nunca existió?

Desde el sector describieron la maniobra en duros términos: “Neira simuló su despido cuando las autoridades de la Secretaría de Agricultura, cercana a Luis Caputo, lo llamaron para que asuma en el INTA. Debería haber solicitado el traslado o incluso renunciar a sus funciones en el ENACOM. Pero si hacía eso no cobraba el dineral que le dieron como indemnización. Fue un fraude orquestado con los directivos”.

— La carta documento con la que el Enacom le comunicó a Neira que prescindía de sus servicios desde el 31 de julio

El cuestionamiento se apoya en un criterio de la Procuración del Tesoro de la Nación, que considera al Estado como un único empleador en sentido amplio, es decir, un bloque estatal. Bajo esa lógica, a Neira lo echó la misma patronal que al día siguiente lo contrató otra vez.

— El acta que certificó la notificación a Neira de la extinción de su contrato, en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo

El abogado especialista en derecho administrativo Carlos Fernández consideró que la situación merece, como mínimo, una investigación por un posible enriquecimiento sin causa. “La jurisprudencia civil y administrativa determina que no se puede percibir del Estado una compensación por la ‘pérdida del empleo’ y simultáneamente continuar recibiendo ingresos del Estado bajo otra designación política o de conducción. El funcionario se expone a demandas por repetición de pago, que implicarían la devolución del dinero, por parte del fisco”, explicó el letrado.

Catorce años de carrera en las comunicaciones

En su perfil de LinkedIn, Neira se presenta como contador egresado de la Universidad de Buenos Aires. En enero de 2012 ingresó a la antigua Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), el organismo que luego dio origen a la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC) y, más tarde, al Enacom. Allí hizo toda su carrera. En 2017 lo nombraron subgerente del Área de Contabilidad, Presupuesto y Liquidaciones, y en 2025 ascendió a subdirector de Contabilidad y Finanzas, un cargo categoría A, la máxima jerarquía escalafonaria, que figura entre los sueldos técnicos más altos del personal de planta. Esa antigüedad y ese nivel salarial explican la cifra de la indemnización.

— Daniel Alfredo Neira

Fuentes cercanas al Enacom consultadas por Tiempo Argentino marcaron la contradicción entre el pago millonario y el discurso oficial de recorte del gasto público: “Si en promedio los sueldos en el organismo rondan el millón cuatrocientos mil pesos, lo que Neira se llevó en mano equivale a lo que ganan casi 80 trabajadores. Repiten que en su gobierno la ética no se negocia, pero son corruptos y con la nuestra”.

Cómo llegó al INTA

La incorporación partió de la Dirección General de Administración (DGA) del INTA, hoy a cargo de Gustavo Javier Abaurrea. Esa dirección envió el currículum de Neira al Consejo Directivo con el objetivo de sumarlo como director asistente del área. “Fue un pedido de la DGA para que asista en la Administración. Nunca nos informaron nada de la situación del agente”, afirmó una fuente con conocimiento de la contratación.

El Consejo Directivo, que coordina el presidente del INTA, Nicolás Bronzovich, trató el tema en una de sus últimas reuniones sobre la base de ese currículum. Allí constaba la experiencia laboral de Neira en el Enacom, pero se “omitió que había sido desvinculado”, que ya “había sido indemnizado” y que no pertenecía más al ente de comunicaciones ni a ninguna dependencia estatal.

La designación quedó formalizada mediante la Resolución 296/2026, del 3 de septiembre, que lo nombró de manera transitoria como “gerente tipo A de la Gerencia de Contabilidad”, Gestión Administrativa y Patrimonio, dependiente de la DGA, con nivel de puesto 11. El nombramiento rige por 180 días, con posibilidad de prórroga si en ese período no se realiza el procedimiento de selección correspondiente. La propia resolución dejó asentado que Neira se había desvinculado del Enacom el 31 de julio y que, por esa razón, correspondía su designación interina a partir del 1° de agosto.

Cuando el caso trascendió y llegó a los consejeros, la reacción fue inmediata. “Ahora vamos a rever la aprobación y, de ser necesario, no aceptamos la incorporación. Ya nos va a informar Jurídicos cómo proceder”, indicaron.

Sobre la modalidad del nombramiento, desde el organismo explicaron que, como regla general del INTA, algunas designaciones son transitorias y cubren una función hasta que se realiza el concurso. “Todos los cargos son por concurso, pero es lógico que hasta que se cumpla el concurso el trabajo hay que hacerlo y alguien lo tiene que hacer”, señaló la misma fuente, que además planteó la necesidad de agilizar esos procesos y reducir la burocracia para cubrir las vacantes con mayor rapidez.

Retiros voluntarios y prohibición de reingreso

El episodio ocurrió pocos meses después de que el INTA avanzara con un amplio programa de retiros voluntarios para achicar su planta. Hasta hace meses, el organismo contaba con 5750 empleados, y con los cambios impulsados por el Gobierno habilitó dos procesos de retiro en menos de dos años. El primero, en noviembre de 2024, alcanzó a 394 trabajadores. El segundo, en junio de 2026, comprendió a alrededor de 850 agentes. En este último caso, según el gremio, algunas solicitudes no llegaron a concretarse porque a esos trabajadores no se les computaron los años trabajados como personal no permanente (PNP), y no por un rechazo del organismo.

— La Resolución 296/2026 del INTA, que designó a Neira como gerente de Contabilidad desde el 1° de agosto

Ese régimen fue aprobado por el Consejo Directivo mediante la Resolución 144/2026, y su instrumentación quedó en manos de la misma Dirección General de Administración que impulsó la llegada de Neira. Entre sus condiciones, estableció que quienes accedieran al retiro no podrían volver a incorporarse ni prestar servicios bajo ninguna modalidad en el Sector Público Nacional durante cinco años desde la baja, una restricción que abarca empleos, contrataciones, cargos de autoridades, funciones extraescalafonarias y asesorías.

Por ahora no se sabe si alguna restricción de reingreso al Estado resulta aplicable a Neira, ya que su salida del Enacom se produjo mediante una indemnización por despido. Consultado sobre el caso, el Enacom solo confirmó que el contador había trabajado allí, sin brindar más detalles. Tampoco hubo respuesta del INTA sobre las condiciones en que se pidió la contratación, ni del propio Neira, a quien se intentó contactar para conocer su posición.

Tierra del Fuego prevé gastar $300.000 millones en “gastos figurativos” y proyecta un déficit de $137.955 millones para 2027

El Poder Ejecutivo de Tierra del Fuego presentó ante la Legislatura el proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2027, una iniciativa que fija gastos por $2.743.395 millones y un déficit financiero de $137.955 millones. Dentro de ese esquema, el Estado provincial reservó $298.631 millones —casi $300.000 millones— a los llamados “gastos figurativos”, movimientos de fondos que la administración pública realiza dentro de sí misma.

Los gastos figurativos son las transferencias que una repartición del Estado envía a otra dentro del mismo sector público: figuran como gasto en el organismo que gira los recursos y como “contribución figurativa” en el que los recibe. El proyecto lo deja a la vista, porque frente a los $298.631 millones de gastos figurativos previó un monto idéntico de contribuciones figurativas, su contrapartida de financiamiento. Las dos puntas se compensan al consolidar las cuentas y no incrementan el gasto total de la provincia. La mayor parte, unos $293.232 millones, corresponde a la Administración Central, y se reparte entre $287.475 millones para transacciones corrientes y $11.155 millones para transacciones de capital.

El resultado financiero negativo de $137.955 millones prácticamente triplica el desequilibrio calculado para 2026, estimado en $49.192 millones, un salto del 180,4%. El cálculo oficial previó recursos por $2.605.439 millones frente a erogaciones por $2.743.395 millones, una brecha equivalente al 5% del gasto total. A eso se suma un resultado económico negativo de $54.651 millones, porque los ingresos corrientes no alcanzan a cubrir las obligaciones ordinarias del Estado. La administración justificó el rojo en la rigidez del gasto público —salarios, servicios esenciales y transferencias concentran el grueso de las erogaciones— y en la quita de partidas y programas que la Nación financiaba con anterioridad.

En qué crece y en qué se recorta el gasto

El gasto global trepó a $2,74 billones, contra los $2,28 billones contemplados para 2026, una expansión nominal del 20,2%. Las partidas de personal crecieron 20% interanual y los bienes de consumo e insumos, 18,75%. Los servicios no personales y operativos, en cambio, se redujeron 8,89%. En conjunto, el gasto operativo registró un incremento del 12,84%. En la distribución por finalidad, los Servicios Sociales quedaron como el principal destino de los fondos: concentran el 63,11% del presupuesto total, la porción ligada a la atención directa de las necesidades de la población.

El programa macroeconómico del Ejecutivo tomó como referencia una inflación interanual del 21,5% a diciembre de 2027, un crecimiento del Producto Bruto del 3,2% y un dólar oficial de $2.017. La pauta salarial fijó como techo la masa de haberes de diciembre de 2026 con un incremento vegetativo del 4%, sin ajustes automáticos por la suba de precios.

En materia de empleo público, el texto autoriza 18.400 cargos entre la administración general y el sistema educativo: 11.450 puestos de planta permanente y no permanente, 700 autoridades superiores y 6.950 cargos docentes, además de un cupo de 1.008.000 horas cátedra. El proyecto suspendió para 2027 la cobertura de las vacantes existentes al 31 de diciembre de 2026 y de las que se generen durante el ejercicio, con la salvedad de que el Ministerio de Economía podrá autorizar excepciones para servicios prioritarios.

En paralelo, creó un régimen de retiro voluntario para el personal permanente con al menos diez años de antigüedad, con un cupo del 5% de los cargos y la eliminación definitiva de las vacantes liberadas. Quedaron afuera del régimen los médicos, los policías y los agentes penitenciarios. El documento asignó $38.351,8 millones al Régimen Único de Pensiones Especiales (RUPE), con un tope de 2.050 beneficiarios, y fijó 266 beneficiarios para la Pensión de Guerra de los veteranos de Malvinas.

El proyecto reordena la carga tributaria sobre los sectores productivo y financiero. Desde el 1 de enero de 2027, la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) suspenderá las bonificaciones de hasta el 15% que beneficiaban a los contribuyentes cumplidores en Ingresos Brutos, de modo que el sector comercial deberá tributar el 100% de la alícuota general; la Agencia reintegrará además un 4,20% de la recaudación incremental a la Tesorería provincial. En los yacimientos de hidrocarburos, en cambio, el gravamen de Ingresos Brutos bajará del 3% al 1,5%. Las actividades de apoyo a la pesca pasarán del 0,75% al 5% conjunto y los servicios agropecuarios pagarán una alícuota consolidada del 5%.

El esquema destina un 7% de la recaudación total de Ingresos Brutos al Fondo para la Atención de Personas sin Cobertura Social antes del reparto hacia los municipios, lo que reduce los recursos coparticipables locales. En Sellos, la modificación eliminó la alícuota para los contratos de vivienda única y familiar y aplicó una tasa del 15 por mil a los alquileres comerciales.

Un “cura villero” logró frenar la baja de la edad de imputabilidad en Provincia de Buenos Aires

La organización conocida como Federación Familia Grande Hogar de Cristo, presidida por José María “Pepe” Di Paola, sacerdote católico y referente histórico de los curas villeros, con un estrecho vínculo orgánico con el kirchnerismo, celebró la resolución judicial que suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.

La entidad religiosa estuvo a favor de la idea de que el sistema “no cuenta con la infraestructura edilicia, educativa y profesional necesaria para sostener los estándares mínimos que exige la normativa vigente”. Anteriormente, había promovido un hábeas corpus presentado el 31 de agosto en defensa de personas vinculadas con sus espacios, en el marco del debate sobre el régimen de imputabilidad juvenil a partir de los 14 años.

La presentación fue realizada por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones integrantes de la Federación, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori.

— José María “Pepe” Di Paola, más conocido como Padre Pepe

La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a una medida cautelar dentro de ese hábeas corpus y suspendió preventivamente durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires. A su vez, ordenó fijar una audiencia multipropósito para el 16 de septiembre a las 10, convocando a autoridades que responden al gobernador bonaerense Axel Kicillof del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia para que informen qué medidas adoptaron, cuáles planean y en qué plazos.

La magistrada con treinta años de experiencia en protección infantil, sostuvo que “no sé trata de discutir la ley en abstracto”, con los dispositivos bonaerenses no estando en condiciones de recibir una población mayor sin riesgo para los derechos fundamentales. Su razonamiento se sustentó, entre otras normas, en la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de La Habana y las Reglas de Beijing.

Pascual remarcó que le parece “pésimo” que haya menores de 18 años que están tras las rejas, y volvió a justificar la suspensión por la falta de infraestructura y recursos para aplicar la ley.

— Marta Elba Pascual

Los defensores del fallo sostienen que un juez no necesita esperar a que ocurra el hacinamiento para proteger derechos, porque el hábeas corpus bonaerense cubre amenazas inminentes y el encierro de adolescentes exige estándares reforzados. La jurisprudencia interamericana ha considerado que el hacinamiento, la insalubridad y la falta de servicios en instituciones juveniles pueden vulnerar la integridad personal y los derechos especiales de la niñez.

“En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”, afirmó la senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich en una publicación en su cuenta oficial de X, sumando cuestionamientos al propio funcionamiento “garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias”.

Los críticos responden que una jueza de primera instancia no debería suspender en toda una provincia una ley penal nacional aprobada por el Congreso, particularmente mediante una estimación general sobre detenciones futuras. Usina de Justicia denunció a Pascual por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad, alegando que el riesgo sería hipotético y que la decisión invade competencias legislativas.

Patricia Bullrich on X (formerly Twitter): “En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww / X”

En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww

El fallo tiene un componente institucional relevante, siendo que la Ley 27.801 es nacional, pero su implementación cotidiana necesita jueces, fiscales, defensores, supervisores, centros, personal y programas que en gran medida dependen de cada provincia. El decreto reglamentario reconoce expresamente que la aplicación efectiva exige coordinación con las jurisdicciones provinciales y creó una Mesa Federal para ese fin.

El fallo no derogó la ley, no la declaró inconstitucional y no resolvió definitivamente la discusión sobre la edad de punibilidad en Argentina, solo buscó evitar que ingresaran más adolescentes al sistema bonaerense de encierro antes de verificar que existieran instalaciones, profesionales y programas adecuados.

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