“Si decís algo te van a pasar cosas”: Las amenazas del ex asesor de Capitanich denunciado por violación

La mujer que denunció a Osmar Quintín Gómez brindó más detalles de la noche del hecho y aseguró que el exfuncionario la amenazó con herir a su familia.
rafaela-biazi-470405-unsplash.jpg
10 Years Experiences

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

El líder piquetero chaqueño Osmar “Quintín” Gómez, ex asesor de la Gobernación de Chaco -comandada por Jorge Capitanich– y amigo de la familia Sena -imputada por el asesinato de Cecilia Strzyzowski-, se entregó este jueves en la Fiscalía N°3 de Resistencia a cargo de Rosana Soto luego de ser denunciado por abuso sexual. La mujer que lo denunció es una integrante del MTD y empleada de una escuela que dirige Gómez.

En sus declaraciones frente a la Justicia, la presunta víctima aseguró que el dirigente social ideó un plan para violarla e incluso la amenazó con herir a su familia si le decía algo de lo que sucedió. De acuerdo a lo expresado en la denuncia hecha el lunes pasado en la Dirección de Violencia Familia de la Policía del Chaco, la mujer dijo que el 10 de julio último, “Quintín” la llamó para convocarla bajo el pretexto de que debía ir a cocinar par aun grupo de personas en una casa de la localidad de Colonia Benítez. Algo que habitualmente hacía como parte de su labor.

Emerenciano Sena junto a Osmar “Quintín” Gómez

“Hace un año y medio aproximadamente trabajo en la E.P.G.S (Escuela de Gestión Social) Nº4 Lucho Lezcano Descamisados M.T.D Zona Norte, (…) manejada por el señor Quintín Gómez, organizador de los colegios de gestión social. Esta persona es dependiente del gobernador Jorge Milton Capitanich”, detalló la denunciante antes de comenzar a relatar en detalle el hecho que presuntamente sufrió a manos del ex asesor del Gobernador de Chaco.

Bajo ese pie, la mujer señaló que Gómez le pidió que cocine para “gente que viene del interior” y que pasaría a buscarla a su casa. “Siempre vamos una chica, él y yo. En ese momento pasó a buscarme y me sorprendió que solamente íbamos nosotros dos solos, pero de igual manera fui. Al llegar al lugar vi que no había nadie y Gómez me dijo que en momentos iban a llegar“, contó.

Se entregó Quintín Gómez, el ex asesor de Capitanich denunciado por violación

En ese momento comenzó a sospechar que algo malo estaba por ocurrir, según expresó: "Regresó sin ropa y me dijo textuales palabras: ‘No digas nada. Si llegás a decir algo te voy a hacer cosas. Si denunciás, tengo mucha gente que te va a hacer cosas a vos y a tu familia. Quedate quieta’. Me agarró de los brazos, me llevó a la pieza y me violó".

Por el momento, Quintín no se ha pronunciado en detalle sobre el hecho y solo se limitó a negar las acusaciones. "

Search

Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.

Chaco | Piden hasta 15 años para los policías que robaban bloques de cocaína durante una quema

La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.

Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.

“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.

La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.

El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.

La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.

El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.

La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.

En la mochila de Néstor Ariel Urne Canteros se encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.

Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.

Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.

Lo que muestran los chats

Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.

De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.

“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.

La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.

Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.

Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.

Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.

En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.

Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.

Delitos atribuidos

En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.

El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.

— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial

La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.

Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.

El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.

Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.

— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco

La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.

El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.

Tierra del Fuego prevé gastar $300.000 millones en “gastos figurativos” y proyecta un déficit de $137.955 millones para 2027

El Poder Ejecutivo de Tierra del Fuego presentó ante la Legislatura el proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2027, una iniciativa que fija gastos por $2.743.395 millones y un déficit financiero de $137.955 millones. Dentro de ese esquema, el Estado provincial reservó $298.631 millones —casi $300.000 millones— a los llamados “gastos figurativos”, movimientos de fondos que la administración pública realiza dentro de sí misma.

Los gastos figurativos son las transferencias que una repartición del Estado envía a otra dentro del mismo sector público: figuran como gasto en el organismo que gira los recursos y como “contribución figurativa” en el que los recibe. El proyecto lo deja a la vista, porque frente a los $298.631 millones de gastos figurativos previó un monto idéntico de contribuciones figurativas, su contrapartida de financiamiento. Las dos puntas se compensan al consolidar las cuentas y no incrementan el gasto total de la provincia. La mayor parte, unos $293.232 millones, corresponde a la Administración Central, y se reparte entre $287.475 millones para transacciones corrientes y $11.155 millones para transacciones de capital.

El resultado financiero negativo de $137.955 millones prácticamente triplica el desequilibrio calculado para 2026, estimado en $49.192 millones, un salto del 180,4%. El cálculo oficial previó recursos por $2.605.439 millones frente a erogaciones por $2.743.395 millones, una brecha equivalente al 5% del gasto total. A eso se suma un resultado económico negativo de $54.651 millones, porque los ingresos corrientes no alcanzan a cubrir las obligaciones ordinarias del Estado. La administración justificó el rojo en la rigidez del gasto público —salarios, servicios esenciales y transferencias concentran el grueso de las erogaciones— y en la quita de partidas y programas que la Nación financiaba con anterioridad.

En qué crece y en qué se recorta el gasto

El gasto global trepó a $2,74 billones, contra los $2,28 billones contemplados para 2026, una expansión nominal del 20,2%. Las partidas de personal crecieron 20% interanual y los bienes de consumo e insumos, 18,75%. Los servicios no personales y operativos, en cambio, se redujeron 8,89%. En conjunto, el gasto operativo registró un incremento del 12,84%. En la distribución por finalidad, los Servicios Sociales quedaron como el principal destino de los fondos: concentran el 63,11% del presupuesto total, la porción ligada a la atención directa de las necesidades de la población.

El programa macroeconómico del Ejecutivo tomó como referencia una inflación interanual del 21,5% a diciembre de 2027, un crecimiento del Producto Bruto del 3,2% y un dólar oficial de $2.017. La pauta salarial fijó como techo la masa de haberes de diciembre de 2026 con un incremento vegetativo del 4%, sin ajustes automáticos por la suba de precios.

En materia de empleo público, el texto autoriza 18.400 cargos entre la administración general y el sistema educativo: 11.450 puestos de planta permanente y no permanente, 700 autoridades superiores y 6.950 cargos docentes, además de un cupo de 1.008.000 horas cátedra. El proyecto suspendió para 2027 la cobertura de las vacantes existentes al 31 de diciembre de 2026 y de las que se generen durante el ejercicio, con la salvedad de que el Ministerio de Economía podrá autorizar excepciones para servicios prioritarios.

En paralelo, creó un régimen de retiro voluntario para el personal permanente con al menos diez años de antigüedad, con un cupo del 5% de los cargos y la eliminación definitiva de las vacantes liberadas. Quedaron afuera del régimen los médicos, los policías y los agentes penitenciarios. El documento asignó $38.351,8 millones al Régimen Único de Pensiones Especiales (RUPE), con un tope de 2.050 beneficiarios, y fijó 266 beneficiarios para la Pensión de Guerra de los veteranos de Malvinas.

El proyecto reordena la carga tributaria sobre los sectores productivo y financiero. Desde el 1 de enero de 2027, la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) suspenderá las bonificaciones de hasta el 15% que beneficiaban a los contribuyentes cumplidores en Ingresos Brutos, de modo que el sector comercial deberá tributar el 100% de la alícuota general; la Agencia reintegrará además un 4,20% de la recaudación incremental a la Tesorería provincial. En los yacimientos de hidrocarburos, en cambio, el gravamen de Ingresos Brutos bajará del 3% al 1,5%. Las actividades de apoyo a la pesca pasarán del 0,75% al 5% conjunto y los servicios agropecuarios pagarán una alícuota consolidada del 5%.

El esquema destina un 7% de la recaudación total de Ingresos Brutos al Fondo para la Atención de Personas sin Cobertura Social antes del reparto hacia los municipios, lo que reduce los recursos coparticipables locales. En Sellos, la modificación eliminó la alícuota para los contratos de vivienda única y familiar y aplicó una tasa del 15 por mil a los alquileres comerciales.

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

Un “cura villero” logró frenar la baja de la edad de imputabilidad en Provincia de Buenos Aires

La organización conocida como Federación Familia Grande Hogar de Cristo, presidida por José María “Pepe” Di Paola, sacerdote católico y referente histórico de los curas villeros, con un estrecho vínculo orgánico con el kirchnerismo, celebró la resolución judicial que suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.

La entidad religiosa estuvo a favor de la idea de que el sistema “no cuenta con la infraestructura edilicia, educativa y profesional necesaria para sostener los estándares mínimos que exige la normativa vigente”. Anteriormente, había promovido un hábeas corpus presentado el 31 de agosto en defensa de personas vinculadas con sus espacios, en el marco del debate sobre el régimen de imputabilidad juvenil a partir de los 14 años.

La presentación fue realizada por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones integrantes de la Federación, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori.

— José María “Pepe” Di Paola, más conocido como Padre Pepe

La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a una medida cautelar dentro de ese hábeas corpus y suspendió preventivamente durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires. A su vez, ordenó fijar una audiencia multipropósito para el 16 de septiembre a las 10, convocando a autoridades que responden al gobernador bonaerense Axel Kicillof del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia para que informen qué medidas adoptaron, cuáles planean y en qué plazos.

La magistrada con treinta años de experiencia en protección infantil, sostuvo que “no sé trata de discutir la ley en abstracto”, con los dispositivos bonaerenses no estando en condiciones de recibir una población mayor sin riesgo para los derechos fundamentales. Su razonamiento se sustentó, entre otras normas, en la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de La Habana y las Reglas de Beijing.

Pascual remarcó que le parece “pésimo” que haya menores de 18 años que están tras las rejas, y volvió a justificar la suspensión por la falta de infraestructura y recursos para aplicar la ley.

— Marta Elba Pascual

Los defensores del fallo sostienen que un juez no necesita esperar a que ocurra el hacinamiento para proteger derechos, porque el hábeas corpus bonaerense cubre amenazas inminentes y el encierro de adolescentes exige estándares reforzados. La jurisprudencia interamericana ha considerado que el hacinamiento, la insalubridad y la falta de servicios en instituciones juveniles pueden vulnerar la integridad personal y los derechos especiales de la niñez.

“En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”, afirmó la senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich en una publicación en su cuenta oficial de X, sumando cuestionamientos al propio funcionamiento “garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias”.

Los críticos responden que una jueza de primera instancia no debería suspender en toda una provincia una ley penal nacional aprobada por el Congreso, particularmente mediante una estimación general sobre detenciones futuras. Usina de Justicia denunció a Pascual por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad, alegando que el riesgo sería hipotético y que la decisión invade competencias legislativas.

Patricia Bullrich on X (formerly Twitter): “En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww / X”

En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww

El fallo tiene un componente institucional relevante, siendo que la Ley 27.801 es nacional, pero su implementación cotidiana necesita jueces, fiscales, defensores, supervisores, centros, personal y programas que en gran medida dependen de cada provincia. El decreto reglamentario reconoce expresamente que la aplicación efectiva exige coordinación con las jurisdicciones provinciales y creó una Mesa Federal para ese fin.

El fallo no derogó la ley, no la declaró inconstitucional y no resolvió definitivamente la discusión sobre la edad de punibilidad en Argentina, solo buscó evitar que ingresaran más adolescentes al sistema bonaerense de encierro antes de verificar que existieran instalaciones, profesionales y programas adecuados.

Un municipio bonaerense usó envases contaminados con veneno para cocinar mil chorizos en la fiesta del pueblo

El hecho ocurrió durante los festejos por el 115º aniversario de La Colina, una localidad perteneciente al partido bonaerense de General La Madrid. La celebración comunitaria estuvo organizada conjuntamente por instituciones de la zona y el municipio. Para agasajar a los vecinos, se prepararon mil chorizos a la pomarola en un enorme paellero instalado sobre la plaza José Hernández.  

Pero detrás de los preparativos se registró una postal gravísima que dejó al descubierto una falta total de controles bromatológicos. Las imágenes capturadas en el lugar muestran con claridad el momento en que se utilizaba un balde plástico, rotulado con las letras visibles de un potente herbicida a base de glifosato, para volcar los ingredientes directamente sobre el paellero destinado a todo el público.

Uno de los videos que sirvieron como evidencia.

Ausencia de controles

Desde la comuna de la 6ª sección electoral, conducida por el intendente radical Martín Randazzo, reconocieron la veracidad de las imágenes y los hechos. El Ejecutivo municipal asumió la responsabilidad absoluta por la falta de supervisión y control en la organización del evento gastronómico.

Pese al reconocimiento oficial, la justificación de los organizadores encendió aún más la polémica entre los vecinos. Intentaron minimizar el peligro al argumentar que el recipiente había sido sometido a un triple lavado y que se recurrió a él por una supuesta falta de otros envases disponibles para acarrear agua y verduras.

El comunicado oficial del municipio.

Peligro sanitario y respuesta opositora

La utilización de un recipiente que contuvo agrotóxicos desató una profunda preocupación debido a las normativas vigentes que prohíben terminantemente reutilizar estos envases para fines domésticos o alimentarios. La Ley Nacional 27.279 y las reglamentaciones provinciales establecen que los recipientes de fitosanitarios no pueden volver a usarse bajo ninguna circunstancia, ya que los plásticos de alta densidad absorben las moléculas de los químicos y ningún lavado casero garantiza la eliminación de la toxicidad residual.

Ante esta situación, el bloque de concejales opositores presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para exigir respuestas urgentes al Departamento Ejecutivo. Los ediles advirtieron que la salud pública exige absoluta transparencia y adelantaron que evaluarán el inicio de acciones legales de tipo penal para determinar si existió un riesgo sanitario real contra los asistentes y establecer las responsabilidades penales correspondientes.

*Por Augusto Grinner

El Ejército descontó más de $1.000 millones del sueldo de los soldados para financiar revistas que casi no se imprimen

Cada soldado que entra al Ejército Argentino empieza a pagar una revista que casi nunca recibe. El descuento aparece en el recibo de sueldo bajo el concepto “Periódico Soldados” y hoy es de $2.060 por mes. En lo que va del año, esa publicación se imprimió una sola vez. 

Según fuentes castrenses, la fuerza ya retuvo al menos mil millones de pesos de los haberes de su personal, mientras que el costo de esa edición no superaría los $100 millones. Hasta ahora nadie explicó dónde está la diferencia.

La sospecha aparece poco después del escándalo de la Armada, que denunció ante la Justicia Federal 645 acreditaciones indebidas de haberes por $981.148.567,88, realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. En esa causa, el juez federal Sebastián Ramos ordenó el secuestro de computadoras y dispositivos resguardados en el edificio Libertad, y el Ministerio de Defensa, a cargo de Carlos Presti, ordenó formalizar la denuncia.

Las publicaciones del Ejército bajo la lupa son dos, Soldados y El Soldado Argentino, y ambas las edita la Fundación Soldados (FUNDASOL). En los papeles es una entidad civil, pero su consejo de administración está integrado por militares y su estatuto establece que el presidente lo designa el Estado Mayor General del Ejército. Tiene sede en avenida Santa Fe 4815, maneja la FM Soldados y figura como responsable de la Revista del Suboficial, un portal digital y el programa televisivo Nuestro Ejército.

El descuento es automático. También lo pagan los voluntarios que pasan pocos meses en la fuerza y se van sin haber tenido un ejemplar en la mano. El recibo de un soldado voluntario de segunda, fechado el 30 de agosto de 2026, muestra dos retenciones a favor de FUNDASOL, una de $2.060,51 por Soldados y otra de $1.236,30 por El Soldado Argentino. Un coronel y un cabo registraron en agosto el mismo monto por la primera. Un año antes, un cabo primero pagaba $1.638,60.

“Nadie la conoce”, dijo un jefe militar sobre El Soldado Argentino. Sobre Soldados, admitió que dejó de llegar hace meses. “Te descuentan por un servicio que no se da”, resumió. Cualquier uniformado puede darse de baja de la suscripción, aunque en la práctica nadie lo hace porque desconoce el trámite.

Los números muestran la caída. En sus 29 años, Soldados promedió unas diez ediciones anuales. En 2025 salieron cinco, y en 2026 solo la n.º 289, con una tirada de 57 mil ejemplares de 44 páginas. Una fuente castrense señaló otro detalle: “Adrede, las ediciones no indican en qué mes fueron impresas, para no levantar sospechas”. El período, agregó, solo puede reconstruirse a partir de las noticias que publica cada número.

El Ejército rechaza cualquier irregularidad. Su vocería sostiene que Soldados no tiene una periodicidad fija y que sale según las actividades principales de la fuerza, que El Soldado Argentino difunde contenidos de instrucción técnica y que a fin de año se enviará en papel un calendario 2027 dedicado a los 45 años de Malvinas. La demora del número actual, según esa explicación, se debe a que esperan incluir la entrega del segundo escuadrón de tanques modernizados TAM 2C A2 y un ejercicio anfibio en Rosario.

La fuente castrense no aceptó esa explicación. “¿Qué tiene que ver el ejercicio militar del fin de semana en Rosario? Acaso no hubo otras actividades antes o es que solo se imprime cuando hay algo”, respondió. También negó que la versión digital se envíe por mail a los uniformados, como sostiene la fuerza.

*Con información de Clarín (Emiliano Russo)

HUMOR por Argüelles​

LO MÁS IMPORTANTE

TWEET DEL DÍA

Tevero liberavisse
comprehensam nec.

Copyright 2023 © Data 24 - Todos los derechos reservados
Data 24.com.ar © Copyright 2025

Subscribe Now