Salas de espectáculos y bailes permitidos: Fernando Muro y el proyecto en apoyo a los gastronómicos en Mar del Plata

Desde Propuesta Republicana (PRO) se propuso el baile permitido y libre uso como sala de espectáculos para los establecimientos tras la caída nocturna.
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Desde el Municipio de General Pueyrredón (MGP) se presentó un proyecto con una enorme serie de modificaciones en la ordenanza vigente para locales gastronómicos. Con lo cual se trataría de dar amplitud en las condiciones actuales que limitan la actividad: con un profundo foco en permitir baile y el libre uso como salón de eventos.

La idea provino del concejal de Vamos Juntos, Fernando Muro, quién recibió el apoyo por parte del intendente de Mar del Plata, Guillermo Montenegro. La cual también deja que haya actuación de deejays, extensión del horario y demás permisos que estaban haciendo caótica la nocturnidad para los empresarios.

“Cuando decimos que en Mar del Plata tenemos todo ¡es porque es así!”

El edil que ya fue noticia por la propuesta de eliminar impuestos a las actividades comerciales en bienes patrimoniales, aseveró que “la ciudad cuenta con un gran potencial para la generación de espectáculos convirtiéndose estos en un importante elemento de promoción y, a su vez, en una gran fuente de empleo para los vecinos”.

Vale recalcar que el mayor cambio surge en que el baile volvería a estar habilitado, aunque bajo una confusa figura. La actual norma, sancionada en 2001 bajo el Gobierno de Elio Aprile, lo prohíbe taxativamente, mientras que la nueva lo permite, siempre y cuando no sea estimulado por parte del comercio.

Mar del Plata
El concejal y referente de Propuesta Republicana (PRO), Fernando Muro

Asimismo, en el proyecto se amplían los tipos de shows habilitados, dado que la actual ordenanza sólo contempla músicos (solistas y grupos), grupos de bailes o bailarines solistas, representaciones teatrales y títeres. Ahora, la propuesta de Muro agrega musicalizador o Disc Jockey y performance y disciplinas que requieran de un espacio escénico o estén patrocinadas por el comercio.

La propuesta del concejal de Vamos Juntos también determina que se extenderá el período de validez de los permisos, de los actuales 3 meses a un año, siendo además prorrogable “automáticamente sin límite de tiempos mientras se cumpla con la reglamentación y no medien infracciones derivadas de los espectáculos referidas a ruidos molestos”.

Mar del Plata
El proyecto presentado fue apoyado por el intendente de Mar del Plata, Guillermo Montenegro

Por el momento, este tipo de espectáculos estaban habilitados para locales que no excedían las 150 personas, a excepción de aquellos cuya actividad sea la de expansión nocturna.

Este punto es eliminado de la nueva ordenanza, por lo que no habrá límite según capacidad de aforo. Incluso se flexibilizan las condiciones para comenzar con los shows, dado que el titular podrá realizar eventos en modalidad “a prueba” con la sola iniciación del trámite y con el pago de la tasa de derechos de espectáculos, con una etapa de hasta 3 meses.

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Un juez absolvió a los camioneros que bloquearon una pyme y el dueño estalló: “Es un cheque en blanco a la mafia sindical”

El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.

Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.

“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.

Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.

“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”

— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro

“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”

El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.

— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina

No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.

“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.

El origen del conflicto

Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.

En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.

— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021

Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.

El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.

“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.

El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.

— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa

En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.

La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.

El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.

Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.

Los incidentes en enero y febrero de 2021

Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.

— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro

El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.

La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.

— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey

De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.

La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.

La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.

— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022

En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.

Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.

Sin retenciones, el campo podría crear casi 860.000 empleos y darles trabajo a la mitad de los desocupados

El fin de las retenciones podría abrir casi 860.000 puestos de trabajo en las cadenas agroindustriales en una década. En un país con 1,6 millones de desocupados, esa cifra alcanzaría para emplear a uno de cada dos. La estimación aparece en el informe “Empleo en las cadenas agroindustriales 2025”, que difundió la Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina (FADA). Se trata de un centro de estudios del sector agropecuario con sede en Río Cuarto, Córdoba. El trabajo lo firmaron sus economistas Nicolle Pisani Claro, jefa del área, y Fiorella Savarino.

La proyección salió del escenario que FADA había trazado en otro documento propio, “Cuatro claves para crecer y generar medio millón de empleos”. Sin el impuesto, el productor cobraría más por su cosecha. Eso sumaría un 15% de superficie cultivada, porque tierras que hoy no son rentables pasarían a serlo. También elevaría un 37% los rendimientos, gracias a una mayor inversión en tecnología, fertilización, semillas y maquinaria. La producción de granos pasaría de 135 millones de toneladas a 205,4 millones, un salto del 52%. El punto de partida es el promedio de las últimas cinco campañas (sin contar la de la sequía).

Ese volumen extra empujaría el empleo por dos vías. Los cereales y las oleaginosas aportarían 430.262 puestos. Otros 413.541 llegarían por el dinamismo de las carnes y los biocombustibles: parte del maíz se convertiría en alimento para cerdos, aves y vacunos o en bioetanol, y la soja iría al biodiesel. En total, FADA contó 857.881 empleos entre producción primaria, industria, comercialización y transporte, a razón de 85.788 por año.

El propio informe aclaró que el número marca un potencial y no un efecto inmediato. La respuesta productiva sería gradual, en sintonía con la reducción escalonada de alícuotas que lleva adelante el Gobierno, y llegaría a su techo recién en diez años. Como referencia, FADA recordó que entre 2020 y 2025 las cadenas crearon 480.000 empleos, unos 80.000 por año. Ese crecimiento lo empujaron la carne vacuna, la soja, el trigo, el girasol y la lechería.

La eliminación de las retenciones fue una de las banderas de Javier Milei ante el campo. En mayo de 2023, de cara a las PASO, su asesor Guillermo Mac Loughlin planteó: “Las queremos eliminar desde el día 1”. La promesa podía leerse en las propuestas electorales presentadas por La Libertad Avanza ante la Cámara Nacional Electoral. El recorrido resultó más ‘sinuoso‘. En enero de 2025, el Gobierno bajó en forma temporal las alícuotas de los principales cultivos y las eliminó de manera permanente para las economías regionales. La soja pasó entonces del 33% al 26%. Al vencer el plazo, a fines de junio, el poroto volvió al 33% y el maíz al 12%.

El capítulo más llamativo llegó en septiembre. El Decreto 682/2025 fijó retenciones cero hasta el 31 de octubre o hasta que las ventas al exterior registradas sumaran US$ 7.000 millones. El cupo se agotó en tres días y la soja regresó al 26%. En diciembre, la alícuota bajó al 24%. En junio de 2026, el Decreto 423/2026 recortó la de trigo y cebada del 7,5% al 5,5%. Para la soja fijó un descenso desde enero de 2027, hasta el 21% en diciembre de ese año y el 15% en diciembre de 2028. Milei atò la continuidad del cronograma a un segundo mandato: dijo que seguirá hasta 2028 “si nosotros reelegimos”. En julio, en la Exposición Rural de Palermo, calificó al tributo como “una aberración que nunca debió haber existido”. Rechazó, sin embargo, eliminarlo para sacar rédito electoral y sostuvo que el crecimiento de la energía y la minería financiará la quita.

El informe de FADA también repasó ese vaivén. En 2025 se eliminaron las retenciones a los cueros, a las economías regionales y a los productos industrializados. La baja para las carnes se volvió permanente, y la de los granos, que había empezado como temporal, pasó a serlo a fin de año. Aun así, el impuesto siguió pesando en la caja: en el primer semestre de 2026, las cadenas agroindustriales pagaron US$ 2.407 millones en derechos de exportación. El 91% provino de los complejos granarios, el 5% de los cárnicos, el 3% de las economías regionales y el 1% de otros productos.

Hoy el empleo ligado al agro ya tiene un peso enorme. En 2025, las cadenas agroindustriales generaron 4.332.114 puestos de trabajo, un 1,2% más que en 2024. Eso representa el 22,8% del empleo privado y el 19,1% del total si se suma el sector público. Al frente del ranking se ubicó la cadena bovina, con 518.939 puestos. La siguieron frutas, verduras, hortalizas y legumbres (462.482), soja (446.254), trigo (440.604) y maíz (258.307). Entre esas cinco reunieron el 49,1% del total.

“Cuando hacemos las compras, es fácil ver los productos, pero no siempre a las personas que hay detrás”, graficó Savarino. El mapa por etapas lo confirma. La producción primaria concentró el 33,5% de los puestos, la comercialización el 27,3%, la industria el 21,4% y el transporte y la logística el 9,2%. Los proveedores de insumos, bienes de capital y servicios profesionales sumaron el 8,6% restante. “Es decir, hay empleo tanto en la siembra y la cosecha como en la fábrica, el depósito, el camión, el supermercado, el estudio contable o la empresa que fabrica una máquina agrícola”, agregó Pisani Claro.

El contexto laboral le da más relieve a la proyección. El empleo total del país llegó en 2025 a 22.730.304 puestos, un 1% más que el año anterior y un récord desde 2016. Ese avance lo explicaron casi por completo los trabajadores independientes, que sumaron 226.727 puestos. En cambio, el empleo privado formal perdió 32.643. Desde 2016, el 83% de los puestos nuevos fue informal o independiente.

Los ingleses profanan las tumbas de nuestros héroes en Malvinas

Para la administración colonial de las Islas Malvinas, el nombre del archipiélago constituye una ofensa suficiente para profanar la memoria de los caídos. Así lo confirmó al aire el periodista chileno Samuel Rojas durante una cobertura del ciclo Reportajes Teletrece en el Cementerio de Darwin, donde descansan los restos de soldados argentinos muertos en la guerra de 1982. Las cámaras captaron cómo las placas, ofrendas y recuerdos que dejan familiares y visitantes fueron retirados del cenotafio y lanzados fuera del perímetro como material de descarte.

Apostado junto al vallado blanco que rodea las tumbas, el cronista expuso sin rodeos la razón de semejante ultraje: “Algunas de las placas que probablemente traen algunos de los visitantes argentinos quedan atrás de la cruz. ¿Por qué? Porque la mayoría tiene consignas relacionadas con el nombre Malvinas, algo que no es aceptado acá; por eso es que son lanzadas acá, porque eso es considerado una ofensa y una provocación”.

A espaldas de la cruz mayor, lejos de la solemnidad que exige un camposanto militar, las imágenes revelaron un basural improvisado entre los pastizales. Allí yacían placas de pueblos patagónicos, mensajes familiares, rosarios, cintas votivas y figuras religiosas. La saña quedó a la vista en un primer plano: una placa acrílica colocada poco antes por una emisora radial de Comodoro Rivadavia, con la leyenda “El pueblo de Comodoro Rivadavia a Nuestros Héroes. ‘Malvinas nos une’ – Abril 2026”, apareció arrancada de su sitio y tirada en el barro, junto a listones rotos, pulseras elásticas y cerámicas partidas.

El informe dejó al descubierto además una intervención física sobre el predio. Una retroexcavadora amarilla operó con su brazo mecánico desplegado sobre el límite exacto del cementerio, en la parte posterior del cenotafio, y removió suelo a escasos metros de la cruz mayor, mientras un grupo de operarios trabajaba con palas en el terreno lindero. Esa franja de tierra limita de forma directa con el vertedero de los homenajes censurados.

La recorrida por Darwin formó parte de un reportaje sobre la comunidad chilena que reside en el archipiélago, en el marco de la controversia por una futura ruta marítima entre Punta Arenas y las islas. Ante los mismos micrófonos, los isleños reclamaron que el Gobierno argentino abandone su reclamo de soberanía y defendieron la ocupación británica. Uno de los veteranos del Reino Unido apuntó contra el presidente Javier Milei, a quien exigió dejar en paz el proyecto del buque chileno que abarataría el costo de las frutas y víveres llegados del continente: “Que Milei y su gente dejen tranquilo al barco chileno y nos dejen tranquilos a nosotros”.

La misma tranquilidad que pidieron para sí les fue negada a los muertos argentinos. El Cementerio de Darwin recibe con frecuencia a familiares, excombatientes y delegaciones que viajan miles de kilómetros para dejar flores, cartas, banderas y placas junto a las tumbas. Lo que las cámaras mostraron fue una decisión deliberada de la colonia que impide el luto y la memoria, en abierta violación del derecho internacional humanitario y de los mandatos de la Cruz Roja Internacional, que garantizan la integridad de los cementerios militares y de los recuerdos que acompañan a los caídos.

La imagen de “comunidad civilizada y respetuosa del derecho internacional” que Londres proyecta ante los foros multilaterales se derrumbó frente a una cámara extranjera. 

ARCA puso la mira en OnlyFans y les reclama hasta US$300.000 a creadoras argentinas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, más conocida por sus siglas ARCA, envió esta semana avisos a creadoras de OnlyFans, la plataforma de contenidos para adultos, por presuntos ingresos sin declarar. En algunos casos, los montos detectados a su nombre oscilaron entre 200.000 y 300.000 dólares en los períodos fiscales 2022 a 2024, cifras que las afectadas aseguraron no haber recibido porque terceros administraban sus cuentas.

Un posteo anónimo en redes sociales hizo público el caso y contadores confirmaron la existencia de las comunicaciones, que llegaron a los domicilios electrónicos como una “acción de control electrónico”. El texto mencionó ingresos no declarados en cuentas a su nombre o bajo su gestión en plataformas digitales, detectados “de acuerdo con la información aportada por terceros”.

Consultada, ARCA no hizo comentarios, aunque desde el organismo aclararon que se trataba de una fiscalización electrónica enviada a muchos contribuyentes, que debía responderse. Este tipo de campaña, llamada de inducción, invitaba a presentar las declaraciones juradas omitidas o, si los datos eran incorrectos, a responder con documentación respaldatoria. Mariano Ghirardotti, socio principal en Estudio Ghirardotti, recordó que los directivos de ARCA consideraban estas campañas “un elemento altamente eficiente para recaudar”.

“Me reclaman impuestos sobre dinero que nunca recibí y no tengo cómo afrontar esa deuda ni cómo solucionar”. Así resumió su caso la creadora que lo difundió, a quien le llegó una notificación por casi US$300.000 y que calculó una deuda superior a $150 millones con intereses y multas. Además, sostuvo que “ARCA habría solicitado información a OnlyFans en Reino Unido sobre los ingresos de creadoras argentinas”.

Contó que había “muchas chicas en la misma situación” y describió el esquema: agencias que manejaban las cuentas y los cobros se quedaban con la mayor parte de la facturación, y ellas recibían un porcentaje ínfimo o un sueldo fijo de US$1.500 mensuales. Las cuentas de OnlyFans y los medios de cobro estaban a nombre de las creadoras. Las cuentas con el fisco, también.

Los registros de las plataformas no reflejaban necesariamente cuánto cobró cada una, y quien recibió una fracción podía enfrentar reclamos por montos muy superiores. Muchas agencias desaparecieron o dejaron de operar, y a las afectadas solo les quedaron chats de Telegram y algunos comprobantes para reconstruir lo que cobraban.

Diego Fraga, profesor de la maestría en derecho tributario de la Universidad Austral y fundador de Proyecta C, planteó que había que revisar los contratos para saber quién fue el titular jurídico de los ingresos. El tributarista Sebastián Domínguez propuso precisar si la agencia cobraba por cuenta de la titular o disponía de fondos ajenos, y advirtió que “es un relato individual y no hay indicios de que haya un operativo masivo sobre las creadoras”.

El intercambio internacional de información y los cruces patrimoniales permitían detectar cobros en el exterior, según Ghirardotti. Entre esas herramientas figuraron el CRS, un estándar de intercambio automático de datos financieros de la OCDE al que adhirió la Argentina junto con más de 120 jurisdicciones, y el acuerdo FATCA con Estados Unidos, más limitado.

Para el abogado Federico Colonnese, especializado en asesoría para creadores digitales, quedó atrás la creencia de que nadie se enteraba de los cobros del exterior: pasaban por billeteras digitales, cuentas bancarias, Payoneer, Wise o Skrill, todos rastreables, y ARCA intensificó en 2026 los controles automáticos sobre transferencias internacionales, por lo que esos ingresos resultaban imposibles de ocultar.

Frente a esa postura, Fraga admitió que el fisco cruzaba datos de bancos, billeteras virtuales y plataformas de pago, pero distinguió entre conocer una cuenta e identificar con exactitud lo que alguien ganó por su trabajo: “No todas las plataformas están alcanzadas por los mismos mecanismos de intercambio ni toda acreditación constituye necesariamente una ganancia gravada”.

En lo fiscal, Colonnese equiparó la actividad en OnlyFans con un trabajo autónomo y gravado, como el de cualquier freelancer: con ingresos habituales correspondía inscribirse y, para la mayoría, convenía el monotributo, que unificaba en un pago mensual el impuesto integrado (en lugar del IVA y Ganancias), los aportes jubilatorios y la obra social. Por encima de sus topes regía el régimen general, con IVA y Ganancias por separado.

Para servicios prestados desde la Argentina y aprovechados en otro país correspondía una factura electrónica tipo E, emitida desde “Comprobantes en línea” de ARCA con un punto de venta de exportación, incluso para monotributistas. Según Colonnese, llevaba IVA exento, se emitía al tipo de cambio oficial del día y servía para justificar el ingreso de divisas. Ghirardotti y Domínguez sumaron Ingresos Brutos, que no todas las jurisdicciones eximían, Bienes Personales por saldos en el exterior y el riesgo de sanciones e intereses.

Ante el aviso, Domínguez recomendó responder a tiempo e identificar si se trataba de una nota de inducción, una inspección o una determinación de oficio. Aconsejó reunir contratos, comprobantes y chats; reconstruir año por año lo facturado, lo descontado por la agencia, lo cobrado y lo gravado; rastrear el origen de la información; revisar si hubo infracciones al Régimen Penal Cambiario y definir una estrategia con un profesional desde el primer día, porque anticiparse solía dar más margen.

El Banco Central permitió en los últimos años a las personas humanas exportadoras de servicios conservar sus dólares sin límite, pero Fraga aclaró que siguió vigente la obligación de ingresarlos al país dentro de los 20 días hábiles desde su percepción. “No alcanza con emitir la factura y declarar los impuestos si, al mismo tiempo, se incumplen las normas del Banco Central”, cerró.

La empresa estatal de agua de Mendoza formó una laguna de excrementos tras once años de arrojar desechos cloacales en un campo

Aguas Mendocinas / AYSAM es la sociedad anónima pública que gestiona tanto el agua potable como los desechos orgánicos de alrededor de un millón de mendocinos. Una ONG la denunció por haber formado una “laguna” de heces en lo que la población ha llamado la “ciénaga de los muertos”.

El sitio se encuentra a unos 30 kilometros al este de la ciudad de Mendoza, en el departamento de Maipú, y consiste en unas 12 hectáreas de tierra afectada por constantes vuelcos cloacales sin tratamiento alguno.

La fundación Fiscalía Ciudadana comenzó a investigar el tema el 29 de mayo de este año a raíz de una denuncia anónima en su sitio web.

Al llegar al lugar rural sobre calle Los Pinos observaron una camioneta Ford Ranger blanca, con ploteo del logo de AYSAM, dominio AB393IL y número interno P93. Cerca de ella notaron que un hombre con uniforme y distintivos de la empresa estaba haciendo unas verificaciones en la tubería que da origen a esa inmensa laguna de desechos cloacales, según explican en la denuncia judicial de más de cien hojas presentada por la ONG en agosto.

Marcos Neirotti, vicepresidente de Fiscalía Ciudadana, expresó al medio REALPOLITIK que luego de este encuentro denunciaron la situación ante el departamento General de Irrigación (el organismo público que fiscaliza el manejo del agua y que tiene poder de policía): “Nos encontramos con que ellos ya sabían del vuelco y que habían labrado un acta”, comenta el promotor de los derechos humanos, pero sin que eso hubiese detenido el daño ecológico.

La historia de un desastre

Según investigó la entidad denunciante, en esa zona pasa una cañería colectora que dirige los efluentes de unos 600 mil mendocinos hacia una planta de tratamiento cercana.

En 2021 ese caño reventó, ocasionando un gran derrame. En parte, porque “les quedó chica la cañería y porque ya cumplió su vida útil, eso fue hecho en la década del 80”, asegura Neirotti.

Entonces, AYSAM colocó un caño de PVC que conecta la rotura de la colectora de hormigón con un campo inculto de un privado. Sin embargo, los vuelcos ya venían desde 2015 en ese sitio y, en los momentos de mayor intensidad, llegó a afectar unas 40 hectáreas a la redonda, según las imágenes satelitales.

“Lo que la gente muchas veces no entiende es que ahí no sólo van heces, también van desechos de micro hospitales, pequeñas industrias, con lo que vos limpies las cañerías, todo tipo de líquidos… ahí van metales pesados…”, dijo el denunciante.

¿Un funcionario con poca resolución?

El vicepresidente de la fundación explica que hay dos agravantes en el lugar de estos derrames: “A cientos de metros de esa gran mancha está la laguna del Viborón, que tiene cerca la laguna de La Paloma y ésta, a la laguna de Soria. Las tres conforman el sistema de humedales Leyes-Tulumaya”, explicó.

Y añadió: “El otro agravante es que en 2020 el actual presidente de AYSAM era secretario de Ambiente y fue hasta esas lagunas. Declaró de interés provincial el sistema de humedales. Al estar estos vuelcos cloacales sobre tierra sin ningún tipo de impermeabilización, hay riesgo de contaminación de las napas de agua subterránea y de las mismas lagunas”.

Humberto Mingorance es quien preside la empresa pública de aguas y saneamiento, pero entre diciembre de 2015 y diciembre de 2023 fue secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial. Es decir, estuvo a cargo de uno de los organismos que debería haber sancionado a AYSAM en el tiempo en que ya habían comenzado los vuelcos y ahora preside dicha empresa. Pero ni como agente de control ni como responsable directo hizo algo para detener la situación.

En junio de 2026 Mingorance fue imputado por otra causa: vuelcos cloacales no autorizados sobre el ramal 12 de Los Corralitos (un cauce que transporta agua de riego que llega directamente a los productores agrícolas).

¿Un final feliz?

Marcos Neirotti comentó que cuando empezaron a investigar les dijeron que “había un convenio entre AYSAM y el privado dueño de los terrenos para poder realizar allí estos vuelcos ilegales. Pero el convenio no aparecía en ningún lado. ¿Cuándo apareció? Al hacer nosotros la querella penal, ¿y cuándo te imaginás que fue firmado teniendo en cuenta que desde 2015 vuelcan? Hace años imaginábamos todos, pero no. Fue firmado el 31 de mayo de 2026, sólo dos días después de que nosotros denunciáramos ante el departamento General de Irrigación”.

Según este informante, la empresa a cargo de Mingorance le envió un escrito a la Fiscalía Nro. 38, a cargo del doctor Gabriel Blanco, explicando que los vuelcos eran “esporádicos” y que se debían principalmente a la influencia de lluvias.

Algo que la ONG Fiscalía Ciudadana descartó tomando registros fílmicos en días donde no había habido inclemencias, según consta en la denuncia.

El sitio REALPOLITIK contactó a AYSAM para recolectar su testimonio pero, pese a las empeñadas gestiones de su jefe de prensa, no se logró una entrevista directa con alguno de los responsables de la “ciénaga de los muertos”. Sin embargo, se nos permitió enviar algunas preguntas para luego tener la devolución por escrito.

Concretamente se preguntó: “En la denuncia de la ONG Fiscalía Ciudadana se han documentado vuelcos cloacales sin que haya inclemencias climáticas, ¿por qué sigue ocurriendo y cuál es el plan de remediación de AYSAM (incluyendo plazos)? ¿Por qué, si Irrigación labró un acta en la que ordena retirar el tubo plástico conectado a la colectora, aún no lo han hecho?”.

La respuesta de la empresa fue que la colectora Máxima Noreste, construida en la década de 1980, presenta fallas estructurales desde sus inicios por tener poca pendiente. “Para evitar un colapso, en 2015 se instaló una derivación hacia un campo inculto. Esta medida de emergencia, aunque genera vuelcos esporádicos, se mantiene como un mal menor frente al riesgo de descalce y derrumbe del terraplén, lo que provocaría un daño irreversible en la conducción. Los técnicos del DGI y del DIRCAS han coincidido en que los desbordes eventuales pueden dañar la estructura, por lo que la derivación cumple una función preventiva crítica”.

Resulta llamativo que ese “mal menor” y medida “preventiva” lleve más de una década sin ningún tipo de reparación ambiental.

La empresa pública expuso su plan de acción a futuro: “Construcción de una laguna de contención en el predio de Los Pinos, con terraplenes perimetrales compactados y monitoreo permanente. Este sistema permitirá mitigar los desbordes eventuales y proteger la estabilidad del terraplén”, aseguraron.

Posteriormente, añadieron: “Ya se firmó un convenio con el propietario del predio inculto. Se está contratando a una empresa para ejecutar las obras. El convenio contempla la cesión de 12 hectáreas sobre el extremo norte de la propiedad. Obras estructurales Colonia Segovia I, II y III (…) La etapa I se encuentra en ejecución. Las etapas II y III serán licitadas próximamente, financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por 150 millones de dólares. Estas obras reemplazarán la actual colectora Máxima y eliminarán definitivamente los vuelcos”.

En el documento no enuncia los plazos, pero a través de WhatsApp el jefe de prensa explicó: “Los estudios de suelo ya han sido contratados, que son fundamentales para armar el proyecto de contención, que es lo que se está haciendo ahora. Una vez que tengamos el proyecto terminado, vamos a tener el plazo exacto de la obra, que va a ser contratado inmediatamente. Entre proyecto y ejecución de obra calculamos unos 3 meses”.

Preguntas abiertas

Aunque el comunicado pareciera ser la resolución de once años de vertimientos cloacales directos a tierra, quedan ciertos interrogantes.

Si los derrames comenzaron con el primer gobierno de Alfredo Cornejo, continuaron con su sucesor y ahijado político Rodolfo Suárez y continúan hasta hoy, ¿qué garantías ambientales puede brindar este gobierno que se declara abiertamente prominero?

¿Qué otras “ciénagas de los muertos” puede haber en otros puntos de la provincia actualmente?

Y la más inquietante: siendo que el artículo 32 de la ley General del Ambiente Nro. 25.675 consagra expresamente la facultad del juez (léase en este caso fiscales) para disponer todas las medidas necesarias, incluso de oficio y con carácter precautorio en cualquier momento del proceso judicial, ¿por qué el fiscal Gabriel Blanco no ha emitido ninguna medida teniendo tan amplia cantidad de pruebas?

*Fuente: REALPOLITIK – Franco D’Amelio

La periodista de la falsa denuncia contra los jugadores de Vélez rompió en llanto porque nadie le da trabajo

Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.

“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.

El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.

La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.

— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré

El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.

Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.

La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas. 

— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas

El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.

— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”

Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.

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