Mar del Plata | El ex intendente Carlos Fernando Arroyo le regala la estructura vecinal a Gustavo Pulti

El ex jefe comunal militar de "La Feliz" le dejaría todo el vecinalismo en manos al referente de Acción Marplatense.
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La política marplatense se encuentra últimamente pasando por varios huecos tras lo que son las definiciones de cara al 2023, más allá de que el tiempo no presiona. En esa ocasión, sucede el hecho de que se filtra información polémica en torno a acuerdos poco comunes y casi irreales.

Uno de los casos tales es el hecho de las diferentes llamadas en “off” que han tenido dirigentes cercanos a los ex intendentes Carlos Fernando Arroyo (Agrupación Atlántica) y Gustavo Pulti (Acción Marplatense). A tal punto de que, según afirmaron a Data24, hubo una reunión entre los 2 ex mandatarios locales, en la casa de uno de ellos dónde compartieron sus visiones acerca de la ciudad.

El ex intendente de Mar del Plata por Agrupación Atlántica, Carlos Fernando Arroyo

Si bien hace tiempo Arroyo exclamó en una entrevista que no se encuentra alejado de la política, su edad no le permitiría poder retornar al Palacio Municipal y tampoco contaría con las fuerzas suficientes.

Por lo tanto, presuntamente limó asperezas con su contrincante de casi toda la vida de Acción Marplatense, con el fin de darle una mano estructural de cara a los próximos comicios locales y así intentar hacerle frente a los 2 espacios predominantes en el Municipio de General Pueyrredón (MGP): Juntos y Todos.

Mar del Plata
El ex jefe comunal filokirchnerista Gustavo Pulti

Según anónimos que dialogaron con este portal, aseguraron que Agrupación Atlántica perdería su personería jurídica al no presentarse en el 2023 y la idea sería aglutinar las filas de Gustavo Pulti. De momento, tan solo sería un consenso de caballeros sin valor legal. ¿Qué dirán los integrantes del espacio arroyista?

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Chubut eliminó los fueros de políticos, jueces y sindicalistas

El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, promulgó una enmienda constitucional que convierte a la provincia en la primera jurisdicción de Argentina sin fueros de ningún tipo. Esta decisión fue avalada por el 63.61% de los votantes en un referéndum vinculante realizado el 26 de octubre.

Los fueros (también llamados inmunidades especiales) son protecciones legales otorgadas a ciertos funcionarios públicos, magistrados, legisladores y, en algunos casos, dirigentes sindicales.

Es importante destacar que existían dos tipos de inmunidades distintas. La inmunidad de opinión protegía a los legisladores por las expresiones vertidas en el ejercicio de sus funciones parlamentarias, garantizándoles la libertad de manifestar sus ideas y posiciones políticas sin temor a represalias judiciales. Por otro lado, la inmunidad de arresto y de proceso impedía que los funcionarios fueran detenidos o sometidos a juicio sin una autorización previa del Poder Legislativo, lo que comúnmente se conoce como el “desafuero”.

– El anuncio del gobernador Torres, en mayo de este año

La reforma chubutense eliminó los artículos 247 y 248 de la Constitución provincial que garantizaban estas inmunidades judiciales y de arresto. Con esto, a partir de su promulgación el pasado 7 de noviembre, ningún funcionario, legislador, magistrado ni dirigente sindical gozan de protecciones especiales que impidan su arresto, allanamiento o proceso penal.

Torres impulsó esta medida bajo el concepto de que “nadie debe estar por encima de la ley”. Su argumentación se centra en que los fueros representan “privilegios injustificados” que crean ciudadanos de primera y segunda clase. Torres enfatizó que la reforma constituye “una muestra concreta de que nadie está por encima de la ley” y describió los fueros como habiendo estado “de la mano de la desidia y la corrupción”.

El lema central de la campaña fue “Chubut sin fueros”, transmitiendo la idea de que eliminar estos privilegios avanzaría hacia mayor transparencia institucional y equidad.

Sin embargo, la reforma mantiene el “fuero de opinión”, la protección que resguarda la libertad de expresión de los representantes electos. Esta distinción es importante porque diferencia entre proteger la capacidad de hablar libremente en funciones públicas —que se mantiene— y proteger a las personas de la acción de la justicia por delitos comunes —que desaparece.

La consecuencia práctica más significativa es que ahora si una condena judicial contra cualquiera de estos funcionarios queda confirmada, puede ejecutarse inmediatamente sin necesidad de un desafuero o autorización legislativa adicional.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios Judicales de Chubut (AMFJCH) sostuvo que los fueros no son privilegios personales, sino garantías institucionales necesarias para proteger la independencia judicial. Según esta perspectiva, los fueros no protegen a los jueces como individuos, sino que son mecanismos destinados a permitir que el Poder Judicial funcione sin presiones políticas, económicas o mediáticas.

Los magistrados argumentaron que eliminar los fueros “pondría en riesgo la independencia del Poder Judicial” y explicaron que estos fueros existen desde la antigüedad para proteger a los primeros parlamentarios de reyes todopoderosos. La idea es que sin estas protecciones, un ejecutivo poderoso podría usar la justicia como herramienta de represión contra jueces que toman decisiones que le desagradan.

Líderes gremiales argumentaron que los fueros sindicales no son para proteger delitos, sino para garantizar que los representantes de trabajadores puedan reclamar y protestar sin miedo a represalias judiciales. Omar Unquén, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) de Comodoro Rivadavia, advirtió que la eliminación “pondría en riesgo el derecho a la representación gremial y a la protesta”.

Un argumento sindical interesante es que varios líderes señalaron que si un sindicalista comete un delito, la justicia ya puede actuar como con cualquier otro ciudadano. En otras palabras, el fuero no protege actos delictivos en flagrancia. La distinción es sutil pero importante, ya que los fueros protegen de represalias por actividades gremiales legítimas, no de investigaciones por delitos comunes.

Lo notable de este cambio es que fue legitimado democráticamente por los ciudadanos. La Legislatura provincial aprobó la reforma constitucional en marzo de 2025, y luego se convocó a un referéndum vinculante donde los chubutenses debían decidir si respaldar o rechazar la medida.

Incluso cuando magistrados presentaron recursos judiciales intentando frenar la consulta, la Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente habilitó el referéndum, considerando que el proceso se ajustaba a los mecanismos constitucionales vigentes en la provincia. Con más de 280 mil votantes participando, quedó claro que los chubutenses, al menos mayoritariamente, preferían un sistema donde todos fueran iguales ante la ley.

Ritondo celebró la victoria de la alianza LLA+PRO y habló del “simbolismo” de ganar en suelo bonaerense

El Congreso debatirá la intervención federal en Formosa para terminar con Insfrán

El Gobierno Nacional incorporará al temario del Congreso, con la intención de tratarlo antes de fin de año, el denominado Caso Formosa, uno de los episodios más resonantes de la política institucional argentina en décadas. El anuncio anticipa un debate legislativo que se proyecta como una discusión sobre las garantías republicanas, la tutela de los derechos humanos y la distribución de poderes entre la Nación y las provincias.

El evento catalizador para que esta agenda vuelva a la discusión es el triunfo electoral de La Libertad Avanza (LLA) en las elecciones legislativas del 26 de octubre de 2025. El oficialismo nacional ganó con más del 40% de los votos. En términos de renovación parlamentaria, LLA pasó de 37 a 93 diputados (sumados los aliados). El espacio pasó de 6 a 19 senadores y a partir del 10 de diciembre de 2025, los nuevos legisladores asumirán, lo que le daría al sector libertario una mayoría significativa para impulsar proyectos de alto impacto institucional.

Precisamente después de esta nueva correlación de fuerzas, Francisco Paoltroni, senador nacional por Formosa y líder del espacio libertario formoseño, declaró que después del 10 de diciembre pedirá formalmente la intervención federal de Formosa, confiando en que habrá quórum suficiente para aprobarla. No se necesitan dos tercios para una intervención federal, sino una mayoría simple, que es decisión del Presidente de la Nación Javier Milei, según la Constitución Nacional.

Para entender la magnitud de este hecho, es necesario comprender quién es el gobernador de Formosa Gildo Insfrán, alguien que a ejercido el poder de manera ininterrumpida desde el 10 de diciembre de 1995, acumulando ocho mandatos consecutivos y gobernando la región durante aproximadamente 30 años. Lo que hace extraordinaria esta continuidad es que comenzó como vicegobernador desde 1987, lo que significa que su permanencia en la fórmula ejecutiva provincial asciende a casi 40 años consecutivos.

La particularidad del régimen de Insfrán radica en que ha logrado ganar todas las elecciones provinciales con supermayorías abrumadoras, obteniendo en la mayoría de las ocasiones entre el 65% y 76% de los votos. Esta consistencia electoral ha permitido que mantenga un control casi absoluto sobre las tres ramas del gobierno provincial, siendo la policía, el poder legislativo y judicial estando bajo la influencia directa del partido gildista, limitando la posibilidad de contrapesos reales o independencia.

Paoltroni ha sido el más visible promotor de la intervención federal. Ya a finales de 2024, solicitó a Milei que dispusiera esta medida, argumentando que “la perpetuación en el poder, la falta de independencia judicial y las graves violaciones a los derechos humanos” justifican la acción, utilizado argumentos tanto legales como políticos, como el artículo 99 inciso 20 de la Constitución Nacional que faculta al Jefe de Estado para intervenir en una provincia cuando las instituciones locales no respetan la forma republicana de gobierno. En sus declaraciones más recientes, afirma que el 65% de los formoseños apoya la medida.

Una intervención federal es una medida excepcional prevista por la Constitución que permite al Gobierno Federal asumir el control de una provincia. En tal situación, las autoridades locales son suspendidas y se designa un interventor federal encargado de gobernar el territorio mientras las instituciones provinciales quedan bajo supervisión directa de la Nación. El propósito declarado de esta medida es remediar las causas que la motivaron y restablecer el pleno ejercicio de los derechos y de las autoridades legítimas.

A lo largo de la historia argentina, las intervenciones federales se han aplicado en contextos de gobiernos provinciales considerados autoritarios o en violación de la forma republicana. Ejemplos de ello son los casos de Santiago del Estero y Catamarca, donde administraciones con rasgos autoritarios fueron removidas del poder mediante este mecanismo constitucional.

La gestión de Insfrán rechaza categóricamente los pedidos de intervención, argumentando que todas las instituciones funcionan correctamente y que una decisión así sería “calamitosa”. La fiscal de Estado, la Dra. Stella Maris Zabala sostuvo que “no concurren ninguno de los requisitos” para una intervención, ya que en la región “las instituciones funcionan a pleno”. Sin embargo, sectores opositores, incluyendo legisladores, abogados y organizaciones de derechos humanos, argumentan que Formosa cumple con los requisitos constitucionales para una intervención federal debido a la falta de autonomía judicial, las violaciones sistemáticas de derechos individuales y la vulneración del principio de la República.

En diciembre de 2024, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo histórico declarando inconstitucional la reelección indefinida en Formosa. Esta sentencia unánime se fundamentó en que la perpetuación en el poder viola el principio republicano establecido en los artículos 1, 5 y 123 de la Constitución Nacional. El fallo tuvo un impacto inmediato, obligando a que Formosa realizara una reforma constitucional.

No obstante, lo ocurrido después revela la complejidad del conflicto institucional. Durante septiembre de 2025, la Convención Constituyente formoseña, controlada por el “feudo” de Insfrán, aprobó una reforma constitucional que eliminó formalmente la reelección indefinida, pero incluyó una cláusula transitoria que habilita a Insfrán a una nueva candidatura. Esta disposición considera el actual mandato de Insfrán como el “primer período” bajo la nueva normativa, permitiéndole competir nuevamente en 2027. Además, la reforma también modificó el artículo 32 de la Constitución provincial para limitar los alcances de una intervención federal, agregando requisitos complejos que restringiría la actuación de eventuales interventores del Gobierno Nacional.

Lo que caracteriza al modelo formoseño no es simplemente la permanencia en el cargo, sino el de un control político estructurado que ha construido a lo largo de los años. Este esquema opera a través de varios mecanismos, como tener a un porcentaje muy elevado de la población formoseña que depende directa o indirectamente del sector público, generando una pobreza generacional que se utiliza como control social. El sistema funciona mediante el reparto de bolsas de mercadería a cambio de votos, llevando a los ciudadanos a las urnas “con el bolsillo lleno de lo que deben meter en el sobre”.

La provincia ha empleado herramientas legales para perpetuarse en el poder, como la Ley de Lemas, que permite presentar múltiples listas para confundir al electorado. En 1999, Insfrán logró una reforma constitucional que eliminó definitivamente los límites de mandatos, permitiendo su propia reelección indefinida.

El Gobierno habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos a civiles: todos los requisitos

El gobierno de Javier Milei oficializó los requisitos que deberán cumplir los legítimos usuarios para adquirir y poseer armas semiautomáticas con cargadores desmontables, similares a fusiles, carabinas o subametralladoras de calibre superior al .22 LR.

La medida se formalizó mediante la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que reemplazó a la ANMAC, y reglamenta el Decreto 397/25, que había levantado la prohibición para este tipo de armamento.

Para acceder a la tenencia, los solicitantes deberán tener al menos cinco años de antigüedad como usuarios de armas de uso civil condicional, no registrar sanciones ni actuaciones administrativas, disponer de un sector de guarda tipo G2, y presentar una declaración jurada con los motivos de la solicitud, junto a la identificación del material y fotografías.

El requisito central será acreditar “probados usos deportivos”, mediante una certificación de entidad de tiro habilitada o participación en competencias nacionales o internacionales.

Las entidades deportivas también podrán gestionar estas armas para sus socios o con fines didácticos. El costo del trámite será equivalente al de una Tenencia Express más una Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).

Tras la salida de siete diputados, Ritondo reorganiza el bloque PRO y refuerza su liderazgo

El diputado Diego Santilli, fortalecido por su victoria en la provincia de Buenos Aires, planteó su objetivo de mantener la alianza con el Gobierno nacional. En declaraciones a Infobae, aseguró que el vínculo entre el PRO y La Libertad Avanza debe “consolidarse y preservarse”, no solo para acompañar la gestión de Javier Milei, sino también para garantizar estabilidad política en el Congreso.

Pérdida de bancas y movimientos internos

Con el recambio legislativo, el PRO pasará de tener 35 a 25 diputados. Este retroceso no solo implica una pérdida numérica, sino también un cambio en la correlación de fuerzas internas. Uno de los casos más resonantes es el de Damián Arabia, expulsado del partido por su cercanía con los libertarios, quien evalúa sumarse a La Libertad Avanza o formar un interbloque afín al oficialismo.

“Que me hayan echado hace que no haya vuelta atrás”, confió el legislador cercano a Patricia Bullrich. Su salida expone las tensiones que atraviesa la fuerza fundada por Mauricio Macri y acelera los debates sobre el rumbo político del espacio.

Bullrich, entre el respaldo electoral y la interna macrista

La ministra de Seguridad fue una de las figuras más votadas en los comicios del domingo y se posiciona como posible candidata a gobernar la Ciudad de Buenos Aires en 2027. Sin embargo, en su entorno reconocen malestar con Mauricio y Jorge Macri por lo que consideró una falta de apoyo en la campaña porteña.

En privado, Bullrich calificó de “maldad” la decisión del expresidente de respaldar solo a Fernando De Andreis, quien resultó electo diputado y es uno de los dirigentes más cercanos al fundador del PRO. En el macrismo consideran que De Andreis será una pieza central en la etapa de reorganización interna.

Reconfiguración del bloque y alineamientos

La conducción de Ritondo y Santilli buscará mantener la alianza parlamentaria con los libertarios, a la vez que reorganiza el bloque propio. Desde ese sector reconocen que “el frente formalizó un trabajo que ya venía ocurriendo desde diciembre de 2023, con el PRO colaborando con el Gobierno desde el primer día”.

Entre los diputados que mantienen esa línea se encuentran Alejandro Finocchiaro, Florencia De Sensi y Javier Sánchez Wrba, todos reelegidos. La estrategia es sostener un bloque con identidad propia, pero funcional a los proyectos de Milei en materia económica y de reforma institucional.

El rol de Macri y el diálogo con Milei

El expresidente retomó el contacto con el jefe de Estado tras las elecciones. Según trascendió, conversaron sobre las reformas laboral, tributaria y previsional que el Gobierno planea presentar el 15 de diciembre. Dirigentes del PRO, como Sergio Capozzi, Diana Fernández Molero y Finocchiaro, participan en la redacción técnica de esos proyectos dentro del llamado Consejo de Mayo.

En paralelo, el entorno de Macri busca consolidar un proceso de renovación interna, con De Andreis como figura emergente y un mensaje dirigido al propio Jorge Macri: “Recuperar los valores originales del PRO y adaptarse a los tiempos actuales”.

El reacomodamiento no solo definirá el futuro del bloque, sino también la relación del macrismo con el poder libertario. En un Congreso fragmentado, el PRO podría convertirse en el aliado indispensable para el oficialismo, o en un actor autónomo que busque reposicionarse de cara a 2027.

El nuevo Código Penal de Milei castiga los insultos con hasta 12 años de cárcel

*Por Augusto Grinner

El Poder Ejecutivo Nacional presentó su ambicioso proyecto de reforma del Código Penal Argentino (un documento masivo de 912 artículos y 377 páginas) en un acto escenográfico en el penal de Ezeiza. Sin embargo, ni el presidente Javier Milei ni la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, hicieron mención a los artículos más controversiales, contenidos en el Título XXIX sobre “Discriminación, delito de odio”.

Tras la filtración de estos artículos, desde el oficialismo se intentó desligar su responsabilidad, alegando una supuesta “operación política”. No obstante, la magnitud de la filtración desmiente el argumento, evidenciando que se trata de una parte integral de la propuesta.

Del INADI a la cárcel: la hipocresía punitivista

La administración actual ha sido una de las voces más críticas contra los organismos que, a su juicio, actuaban como “policía del pensamiento” (como el INADI y el NODIO), promoviendo y efectivizando su cierre. Pero el proyecto de ley no sólo replica su espíritu, sino que lo agrava de manera exponencial: mientras aquellos sólo podían imponer multas o talleres de concientización, el nuevo Título XXIX establece penas de prisión efectiva de 3 a 12 años por las mismas conductas.

El Artículo 879 castiga a quien: “insulte, agreda, promueva, aliente o incite, por cualquier medio, a la persecución u odio de una persona humana o jurídica o un grupo o asociación con motivación racista, xenófoba, religiosa, discriminatoria o por los motivos enunciados en el artículo precedente”. Esta disposición consagra el “crimen de pensamiento”, una figura propia de la ficción distópica 1984, la clásica obra de George Orwell, donde un Estado totalitario vigilaba el lenguaje y la ideología de sus ciudadanos.

Adiós al insulto callejero, a las críticas y al humor

La vaguedad de los artículos convierte la ley en un peligro para la libertad de expresión y el lenguaje cotidiano. Dado que la lista de motivos de “discriminación” es amplísima —condición social, ideología, edad, y caracteres físicos o psíquicos—, un simple insulto de tránsito podría ser interpretado por un juez como un “delito de odio agravado”, con su consecuente prisión efectiva.

Para poner un ejemplo, el influencer Emmanuel Danann, que ya enfrentó un proceso judicial con una probation en la Justicia Porteña por llamar “gordo con peluca” a una persona con sombra de barba y una peluca azul de cotillón, bajo este nuevo Código Penal hubiera enfrentado una pena de 3 a 9 años de prisión.

La situación es peor con el artículo 880, que agrava la pena hasta 12 años de prisión si la conducta se realiza con “habitualidad”. Esto implica que una persona que suela usar términos peyorativos, como el político “kuka” (referencia despectiva para los kirchneristas) o “zurdo” (para referirse a socialistas) en una red social (como podría ser X, ex Twitter), podría ser considerado un comportamiento delictivo habitual, derivando esos 12 años de prisión. Esta pena es completamente desproporcionada y es comparable o superior a las penas de delitos graves como el robo agravado o el homicidio simple, donde se afecta la vida o la propiedad.

Censura a gente común, a periodistas y a empleadores

El proyecto sienta las bases para la autocensura masiva en la prensa y entre los ciudadanos. Cualquier crítica u opinión sobre un grupo ideológico o social puede ser entendida como una “incitación al odio” o una forma de “agresión contra la dignidad humana” (art. 878). Periodistas y ciudadanos podrían ir presos por criticar a un partido político, a un grupo de inmigrantes, o a cualquier colectivo, incluso cuando este ni siquiera se trate de una minoría.

A su vez, el art. 879, inc. 4, penaliza a quien “obstruya, impida, limite o restrinja arbitrariamente (…) el acceso a bienes y servicios públicos o privados de uso general, incluido el acceso a (…) el empleo”. En una aplicación extrema, este artículo podría usarse para criminalizar a un empleador que decida no contratar a una persona de 60 años (próxima a la jubilación), o de 18 años (escasa experiencia), ya que los estarían discriminando por su edad; o por cualquier otra característica contemplada, convirtiendo una decisión de gestión privada en un delito con pena de cárcel.

El proyecto, impulsado por una fuerza que se define como defensora de la libertad, sienta un peligroso precedente: el de criminalizar el pensamiento y el lenguaje, sustituyendo la justicia por una ideología de la ofensa que amenaza los cimientos de la Constitución Nacional Argentina.

HUMOR por Argüelles​

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