Ordenan dar de baja 3.000 pensiones de personas que no viven en el país | Le cuestan al Estado $5.842.000.000
El fiscal Marijuan envió una solicitud oficial a Pettovello para que proceda con la baja de 2.954 beneficiarios irregulares que implican un gasto mensual de casi $450 millones.
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La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, recibió ayer la solicitud del fiscal federal Guillermo Marijuán para dar de baja unos 2.954 beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que se cobra a través de ANSES, porque incumplen con la normativa de mantener residencia en Argentina. Según los datos de Migraciones, lo que sucedió fue que se inscribieron en el registro como persona mayores de 65 años en estado de vulnerabilidad y regresaron a su país de origen.
Cada mes, esos 3.000 beneficiarios significaron al Estado un gasto de $449.341.802, que anualizado trepa a los $5.842.000.000.
Además, la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social, investiga a otros 7.512 casos de titulares PUAM que mantuvieron “intervalos fuera del país por más de 60 días”, lo que también infringe la normativa.
El oficio enviado por el fiscal Marijuan a la ministra Pettovello detalla los procedimientos de la investigación preliminar, solicitando la suspensión inmediata de la pensión para aquellos beneficiarios que hayan salido del país durante su vigencia, con el objetivo de frenar posibles conductas delictivas.
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El último reporte de Ejecución Físico Financiera emitido por la Oficina Nacional de Presupuesto confirmó que el gasto de Defensa en el 2025 fue de apenas 0,28% del PBI: el monto más bajo de los últimos cuatro años.
Pese a que el gobierno de Javier Milei reportó, según datos oficiales, un crecimiento del 4,4% del PBI durante el año pasado, la inversión en Defensa —medida en dólares y correspondiente al mencionado período— fue una de las más reducidas durante el período comprendido entre los años 2022 y 2025.
Conforme a lo detallado en el reporte correspondiente al último cuatrimestre del año pasado, la Oficina Nacional de Presupuesto concluye que “la participación del gasto de la función (Defensa) sobre el total de las erogaciones de la APN (Administración Pública Nacional) presenta una tendencia creciente a lo largo de los ejercicios, alcanzando el máximo de la serie en el año 2024. Sin embargo, se evidencia una tendencia decreciente en términos del PBI desde el ejercicio 2023”.
Las dificultades presupuestarias se pudieron apreciar en todas las Fuerzas. Un ejemplo de ello fue la Fuerza Aérea Argentina, la cual registró “un desvío negativo en ambas medidas (horas de operación y ejercicios), que se explica por la falta de disponibilidad de materiales para llevar adelante las actividades. Esta situación se originó en el costo del combustible aeronáutico y los inconvenientes financieros imperantes, que impidieron la realización oportuna de tareas de mantenimiento de radares y aeronaves, e implicó cancelaciones y reprogramaciones” tal cual detalla el reporte de la Oficina Nacional de Presupuesto.
En el caso de la Armada Argentina, pese a que se reportaron mejores números que en el 2024, en algunos casos no se lograron alcanzar las metas propuestas para el 2025. Así fue el caso de los días de navegación, ítem que reportó un desvío negativo del 10%.
Las restricciones presupuestarias también tienen un impacto directo en los distintos proyectos y programas para recuperar, modernizar y adquirir nuevo material, mejora de infraestructura, entre otros. Ni hablar de los desafíos que se enfrentan en el aspecto logístico, mantenimiento y sostén, donde en varios casos se han presentado serias limitaciones.
A estos inconvenientes se le suma la cuestión salarial y las dificultades que enfrenta la obra social de las Fuerzas Armadas. Pese a que no cuentan con el alto perfil de proyectos de compra, por ejemplo, estos dos problemas son los que están acarreando mayores incidencias en las Fuerzas Armadas.
El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Pablo Cristián Germain, declaró inválido el cobro de la tasa por conservación y mantenimiento de la red vial rural en casos de productores del partido bonaerense de Daireaux y ordenó la devolución de sumas abonadas cuando no existió una contraprestación efectiva. En otros expedientes dispuso reducciones proporcionales del tributo según el estado de los caminos y el uso que el municipio dio a los fondos recaudados.
La sentencia surgió de una demanda iniciada por cuatro productores y empresas contra la Municipalidad de Daireaux, luego de que agotaran la vía administrativa y cuestionaran los decretos municipales que rechazaron sus reclamos por los períodos 2022-2024.
El planteo sostuvo desde el inicio que no se negaban a pagar, pero sí a hacerlo sin recibir el servicio correspondiente.
Sobre ese punto, el magistrado remarcó que las tasas son tributos vinculados a una prestación concreta del Estado. “La organización y puesta a disposición del servicio al contribuyente es condición indispensable; de lo contrario el cobro carecería de causa”, sostuvo la sentencia. El fallo recordó que la tasa no es un impuesto, sino que exige una contraprestación concreta, individualizada y efectiva, y advirtió que el cobro sin prestación del servicio afectó el derecho de propiedad.
La decisión se apoyó en dos informes técnicos que resultaron centrales. Por un lado, una pericia contable detectó desvíos en el uso de los fondos recaudados por la tasa vial. Por otro, un informe de ingeniería evaluó el estado de los caminos rurales vinculados a los establecimientos reclamantes. Según explicó al medio especializado Bichos de Campo el abogado de los productores, Jorge Moroni, los peritajes permitieron acreditar tanto el desvío de fondos hacia otros gastos municipales como el deterioro de los caminos relevados, donde el 96% presentó un estado malo o regular.
El expediente registró que, pese a que el municipio contaba con recursos suficientes para conservar en estado “muy bueno” cerca del 70% de la red, en los hechos solo el 4% se encontró en esa condición. Los informes también señalaron que el parque de maquinaria municipal resultó obsoleto e insuficiente para cumplir las tareas exigidas. A la vez, los peritos concluyeron que solo el 41% de la red reunió condiciones aceptables, mientras que el 59% restante no cumplió requisitos mínimos para la circulación.
– Esteban Alejandro Acerbo (PJ)
En los tramos específicamente relevados para la causa, el deterioro fue todavía más marcado. El informe técnico describió acumulación de agua, ahuellamientos y otras deficiencias que impedían la circulación normal. Moroni resumió el alcance del fallo: “El juez dijo dos cosas muy claras: los recursos que tiene la municipalidad por tasa vial hay que aplicarlos a tasa vial. Y sin caminos en condiciones, la tasa deviene carente de sustento y por lo tanto es nula”.
La pericia contable confirmó además que parte de la recaudación se destinó a rentas generales y a otros gastos municipales, en contradicción con el principio de afectación específica. En 2022, el desvío alcanzó el 22,95% de la obligación fiscal devengada. En 2023, ese porcentaje subió al 27,88%. El juez ordenó descontar esos montos de las liquidaciones fiscales y declaró ilegítimo el cobro en esas proporciones.
El fallo también consignó que en 2022 apenas el 10% del presupuesto de la tasa vial se tradujo en servicios concretos y que en 2023 ese nivel llegó solo al 17%. Con esos elementos, declaró la nulidad de los actos administrativos dictados por el entonces intendente Esteban Alejandro Acerbo (PJ), hoy legislador provincial, en relación con las liquidaciones reclamadas.
La sentencia aplicó criterios diferenciados según cada caso. En uno de los expedientes, el magistrado determinó que directamente no existió camino transitable desde 2022, por lo que eximió al productor del pago de la tasa desde ese momento y ordenó la devolución íntegra de lo abonado. En los otros tres casos, donde verificó una prestación parcial, mantuvo el tributo solo en la proporción efectivamente aplicada al servicio y dedujo los fondos desviados a otros fines.
Moroni explicó además que el impacto alcanzó situaciones anteriores al fallo. “En algunos casos, la municipalidad había embargado cuentas y esa plata quedó depositada hasta que se resolviera si la tasa era aplicable o no. Si el fallo queda firme, esa plata se tiene que devolver. Y en otros casos, a los que no pagaron, no se las van a poder cobrar”, señaló.
El abogado insistió en que el reclamo de los productores no apuntó a dejar de pagar, sino a exigir la prestación efectiva del servicio. “El productor no quiere no pagar. Le cuesta mucho no pagar. No le gusta estar en juicio. Lo que quiere es pagar, pero tener caminos. Porque si no tengo caminos, ¿de qué me sirve no pagar la tasa si tampoco puedo sacar la producción?”.
El conflicto en Daireaux arrastró años de reclamos por el mal estado de los caminos rurales. Según la información incorporada a la causa, los trabajadores documentaron la situación con relevamientos y registros en el territorio, en un contexto en el que, en algunas zonas del partido, sacar la producción se volvió inviable.
En sus declaraciones, Moroni también planteó que la discusión excedió el caso puntual de los demandantes y apuntó al modo en que se administraron los recursos de la tasa vial. “Esto es un primer peldaño para hacerle entender a los intendentes que tienen que cambiar el paradigma de cómo se administran los recursos de la tasa vial”, señaló.
También cuestionó que, en distintos partidos, se cargaran sobre el sector rural tasas ajenas a la actividad: “En muchos partidos le terminan cargando al productor tasas de todo tipo, hasta para financiar cuestiones que no tienen nada que ver con la actividad rural. Eso no tiene sustento”.
Como alternativa, mencionó esquemas de administración compartida. “La solución es cambiar el paradigma. En algunos lugares ya existe: consorcios donde los productores participan en la administración de los recursos. Ahí los caminos funcionan y no hay juicios”, explicó. Según su relato, antes del conflicto hubo propuestas concretas en Daireaux para avanzar en ese sentido: “Los productores le dijeron al intendente: si hace falta, traemos maquinaria, traemos piedras, pero hagamos un esquema transparente, con participación. Y la respuesta fue negativa”.
El hecho ocurrió en el colegio secundario Estación Limay de Cipolletti, Río Negro, cuando un alumno de segundo año, hijo de la diputada nacional de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, amenazó de muerte a sus compañeros, declarando que iría al colegio con un arma para matarlos.
“Los voy a matar a todos”, afirmó el menor advirtiendo a sus compañeros, según fuentes vinculadas a la acción preventiva. La amenaza generó pánico inmediato entre estudiantes y familias, muchas de las cuales se presentaron masivamente al colegio para retirar a sus hijos.
La directora del establecimiento radicó de inmediato una denuncia formal en la Comisaría Cuarta, lo que desencadenó un operativo judicial, policial y de protección de menores. En las próximas horas se definirán los pasos a seguir respecto a la escolaridad del menor y el acompañamiento psicológico para el grupo afectado.
Según relató la madre de uno de los estudiantes amenazados, el episodio tuvo lugar durante el recreo, cuando el adolescente intimidó a varios compañeros, incluso señalándolos individualmente. También habría mostrado previamente una imagen del arma de fuego que supuestamente llevaría.
Ante la gravedad de la situación, se activó el protocolo preventivo institucional y la Fiscalía N°1, a cargo de la fiscal subrogante Eugenia Vallejos, ordenó medidas urgentes.
Las instituciones que intervinieron fueron la Policía de Río Negro, que desplegó patrullajes en los alrededores del colegio, ubicado en la calle Ingeniero Krause 450; la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que actuó en el marco del protocolo para menores de edad; y la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que se incorporó al seguimiento del caso.
A pesar de la amenaza, el colegio mantuvo sus clases con custodia policial permanente en el edificio, aunque el alumno involucrado no asistió a clases mientras dura la investigación.
– La escuela Limay de Cipolleti
Este episodio se produce en un momento de fuerte alarma social en Argentina por la violencia en las escuelas. El caso más grave ocurrió el 24 de marzo de 2026 en San Cristóbal, Santa Fe, donde un alumno de 15 años ingresó con una escopeta a su colegio y mató a un compañero de 13 años (Ian Cabrera), hiriendo a otros.
Tras esa masacre, proliferaron en varios puntos del país amenazas de ataques similares. En Lanús, el Federal Bureau of Investigation (FBI) alertó sobre un menor que planeaba un tiroteo. En Sunchales, fue detenido otro adolescente con amenazas por redes sociales y un revólver en su casa. La amenaza en Cipolletti se inscribe en este clima de tensión e imitación que recorre las aulas argentinas.
Por consiguiente, un grupo de madres y padres se autoconvocó frente al establecimiento para exigir respuestas y una intervención de fondo ante lo que consideran un síntoma de violencia creciente. El Colegio Estación Limay es una institución privada de gestión pública con décadas de historia en Cipolletti, que ya había vivido episodios de conflictividad interna en años anteriores.
El menor es inimputable por su edad
Un dato central del caso es que el adolescente tiene 13 años, por lo cual bajo la legislación vigente es no punible, es decir, no puede ser sometido a proceso penal ni recibir condena como un adulto. Esto se da en un contexto de debate nacional muy caliente.
“Se dio intervención inmediata a los organismos de protección para salvaguardar tanto al menor como al resto de la comunidad educativa”, destacaron desde la Justica.
El Congreso aprobó en marzo de 2026 un nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años, pero esa norma no entrará en vigencia hasta 180 días después de su publicación oficial, por lo que todavía no es aplicable. El menor quedó bajo la tutela y monitoreo de organismos de niñez, no del sistema penal.
Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV
Según trascendió a medios locales, la amenaza no surgió de la nada, sino que habría sido el punto culminante de una relación agresiva que comenzó en 2025, cuando el grupo cursaba primer año. El acoso escolar aparece como el contexto que habría precipitado la amenaza.
La propia madre del adolescente (la funcionaria Villaverde) emitió un comunicado en el que afirmó que su hijo fue “víctima de hostigamiento y agresiones verbales reiteradas” desde el año pasado, y que había solicitado previamente reuniones con las autoridades del colegio para que se interviniera. Aclaró que lo ocurrido “no está justificado”, pero enmarcó el hecho en ese historial de maltrato. Las autoridades del colegio realizarán un trabajo interdisciplinario sobre la convivencia del grupo.
¿Quién es Lorena Villaverde?
La diputada es una de las figuras más polémicas dentro del espacio libertario. Llegó a la Cámara baja en diciembre de 2023 como representante de LLA por Río Negro y, aunque fue electa senadora nacional en las legislativas de 2025, decidió no asumir esa banca en medio de un escándalo por sus vínculos con el narcotráfico, por lo que permanece en Diputados hasta 2027.
A ello se suma una causa judicial en Estados Unidos por tráfico de cocaína, que ella misma habría admitido en sede judicial argentina en 2012, además de embargos por más de 31 y 40 millones de pesos en causas vinculadas con la venta fraudulenta de terrenos en Las Grutas. En los últimos meses también fue señalada por haber accedido a un crédito hipotecario del Banco Nación en circunstancias que legisladores opositores consideran irregulares.
Este jueves, López se presentó de manera presencial ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia para participar de la segunda audiencia del juicio oral en su contra y el de su núcleo familiar. Son investigados por integrar una organización dedicada al lavado de dinero, fraude a la administración pública y asociación ilícita. Antes de ingresar a la sala, brindó declaraciones a la prensa y dejó definiciones que generaron fuerte repercusión.
Cuando fue consultado sobre su relación con el exgobernador Jorge Capitanich, López fue directo: “Él es parte de esto”. Aunque no pidió su detención en términos explícitos, fue contundente: “No soy la ley para decir quién tiene que estar preso, pero es parte”.
Una de las frases que mayor repercusión generó fue su respuesta ante una pregunta sobre la percepción ciudadana de sus dichos: “¿Qué me importa la ciudadanía a mí? Yo no le debo nada a los ciudadanos comunes y corrientes. Yo le debo a mis compañeros”. Luego precisó: “Le debo a los que estuvieron conmigo en el frío y en el calor. Nunca fui candidato ni tuve cargo público”.
Sobre el origen de su patrimonio, uno de los ejes centrales de la acusación, negó irregularidades: “Yo recibí lo que dice la ley. Presenté proyectos como productor y me dieron lo que correspondía”. También cuestionó las cifras difundidas públicamente: “Dijeron que recibimos entre 76 y 96 millones de pesos, pero es mentira: fueron 31 millones”.
Cuando un cronista le preguntó si gran parte de los ingresos de su familia provenían de aportes del Estado, respondió de manera inmediata: “Tenés mucha razón en eso”.
Ante los medios, el dirigente rechazó las acusaciones en términos generales y afrontó el juicio con confianza: “Ahora que llegó el juicio estoy mejor, porque se va a saber la verdad de tantas mentiras que dijeron todos ustedes. Nosotros nunca le robamos un centavo a nadie”. Además, anunció que no presentará testigos: “No hace falta ningún testigo porque los papeles van a hablar. Voy a salir libre de culpa y cargo porque no tienen ni una sola prueba”.
Acusaciones cruzadas: fiscal, juez, Peppo, Zdero y Bullrich
Las críticas de López no se limitaron a Capitanich. Apuntó contra quienes no figuran como imputados: “Fíjense quiénes están en este juicio. Solamente mi familia, no están los empresarios ni ninguno del gobierno anterior”. En ese contexto, mencionó a Marta Soneira, exministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible del Chaco, y a Raúl John Paris, fue presidente del Instituto de Colonización del Chaco entre 2011 y 2015. Ambos forman parte de la causa.
El fiscal federal Patricio Sabadini y el juez federal Ricardo Mianovich recibieron sus críticas más duras. López los acusó de integrar un supuesto “armado político y judicial” de la causa y los calificó, respectivamente, como “el drogadicto de Sabadini” y “el coimero del juez Mianovich”. Los acusó además de sustraer documentación durante los allanamientos: “Me robaron papeles. Sabadini hizo desaparecer un montón de papeles. Destrozaron mi casa y las de mis hijos”.
López fue detenido el 11 de septiembre de 2024 en la capital chaqueña, en un operativo que marcó un giro en la causa. Además de él, están imputados su esposa Librada Romero; sus hijos David, Walter y Daniel; y su nuera Débora Acosta.
Según el expediente, entre 2011 y 2023 el grupo accedió a unas 3.000 hectáreas de tierras fiscales mediante adjudicaciones irregulares gestionadas ante el Instituto de Colonización. Esos terrenos, destinados a fines productivos y sociales, habrían sido utilizados en negocios inmobiliarios a través de fideicomisos, contratos de leasing y ventas a terceros, pese a las restricciones legales que impiden su enajenación durante diez años.
– López junto al oscuro Emerenciano Sena
La acusación sostiene que el entramado incluyó fundaciones y otras estructuras legales para canalizar las operaciones, con la intervención de escribanos y funcionarios públicos. Como resultado, se habría conformado un patrimonio que abarca campos, inmuebles urbanos, vehículos de alta gama, ganado y divisas.
Antes del inicio del debate, la defensa intentó frenar la causa al invocar la Ley de Blanqueo 27.743, con el argumento de que los bienes podían regularizarse bajo ese régimen. El planteo fue rechazado por el fiscal Sabadini y por el juez Ricardo Mianovich, quienes consideraron que el delito de lavado de activos queda fuera de ese marco por tratarse de una afectación al orden económico y financiero.
Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucciadmitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).
El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.
El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.
El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.
Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.
El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.
Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche.El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.
El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.
– Hugo Alberto Barabucci
El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.
De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.
El pedido de instrucción
Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.
“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.
El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA),así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.
Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.
El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.
– Soledad Cayunao junto a sus abogados
Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.
El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.
En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.
El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.
Fideicomisos y personas involucradas
Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.
Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.
La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.
El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.
La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.
La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.
En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.
Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.
A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.
El testimonio de Nanni
La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.
La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.
Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.
Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.
La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.
Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013.
El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.
La gira incluyó una delegación de al menos 20 personas, alojamiento en uno de los hoteles más lujosos de Madrid y gastos de pasajes, viáticos y estadía cubiertos en su mayor parte con recursos públicos.
Un empresario declaró ante la Justicia haber recibido USD 2,05 millones desde Emiratos Árabes para quedarse con un campo ubicado en una zona patagónica bajo protección por su cercanía con la frontera y sus recursos hídricos.
En la segunda audiencia del juicio oral que se sigue en el Tribunal Oral Federal de Resistencia, Ramón “Tito” López vinculó al exgobernador K a la causa que lo tiene como principal imputado junto a su familia.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse