“No tienen perdón de Dios” | Perpetua para cuatro de los policías involucrados en el asesinato de Luis Espinoza
Luis Espinoza fue brutalmente asesinado por la policía durante la cuarentena. 9 de los 11 involucrados fueron condenados.
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El caso de Luis Armando Espinoza, asesinado por la policía el 15 de mayo de 2020 en Tucumán, es quizás el más recordado de todos los crímenes fatales cometidos por el Estado en el marco de la cuarentena. Tan triste como cierto es que el suceso no hace más que engordar la lista episodios totalitarios similares del delirante período, colmado por la violencia institucional, en tiempos de cumplimiento estricto del infame “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”.
El día en que presidente Alberto Fernández anunció el aislamiento
El trabajador rural desapareció en el marco de un procedimiento policial que custodiaba el cumplimiento de las medidas que impuso el Frente de Todos (con el apoyo de todo el arco político) para “combatir” la pandemia del COVID-19. Según cuenta el CELS, esa fatídica mañana, durante el operativo de las fuerzas represivas del Estado, Luis y su hermano Juan cabalgaban por un camino vecinal cercano a Rodeo Grande, oyeron disparos y seguidamente aceleraron el paso. La yegua que montaba Juan se asustó y salió al galope. Luis se acercó para ver a su hermano y el oficial auxiliar, José Alberto Morales, le disparó por la espalda. Cuando Juan se despertó, recuperado del golpe en la cabeza por la caída, Luis ya no estaba. Su cuerpo apareció ocho días después, a 120 kilómetros del lugar de los hechos, en un precipicio de Catamarca.
“No tienen perdón de Dios por lo que hicieron con mi hijo”: El relato de una familia destruida
La frase pertenece a doña Gladys, la mamá de Luis, luego de que el juicio llegara a su fin. “Esperamos la sentencia, que cumplan en la cárcel todos los que le hicieron lo que le hicieron a mi hijo. No en la casa. En la cárcel. ¿Por qué esperaron ocho días para decir lo que le hicieron a él?”, argumentó antes de que falle el tribunal.
“No tienen perdón de Dios por lo que hicieron con mi hijo. Se terminó la vida de él y se terminó la vida de todos nosotros”, dijo también, antes de la sentencia.
Durante la tarde de hoy, luego de dos años y medio, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán condenó a 9 de los 11 imputados. Fiscalía y querella probaron que se trató de una desaparición forzada seguida de muerte, efectuada por miembros de la comisaría de la localidad de Monteagudo. Los acusados y sus declaraciones durante el juicio:
José Alberto Morales: Oficial auxiliar de la Policía. Prisión perpetua. La bala que impactó en uno de los omóplatos de la víctima salió de su arma reglamentaria. “Siempre me voy a arrepentir y no tengo palabras para la madre (de Espinoza), pido disculpas”.
Rubén Héctor Montenegro: Subcomisario. Prisión perpetua. “Quiero pedirle disculpas a la familia Espinoza, a las familias de mis antiguos empleados policiales y a la mía. Yo no debería estar acá, yo no debería haber documentado y no lo hice. Nadie ha ido a matar a ese hijo de la señora, ha sido una desgracia”.
Gerardo Esteban González Rojas: Agente. Prisión perpetua. “Llevo privado de la libertad más de dos años, me perdí el crecimiento de mi hijo. Yo no me considero un asesino”.
Claudio Alfredo Zelaya: Cabo. Prisión perpetua. “Yo di el dato preciso de donde estaba el cuerpo. Si yo no hablaba, no estaríamos siendo juzgados”.
Miryam Rosalba González: Cabo. 12 años de prisión e inhabilitación por igual tiempo por ser partícipe secundaria. “Antes que nada, mi solidaridad a la familia. Como mamá entiendo lo que se siente perder a un hijo. Pido disculpas porque si no he hablado en su momento fue porque estuve amenazada por el subcomisario Montenegro”.
Víctor Manuel Salinas: Sargento. 7 años de prisión e inhabilitación por igual tiempo por ser coautor del delito de privación ilegítima de la libertad agravado por su función de policía. “Quiero solidarizarme con Gladys, la mamá de Luis. Y pedir perdón, estoy arrepentido”.
Carlos Lisandro Romano: Agente. 5 años de prisión e inhabilitación por igual tiempo por ser coautor del delito de encubrimiento agravado por ser funcionario público. “Llegué a encerrarme en un cuarto de la comisaría para no tocar el cuerpo de Espinoza. Yo estuve sentado acá por la cobardía de Morales, que mató a Espinoza por la espalda y no se hizo cargo”.
José María Paz: Cabo. 5 años de prisión e inhabilitación por igual tiempo por ser coautor del delito de encubrimiento agravado por ser funcionario público. “No tengo nada para decir, solo que se haga justicia”.
René Eduardo Ardiles:Sargento. 5 años de prisión e inhabilitación por igual tiempo por ser coautor del delito de encubrimiento agravado por ser funcionario público. “Pido disculpas a toda la familia Espinoza. Agrego que la policía tiene un alto nivel de instrucción y que provengo de una familia de policías”.
Héctor Villavicencio (vigía comunal) y Álvaro Gonzalo González (civil): Absueltos por el beneficio de la duda.
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Este jueves, López se presentó de manera presencial ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia para participar de la segunda audiencia del juicio oral en su contra y el de su núcleo familiar. Son investigados por integrar una organización dedicada al lavado de dinero, fraude a la administración pública y asociación ilícita. Antes de ingresar a la sala, brindó declaraciones a la prensa y dejó definiciones que generaron fuerte repercusión.
Cuando fue consultado sobre su relación con el exgobernador Jorge Capitanich, López fue directo: “Él es parte de esto”. Aunque no pidió su detención en términos explícitos, fue contundente: “No soy la ley para decir quién tiene que estar preso, pero es parte”.
Una de las frases que mayor repercusión generó fue su respuesta ante una pregunta sobre la percepción ciudadana de sus dichos: “¿Qué me importa la ciudadanía a mí? Yo no le debo nada a los ciudadanos comunes y corrientes. Yo le debo a mis compañeros”. Luego precisó: “Le debo a los que estuvieron conmigo en el frío y en el calor. Nunca fui candidato ni tuve cargo público”.
Sobre el origen de su patrimonio, uno de los ejes centrales de la acusación, negó irregularidades: “Yo recibí lo que dice la ley. Presenté proyectos como productor y me dieron lo que correspondía”. También cuestionó las cifras difundidas públicamente: “Dijeron que recibimos entre 76 y 96 millones de pesos, pero es mentira: fueron 31 millones”.
Cuando un cronista le preguntó si gran parte de los ingresos de su familia provenían de aportes del Estado, respondió de manera inmediata: “Tenés mucha razón en eso”.
Ante los medios, el dirigente rechazó las acusaciones en términos generales y afrontó el juicio con confianza: “Ahora que llegó el juicio estoy mejor, porque se va a saber la verdad de tantas mentiras que dijeron todos ustedes. Nosotros nunca le robamos un centavo a nadie”. Además, anunció que no presentará testigos: “No hace falta ningún testigo porque los papeles van a hablar. Voy a salir libre de culpa y cargo porque no tienen ni una sola prueba”.
Acusaciones cruzadas: fiscal, juez, Peppo, Zdero y Bullrich
Las críticas de López no se limitaron a Capitanich. Apuntó contra quienes no figuran como imputados: “Fíjense quiénes están en este juicio. Solamente mi familia, no están los empresarios ni ninguno del gobierno anterior”. En ese contexto, mencionó a Marta Soneira, exministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible del Chaco, y a Raúl John Paris, fue presidente del Instituto de Colonización del Chaco entre 2011 y 2015. Ambos forman parte de la causa.
El fiscal federal Patricio Sabadini y el juez federal Ricardo Mianovich recibieron sus críticas más duras. López los acusó de integrar un supuesto “armado político y judicial” de la causa y los calificó, respectivamente, como “el drogadicto de Sabadini” y “el coimero del juez Mianovich”. Los acusó además de sustraer documentación durante los allanamientos: “Me robaron papeles. Sabadini hizo desaparecer un montón de papeles. Destrozaron mi casa y las de mis hijos”.
López fue detenido el 11 de septiembre de 2024 en la capital chaqueña, en un operativo que marcó un giro en la causa. Además de él, están imputados su esposa Librada Romero; sus hijos David, Walter y Daniel; y su nuera Débora Acosta.
Según el expediente, entre 2011 y 2023 el grupo accedió a unas 3.000 hectáreas de tierras fiscales mediante adjudicaciones irregulares gestionadas ante el Instituto de Colonización. Esos terrenos, destinados a fines productivos y sociales, habrían sido utilizados en negocios inmobiliarios a través de fideicomisos, contratos de leasing y ventas a terceros, pese a las restricciones legales que impiden su enajenación durante diez años.
– López junto al oscuro Emerenciano Sena
La acusación sostiene que el entramado incluyó fundaciones y otras estructuras legales para canalizar las operaciones, con la intervención de escribanos y funcionarios públicos. Como resultado, se habría conformado un patrimonio que abarca campos, inmuebles urbanos, vehículos de alta gama, ganado y divisas.
Antes del inicio del debate, la defensa intentó frenar la causa al invocar la Ley de Blanqueo 27.743, con el argumento de que los bienes podían regularizarse bajo ese régimen. El planteo fue rechazado por el fiscal Sabadini y por el juez Ricardo Mianovich, quienes consideraron que el delito de lavado de activos queda fuera de ese marco por tratarse de una afectación al orden económico y financiero.
El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó al juez federal subrogante Fernando Carbajal el procesamiento sin prisión preventiva del exgobernador de Chaco Jorge Milton Capitanich, de la exfuncionaria Marta Elena Soneira y de un grupo de empresarios vinculados a las firmas Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL.
La causa se originó en una denuncia de Ana María Canata, presidenta del Instituto de Colonización, quien al asumir el cargo detectó irregularidades en expedientes administrativos vinculados a la entrega de tierras fiscales. El análisis de esa denuncia demandó casi dos años de trabajo a la fiscalía.
Los delitos imputados al exgobernador K
A Capitanich se le imputaron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad como parte de una banda y por ser funcionario público, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos, todos en calidad de autor y en concurso real.
A Soneira se le imputaron, en forma separada, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo con las mismas agravantes, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, todos en calidad de autora. La fiscalía caracterizó el conjunto de esos hechos como una defraudación al erario provincial mediante sucesivos actos de corrupción realizados por un grupo de personas con injerencia en el poder, organizadas para insertar al mercado legal un gran patrimonio que hoy no pueden justificar.
LA TRAMA | Tierras para los socios del esposo de la ministra
Según el escrito fiscal, Soneira y Capitanich actuaron “en forma organizada y sostenida en el tiempo, valiéndose del ejercicio del poder que en aquel momento ostentaban”, y dispusieron de tierras fiscales de la provincia. Las adjudicaciones se canalizaron a través de trámites administrativos que, según la fiscalía, tenían apariencia legal pero ocultaban intereses económicos ilegítimos, y sus beneficiarios fueron personas que integraban empresas en las que el esposo de Soneira, Mauricio Cian, era socio gerente.
A través del Instituto de Colonización y con las firmas de Soneira como ministra y de Capitanich como gobernador, se adjudicaron cuatro inmuebles rurales del Departamento Almirante Brown a Federico Storti, Leandro Nicolás Bessone y Nelson Ariel Pochón, los tres socios de Cian en Grupo Pampa Agro SRL y en Pampa Semillas SRL. Storti recibió la fracción norte de la parcela 95, Circunscripción V, Zona D, con una superficie aproximada de 1.250 hectáreas; Bessone recibió la fracción sur de esa misma parcela, también de 1.250 hectáreas. Pochón fue adjudicatario de dos predios adicionales en el mismo departamento.
El fiscal señaló que las notas de solicitud presentadas por Storti y Bessone eran “prácticamente calcadas” y tenían hasta los mismos errores de ortografía. Ambos afirmaron no poseer tierras propias y contar con diez empleados, pero la fiscalía verificó que Storti tuvo una sola empleada hasta marzo de 2021 y ningún personal en relación de dependencia durante 2022 y 2023. En el caso de Bessone, tampoco registró personal en relación de dependencia en los años 2021, 2022 y 2023. Además, Bessone declaró en sus propias declaraciones juradas ser titular de inmuebles, lo que lo inhabilitaba como adjudicatario de tierras fiscales, ya que para acceder a ellas no se debe ser propietario de bien alguno, requisito que la fiscalía calificó de “sine qua non”.
Los cargos simultáneos e incompatibles de Soneira
Amad destacó que Soneira ocupó al mismo tiempo los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y de secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente, puestos incompatibles dada la exclusividad laboral que se exige en el desempeño de cada función.La Fiscalía de Asuntos Administrativos de la provincia estableció esa incompatibilidad mediante resolución. En 2022, Soneira asumió además el cargo de ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.
En su descargo, Soneira sostuvo que ejerció la presidencia del Instituto de Colonización de manera temporal y ad honorem. El fiscal rechazó ese argumento: “El hecho de que lo haya hecho ad honorem o en forma provisoria no la exime de la responsabilidad que su ejercicio le atribuía”. Amad subrayó que mientras estuvo a cargo en forma temporal, Soneira suscribió adjudicaciones de tierras fiscales, entre ellas las de Storti y Bessone, a la postre socios gerenciales en las empresas de su cónyuge.
La fiscalía también señaló que Soneira no pudo invocar desconocimiento sobre la identidad de los beneficiarios, “en tanto que eran los mismísimos socios de su esposo”. Como muestra de ese conocimiento, Amad recordó que el 23 de diciembre de 2021 la propia Soneira firmó un permiso de ocupación a favor de Bessone —socio de su esposo— mientras se desempeñaba como máxima autoridad del Instituto de Colonización.
Desmontes, OTBN y beneficios en servicios públicos
La fiscalía imputó también a Soneira haber puesto al sector rural de Pampa del Infierno, en el Departamento Almirante Brown, en categoría verde dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), lo que habilitaría la posibilidad de explotación rural, desmontes y ejecución de proyectos con fondos nacionales en la zona donde precisamente operan las empresas del esposo de la exministra y sus socios empresariales.
A finales de 2022, Capitanich aprobó por decreto la actualización del OTBN en un proceso que la Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó por no respetar las normas establecidas para ese tipo de procedimiento. Según el escrito fiscal, esas decisiones ignoraron los consensos técnicos sobre los criterios de sustentabilidad exigidos por la ley, elaborados durante el proceso coordinado hasta mediados de 2022. La ONG había demandado previamente a la provincia por omitir esa actualización, lo que había derivado en una prohibición judicial de aprobar planes de cambio de uso del suelo y permisos de desmonte.
– El fiscal general Carlos Martín Amad
Además, mediante decretos y convenios del Poder Ejecutivo provincial, las firmas vinculadas a Cian obtuvieron beneficios económicos que incluyeron reintegros de subsidios, quita en el pago de impuestos y ventajas en servicios públicos como SAMEEP y SECHEEP, entre otros.
El rol de Capitanich: “no podía desconocer”
En su descargo, Capitanich sostuvo que la firma de los decretos de adjudicación era una obligación legal y que “no es responsabilidad del gobernador controlar cada intervención de cada área”.
También argumentó que no es el gobernador quien decide discrecionalmente a quién entregar tierras, sino que existe un procedimiento administrativo con múltiples oficinas que intervienen en cada etapa verificando el cumplimiento de la normativa vigente. El fiscal rechazó ambos planteos.
“Discrepo humildemente con el ex gobernador, en tanto y en cuanto resulta cuanto menos inocente pensar que quien es el encargado de gestionar el gobierno de la provincia no se tome los mínimos recaudos de verificar a quiénes se entregan tierras públicas”, escribió Amad, y agregó: “Estas tierras se entregaron de manera discrecional, a los socios del esposo de su ministro Soneira, lo cual nunca fue explicado acabadamente”.
Respecto de la firma de los decretos, el fiscal fue categórico: “Ni el gobernador Capitanich ni la ministro Soneira podían desconocer que dichas empresas pertenecían a las personas a quienes les estaban adjudicando las tierras en cuestión, y por si esto fuera poco, el imputado Capitanich admitió haber firmado los decretos”.
Amad sostuvo que la intervención del gobernador era determinante para que la maniobra se concretara, “pues es quien en definitiva emite el decreto adjudicatorio final de dichas tierras, con el alcance y valor jurídico que posee la suscripción de ese decreto”. Y sentenció: “La ministro Soneira, esposa de Cian, les entrega a los socios de su marido tierras en manifiesta ilegalidad y arbitrariedad, y el gobernador a sabiendas firma el decreto de adjudicación y pretende que ese acto ilegal sea bajo un mandato constitucional”.
Para ilustrar la persistencia histórica de ese tipo de maniobras, el fiscal citó al jurista Carlos Nino, quien describió la desvirtuación de la Ley de Enfiteusis de 1826 como un caso paradigmático del favoritismo en la distribución de tierras públicas. “La situación descripta por el Maestro Nino hace ya varias décadas se subsume perfectamente ‘mutatis mutandi’ en lo que ha pasado en esta causa, después de doscientos años”, indicó Amad. La causa también presenta similitudes, según el fiscal, con el expediente caratulado “López, Ramón Alberto y otros s/Inf. art. 303 inc. 2 a, Asociación Ilícita y Defraudación contra la administración pública”, actualmente en juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.
Los otros imputados y las resoluciones solicitadas
Junto a Capitanich y Soneira, el fiscal solicitó el procesamiento de Mauricio Cian, Federico Storti, Nelson Ariel Pochón y Leandro Nicolás Bessone por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos agravado.
Respecto de Sheina M. Waicman y Darío Osvaldo Giménez, Amad solicitó que se dicte la falta de mérito, una figura procesal que no define su situación de manera definitiva sino que indica que, por el momento, no existen elementos suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. En el extremo opuesto, el fiscal pidió el sobreseimiento total y definitivo de Diego Soneira y Federico Gabriel Soneira, con la declaración de que la formación de la causa en nada afecta al buen nombre y honor del que hubieren gozado.
Será el juez federal subrogante Fernando Carbajal quien deberá resolver si dicta los procesamientos solicitados en un expediente que continúa en etapa de instrucción.
La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.
En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.
Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.
A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.
El testimonio de Nanni
La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.
La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.
Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.
Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.
La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.
Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013.
El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.
El presidente Javier Milei ordenó homologar un acuerdo con el empresario británico Joe Lewis y la empresa Hidden Lake S.A. para poner fin a una acción de lesividad iniciada por el Estado argentino en 2023, que buscaba anular la compra de más de 12.000 hectáreas en zona de seguridad de frontera donde se ubica la estancia de Lago Escondido.
Patagonia, provincia de Río Negro, cerca de El Bolsón, en una zona de seguridad fronteriza… Desde la década del ’90, el magnate británico, conocido por su participación en fondos de inversión globales, se hizo propietario de dichas tierras bloqueando el acceso público al lago pese a existir fallos judiciales desde 2005 que garantizan ese derecho.
La adquisición de las tierras se realizó mediante maniobras con empresas “cáscara” y testaferros para eludir la legislación vigente que prohíbe a extranjeros adquirir tierras en zonas de frontera (decretos 411/80 y 1265/87).
La Procuración del Tesoro (ya en 2016, bajo Carlos Balbín) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas habían dictaminado que la operación fue fraudulenta.
Ricardo Nissen fue el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) durante el gobierno del exmandatario Alberto Fernández (2020–2023), el organismo del Estado encargado de controlar y fiscalizar las sociedades comerciales que operan en Argentina. En mayo de 2022 tomó una decisión que lo metería en la mira del poder, al pedir la intervención judicial de Hidden Lake S.A.
El argumento de Nissen era que “Hidden Lake no era una empresa real”.No tenía actividad comercial registrada, no producía bienes ni servicios, no justificaba sus ingresos ni los gastos de construcción de una lujosa mansión en el predio, y se sostenía con aportes de accionistas y sociedades offshore no declaradas en Argentina.
La empresa fue representada ante la Justicia por allegados al expresidente Mauricio Macri, como Jaime Cibils Robirosa, presidente del Correo Argentino.
En octubre de 2023, durante la gestión kirchnerista del Frente de Todos, el Ministerio del Interior —vía la Resolución 1603— declaró las autorizaciones de compra como lesivas al interés nacional e instruyó a iniciar una acción judicial para anular definitivamente la transferencia de dominio. Una “acción de lesividad” es el mecanismo legal mediante el cual el propio Estado demanda la nulidad de un acto administrativo suyo anterior que considera dañino para el interés público. Es decir, el Estado reconocía que él mismo había cometido un error al aprobar esa compra y quería revertirlo.
El acuerdo secreto
El 15 de enero de este año, la administración libertaria presentó un convenio conciliatorio con Lewis, que fue homologado secretamente el 28 de enero en plena feria judicial por el juez federal Walter Lara Correa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4. Con eso, el expediente 4511/2023 quedó cerrado sin avanzar en la nulidad de la transferencia de dominio. El acuerdo se mantuvo en reserva, hasta diciembre de 2025 el expediente era de acceso público, pero luego pasó a “acceso reservado” en el sistema del Poder Judicial, y hasta ahora no se conoce la letra chica del convenio.
El acuerdo se cerró dos meses antes de que Milei designara a Juan Bautista Mahiques como ministro de Justicia (marzo de 2026) y enviara al Senado el pliego de su padre, Carlos Mahiques, para que continúe como juez en la Cámara de Casación Penal. El dato que enciende todas las alarmas sería que ambos Mahiques participaron del famoso viaje a Lago Escondido en octubre de 2022, el escándalo conocido como “Los huemules del lawfare”, donde jueces, fiscales y funcionarios viajaron con todos los gastos pagos —financiados por el Grupo Clarín— a la mansión de Lewis.
Hidden Lake S.A. denunció penalmente a Nissen por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sin embargo, la causa tuvo un derrotero particularmente elocuente. En cuatro oportunidades, dos veces a través del juez Daniel Rafecas y otras dos mediante el juez Sebastián Casanello, Nissen fue sobreseído en la etapa de instrucción.
En todos los casos, ambos magistrados coincidieron en que el entonces funcionario de la IGJ se había limitado a cumplir con sus atribuciones legales, al fiscalizar sociedades, requerir documentación e impulsar acciones judiciales ante eventuales irregularidades. No obstante, cada uno de esos fallos fue revocado por la Sala II de la Cámara Federal, con los votos de Martín Irurzun y Eduardo Farah, que ordenó reencauzar la investigación.
Finalmente, en abril de 2026, luego del cuarto sobreseimiento, la Cámara decidió avanzar por su cuenta y dictó el procesamiento de Nissen, a quien le atribuyó haber “enarbolado el falso argumento” de que Hidden Lake incumplía sentencias firmes.
– Ricardo Nissen
El voto de Farah sostuvo que Nissen “abusó de las facultades que le confería su puesto” para labrar de oficio el expediente administrativo. El caso pasará ahora al juez Ariel Lijo —el mismo nominado por Milei para la Corte Suprema— para dictar los embargos y formalizar el procesamiento.
Beneficios adicionales
El acuerdo se inscribe en una serie de decisiones gubernamentales previas que ya evidenciaban un alineamiento favorable. En julio de 2025, la Secretaría de Energía autorizó el traspaso de la Central Hidroeléctrica Río Escondido a la firma Hidden Lake S.A., lo que consolidó aún más el control de Lewis sobre la zona. La construcción de esa represa, sin embargo, había sido previamente cuestionada por organismos de control, que la consideraban ilegal.
Las zonas de seguridad de frontera tienen una protección especial en la legislación argentina porque se consideran estratégicas para la defensa nacional. Que un ciudadano extranjero controle miles de hectáreas en esa zona —incluyendo el acceso a un lago y una central hidroeléctrica— representa una cesión de facto de territorio soberano. Al abandonar la demanda sin que se conozcan los términos del acuerdo, el Estado renunció a recuperar esas tierras sin ninguna explicación pública.
El expediente sobre el acceso público al lago por el camino Tacuifí, impulsado por la exsenadora Magdalena Odarda, todavía tramita ante la Corte Suprema, por lo que el conflicto judicial no está del todo cerrado.
La provincia de Santa Fe encontró una herramienta que funcionó: cobrarle a las familias de los menores que difundieron amenazas falsas de tiroteo en escuelas. Según informaron fuentes del Ministerio de Seguridad, desde que rigió la medida de enviar intimaciones económicas, las llamadas al 911 por este tipo de episodios cayeron de manera significativa.
Ahora, la familia de un menor que participó en la redacción de un mensaje intimidante se negó a pagar los más de seis millones de pesos que el Estado provincial le reclamó, y recurrió a la Justicia a través del abogado Rodolfo Mingarini, quien presentó el primer recurso administrativo formal contra este tipo de intimaciones. El nombre de Mingarini, para cualquier santafesino con memoria, no es nuevo. Y lo que ese nombre evoca no precisamente habla bien de su criterio jurídico.
El episodio que derivó en la multa tuvo lugar en la ciudad de Santa Fe. Un grupo de adolescentes escribió un papel en el que se mencionaba un supuesto tiroteo. Luego, según relató el propio Mingarini, se arrepintieron, rompieron el papel y lo tiraron. Un padre lo encontró fuera del horario escolar, la imagen circuló por grupos de WhatsApp y generó alarma entre decenas de familias.
El menor, de entre 12 y 13 años según distintas versiones del caso, reconoció su participación ante sus padres y ante las autoridades del colegio, y pidió disculpas.
Mingarini salió a defenderse en varias radios locales. Allí, repitió sus argumentos con insistencia. El hecho, argumentó, no configura legalmente una amenaza porque le faltan los requisitos típicos del delito (daño concreto, persona determinada, coerción real); que el papel fue encontrado en un estacionamiento y no dentro del establecimiento; que no hubo un operativo de envergadura porque cuando se halló la nota ya no había clases; que el monto de seis millones de pesos carece de desglose y resulta imposible de justificar con la sola intervención de un patrullero; y que el Poder Ejecutivo no puede fijar y cobrar sanciones de manera unilateral sin que medie una sentencia judicial. “El poder administrador no puede decidir unilateralmente que alguien debe pagar millones. Eso debe determinarlo un juez”, sostuvo el letrado. También pidió que no se “criminalice a chicos de 12 o 13 años sin ningún tipo de fundamento”.
Antes de ser abogado defensor, Mingarini fue juez penal en Santa Fe.
Su paso por la magistratura terminó en mayo de 2022 de la peor manera posible: fue destituido por unanimidad, con los diez votos del Tribunal de Enjuiciamiento en su contra, tras el análisis de once fallos que el propio jurado calificó de “faltos de justicia y reñidos con los principios de los derechos humanos y la perspectiva de género”.
El caso que lo hizo tristemente célebre fue el de un albañil acusado de violación al que Mingarini le concedió la libertad porque el uso de preservativo durante el ataque le generó “duda” sobre si el hecho había sido forzado.
– En mayo de 2021, Mingarini liberó con restricciones a un imputado por abuso sexual porque utilizó el preservativo
Sus propias palabras, registradas en una audiencia y difundidas públicamente, grafican con precisión el nivel de su razonamiento: “Podemos pensar que habría habido relaciones forzadas, pero no puedo entender cómo, si va a tener relaciones forzadas, empujándola y sometiéndola, se toma el tiempo… no puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctimaque, según lo que está acá, se negaba. La verdad es que ahí es donde me genera la mayor duda”.
Para llegar a esa conclusión Mingarini había desestimado exámenes de medicina legal que constataron lesiones compatibles con una violación, los restos de semen hallados en la ropa interior y en el cuerpo de la víctima, y las pericias psicológicas incorporadas al expediente.
El fallo fue revocado por la Cámara de Apelación Penal, el acusado fue encarcelado y la Fiscalía solicitó doce años de prisión.
Las militantesfeministas que por aquel entonces marcharon a las puertas del Tribunal durante el jury señalaron que el letrado “ha fallado de manera aberrante, ha descreído de informes que probaban delitos sexuales hasta de niños”, y que “atribuía claras señales de abuso de niños y niñas, que provenían de informes médicos, a secreciones de los pañales”.
No fue ese su único fallo cuestionado. El tribunal lo destituyó por once hechos en total, y la resolución dejó establecido un "patrón de conducta" que, según el diputado Maximiliano Pullaro (entonces integrante del jury, hoy gobernador de Santa Fe), evidenciaba "el menosprecio hacia el perjuicio sufrido por las víctimas" y "la tendencia a minimizar el impacto de delitos gravísimos".
Como consecuencia de la destitución, Mingarini no podrá volver a ocupar un cargo en el Poder Judicial. Conserva la posibilidad de ejercer como abogado mientras no exista una sanción disciplinaria específica sobre su matrícula.
Ese antecedente vuelve especialmente sensible su intervención actual en el debate público. Mingarini es ahora quien cuestiona el alcance jurídico del reclamo estatal, discute si el hecho puede ser considerado una amenaza y plantea objeciones sobre la forma en que la Provincia busca responsabilizar económicamente a las familias involucradas.
La respuesta oficial no tardó en llegar. Georgina Orciani, secretaria de Coordinación Técnica y Administración Financiera del Ministerio de Seguridad, salió al cruce en diálogo con Cadena 3 Rosario y fue categórica. Primero, aclaró que el reclamo no es una multa sino que “esto es una deuda civil que persigue el Gobierno provincial para recuperar recursos públicos que fueron utilizados ante una amenaza".
Luego refutó el argumento de que no hubo operativo ya que cada patrullero que se moviliza hacia una escuela deja de recorrer las calles y de prevenir delitos en otros puntos de la ciudad:" Esto no puede banalizarse", aseguró. Finalmente reivindicó los resultados de la medida, dijo que fue “acertada” y que “permitió una desaceleración importante” de estas situaciones.
Orciani también cargó directamente contra Mingarini. Fue precisamente ella quien presidió la comisión que definió la destitución del polémico exjuez en 2022. "Fue removido por ignorancia manifiesta del derecho y vuelve a demostrarlo con sus declaraciones", lanzó la funcionaria de la cartera de Seguridad.
También VirginiaCoudannes, vocera del Gobierno provincial, cruzó a Mingarini y sostuvo que las amenazas escolares "no son una broma", que implican la movilización de recursos del Estado y que afectan a toda la comunidad educativa.
En los últimos meses, Santa Fe registró una escalada de amenazas falsas en escuelas, muchas de ellas impulsadas por "desafíos virales" (conocidos como trends) que circularon en redes sociales y apps de mensajería. Cada episodio activaba protocolos de seguridad, movilizaba patrulleros, generaba pánico entre padres y docentes, y vaciaba aulas. El Estado absorbió esos costos en silencio durante demasiado tiempo. La decisión del Ministerio de Seguridad de trasladar esa carga económica a las familias responsables fue, en términos prácticos, la única medida que logró torcer la curva: Tras las primeras intimaciones (comenzaron a mediados de abril) las amenazas bajaron “de 80 casos diarios a 15”, aseguran fuentes del Ministerio.
El dato de la merma fue reconocido por Mingarini. "El efecto fue logrado, pero no era la manera", admitió a Radio Mitre Santa Fe.
Desde el Ministerio de Seguridad aclararon que las familias que reciben estas intimaciones pueden presentarse y manifestar voluntad de pago para acceder eventualmente a planes de financiación. "Si no hay respuesta administrativa, la deuda será perseguida judicialmente por Fiscalía de Estado", señaló Orciani.
La familia representada por Mingarini optó por el camino de la impugnación formal. Ahora será la Justicia la que resuelva si el mecanismo creado por la Provincia tiene o no sustento legal.
El gobierno de Santa Fe pasó de la advertencia a la acción y entregó la primera intimación de pago a la familia de una persona menor de edad identificada como autora de una amenaza contra su propia escuela. Los padres, en calidad de responsables solidarios, deberán abonar $6.024.944: costo exacto del operativo policial desplegado ante la intimidación.
Al recibir la carta, el padre reaccionó con una frase contundente: “Cara la jodita”.
La intimación forma parte del reclamo global que la provincia ya calcula en más de $250 millones, a partir de los hechos identificados hasta el momento. Según explicó el ministro de Justicia y Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni, el cobro fue definido como una deuda civil destinada a recuperar el dinero del Estado.
El procedimiento judicial “se ejecuta conforme al Código Civil y Comercial y al Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, lo que permite, por ejemplo, embargar sueldos o inhibir bienes”, precisó el funcionario.
El monto se calcula en función de los recursos policiales afectados en cada operativo: combustible, vehículos, brigadas especializadas en explosivos y horas de servicio. “No es ni un peso más ni un peso menos que el costo exacto que el operativo tuvo para los santafesinos. Hay que ser muy conscientes y cuidar los recursos”, subrayó Cococcioni.
Los responsables tienen un plazo de cinco días para abonar voluntariamente. Vencido ese término, los antecedentes se giran a la Fiscalía de Estado.
– El ministro de Justicia y Seguridad santafesino, Pablo Cococcioni
Hasta el momento, el gobierno santafesino identificó a los responsables de 58 hechos, lo que involucra a “más de 70 personas”, dado que en algunos casos hay más de un autor o más de un adulto responsable.
El gobierno también trascendió que cuenta con “más de 15 expedientes iniciados para avanzar con notificaciones en otras localidades” de la Santa Fé.“A medida que la Fiscalía valida las identidades —sean mayores o menores, punibles o no— se identifica a los responsables y automáticamente se emiten las intimaciones”, explicaron desde el Ministerio de Justicia y Seguridad.
La vocera provincial, Virginia Coudannes, atribuyó a estas medidas la fuerte caída en el número de amenazas registradas: de entre 70 y 80 casos diarios, ayer lunes se contabilizaron apenas 15.
“La amenaza no es broma, es un delito y el delito se paga”, afirmó.
La primera impugnación formal contra el cobro de multas para recuperar los costos de los operativos por amenazas escolares fue presentada por Rodolfo Mingarini, un exjuez destituido por unanimidad tras liberar a un hombre luego condenado por violación, al poner en duda el ataque porque el agresor “se había tomado el tiempo de ponerse el preservativo”.
Desde la oposición, exigen que se publiquen los haberes de los funcionarios y responsabilizan al intendente por el deterioro financiero del municipio. Se señaló que él y otros funcionarios cobrarían “sumas extra por función”.
Gremios, usuarios y familiares de víctimas pidieron declarar la emergencia vial y apuntaron contra el recorte presupuestario, la pérdida de personal técnico, la paralización de obras y el avance de concesiones por peaje como salida oficial frente a la crisis.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse