21 enero, 2025

LAVADO Y AFILIACIONES TRUCHAS: La POLÉMICA causa que PREOCUPA a Milei y a su entorno

La presentación judicial la realizó una de sus propias autoridades certificantes. Manifestó que falsificaron su firma en cientos de fichas de adhesión presuntamente apócrifas. La mano derecha de Milei es el principal sospechoso por haber utilizado una base de datos de una escribanía para conseguir las afiliaciones.
10 Years Experiences

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

*Por Adrián González

En el juzgado Federal Nro. 1 de La Plata, a cargo del juez Alejo Ramón Padilla, la ex autoridad certificante del Partido Libertario de la provincia de Buenos Aires, Silvana Beatriz Prino, denunció a autoridades de los partidos libertarios bonaerense y porteño por utilizar su nombre en cientos de fichas de adhesión apócrifas que fueron supuestamente manipuladas para conseguir los avales correspondientes que requiere el tribunal electoral para competir en los comicios.

El modus operandi habría sido mediante diversas computadoras donde se cargaron las presuntas fichas truchas al sistema. Fuentes judiciales dejaron entrever una especie de protección, debido al hecho de que la denuncia todavía no se encuentra en mesa de entradas, razón por la cual no se publicó dentro del sistema.

Loading...

Ahora bien, en cuanto a las adhesiones presentadas por la denunciante, solamente 300 de 1609 son reconocidas por ella como con su firma, y muchas corresponden a fallecidos y menores de edad, según lo dictaminó Ramos Padilla. Además, entre otros de los motivos de las fichas incongruentes se destacan: “Elector no encontrado a la fecha de adhesión; fecha de adhesión anterior al inicio de las actuaciones; carecer de lugar y fecha de adhesión; elector inhabilitado; difieren los nombres de los padres; electores extranjeros; electores con domicilio en otro distrito; carecen del nombre de la agrupación política o de la firma o sello del certificador”.

En cuanto a los acusados, según la también ex candidata a concejal en Berazategui por Avanza Libertad, el apoderado del Partido Libertario de provincia de Buenos Aires, Bruno Galleni, fue sindicado por “autor ideológico de los hechos denunciados” al haber utilizado “el usuario y contraseña” de la denunciante para subir los datos de las fichas al sistema de la Justicia Electoral en su nombre, según consignó en el expediente judicial. Otro de los apuntados es un referente liberal de Olavarría, Sergio Palahy, quien habría convocado a un grupo de personas del partido para “llenar las fichas de adhesión falsas e imitar la firma de la denunciante”.

Loading...

“Esta irregularidad fue aparentemente no sólo conocida por la cúpula del Partido Libertario, sino también impulsada por la misma, especialmente por Emma (Nicolás), Calandra (Alejandro), Galleni y Gazzotti (Lucas), agregó Prino en relación a los máximos responsables del presunto ilícito. Mientras que Calandra, el secretario General del Partido Libertario bonaerense, es el señalado por ejecutar estas maniobras en su territorio, en la Ciudad de Buenos Aires lo es el abogado y presidente del partido libertario de CABA, Nicolás Emma.

Nicolás Emma, acusado de asociación ilícita, falsificación de firmas y lavado de dinero

El letrado es la mano derecha del diputado nacional de Avanza Libertad, Javier Milei, y es acusado como “jefe de la asociación ilícita” por “usar una base de datos” de una escribanía donde anteriormente trabajaba para “llenar fichas de afiliación truchas de su partido y causas por lavado de dinero”. Por otra parte, Prino resaltó la responsabilidad de los doctores Galleni y del vicepresidente del Partido Libertario de territorio bonaerense, Juan Facundo Dominoni, en su calidad de abogados: “Deberían ser citados al menos a declarar (…) ya que siendo letrados no podían desconocer los medios de financiación de la campaña, ni tampoco irregularidades en las adhesiones y afiliaciones, y además tienen responsabilidad funcional por los hechos denunciados”.

Sergio Palahy y Lucas Gazzotti

Concretamente, todas las personas citadas están acusadas por el “delito de asociación ilícita contemplado y/u otros posibles actos ilícitos, hechos de cibercrimen y delitos electorales por cometer estafa procesal contra la Justicia Electoral”. En tanto, la denunciante aclaró que en caso que las fichas de adhesión hubieren sido destruidas, “ello no elimina el delito per se, y da mucha más relevancia a las testimoniales ofrecidas y a las constancias del expediente ofrecidos como prueba, como así también a cualquier constancia escrita en el expediente de constitución del Partido Libertario PBA”.

MÁS DENUNCIAS

La patrocinante legal de Prino, la doctora Mariela Pérez Cesaratto, ya había denunciado hechos similares que involucran al Partido Libertario, previamente a ser contratada por su representada. En diciembre último, interpuso en Córdoba una denuncia por “1600 adhesiones apócrifas y lavado de dinero”, más la presentación de “facturas apócrifas” para el acto del Luna Park del Partido Libertario porteño, cuyo escenario fue el búnker de campaña de Milei en las elecciones generales de noviembre.

Servini de Cubría

Posteriormente identificó a las “personas jurídicas irregulares” que se presentaron como intermediarias. Tras ratificar su denuncia efectuada en la fiscalía del juzgado de la doctora María Romilda Servini de Cubría, solicitó “medidas de protección personal” por “diversas amenazas y operaciones en mi contra”. Entre estas, resaltó que recibió “balas” que fueron exhibidas ante la fiscalía, como agravios en las redes sociales “utilizando en repetidas oportunidades cuentas trolls con dichos injuriosos y lesivos de mi honor, y un par de amenazas directas”.

VIOLENCIA DE GÉNERO

Anteriormente, el vicepresidente del Partido Libertario Dominoni ejercía como juez, cargo por el que fue destituido luego de media docena de denuncias de sus propios empleados cuando todavía estaba en funciones. En esta sintonía, Lucas Gazzotti, según Cesaratto el “supuesto” presidente del Partido Libertario de PBA porque se desempeña en su rol “de facto” ya que en los papeles figura como máxima autoridad bonaerense Ignacio Raffo, posee una de acoso reciente. Y Palahy también arrastra denuncias por violencia de género.

¿MILEI, UN CANDIDATO FUGAZ?

Tras sus dichos sobre la portación de armas y la venta de órganos, la imagen de Milei cayó considerablemente en alrededor de 10 puntos según distintos sondeos de opinión pública. A su reciente derrotero discursivo se le suma su paso en falso en Colombia, donde fue a apoyar abiertamente al candidato presidencial “outsider” Rodolfo Hernández, derrotado por el mandatario electo izquierdista Gustavo Petro.

Si bien el legislador autodenominado libertario intenta subirse permanente al ring electoral del 2023, canalizando el malestar social generalizado con la clase dirigente y mostrándose con un perfil “disruptivo” ante su defenestrada “casta política”, bajo este panorama cabe preguntarse si podrá sostener sus aspiraciones presidenciales o sólo habrá sido un candidato fugaz. Tampoco lo ayudan todos estos sucesos denunciados que, lejos de distanciarlo de la casta que denuncia, apuntan a sindicarlo como un repetir de prácticas fraudulentas similares a la causa de los “aportantes truchos” de la ex gobernadora María Eugenia Vidal en la campaña electoral del 2017.

*Fuente: REALPOLITIK

Redacción

info@data24.com.ar

Search

Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.

Condenaron al militante K Ezequiel Guazzora a más de 10 años de prisión por abuso sexual de una menor

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24 de la Capital Federal condenó este viernes a Ezequiel Guazzora a 10 años y 6 meses de prisión por el abuso sexual de una adolescente en 2023, en un domicilio del barrio porteño de Caballito. Además, la madre de la menor fue sentenciada a 10 años de prisión como cómplice necesaria en los hechos. Ambos fueron declarados culpables de uno de los casos más conmocionantes de los últimos años en el ámbito judicial argentino.

El tribunal, compuesto por los jueces Maximiliano Dialeva Balmaceda, Marcelo Roberto Alvero y Javier Esteban de la Fuente, declaró a Guazzora culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves y resistencia a la autoridad. La pena fue unificada con una condena previa de 3 años dictada por el Tribunal Oral Federal N°3 en 2021, resultando en una sentencia única de 12 años de prisión.

En consonancia con lo solicitado por la fiscalía, el tribunal dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y registre el perfil genético de Guazzora en el Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley N°26.879, que regula el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Este procedimiento busca garantizar que individuos condenados por delitos sexuales sean adecuadamente identificados en el futuro.

La investigación se originó tras una denuncia de la Organización No Gubernamental Red Alto al Tráfico y la Trata (RATT) de Argentina ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Según los detalles revelados en el juicio, Guazzora ofrecía dinero, drogas u otros bienes a la madre de la adolescente a cambio de permitirle mantener relaciones sexuales con la menor. La gravedad del caso se incrementa al considerar que los actos fueron planificados y ejecutados con frialdad y premeditación.

La madre fue detenida el 13 de agosto de 2023 en una escuela de la avenida Belgrano al 1300, durante las elecciones PASO, mientras que Guazzora estuvo prófugo por más de dos meses. Fue localizado en octubre por la Secretaría de Captura de Prófugos (SeCaP) en una vivienda del partido bonaerense de Merlo. La captura de Guazzora marcó el fin de una intensa búsqueda liderada por la Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (UFECRI), a cargo del fiscal José María Campagnoli.

El juicio oral comenzó el 11 de septiembre y estuvo a cargo de la Fiscalía N°15, representada por la fiscal general Ana Helena Díaz Cano y el auxiliar fiscal Leandro D’Ascenzo. Durante el proceso, se presentaron pruebas clave, como mensajes en los que Guazzora solicitaba menores para mantener relaciones sexuales y transferencias bancarias realizadas a la madre de la víctima. Estos mensajes incluyeron también detalles sobre el pago de 100 mil pesos por un “encuentro íntimo” con la adolescente. Además, se ponderó el testimonio de la adolescente y su identificación del lugar del abuso, que resultaron determinantes para la condena.

Según la acusación, entre marzo y abril de 2023, la madre llevó a su hija a la casa de Guazzora, donde éste le habría administrado una sustancia en su bebida que la dejó adormecida, mientras la madre consumía estupefacientes provistos por el condenado. En ese contexto, se produjo el abuso sexual. La fiscalía había solicitado 18 años de prisión para ambos acusados, incluyendo cargos por corrupción de menores, pero el tribunal determinó penas menores.

“Tengo la tranquilidad de que soy inocente de lo que se me está causando. Creo en la Justicia”, declaró Guazzora en sus últimas palabras antes de la sentencia. Sin embargo, los jueces dictaron su condena por unanimidad. Los fundamentos del fallo serán publicados el próximo 6 de febrero. Por otro lado, la defensa de Guazzora ya ha anunciado su intención de apelar la sentencia, argumentando que las pruebas presentadas “no son concluyentes y que existe un sesgo en la interpretación de los hechos”.

Redacción

info@data24.com.ar

Gonzalo Montiel demandó a la abogada ultra feminista Raquel Hermida por falsa denuncia

Tras el fallo internacional por el caso Theo Hernández, el futbolista inició una millonaria demanda contra la abogada feminista Raquel Hermida, acusándola de haber promovido una falsa denuncia y de difundir información falsa en los medios.

Montiel, recientemente absuelto por “inexistencia de delito” en una denuncia de abuso sexual presentada en su contra, busca justicia no solo para limpiar su imagen, sino también para sentar un precedente contra lo que considera un uso malintencionado del sistema judicial y mediático.

Según fuentes cercanas al futbolista y a su equipo legal, la demanda no incluirá a la mujer denunciante. Montiel y sus abogados entienden que esta persona fue utilizada por Hermida en una operación mediática con presuntos fines extorsivos y económicos.

Además, consideran que la denuncia fue promovida de manera falaz con el objetivo de desviar la atención pública tras el escándalo que involucró a Hermida cuando fue despedida por Nahir Galarza, otra de sus conocidas expatrocinadas.

Este caso podría tener implicancias significativas en el debate sobre la responsabilidad ética de los abogados y la lucha contra las noticias falsas en el ámbito judicial y mediático.

Redacción

info@data24.com.ar

Condenaron al líder de ultraizquierda Alejandro Bodart por promover el antisemitismo

La Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó al dirigente del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Alejandro Bodart, a seis meses de prisión en suspenso por incitar a la discriminación contra la comunidad judía. El fallo, que revocó una absolución en primera instancia, se produjo por una serie de publicaciones realizadas por Bodart en la red social Twitter en mayo de 2022, donde comparó al “sionismo” con el nazismo y calificó a Israel como un “estado genocida”. 

El tribunal, compuesto por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larroca, dictó el fallo por mayoría. Mientras que Larroca sostuvo que las expresiones de Bodart se encontraban amparadas por la libertad de expresión, Mahiques y Franza concluyeron que los mensajes constituían incitación al odio y discriminación. “Bajo el ropaje de críticas legítimas, despliega un arsenal discursivo discriminatorio que contiene una comparación del movimiento político sionista con el nazismo”, afirmó el juez Mahiques en su voto.

La decisión también destacó que las publicaciones de Bodart “niegan el derecho del Estado de Israel a existir y postulan que la comunidad judía ocupa un territorio que le pertenece a otro pueblo”, lo que adquiere “la cualidad discriminatoria por el modo en que se expresan las palabras”. Estas declaraciones, según los jueces, “proporcionan las bases para deslegitimar la existencia de Israel y promueven la afectación de derechos de un grupo vulnerado”.

El fallo de 150 páginas incluye también referencias a la definición de antisemitismo adoptada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), la cual fue incorporada por Argentina en 2020. Esta definición señala que negar el derecho del pueblo judío a la autodeterminación, como sucedió en las publicaciones de Bodart, puede constituir antisemitismo.

Los mensajes que motivaron la denuncia fueron publicados por Bodart en mayo de 2022. En uno de ellos, escribió: “Sionistas=Nazis”, acompañado de un emoticón ofensivo. Días después, publicó: “74 años de la catástrofe que vive el pueblo palestino a manos del Estado racista y genocida de Israel. La llave, símbolo de sus casas y tierras robadas, está presente en cada lucha. Por una Palestina laica y democrática, del río al mar”. La DAIA denunció estas expresiones y solicitó su retractación, algo que Bodart rechazó, acusando a la organización de intentar acallar críticas.

El dirigente también publicó: “El pueblo palestino resiste. Apoyar su heroica lucha es también desnudar las mentiras del sionismo, el imperialismo y sus voceros. Los ataques a quienes defendemos la causa palestina no nos silencian: nos confirman que estamos en lo correcto. El Estado de Israel es genocida”. Estas declaraciones fueron interpretadas por el tribunal como un llamado a la violencia y la hostilidad.

Durante el juicio, testigos de ambas partes aportaron visiones contrapuestas. Representantes de la DAIA y del Centro Simon Wiesenthal calificaron las expresiones como antisemitas y como parte de un discurso de odio. Ariel Gelblung, director del Centro Wiesenthal para América Latina, declaró que “la comparación de sionismo con nazismo es perversa en extremo” y argumentó que dicha analogía distorsiona la historia y banaliza el Holocausto. Según Gelblung, “poner en pie de igualdad a un movimiento de autodeterminación nacional con un proyecto racista de aniquilación es un acto que fomenta el odio”.

En contraste, figuras como Myriam Bregman, Adolfo Pérez Esquivel y Naum Briski defendieron a Bodart, argumentando que sus dichos constituían una crítica política y no un ataque a la comunidad judía.

Bodart anunció que apelárá el fallo hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, calificándolo como un acto de “autoritarismo”. Según sus abogados, la condena aún no tiene carácter definitivo, ya que falta cumplir el doble conforme. “El aparato sionista ha domesticado parte de la justicia para acallar toda crítica al Estado de Israel”, declaró el dirigente en un comunicado.

Por su parte, Ariel Gelblung, del Centro Wiesenthal, sostuvo que el fallo establece un precedente significativo. “Este caso marca un límite claro: la libertad de expresión no puede ser excusa para discursos de odio”, afirmó. Además, subrayó la importancia de incorporar la definición de la IHRA como interpretativa de la Ley Antidiscriminatoria, algo que consideró como un avance clave para prevenir futuros casos similares.

En los próximos meses, se espera que la apelación presentada por los abogados de Bodart, entre ellos María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, abra nuevos debates en instancias superiores. Entretanto, el dirigente continúa defendiendo su postura y cuestionando lo que considera una “persecución política y judicial”.

Redacción

info@data24.com.ar

URUGUAY | Subastaron un campo que Lázaro Báez compró para lavar dinero

El emblemático campo “El Entrevero”, ubicado en José Ignacio, Uruguay, y confiscado a Lázaro Báez tras su condena por lavado de dinero, fue subastado por orden de la justicia uruguaya. La propiedad, valuada originalmente en 14 millones de dólares, tenía una base de 3,5 millones, pero alcanzó un precio final de 10,8 millones en una reñida puja. La oferta ganadora fue realizada por una sociedad vinculada al empresario Eduardo Costantini, fundador de Nordelta, y al polista Adolfo Cambiasso, a través de la empresa Consultatio.

La subasta tuvo lugar en el hotel Jeans Clever de Punta del Este, donde empresarios y abogados se congregaron para participar del remate. Solo diez postores cumplieron con el requisito de un depósito inicial de 10.000 dólares para competir por el predio de 145 hectáreas. La entrada de “El Entrevero” se encuentra en el kilómetro 171 de la Ruta Nacional 10, a solo ocho kilómetros del exclusivo balneario de José Ignacio, y el terreno ofrece grandes posibilidades de desarrollo inmobiliario.

El campo había sido adquirido en 2011 por Báez a través de maniobras que buscaban blanquear fondos ilícitos. Según Leonardo Fariña, uno de los imputados en el caso y colaborador clave como testigo arrepentido, la compra se realizó mediante sociedades fantasma como Traline SA y Jumey SA para ocultar a los verdaderos propietarios. “Según la escritura se pagaron 14.109.340 dólares, pero si sumamos lo que no aparece en los papeles llegamos a 16 millones”, declaró Fariña durante el juicio.

La propiedad fue decomisada en el marco de la causa conocida como “La Ruta del Dinero K”, que destapó un esquema de corrupción liderado por Báez. En 2023, la justicia uruguaya condenó al empresario a cuatro años y medio de prisión por lavado de dinero, mientras que Fariña recibió una pena reducida de dos años y medio por su colaboración.

Además de “El Entrevero”, Báez poseía otro terreno en la zona del Faro de José Ignacio, adquirido por 800.000 dólares, y una propiedad en Maldonado valuada en 320.000 dólares. En total, el decomiso de bienes alcanzó los 14,8 millones de dólares.

El rematador Javier Fasanelo destacó las características del terreno subastado, que incluye 40 hectáreas habilitadas para desarrollos inmobiliarios cercanas al mar. “Es un terreno único, con posibilidades de desarrollo que justifican un precio final cercano a los 10 millones de dólares”, aseguró Fasanelo antes de conocerse la oferta final.

Redacción

info@data24.com.ar

Un informe de la Fiscalía ratifica que Nisman fue asesinado

A pocos días de cumplirse el décimo aniversario de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Fiscalía Federal Nº 3, dirigida por Eduardo Taiano, presentó un informe exhaustivo que confirma la hipótesis del homicidio. 

El documento, compuesto por 52 páginas y dividido en siete capítulos, detalla los avances de la investigación, las irregularidades en el tratamiento inicial del caso y el impacto político y social de su muerte. Además, señala que el asesinato estuvo relacionado con su rol como fiscal de la Unidad Fiscal de Investigación del Atentado a la AMIA (UFI-AMIA) y, en particular, con la denuncia presentada contra Cristina Kirchner y otros funcionarios por presunto encubrimiento.

“Luego de años de tareas de investigación se arribó a una serie de conclusiones que hoy permiten afirmar que el fiscal federal Natalio Alberto Nisman fue víctima de un homicidio y que su muerte estuvo motivada en su labor en la UFI-AMIA y, concretamente, con su accionar vinculado al Memorándum de Entendimiento con la República de Irán. A la fecha, en esta etapa de la investigación, se encuentran en curso la producción de medidas tendientes a determinar la identidad de aquellos que ejecutaron el hecho y de quiénes lo ordenaron, conforme a la hipótesis de la fiscalía”.

El informe destaca que la muerte de Nisman ocurrió en un contexto de creciente presión y amenazas hacia él y su equipo, las cuales se intensificaron tras la presentación de su denuncia el 14 de enero de 2015. Este documento apuntó directamente al Memorándum de Entendimiento con Irán como una herramienta para garantizar la impunidad de los responsables del atentado terrorista a la AMIA de 1994. La fiscalía enfatiza que las pruebas recabadas hasta la fecha refuerzan la tesis de que el homicidio fue planeado con la intención de silenciarlo.

En el análisis de las primeras horas tras el hallazgo del cuerpo de Nisman en su departamento en el complejo Le Parc de Puerto Madero, el informe denuncia graves irregularidades. Se registró la presencia de más de 80 personas en la escena del crimen, incluyendo funcionarios de alto rango de la Prefectura Naval, la Policía Federal y el Ministerio de Seguridad. Estas acciones comprometieron la preservación de evidencias cruciales y han generado sospechas de encubrimiento. Además, se identificaron fallas significativas en la cadena de custodia, con elementos probatorios manipulados sin protocolos adecuados, como el arma utilizada en el homicidio. Este tipo de falencias, además de retrasar los avances en la investigación, abrieron la puerta a teorías de “conspiración” que, hasta el día de hoy, no han sido completamente descartadas.

“En ese dictamen se corroboró la participación activa de terceras personas en la muerte del Dr. Nisman, las cuales ingresaron al departamento y, luego de reducirlo, lo trasladaron hasta el baño ubicado en el cuarto principal de la vivienda. Allí, con la intención de simular un suicidio, lo obligaron a colocarse de rodillas y le dispararon en la cabeza, en el horario comprendido entre las últimas horas del 17 y la madrugada del 18 de enero de 2015″

Otro aspecto clave del informe es la ineficacia de la custodia policial asignada a proteger al fiscal. Durante el fin de semana en que ocurrió el crimen, los custodios abandonaron su puesto en varias ocasiones, dejando a Nisman completamente desprotegido por más de 12 horas. Según la fiscalía, esta negligencia facilitó el accionar de los perpetradores y la posterior manipulación de la escena. A la fecha, se está investigando a los agentes responsables de su seguridad para determinar su nivel de participación o negligencia. 

– Eduardo Taiano

La investigación también pone el foco en los servicios de inteligencia. Se identificó la participación de agentes de la ex SIDE en el entorno de Nisman antes y después de su muerte. La fiscalía acusa a estos organismos de retener información relevante y, en algunos casos, destruir documentos clave que podrían haber arrojado luz sobre los hechos. Esta obstrucción no solo ha ralentizado el avance de la investigación, sino que también alimentaron las sospechas de un encubrimiento sistemático. Las conexiones entre estos agentes y sectores políticos vinculados al gobierno de ese entonces han sido un tema central en las hipótesis del caso, evidenciando un entramado de intereses cruzados que complican aún más el esclarecimiento del crimen.

“Del informe final también se desprende la presencia de ketamina en las vísceras, afirmándose que Nisman se encontraba al momento de su muerte con anestesia disociativa, siendo su voluntad abolida pero con conservación de su tono muscular”​

En una medida reciente, el gobierno actual, bajo la administración de Javier Milei, desclasificó una serie de documentos de inteligencia vinculados a la causa. Sin embargo, fuentes oficiales señalaron que algunos de estos archivos habrían sido destruidos durante gestiones anteriores, dejando vacíos importantes en la investigación. Esta desclasificación busca aclarar las redes de contactos entre espías y actores políticos en las horas previas y posteriores a la muerte de Nisman. La fiscalía sostiene que estos documentos podrían ser clave para identificar tanto a los responsables materiales como intelectuales del crimen. A pesar de los esfuerzos recientes, la falta de documentación completa genera nuevos interrogantes sobre el grado de colaboración institucional en el caso.

El informe también subraya las nuevas líneas de investigación que se han abierto, incluyendo el análisis de más de 600 líneas telefónicas relacionadas con el caso y el entrecruzamiento de datos que podrían revelar patrones de comunicación sospechosos. Asimismo, se están impulsando nuevas imputaciones contra figuras vinculadas a los servicios de inteligencia y al entorno gubernamental de aquel momento. Estas medidas incluyen la convocatoria a declarar como testigos a agentes de inteligencia que habrían estado activos en las fechas críticas, así como el análisis de movimientos financieros relacionados con el uso de fondos reservados.

Redacción

info@data24.com.ar

El piquetero Belliboni quedó al borde del juicio oral por el millonario desvío de los fondos sociales

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó el procesamiento de Eduardo Belliboni, líder piquetero del Polo Obrero, y de otros 16 dirigentes acusados de administración fraudulenta, extorsión y amenazas en el marco de la investigación por el manejo irregular de fondos del programa social Potenciar Trabajo. Con esta decisión, los implicados quedan al borde del juicio oral.

El tribunal, integrado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña, rechazó las apelaciones presentadas por las defensas debido a que no se encontraban debidamente fundamentadas desde el punto de vista federal. En su fallo, los magistrados destacaron que “los recurrentes no lograron demostrar los agravios actuales de tardía o imposible reparación ulterior que les genera la decisión”. Además, subrayaron que los recursos carecían de cuestiones de fondo que ameritaran una revisión por parte del máximo tribunal penal. 

La causa, instruida por el juez federal Sebastián Casanello, se centra en el presunto desvío de fondos públicos destinados al programa Potenciar Trabajo. Este programa, implementado por el ex Ministerio de Desarrollo Social, tenía como objetivo principal promover la inclusión social y laboral de los sectores más vulnerables mediante la financiación de actividades productivas, comunitarias y educativas. Sin embargo, la investigación reveló serias irregularidades en su ejecución.

Los dirigentes del Polo Obrero utilizaron parte de esos recursos para financiar actividades partidarias y exigir aportes económicos a los beneficiarios del plan, bajo amenaza de excluirlos del programa. Además, las pruebas recabadas incluyen facturas apócrifas y el uso de empresas fantasma como Rumbos y Coxtex SA, esta última calificada por la AFIP como una “usina de facturas falsas” desde 2020.

Las maniobras también involucraron acuerdos celebrados entre las organizaciones sociales y el ex Ministerio de Desarrollo Social, bajo los cuales se desviaron millones de pesos. Estos fondos, destinados originalmente a mejorar las condiciones de vida de sectores vulnerables, fueron utilizados para actividades ajenas al propósito del programa. En varios casos, las organizaciones actuaban como Unidades de Gestión, intermediarias que recibían y administraban los fondos asignados a los beneficiarios.

“Los acusados manejaron de manera fraudulenta fondos destinados a cubrir necesidades sociales y desviaron el propósito del programa estatal para su propio beneficio, perjudicando al erario público”, afirmó Casanello en su resolución. Además, los dirigentes habrían impuesto condiciones a los beneficiarios del plan, como participar en manifestaciones y movilizaciones, afectando su libertad personal y su patrimonio.

– El segundo del Polo Obrero, Jeremías Cantero, junto a su abogada en los tribunales de Comodoro Py

El Ministerio de Desarrollo Social firmó entre 2020 y 2022 al menos cinco acuerdos con organizaciones vinculadas al Polo Obrero, lo que permitió la transferencia de más de 361 millones de pesos. Estos convenios estipulaban que los fondos se destinarían exclusivamente a proyectos comunitarios y productivos. Sin embargo, las auditorías revelaron que gran parte del dinero terminó siendo utilizado para actividades que nada tenían que ver con los fines previstos, como la organización de movilizaciones y la financiación de gastos partidarios.

El procesamiento inicial, dictado en 2022, incluía el delito de administración fraudulenta. Posteriormente, la Cámara Federal porteña agregó los cargos de extorsión y amenazas coactivas, lo que agravó la situación judicial de los imputados, entre quienes también figuran María Isolda Dotti, Gianna Puppo, Elizabeth del Carmen Palma y Gustavo Guillermo Vásquez, entre otros. Los magistrados de Casación ratificaron que estas maniobras representaban un claro abuso de posición dominante sobre personas en situación de vulnerabilidad.

Entre los hechos más paradigmáticos se encuentra el caso de Coxtex SA, una empresa que no tenía sede social ni comercial, carecía de actividad real y presentaba movimientos bancarios inconsistentes. La utilización de esta y otras firmas fantasmas permitió desviar millones de pesos que, según la Justicia, terminaron en las cuentas de la organización. Estos desajustes financieros constituyen pruebas irrefutables de un esquema que utilizaba mecanismos ilegales para apropiarse de fondos públicos destinados a sectores vulnerables.

Las defensas argumentaron que “no existió perjuicio para el Estado”, ya que las arcas públicas no se vieron afectadas, y calificaron la causa como “altamente mediática y estigmatizante”. Asimismo, cuestionaron la validez de las pruebas, incluyendo testimonios de identidad reservada. También alegaron que los procedimientos judiciales vulneraron derechos básicos de los acusados, como el acceso total a las pruebas y el derecho a un juicio justo.

Sin embargo, para la Cámara Federal, las pruebas fueron contundentes: “Las exigencias comprobadas de asistir a movilizaciones constituyen amenazas coactivas, mientras que la obligación de aportar un porcentaje del sueldo recibido del programa se subsume en la figura de extorsión”, afirmaron los jueces. Los magistrados también destacaron que las organizaciones involucradas actuaban como intermediarias en la distribución de los fondos, lo que facilitó la ejecución de estas maniobras fraudulentas.

Tras el rechazo de los recursos, Sebastián Casanello está en condiciones de elevar la causa a juicio oral, una instancia que podría iniciarse tras la feria judicial de enero. Este proceso promete poner bajo la lupa no solo las prácticas del Polo Obrero, sino también la eficacia y los controles del Estado en la administración de los programas sociales. 

Redacción

info@data24.com.ar

Search

LO MÁS IMPORTANTE

TWEET DEL DÍA

LO MÁS LEÍDO

Tevero liberavisse
comprehensam nec.

Copyright 2023 © Data 24 - Todos los derechos reservados
Data 24.com.ar © Copyright 2023