La oposición exigirá que intervengan la Justicia de Chaco por el caso de Cecilia Strzyzowski

La diputada nacional Karina Banfi adelantó que presentará un proyecto de ley a pedido de Gloria Romero, madre de la joven.
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El caso Cecilia Strzyzowski se encontrará otra vez bajo la lupa pública, en una jornada que tiene como protagonista a la marcha encabezada por Gloria Romero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para pedir justicia por el crimen de su hija.

Bajo este contexto, Romero también mantuvo un encuentro en el Congreso con legisladoras de Juntos por el Cambio. “Nosotros vamos a presentar un proyecto para pedir por ley la intervención de la Justicia en el Chaco”, adelantó la diputada de la UCR, Karina Banfi, a los medios. La dirigente, impulsora de la iniciativa, sostuvo que se reunió con la madre de la joven chaqueña y confirmó que la resolución se llevará adelante por pedido de ella.

“Principalmente conversamos sobre los detalles de la causa, la situación en la cual se encuentra y cómo nosotros podemos ayudar”, explicó Banfi en medio de su participación en la manifestación convocada frente a la Casa de Chaco en Buenos Aires. Respecto a la conversación que mantuvo con Romero, señaló la preocupación sobre “el nivel de personas desaparecidas en los últimos años en la provincia”, con una cifra de “53 personas” e indicó que “9 de ellas han sido mujeres en los últimos 2”.

“Lo que Gloria viene a pedir es la intervención de la Justicia de Chaco, porque obviamente está cubriendo estos actos impunes y criminales que ejercen”, afirmó y agregó apuntando contra Jorge Capitanich: “No sabemos si solamente el clan Sena o hay otros más clan Sena que funcionan. Sin duda en impunidad al poder de turno que hoy lleva adelante el Gobierno chaqueño y hace la vista gorda con estos criminales y este tipo de crímenes. Obviamente vamos a repudiar y vamos a acompañar la Gloria en todo lo que pida”.

Cecilia Strzyzowski
La víctima Cecilia Strzyzowski.

Además, hizo referencia a una causa actual respecto a lavado de activos del Clan Sena y reveló que la hipótesis de Gloria puede comprender un posible nexo por “haber sabido algo” que la familia de su pareja intentaba mantener en secreto.

“Tiene la hipótesis de que pudo haberle pasado esto a Cecilia por haber sabido algo, enfrentándose alguna verdad que ellos necesitaban ocultar y que creen que está asociada al lavado de activos. Es ahí, el lavado de activos es un delito federal en donde el Congreso de la Nación tiene la posibilidad de poner la mira, por lo menos de ir acompañando a los fiscales que tienen que investigar estos en el territorio de Chaco”, cerró.

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Una auditoría oficial complica a Grabois y a Pareja por el millonario plan de obras en villas

La Auditoría General de la Nación (AGN) puso bajo la lupa el manejo de los fondos nacionales destinados a la urbanización de barrios populares y encontró una extensa serie de deficiencias en la administración, seguimiento y control de una política pública que durante los últimos años movilizó importantes recursos del Estado nacional.

El organismo aprobó el 20 de agosto de 2026 el informe 169/2026, correspondiente a la actuación 214/2023, denominado “Gestión de fondos nacionales transferidos en el marco del programa 53 – Integración Socio Urbana, Actividad 42 – Abordaje Integral de Barrios Populares”. La auditoría comprende el período que va desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024.

Se trata de un dato relevante para interpretar sus conclusiones: el período analizado incluye casi dos años completos de la administración de Alberto Fernández y los primeros nueve meses de la gestión de Javier Milei.

Durante la administración de Alberto Fernández, el área estuvo encabezada por Fernanda Miño, militante del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) y referente del espacio de Juan Grabois, bajo las sucesivas conducciones de Juan Zabaleta y Victoria Tolosa Paz en el ministerio de Desarrollo Social. Con la llegada de Javier Milei, pasó a tener rango de subsecretaría y quedó a cargo de Sebastián Pareja, referente del armado bonaerense de Karina Milei, designado desde el 28 de diciembre de 2023. Inicialmente dependió del ministerio de Infraestructura y luego pasó a la órbita del ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo.

Según surgió durante el tratamiento del informe en el Colegio de Auditores, el trabajo identificó 18 hallazgos, entre ellos problemas vinculados con la selección de cooperativas, desembolsos realizados pese al vencimiento de pólizas de seguro y importantes atrasos en la ejecución de las obras.

Cooperativas y criterios bajo la lupa

Uno de los aspectos más sensibles de la auditoría se relaciona con los mecanismos utilizados para distribuir recursos entre las organizaciones encargadas de llevar adelante parte de los proyectos.

La AGN observó la existencia de discrecionalidad en la asignación de fondos a cooperativas ante la ausencia o insuficiencia de criterios de elegibilidad claramente establecidos, una cuestión particularmente sensible teniendo en cuenta el peso que estas organizaciones adquirieron dentro del esquema de integración socio urbana.

El modelo adoptado durante aquellos años otorgó precisamente un rol central a las entidades de la economía popular.

La propia normativa de integración socio urbana promovió la participación de cooperativas y organizaciones comunitarias en la ejecución de los proyectos. Distintos documentos del programa daban cuenta de que más de la mitad de las intervenciones llegaron a ser ejecutadas por este tipo de entidades, mientras que en los convenios implementados por provincias o municipios también existían obligaciones de participación de cooperativas de trabajo.

La discusión planteada por la auditoría, por lo tanto, no pasa necesariamente por la utilización de cooperativas como herramienta de ejecución, sino por una pregunta más delicada: con qué mecanismos se seleccionaba a las organizaciones que recibían los recursos del Estado y qué controles existían sobre ellas.

Dinero transferido pese a pólizas vencidas

Otro de los hallazgos señalados por la auditoría resulta especialmente llamativo desde el punto de vista administrativo.

De acuerdo con las conclusiones difundidas tras la aprobación del trabajo, la AGN verificó casos en los cuales se realizaron desembolsos de fondos mientras las pólizas de seguro correspondientes se encontraban vencidas.

— Fernanda Miño

Las pólizas constituyen una herramienta básica de resguardo para el Estado ante incumplimientos o contingencias relacionadas con las obras financiadas.

Sin embargo, los problemas no terminaron allí.

Más de la mitad de los convenios, demorados

La auditoría determinó además que aproximadamente el 56 por ciento de los convenios examinados presentaba demoras en la ejecución de las obras.

El número adquiere otra dimensión considerando que la finalidad del programa era intervenir sobre algunas de las zonas con mayores necesidades habitacionales y de infraestructura del país.

El régimen de integración socio urbana tiene como objetivo mejorar las condiciones de los barrios incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), con intervenciones relacionadas con vivienda, infraestructura, servicios básicos, saneamiento, regularización dominial y mejoramiento del hábitat.

Es decir, detrás de las demoras administrativas aparecen obras destinadas a poblaciones que, en numerosos casos, carecen de infraestructura básica.

Del 97 por ciento de ejecución al cero

Pero la auditoría encontró también una segunda cara del problema.

Si durante los años anteriores el programa había alcanzado niveles de ejecución cercanos al 97 por ciento, durante 2024 la situación cambió radicalmente.

Según los datos presentados por la AGN, ese año registró apenas 6 por ciento de ejecución presupuestaria y 0 por ciento de ejecución física, una virtual paralización de la política pública durante los primeros meses de la administración libertaria.

La fotografía que deja el organismo de control resulta así particularmente incómoda para las dos administraciones comprendidas dentro del período auditado.

Por un lado, durante el funcionamiento intensivo del programa aparecieron falencias en los mecanismos de selección, controles administrativos insuficientes, desembolsos con garantías vencidas y obras demoradas.

Por el otro, el cambio de gobierno no derivó en una corrección y continuidad del programa bajo nuevas reglas, sino en una caída prácticamente total de su ejecución durante 2024.

El caso “Mi Pieza”

El informe también abordó uno de los programas más conocidos vinculados con la política de barrios populares: Mi Pieza, destinado a financiar mejoras, ampliaciones y refacciones habitacionales.

Allí apareció una paradoja significativa.

El esquema requería que las beneficiarias acreditaran los avances mediante una aplicación móvil con herramientas de geolocalización. Sin embargo, el mecanismo de control terminó chocando con las propias características sociales de la población alcanzada: brecha digital, dificultades de conectividad y problemas para utilizar las herramientas tecnológicas exigidas para validar las obras.

En otras palabras, parte del sistema diseñado para controlar una política destinada a los sectores más vulnerables dependía precisamente de recursos tecnológicos que una porción de esos mismos sectores no tenía garantizados.

Una política millonaria que terminó bajo auditoría

El programa 53 de Integración Socio Urbana había adquirido durante los años anteriores un peso creciente dentro del presupuesto nacional.

Ya en auditorías previas de la propia AGN puede observarse la magnitud que había alcanzado el área. En uno de los ejercicios analizados, el crédito destinado al programa 53 pasó de aproximadamente 3.171 millones a más de 10.324 millones de pesos, una ampliación superior al 225 por ciento.

El esquema se encontraba además vinculado con una estructura mucho más amplia de políticas de urbanización, fondos fiduciarios, transferencias a gobiernos locales y participación de organizaciones de la economía popular.

La integración socio urbana había sido concebida para intervenir sobre una de las caras más dramáticas de la pobreza argentina: familias que viven sin títulos de propiedad, cloacas, agua corriente, infraestructura vial o conexiones seguras de servicios.

Precisamente por esa sensibilidad, las conclusiones de la AGN cobran mayor importancia. No se trata solamente de expedientes incompletos o fallas formales.

La auditoría describe una política pública en la cual convivieron una enorme demanda social, importantes recursos económicos, organizaciones encargadas de ejecutar proyectos, deficiencias en los mecanismos de control y numerosos convenios que no avanzaron según lo previsto.

Y la respuesta posterior tampoco solucionó el problema: para 2024, la ejecución física había caído directamente a cero. El resultado es una fotografía difícil de ignorar.

Durante los años de expansión, el Estado no logró garantizar controles suficientemente robustos sobre todo el circuito de asignación y ejecución de recursos. Cuando llegó el ajuste, en lugar de corregir esas deficiencias y continuar las obras bajo mecanismos más transparentes, buena parte del programa quedó paralizada.

En el medio quedaron los barrios populares, los fondos públicos ya comprometidos y una auditoría que, varios años después, comenzó a reconstruir qué ocurrió con una de las políticas sociales más importantes de la última década.

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

Flybondi declaró una deuda de $609.589 millones al pedir su concurso preventivo

Flybondi le puso número a su crisis. La aerolínea low cost declaró ante la Justicia deudas por $609.589 millones frente a activos por $176.103 millones, una diferencia de $433.485 millones. La cifra surgió del estado patrimonial especial, con fecha de corte al 28 de septiembre de 2026, que acompañó el pedido de concurso preventivo de acreedores presentado el pasado viernes 2, después de casi dos meses sin volar.

El lunes 5 de este mes, el Poder Judicial de la Nación asignó el expediente de FB Líneas Aéreas S.A., razón social de la compañía, al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24, a cargo del juez Guillermo Mario Pesaresi, Secretaría N° 47, a cargo de Santiago Medina. El trámite lo realizó el estudio Grispo. La presentación no implica por sí misma la apertura del proceso: esa decisión judicial es el paso previo a la verificación de créditos y a la negociación con los acreedores.

Con el concurso, la empresa busca congelar la deuda a la fecha de inicio y abrir una renegociación con quita para evitar la quiebra. Todavía no se otorgó la conexidad con el concurso de OCA, la otra empresa de COC Global, el grupo de Leonardo Scatturice —CEO del holding, exchofer de la SIDE y cercano a Santiago Caputo—, que tramita en el Juzgado Comercial N° 22, Secretaría N° 23.

En su escrito, la compañía admitió que el problema ya no era de vencimientos aislados. “La generación ordinaria de fondos había dejado de resultar suficiente para atender regularmente el conjunto de las obligaciones exigibles”, sostuvo. Ubicó en marzo de 2026 el inicio de su cesación de pagos.

Los balances de 2025 ya anticipaban el deterioro. Al cierre de ese ejercicio, Flybondi registró activos por $293.426 millones, pasivos por $446.729 millones y un patrimonio neto negativo de $153.303 millones. El resultado contable fue positivo en $1.028 millones, pero las actividades operativas consumieron $102.593 millones de efectivo. Para sostenerse, la empresa recibió $75.899 millones en aportes de capital y $25.216 millones en nuevos préstamos. La auditoría advirtió sobre una fuerte incertidumbre respecto de su capacidad para continuar en operación.

El frente laboral ocupa una porción visible del pasivo: $21.528 millones en sueldos a pagar y $27.833 millones en aportes y contribuciones pendientes. La nómina presentada identifica a 826 trabajadores, 681 bajo convenio ATAF y 145 fuera de convenio. La semana pasada, un grupo de extrabajadores reclamó frente a la Secretaría de Trabajo de la Nación por retiros voluntarios e indemnizaciones impagas que afectan a unas 1000 familias.

Entre los reclamos e intimaciones de pago que la aerolínea detalló figuran:

  • YPF: deuda vencida de $15.900 millones al 18 de junio de 2026, por abastecimiento de combustible.
  • New Air Fly Service: $344,4 millones por servicios aeroportuarios en El Calafate.
  • Transportadora de Caudales Juncadella: $129,9 millones por facturas emitidas entre diciembre de 2025 y mayo de 2026.
  • La Nueva Metropol: $118,8 millones por transporte de pasajeros y operación de rampa.
  • Swissport Argentina: $112,2 millones por facturas vencidas de servicios aeroportuarios.
  • Bullmetrix: $74,4 millones.
  • Policía de Seguridad Aeroportuaria: $32,4 millones, bajo advertencia de suspender la cuenta corriente y resolver un convenio de permisos del personal aeroportuario.
  • Escala 24×7: US164.424,deloscualesUS124.368 estaban vencidos; el proveedor suspendió el acceso a servicios de infraestructura tecnológica alojados en AWS.

Los importes corresponden a reclamos específicos y no necesariamente a la totalidad de lo adeudado a cada proveedor. La nómina general incluye, además, obligaciones por arrendamiento de aeronaves, mantenimiento y servicios internacionales, algunas por varios millones de dólares. “La interrupción de una prestación crítica puede afectar prestaciones restantes y producir consecuencias que exceden ampliamente el importe del crédito individual involucrado”, señaló la empresa.

A ese cuadro se suman los embargos que ARCA y la ANAC trabaron entre agosto y septiembre por deudas superiores a $1500 millones en cada caso, y el Hotel Presidente, que reclama unos $660 millones y pidió la quiebra. Según el sitio Failbondi, la aerolínea canceló en 2026 alrededor de 2400 vuelos, afectó a unos 383.000 pasajeros y no habría hecho reembolsos desde enero: con un ingreso mínimo de US$50 por pasajero y por tramo, el monto superaría los US$19 millones.

El expediente también explica el origen del rojo. En 2025, Flybondi transportó 3.656.887 pasajeros contra 4.020.942 del año anterior, una baja de 9,1% en un mercado que creció 13,2%; sus ingresos netos por pasajes cayeron cerca de 14,5%. La flota operativa pasó de un promedio de 11,33 aviones en julio de 2025 a 2,67 un año después, y los vuelos se redujeron de 2.836 en enero de 2026 a 134 en julio, un 95,3% menos. Mientras tanto, el mantenimiento costó entre US$1,66 millones y US$2,59 millones por mes durante el primer semestre.

Hoy la compañía conserva tres aeronaves, que permanecen en el país sin operar. Aun así, pidió continuar: “La severa crisis descripta no ha determinado, a la fecha de esta presentación, la desaparición de la organización empresaria ni el cese definitivo de la explotación”. Si la Justicia abre el concurso, Flybondi deberá reestructurar obligaciones por casi $610.000 millones y, al mismo tiempo, conseguir recursos para volver a volar.

Karina le dio un contrato de $690 millones a una empresa ligada a Scioli para cortar el pasto de la Casa Rosada y Olivos

Una empresa vinculada a un exfuncionario de Daniel Scioli acaba de quedarse con un contrato por $690 millones para mantener los espacios verdes de Casa Rosada y la Quinta de Olivos, en una contratación impulsada por la Secretaría General de Presidencia que conduce Karina Milei. 

La revelación fue realizada este viernes por el medio Diagonales y volvió a poner bajo la lupa la presencia de empresarios y exfuncionarios ligados al sciolismo en negocios millonarios del actual Gobierno.

El caso tiene como protagonista a Gustavo Vides, presidente de Grub SA, la empresa adjudicataria del servicio de jardinería, y ex director de Compras y Recaudación del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible durante la gestión de Daniel Scioli al frente de la provincia de Buenos Aires.

Como si lo antedicho fuese poco, Vides hoy ocupa un cargo en Trenes Argentinos bajo el Gobierno del presidente Javier Milei mientras el ex gobernador bonaerense ejerce como secretario de Deporte, Ambiente y Turismo.

Es solo uno de los tantos casos que muestran que todos los caminos conducen a Scioli ya que, tal como había revelado Tribuna de Periodistas hace dos semanas, ITS International Travel Services SA, la sociedad detrás de Pezzati Viajes, obtuvo una contratación de más de $70 millones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial mediante una licitación privada que terminó con un único oferente.

En ese caso, el vínculo con el exgobernador bonaerense aparece a través de la familia Pezzati. Nolberto Pezzati, vicepresidente y socio fundador de ITS, es hermano de Eduardo Pezzati, dirigente de Acción Marplatense que en 2007 fue designado por Scioli al frente del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, organismo que condujo hasta su fallecimiento en 2012.

A ese antecedente se suma ahora otro dato que también fue revelado por Tribuna de Periodistas relacionado con la empresa Provedent SRL, creada por Gustavo Ferrari, quien fue Asesor General de Gobierno durante la gestión bonaerense de Scioli, quien volvió a recibir un contrato del Estado nacional. 

La nueva adjudicación alcanzó los $671,8 millones y elevó a casi $1.800 millones el monto acumulado por la firma en tres grandes contrataciones realizadas durante la gestión de Milei de la mano de Manuel Adorni, Adrián Ravier y Karina Milei.

Pero la cuestión no quedó allí, ya que el según los documentos a los que accedió Tribuna de Periodistas, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) adjudicó a ITS International Travel Services SA un nuevo contrato por $305.536.000 para brindar el servicio integral de traslados aéreos, terrestres y alojamiento en tránsito durante el 41° Festival Internacional de Cine de Mar del Plata. 

Es decir que ITS volvió a recibir un contrato millonario a pesar de acreditar conexiones con un secretario del Gobierno de Milei, al igual que viene pasando con Ferrari y con Vides. En todo caso, todos los caminos conducen a Scioli.

*Fuente: Periódico Tribuna de Periodistas (Nicolás Sanz)

Piden indagar a un exdiputado de La Cámpora por usar a dos asesores pagados por el Congreso para ensuciar rivales desde cuentas anónimas de TikTok

El exdiputado nacional por la provincia de Salta Emiliano Estrada, dirigente vinculado a La Cámpora y exintegrante del bloque de Unión por la Patria (UxP), enfrenta una investigación judicial por una presunta utilización indebida de recursos del Estado para desarrollar campañas de desprestigio contra dirigentes políticos, empresarios y periodistas.

Todo se produjo cuando el fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que cite a Estrada a declaración indagatoria por el presunto delito de “haber utilizado trabajos o servicios pagados por la administración pública en provecho propio”.

En actuaciones anteriores, la defensa sostuvo que la imputación era vaga o imprecisa y planteó la inmunidad de opinión parlamentaria del artículo 68 de la Constitución. La Cámara Federal de Casación rechazó en noviembre de 2025 una impugnación contra el avance del pedido de desafuero que se había originado por la falta de comparecencia de Estrada.

— El fiscal federal Guillermo Marijuan

La acusación sostiene que, mientras ocupaba una banca en la Cámara de Diputados de la Nación, Estrada habría empleado a dos asesores remunerados con fondos públicos, cuyos salarios pagaba el Congreso de la Nación, para producir videos y administrar cuentas anónimas de TikTok destinadas a perjudicar a sus adversarios.

La hipótesis de la Fiscalía es que existió una estructura de producción y distribución de contenidos políticos que funcionaba bajo las órdenes del entonces diputado. Según la acusación, durante el mandato de Estrada como diputado nacional por Salta, sus asesores Florencia Arias Bustamante y Javier Alonso Allemand habrían producido y difundido videos desde cuentas anónimas en redes.

Entre los nombres mencionados en las actuaciones y en la cobertura aparecen las cuentas de “La Casta Salteña”, “La Casta de Sáenz”, “Informante Salta” y “Casta Salta”. El contenido se dirigía contra funcionarios, empresarios y comunicadores salteños, y algunas publicaciones vinculaban al gobierno provincial con el narcotráfico. A diferencia de lo que ocurrió con sus dos exempleados involucrados, Estrada no ha recibido una condena por estos hechos hasta el momento. La solicitud del fiscal tampoco equivale a un procesamiento ni a una declaración judicial de culpabilidad.

— Florencia Arias Bustamante, la fotógrafa señalada como uno de los presuntos operadores del exdiputado nacional Emiliano Estrada

El punto jurídico más importante tampoco es simplemente que se hayan difundido noticias falsas. La hipótesis de Marijuán es que Estrada, cumpliendo como funcionario habría empleado trabajo financiado por el Estado para obtener un beneficio político propio, conducta que el segundo párrafo del artículo 261 del Código Penal denomina peculado de trabajos o servicios.

Dicho de manera sencilla, si un diputado paga de su bolsillo a un equipo para hacer propaganda agresiva o difundir falsedades, pueden aparecer otros problemas civiles o penales según el contenido, pero no necesariamente peculado. Si ordena esa tarea a empleados pagados por el Congreso, el salario público y el tiempo laboral de esas personas pasan a ser el recurso estatal presuntamente desviado.

No se trataba de una tarea de comunicación institucional identificada como proveniente del despacho del diputado. Se operó mediante perfiles sin autoría política visible, con videos considerados falsos y con el objetivo de perjudicar adversarios, especialmente figuras relacionadas con el gobernador Gustavo Sáenz, enfrentado políticamente con Estrada.

— Alonso Javier Allemand, señalado como el operador técnico de la campaña en TikTok, y quien habría trabajado bajo instrucciones de Estrada

Particularmente Bustamante y Allemand reconocieron su intervención en un juicio abreviado realizado en Salta. En mayo de 2025 fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional, además de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como partícipes secundarios de intimidación pública en la Municipalidad de Cerrillos encabezada por el intendente Enrique Borelli.

La “prisión de ejecución condicional” significa que, en principio, no cumplen la pena dentro de una cárcel, siempre que respeten las reglas impuestas y no incurran en circunstancias que permitan revocar ese beneficio. El juicio abreviado supone que los acusados aceptaron los hechos y la responsabilidad acordada con la acusación, pero esa admisión no reemplaza automáticamente la necesidad de probar la responsabilidad personal de Estrada.

La causa tuvo una trayectoria compleja entre la justicia salteña y la federal. La investigación original examinó la producción y difusión de los videos y derivó en las condenas abreviadas de los dos asesores. Posteriormente surgió en Comodoro Py un expediente centrado en el posible uso de recursos pagados por el Congreso.

Tras conflictos de competencia, la investigación federal por el uso de fondos y personal legislativo quedó bajo el Juzgado Federal N.º 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Casanello. La Corte Suprema fue informada sobre la controversia territorial, pero no resolvió el fondo porque la cuestión de competencia ya había quedado superada. La causa provincial y la investigación federal continuaron por sus respectivos objetos.

La prueba relevante

El elemento más comprometedor que trascendió son las declaraciones de los dos colaboradores. En el acuerdo abreviado dijeron que seguían instrucciones directas del diputado y entendían la producción de esos contenidos como parte de sus responsabilidades laborales. Otras reconstrucciones del expediente señalan que Estrada habría enviado lineamientos o guiones y aprobado los videos antes de su publicación.

Esto es importante por dos razones. Primero, conecta la operación digital con personas contratadas por la Cámara de Diputados. Segundo, intenta atribuir la conducción de la maniobra a Estrada y no solamente una actuación autónoma de sus subordinados. Sin embargo, la declaración de coimputados o partícipes interesados debe ser confrontada con elementos independientes.

El artículo 261 del Código Penal contiene dos variantes. La primera castiga al funcionario que sustrae dinero o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada. La segunda aplica la misma pena al funcionario que utiliza, en beneficio propio o ajeno, trabajos o servicios pagados por una administración pública.

La jurisprudencia reseñada por la Suprema Corte bonaerense explica que esta figura se consuma con la desviación y aprovechamiento del servicio pagado por el Estado y que exige dolo directo. También señala que el autor debe ser el funcionario que está a cargo de quienes prestan esos servicios.

La pena prevista es de dos a diez años de prisión y inhabilitación absoluta perpetua. Ese es el marco legal abstracto. No anticipa una pena concreta, porque para llegar a ella primero tendría que haber procesamiento o una decisión equivalente, acusación, juicio, condena firme y determinación individual de la sanción.

No obstante, en Argentina no existe un delito general que castigue cualquier mentira difundida en redes. El derecho penal requiere que la conducta encaje en una figura específica. En este caso, la falsedad y el anonimato describen el tipo de trabajo que presuntamente se encargó, pero el núcleo del peculado sería quién pagó indirectamente ese trabajo y para qué fue usado. La ilicitud que plantea Marijuán consiste en convertir recursos humanos del Congreso en una herramienta clandestina de conveniencia partidaria o personal.

En paralelo aparece la figura de intimidación pública, que protege el orden y la tranquilidad colectivos. El artículo 211 vigente castiga el empleo de medios materialmente idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, ya que por eso no toda injuria, falsedad o ataque reputacional constituye automáticamente intimidación pública.

La AFA le vendió la imagen de la Selección por 645 mil dólares a un empresario israelí que admitió haberle mentido al fisco

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) quedó nuevamente en el centro de una controversia por sus negocios internacionales. Una investigación reveló que la entidad presidida por Claudio “Chiqui” Tapia celebró acuerdos comerciales por al menos $645.000 dólares con sociedades vinculadas a Gilad Somjen, un empresario israelí con antecedentes judiciales relacionados con declaraciones falsas ante las autoridades fiscales de Israel y una demanda colectiva en Estados Unidos.

Lo más importante de la investigación no es solamente el pasado judicial del empresario, sino el recorrido del dinero que debía recibir la AFA por permitir que determinadas plataformas financieras utilizaran comercialmente la imagen de la Selección Argentina.

Los documentos publicados indican que el patrocinador recibió instrucciones para realizar los pagos a empresas intermediarias radicadas en Estados Unidos y, posteriormente, a una sociedad establecida en Dubái, en lugar de transferir directamente el dinero a una cuenta a nombre de la asociación.

La información surgió de un relevamiento riguroso de los periodistas Hugo Alconada Mon, Nicolás Pizzi e Ignacio Grimaldi, complementada con antecedentes judiciales estadounidenses, publicaciones israelíes y registros societarios británicos.

Se logró recabar que entre diciembre de 2025 y julio de 2026, la AFA emitió tres facturas por un total de $645.000 dólares correspondientes a acuerdos de patrocinio con sociedades vinculadas al Gilad Somjen. El primer contrato, firmado en diciembre de 2025, contemplaba un pago de $400.000 dólares a la empresa Snow Media Limited, que actuaba por cuenta de Trade Match Limited, firma de Seychelles vinculada a Hedg.com. Mientras que siete meses después, en medio de las negociaciones para ampliar el vínculo comercial, la entidad emitió una nueva factura por $245.000 dólares en pagaderos a Mood Euro Management LLC.

Gilad Somjen es un empresario israelí vinculado a negocios financieros, tecnológicos y de patrocinio deportivo. Fue uno de los fundadores de 24Option, una plataforma que ofrecía operaciones con opciones binarias y que patrocinó a la Juventus de Italia entre 2014 y 2019.

— Gilad Somjen, conocido por su actividad en los sectores del marketing digital y servicios financieros en línea

Las opciones binarias son operaciones especulativas en las que una persona apuesta, en términos simples, a que el precio de un activo estará por encima o por debajo de determinado nivel en un momento concreto. Pueden provocar la pérdida completa del dinero comprometido y han generado numerosos cuestionamientos regulatorios por sus riesgos y por prácticas comerciales abusivas.

En 2016, Somjen y otros responsables de 24Option llegaron a un acuerdo de culpabilidad por presentar información falsa ante las autoridades fiscales israelíes. Según los antecedentes publicados por el medio económico israelí Calcalist, la maniobra estaba vinculada a ingresos de millones de dólares generados entre 2010 y 2012 que no habían sido correctamente declarados.

La acusación describía una estructura de sociedades registradas en jurisdicciones extranjeras que, formalmente, aparentaban desarrollar sus actividades fuera de Israel. Sin embargo, las decisiones y el control real de esas compañías se ejercían desde territorio israelí.

El propósito atribuido por la fiscalía era evitar obligaciones tributarias. El acuerdo contemplaba penas a cumplir mediante trabajos de servicio, multas personales y pagos a la autoridad fiscal. Estos antecedentes también fueron reconstruidos por el medio de The Times of Israel.

Lo importante de esto para la AFA, es que cuando una organización firma un contrato internacional de cientos de miles de dólares, debería evaluar quién controla realmente la sociedad contratante, cuál es su historial y si existen riesgos legales o financieros.

La demanda colectiva en Estados Unidos

Cloud With Me —el nombre anterior de Snow Media—, Somjen y Asaf Zamir fueron demandados en 2018 ante el Tribunal Federal del Distrito Oeste de Pensilvania por la oferta de tokens CLD. Los demandantes alegaron violaciones de la legislación federal de valores y sostuvieron que los tokens habían sido vendidos sin el registro correspondiente. El aviso judicial delimitó la clase a quienes adquirieron esos activos directamente mientras estaban en Estados Unidos entre el 25 de julio de 2017 y el 19 de junio de 2018.

El expediente terminó mediante un acuerdo de $165.000 dólares, aprobado definitivamente el 26 de julio de 2022 por el juez federal Mark Hornak.. El documento judicial es explícito al esclarecer que el tribunal no resolvió el fondo a favor de ninguna de las partes, los demandados negaron responsabilidad y el acuerdo no constituyó una admisión de ilícito.

Por eso, no corresponde presentar esto como una condena. Sí constituye información relevante para el perfil de riesgo, donde hubo litigio federal por una oferta de criptoactivos, se registraron situaciones procesales de default contra los demandados y finalmente se pagó para extinguir las reclamaciones de la clase, aunque sin determinación judicial de responsabilidad.

— Los cofundadores de la empresa Cloud With Me (ahora conocida como Snow Media), Gilad Somjen y Asaf Zamir

Es importante precisar que se trató de una demanda civil resuelta mediante un acuerdo, sin admisión de responsabilidad, y no de una condena penal contra Somjen. Los antecedentes del caso están registrados en la base de litigios de valores de la Universidad de Stanford y en el expediente federal Balestra v. Cloud With Me Ltd.

El 12 de diciembre de 2025, la AFA aceptó una propuesta comercial presentada por Snow Media Limited, una sociedad registrada en Irlanda del Norte. La compañía actuaba en representación de Trade Match Limited, una firma radicada en Seychelles que opera la plataforma financiera Hedg.com.

Mediante el acuerdo, AFA concedió a Hedg.com derechos de patrocinio sobre las selecciones nacionales en Medio Oriente y África, a cambio de $400.000 dólares. Sin embargo, las facturas emitidas por la AFA establecían que el dinero debía transferirse a cuentas de dos sociedades intermediarias, en lugar de depositarse directamente en una cuenta de la asociación.

— Honorable Mark R. Hornak, juez federal de distrito en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Occidental de Pensilvania

De ese monto, $280.000 dólares debían dirigirse a TourProdEnter LLC, una empresa vinculada al productor teatral Javier Faroni y Erica Gillette, mientras que los $120.000 dólares restantes tenían como destinataria a CAE Services LLC, una sociedad constituida en el estado estadounidense de Wyoming.

¿Por qué aparecen Javier Faroni, TourProdEnter y CAE Services?

Aquí comienza la parte más delicada de la investigación. Faroni es un productor y empresario argentino cuya firma TourProdEnter LLC mantenía una relación comercial con la AFA desde diciembre de 2021, y conforme a contratos difundidos por la compañía obtuvo facultades para representar comercialmente a la asociación fuera del país y cobrar ingresos derivados de acuerdos internacionales.

En ese contrato se establecía una comisión del 30% sobre ingresos comerciales, junto con otro 10% vinculado a determinadas tareas logísticas. Además, en octubre de 2025, la conducción de Tapia amplió anticipadamente la relación contractual hasta 2030 y extendió las facultades de la empresa. El problema es que TourProdEnter quedó involucrada en investigaciones sobre el manejo de fondos internacionales de la AFA.

— El empresario argentino Javier Faroni habría participado del enlace entre la AFA y el empresario isaraelí

En julio de 2026, la agencia EFE informó sobre una investigación estadounidense referida a operaciones comerciales y financieras de la firma. Entre las hipótesis examinadas figuraban posibles conductas de lavado de activos y fraude bancario. Se trataba de sospechas bajo investigación, no de delitos ya probados.

La segunda sociedad que debía percibir dinero, CAE Services LLC, agrega un elemento distinto. Esta empresa estaba registrada en Wyoming y figuraba vinculada en documentación societaria de 2024 a Juan Schreiber, un empresario de Bariloche. Schreiber había sido señalado como una persona involucrada en la organización de sociedades estadounidenses utilizadas para canalizar fondos vinculados a la AFA. Los periodistas reconstruyeron conexiones con empresas que habrían intervenido en operaciones por al menos $41.9 millones de dólares. Las sociedades fantasma por donde se canalizó el dinero ya fueron cerradas, pero quedaron las huellas de la ruta del dinero.

La conexión no permite concluir automáticamente que los $120.000 dólares del patrocinio con Somjen fueran ilícitos. Lo que hace es volver relevante la pregunta sobre por qué CAE Services era una destinataria del contrato y qué prestación justificaba recibir esa cantidad.

— El DJ, productor musical argentino y el reclutador de testaferros que canalizaron fondos de la AFA, Juan Schreiber

También existe una particularidad numérica. Los $280.000 dólares destinados a TourProdEnter equivalían al 70% del acuerdo inicial y los $120.000 dólares dirigidos a CAE Services, al 30%. Asimismo, no sería correcto asumir que esos $120.000 dólares correspondían a la comisión histórica del 30% que percibía TourProdEnter. La documentación citada no explica que esa fuera su naturaleza.

Solo siete meses después, durante el Mundial, surgió una nueva negociación. El 14 de julio de 2026 se fechó un borrador de modificación contractual que planteaba extender la relación hasta el 31 de julio de 2027 e incorporar una segunda plataforma financiera, Evest.com. La relación entre Evest y la AFA ya tenía presencia pública. El 28 de enero de 2026, la propia asociación informó sobre un evento conjunto celebrado en el Burj Khalifa de Dubái, que presentó como parte de su estrategia de expansión comercial internacional.

— Faroni junto a su esposa, Érica Gillette. Ambos se encuentran investigados por el supuesto desvío y uso indebido de fondos de la AFA

El borrador de julio presenta dos inconsistencias que merecen atención. La primera es económica. La versión en inglés menciona $450.000 dólares, mientras que la versión en español consigna $275.000 dólares. Son $175.000 dólares de diferencia en un documento comercial que debería expresar obligaciones claras. La segunda es contractual, siendo que el texto contempla exclusividad para determinadas marcas, pero también reconoce que la AFA tenía acuerdos con otros patrocinadores del sector financiero, como PU Prime, MiTrade y XTrend.

La factura de $245.000 dólares

Ese mismo 14 de julio, la AFA emitió una factura por $245.000 dólares vinculada al patrocinio de la marca de trading Hedg.com. Lo novedoso fue el destinatario del pago. En lugar de las cuentas utilizadas en diciembre, la factura indicaba que el importe debía dirigirse a Moon Euro Management LLC, una sociedad de Dubái.

En junio de 2026, la entidad comunicó a sus contrapartes que había designado a esa sociedad como nuevo agente oficial de recaudación, con efectos para contratos celebrados desde el 18 de mayo. Pero Moon Euro Management era una compañía de reciente creación y su licencia comercial había sido registrada el 5 de mayo de 2026, y no se identificaba públicamente a sus propietarios o principales ejecutivos.

Aunque tenía domicilio en Dubái, la cuenta bancaria indicada para recibir pagos de la AFA estaba radicada en Grove Bank & Trust, en Miami. La explicación comercial podría ser que la AFA necesitaba una estructura internacional para percibir ingresos de patrocinadores extranjeros y afrontar gastos fuera de Argentina, especialmente por las restricciones cambiarias que existieron durante los años anteriores.

Pese a ello, la existencia de esa justificación no elimina la duda de explicar qué servicios prestó el intermediario, cuáles fueron sus comisiones, quiénes eran sus beneficiarios finales y cómo se contabilizaron los ingresos.

El documento de julio utilizaba como dirección de la AFA su sede histórica de Viamonte 1366, en la Ciudad de Buenos Aires. Pero la asociación había defendido ante la Justicia el traslado de su sede social a Mercedes 1366, en Pilar, provincia de Buenos Aires. La disputa es importante porque el lugar de radicación legal determina qué organismo provincial o nacional ejerce determinadas facultades de fiscalización societaria.

El 18 de junio de 2026 la Cámara Nacional en lo Civil avaló el traslado a jurisdicción bonaerense y dejó sin efecto medidas de la Inspección General de Justicia vinculadas al control de la entidad. Aún con eso, las comunicaciones comerciales internacionales continuaron utilizando Viamonte como domicilio registrado. Esto constituye una inconsistencia documental relevante para investigar.

Aún así continúa sin estar suficientemente aclarado cuál es el destino final de los pagos del patrocinio. Ni Somjen ni la AFA respondieron las consultas enviadas antes del cierre de esa investigación.

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