La oposición exigirá que intervengan la Justicia de Chaco por el caso de Cecilia Strzyzowski

La diputada nacional Karina Banfi adelantó que presentará un proyecto de ley a pedido de Gloria Romero, madre de la joven.
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El caso Cecilia Strzyzowski se encontrará otra vez bajo la lupa pública, en una jornada que tiene como protagonista a la marcha encabezada por Gloria Romero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para pedir justicia por el crimen de su hija.

Bajo este contexto, Romero también mantuvo un encuentro en el Congreso con legisladoras de Juntos por el Cambio. “Nosotros vamos a presentar un proyecto para pedir por ley la intervención de la Justicia en el Chaco”, adelantó la diputada de la UCR, Karina Banfi, a los medios. La dirigente, impulsora de la iniciativa, sostuvo que se reunió con la madre de la joven chaqueña y confirmó que la resolución se llevará adelante por pedido de ella.

“Principalmente conversamos sobre los detalles de la causa, la situación en la cual se encuentra y cómo nosotros podemos ayudar”, explicó Banfi en medio de su participación en la manifestación convocada frente a la Casa de Chaco en Buenos Aires. Respecto a la conversación que mantuvo con Romero, señaló la preocupación sobre “el nivel de personas desaparecidas en los últimos años en la provincia”, con una cifra de “53 personas” e indicó que “9 de ellas han sido mujeres en los últimos 2”.

“Lo que Gloria viene a pedir es la intervención de la Justicia de Chaco, porque obviamente está cubriendo estos actos impunes y criminales que ejercen”, afirmó y agregó apuntando contra Jorge Capitanich: “No sabemos si solamente el clan Sena o hay otros más clan Sena que funcionan. Sin duda en impunidad al poder de turno que hoy lleva adelante el Gobierno chaqueño y hace la vista gorda con estos criminales y este tipo de crímenes. Obviamente vamos a repudiar y vamos a acompañar la Gloria en todo lo que pida”.

Cecilia Strzyzowski
La víctima Cecilia Strzyzowski.

Además, hizo referencia a una causa actual respecto a lavado de activos del Clan Sena y reveló que la hipótesis de Gloria puede comprender un posible nexo por “haber sabido algo” que la familia de su pareja intentaba mantener en secreto.

“Tiene la hipótesis de que pudo haberle pasado esto a Cecilia por haber sabido algo, enfrentándose alguna verdad que ellos necesitaban ocultar y que creen que está asociada al lavado de activos. Es ahí, el lavado de activos es un delito federal en donde el Congreso de la Nación tiene la posibilidad de poner la mira, por lo menos de ir acompañando a los fiscales que tienen que investigar estos en el territorio de Chaco”, cerró.

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La Cámara Federal dejó firme el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani por el espionaje ilegal

La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.

Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.

Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.

El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.

“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.

Cómo llegaron los discos al expediente

La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.

Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.

El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.

Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.

Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”

Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.

El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.

Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato .PST habrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.

Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.

Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.

Una seguidilla de fallos

La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.

El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.

Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

Presentaron un pedido formal de información sobre la salud mental del Presidente

La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) presentó ayer un pedido de acceso a la información pública para que el Gobierno informe si el presidente Javier Milei cuenta con alguna evaluación que acredite su aptitud psicofísica y psíquica para ejercer el cargo. La solicitud, amparada en la Ley de Acceso a la Información Pública, llegó por escrito a la Jefatura de Gabinete que encabeza Diego Santilli.

La nota, firmada por el secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, en representación de la organización, se dirigió al responsable de Acceso a la Información Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros, Presidencia de la Nación. El propio sindicalista la difundió en sus redes sociales.

El escrito recordó que el Estado tiene un plazo de 15 días para responder. Sin embargo, desde el Gobierno ya trascendió que no contestarán el requerimiento.

Punto por punto, qué pidieron

En primer lugar solicita a la Presidencia y a la Jefatura de Gabinete que informen si existe en relación con Milei “algún examen, junta médica, certificado, dictamen o protocolo que haya evaluado su aptitud psicofísica y/o psíquica”.

En caso de que esa evaluación exista, el gremio reclamó que “se informe fecha de realización, organismo u profesional interviniente y resultado (“apto/no apto” o equivalente), sin requerirse el detalle clínico, diagnóstico u otros detalles de la historia”.

El segundo punto apunta a las reglas de juego. ATE pidió saber si hay alguna normativa, protocolo o reglamento que establezca controles periódicos de aptitud psicofísica y psíquica para el Presidente y, si la respuesta es afirmativa, que se entregue una copia.

Por último, el sindicato previó un posible rechazo. Si el Gobierno decide negar total o parcialmente la información, la negativa deberá presentarse por escrito y con fundamentos, con indicación precisa de qué excepción de la Ley de Acceso a la Información Pública invoca y con la aplicación del correspondiente test de daño e interés público.

El documento también contempló un escenario adicional. Si no existe ningún tipo de examen o apto médico realizado a Milei, Aguiar exigió que se lleve a cabo para constatar si el Presidente se encuentra en pleno uso de sus facultades psicofísicas para desempeñar el cargo.

La presentación aclaró que el gremio no requiere información reservada, como la historia clínica o los antecedentes médicos del mandatario. Lo que pide es conocer si Milei está “apto o no apto”, si existen organismos que evalúen su aptitud psicofísica, tal como ocurre con todos los trabajadores del Estado, y si alguna norma prevé esas evaluaciones.

Para respaldar el pedido, ATE citó declaraciones públicas sobre presuntos problemas mentales del Presidente. Entre ellas figuran las del periodista Nelson Castro, el exdiputado Facundo Manes, la vicepresidenta Victoria Villarruel, el diputado Jorge Araujo Hernández y las de varios psicólogos.

“Acá se controla a los trabajadores”

En su publicación, Aguiar fue tajante. “Los desequilibrios mentales del Presidente son muy evidentes. No hace falta ser un profesional de la medicina para saber que padece algún tipo de psicosis, y su salud no es exclusivamente privada cuando la misma está vinculada a la capacidad para ejercer su cargo”, sostuvo.

El dirigente basó parte del reclamo en la diferencia entre las exigencias que enfrentan los estatales para ingresar a la administración pública y la falta de controles sobre la máxima autoridad política del país. “Es inaceptable que los empleados públicos para nuestro ingreso tengamos que cumplir numerosos requisitos y uno de ellos sea atravesar un examen médico preocupacional, y que este no sea obligatorio para quien es la máxima autoridad política y administrativa del Estado”, remarcó. Y agregó: “Acá se controla a los trabajadores y no a quienes los tienen que dirigir. ES UNA JODA”.

Aguiar se anticipó a las críticas. “Esperamos que nadie se alarme ni nos llamen golpistas o destituyentes, porque no buscamos acceder a ninguna información médica privada ni a datos sensibles, solamente conocer si se encuentra apto para ejercer tan alta función”, aclaró. Luego advirtió sobre el alcance de una eventual respuesta negativa: “Si no lo fuera, las consecuencias jurídicas serían gravísimas y la mayoría de sus actos debieran ser declarados nulos”.

En paralelo con el trámite administrativo, ATE anunció que impulsará una iniciativa legislativa para que, a partir de las elecciones de 2027, todos los candidatos a cargos electivos estén obligados a realizarse un examen psicofísico preocupacional antes de la presentación de listas.

“Tenemos que avanzar en una iniciativa legal que permita exigir también exámenes psicofísicos a los cargos electivos a partir del año que viene”, propuso Aguiar. El titular del gremio estatal cerró con una advertencia: “Esta presidencia de Milei nos enseñó que la psicosis y el delirio de un candidato en la campaña se pueden camuflar. No nos puede volver a pasar”.

Un funcionario cobró $110 millones indemnización y al día siguiente el Estado lo volvió a contratar

Daniel Alfredo Neira pasó menos de 24 horas sin empleo estatal. El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) lo despidió el 31 de julio de 2026 con una liquidación final neta de $109.781.999,73 y, al día siguiente, quedó designado como gerente en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), organismo que depende de la Secretaría de Agricultura. El caso generó malestar dentro del instituto, cuyo Consejo Directivo ahora analiza dar marcha atrás con una incorporación que ya había aprobado.

Neira recibió la notificación de la rescisión de su contrato el 24 de julio, quedó habilitado para cobrar la indemnización el 28, se convirtió formalmente en desocupado el 31 y el 1° de agosto volvió a la órbita estatal. Sin embargo, los trámites para su nueva designación comenzaron el 1 de julio, 23 días antes de que le ofrecieran el puesto.

— El informe del Enacom del 5 de agosto que remitió a Presupuesto la liquidación final, con la baja de Neira entre los archivos adjuntos

Según documentación a la que accedió La Nación (Belkis Martínez), el ente de comunicaciones resolvió prescindir de sus servicios a partir del 31 de julio y le notificó la extinción de su contratación en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la norma que regula la indemnización por despido sin causa. La planilla de liquidación detalló $73.067.618,10 por antigüedad, $9.742.349,08 en concepto de preaviso y $24.096.076,72 por vacaciones no gozadas, entre otros conceptos, hasta alcanzar el monto neto de casi 110 millones de pesos.

¿Un despido que nunca existió?

Desde el sector describieron la maniobra en duros términos: “Neira simuló su despido cuando las autoridades de la Secretaría de Agricultura, cercana a Luis Caputo, lo llamaron para que asuma en el INTA. Debería haber solicitado el traslado o incluso renunciar a sus funciones en el ENACOM. Pero si hacía eso no cobraba el dineral que le dieron como indemnización. Fue un fraude orquestado con los directivos”.

— La carta documento con la que el Enacom le comunicó a Neira que prescindía de sus servicios desde el 31 de julio

El cuestionamiento se apoya en un criterio de la Procuración del Tesoro de la Nación, que considera al Estado como un único empleador en sentido amplio, es decir, un bloque estatal. Bajo esa lógica, a Neira lo echó la misma patronal que al día siguiente lo contrató otra vez.

— El acta que certificó la notificación a Neira de la extinción de su contrato, en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo

El abogado especialista en derecho administrativo Carlos Fernández consideró que la situación merece, como mínimo, una investigación por un posible enriquecimiento sin causa. “La jurisprudencia civil y administrativa determina que no se puede percibir del Estado una compensación por la ‘pérdida del empleo’ y simultáneamente continuar recibiendo ingresos del Estado bajo otra designación política o de conducción. El funcionario se expone a demandas por repetición de pago, que implicarían la devolución del dinero, por parte del fisco”, explicó el letrado.

Catorce años de carrera en las comunicaciones

En su perfil de LinkedIn, Neira se presenta como contador egresado de la Universidad de Buenos Aires. En enero de 2012 ingresó a la antigua Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), el organismo que luego dio origen a la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC) y, más tarde, al Enacom. Allí hizo toda su carrera. En 2017 lo nombraron subgerente del Área de Contabilidad, Presupuesto y Liquidaciones, y en 2025 ascendió a subdirector de Contabilidad y Finanzas, un cargo categoría A, la máxima jerarquía escalafonaria, que figura entre los sueldos técnicos más altos del personal de planta. Esa antigüedad y ese nivel salarial explican la cifra de la indemnización.

— Daniel Alfredo Neira

Fuentes cercanas al Enacom consultadas por Tiempo Argentino marcaron la contradicción entre el pago millonario y el discurso oficial de recorte del gasto público: “Si en promedio los sueldos en el organismo rondan el millón cuatrocientos mil pesos, lo que Neira se llevó en mano equivale a lo que ganan casi 80 trabajadores. Repiten que en su gobierno la ética no se negocia, pero son corruptos y con la nuestra”.

Cómo llegó al INTA

La incorporación partió de la Dirección General de Administración (DGA) del INTA, hoy a cargo de Gustavo Javier Abaurrea. Esa dirección envió el currículum de Neira al Consejo Directivo con el objetivo de sumarlo como director asistente del área. “Fue un pedido de la DGA para que asista en la Administración. Nunca nos informaron nada de la situación del agente”, afirmó una fuente con conocimiento de la contratación.

El Consejo Directivo, que coordina el presidente del INTA, Nicolás Bronzovich, trató el tema en una de sus últimas reuniones sobre la base de ese currículum. Allí constaba la experiencia laboral de Neira en el Enacom, pero se “omitió que había sido desvinculado”, que ya “había sido indemnizado” y que no pertenecía más al ente de comunicaciones ni a ninguna dependencia estatal.

La designación quedó formalizada mediante la Resolución 296/2026, del 3 de septiembre, que lo nombró de manera transitoria como “gerente tipo A de la Gerencia de Contabilidad”, Gestión Administrativa y Patrimonio, dependiente de la DGA, con nivel de puesto 11. El nombramiento rige por 180 días, con posibilidad de prórroga si en ese período no se realiza el procedimiento de selección correspondiente. La propia resolución dejó asentado que Neira se había desvinculado del Enacom el 31 de julio y que, por esa razón, correspondía su designación interina a partir del 1° de agosto.

Cuando el caso trascendió y llegó a los consejeros, la reacción fue inmediata. “Ahora vamos a rever la aprobación y, de ser necesario, no aceptamos la incorporación. Ya nos va a informar Jurídicos cómo proceder”, indicaron.

Sobre la modalidad del nombramiento, desde el organismo explicaron que, como regla general del INTA, algunas designaciones son transitorias y cubren una función hasta que se realiza el concurso. “Todos los cargos son por concurso, pero es lógico que hasta que se cumpla el concurso el trabajo hay que hacerlo y alguien lo tiene que hacer”, señaló la misma fuente, que además planteó la necesidad de agilizar esos procesos y reducir la burocracia para cubrir las vacantes con mayor rapidez.

Retiros voluntarios y prohibición de reingreso

El episodio ocurrió pocos meses después de que el INTA avanzara con un amplio programa de retiros voluntarios para achicar su planta. Hasta hace meses, el organismo contaba con 5750 empleados, y con los cambios impulsados por el Gobierno habilitó dos procesos de retiro en menos de dos años. El primero, en noviembre de 2024, alcanzó a 394 trabajadores. El segundo, en junio de 2026, comprendió a alrededor de 850 agentes. En este último caso, según el gremio, algunas solicitudes no llegaron a concretarse porque a esos trabajadores no se les computaron los años trabajados como personal no permanente (PNP), y no por un rechazo del organismo.

— La Resolución 296/2026 del INTA, que designó a Neira como gerente de Contabilidad desde el 1° de agosto

Ese régimen fue aprobado por el Consejo Directivo mediante la Resolución 144/2026, y su instrumentación quedó en manos de la misma Dirección General de Administración que impulsó la llegada de Neira. Entre sus condiciones, estableció que quienes accedieran al retiro no podrían volver a incorporarse ni prestar servicios bajo ninguna modalidad en el Sector Público Nacional durante cinco años desde la baja, una restricción que abarca empleos, contrataciones, cargos de autoridades, funciones extraescalafonarias y asesorías.

Por ahora no se sabe si alguna restricción de reingreso al Estado resulta aplicable a Neira, ya que su salida del Enacom se produjo mediante una indemnización por despido. Consultado sobre el caso, el Enacom solo confirmó que el contador había trabajado allí, sin brindar más detalles. Tampoco hubo respuesta del INTA sobre las condiciones en que se pidió la contratación, ni del propio Neira, a quien se intentó contactar para conocer su posición.

Investigan un hecho de corrupción en las Fuerzas Armada que habría desviado más de $900 millones entre 2022 y 2026

La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.

El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.

La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.

— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)

Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.

El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.

Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.

— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas

También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.

Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.

También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.

A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.

El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado. Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.

Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.

— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo

Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.

“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.

La teniente que dijo que no

El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.

A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.

Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.

La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.

El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.

A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.

Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.

El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.

Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.

La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.

Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.

Los principales acusados

El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.

Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.

A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.

Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.

Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.

La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.

No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.

La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.

El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.

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