La fiscalía rechazó la apelación de Cristina Kirchner y respaldó el pedido de agravar la condena

La defensa sigue apelando su sentencia mientras la fiscalía redobla su postura para desestimarla. Insisten en incrementar su pena en prisión por su “Ruta del dinero K”.
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El fiscal general ante la Cámara de Casación, Mario Villar, emitió su dictamen sobre el recurso presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en la Causa Vialidad, donde se la condenó por fraude al Estado en un fraude estimado en 85.000 millones de pesos. En su análisis, Villar rechazó la apelación argumentando que los planteos presentados “no son más que reiteraciones” de argumentos ya revisados y desestimados previamente por la Sala IV de la Cámara de Casación.

Villar sostuvo en su dictamen que la vía federal intentada “no es apta para crear una tercera instancia”, reforzando la imposibilidad de revertir la condena en esta etapa del proceso. Con esta decisión, respaldó los criterios jurídicos adoptados tanto por el Tribunal Oral Federal como por la Cámara de Casación Penal. En concordancia con el rechazo a los planteos de CFK, también desestimó los recursos presentados por Lázaro Báez y los demás imputados en la causa, quienes insistían en que los procesos licitatorios fueron legales y negaban el perjuicio ocasionado al Estado.

– Mario Villar

El pasado 14 de febrero, la defensa de la exvicepresidente, encabezada por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema solicitando la anulación de la condena. En un documento de aproximadamente 40 páginas, los letrados señalaron supuestas irregularidades en el proceso judicial y cuestionaron la imparcialidad de los jueces, alegando vínculos con el expresidente Mauricio Macri.

Entre los principales argumentos de la defensa, se destaca que la exmandataria no tenía un control directo sobre las obras viales en Santa Cruz, dado que estas fueron aprobadas mediante leyes presupuestarias, licitaciones y supervisadas por organismos descentralizados como Vialidad Nacional. Además, señalaron la incorporación de pruebas que, según ellos, no fueron debidamente exhibidas durante el juicio, y sostuvieron que las adjudicaciones a Lázaro Báez y otros imputados se realizaron dentro del marco legal, sin evidencia de malversación.

Tras el dictamen de Villar, corresponde ahora a la Sala IV de la Cámara de Casación decidir si concede las apelaciones para que los reclamos sean verificados por la Corte Suprema de Justicia. En caso de rechazo, la defensa de CFK aún podría recurrir con un recurso de queja ante el máximo tribunal. Sin embargo, la Corte ya intervino indirectamente en la causa en junio de 2022, cuando desestimó los recursos presentados alegando que no se dirigían contra una “sentencia definitiva”.

El Ministerio Público Fiscal, en paralelo, también decidió pronunciarse ante la Cámara de Casación con el objetivo de aumentar la pena impuesta a CFK y que se la condene también como “jefa de una asociación ilícita”. Durante el juicio, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola sostuvieron que el esquema de corrupción en los sobreprecios viales no solo constituía administración fraudulenta, sino que también configuraba una organización destinada a desviar fondos públicos en favor de empresarios vinculados a la “Ruta del dinero K”.

Villar respaldó el pedido y afirmó que la maniobra de desvío de fondos fue ejecutada con “un diseño premeditado desde las más altas esferas del poder político”.

Cabe recordar que el caso se originó a partir de las denuncias del exdirector Nacional de Vialidad, Javier Iguacel, y culminó con el juicio oral ante el Tribunal Oral Federal N°2. En diciembre de 2022, el tribunal condenó a CFK a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta, aunque la sentencia no está firme mientras continúen los recursos legales. La fiscalía, representada por Diego Luciani y Sergio Mola, había solicitado una pena de 12 años al considerar que existía un esquema de corrupción sistematizado y estructurado en torno a la concesión de obras viales con sobreprecios.

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Un exinspector con condena firme por abuso sexual sigue activo en el sistema educativo bonaerense

José Néstor Prado, exinspector de nivel secundario con jurisdicción en Ramallo, Provincia de Buenos Aires, continúa figurando como personal activo en la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense pese tener una pena firme por abuso sexual agravado desde 2019.

Prado estuvo cumpliendo su condena en prisión, junto a la docente implicada Mariela Alejandra Elisa Gálvez, hasta que él recuperó la libertad en octubre de 2025, posiblemente por haber cumplido los dos tercios de la pena, que es el requisito habitual para acceder a la libertad condicional en Argentina. Desde ese momento, comenzó a reaparecer como personal activo en el sistema informático de la DGCyE.

– José Prado y María Gálvez

Prado se desempeñaba en su labor de inspector de educación secundaria en el norte bonaerense. Fue detenido e imputado por abuso sexual y, tras el proceso judicial, recibió una condena a diez años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia quedó firme en 2019, lo que significa que agotó todas las instancias de apelación posibles y adquirió carácter definitivo e inapelable. Ese fundamento de “firme” es crucial, porque implica que no existe ninguna duda jurídica sobre su culpabilidad.

Aquí aparece uno de los elementos más llamativos del caso. El procedimiento para exonerar a un agente público bonaerense requiere que, antes del acto final, intervenga la Asesoría General de Gobierno para emitir un dictamen jurídico. Según el artículo 80 de la Ley 10.430, cuando la falta puede dar lugar a una sanción expulsiva, “deberá darse intervención a la Asesoría General de Gobierno para que, dentro del plazo de diez días, emita dictamen al respecto”.

En el caso Prado, la Asesoría General de Gobierno dictaminó en abril de 2026 que correspondía exonerarlo. El dictamen, que es una opinión jurídica vinculante que le indica a la autoridad competente cuál es la medida que corresponde, fue claro en argumentar que la exoneración debía efectivizarse. Sin embargo, esa exoneración nunca se concretó.

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El dictamen de la Asesoría General de Gobierno requiere primero que la autoridad competente (la DGCyE) dicte un acto administrativo formal —una resolución— que haga efectiva la exoneración. Eso implica que alguien en la cadena jerárquica dentro de la DGCyE debía firmar ese acto y no lo hizo, o lo hizo con una demora inexplicable.

Los plazos son reveladores, siendo que la condena quedó firme en 2019, la Asesoría tardó hasta abril de 2026 en dictaminar (casi 7 años después de la condena firme), y aun así, a julio de 2026, la exoneración no se había materializado. Prado recuperó la libertad en octubre de 2025 y desde entonces volvió a aparecer como activo en el sistema, lo que sugiere que nunca fue dado de baja formal.

Con una condena firme desde 2019, la DGCyE estaba obligada a avanzar con el procedimiento administrativo correspondiente. Eso implicaba iniciar o continuar el sumario disciplinario, incluso si todavía no se hubiera puesto en marcha, tomando la sentencia penal como un hecho ya acreditado. También debía disponer la suspensión preventiva del inspector mientras se desarrollaba el proceso, tal como prevé el propio régimen disciplinario. Una vez reunida toda la documentación, el expediente tenía que ser remitido a la Asesoría General de Gobierno para la emisión del dictamen y, luego de esa instancia, dictarse la resolución de exoneración.

Nada de esto ocurrió en tiempo y forma. El retraso abarca las gestiones de al menos dos directores anteriores del DGCyE, pero también —y esto es lo que genera la interpelación actual— la gestión de la propia directora general de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, Flavia Terigi quien asumió el cargo en diciembre de 2025 luego del acuerdo del Senado bonaerense, y bajo cuya conducción Prado siguió figurando como activo.

La responsabilidad institucional

Flavia Terigi es pedagoga, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA), doctora en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid, y fue designada directora general de la DGCyE por el gobernador Axel Kicillof mediante el Decreto 2891/2025. Asumió en reemplazo de Alberto Sileoni.

Hasta el momento no brindó ninguna explicación al respecto. La DGCyE deberá dar explicaciones, al menos, por tres demoras clave en el caso Prado. La primera es por qué tardó años, desde la condena firme de 2019, en remitir el expediente a la Asesoría General de Gobierno. La segunda, por qué después del dictamen emitido en abril de 2026 la exoneración todavía no se concretó en los meses posteriores. Y la tercera, por qué el sistema informático sigue registrándolo.

El hecho no es excepcional en su mecánica, aunque sí en su gravedad. El sistema disciplinario docente bonaerense es históricamente lento y burocrático. Los sumarios pueden tardar hasta décadas en resolverse, los expedientes quedan estancados en distintos escritorios, y las autoridades jerárquicas muchas veces no impulsan de oficio los procedimientos cuando deberían hacerlo.

A diferencia de otras provincias, como Mendoza (que sancionó en 2025 una ley de “ficha limpia docente” con exoneración e inhabilitación permanente para condenados por delitos sexuales, y creó un registro único de sanciones), la provincia de Buenos Aires no tiene un sistema automático o expedito que vincule una condena penal firme con la baja inmediata del sistema. Todo depende de que los distintos actores de la cadena administrativa cumplan con sus pasos en tiempo y forma.

La DGCyE debe de ejecutar de inmediato el acto administrativo de exoneración, explicar la cadena de responsabilidades que llevó a esta situación y revisar cuántas situaciones similares pueden estar ocurriendo en el vasto sistema educativo bonaerense, que cuenta con más de 300.000 docentes y personal a cargo.

¿Cómo puede un condenado seguir en el sistema?

Para entender primero hay que conocer cómo funciona el sistema disciplinario docente y su lentitud. En Argentina, la responsabilidad penal (ser condenado por un delito) y la responsabilidad administrativa (ser sancionado laboralmente por el Estado empleador) son dos procesos independientes que se tramitan en paralelo. El Código Penal castiga al ciudadano, mientras que el régimen disciplinario del Estado sanciona al empleado público como tal.

Esto significa que una condena penal no produce automáticamente la baja laboral del agente. Para echar a un docente del sistema educativo bonaerense de manera definitiva, la administración debe llevar adelante un sumario administrativo propio con sus propias garantías procesales, y luego dictar un acto administrativo de exoneración firmado por la autoridad competente.

El personal docente bonaerense se rige por la Ley 10.579 (Estatuto del Docente). Este estatuto establece distintas sanciones disciplinarias, siendo la más grave la exoneración, que implica la separación definitiva del servicio y la inhabilitación para ingresar nuevamente al sistema educativo.

El artículo 140 del Estatuto del Docente establece que el sumario administrativo puede correr en paralelo con la causa penal, pero que la resolución final administrativa debe adecuarse a lo que se tenga por probado en la causa penal. Es decir que, si hay condena penal firme, la administración debe tener eso como un hecho probado y actuar en consecuencia.

Para el personal no docente, la Ley 10.430 (Estatuto del Empleado Público bonaerense) es aún más explícita. El artículo 73 establece taxativamente que es causal de exoneración “la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”. Un abuso sexual es, sin lugar a duda, un delito doloso. Bajo ese marco, la exoneración no es discrecional.

Investigan al hermano de Adorni por rectificar dos veces su patrimonio y cancelar un crédito millonario en menos de un año

Francisco Adorni es diputado provincial bonaerense por La Libertad Avanza y hermano del actual Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Manuel Adorni. Recientemente rectificó por segunda vez su patrimonio y cambió el valor de su casa de City Bell.

“No fue un error, fue una omisión que ya fue subsanada. Es algo que le pasa a cualquier ciudadano”, dijo el abogado Marcelo Peña a TN.

El caso se entiende mejor si se sigue la secuencia de hechos. A comienzos de 2026, Francisco Adorni presentó su declaración jurada original al dejar su cargo en el Ministerio de Defensa. El 19 de mayo hizo una primera rectificación en la que incorporó una herencia de $21 millones de su padre, que no había informado, y también modificó datos vinculados a un crédito hipotecario con el Banco Provincia.

Luego, el 8 de junio, presentó una segunda corrección, en la que redujo el valor de su casa en City Bell, de $67.5 millones a $52.6 millones, y sumó cinco cajas de ahorro con poco más de $2 millones que tampoco figuraban en la declaración inicial.

En apenas tres semanas, Francisco Adorni cambió sus bienes declarados al menos dos veces. Su patrimonio total, que en mayo había quedado en $102.750.000, bajó a $89.894.610 tras la segunda corrección.

Sin embargo, la inconsistencia más grave que generó la apertura de la investigación penal luego de conocerse estos números, no fue el valor de la casa, sino la cancelación de un crédito hipotecario con el Banco Provincia por $60 millones en menos de un año. Cancelar ese monto en tan poco tiempo, con los ingresos declarados de un funcionario y diputado provincial, es lo que encendió las alarmas del fiscal Guillermo Marijuán.

— El fiscal federal, Guillermo Marijuan

La denuncia original fue presentada por la diputada nacional Marcela Pagano (monobloque Coherencia), quien tiene un largo historial de denuncias contra figuras del oficialismo, incluyendo al propio Manuel Adorni. La defensa de Francisco caracteriza la denuncia como parte de “una interna política” dentro del espacio de LLA, destinada principalmente a dañar al Jefe de Gabinete.

El problema es que un crédito hipotecario del Banco Provincia es una deuda importante y de largo plazo. Si se cancela de golpe en menos de doce meses, surge la pregunta lógica; ¿de dónde salió ese dinero?

La defensa de Francisco Adorni, a cargo del abogado Peña, tiene una respuesta diferente, afirmando que el crédito nunca fue cancelado y que sigue vigente, tratándose de un préstamo UVA (ajustado por inflación) cuya deuda en realidad creció. Según Peña, lo que ocurrió en la declaración fue una “omisión” de carga, no un encubrimiento de un acto ilícito.

Hay dos movimientos en la segunda declaración que abren interrogantes políticos y judiciales. Por un lado, Francisco Adorni no corrigió al alza el valor de su propiedad, como suele ocurrir cuando alguien omite declarar un bien por error, sino que ahora sostiene que su casa vale menos que lo que había informado semanas antes.

El inmueble pasó de $67.5 millones a $52.6 millones, una diferencia cercana a los $15 millones, que atribuye a una variación en la valuación fiscal. Por otro lado, incorporó cinco cajas de ahorro con $2 millones que no habían aparecido en versiones anteriores, cuando solo había declarado dinero en efectivo.

Los hermanos Adorni bajo la lupa

El caso de Francisco parece ser algo de familia. Su hermano Manuel Adorni, Jefe de Gabinete, también enfrenta una investigación paralela y días antes de la segunda rectificación de Francisco, Manuel admitió públicamente que ocultó aproximadamente medio millón de dólares en sus declaraciones juradas, atribuyéndolos a ahorros acumulados en el sector privado e inversiones en Bitcoin realizadas entre 2014 y 2018. La justicia también analiza vínculos patrimoniales y posibles bienes compartidos dentro del entorno familiar.

Antes de ser legislador, Francisco se desempeñó como titular de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Defensa y luego fue promovido al frente del Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF), un organismo que administra el sistema de jubilaciones militares. Es decir, fue funcionario público de alto rango antes de asumir su banca provincial, lo que lo obliga legalmente a presentar declaraciones juradas patrimoniales ante la Oficina Anticorrupción.

El fiscal Marijuán ya tiene levantado el secreto fiscal y bancario de Francisco Adorni, lo que significa que puede revisar todas sus cuentas, movimientos y transacciones desde el 2020. La Justicia también solicitó información al Banco Provincia específicamente sobre el crédito hipotecario y pidió datos a más de 30 organismos y entidades financieras. Si las explicaciones de la defensa no coinciden con los registros bancarios reales, la imputación por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero podría consolidarse. Si coinciden, la causa probablemente sea archivada.

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