Juez acepta el “SOBORNO” de Alberto: Cierran la causa por la fiestita en Olivos
El juez Lino Mirabelli aceptó la propuesta de pago del Presidente y su concubina. Ambos fueron sobreseídos por hacer una fiesta ilegal en plena cuarentena.
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Mirabelli coincidió con el fiscal federal de San Isidro, Fernando Domínguez, quien ya se había mostrado de acuerdo en aceptar el pago del resarcimiento, el cual suma un total de $3 millones y serán donadas a una institución. Tanto el Presidente como la primera dama tiene 10 hábiles para depositarlo.
“Fue algo que nunca debió haber pasado. Lo dije el primer día, fue algo producto del inconsciente colectivo con el que funcionaba Olivos en esa época, donde estaba repleto de gente, porque se había trasladado el trabajo allí”, declaró el máximo mandatario en FM Radio Con Vos pocas horas después de conocerse su sobreseimiento. “Tomé conciencia de que pasó algo que no debió haber pasado me presenté en la justicia como un ciudadano común”, agregó.
“Debo ser el primer Presidente que se presentó en la justicia ejerciendo su defensa personalmente” se justificó y en esa línea agregó: “Fui el primer Presidente de la historia de la democracia que se presentó a la justicia ante un error que se asumió como error, porque no hubo dolo, me presenté como un ciudadano más”.
En el dictamen del fiscal Domínguez se propuso que la donación fuera destinada a la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán.
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Fernando Carbajalpresentó ante la Corte Suprema una denuncia de 20 páginas que exige impugnar la candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa, en el que sería su octavo mandato consecutivo.
El actual diputado de Juntos por el Cambio expone la ambigüedad del artículo 132 de la Constitución provincial, que establece que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, pero no especifica cuántas veces pueden serlo. Además, pide como “medida cautelar” suspender las elecciones provinciales del 25 de junio, y solicita usar días inhábiles (fines de semana y feriados) para analizar el caso.
Carbajal plantea que este “vacío” en la Carta Magna provincial debe ser analizado a la luz de los Principios Republicanos y la Constitución Nacional, que en sus artículos 1, 5 y 123 prohíbe la perpetuación de una persona en el poder. Hace unos días había declarado en medios: “Si la reelección indefinida es contraria a los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”.
La presentación demanda a la Corte Suprema un accionar similar al ejercido días atrás sobre Juan Manzur y Sergio Uñac, que buscaban la reelección en Tucumán y San Juan, respectivamente. De todas formas, el precandidato de Juntos por el Cambio reconoció que ambas situaciones no eran idénticas. “La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica si puede serlo de manera indefinida”, aclaró en medios.
El propio Insfrán reformó la Constitución provincial en el año 2003, “reemplazando” el artículo 129 por el 132, lo que le permitió ejercer su gobernación durante 28 años hasta el día de hoy. En el escrito, Carbajal se refiere a un hecho ocurrido en 1999: la detención de Carlos Gerardo González, entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, quien el día anterior había fallado en contra de permitirle a Insfrán postularse nuevamente como Gobernador de Formosa.
La Corte Suprema deberá remitir su respuesta, en un plazo de cinco días, a la Procuración General de la Nación, quien a su vez emitirá su opinión. Luego, la Corte recibirá nuevamente el expediente y se acercará a la resolución del caso.
La ya conocida abogada feminista Raquel Hermida Leyenda ha sido puesta en jaque una vez más en las redes sociales, tras haber sido apartada por Nahir Galarza de su caso debido a que “le interesan las cámaras y no la verdad” y sumado una demanda en su contra por parte de la estrella argentina Gonzalo Montiel. Internautas de Twitter no paran de convertirla en tendencia para burlarse de ella.
Vale recordar que la joven condenada a prisión perpetua solicitó la revocatoria de su codefensora dado que no estaba conforme con su nivel de exposición mediático y con su decisión de darle un “tinte feminista” a la causa. “Me ha colocado como rehén de un feminismo fanático al que no pertenezco”, señaló Galarza ante los medios de comunicación.
Ya te sacaron la ficha Raquel. Para de intentar robar con el feminismo.
Sin ir más lejos, este miércoles sumo un nuevo papelón al escribir un tweet en donde ignoraría su despido del caso de Nahir Galarza y, además, sigue cargando de progresismo a la causa. Fuentes oficiales que se comunicaron con Data24 afirmaron que “calumnia a los abogados que se encuentran trabajando en el caso, sin ningún argumento justificativo”, lo cual se encuadraría en delitos contra el honor de manera simple.
Algunos usuarios recordaron su batalla legal contra la figura de la Selección Argentina, la cual justamente se consagró campeón de la Europa League con el Sevilla (también desde los 12 pasos). “Para Hermida Leyenda que lo mira por TV”, escribió un internauta en Twitter arrobándola. La abogada no la está pasando para nada bien.
Gonzalo Montiel demandará por $20.000.000 a la abogada @Hermidaleyenda, defensora de femicidas que, en busca de luces y cámaras, se autopercibe feminista y – fiel a su nueva doctrina – revolea acusaciones hacia cualquier hombre normal. https://t.co/z2znvwYmXk
Gonzalo Montiel demandó por calumnias e injurias a Raquel Hermida Leyenda. La abogada encabezó la defensa de la mujer que denunció al futbolista de la Selección por un supuesto abuso sexual con acceso carnal en marzo pasado.
En el documento presentado a la Justicia por los abogados defensores, Nicolás Parayola Hernayes y Matías Emanuel Aquino, se indica que la letrada había denunciado en el programa “De Vuelta”, conducido por el ultrakirchnerista Pablo Duggan, que el futbolista estaba siendo acusado por el delito de abuso sexual con acceso carnal, el cual sería agravado por ser cometido por varias personas.
La abogada Raquel Hermida Leyenda calumniando e injuriando al equipo de abogados de Nahir Galarza, sin justificativos.
Allí también señaló que Hermida Leyenda habló al día siguiente en el programa de Jorge Rial, “Argenzuela”, y sostuvo que asegura haber sido contactada por la Fiscalía y refiere que ratificaría la denuncia. Asimismo, destaca que la abogada se presentó en varios medios durante esa semana y continuó haciendo hincapié en la denuncia “contra el jugador de la Selección Argentina”.
Hay que subrayar también que la abogada feminista Hermida Leyenda se encargó también de señalar con la vara del progresismo a los influencers Emanuel Danann, Agustín Laje y Eduardo Prestofelippo, a quiénes calificó de “machistas y hacer apología al abuso”. Claramente, se encargaron estos de ella.
La abogada feminista Raquel Hermida Leyenda que despidió Nahir Galarza y fue demandada por Gonzalo Montiel.
Los influencers lograron exponerla como defensora de Daniel Bellini, quién fue condenado a 16 años de prisión por el asesinato de la bailarina Morena Pearson, su esposa y madre de su hija. Ya que, ella se jactaba de “no defender femicidas”, y resultó ser todo lo contrario en un caso fresco del 2022.
Ante todo lo referido, es propicio dejar en claro que recibe un golpe tras otro, amén de que ahora es la burla fija de muchos internautas en las redes sociales. A tal punto de, en este último caso de Nahir Galarza, ser apartada y, al instante, afirmar que hubo una conspiración entre la Fiscalía y la defensa, sin prueba alguna. ¡Una total locura!
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.
Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.
La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.
El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.
La Corte Suprema de Justicia.
Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.
El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.
Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.
Este lunes, el diputado nacional y principal referente de la oposición en Formosa, Fernando Carbajal, realizó una presentación formal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando que se suspendan las elecciones del 25 de junio próximo, fecha en la que el jerarca Gildo Insfrán competirá con la intención de hacerse de su octavo mandato consecutivo.
El gobernador formoseño busca asegurarse 32 años ininterrumpidos frente a la provincia, no obstante, la oposición intentará ofuscar tal pretensión recurriendo a la justicia. El denunciante exige que se revea o que se declare la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución provincial bajo el fundamento de que es “ambiguo” y poco específico.
Tweet de la diputada provincial y precandidata a intendente, Gabriela Neme
Representado por el abogado Carlos Roberto Lee, la denuncia radicada por el legislador de Alianza Juntos por Formosa Libre,Fernando Carbajal, hace mención al “vacío legal” y la “ambigüedad” del artículo 132 que podría garantizarle otro mandato a Insfrán.
En ese sentido, el magistrado solicitó que se “inhabilite e impugne a todo aquel que pretenda perpetuarse en el poder, a expensas y en perjuicio del pueblo formoseño”. Así como también exigió una “medida cautelar” para que se suspendan las elecciones para el cargo de gobernador hasta dar con la respuesta a su presentación.
Fernando Carbajal, diputado nacional de Juntos por el Cambio
““La situación no es desde el punto de vista jurídico igual, pero presenta similitudes. La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica en que puede serlo de manera indefinida“, había expresado Carbajal hace unos días en diálogo con TN.
“Cuando hay una norma que no es clara o precisa, siempre debe ser interpretada de acuerdo a los preceptos constitucionales. Si la reelección indefinida es contrariada los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”, concluyó en ese momento. De llegar a avanzar, el oficialismo formoseño deberá buscar un nuevo candidato.
El fiscal federal Eduardo Taiano y el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, a través de un escrito de 100 páginas, requirieron que se presente a declaración indagatoria el ex ministro de Salud, Ginés González García, por el hecho que se denominó “Vacunatorio VIP”, que habría dado prioridad a algunas personas para aplicarse la inoculación contra el Covid-19.
De esta irregularidad de las aplicaciones de las vacunas se habrían beneficiado funcionarios, diputados y periodistas afines al kirchnerismo, además de otras personas del Ministerio de Salud, durante el inicio de la gestión de Alberto Fernández.
El ex ministro de Salud de la Nación e imputado en la causa del Vacunatorio VIP, Ginés González García
Por tales motivos, tanto Taiano como Rodríguez le piden a la jueza María Eugenia Capuchetti que proceda a indagar a González García, y que también haga lo mismo con Alberto Alejandro Maceira, María Elena Borda, Marcelo Ariel Guille y Alejandro Salvador Costa. Por el momento, los delitos que se les imputan son el de abuso de autoridad y peculado. Cabe recordar que en el momento en que se dio el “Vacunatorio VIP” escaseaban las inoculaciones en nuestro país.
A través del escrito, los fiscales piden que los imputados sean indagados por 3 episodios en particular. El primero de ellos responde a lo sucedido el 18 de febrero de 2021. Ese día, el Ministerio de Salud dio la orden de retirar 10 vacunas que estaban asignadas para el Hospital Posadas, “para la inoculación de 10 personas, que no se encontraban habilitadas para recibir su dosis”.
El ex presidente Eduardo Duhalde fue beneficiado con el “Vacunatorio VIP”.
Los beneficiarios de este hecho fueron, entre otros, el periodista Horacio Verbitsky, el ex canciller Jorge Taiana y el diputado nacional Eduardo Valdés. Familiares del empresario Florencio Aldrey Iglesias, y además, Seza Manukian, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Felix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, Salomón Schachter y muchos más.
Por el segundo hecho se refieren al retiro de 5 vacunas que estaban asignadas al Ministerio de Salud, para “su traslado al domicilio particular de Eduardo Duhalde con fecha 1 de febrero de 2021 para su inoculación, la de su familia y la de Carlos Alberto Mao, quiénes no se encontraban habilitados para recibir su dosis”.
El periodista Horacio Verbitsky fue el que desató el escándalo tras declarar al aire que había sido beneficiado.
Finalmente, la tercera situación fue “la orden de aplicar de forma irregular al menos 35 vacunas”, con el fin de vacunar a 23 personas, entre el 29 de diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021, en el Hospital Posadas.
El fiscal federal Guillermo Marijuan pidió sobreseer a Cristina Fernández Kirchner en la causa conocida como “La ruta del dinero K”, la misma en la que Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión, acusado de lavar 65 millones de dólares de la corrupción. Ahora es el juez federal Sebastián Casanello quien debe decidir el futuro de la Vicepresidente en ese expediente.
Marijuan había imputado a Cristina Kirchner y durante la instrucción del caso se había mantenido la sospecha al punto que la Cámara Federal insistió en varias ocasiones para que el juez indagara a la vicepresidente ante la suposición de que la fortuna de Báez, valuada en casi 200 millones de dólares, pertenecía en realidad Cristina Kirchner. Pero este extremo nunca se probó como para procesar a Vicepresidente en este caso.
La vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner.
Marijuan entendió que la relación entre Báez y Kirchner está probada pero no encontró evidencia de que el dinero le perteneciera. “Entiendo y no tengo duda alguna, de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”, expresó el fiscal en su dictamen de 46 carillas.
El fiscal enumeró los negocios entre ambos: “Cristina Elisabet Fernández, representada por su hijo Máximo Kirchner entregó un inmueble en permuta a Austral Construcciones SA, mientras que otro bien lo entregó en concepto de dación en pago de la obra ejecutada en la Quinta 10 A, de la ciudad de El Calafate. Además, el matrimonio Kirchner ha vendido a Austral Construcciones SA, firma insignia de Lázaro Báez, diez propiedades, lo cual corrobora ese vínculo directo”, dijo,
El fiscal Marijuan, tras un operativo en una de las estancias de Lázaro Báez.
El fiscal fue un paso más allá y señaló que, además de los vínculos comerciales, existieron al menos 372 llamadas entre los entornos de Cristina y Báez y entre ellos mismos. “Si lo expuesto no alcanzara para entenderlo o quisiera verse volcado en este legajo judicial, tenemos que la reciente prueba incorporada a esta causa a instancia del suscripto, en punto al estudio del entrecruzamiento de llamadas entre teléfonos de Lázaro Báez y Cristina Elisabet Fernández y/o sus secretarios y colaboradores, demuestran que el primero tuvo al menos 372 contactos telefónicos en un periodo de poco más de 2 años”. Agregó a eso las visitas del empresario a la Quinta de Olivos.
Sin embargo, Marijuan admite en el dictamen su fracaso para ir más allá: “Habiendo transcurrido más de diez años desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente (Cristina Kirchner), no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió ordenar la comparecencia” en su declaración indagatoria.
El abogado y juez Sebastián Casanello deberá decidir qué hacer con el expediente.
El fiscal dijo que la “debilidad” de las pruebas se conjuga con un fallo de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en el que se confirmó la condena de Lázaro Báez por lavado de dinero, pero se señaló allí que el dinero no provenía de los contratos de obra pública que recibió el empresario, sino de la evasión fiscal.
“Se suman los desacertados y erróneos fundamentos del reciente fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en punto al delito precedente del lavado de dinero al que vengo aludiendo”, expresó Marijuan y dijo que esto “no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, que yo llamaría botín, dejando a un lado el vínculo del lavado de activos con la obra pública vial y con ello al poder político de turno en ese momento“.
Jorge Lanata volvió con Periodismo Para Todos y el primer programa tuvo como informe principal una investigación sobre la red de lavado de dinero K. Leonardo Fariña -marido de la modelo Karina Jelinek- fue protagonista por ser uno de los testaferros en este negociado. Mirá el informe completo.
La imputación de Marijuan se basaba, entre otras cuestiones, en la declaración del financista arrepentido Leonardo Fariña, que mencionó una conversación con Báez en la que el empresario le dijo que la vicepresidente le había advertido que la Embajada de Estados Unidos estaba preocupada por sus maniobras de lavado de dinero. Esta también había mencionado que supuestamente parte del efectivo del empresario K era de Néstor Kirchner.
El fiscal mencionó en su dictamen la condena contra CFK a 6 años de prisión por favorecer a Báez con la obra pública y dijo que el dinero del empresario provenía de esa fuente. Pero Marijuan dijo que cuando la Cámara de Casación confirmó la condena al empresario K por lavado de dinero y le rebajó la pena de 14 a 10 años de prisión señaló que la fuente del dinero no era la obra pública, sino la evasión fiscal, en alusión al voto mayoritario de los camaristas Borinsky y Ledesma. Y que esa decisión debilita su acusación.
Periodismo Para Todos viajó a Panamá para investigar las diversas conexiones que hay en ese país con la ruta del lavado de dinero K. Mirá este informe que realizó en exclusiva el programa conducido por Jorge Lanata.
Para Marijuan, ese fallo desvincula a Cristina Kirchner del empresario y desliga ambas causas. El fiscal criticó el fallo de Ledesma y Borinsky y señaló que si bien Fariña dio elementos para indagar a la vicepresidente, la sentencia de la Cámara de Casación desvincula las maniobras de lavado del eje del poder político.
Dijo que la condena de Báez y Kirchner en la misma causa no le bastan para un procesamiento ni para elevar el caso a juicio oral con la vicepresidente como coautora, partícipe o instigadora del lavado de dinero.
En este informe de Periodismo Para Todos vas a poder conocer las transacciones que se realizaron para la compra de dos campos para Lázaro Báez, uno en Mendoza y el otro en Punta del Este. Mirá
El fiscal afirmó que, a pesar de las 300 comunicaciones y visitas, que se desconocían hasta el momento, no alcanza para avanzar mas allá de la sospecha y por eso pidió sobreseer a la vicepresidente. “El innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral”, señaló.
“Este escenario deja al descubierto una falencia insalvable, esto es, la ausencia de elementos que permitan sostener la imputación que se dirigiera contra Cristina Elisabet Fernández y por dicha razón, corresponde dictar el sobreseimiento de la nombrada”, señaló el funcionario.
El despilfarro de fondos públicos vuelve a ser noticia de la mano del Jefe de Estado. En esta oportunidad, por la suma millonaria que será destinada para los arreglos estéticos de la Casa de Gobierno, incluyendo la reparación de algunos monumentos.