El juez Rosatti se alió con abogados de la UBA y el PRO para desplazar a Daniel Sabsay

Se normaliza la entidad con lista única acordada entre sectores del PRO, la Coalición Cívica y vinculados al magistrado peronista.
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La Cámara Civil y Comercial de Córdoba anuló la asamblea presidida por Daniel Sabsay que en septiembre de 2021 había elegido a Martha Altabe como presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.

Inspección de Justicia de Córdoba había invalidado la actuación del comité bajo la presidencia de Sabsay por presunta “violación del estatuto social e inflar el padrón de afiliados para la elección de autoridades” y por haber impedido, en esa asamblea, la participación de los asociados en la reunión.

Sabsay
Martha Altabe, ex presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.

Con eso se puso fin a un año y medio de planteos administrativos y judiciales del comité presidido por Martha Altabe dirigidos a impedir o dilatar la celebración de una nueva asamblea para normalizar la situación irregular de la institución que reúne los profesores de derecho constitucional.

Luego de un fallido intento de celebrar el año pasado una reunión en Corrientes, la Inspección obligó a que esa asamblea se haga en Córdoba. A principios de abril fue electa como presidente Marcela Basterra, una joven profesora de la UBA, en lugar de Marta Altabe quien resultó eyectada junto a algunos otros que habían sido apoyados por Mario Midón, un político radical de Corrientes.

Sabsay
El doctor Daniel Sabsay.

Se votó una lista única originada en un acuerdo entre la UBA, un grupo del PRO (con la curiosa presencia de Elisa “Lilita” Carrió) y un sector vinculado al presidente de la Corte Suprema, el peronista Horacio Rosatti. Esto significa el retorno de la UBA, desplazada en aquella asamblea anulada, y un duro revés para Sabsay cuando fue presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.

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Mar del Plata | Abogados denunciaron a ANSeS por “falta de decoro y maltrato”

El Colegio de Abogados de Mar del Plata, en acción conjunta con sus pares bonaerenses, se ha manifestado en rechazo a “la falta de decoro y el maltrato” de la Administración Nacional de Seguridad Social a los colegas.

Según estimaron en un comunicado: “Cuando el titular de un futuro beneficio previsional ha optado por ser representado y no lo permiten, o no dan acceso a solicitar turno como apoderado en el Plan de Pago de Deuda Previsional, ni agregar poder al expediente, mucho menos ingresar en algunas jurisdicciones de ANSeS para ejercer su mandato de asistencia y asesoramiento in situ a sus clientes“.

Administración Nacional de Seguridad Social
Una de las sedes de la Administración Nacional de Seguridad Social en Mar del Plata.

Asimismo, denuncian como “engañosa y falsa la publicidad de ANSeS” cuando refiere “todos los tramites son gratuitos, recordá que no necesitás gestores ni intermediarios para realizar tus trámites. Solo tenés que contar con tu DNI”, dada la complejidad de ciertos expedientes que requieren de un estudio y preparación previa para lograr buenos resultados y que el titular goce de una jubilación teniendo en cuenta y habiendo tomado todos los recaudos necesarios.

Dicha conducta infringe de manera “directa e inmediata” el derecho de peticionar ante las autoridades con asistencia letrada, el de ser oído que implica una importancia humana fundamental y el de elegir quién represente al futuro jubilado, siendo un acto voluntario.

Colegio de Abogados de Mar del Plata
El Colegio de Abogados de Mar del Plata.

Ello constituye una actitud incomprensible por las autoridades de ANSeS que viola garantías del debido proceso adjetivo del proceso administrativo, la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional Ley 27770.

Con el dictado de la Circular 22/23 de la Administración Nacional de la Seguridad de Social, se veda la posibilidad a los ciudadanos de iniciar el Plan de Pago de Deuda Previsional contando con el apoderamiento de un abogado de la matrícula y coartando de manera arbitraria e injustificada a los letrados el inicio y tramitación del plan dispuesto por la Ley 27.705 en tal carácter.

Fernanda Raverta
Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la Administración Nacional de Seguridad Social.

Por todo ello el Colegio de Abogados Mar del Plata, en ejercicio de las facultades que la Ley 5177 confiere a los Colegios de Abogados, intimó a las autoridades de ANSeS por carta documento para que se disponga el cese de acción restrictiva al ejercicio profesional y se deje sin efecto la normativa antes señalada.

La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Villa Mascardi en medio del conflicto mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de Diego Frutos, presidente de la Junta Vecinal de Villa Mascardi, quien fue agredido por dos integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafquen Winkul Mapu, hace más de dos años. El pedido de los dos acusados demandaba que la causa la investigara la Justicia Federal, y no la provincial, pero la Corte lo desestimó.

Luego del incidente acontecido el 25 de noviembre de 2020, los mapuches Cristian Germán y Pablo Colhuan había argumentado que lo sucedido con Frutos era parte del delito por toma de tierras en Villa Mascardi, y que como este estaba siendo tramitado por un juzgado federal, lo mismo debería ocurrir con el delito por lesiones cometidas contra Frutos.

El martes anterior, los jueces de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron unánimemente la petición, por lo que el caso permanecerá en la Justicia local.

Resulta que a fines del año 2020 tuvo lugar uno más de los tantos episodios conflictivos entre los mapuches y los civiles barilochenses respecto de la pertenencia de las tierras en el sur del país. Aquella vez, la comunidad Lof Lafquen Wiki Mapu había cortado la Ruta 40, en el kilómetro 2005, en medio de una usurpación de terrenos.

Cuando Diego Frutos, representante de los vecinos de Villa Mascardi, se acercó a filmarlos en plena manifestación, dos integrantes de la comunidad comenzaron a perseguirlo en dirección a El Bolsón para golpearlo. Mientras lo corrían, le gritaban: “¿Vos qué andas diciendo de nosotros?”.

En su escapada, Frutos trató de refugiarse en un camión, pero este no le dio asilo, por lo que acabó por subirse a la parte trasera de un auto que sí le ofreció protección, unos metros más adelante. Mientras tanto, los agresores Germán y Colhuan amenazaban “con armas blancas” a los civiles para que no ayudaran a quien huía.

Finalmente, los dos miembros de la comunidad mapuche lograron ingresar al auto, golpearon a Frutos, y lo arrojaron a la ruta, con ayuda de otras personas cuya identidad se desconoce. Con él en el piso, lo siguieron golpeando hasta provocarle numerosas heridas.

El pedido de los inculpados de elevar la causa a la Justicia Federal había sido desestimado en julio de 2021 por la Circunscripción Judicial de Río Negro y, luego, por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Ahora, fue la Corte Suprema quien rechazó por tercera vez el reclamo, en otro capítulo del incesante conflicto entre los mapuches y los habitantes de Villa Mascardi.

JxC presenta recurso ante la Corte Suprema para impugnar la candidatura de Gildo Insfrán: ¿Qué dice el documento?

Fernando Carbajal presentó ante la Corte Suprema una denuncia de 20 páginas que exige impugnar la candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa, en el que sería su octavo mandato consecutivo.

El actual diputado de Juntos por el Cambio expone la ambigüedad del artículo 132 de la Constitución provincial, que establece que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, pero no especifica cuántas veces pueden serlo. Además, pide como “medida cautelar” suspender las elecciones provinciales del 25 de junio, y solicita usar días inhábiles (fines de semana y feriados) para analizar el caso.

Carbajal plantea que este “vacío” en la Carta Magna provincial debe ser analizado a la luz de los Principios Republicanos y la Constitución Nacional, que en sus artículos 1, 5 y 123 prohíbe la perpetuación de una persona en el poder. Hace unos días había declarado en medios: “Si la reelección indefinida es contraria a los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”.

La presentación demanda a la Corte Suprema un accionar similar al ejercido días atrás sobre Juan Manzur y Sergio Uñac, que buscaban la reelección en Tucumán y San Juan, respectivamente. De todas formas, el precandidato de Juntos por el Cambio reconoció que ambas situaciones no eran idénticas. “La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica si puede serlo de manera indefinida”, aclaró en medios.

El propio Insfrán reformó la Constitución provincial en el año 2003, “reemplazando” el artículo 129 por el 132, lo que le permitió ejercer su gobernación durante 28 años hasta el día de hoy. En el escrito, Carbajal se refiere a un hecho ocurrido en 1999: la detención de Carlos Gerardo González, entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, quien el día anterior había fallado en contra de permitirle a Insfrán postularse nuevamente como Gobernador de Formosa.

La Corte Suprema deberá remitir su respuesta, en un plazo de cinco días, a la Procuración General de la Nación, quien a su vez emitirá su opinión. Luego, la Corte recibirá nuevamente el expediente y se acercará a la resolución del caso.

Mar del Plata | La Justicia ordenó el desalojo de El Marquesado que fue tomado por militantes del MTE de Grabois

El juez Ariel Lijo, subrogante en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 12, ordenó el desalojo del campo en El Marquesado, ubicado al sur de Mar del Plata, que el Estado le había cedido a la Asociación Civil “Tercer Tiempo”, una ONG ligada al Movimiento de Trabajadores Excluidos que lidera Juan Grabois.

El magistrado encomendó a las autoridades de la Prefectura Naval Argentina la tarea de designar personal para “la inmediata custodia del predio y que se impida el ingreso de personas al lugar”. La resolución de Lijo ocurrió horas después de un nuevo episodio de tensión y enfrentamiento en esas tierras entre vecinos de la zona e integrantes de Tercer Tiempo que intentaban ingresar a la zona con un tractor.

https://twitter.com/KingkongRa/status/1639694078668357633

Cabe recordar que este campo de 140 hectáreas localizados en el kilómetro 553 de la Ruta 11 fueron cedido a la ONG tras un trámite gestionado ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado, con el fin de utilizarlo para desarrollar una huerta agroecológica.

En ese contexto, esta mañana los lugareños se organizaron y llegaron al lugar con sus autos, para manifestarse e impedir el acceso de las maquinarias. “Se ve que entraron por la parte de atrás. Salieron a agredir a los vecinos, salieron a decir que la tierra es de ellos, que el Estado se las dio. No vamos a dejar que entre maquinaria. Por lo visto están esperando que haya conflicto, son como 50 personas. Esperamos que venga la policía”, contó una vecina a Radio Brisas.

Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.
Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.

En tanto, desde la agrupación afirmaron que cuentan “con el respaldo legal para poder llevar adelante las acciones en el marco de la concreción del proyecto definitivo y con una posesión que torna ilegal el bloqueo del ingreso al campo por vecinos de El Marquesado”. A su vez, señalaron que el traslado de las máquinas forma parte “del avance del proyecto de investigación, evaluación y puesta en funcionamiento de las primeras acciones destinadas a la producción de forma saludable”.

El conflicto en El Marquesado cobró notoriedad a fines de marzo pasado, cuando vecinos manifestaron su preocupación al observar que unas 40 personas ingresaban al predio. Tras enterarse del proyecto que intentaba comenzar la ONG, se opusieron. Entre sus argumentos, sostienen que el “impacto ambiental” puede ser “desastroso” y que la infraestructura en la zona no daría abasto. Así, advirtieron a la intendencia, que llegó hasta el lugar y cuestionó la cesión.

Albert on Twitter: “NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31 / Twitter”

NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31

Luego de que el hecho tomara estado público, Grabois eligió sus redes sociales para responder a las denuncias de los vecinos. “El objetivo es producir sin agroquímicos para que toda la zona de General Pueyrredón tenga alimentos sanos y baratos”, sostuvo.

Por su parte, el intendente de General Pueryrredón, Guillermo Montenegro, impulsó una acción penal por “usurpación, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público” contra el presidente de la AABE, Eduardo Alfonso Albanese, y 2 integrantes de Tercer Tiempo.

Mavica on Twitter: “Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx / Twitter”

Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx

Para el jefe comunal, la cesión de las tierras se produjo con “argumentos falaces y arbitrarios”. En el escrito presentado ante la justicia federal denunció a Albanese por ceder “en custodia” el predio a los dirigentes del MTE Marcos Santucho y Eliseo Núñez, y también apuntó contra la abogada Gabriela Carpineti, funcionaria del Ministerio de Justicia, bajo un argumento que calificó como falaz: el supuesto peligro de que las tierras sean intrusadas.

Luego de los incidentes, Montenegro amplió su denuncia. “La Asociación Civil Tercer Tiempo insiste en ingresar al terreno cuya ocupación generara la denuncia, bajo el pretexto de concretar un supuesto proyecto agroecológico. Ingresaron al predio alrededor de 60 personas de la agrupación, lo que significa una nueva usurpación y el consecuente peligro de serias disputas entre ellos y los vecinos de la zona”.

https://twitter.com/romivn30/status/1639648489486295041

En ese marco, el intendente solicitó a la Justicia que arbitre los medios necesarios para “que se mantengan las condiciones de ocupación del predio previas al día de hoy“, con el objetivo de que se puedan llevar adelante las medidas que se dispongan en lo sucesivo.

Neme avanzó con la impugnación a la candidatura de Insfrán: “No puede quedarse como un monarca hasta que muera”

Tras haberse conocido que Gildo Insfrán iría por la reelección en la provincia de Formosa, donde lleva gobernando más de 25 años, Gabriela Neme decidió impugnar su candidatura para evitar otro nuevo periodo de cuatro años más, con el que acumularía su octavo mandato consecutivo.

Cabe destacar que, la semana pasada el precandidato a gobernador de JxC Fernando Carbajal realizó un pedido con el mismo objetivo al que se sumó Neme. En ese contexto, la precandidata a intendente expresó que hay un “claro abuso de poder” por parte del Gobernador quen somete “a la mayoría del pueblo formoseño”. “Requerimos que la Justicia se pronuncie en defensa de nuestra ley Suprema, que es la Constitución”, sumó.

Gaby Neme on Twitter: “Luego de la presentación de la candidatura de Insfran, presentamos la impugnación a su candidatura en el tribunal electoral, para luego realizar el accionar jurídico en la Corte Suprema. La República y la Democracia se defienden con la vida. ¡Basta de dictadura! pic.twitter.com/prwN0O7jhr / Twitter”

Luego de la presentación de la candidatura de Insfran, presentamos la impugnación a su candidatura en el tribunal electoral, para luego realizar el accionar jurídico en la Corte Suprema. La República y la Democracia se defienden con la vida. ¡Basta de dictadura! pic.twitter.com/prwN0O7jhr

En diálogo con radio Delta 90.3, la diputada provincial dio tristes detalles de cómo el ciudadano formoseño es sometido con dádivas a vender su voto: “El formoseño vota pensando en qué va a comer mañana porque ya no tiene proyectos, hasta eso nos robó Insfrán. No hay un solo formoseño que no tenga un pariente que viva del Estado”.

Ante la posibilidad de que Insfrán adopte un discurso similar al de la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, condenada por malversación de fondos públicos, Neme analizó: “Insfrán para nada va a ser proscripto porque estuvo 36 años en el gobierno, no puede quedarse como una monarquía hasta que se muera”.

Por último, aseguró que desde su espacio están trabajando arduamente para lograr un verdadero cambio en la tan azotada provincia. “Estamos comprometidos a garantizar nuestro sistema republicano y que Formosa deje de manejarse como la isla de Insfrán y pase a regirse por la Constitución Nacional de la República Argentina”, concluyó.

Los delincuentes con penas firmes de más de 3 años de prisión no podrán votar

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.

Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.

Eduardo Casal
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.

La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.

El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia.

Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.

El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.

Tribunal Oral Federal de Mar del Plata
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.

Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.

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