El fiscal Marijuan pidió sobreseer a Cristina Kirchner en la causa de “La ruta del dinero K”

La Cámara Federal había insistido en que sea indagada ante la sospecha de que el dinero en poder de Lázaro Báez le pertenecía, pero el fiscal desestimó tal vinculación.
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El fiscal federal Guillermo Marijuan pidió sobreseer a Cristina Fernández Kirchner en la causa conocida como “La ruta del dinero K”, la misma en la que Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión, acusado de lavar 65 millones de dólares de la corrupción. Ahora es el juez federal Sebastián Casanello quien debe decidir el futuro de la Vicepresidente en ese expediente.

Marijuan había imputado a Cristina Kirchner y durante la instrucción del caso se había mantenido la sospecha al punto que la Cámara Federal insistió en varias ocasiones para que el juez indagara a la vicepresidente ante la suposición de que la fortuna de Báez, valuada en casi 200 millones de dólares, pertenecía en realidad Cristina Kirchner. Pero este extremo nunca se probó como para procesar a Vicepresidente en este caso.

Cristina Fernández de Kirchner
La vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner.

Marijuan entendió que la relación entre Báez y Kirchner está probada pero no encontró evidencia de que el dinero le perteneciera. “Entiendo y no tengo duda alguna, de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”, expresó el fiscal en su dictamen de 46 carillas.

El fiscal enumeró los negocios entre ambos: “Cristina Elisabet Fernández, representada por su hijo Máximo Kirchner entregó un inmueble en permuta a Austral Construcciones SA, mientras que otro bien lo entregó en concepto de dación en pago de la obra ejecutada en la Quinta 10 A, de la ciudad de El Calafate. Además, el matrimonio Kirchner ha vendido a Austral Construcciones SA, firma insignia de Lázaro Báez, diez propiedades, lo cual corrobora ese vínculo directo”, dijo,

CFK
El fiscal Marijuan, tras un operativo en una de las estancias de Lázaro Báez.

El fiscal fue un paso más allá y señaló que, además de los vínculos comerciales, existieron al menos 372 llamadas entre los entornos de Cristina y Báez y entre ellos mismos. “Si lo expuesto no alcanzara para entenderlo o quisiera verse volcado en este legajo judicial, tenemos que la reciente prueba incorporada a esta causa a instancia del suscripto, en punto al estudio del entrecruzamiento de llamadas entre teléfonos de Lázaro Báez y Cristina Elisabet Fernández y/o sus secretarios y colaboradores, demuestran que el primero tuvo al menos 372 contactos telefónicos en un periodo de poco más de 2 años”. Agregó a eso las visitas del empresario a la Quinta de Olivos.

Sin embargo, Marijuan admite en el dictamen su fracaso para ir más allá: “Habiendo transcurrido más de diez años desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente (Cristina Kirchner), no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió ordenar la comparecencia” en su declaración indagatoria.

CFK
El abogado y juez Sebastián Casanello deberá decidir qué hacer con el expediente.

El fiscal dijo que la “debilidad” de las pruebas se conjuga con un fallo de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en el que se confirmó la condena de Lázaro Báez por lavado de dinero, pero se señaló allí que el dinero no provenía de los contratos de obra pública que recibió el empresario, sino de la evasión fiscal.

“Se suman los desacertados y erróneos fundamentos del reciente fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en punto al delito precedente del lavado de dinero al que vengo aludiendo”, expresó Marijuan y dijo que esto “no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, que yo llamaría botín, dejando a un lado el vínculo del lavado de activos con la obra pública vial y con ello al poder político de turno en ese momento“.

Periodismo Para Todos 2013 – La red de lavado de dinero K, mirá el informe completo

Jorge Lanata volvió con Periodismo Para Todos y el primer programa tuvo como informe principal una investigación sobre la red de lavado de dinero K. Leonardo Fariña -marido de la modelo Karina Jelinek- fue protagonista por ser uno de los testaferros en este negociado. Mirá el informe completo.

La imputación de Marijuan se basaba, entre otras cuestiones, en la declaración del financista arrepentido Leonardo Fariña, que mencionó una conversación con Báez en la que el empresario le dijo que la vicepresidente le había advertido que la Embajada de Estados Unidos estaba preocupada por sus maniobras de lavado de dinero. Esta también había mencionado que supuestamente parte del efectivo del empresario K era de Néstor Kirchner.

El fiscal mencionó en su dictamen la condena contra CFK a 6 años de prisión por favorecer a Báez con la obra pública y dijo que el dinero del empresario provenía de esa fuente. Pero Marijuan dijo que cuando la Cámara de Casación confirmó la condena al empresario K por lavado de dinero y le rebajó la pena de 14 a 10 años de prisión señaló que la fuente del dinero no era la obra pública, sino la evasión fiscal, en alusión al voto mayoritario de los camaristas Borinsky y Ledesma. Y que esa decisión debilita su acusación.

Periodismo Para Todos 2013 – La ruta del dinero K: la conexión con Panamá

Periodismo Para Todos viajó a Panamá para investigar las diversas conexiones que hay en ese país con la ruta del lavado de dinero K. Mirá este informe que realizó en exclusiva el programa conducido por Jorge Lanata.

Para Marijuan, ese fallo desvincula a Cristina Kirchner del empresario y desliga ambas causas. El fiscal criticó el fallo de Ledesma y Borinsky y señaló que si bien Fariña dio elementos para indagar a la vicepresidente, la sentencia de la Cámara de Casación desvincula las maniobras de lavado del eje del poder político.

Dijo que la condena de Báez y Kirchner en la misma causa no le bastan para un procesamiento ni para elevar el caso a juicio oral con la vicepresidente como coautora, partícipe o instigadora del lavado de dinero.

Periodismo Para Todos 2013 – La ruta del dinero K: campos en Mendoza y Punta del Este

En este informe de Periodismo Para Todos vas a poder conocer las transacciones que se realizaron para la compra de dos campos para Lázaro Báez, uno en Mendoza y el otro en Punta del Este. Mirá

El fiscal afirmó que, a pesar de las 300 comunicaciones y visitas, que se desconocían hasta el momento, no alcanza para avanzar mas allá de la sospecha y por eso pidió sobreseer a la vicepresidente. “El innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral”, señaló.

Este escenario deja al descubierto una falencia insalvable, esto es, la ausencia de elementos que permitan sostener la imputación que se dirigiera contra Cristina Elisabet Fernández y por dicha razón, corresponde dictar el sobreseimiento de la nombrada”, señaló el funcionario.

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Evo Morales huyó de un juicio por trata agravada contra una menor de edad y la Justicia ratificó su orden de captura

La Justicia boliviana dio un paso en el proceso judicial más resonante de los últimos años. Hoy lunes, el Tribunal de Sentencia Primero de Tarija declaró en rebeldía al expresidente Evo Morales luego de que no se presentara al inicio del juicio oral por el presunto delito de trata agravada de personas. Como consecuencia directa el juez Carlos Oblitas suspendió la audiencia y ratificó una orden de aprehensión y arraigo en su contra que le impide salir del país.

La audiencia se instaló a las 8:30 de la hora local en la ciudad sureña de Tarija. Morales no asistió. Tampoco lo hicieron sus abogados. 

“El juicio queda suspendido mientras comparezcan o se haga comparecer, por la fuerza pública, a los acusados” fue la categórica respuesta de Luis Gutiérrez, el fiscal del caso. Gutiérrez también aclaró que la ejecución de la orden de captura contra el expresidente corresponde a la Policía Boliviana y “no es una atribución” del Ministerio Público. 

Desde la Fiscalía Departamental de Tarija se precisó que los abogados de Morales no presentaron “ninguna clase de justificativo” por su ausencia.

El fiscal departamental de Tarija, José Mogro, subrayó el peso del expediente acumulado por la acusación: más de 170 pruebas de cargo y 39 testigos.

La causa tiene su origen en la presunta vinculación del exmandatario con una adolescente durante su presidencia. Según la acusación formal Morales mantuvo una relación con la menor de edad en 2016. Ese año tuvo con ella una hija y habría otorgado beneficios a la familia de la joven.

La mujer (ya es mayor de edad) declaró ante algunos medios locales que reside actualmente en Argentina junto a la niña.

La defensa de Morales respondió con una lectura completamente distinta. Wilfredo Chávez, uno de sus abogados, sostuvo en La Paz que el expresidente no fue notificado personalmente para concurrir al inicio del juicio, sino mediante un “edicto” judicial, lo que, a su juicio, constituye un “vicio causal de fondo”. Chávez también calificó el proceso como un asunto político, al señalar que el juicio fue “desempolvado” en un momento en el que existen varias protestas sociales contra el Gobierno del presidente Rodrigo Paz. Por su parte, el abogado Nelson Cox había adelantado la semana pasada que Morales no se presentaría porque considera que el caso se desarrolla de manera ilegal y que no existen garantías para la instalación del juicio. “El tribunal lamentablemente no está respetando estándares internacionales (…) no corresponde que se presente”, afirmó.

No es la primera vez que Morales desafía una convocatoria judicial. La acusación formal fue presentada en octubre de 2024. Durante la fase preliminar de investigación, a principios de 2025, el juez Nelson Rocabado ya lo había declarado en rebeldía luego de que no compareciera en dos oportunidades a una audiencia destinada a resolver la acusación en su contra, con el argumento de problemas de salud. En esa misma instancia se le dictó arraigo y la anotación preventiva de sus bienes.

La orden de aprehensión emitida hoy es la segunda que pesa sobre el exgobernante. La primera nunca se ejecutó. Desde octubre de 2024, Morales permanece en Lauca Ñ, en el Trópico de Cochabamba (región cocalera del centro del país considerada su bastión político y sindical) bajo la custodia permanente de cientos de sus seguidores.

– Lauca Ñ, el lugar en el que se refugia Evo Morales

En los alrededores de su domicilio, esos militantes montaron una guardia que lo vigila las 24 horas del día y levantaron barricadas para impedir el acceso de las fuerzas de seguridad. En octubre y noviembre de 2024, sus seguidores bloquearon carreteras durante 24 días consecutivos para impedir el ingreso de agentes policiales a la zona.

La Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados verificó el avance del trabajo del Ministerio Público, que, según el fiscal Mogro, “ha actuado con transparencia y celeridad dentro de este proceso”, al cumplir con los procedimientos y los plazos establecidos por la norma.

Morales denunció en múltiples oportunidades que el proceso judicial en su contra buscaba impedir su candidatura en las elecciones de noviembre de 2025, comicios a los que pretendía presentarse por primera vez después de romper con el Movimiento al Socialismo (MAS), el partido que fundó y lideró durante casi treinta años. Sin embargo, y pese a sus alegatos de persecución política, nunca negó la vinculación con la menor. 

Pidieron procesar a Capitanich por entregar tierras fiscales a empresarios vinculados al marido de una exministra

El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó al juez federal subrogante Fernando Carbajal el procesamiento sin prisión preventiva del exgobernador de Chaco Jorge Milton Capitanich, de la exfuncionaria Marta Elena Soneira y de un grupo de empresarios vinculados a las firmas Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL. 

La causa se originó en una denuncia de Ana María Canata, presidenta del Instituto de Colonización, quien al asumir el cargo detectó irregularidades en expedientes administrativos vinculados a la entrega de tierras fiscales. El análisis de esa denuncia demandó casi dos años de trabajo a la fiscalía.

Los delitos imputados al exgobernador K

A Capitanich se le imputaron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad como parte de una banda y por ser funcionario público, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos, todos en calidad de autor y en concurso real.

A Soneira se le imputaron, en forma separada, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo con las mismas agravantes, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, todos en calidad de autora. La fiscalía caracterizó el conjunto de esos hechos como una defraudación al erario provincial mediante sucesivos actos de corrupción realizados por un grupo de personas con injerencia en el poder, organizadas para insertar al mercado legal un gran patrimonio que hoy no pueden justificar.

LA TRAMA | Tierras para los socios del esposo de la ministra

Según el escrito fiscal, Soneira y Capitanich actuaron “en forma organizada y sostenida en el tiempo, valiéndose del ejercicio del poder que en aquel momento ostentaban”, y dispusieron de tierras fiscales de la provincia. Las adjudicaciones se canalizaron a través de trámites administrativos que, según la fiscalía, tenían apariencia legal pero ocultaban intereses económicos ilegítimos, y sus beneficiarios fueron personas que integraban empresas en las que el esposo de Soneira, Mauricio Cian, era socio gerente.

A través del Instituto de Colonización y con las firmas de Soneira como ministra y de Capitanich como gobernador, se adjudicaron cuatro inmuebles rurales del Departamento Almirante Brown a Federico Storti, Leandro Nicolás Bessone y Nelson Ariel Pochón, los tres socios de Cian en Grupo Pampa Agro SRL y en Pampa Semillas SRL. Storti recibió la fracción norte de la parcela 95, Circunscripción V, Zona D, con una superficie aproximada de 1.250 hectáreas; Bessone recibió la fracción sur de esa misma parcela, también de 1.250 hectáreas. Pochón fue adjudicatario de dos predios adicionales en el mismo departamento.

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El fiscal señaló que las notas de solicitud presentadas por Storti y Bessone eran “prácticamente calcadas” y tenían hasta los mismos errores de ortografía. Ambos afirmaron no poseer tierras propias y contar con diez empleados, pero la fiscalía verificó que Storti tuvo una sola empleada hasta marzo de 2021 y ningún personal en relación de dependencia durante 2022 y 2023. En el caso de Bessone, tampoco registró personal en relación de dependencia en los años 2021, 2022 y 2023. Además, Bessone declaró en sus propias declaraciones juradas ser titular de inmuebles, lo que lo inhabilitaba como adjudicatario de tierras fiscales, ya que para acceder a ellas no se debe ser propietario de bien alguno, requisito que la fiscalía calificó de “sine qua non”.

Los cargos simultáneos e incompatibles de Soneira

Amad destacó que Soneira ocupó al mismo tiempo los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y de secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente, puestos incompatibles dada la exclusividad laboral que se exige en el desempeño de cada función. La Fiscalía de Asuntos Administrativos de la provincia estableció esa incompatibilidad mediante resolución. En 2022, Soneira asumió además el cargo de ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.

En su descargo, Soneira sostuvo que ejerció la presidencia del Instituto de Colonización de manera temporal y ad honorem. El fiscal rechazó ese argumento: “El hecho de que lo haya hecho ad honorem o en forma provisoria no la exime de la responsabilidad que su ejercicio le atribuía”. Amad subrayó que mientras estuvo a cargo en forma temporal, Soneira suscribió adjudicaciones de tierras fiscales, entre ellas las de Storti y Bessone, a la postre socios gerenciales en las empresas de su cónyuge.

La fiscalía también señaló que Soneira no pudo invocar desconocimiento sobre la identidad de los beneficiarios, “en tanto que eran los mismísimos socios de su esposo”. Como muestra de ese conocimiento, Amad recordó que el 23 de diciembre de 2021 la propia Soneira firmó un permiso de ocupación a favor de Bessone —socio de su esposo— mientras se desempeñaba como máxima autoridad del Instituto de Colonización.

Desmontes, OTBN y beneficios en servicios públicos

La fiscalía imputó también a Soneira haber puesto al sector rural de Pampa del Infierno, en el Departamento Almirante Brown, en categoría verde dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), lo que habilitaría la posibilidad de explotación rural, desmontes y ejecución de proyectos con fondos nacionales en la zona donde precisamente operan las empresas del esposo de la exministra y sus socios empresariales.

A finales de 2022, Capitanich aprobó por decreto la actualización del OTBN en un proceso que la Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó por no respetar las normas establecidas para ese tipo de procedimiento. Según el escrito fiscal, esas decisiones ignoraron los consensos técnicos sobre los criterios de sustentabilidad exigidos por la ley, elaborados durante el proceso coordinado hasta mediados de 2022. La ONG había demandado previamente a la provincia por omitir esa actualización, lo que había derivado en una prohibición judicial de aprobar planes de cambio de uso del suelo y permisos de desmonte.

– El fiscal general Carlos Martín Amad

Además, mediante decretos y convenios del Poder Ejecutivo provincial, las firmas vinculadas a Cian obtuvieron beneficios económicos que incluyeron reintegros de subsidios, quita en el pago de impuestos y ventajas en servicios públicos como SAMEEP y SECHEEP, entre otros.

El rol de Capitanich: “no podía desconocer”

En su descargo, Capitanich sostuvo que la firma de los decretos de adjudicación era una obligación legal y que “no es responsabilidad del gobernador controlar cada intervención de cada área”.

También argumentó que no es el gobernador quien decide discrecionalmente a quién entregar tierras, sino que existe un procedimiento administrativo con múltiples oficinas que intervienen en cada etapa verificando el cumplimiento de la normativa vigente. El fiscal rechazó ambos planteos.

“Discrepo humildemente con el ex gobernador, en tanto y en cuanto resulta cuanto menos inocente pensar que quien es el encargado de gestionar el gobierno de la provincia no se tome los mínimos recaudos de verificar a quiénes se entregan tierras públicas”, escribió Amad, y agregó: “Estas tierras se entregaron de manera discrecional, a los socios del esposo de su ministro Soneira, lo cual nunca fue explicado acabadamente”.

Respecto de la firma de los decretos, el fiscal fue categórico: “Ni el gobernador Capitanich ni la ministro Soneira podían desconocer que dichas empresas pertenecían a las personas a quienes les estaban adjudicando las tierras en cuestión, y por si esto fuera poco, el imputado Capitanich admitió haber firmado los decretos”.

Amad sostuvo que la intervención del gobernador era determinante para que la maniobra se concretara, “pues es quien en definitiva emite el decreto adjudicatorio final de dichas tierras, con el alcance y valor jurídico que posee la suscripción de ese decreto”. Y sentenció: “La ministro Soneira, esposa de Cian, les entrega a los socios de su marido tierras en manifiesta ilegalidad y arbitrariedad, y el gobernador a sabiendas firma el decreto de adjudicación y pretende que ese acto ilegal sea bajo un mandato constitucional”.

Para ilustrar la persistencia histórica de ese tipo de maniobras, el fiscal citó al jurista Carlos Nino, quien describió la desvirtuación de la Ley de Enfiteusis de 1826 como un caso paradigmático del favoritismo en la distribución de tierras públicas. “La situación descripta por el Maestro Nino hace ya varias décadas se subsume perfectamente ‘mutatis mutandi’ en lo que ha pasado en esta causa, después de doscientos años”, indicó Amad. La causa también presenta similitudes, según el fiscal, con el expediente caratulado “López, Ramón Alberto y otros s/Inf. art. 303 inc. 2 a, Asociación Ilícita y Defraudación contra la administración pública”, actualmente en juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

Los otros imputados y las resoluciones solicitadas

Junto a Capitanich y Soneira, el fiscal solicitó el procesamiento de Mauricio Cian, Federico Storti, Nelson Ariel Pochón y Leandro Nicolás Bessone por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos agravado.

Respecto de Sheina M. Waicman y Darío Osvaldo Giménez, Amad solicitó que se dicte la falta de mérito, una figura procesal que no define su situación de manera definitiva sino que indica que, por el momento, no existen elementos suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. En el extremo opuesto, el fiscal pidió el sobreseimiento total y definitivo de Diego Soneira y Federico Gabriel Soneira, con la declaración de que la formación de la causa en nada afecta al buen nombre y honor del que hubieren gozado.

Será el juez federal subrogante Fernando Carbajal quien deberá resolver si dicta los procesamientos solicitados en un expediente que continúa en etapa de instrucción.

Piden la indagatoria del titular de ARCA por ocultar propiedades en Miami valuadas en más de USD 2 millones

El fiscal nacional de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, pidió la indagatoria del titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Andrés Vázquez, tras concluir que el funcionario ocultó ante la Oficina Anticorrupción (OA) y ante el propio organismo fiscal que conduce su vínculo con sociedades offshore que registran tres propiedades en Estados Unidos valuadas en más de US$2,1 millones. El pedido deberá ser resuelto por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.

En su dictamen de 54 carillas Rodríguez afirmó que “sin duda alguna, Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito de omisión de insertar datos en la declaración jurada patrimonial por cuanto maliciosamente obvió insertar el real vínculo que tenía con las sociedades que registran bienes en el exterior, inmuebles que él y su familia usufructúan”. 

En paralelo, Rodríguez le solicitó al fiscal federal Guillermo Marijuán que amplíe la investigación a los presuntos delitos de evasión tributaria, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

– Marcelo Martínez de Giorgi

Las tres propiedades señaladas son las unidades 3504 y 2811 del complejo Icon Brickell, en Miami, adquiridas en enero de 2013 por US$710.000 y US$400.000, respectivamente, mediante la sociedad panameña Alcorta Corp., y la suite 904 del condominio Chateau Beach Residences, en Sunny Isles, comprada en julio de 2015 por US$980.000 a través de Pompeya Group Corp.

Ambas firmas panameñas pasaron en 2016 a manos de Galanthus Capital Limited, una sociedad constituida en las Islas Vírgenes Británicas donde Vázquez figura como beneficiario final y único director, según formularios internos del estudio Trident Trust a los que accedieron el diario La Nación y el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP), con el apoyo del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ). En esos documentos, Vázquez fue catalogado como Persona Políticamente Expuesta (PEP).

– El acta de la reunión de accionistas en Panamá donde las hijas de Vázquez junto a Galanthus, la empresa creada en Islas Vírgenes Británicas, se quedan con el control de una de las sociedades dueña de un departamento en Miami

La PIA sostuvo que “obran sobradas pruebas que dan por sentado que el imputado Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito” de omisión maliciosa, con base en las declaraciones juradas que el funcionario presentó ante la OA y la AFIP entre 2011 y 2015, y en 2023. En ninguna de ellas aludió a las sociedades offshore ni a los inmuebles de Miami. Tampoco declaró a Galanthus Capital Limited, pese a figurar como único director y beneficiario final.

Para la PIA, la hipótesis de enriquecimiento ilícito se apoya en una marcada desproporción patrimonial. Vázquez declaró contar con US$40.000 en activos líquidos al cierre de 2012 y US$44.000 al cierre de 2013, pero adquirió inmuebles por US$1,1 millón en enero de 2013 y por otros US$980.000 en julio de 2015.

A esa brecha se suma otro dato señalado por el fiscal. En sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias ante ARCA, Vázquez reconoció haber percibido ingresos de cuarta categoría provenientes de Estados Unidos por $28,7 millones en 2023 y por $99,4 millones en 2024, montos declarados en pesos ante el fisco argentino. Es decir, declaró en la Argentina los flujos que recibió desde el exterior, pero no los activos que los habrían generado.

– Las firmas de Vázquez y su entonces mujer en un acta de la sociedad Panchy Ventures que forma parte de los Pandora Papers

Rodríguez verificó además que Vázquez y su exesposa, Silvia Ivone Rodríguez, también empleada de ARCA, pagaron impuestos municipales en el condado de Miami por esos inmuebles por un total de US$136.761 entre 2014 y 2018. También se registraron reintegros de impuestos enviados a nombre de ambos, mientras que sus hijas residen allí desde 2022, según ellas mismas dejaron asentado como domicilio real ante el Registro Nacional de las Personas (Renaper).

Para la PIA estos elementos permiten inferir el “animus domini”, es decir, el control efectivo de los bienes más allá de su titularidad formal.

A la hipótesis de enriquecimiento ilícito la fiscalía sumó la del lavado de activos. El dictamen detalló el uso de sociedades pantalla, autopréstamos, compras y ventas sucesivas de inmuebles y la subvaluación de escrituras.

Entre los casos documentados figura la compra, en diciembre de 2018, de un triplex de 318 metros cuadrados en la calle Juana Manso 1124, en Puerto Madero, ubicado en el edificio Los Molinos Building, un emprendimiento de Faena Properties. La operación se realizó mediante la firma Acontec SRL, por un valor escriturado de $8.720.000, equivalentes a apenas US$225.906 al tipo de cambio de entonces, muy por debajo del valor de mercado estimado por la PIA en unos US$2,1 millones, a partir del relevamiento del sitio Reporte Inmobiliario.

– Los edificios de Miami donde están los departamentos adquiridos por las sociedades panameñas vinculadas a Vázquez

La PIA documentó la presunta subvaluación con publicaciones de Zonaprop rescatadas del archivo web. En febrero y noviembre de 2018, unidades del mismo edificio de entre 96 y 98 metros cuadrados se ofrecían entre US$460.000 y US$500.000. Vázquez pagó el equivalente a US$709 por cada uno de los 318 metros cuadrados del triplex. Según el dictamen, la operación habría generado una pérdida de entre US$235.000 y US$551.000 para la vendedora Acontec SRL, que había adquirido el inmueble tres años antes por $7.332.000.

La PIA también detalló el rol de otra firma, Consultora San Andrés SA, a la que describió como una sociedad pantalla por carecer de empleados, tener domicilio en un inmueble del propio Vázquez (quien percibe de ella un canon locativo) y figurar como controlante de cinco automóviles. Según el dictamen esa sociedad también le habría otorgado al funcionario un “préstamo” para comprar el 50% de un departamento en el Chateau de Puerto Madero en 2010, un punto que refuerza la hipótesis de autopréstamos y confusión patrimonial.

– Sergio Rodríguez, fiscal, titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA)

Entre los vehículos vinculados a Consultora San Andrés SA aparece un BMW X6 blindado en julio de 2015, utilizado por el funcionario y su entorno. Entre 2024 y 2025, la firma se desprendió de sus automóviles. La Ford EcoSport quedó a nombre del propio Vázquez; el Volkswagen Vento, a nombre de su expareja Silvia Ivone Rodríguez; y el Mini Cooper John Cooper Works fue adquirido, en septiembre de 2025, por Oscar Mario Abalo, accionista de Acontec SRL, la misma empresa que siete años antes le había vendido a Vázquez el departamento presuntamente subvaluado de Puerto Madero.

El fiscal Rodríguez también aludió a una posible simulación de prestaciones y a una confusión patrimonial deliberada, vinculada a la facturación que Consultora San Andrés SA emitió a favor de Casino Buenos Aires SA y Loddin SA, dos empresas donde Vázquez habría intervenido como funcionario de la ex AFIP en 2007. La PIA detectó que ambas “le efectuaron retenciones del impuesto a las ganancias en dichos años, lo que implica que la sociedad [Consultora San Andrés SA] le prestó servicios”.

Además de pedir la citación indagatoria, la PIA solicitó al juez Martínez de Giorgi que libre exhortos internacionales al Bank of America, al PNC Bank y al Wells Fargo, donde Vázquez y su grupo familiar tendrían cuentas, y que se reitere el pedido de información a las autoridades judiciales de las Islas Vírgenes Británicas. También requirió información a la Embajada de Estados Unidos sobre los movimientos migratorios de Vázquez, su exesposa y sus dos hijas en territorio norteamericano desde 2012.

*Con información de La Nación (Hugo Alconada Mon)

Santa Fe | Padres de un menor deberán pagar más de $6 millones tras una amenaza escolar

El gobierno de Santa Fe pasó de la advertencia a la acción y entregó la primera intimación de pago a la familia de una persona menor de edad identificada como autora de una amenaza contra su propia escuela. Los padres, en calidad de responsables solidarios, deberán abonar $6.024.944: costo exacto del operativo policial desplegado ante la intimidación.

Al recibir la carta, el padre reaccionó con una frase contundente: “Cara la jodita”.

La intimación forma parte del reclamo global que la provincia ya calcula en más de $250 millones, a partir de los hechos identificados hasta el momento. Según explicó el ministro de Justicia y Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni, el cobro fue definido como una deuda civil destinada a recuperar el dinero del Estado.

El procedimiento judicial “se ejecuta conforme al Código Civil y Comercial y al Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, lo que permite, por ejemplo, embargar sueldos o inhibir bienes”, precisó el funcionario.

El monto se calcula en función de los recursos policiales afectados en cada operativo: combustible, vehículos, brigadas especializadas en explosivos y horas de servicio. “No es ni un peso más ni un peso menos que el costo exacto que el operativo tuvo para los santafesinos. Hay que ser muy conscientes y cuidar los recursos”, subrayó Cococcioni.

Los responsables tienen un plazo de cinco días para abonar voluntariamente. Vencido ese término, los antecedentes se giran a la Fiscalía de Estado.

– El ministro de Justicia y Seguridad santafesino, Pablo Cococcioni

Hasta el momento, el gobierno santafesino identificó a los responsables de 58 hechos, lo que involucra a “más de 70 personas”, dado que en algunos casos hay más de un autor o más de un adulto responsable.

El gobierno también trascendió que cuenta con “más de 15 expedientes iniciados para avanzar con notificaciones en otras localidades” de la Santa Fé. “A medida que la Fiscalía valida las identidades —sean mayores o menores, punibles o no— se identifica a los responsables y automáticamente se emiten las intimaciones”, explicaron desde el Ministerio de Justicia y Seguridad.

La vocera provincial, Virginia Coudannes, atribuyó a estas medidas la fuerte caída en el número de amenazas registradas: de entre 70 y 80 casos diarios, ayer lunes se contabilizaron apenas 15.

“La amenaza no es broma, es un delito y el delito se paga”, afirmó.

Un juicio por usurpación destapó que 20 mil hectáreas protegidas de la Patagonia fueron compradas ilegalmente con dinero de Emiratos Árabes

Un juicio por usurpación en Bariloche, provincia de Río Negro, derivó en una de las revelaciones más explosivas sobre la extranjerización de tierras en Argentina en años recientes. El empresario santafesino Hugo Alberto Barabucci admitió ante la Justicia haber comprado casi 20.000 hectáreas en la Patagonia con una “donación” no restituible de USD$2.050.175 del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos (EAU).

El caso no solo expone un presunto esquema para eludir la Ley de Tierras vigente, sino que coincide con el debate en el Congreso sobre un proyecto del gobierno del presidente Javier Milei que busca eliminar los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros.

El detonante fue aparentemente sencillo. Barabucci inició una causa judicial contra Soledad Cayunao, integrante de la comunidad mapuche Lof Cayunao, acusándola de haber usurpado un predio en el paraje Alto Río Chubut, en la zona cordillerana de Río Negro.

El juicio oral se realizó el 7 de abril de 2026 en el Auditorium de Bariloche.

Sin embargo, el proceso tomó un giro inesperado cuando el abogado defensor Juan Martín Palumbo interrogó a Barabucci sobre el origen de los fondos con los que había comprado el campo. En ese momento, el magnate confesó con total naturalidad que había adquirido las tierras en 2017 con vínculos de otro país, lo que, según relataron los presentes, “heló la sala”.

El juicio terminó con la absolución de Cayunao. El juez Marcelo Álvarez Melinger dictó su veredicto de no culpabilidad por falta de pruebas, al no poder acreditarse el delito de usurpación. El tribunal determinó que no hubo un despojo efectivo del predio.

Según las escrituras originales, Barabucci pagó por tres fracciones de campo que suman 19.269 hectáreas en Cerro Carreras, al sureste de Bariloche. El territorio incluye bosques nativos, glaciares, lagunas, ríos, nacientes de agua dulce y fauna silvestre.

El precio pagado equivale a poco más de USD$100 por hectárea, un valor considerado extraordinariamente bajo para tierras con esos recursos naturales estratégicos. Dado que la Patagonia concentra una parte significativa de las reservas de agua dulce del continente y tiene enorme potencial energético y turístico, los analistas señalan que el precio de la transacción dista mucho del valor de mercado real.

– Hugo Alberto Barabucci

El vendedor fue Marcos Marcelo Mindlin, CEO de Grupo Erge y Pampa Energía, dos de las principales industrias del sector energético argentino. Mindlin había adquirido esas mismas tierras años antes en operaciones que también generaron controversias judiciales en Río Negro.

De acuerdo con la declaración del juicio y las investigaciones posteriores, el dinero habría sido transferido desde el First Gulf Bank de Abu Dhabi hasta una cuenta en JP Morgan Chase de Nueva York, sin pasar por los controles aduaneros, fiscales ni penales exigidos por la legislación argentina. Es decir que los fondos nunca ingresaron al sistema financiero argentino bajo los mecanismos de contralor establecidos por ley.

El pedido de instrucción

Tras la repercusión nacional del asunto en cuestión, la legisladora provincial de Río Negro Magdalena Odarda (del bloque opositor peronista Vamos con Todos) presentó un pedido formal ante el Ministerio Público Fiscal para que se investigue la legalidad de la operación.

“Estamos poniendo el foco en la ruta del dinero, porque no se puede permitir que operaciones de esta magnitud se realicen sin controles, especialmente en territorios sensibles vinculados al agua y a la soberanía”, declaró Odarda, en su presentación.

El pedido solicita estudiar si hubo participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), así como de verificar si se utilizaron personas interpuestas, esclarecer la titularidad real del terreno y averiguar posibles falsos testimonios.

Los abogados defensores de Cayunao, Martín Palumbo y Milton Díaz, anunciaron que recurrirán al Ministerio Público Fiscal y a la Comisión Nacional de Fronteras para que investiguen si hubo fraude en la adquisición. También solicitaron durante la audiencia que el juicio remita los antecedentes al fiscal para analizar la posible violación de la Ley 26.737.

El territorio en disputa incluye nacientes de cursos de agua esenciales para toda la región, como el Alto Río Chubut nace allí y abastece a poblaciones de toda la provincia de Chubut.

– Soledad Cayunao junto a sus abogados

Tal como señalan estadísticas oficiales actualizadas en agosto de 2025, Argentina tiene una superficie rural de 266.643.212 hectáreas, de las cuales 13.262.725 están en manos extranjeras, equivalente al 4.97% del total nacional. Ninguna provincia supera el límite legal del 15% establecido por la Ley 26.737. Sin embargo, la preocupación de investigadores del CONICET y la UBA es que “la búsqueda por la derogación de la Ley de Tierras ocurre en un escenario internacional de creciente disputa por recursos estratégicos”.

El acontecimiento estalló públicamente el mismo día en que el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger se presentaba ante el Senado para defender el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo.

En su exposición ante la Cámara Alta, Sturzenegger argumentó que las restricciones a la compra por extranjeros constituyen “una flagrante violación a la Constitución”.

El proyecto propone, entre otras cosas, eliminar los topes de la Ley 26.737 que restringen la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El único límite que se mantendría es para compras de Estados soberanos extranjeros y personas jurídicas con participación estatal. Dicho de otro modo, inversores privados de cualquier país podrían comprar tierra sin restricciones, aunque —paradójicamente— el caso Barabucci involucra precisamente fondos provenientes de EAU.

Fideicomisos y personas involucradas

Uno de los puntos más llamativos del caso es la contradicción en la titularidad formal del predio. Mientras Barabucci se presentó como legítimo propietario, los informes de compra muestran que el campo no está a su nombre, sino vinculado a un fideicomiso con capitales de EAU. Además, pesquisas anteriores publicadas en 2018 identificaron como propietario final a Matar Suhail Ali Alyabhouni Aldhaheri, de Dubai. Aparece la figura de Mohamed bin Zayed Al Nahyan, presidente de EAU, cuyo entorno económico ha incrementado su presencia en la Patagonia.

Esta estructura —un ciudadano argentino como titular formal de activos financiados por un Estado extranjero— es precisamente la figura del testaferro o “persona interpuesta”, prohibida expresamente por la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) sancionada el 22 de diciembre de 2011 y que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

Sus disposiciones centrales, relevantes para este hecho, establecen que ninguna provincia puede superar el 15% de tierras rurales en manos extranjeras. Del mismo modo, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente según la región.

La norma jurídica prohíbe la compra de tierras ubicadas a menos de 100 kilómetros del límite internacional, ya sea de manera directa o a través de personas interpuestas. A ello se añade la prohibición de recurrir a testaferros, figura mediante la cual un intermediario argentino actuaría por cuenta de un extranjero. Por último, tampoco pueden venderse a extranjeros tierras que contengan cuerpos de agua dulce.

El predio en cuestión —ubicado a 45 kilómetros de la frontera con Chile, con nacientes del río Chubut, dentro de un Área Natural Protegida— potencialmente viola al menos cuatro de estas restricciones simultáneamente.

La legislación argentina establece zonas de seguridad de frontera precisamente para preservar la soberanía nacional sobre territorios estratégicos. La Patagonia limítrofe con Chile es especialmente sensible por su acceso a recursos hídricos, potencial energético y valor geopolítico. La Comisión Nacional de Fronteras tiene atribuciones específicas para controlar estas adquisiciones.

SANTA FE | Un exjuez destituido por liberar a un violador busca frenar las multas por amenazas escolares

La provincia de Santa Fe encontró una herramienta que funcionó: cobrarle a las familias de los menores que difundieron amenazas falsas de tiroteo en escuelas. Según informaron fuentes del Ministerio de Seguridad, desde que rigió la medida de enviar intimaciones económicas, las llamadas al 911 por este tipo de episodios cayeron de manera significativa. 

Ahora, la familia de un menor que participó en la redacción de un mensaje intimidante se negó a pagar los más de seis millones de pesos que el Estado provincial le reclamó, y recurrió a la Justicia a través del abogado Rodolfo Mingarini, quien presentó el primer recurso administrativo formal contra este tipo de intimaciones. El nombre de Mingarini, para cualquier santafesino con memoria, no es nuevo. Y lo que ese nombre evoca no precisamente habla bien de su criterio jurídico.

El episodio que derivó en la multa tuvo lugar en la ciudad de Santa Fe. Un grupo de adolescentes escribió un papel en el que se mencionaba un supuesto tiroteo. Luego, según relató el propio Mingarini, se arrepintieron, rompieron el papel y lo tiraron. Un padre lo encontró fuera del horario escolar, la imagen circuló por grupos de WhatsApp y generó alarma entre decenas de familias. 

El menor, de entre 12 y 13 años según distintas versiones del caso, reconoció su participación ante sus padres y ante las autoridades del colegio, y pidió disculpas.

Mingarini salió a defenderse en varias radios locales. Allí, repitió sus argumentos con insistencia. El hecho, argumentó, no configura legalmente una amenaza porque le faltan los requisitos típicos del delito (daño concreto, persona determinada, coerción real); que el papel fue encontrado en un estacionamiento y no dentro del establecimiento; que no hubo un operativo de envergadura porque cuando se halló la nota ya no había clases; que el monto de seis millones de pesos carece de desglose y resulta imposible de justificar con la sola intervención de un patrullero; y que el Poder Ejecutivo no puede fijar y cobrar sanciones de manera unilateral sin que medie una sentencia judicial. “El poder administrador no puede decidir unilateralmente que alguien debe pagar millones. Eso debe determinarlo un juez”, sostuvo el letrado. También pidió que no se “criminalice a chicos de 12 o 13 años sin ningún tipo de fundamento”.

Antes de ser abogado defensor, Mingarini fue juez penal en Santa Fe. 

Su paso por la magistratura terminó en mayo de 2022 de la peor manera posible: fue destituido por unanimidad, con los diez votos del Tribunal de Enjuiciamiento en su contra, tras el análisis de once fallos que el propio jurado calificó de “faltos de justicia y reñidos con los principios de los derechos humanos y la perspectiva de género”.

El caso que lo hizo tristemente célebre fue el de un albañil acusado de violación al que Mingarini le concedió la libertad porque el uso de preservativo durante el ataque le generó “duda” sobre si el hecho había sido forzado.

– En mayo de 2021, Mingarini liberó con restricciones a un imputado por abuso sexual porque utilizó el preservativo

Sus propias palabras, registradas en una audiencia y difundidas públicamente, grafican con precisión el nivel de su razonamiento: “Podemos pensar que habría habido relaciones forzadas, pero no puedo entender cómo, si va a tener relaciones forzadas, empujándola y sometiéndola, se toma el tiempo… no puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctima que, según lo que está acá, se negaba. La verdad es que ahí es donde me genera la mayor duda”. 

Para llegar a esa conclusión Mingarini había desestimado exámenes de medicina legal que constataron lesiones compatibles con una violación, los restos de semen hallados en la ropa interior y en el cuerpo de la víctima, y las pericias psicológicas incorporadas al expediente.

El fallo fue revocado por la Cámara de Apelación Penal, el acusado fue encarcelado y la Fiscalía solicitó doce años de prisión.

Las militantes feministas que por aquel entonces marcharon a las puertas del Tribunal durante el jury señalaron que el letrado “ha fallado de manera aberrante, ha descreído de informes que probaban delitos sexuales hasta de niños”, y que “atribuía claras señales de abuso de niños y niñas, que provenían de informes médicos, a secreciones de los pañales”. 

Santa Fe | Padres de un menor deberán pagar más de $6 millones tras una amenaza escolar

No fue ese su único fallo cuestionado. El tribunal lo destituyó por once hechos en total, y la resolución dejó establecido un "patrón de conducta" que, según el diputado Maximiliano Pullaro (entonces integrante del jury, hoy gobernador de Santa Fe), evidenciaba "el menosprecio hacia el perjuicio sufrido por las víctimas" y "la tendencia a minimizar el impacto de delitos gravísimos". 

Como consecuencia de la destitución, Mingarini no podrá volver a ocupar un cargo en el Poder Judicial. Conserva la posibilidad de ejercer como abogado mientras no exista una sanción disciplinaria específica sobre su matrícula.

Ese antecedente vuelve especialmente sensible su intervención actual en el debate público. Mingarini es ahora quien cuestiona el alcance jurídico del reclamo estatal, discute si el hecho puede ser considerado una amenaza y plantea objeciones sobre la forma en que la Provincia busca responsabilizar económicamente a las familias involucradas.

La respuesta oficial no tardó en llegar. Georgina Orciani, secretaria de Coordinación Técnica y Administración Financiera del Ministerio de Seguridad, salió al cruce en diálogo con Cadena 3 Rosario y fue categórica. Primero, aclaró que el reclamo no es una multa sino que “esto es una deuda civil que persigue el Gobierno provincial para recuperar recursos públicos que fueron utilizados ante una amenaza".

Luego refutó el argumento de que no hubo operativo ya que cada patrullero que se moviliza hacia una escuela deja de recorrer las calles y de prevenir delitos en otros puntos de la ciudad:" Esto no puede banalizarse", aseguró. Finalmente reivindicó los resultados de la medida, dijo que fue “acertada” y que “permitió una desaceleración importante” de estas situaciones.

Orciani también cargó directamente contra Mingarini. Fue precisamente ella quien presidió la comisión que definió la destitución del polémico exjuez en 2022. "Fue removido por ignorancia manifiesta del derecho y vuelve a demostrarlo con sus declaraciones", lanzó la funcionaria de la cartera de Seguridad.

También Virginia Coudannes, vocera del Gobierno provincial, cruzó a Mingarini y sostuvo que las amenazas escolares "no son una broma", que implican la movilización de recursos del Estado y que afectan a toda la comunidad educativa.

En los últimos meses, Santa Fe registró una escalada de amenazas falsas en escuelas, muchas de ellas impulsadas por "desafíos virales" (conocidos como trends) que circularon en redes sociales y apps de mensajería. Cada episodio activaba protocolos de seguridad, movilizaba patrulleros, generaba pánico entre padres y docentes, y vaciaba aulas. El Estado absorbió esos costos en silencio durante demasiado tiempo. La decisión del Ministerio de Seguridad de trasladar esa carga económica a las familias responsables fue, en términos prácticos, la única medida que logró torcer la curva: Tras las primeras intimaciones (comenzaron a mediados de abril) las amenazas bajaron “de 80 casos diarios a 15”, aseguran fuentes del Ministerio.

El dato de la merma fue reconocido por Mingarini. "El efecto fue logrado, pero no era la manera", admitió a Radio Mitre Santa Fe.

Desde el Ministerio de Seguridad aclararon que las familias que reciben estas intimaciones pueden presentarse y manifestar voluntad de pago para acceder eventualmente a planes de financiación. "Si no hay respuesta administrativa, la deuda será perseguida judicialmente por Fiscalía de Estado", señaló Orciani. 

La familia representada por Mingarini optó por el camino de la impugnación formal. Ahora será la Justicia la que resuelva si el mecanismo creado por la Provincia tiene o no sustento legal.

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