EL CURRO DE LOS JUICIOS LABORALES: Denuncian a una jueza y al Sindicato de Sanidad por “Asociación Ilícita”

Sanatorios privados de La Plata se agrupan para denunciar a la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina, y a la presidenta del Tribunal N°4 la jueza Vanesa Prado, por el presunto delito de asociación ilícita.
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Distintas autoridades de sanatorios de La Plata, le confirmaron al medio REALPOLITIK que la iniciativa tiene como objetivo “terminar con la industria del juicio laboral”. De acuerdo a distintos testimonios, miembros del sindicato ATSA, bajo el mando de un dirigente gremial identificado como Alfredo Villacorta y acompañados por un equipo de abogados, fueron acusados de haber intimidado a los trabajadores de la salud para firmar poderes y realizar demandas infundadas que justifiquen el inicio de un juicio.

“Le ordenan a la gente iniciarles juicio a las instituciones, muchas de las cuales ya vienen quebradas por los efectos de la pandemia, con la promesa de que van a cobrar rápidamente sus juicios. Traen abogados ‘caranchos’ y convencen a los trabajadores para firmarles un poder. Sospechosamente, la jueza Vanesa Prado dicta resoluciones a favor de ellos y de una forma curiosamente rápida”.

Este grupo de abogados, estaría encabezado por Juan Manuel Carballo, quien fue identificado como “parte de la asociación ilícita”. Ya se presentaron denuncias en la Justicia Penal, en la secretaría permanente de Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y en el Colegio de Abogados de La Plata.

De acuerdo a los denunciantes “en los expedientes se verifica un claro favoritismo de la doctora Prado hacia las actuaciones del abogado Juan Manuel Carballo, a quien le resuelven sus planteos de forma expedita, mientras otros justiciables esperan años”.

*Fuente: RealPolitik

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Tras la denuncia de sus propios vecinos, detuvieron a un concejal de LLA por vender drogas en Bragado

Germán Díaz, concejal de La Libertad Avanza (LLA) en el partido bonaerense de Bragado, fue aprehendido tras un allanamiento en su vivienda de la localidad de O’Brien, sobre calle Rivadavia al 400.

La Policía Bonaerense secuestró restos de cocaína, flores de marihuana, elementos de corte y estiramiento (usados para adulterar y fraccionar droga), una balanza de precisión, un celular y una notebook. Con 52 años, Díaz quedó imputado por presunta comercialización de estupefacientes y permanece detenido a disposición de la Justicia.

La investigación está a cargo de la Unidad Fiscal de Instrucción (UFI) N°7 del Departamento Judicial de Mercedes, con la fiscal María Laura Cordiviola al frente, y cuenta con el aval del Juzgado de Garantías N°3. La causa fue caratulada como IPP N°7567-26 por comercialización de estupefacientes. Está previsto que Díaz sea trasladado este lunes a Mercedes para prestar declaración indagatoria, el primer paso formal donde podrá dar su versión de los hechos ante la fiscal.

Un dato central de la historia es cómo se construyó la causa. Según la información difundida, la investigación policial venía gestándose desde meses atrás, pero el punto de inflexión fue un encuentro comunitario con presencia del intendente municipal, donde vecinos señalaron directamente a Díaz como el presunto “dealer del pueblo”.

A partir de esa exposición pública, resultó clave la recolección de testimonios de múltiples consumidores locales, quienes habrían confirmado en sede policial la compra reiterada de sustancias al propio concejal. Este mecanismo —denuncias vecinales que empujan una causa ya latente— es habitual en pericias de microtráfico en localidades pequeñas, donde el boca a boca comunitario suele ser más eficaz que la inteligencia policial tradicional para identificar puntos de venta.

Díaz asumió como concejal en diciembre de 2023, siendo uno de los dos ediles que LLA obtuvo en Bragado en esa elección junto a Daniela Monzón, y llegó incluso a ocupar la vicepresidencia segunda del Concejo Deliberante local. Esto lo ubicaba como una figura de peso dentro del bloque libertario municipal, no un dirigente marginal.

El bloque de concejales de LLA en Bragado —integrado por Daniela Monzón (presidenta), Paola Alsina, Andrés Drunday y el consejero escolar Gabriel Blaiotta— emitió un comunicado desmarcándose de la situación personal de Díaz, remarcando que la cuestión “debe ser resuelta exclusivamente ante la Justicia” y que el bloque es “absolutamente ajeno” a la investigación, sin emitir valoraciones sobre su eventual responsabilidad.

— Comunicado oficial emitido por el Bloque de Concejales de LLA de Bragado

Además expresaron su “enérgico repudio” a cualquier hecho vinculado a la venta de estupefacientes, calificándola como “un grave flagelo para nuestra sociedad”. El presidente del Concejo Deliberante, Mauricio Yaffaldano, convocó a una reunión de concejales para el martes por la mañana con el fin de evaluar institucionalmente la situación de Díaz, en el marco del Reglamento Interno y la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Un “cura villero” logró frenar la baja de la edad de imputabilidad en Provincia de Buenos Aires

La organización conocida como Federación Familia Grande Hogar de Cristo, presidida por José María “Pepe” Di Paola, sacerdote católico y referente histórico de los curas villeros, con un estrecho vínculo orgánico con el kirchnerismo, celebró la resolución judicial que suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.

La entidad religiosa estuvo a favor de la idea de que el sistema “no cuenta con la infraestructura edilicia, educativa y profesional necesaria para sostener los estándares mínimos que exige la normativa vigente”. Anteriormente, había promovido un hábeas corpus presentado el 31 de agosto en defensa de personas vinculadas con sus espacios, en el marco del debate sobre el régimen de imputabilidad juvenil a partir de los 14 años.

La presentación fue realizada por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones integrantes de la Federación, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori.

— José María “Pepe” Di Paola, más conocido como Padre Pepe

La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, hizo lugar a una medida cautelar dentro de ese hábeas corpus y suspendió preventivamente durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires. A su vez, ordenó fijar una audiencia multipropósito para el 16 de septiembre a las 10, convocando a autoridades que responden al gobernador bonaerense Axel Kicillof del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia para que informen qué medidas adoptaron, cuáles planean y en qué plazos.

La magistrada con treinta años de experiencia en protección infantil, sostuvo que “no sé trata de discutir la ley en abstracto”, con los dispositivos bonaerenses no estando en condiciones de recibir una población mayor sin riesgo para los derechos fundamentales. Su razonamiento se sustentó, entre otras normas, en la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de La Habana y las Reglas de Beijing.

Pascual remarcó que le parece “pésimo” que haya menores de 18 años que están tras las rejas, y volvió a justificar la suspensión por la falta de infraestructura y recursos para aplicar la ley.

— Marta Elba Pascual

Los defensores del fallo sostienen que un juez no necesita esperar a que ocurra el hacinamiento para proteger derechos, porque el hábeas corpus bonaerense cubre amenazas inminentes y el encierro de adolescentes exige estándares reforzados. La jurisprudencia interamericana ha considerado que el hacinamiento, la insalubridad y la falta de servicios en instituciones juveniles pueden vulnerar la integridad personal y los derechos especiales de la niñez.

“En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”, afirmó la senadora nacional y jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich en una publicación en su cuenta oficial de X, sumando cuestionamientos al propio funcionamiento “garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias”.

Los críticos responden que una jueza de primera instancia no debería suspender en toda una provincia una ley penal nacional aprobada por el Congreso, particularmente mediante una estimación general sobre detenciones futuras. Usina de Justicia denunció a Pascual por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad, alegando que el riesgo sería hipotético y que la decisión invade competencias legislativas.

Patricia Bullrich on X (formerly Twitter): “En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww / X”

En la Provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad.Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando,… https://t.co/xCwsQmmOww

El fallo tiene un componente institucional relevante, siendo que la Ley 27.801 es nacional, pero su implementación cotidiana necesita jueces, fiscales, defensores, supervisores, centros, personal y programas que en gran medida dependen de cada provincia. El decreto reglamentario reconoce expresamente que la aplicación efectiva exige coordinación con las jurisdicciones provinciales y creó una Mesa Federal para ese fin.

El fallo no derogó la ley, no la declaró inconstitucional y no resolvió definitivamente la discusión sobre la edad de punibilidad en Argentina, solo buscó evitar que ingresaran más adolescentes al sistema bonaerense de encierro antes de verificar que existieran instalaciones, profesionales y programas adecuados.

Firmas ligadas a Cerimedo cobraron US$700.000 en la campaña de influencia de Israel en Estados Unidos

Documentos del Foreign Agents Registration Act (FARA) del Departamento de Justicia de Estados Unidos revelaron que la campaña de influencia digital que el consultor político del presidente Donald Trump, Brad Parscale organizó para el Estado de Israel el pago de al menos 702.002.50 dólares a firmas vinculadas a su socio comercial en América Latina, el argentino Fernando Cerimedo.

El dinero estaría vinculado dentro de un contrato de 9 millones de dólares canalizado a través de Havas Media Germany, lo que reabre la pregunta de si esa misma infraestructura tecnológica se usó para operaciones de desinformación en campañas políticas argentinas. La información salió a la luz antes de que el gobierno estadounidense borrara del sitio web el contrato original con las cifras.

Para entender el entramado de negocios encubiertos hasta ahora, cabe explicar el rol de sus protagonistas. Cerimedo es un consultor político argentino, dueño de Madero Media Group —holding que incluye el portal de noticias La Derecha Diario— y de la consultora Numen, que se convirtió en la principal estructura de comunicación digital detrás de la campaña presidencial de Javier Milei en 2023. Desde entonces expandió su modelo de negocio a Bolivia (campaña de Rodrigo Paz) y Honduras (Nasry Asfura), replicando en cada país el mismo esquema de “batalla cultural” digital que perfeccionó en Argentina.

Lo distintivo de su historial es que él mismo admitió públicamente, en entrevistas de 2022 y 2023, administrar “granjas” de decenas de miles de cuentas creadas artificialmente —unas 50.000 solo para Argentina, según contó a Infobae— y reconoció haber usado mensajes falsos por WhatsApp en la campaña del expresidente Jair Bolsonaro en Brasil en 2022.

Cerimedo distinguió en su momento entre “campaña negativa” (exponer información real mal vista por un rival) y “campaña sucia” (difundir noticias falsas), y negó haber incurrido en esta última, aunque distintas investigaciones señalaron que La Derecha Diario difundió contenidos falsos durante la campaña de Milei en 2023, incluido un video editado que hacía parecer que el director Juan José Campanella respaldaba a la campaña de Sergio Massa. Además, la Policía Federal de Brasil lo señaló en una investigación sobre redes de desinformación electoral vinculadas al intento de golpe tras las elecciones de 2022.

En agosto de 2026 Cerimedo fue detenido en Bolivia por una tentativa de asesinato contra su expareja Nadia Beller, y en allanamientos vinculados a esa causa se halló una “mini granja de bots”, dinero en efectivo y armas, lo que reactivó el escrutinio sobre sus negocios digitales en toda la región.

Brad Parscale, por otro lado, es exjefe de campaña digital de Donald Trump en 2016 y 2020, es dueño de Clock Tower X LLC y desde enero de 2025 director de estrategia (Chief Strategy Officer) de Salem Media Group, la mayor red de medios conservadores cristianos de Estados Unidos.

Desde hace un par de años, Parscale y Cerimedo serían socios comerciales a través de Numen, la consultora de Buenos Aires. Parscale aportaría la infraestructura tecnológica —las plataformas Campaign Nucleus (gestión de datos de votantes y donantes) y EyesOver (segmentación de audiencias por receptividad al mensaje)— mientras Cerimedo ejecuta la operación en suelo latinoamericano.

En marzo de 2025 Cerimedo anunció formalmente que era el representante exclusivo para América Latina de ambas plataformas, convirtiendo la tecnología de Parscale en un producto que él mismo comercializa en la región. En palabras del propio Cerimedo: “Brad armó toda la infraestructura con la que trabajo”.

El contrato con Israel y los pagos a firmas ligadas a Cerimedo

El 18 de septiembre de 2025, Clock Tower X LLC registró ante el DOJ la ficha FARA número 7649, declarando como principal extranjero al Estado de Israel, representado por Havas Media Germany GmbH, para ejecutar una campaña de comunicación estratégica en Estados Unidos originalmente valuada en 6 millones de dólares y luego ampliada a 9 millones (1.5 millones de dólares mensuales). El objetivo declarado incluía campañas contra el antisemitismo, generación de contenido con inteligencia artificial, optimización para buscadores (SEO) e integración con las propiedades de Salem Media Network.

Dentro de esa misma operación, EyesOver LLC fue contratada junto con Salem Media Representatives, cobrando en conjunto al menos 702 mil dólares, de los cuales Salem Media Representatives percibió al menos 566.002.50 dólares por publicidad. Otros beneficiarios de la cadena de pagos incluyen a SparkFire (unos 6 millones de dólares) y Portman Road/Mike Shields (unos 5 millones de dólares), de acuerdo con reconstrucciones basadas en los propios registros FARA.

El problema estructural que señalan los informes es que Parscale ocupa simultáneamente dos roles incompatibles, siendo dueño de Clock Tower X, la empresa que cobra por ejecutar la campaña de Israel, y al mismo tiempo director de estrategia de Salem Media Group, la misma red mediática que recibe parte de ese dinero por publicidad.

Organizaciones de transparencia señalan que esto configuraría una propia violación del artículo 22 USC 614(b) de la ley FARA, que exige declarar a todos los agentes o vendedores que participan de una campaña de un principal extranjero. Salem Media no figura como entidad divulgada en el registro original.

El contrato completo entre Israel y Clock Tower X, canalizado por Havas Media Germany, llegó a un valor formal de 9 millones de dólares, aunque reportes posteriores —incluido uno de The Intercept— elevaron la cifra de ingresos efectivamente recibidos a unos 15 millones de dólares en un semestre, con desembolsos por unos 13 millones distribuidos entre distintos subcontratistas.

Una declaración suplementaria firmada por Parscale en mayo de 2026 intentó además corregir retroactivamente el registro, alegando que la conexión con el Estado de Israel había “terminado” en octubre de 2025 por un “error”, aunque el propio texto de esa enmienda sigue describiendo el trabajo como ejecución de una campaña aún activa del gobierno israelí desde 2018.

La puerta abierta para Argentina

El punto que conecta esta trama geopolítica con la política argentina sería que Cerimedo admitió en 2023 administrar granjas de trolls y cuentas automatizadas que puso al servicio de la campaña de Milei, y ahora se confirmaría documentalmente que una de las plataformas que él representa comercialmente en la región —EyesOver— cobró dinero dentro de una operación de influencia internacional de su socio Parscale.

Esto no prueba por sí mismo que fondos de origen israelí hayan financiado directamente operaciones de desinformación en Argentina, pero sí establece que la misma infraestructura tecnológica, comercial y humana —Numen, Cerimedo, Parscale, Campaign Nucleus, EyesOver— opera simultáneamente en campañas electorales en América y en la campaña de influencia de Israel en Estados Unidos, lo que aumenta las sospechas sobre superposición de recursos, personal y tecnología entre ambas esferas para el control del continente.

— Brad Parscale

Esto cobra mayor relevancia en el contexto argentino actual, donde la causa judicial que investiga irregularidades en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) sumó en agosto de 2026 testimonios que vinculan a Cerimedo con cobros de hasta 800.000 dólares mensuales por servicios de comunicación e influencia digital, lo que reactivó el interrogante sobre el origen de esos fondos y su relación con el entramado del Grupo Numen y La Derecha Diario.

Lo que sí se sabe es que los documentos de FARA muestran que Clock Tower X construyó una red de al menos once marcas de consumo (entre ellas Allies for Peace, FactSignal y Culturavia) para distribuir contenido sin la marca “Clock Tower X” visible, y que el contrato contemplaba metas de 50 millones de impresiones digitales mensuales, con foco en generación Z en TikTok, Instagram y YouTube.

Varios analistas destacaron un componente diseñado para influir en cómo los modelos de inteligencia artificial (ChatGPT, Gemini, Grok) responden sobre temas vinculados a Israel y Gaza, lo que la propia jerga interna del contrato denomina “GPT framing”. Este es el ecosistema tecnológico y financiero del que, para la evidencia disponible, forma parte la plataforma que Cerimedo representa comercialmente.

La Cámara Federal dejó firme el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani por el espionaje ilegal

La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.

Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.

Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.

El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.

“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.

Cómo llegaron los discos al expediente

La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.

Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.

El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.

Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.

Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”

Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.

El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.

Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato .PST habrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.

Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.

Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.

Una seguidilla de fallos

La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.

El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.

Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.

Chaco | Piden hasta 15 años para los policías que robaban bloques de cocaína durante una quema

La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.

Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.

“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.

La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.

El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.

La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.

El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.

La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.

En la mochila de Néstor Ariel Urne Canteros se encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.

Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.

Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.

Lo que muestran los chats

Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.

De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.

“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.

La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.

Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.

Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.

Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.

En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.

Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.

Delitos atribuidos

En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.

El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.

— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial

La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.

Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.

El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.

Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.

— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco

La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.

El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.

Investigan un hecho de corrupción en las Fuerzas Armada que habría desviado más de $900 millones entre 2022 y 2026

La Armada Argentina quedó envuelta en el escándalo de corrupción interna más grave de los últimos años, tras una denuncia ante la Justicia Federal por un presunto desvío de fondos vinculado a la liquidación de sueldos y viáticos, con un perjuicio estimado entre $981 millones documentados formalmente y otros $1.600 millones.

El esquema ilícito combinaría liquidaciones falsas, pagos a personal ya dado de baja, identidades ajenas a la fuerza y “retornos” —es decir, la obligación de devolver la mitad del dinero cobrado indebidamente— que habría estallado cuando una teniente honesta se negó a participar y denunció internamente lo que le habían ofrecido.

La denuncia penal fue presentada por el capitán de navío contador Carlos Alberto Castro Maggio, jefe de Administración Financiera de la Armada, tras la investigación administrativa interna. La fuerza está conducida por el almirante Juan Carlos Romay, y fue el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, quien ordenó formalizar la denuncia una vez reunidos los elementos técnicos.

— Almirante Juan Carlos Romay, actual Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina (JEMGA)

Existe cierta divergencia sobre la radicación exacta del expediente. La mayoría coinciden en que quedó en el Juzgado Federal N° 2, con algunas mencionando la intervención del fiscal Ramiro González y otras al juez Sebastián Ramos, en el fuero de Comodoro Py. La causa investiga una posible defraudación contra la administración pública, sin descartar la figura de asociación ilícita.

El inicio de todo apuntaría al área de la Armada encargada de liquidar los haberes del personal, dependiente del Servicio Financiero de la fuerza (SIAF). Según lo trascendido, “están involucrados desde un almirante para abajo” y funcionaba desde 2022 mediante “falsas liquidaciones de códigos, de personal retirado y códigos que le liquidan a oficiales en actividad que no le correspondían”, siempre “con retorno incluido”.

Las irregularidades comprenderían distintas maniobras vinculadas con la administración de salarios, adicionales y viáticos. Entre ellas aparece la presunta adulteración de recibos y liquidaciones, mediante la incorporación de suplementos y horas extras que no existían.

— El presidente Javier Milei, junto a jefes de las Fuerzas Armadas

También se detectaron pagos que habrían continuado después de la desvinculación de determinados agentes, con personal ya retirado o dados de baja que seguían figurando como beneficiarias de haberes, mientras que los fondos terminaban depositados en cuentas particulares.

Otra de las maniobras señaladas involucra la liquidación de viáticos falsos por viajes al exterior y el funcionamiento de las agregadurías militares. Se habrían abonado gastos por comisiones que nunca se realizaron y, en algunos casos, los viáticos continuaban pagándose incluso después del regreso al país, como si la misión en el extranjero permaneciera activa.

También se describe un mecanismo de suplementos con retorno. Determinados agentes recibían adicionales salariales, como los correspondientes a tareas de buceo, pero posteriormente debían devolver una parte del dinero al área contable, con aproximadamente la mitad del monto que retornaba al departamento encargado de las liquidaciones y que luego era distribuida entre quienes participaban de la estafa.

A partir del escrito judicial, se supo que la intervención se producía en un tramo muy sensible del circuito de pagos, ya que los controles habituales se hacían sobre la liquidación de haberes, pero antes de la transmisión definitiva del archivo al Banco de la Nación Argentina, siendo ahí donde determinados registros eran alterados para elevar importes o incorporar pagos sin respaldo en haberes legítimamente liquidados.

El paso clave para ocultar el fraude era que, una vez confeccionados los archivos destinados a la acreditación bancaria, “los registros eran restituidos a sus valores originales”. De este modo, las modificaciones no quedaban reflejadas en los recibos publicados en el sistema Haberes-Web. El archivo enviado al banco ordenaba un pago distinto del que después figuraba en el recibo oficial del empleado. Esta discordancia entre lo depositado y lo registrado es precisamente lo que permitió detectar más de 600 acreditaciones con diferencias.

Otra modalidad descrita por los denunciantes es el manejo de los números de CUIL. De acuerdo a un testimonio, cuando alguien se daba de baja o se retiraba, “elevaban el número de CUIL a Defensa, solicitando por ejemplo 40 mil dólares para pagar los sueldos cuando en realidad eran 30 mil dólares”, porque 10 mil dólares correspondían a personal ya desvinculado. El excedente se lo repartían entre los implicados, aprovechando que la Armada enviaba solo el número de CUIL al Ministerio de Economía para que girara los fondos, sin un control cruzado efectivo sobre quién seguía en actividad.

— Edificio Libertad, la sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina y del Comando Conjunto Marítimo

Se ha identificado formalmente hasta ahora a 23 personas, aunque el número de investigados podría acercarse a 50. El grupo incluye militares en actividad y retirados, personal civil permanente y contratado, jubilados y cuatro personas externas a la fuerza.

“Eran los civiles (el área de liquidación de sueldos) los que cargaban los suplementos, y los jefes firmaban”, afirmó una fuente que pidió mantenerse anónima, describiendo un reparto tanto de lo que llegaba por suplementos como de lo proveniente de las bajas. Los propios oficiales consultados calificaron el hecho como “un robo de guante blanco” y señalaron directamente a los responsables: “Los que inventaron esta movida son los del SIAF”.

La teniente que dijo que no

El caso se destapó por una fisura humana en un engranaje que parecía aceitado, con una fuente calificada citada por el medio Ámbito, “todo explota porque quisieron meter en este círculo de corrupción a una teniente, que como es honesta dijo que no”.

A partir de su negativa comenzaron las presiones de los capitanes implicados, porque su honestidad se había convertido en un riesgo potencial: “Querían que la teniente agarrara… Su negación y denuncia interna originaron todo lo que ahora se sabe”.

Distintas fuentes identifican a esta oficial como una teniente de fragata de apellido Acuña, que rechazó incorporarse al circuito de falsos viáticos y comunicó las irregularidades a la cadena de mando. Su alerta activó la pericia interna que terminó en el reclamo judicial. En total, al menos siete integrantes de la fuerza se negaron a participar y llevaron la situación ante sus superiores, aportando los testimonios sobre los que se erigió todo el relevamiento.

La versión oficial de la Armada, reconstruida a partir del expediente, ubica el origen de la detección de forma algo distinta y aporta fechas precisas. La reconstrucción del hecho ubica el origen del entramado en julio de 2022, conforme surge de la auditoría realizada posteriormente. El análisis de la documentación permitió rastrear una serie de movimientos vinculados con liquidaciones de haberes y suplementos que, con el paso del tiempo, derivaron en revisiones administrativas.

El primer indicio concreto apareció en febrero de 2026, durante el control de los haberes correspondientes a enero. La revisión detectó que cinco agentes del Departamento Revista habían percibido suplementos que no les correspondían. Una vez advertida la anomalía, los beneficiarios restituyeron los fondos, aunque el episodio abrió interrogantes sobre los mecanismos utilizados para autorizar y procesar esos pagos.

A partir de ese hallazgo, en marzo se reforzaron los controles internos y se modificó el circuito administrativo de las acreditaciones. La tramitación ante el Banco Nación fue trasladada al Departamento Tesorería, una decisión destinada a reducir la intervención de las áreas que hasta entonces participaron en el procesamiento de los pagos cuestionados.

Las verificaciones continuaron durante abril y alcanzaron a cuatro capitanes de corbeta pertenecientes al área contable, quienes devolvieron sumas que habían sido percibidas en exceso. La sucesión de reintegros amplió el alcance de la pesquisa y llevó a revisar operaciones anteriores para determinar si se trataba de errores aislados o de un uso sostenido en el tiempo.

El análisis histórico de las liquidaciones permitió avanzar todavía más. En agosto, los investigadores identificaron a una persona de apellido “Prieto” entre las beneficiarias de los pagos examinados y establecieron, de acuerdo con la documentación relevada, que mantenía un vínculo matrimonial con quien aparecería señalado como principal acusado en la investigación.

Con los datos reunidos, los movimientos reconstruidos y los reintegros registrados, la situación dejó de limitarse al ámbito administrativo. Recién en septiembre de 2026 se formalizó una denuncia penal ante la Justicia Federal, que deberá determinar la eventual existencia de delitos, establecer responsabilidades individuales y esclarecer si las maniobras detectadas respondieron a fallas de control o a un esquema deliberado de desvío de fondos.

La Armada difundió un comunicado en el que sostuvo que, “ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”. La fuerza sostuvo tener “tolerancia cero frente a cualquier irregularidad” en el manejo de recursos públicos.

Como medidas concretas, la Armada relevó preventivamente al capitán de navío contador Ariel Baltasar Atanasoff, resguardó el equipo informático usado para preparar y transmitir los lotes de pago al banco, y separó las funciones de liquidación, acreditación bancaria y conciliación para evitar que una misma área concentrara todo el circuito. No obstante, algunos señalaron que el Ministerio de Defensa mantuvo inicialmente un perfil bajo respecto del tema.

Los principales acusados

El señalado como organizador delictivo es Atanasoff, entonces jefe del Departamento Revista de la Armada. Durante el sumario administrativo, reconoció haber modificado los montos de las transferencias y que la finalidad era “favorecer económicamente” a ciertas personas, afirmando que él resolvía las operaciones, los beneficiarios y los montos de forma manual y personal.

Entre los 23 beneficiarios identificados formalmente aparecen cuatro personas sin ninguna relación laboral con la Armada, que concentraron $434.200.718, el 44.25% del total detectado. La más relevante es un individuo de apellido Prieto —aparentemente esposa de Atanasoff—, que recibió 46 acreditaciones por un total de $152.259.495, particularmente significativa porque concentra más de un tercio del monto total relevado. Las otras tres personas externas, serían familiares o conocidos del principal acusado.

A partir de ese momento, la investigación puso el foco sobre el circuito de transferencias bancarias que habría permitido canalizar parte de los fondos hacia cuentas vinculadas con los acusados y su entorno. Los registros analizados muestran una operatoria sostenida en el tiempo, con 184 acreditaciones por un total de $434.200.716 distribuidas entre cuatro beneficiarios.

Un segundo acusado registra 47 acreditaciones, la mayor cantidad individual de operaciones detectadas, por un monto acumulado de $99.496.225. A esa secuencia se suman otras dos personas que aparecen como receptoras de fondos. Una de ellas recibió 46 transferencias por $91.978.048, mientras que la restante contabilizó 45 acreditaciones por $90.466.948.

Una de las particularidades de la causa es la disparidad entre las cifras difundidas sobre el presunto perjuicio económico, una diferencia que surge del contraste entre lo efectivamente incorporado al expediente judicial y las estimaciones.

La denuncia formal cuantifica el daño en $981.148.567,88, correspondiente a 645 acreditaciones presuntamente indebidas realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026. Ese monto constituye, hasta el momento, la cifra documentada dentro de la presentación judicial y, por lo tanto, el piso concreto sobre el que avanza la pesquisa.

No obstante, algunas estimaciones parecerían elevar considerablemente la magnitud del supuesto desfalco, ubicando el perjuicio total en torno a $1.600 millones, mientras que otras de una proyección cercana a $1.500 millones.

La diferencia no necesariamente implica una contradicción entre los datos, sino que podría responder a distintos niveles de avance de la investigación. Mientras los $981 millones surgen de operaciones ya individualizadas y documentadas en la denuncia, las cifras superiores incluirían movimientos todavía bajo análisis, posibles maniobras conexas o montos que aún no fueron incorporados formalmente.

El caso recuerda a antecedentes de corrupción en la Armada, como la causa por los contratos con la empresa alemana Ferrostaal para patrulleros oceánicos, que en 2010 derivó en denuncias por cohecho y soborno internacional contra almirantes y empresarios.

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