Condenaron al militante K Ezequiel Guazzora a más de 10 años de prisión por abuso sexual de una menor

El militante fue hallado culpable de abuso sexual agravado contra una adolescente de 15 años. El tribunal también condenó a la madre de la víctima como cómplice necesaria.
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El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°24 de la Capital Federal condenó este viernes a Ezequiel Guazzora a 10 años y 6 meses de prisión por el abuso sexual de una adolescente en 2023, en un domicilio del barrio porteño de Caballito. Además, la madre de la menor fue sentenciada a 10 años de prisión como cómplice necesaria en los hechos. Ambos fueron declarados culpables de uno de los casos más conmocionantes de los últimos años en el ámbito judicial argentino.

El tribunal, compuesto por los jueces Maximiliano Dialeva Balmaceda, Marcelo Roberto Alvero y Javier Esteban de la Fuente, declaró a Guazzora culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves y resistencia a la autoridad. La pena fue unificada con una condena previa de 3 años dictada por el Tribunal Oral Federal N°3 en 2021, resultando en una sentencia única de 12 años de prisión.

En consonancia con lo solicitado por la fiscalía, el tribunal dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y registre el perfil genético de Guazzora en el Banco Nacional de Datos Genéticos, en cumplimiento de la Ley N°26.879, que regula el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Este procedimiento busca garantizar que individuos condenados por delitos sexuales sean adecuadamente identificados en el futuro.

La investigación se originó tras una denuncia de la Organización No Gubernamental Red Alto al Tráfico y la Trata (RATT) de Argentina ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX). Según los detalles revelados en el juicio, Guazzora ofrecía dinero, drogas u otros bienes a la madre de la adolescente a cambio de permitirle mantener relaciones sexuales con la menor. La gravedad del caso se incrementa al considerar que los actos fueron planificados y ejecutados con frialdad y premeditación.

La madre fue detenida el 13 de agosto de 2023 en una escuela de la avenida Belgrano al 1300, durante las elecciones PASO, mientras que Guazzora estuvo prófugo por más de dos meses. Fue localizado en octubre por la Secretaría de Captura de Prófugos (SeCaP) en una vivienda del partido bonaerense de Merlo. La captura de Guazzora marcó el fin de una intensa búsqueda liderada por la Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (UFECRI), a cargo del fiscal José María Campagnoli.

El juicio oral comenzó el 11 de septiembre y estuvo a cargo de la Fiscalía N°15, representada por la fiscal general Ana Helena Díaz Cano y el auxiliar fiscal Leandro D’Ascenzo. Durante el proceso, se presentaron pruebas clave, como mensajes en los que Guazzora solicitaba menores para mantener relaciones sexuales y transferencias bancarias realizadas a la madre de la víctima. Estos mensajes incluyeron también detalles sobre el pago de 100 mil pesos por un “encuentro íntimo” con la adolescente. Además, se ponderó el testimonio de la adolescente y su identificación del lugar del abuso, que resultaron determinantes para la condena.

Según la acusación, entre marzo y abril de 2023, la madre llevó a su hija a la casa de Guazzora, donde éste le habría administrado una sustancia en su bebida que la dejó adormecida, mientras la madre consumía estupefacientes provistos por el condenado. En ese contexto, se produjo el abuso sexual. La fiscalía había solicitado 18 años de prisión para ambos acusados, incluyendo cargos por corrupción de menores, pero el tribunal determinó penas menores.

“Tengo la tranquilidad de que soy inocente de lo que se me está causando. Creo en la Justicia”, declaró Guazzora en sus últimas palabras antes de la sentencia. Sin embargo, los jueces dictaron su condena por unanimidad. Los fundamentos del fallo serán publicados el próximo 6 de febrero. Por otro lado, la defensa de Guazzora ya ha anunciado su intención de apelar la sentencia, argumentando que las pruebas presentadas “no son concluyentes y que existe un sesgo en la interpretación de los hechos”.

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Villaverde volvió a ser demandada y enfrenta un embargo de $31 millones por vender lotes ilegales

La diputada nacional por Río Negro de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, volvió a quedar en el centro de un conflicto judicial por la venta de terrenos sin escrituración ni servicios básicos en la zona de San Antonio Oeste – Las Grutas. En las últimas horas ingresó una nueva demanda civil por daños y perjuicios en el marco de la ley de Defensa del Consumidor, con un embargo preventivo que supera los 31 millones de pesos y que podría extenderse si avanza la causa a unos 100 millones de pesos.

La presentación fue radicada en el juzgado Civil y Comercial Nro. 9 de San Antonio Oeste a cargo de la jueza titular, Vanessa Kozaczuk, que actualmente se encuentra de licencia, causa fue derivada a la Unidad Jurisdiccional Subrogante Nro. 1, actualmente a cargo de la doctora Julieta Noel Díaz, quien deberá definir los primeros pasos del expediente, entre ellos el tratamiento de las medidas solicitadas.

La demanda está vinculada al loteo denominado “Tajamar”, un emprendimiento inmobiliario que desde hace tiempo acumula denuncias de compradores por presuntos incumplimientos contractuales. La acción fue impulsada por el estudio jurídico Santos & Arizcuren, de Viedma, en representación de un adquirente que firmó un contrato de compraventa el 23 de septiembre de 2020 por un lote de 465,80 metros cuadrados.

Según consta en la presentación judicial, el precio pactado fue de 1.650.000 pesos, abonado mediante un anticipo y un plan de financiación en 120 cuotas mensuales. La demanda sostiene que el comprador cumplió de manera regular y sostenida con sus obligaciones, llegando a pagar un total de 3.269.800 pesos, tal como surge de los comprobantes acompañados al expediente.

Del otro lado, la parte vendedora no habría cumplido con ninguno de los compromisos asumidos. En particular, se remarca el incumplimiento de las obras de infraestructura básicas prometidas en el contrato: apertura y enripiado de calles, provisión de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. Dichas obras debían ejecutarse en un plazo máximo de diez meses, con una prórroga excepcional de seis meses, plazos que se encuentran largamente vencidos.

De acuerdo al escrito, el lote permanece hasta hoy sin servicios, sin condiciones urbanísticas mínimas y sin ningún avance en el proceso de escrituración, lo que lo convierte en un bien inutilizable desde el punto de vista legal y material. Ante esta situación, el comprador llamado Alejandro Kanjer, notificó formalmente el ejercicio del derecho de retención de pago y comunicó la rescisión del contrato por culpa exclusiva de la vendedora, conforme al Código Civil y Comercial de la Nación.

Uno de los puntos más sensibles del planteo judicial es la situación administrativa del emprendimiento. Los abogados sostienen que el loteo “Tajamar” carece de aprobación formal por parte de la municipalidad de San Antonio Oeste: no existiría ordenanza habilitante, inscripción catastral, trazado urbano aprobado ni apertura formal de calles. Estas omisiones impedirían la obtención de permisos de edificación, la factibilidad de servicios y la posterior escrituración de los lotes vendidos.

Según la demanda, estas irregularidades eran conocidas por la vendedora Lorena Villaverde que ya tiene reiteradas demandas y que fueron deliberadamente omitidas al momento de la firma del contrato, lo que agrava el incumplimiento y fundamenta el pedido de rescisión, restitución del dinero actualizado y la aplicación de daños punitivos previstos en la legislación de defensa del consumidor.

La nueva causa se suma a un cúmulo de demandas y medidas judiciales previas vinculadas al mismo emprendimiento inmobiliario. En los últimos meses, Villaverde ya fue alcanzada por embargos preventivos millonarios y por acciones colectivas iniciadas por otros compradores que denunciaron un esquema reiterado de venta de lotes sin habilitación municipal, sin servicios y sin posibilidades reales de escrituración.

*Fuente: REALPOLITIK (Luciano Barroso)

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