Condenaron al líder de ultraizquierda Alejandro Bodart por promover el antisemitismo

En una serie de tuits calificó a Israel como un “estado racista y genocida” y comparó al sionismo con el nazismo. Inicialmente había sido absuelto, pero la Cámara revocó el fallo y lo condenó a seis meses de prisión en suspenso.
rafaela-biazi-470405-unsplash.jpg
10 Years Experiences

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

La Cámara Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó al dirigente del Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Alejandro Bodart, a seis meses de prisión en suspenso por incitar a la discriminación contra la comunidad judía. El fallo, que revocó una absolución en primera instancia, se produjo por una serie de publicaciones realizadas por Bodart en la red social Twitter en mayo de 2022, donde comparó al “sionismo” con el nazismo y calificó a Israel como un “estado genocida”. 

El tribunal, compuesto por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larroca, dictó el fallo por mayoría. Mientras que Larroca sostuvo que las expresiones de Bodart se encontraban amparadas por la libertad de expresión, Mahiques y Franza concluyeron que los mensajes constituían incitación al odio y discriminación. “Bajo el ropaje de críticas legítimas, despliega un arsenal discursivo discriminatorio que contiene una comparación del movimiento político sionista con el nazismo”, afirmó el juez Mahiques en su voto.

La decisión también destacó que las publicaciones de Bodart “niegan el derecho del Estado de Israel a existir y postulan que la comunidad judía ocupa un territorio que le pertenece a otro pueblo”, lo que adquiere “la cualidad discriminatoria por el modo en que se expresan las palabras”. Estas declaraciones, según los jueces, “proporcionan las bases para deslegitimar la existencia de Israel y promueven la afectación de derechos de un grupo vulnerado”.

El fallo de 150 páginas incluye también referencias a la definición de antisemitismo adoptada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), la cual fue incorporada por Argentina en 2020. Esta definición señala que negar el derecho del pueblo judío a la autodeterminación, como sucedió en las publicaciones de Bodart, puede constituir antisemitismo.

Los mensajes que motivaron la denuncia fueron publicados por Bodart en mayo de 2022. En uno de ellos, escribió: “Sionistas=Nazis”, acompañado de un emoticón ofensivo. Días después, publicó: “74 años de la catástrofe que vive el pueblo palestino a manos del Estado racista y genocida de Israel. La llave, símbolo de sus casas y tierras robadas, está presente en cada lucha. Por una Palestina laica y democrática, del río al mar”. La DAIA denunció estas expresiones y solicitó su retractación, algo que Bodart rechazó, acusando a la organización de intentar acallar críticas.

El dirigente también publicó: “El pueblo palestino resiste. Apoyar su heroica lucha es también desnudar las mentiras del sionismo, el imperialismo y sus voceros. Los ataques a quienes defendemos la causa palestina no nos silencian: nos confirman que estamos en lo correcto. El Estado de Israel es genocida”. Estas declaraciones fueron interpretadas por el tribunal como un llamado a la violencia y la hostilidad.

Durante el juicio, testigos de ambas partes aportaron visiones contrapuestas. Representantes de la DAIA y del Centro Simon Wiesenthal calificaron las expresiones como antisemitas y como parte de un discurso de odio. Ariel Gelblung, director del Centro Wiesenthal para América Latina, declaró que “la comparación de sionismo con nazismo es perversa en extremo” y argumentó que dicha analogía distorsiona la historia y banaliza el Holocausto. Según Gelblung, “poner en pie de igualdad a un movimiento de autodeterminación nacional con un proyecto racista de aniquilación es un acto que fomenta el odio”.

En contraste, figuras como Myriam Bregman, Adolfo Pérez Esquivel y Naum Briski defendieron a Bodart, argumentando que sus dichos constituían una crítica política y no un ataque a la comunidad judía.

Bodart anunció que apelárá el fallo hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, calificándolo como un acto de “autoritarismo”. Según sus abogados, la condena aún no tiene carácter definitivo, ya que falta cumplir el doble conforme. “El aparato sionista ha domesticado parte de la justicia para acallar toda crítica al Estado de Israel”, declaró el dirigente en un comunicado.

Por su parte, Ariel Gelblung, del Centro Wiesenthal, sostuvo que el fallo establece un precedente significativo. “Este caso marca un límite claro: la libertad de expresión no puede ser excusa para discursos de odio”, afirmó. Además, subrayó la importancia de incorporar la definición de la IHRA como interpretativa de la Ley Antidiscriminatoria, algo que consideró como un avance clave para prevenir futuros casos similares.

En los próximos meses, se espera que la apelación presentada por los abogados de Bodart, entre ellos María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, abra nuevos debates en instancias superiores. Entretanto, el dirigente continúa defendiendo su postura y cuestionando lo que considera una “persecución política y judicial”.

Search

Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.

Villaverde volvió a ser demandada y enfrenta un embargo de $31 millones por vender lotes ilegales

La diputada nacional por Río Negro de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, volvió a quedar en el centro de un conflicto judicial por la venta de terrenos sin escrituración ni servicios básicos en la zona de San Antonio Oeste – Las Grutas. En las últimas horas ingresó una nueva demanda civil por daños y perjuicios en el marco de la ley de Defensa del Consumidor, con un embargo preventivo que supera los 31 millones de pesos y que podría extenderse si avanza la causa a unos 100 millones de pesos.

La presentación fue radicada en el juzgado Civil y Comercial Nro. 9 de San Antonio Oeste a cargo de la jueza titular, Vanessa Kozaczuk, que actualmente se encuentra de licencia, causa fue derivada a la Unidad Jurisdiccional Subrogante Nro. 1, actualmente a cargo de la doctora Julieta Noel Díaz, quien deberá definir los primeros pasos del expediente, entre ellos el tratamiento de las medidas solicitadas.

La demanda está vinculada al loteo denominado “Tajamar”, un emprendimiento inmobiliario que desde hace tiempo acumula denuncias de compradores por presuntos incumplimientos contractuales. La acción fue impulsada por el estudio jurídico Santos & Arizcuren, de Viedma, en representación de un adquirente que firmó un contrato de compraventa el 23 de septiembre de 2020 por un lote de 465,80 metros cuadrados.

Según consta en la presentación judicial, el precio pactado fue de 1.650.000 pesos, abonado mediante un anticipo y un plan de financiación en 120 cuotas mensuales. La demanda sostiene que el comprador cumplió de manera regular y sostenida con sus obligaciones, llegando a pagar un total de 3.269.800 pesos, tal como surge de los comprobantes acompañados al expediente.

Del otro lado, la parte vendedora no habría cumplido con ninguno de los compromisos asumidos. En particular, se remarca el incumplimiento de las obras de infraestructura básicas prometidas en el contrato: apertura y enripiado de calles, provisión de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. Dichas obras debían ejecutarse en un plazo máximo de diez meses, con una prórroga excepcional de seis meses, plazos que se encuentran largamente vencidos.

De acuerdo al escrito, el lote permanece hasta hoy sin servicios, sin condiciones urbanísticas mínimas y sin ningún avance en el proceso de escrituración, lo que lo convierte en un bien inutilizable desde el punto de vista legal y material. Ante esta situación, el comprador llamado Alejandro Kanjer, notificó formalmente el ejercicio del derecho de retención de pago y comunicó la rescisión del contrato por culpa exclusiva de la vendedora, conforme al Código Civil y Comercial de la Nación.

Uno de los puntos más sensibles del planteo judicial es la situación administrativa del emprendimiento. Los abogados sostienen que el loteo “Tajamar” carece de aprobación formal por parte de la municipalidad de San Antonio Oeste: no existiría ordenanza habilitante, inscripción catastral, trazado urbano aprobado ni apertura formal de calles. Estas omisiones impedirían la obtención de permisos de edificación, la factibilidad de servicios y la posterior escrituración de los lotes vendidos.

Según la demanda, estas irregularidades eran conocidas por la vendedora Lorena Villaverde que ya tiene reiteradas demandas y que fueron deliberadamente omitidas al momento de la firma del contrato, lo que agrava el incumplimiento y fundamenta el pedido de rescisión, restitución del dinero actualizado y la aplicación de daños punitivos previstos en la legislación de defensa del consumidor.

La nueva causa se suma a un cúmulo de demandas y medidas judiciales previas vinculadas al mismo emprendimiento inmobiliario. En los últimos meses, Villaverde ya fue alcanzada por embargos preventivos millonarios y por acciones colectivas iniciadas por otros compradores que denunciaron un esquema reiterado de venta de lotes sin habilitación municipal, sin servicios y sin posibilidades reales de escrituración.

*Fuente: REALPOLITIK (Luciano Barroso)

HUMOR por Argüelles​

LO MÁS IMPORTANTE

Congreso | La Libertad Avanza y el kirchnerismo sellaron una alianza para blindarse de auditorías

En una maniobra de madrugada que dinamitó su relación con los aliados, el oficialismo pactó con Unión por la Patria y los gobernadores el reparto de cargos en la Auditoría General de la Nación fuera del temario de sesiones extraordinarias. Mientras Javier Milei mantiene su discurso contra la casta, sus alfiles negociaron con el peronismo el control del organismo que debe auditar al Estado, violando la Constitución Nacional para garantizarse mutua protección.

SEGUIR LEYENDO

TWEET DEL DÍA

Tevero liberavisse
comprehensam nec.

Copyright 2023 © Data 24 - Todos los derechos reservados
Data 24.com.ar © Copyright 2025

Subscribe Now