Casal dictaminó que la reelección indefinida de Insfrán en Formosa es inconstitucional

El procurador general sostuvo que perpetuar el poder vulnera los principios republicanos y erosiona la separación de poderes. Insfrán está en el poder desde 1995.
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El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen contundente: la cláusula de la Constitución de Formosa que permite la reelección indefinida del gobernador es inconstitucional. Este pronunciamiento, no vinculante pero altamente influyente, abre el camino para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva si el artículo 132 de la carta magna provincial vulnera los principios republicanos establecidos por la Constitución Nacional.

Gildo Insfrán, gobernador de Formosa desde 1995, enfrenta un desafío sin precedentes a su permanencia en el poder, tras haber ganado su octavo mandato consecutivo en 2023 con más del 70% de los votos. La oposición, liderada por figuras como los legisladores Gabriela Neme, Fernando Carbajal y el senador Francisco Paoltroni, presentó amparos que cuestionan la constitucionalidad de la norma provincial que habilita reelecciones indefinidas.

En su dictamen, Casal argumentó que “la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes y conspira contra la finalidad propia del Estado de Derecho”. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema y a figuras históricas como Juan Bautista Alberdi, quien advirtió que permitir la reelección indefinida es “una revolución sin ruido”, el procurador concluyó que la periodicidad y renovación de los mandatos son esenciales para garantizar un sistema republicano.

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El artículo 132 de la Constitución de Formosa, introducido en una reforma en 2003, permite que el gobernador y vicegobernador sean reelegidos sin limitaciones. Casal explicó que esta disposición contradice el artículo 5° de la Constitución Nacional, que exige que las provincias respeten el sistema representativo y republicano. Además, recordó el precedente de otros fallos de la Corte que limitaron reelecciones en provincias como San Juan, Tucumán y Río Negro.

Insfrán, de 73 años de edad, respondió estratégicamente al escenario adverso que le plantea la Justicia. En octubre pasado, presentó un proyecto de ley para reformar la Constitución provincial, lo que podría incluir una revisión del artículo 132. Si la reforma es aprobada por la legislatura oficialista, una Convención Constituyente tendría hasta 12 meses para convocarse y modificar la carta magna, aunque el procurador desestimó que esto convierta el caso en abstracto.

La Corte Suprema de Justicia tiene ahora la palabra final. Su decisión no solo determinará el futuro político de Insfrán, sino también sentará un precedente sobre los límites al poder en las provincias.

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Villaverde volvió a ser demandada y enfrenta un embargo de $31 millones por vender lotes ilegales

La diputada nacional por Río Negro de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, volvió a quedar en el centro de un conflicto judicial por la venta de terrenos sin escrituración ni servicios básicos en la zona de San Antonio Oeste – Las Grutas. En las últimas horas ingresó una nueva demanda civil por daños y perjuicios en el marco de la ley de Defensa del Consumidor, con un embargo preventivo que supera los 31 millones de pesos y que podría extenderse si avanza la causa a unos 100 millones de pesos.

La presentación fue radicada en el juzgado Civil y Comercial Nro. 9 de San Antonio Oeste a cargo de la jueza titular, Vanessa Kozaczuk, que actualmente se encuentra de licencia, causa fue derivada a la Unidad Jurisdiccional Subrogante Nro. 1, actualmente a cargo de la doctora Julieta Noel Díaz, quien deberá definir los primeros pasos del expediente, entre ellos el tratamiento de las medidas solicitadas.

La demanda está vinculada al loteo denominado “Tajamar”, un emprendimiento inmobiliario que desde hace tiempo acumula denuncias de compradores por presuntos incumplimientos contractuales. La acción fue impulsada por el estudio jurídico Santos & Arizcuren, de Viedma, en representación de un adquirente que firmó un contrato de compraventa el 23 de septiembre de 2020 por un lote de 465,80 metros cuadrados.

Según consta en la presentación judicial, el precio pactado fue de 1.650.000 pesos, abonado mediante un anticipo y un plan de financiación en 120 cuotas mensuales. La demanda sostiene que el comprador cumplió de manera regular y sostenida con sus obligaciones, llegando a pagar un total de 3.269.800 pesos, tal como surge de los comprobantes acompañados al expediente.

Del otro lado, la parte vendedora no habría cumplido con ninguno de los compromisos asumidos. En particular, se remarca el incumplimiento de las obras de infraestructura básicas prometidas en el contrato: apertura y enripiado de calles, provisión de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. Dichas obras debían ejecutarse en un plazo máximo de diez meses, con una prórroga excepcional de seis meses, plazos que se encuentran largamente vencidos.

De acuerdo al escrito, el lote permanece hasta hoy sin servicios, sin condiciones urbanísticas mínimas y sin ningún avance en el proceso de escrituración, lo que lo convierte en un bien inutilizable desde el punto de vista legal y material. Ante esta situación, el comprador llamado Alejandro Kanjer, notificó formalmente el ejercicio del derecho de retención de pago y comunicó la rescisión del contrato por culpa exclusiva de la vendedora, conforme al Código Civil y Comercial de la Nación.

Uno de los puntos más sensibles del planteo judicial es la situación administrativa del emprendimiento. Los abogados sostienen que el loteo “Tajamar” carece de aprobación formal por parte de la municipalidad de San Antonio Oeste: no existiría ordenanza habilitante, inscripción catastral, trazado urbano aprobado ni apertura formal de calles. Estas omisiones impedirían la obtención de permisos de edificación, la factibilidad de servicios y la posterior escrituración de los lotes vendidos.

Según la demanda, estas irregularidades eran conocidas por la vendedora Lorena Villaverde que ya tiene reiteradas demandas y que fueron deliberadamente omitidas al momento de la firma del contrato, lo que agrava el incumplimiento y fundamenta el pedido de rescisión, restitución del dinero actualizado y la aplicación de daños punitivos previstos en la legislación de defensa del consumidor.

La nueva causa se suma a un cúmulo de demandas y medidas judiciales previas vinculadas al mismo emprendimiento inmobiliario. En los últimos meses, Villaverde ya fue alcanzada por embargos preventivos millonarios y por acciones colectivas iniciadas por otros compradores que denunciaron un esquema reiterado de venta de lotes sin habilitación municipal, sin servicios y sin posibilidades reales de escrituración.

*Fuente: REALPOLITIK (Luciano Barroso)

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