El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen contundente: la cláusula de la Constitución de Formosa que permite la reelección indefinida del gobernador es inconstitucional. Este pronunciamiento, no vinculante pero altamente influyente, abre el camino para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva si el artículo 132 de la carta magna provincial vulnera los principios republicanos establecidos por la Constitución Nacional.
Gildo Insfrán, gobernador de Formosa desde 1995, enfrenta un desafío sin precedentes a su permanencia en el poder, tras haber ganado su octavo mandato consecutivo en 2023 con más del 70% de los votos. La oposición, liderada por figuras como los legisladores Gabriela Neme, Fernando Carbajal y el senador Francisco Paoltroni, presentó amparos que cuestionan la constitucionalidad de la norma provincial que habilita reelecciones indefinidas.
En su dictamen, Casal argumentó que “la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes y conspira contra la finalidad propia del Estado de Derecho”. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema y a figuras históricas como Juan Bautista Alberdi, quien advirtió que permitir la reelección indefinida es “una revolución sin ruido”, el procurador concluyó que la periodicidad y renovación de los mandatos son esenciales para garantizar un sistema republicano.
El artículo 132 de la Constitución de Formosa, introducido en una reforma en 2003, permite que el gobernador y vicegobernador sean reelegidos sin limitaciones. Casal explicó que esta disposición contradice el artículo 5° de la Constitución Nacional, que exige que las provincias respeten el sistema representativo y republicano. Además, recordó el precedente de otros fallos de la Corte que limitaron reelecciones en provincias como San Juan, Tucumán y Río Negro.
Insfrán, de 73 años de edad, respondió estratégicamente al escenario adverso que le plantea la Justicia. En octubre pasado, presentó un proyecto de ley para reformar la Constitución provincial, lo que podría incluir una revisión del artículo 132. Si la reforma es aprobada por la legislatura oficialista, una Convención Constituyente tendría hasta 12 meses para convocarse y modificar la carta magna, aunque el procurador desestimó que esto convierta el caso en abstracto.
La Corte Suprema de Justicia tiene ahora la palabra final. Su decisión no solo determinará el futuro político de Insfrán, sino también sentará un precedente sobre los límites al poder en las provincias.
–