Alberto Fernández se reunió con Gloria Romero luego de pedir por la reelección de Capitanich
La reunión había sido pactada de antemano y solicitada por Gloria Romero, quien aseguró que fue un encuentro esperanzador.
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Tras dos meses de conmoción por el asesinato de Cecilia Strzyzowski, Alberto Fernández aceptó reunirse con Gloria Romero, la madre de la víctima. El encuentro se realizó luego del Congreso Internacional sobre Discapacidad, que se efectuó en Resistencia (Chaco) y había sido pactado con anterioridad.
La reunión duró más de dos horas y se realizó en el Aeropuerto de la provincia, antes de que el Jefe de Estado regresara a la Ciudad de Buenos Aires. “La escuché con mucha atención. Todos queremos que se haga Justicia y que los responsables de tan brutal crimen sean juzgados y condenados“, afirmó Fernández al medio Infobae.
Si bien Romero se mostró contenta tras el encuentro y calificó la reunión como “esperanzadora”, aseguró que se reunió con el Presidente como “un vecino más”. Además comentó que prefirió que no se trasmitiera en los medios los detalles del encuentro para no politizarla. “No queríamos que se mezcle la política: él se reunió conmigo como vecino más, lo mismo pasó con Larreta y Bullrich; y a todos les aclaré que no los voy a votar”, afirmó.
Sobre los detalles, precisó que le pidió a Fernández que “intervenga en la Justicia”. El mismo pedido que había sido elevado por varias diputadas de Juntos por el Cambio hace una semana a pedido de Romero.
Por último volvió a ratificar: “No busco votos, sino Justicia”. “Por eso voy a hablar con todos los que quieran ayudarme a lograr justicia, no voy a militar para nadie ni voy a hacer política para nadie”.
*Fuente: Periodismo y Punto
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Una nueva controversia se instaló en la provincia de Santa Fe luego de que trascendiera que el sindicato docente AMSAFE destinaría alrededor de 180 millones de pesos para la realización de un espectáculo musical encabezado por la reconocida banda de cumbia La Delio Valdez.
La iniciativa, impulsada en el marco de una jornada de protesta sindical, despertó cuestionamientos de distintos sectores políticos y sociales, que consideran que los recursos del gremio deberían estar orientados prioritariamente a la defensa de los trabajadores de la educación y al fortalecimiento de los reclamos salariales.
Las voces más críticas sostienen que la contratación del espectáculo se produce en un contexto marcado por conflictos laborales, medidas de fuerza y reiteradas suspensiones de clases que afectan a miles de estudiantes santafesinos. Desde esos sectores aseguran que “los gremios deberían concentrar sus esfuerzos en la representación de los docentes y en la búsqueda de soluciones concretas para la educación”, en lugar de destinar importantes sumas de dinero a eventos masivos.
Juan Monteverde y Caren Tepp, referentes de la izquierda aliada al kirchnerismo provincial, acompañaron el ‘acto’ de la AMSAFE. “Fue emocionante encontrarme con docentes de distintos rincones de Santa Fe que, a pesar de los salarios que no alcanzan, del desgaste y de la falta de respuestas, siguen sosteniendo todos los días nuestras escuelas” dijo Tepp, ganándose luego el repudio de las voces críticas por el presunto gasto millonario que se despilfarró.
El cruce duró poco más de un minuto y dio la vuelta a la provincia. Una mujer encaró al gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, durante una actividad pública y le reclamó, cara a cara, por la situación salarial. Frente a las cámaras, la mujer aseguró que cobraba $720.000, que ese sueldo “no le alcanza para vivir” y que “tiene que endeudarse para poder comer”. El video se volvió material caliente en redes en cuestión de horas.
La protagonista fue identificada como María Teresa Gutiérrez Prane. Desde ahí, la escena se complicó. Horas después del episodio empezaron a circular en redes capturas la liquidación de haberes atribuida a la docente. Según esos documentos, no cobraría un sueldo sino dos: ambos dentro de la administración pública provincial.
Las cifras que muestran esas planillas están lejos de los 720 mil que ella planteó en cámara ante el gobernador. Uno de los haberes correspondería al Ministerio de Educación (E.G.B., categoría 11), por $841.842,04. El segundo lo abonaría la Unidad Ejecutora Provincial, la UEP-MP, categoría 10, por $1.262.812,97. Sumados, los dos conceptos dan un bruto de $2.104.655,01, una cifra que casi triplica el monto que la mujer denunció. Según esa misma documentación, incluso con todos los descuentos de ley aplicados (obra social y aportes) el bolsillo quedaría muy por encima de lo que ella dijo cobrar.
Ese contraste suma otra capa cuando se mira hacia atrás. Una nota publicada por LU20 Radio Chubut el 7 de abril de 2026 menciona a una María Teresa Gutiérrez Prane en un rol que la coincidencia de nombre vuelve difícil de ignorar: delegada gremial de la Subsecretaría de Financiamiento y Comercio del Ministerio de Producción. En ese artículo, la dirigente encabezaba un reclamo que llevaba más de dos meses por el pago desigual de un adicional por desempeño. Denunciaba que se abonarían 600 mil pesos en varios tramos a un grupo reducido de empleados, integrado, según ella, mayormente por funcionarios cercanos al ministro, incluida su secretaria privada. Calificó ese adicional como ilegal y dijo que benefició de forma indistinta a un grupo muy pequeño.
En aquel relato, la delegada recordaba que un mes antes habían mantenido una reunión con el ministro Juan Pavón, donde elaboraron una propuesta para equiparar el adicional, y que después de ese encuentro no volvieron a juntarse. También señalaba que el funcionario atribuía la situación a la gestión anterior, encabezada por Laura Mirantes, a quien los trabajadores apuntaban como origen del esquema y a quien la propia dirigente cuestionó por su proyección electoral hacia el sillón de Moreno 650.
Por lo demás, la figura que evoca la nota de citado medio de la provincia de Chubut, lejos de ser el de una trabajadora aislada que improvisa un reclamo, tematiza el de una dirigente sindical con militancia activa, encuadrada, con conflictos abiertos y lectura política de la interna provincial. El mismo nombre que, semanas después, increpó al gobernador en cámara por un sueldo de 720 mil pesos.
La música argentina despide a Fernando Rabih, cantautor, compositor, escritor y psicólogo que dejó una profunda huella a través de su obra artística y de su mirada poética sobre la canción popular. Fue el fundador de La Surca, proyecto musical que logró construir una identidad propia al fusionar sonidos rioplatenses, latinoamericanos y de raíces españolas, siempre con la palabra y la sensibilidad como ejes centrales de su propuesta.
Video del tema de La Surca “A Ningún Lugar” (Fernando Rabih) De la película “El destino del Lukong” dirigida por Gonzalo Roldán, con la participación de Ricardo Darín, Petinatto, Lalo Mir, Eduardo de la Puente, Andy Kutsnesoff, Mariano Martinez, Eugenia Tobal, Arnaldo André, Emilio Disi, Matías Martin, Lola Berthez, etc.
Rabih fue la voz, el autor de las letras y uno de los principales compositores de una agrupación que encontró en el candombe, el tango, la balada y el flamenco un punto de encuentro para desarrollar un lenguaje musical singular. En una de sus formaciones más reconocidas estuvo acompañado por Federico Mizrahi en piano, arreglos y dirección musical, y por Horacio Burgos en guitarra y arreglos, consolidando una etapa muy valorada por el público y la crítica.
Video del tema “Andaluza” (Letra y Música Fernando Rabih) Guitarra Horacio Burgos. Voz Fernando Rabih. Perteneciente al Cd de La Surca “Otra Sangre”. Filmado en Sevilla… Gracias querido Galle por acompañarme a ese paseo sevillano cámara en mano.
A lo largo de su trayectoria editó junto a La Surca los discos “Solos en Madrid”, “Otra sangre” y “Conjuro de medianoche”, además de crear canciones que se transformaron en referencias de su repertorio, como “Luna gitana”, “A ningún lugar”, “Andaluza” y “Por si el olvido”, esta última grabada junto a La Bruja Salguero. También compartió escenarios con grandes figuras de la música internacional, participando como grupo invitado en conciertos de Compay Segundo y acompañando a Silvio Rodríguez en distintas presentaciones en Argentina.
Su creatividad trascendió el ámbito estrictamente musical y se extendió al cine, la televisión, las artes escénicas y la literatura. Compuso bandas sonoras, colaboró en proyectos teatrales y audiovisuales y fue coautor de una novela junto a José Luis Juresa. Desde el Instituto Nacional de la Música expresaron su pesar por la pérdida y destacaron el valioso aporte cultural que Rabih realizó a lo largo de su vida, acompañando a sus familiares, amigos y seres queridos en este momento de profundo dolor.
Artista Invitada: Fernanda de Córdoba. Letra y música: Fernando Rabih. Arreglos y Dirección musical: Federico Mizrahi. Guitarra: Paco Iglesias. Percusión: Nano Peña. Bajo: Norberto Córdoba. Batería: Fabian Miodownik. Trompeta: Fernando Ciancio. Saxo: Víctor Carrión. Trombón: Ivan Barrios. Grabado entre Andalucía y Buenos Aires.
Mientras el fervor popular se concentraba en la semifinal del Mundial contra Inglaterra, ese foco mediático fue aprovechado por el Gobierno nacional para concretar una medida estratégica de alto impacto. En la antesala del encuentro, Javier Milei oficializó la entrega de áreas clave del Mar Argentino para la explotación de hidrocarburos.
El instrumento elegido fue el Decreto 590/26, publicado en el Boletín Oficial del miércoles 15 de julio. La norma instruye a la Secretaría de Energía a convocar a un concurso público internacional para otorgar un permiso de exploración y explotación sobre el área CAN 200, una zona estratégica de costa afuera de aproximadamente 5.000 km2.
La decisión desnuda una paradoja política: mientras el oficialismo mantiene un discurso de supuesta confrontación con el Reino Unido en el marco de la disputa por la soberanía de las Islas Malvinas, por vía administrativa la letra de este decreto habilita a una empresa británica a instalarse en aguas nacionales.
El movimiento no parece casual. La publicación del decreto en un momento de distracción social masiva evita el escrutinio público sobre una medida que, de otra forma, habría despertado una reacción inmediata por su carga simbólica y geopolítica.
Parte del decreto firmado por Javier Milei, Luis “Toto” Caputo y Diego Santilli.
El beneficiario y la jurisdicción
La empresa protagonista de esta maniobra es Challenger Energy Group PLC. Se trata de una firma de origen británico, con sede operativa y legal en la Isla de Man, un territorio reconocido mundialmente como una plaza financiera de baja o nula tributación, lo que en la jerga se conoce como un “paraíso fiscal”.
La compañía presentó su manifestación de interés el 14 de febrero de 2025. Su objetivo es claro: el área CAN 200, situada a 350 kilómetros de la costa de Mar del Plata. Challenger Energy busca posicionarse en el margen atlántico mediante la adquisición de licencias de exploración de bajo costo y alto impacto.
Ubicación del área a explotar por los ingleses, diagrama elaborado por el Ejecutivo Nacional.
En su estrategia global, la firma se encuentra en una fase de reestructuración profunda. Desprendiéndose de sus activos terrestres, la petrolera británica ha concentrado su apuesta en la explotación offshore en el Cono Sur, con intereses operativos en Uruguay, Bahamas, Surinam y Trinidad y Tobago. Hoy, gracias a la rúbrica de Milei y sus ministros, Argentina se suma a esa lista de activos bajo la lupa de una corporación que cotiza en la Bolsa de Londres.
Ubicación geográfica de Isla de Man, de tan sólo 50 km de largo por 18 km de ancho.
El conflicto de intereses
La coincidencia geográfica entre los intereses de Challenger Energy Group PLC y la arquitectura financiera del ministro de Economía, Luis Caputo, no pasa desapercibida. La Isla de Man es, precisamente, la plaza elegida por Caputo para gestionar parte de su patrimonio declarado.
Esta superposición entre el beneficiario del decreto y el destino de los fondos del ministro responsable de la firma pone sobre la mesa un interrogante ineludible sobre posibles conflictos de interés. Mientras el Estado convoca a un concurso para una petrolera británica, los ojos del mundo financiero observan la trazabilidad de los activos que gestiona quien impulsa la medida.
El Gobierno, en su afán por atraer inversiones, parece ignorar la opacidad que rodea a estas plazas financieras. La pregunta que surge es si la licitación responde a una política de desarrollo nacional o a una conveniencia funcional entre quienes gestionan los hilos del Estado y la jurisdicción donde se resguarda su capital personal.
Javier Milei junto a Luis “Toto” Caputo, su Ministro de Economía.
La letra chica y la soberanía
El Decreto 590/26 no sólo abre la puerta a la exploración británica, sino que garantiza condiciones blindadas para el inversor. El texto oficial autoriza expresamente la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales, asegurando que cualquier conflicto futuro se dirima fuera de los juzgados argentinos.
Esta cláusula, que coloca a la justicia nacional en un segundo plano, se complementa con un listado detallado de bienes estatales que mantienen su inmunidad de ejecución. Sin embargo, este resguardo de activos parece ser una medida preventiva técnica, mientras que el control del recurso hidrocarburífero queda sujeto a marcos legales internacionales y arbitrajes extranjeros. En la práctica, esto implica que, ante cualquier desavenencia, la empresa británica tendrá la cancha inclinada a su favor en tribunales foráneos.
Esta entrega de soberanía jurídica se contrapone con el potencial que el país tiene para fortalecer su reclamo territorial. Al ceder la jurisdicción a entes externos, el Gobierno renuncia a una de las herramientas soberanas más valiosas para el desarrollo de su plataforma continental.
Contexto de tensiones
La licitación coincide con una fuerte tensión diplomática: mientras la Cancillería protestaba formalmente por la incursión ilegal del buque británico HMS Medway en nuestro mar, el Ejecutivo firmaba el decreto que abre la puerta a otra firma británica.
Mientras el oficialismo relativiza el valor simbólico de la disputa, la realidad administrativa del Boletín Oficial es contundente: el Ejecutivo prioriza la cesión de recursos y soberanía jurídica a actores británicos en pleno conflicto por la integridad territorial.
José Néstor Prado, exinspector de nivel secundario con jurisdicción en Ramallo, Provincia de Buenos Aires, continúa figurando como personal activo en la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense pese tener una pena firme por abuso sexual agravado desde 2019.
Prado estuvo cumpliendo su condena en prisión, junto a la docente implicada Mariela Alejandra Elisa Gálvez, hasta que él recuperó la libertad en octubre de 2025, posiblemente por haber cumplido los dos tercios de la pena, que es el requisito habitual para acceder a la libertad condicional en Argentina. Desde ese momento, comenzó a reaparecer como personal activo en el sistema informático de la DGCyE.
– José Prado y María Gálvez
Prado se desempeñaba en su labor de inspector de educación secundaria en el norte bonaerense. Fue detenido e imputado por abuso sexual y, tras el proceso judicial, recibió una condena a diez años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia quedó firme en 2019, lo que significa que agotó todas las instancias de apelación posibles y adquirió carácter definitivo e inapelable. Ese fundamento de “firme” es crucial, porque implica que no existe ninguna duda jurídica sobre su culpabilidad.
Aquí aparece uno de los elementos más llamativos del caso. El procedimiento para exonerar a un agente público bonaerense requiere que, antes del acto final, intervenga la Asesoría General de Gobierno para emitir un dictamen jurídico. Según el artículo 80 de la Ley 10.430, cuando la falta puede dar lugar a una sanción expulsiva, “deberá darse intervención a la Asesoría General de Gobierno para que, dentro del plazo de diez días, emita dictamen al respecto”.
En el caso Prado, la Asesoría General de Gobierno dictaminó en abril de 2026 que correspondía exonerarlo. El dictamen, que es una opinión jurídica vinculante que le indica a la autoridad competente cuál es la medida que corresponde, fue claro en argumentar que la exoneración debía efectivizarse. Sin embargo, esa exoneración nunca se concretó.
El dictamen de la Asesoría General de Gobierno requiere primero que la autoridad competente (la DGCyE) dicte un acto administrativo formal —una resolución— que haga efectiva la exoneración. Eso implica que alguien en la cadena jerárquica dentro de la DGCyE debía firmar ese acto y no lo hizo, o lo hizo con una demora inexplicable.
Los plazos son reveladores, siendo que la condena quedó firme en 2019, la Asesoría tardó hasta abril de 2026 en dictaminar (casi 7 años después de la condena firme), y aun así, a julio de 2026, la exoneración no se había materializado. Prado recuperó la libertad en octubre de 2025 y desde entonces volvió a aparecer como activo en el sistema, lo que sugiere que nunca fue dado de baja formal.
Con una condena firme desde 2019, la DGCyE estaba obligada a avanzar con el procedimiento administrativo correspondiente. Eso implicaba iniciar o continuar el sumario disciplinario, incluso si todavía no se hubiera puesto en marcha, tomando la sentencia penal como un hecho ya acreditado. También debía disponer la suspensión preventiva del inspector mientras se desarrollaba el proceso, tal como prevé el propio régimen disciplinario. Una vez reunida toda la documentación, el expediente tenía que ser remitido a la Asesoría General de Gobierno para la emisión del dictamen y, luego de esa instancia, dictarse la resolución de exoneración.
Nada de esto ocurrió en tiempo y forma. El retraso abarca las gestiones de al menos dos directores anteriores del DGCyE, pero también —y esto es lo que genera la interpelación actual— la gestión de la propia directora general de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, Flavia Terigi quien asumió el cargo en diciembre de 2025 luego del acuerdo del Senado bonaerense, y bajo cuya conducción Prado siguió figurando como activo.
La responsabilidad institucional
Flavia Terigi es pedagoga, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA), doctora en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid, y fue designada directora general de la DGCyE por el gobernador Axel Kicillof mediante el Decreto 2891/2025. Asumió en reemplazo de Alberto Sileoni.
Hasta el momento no brindó ninguna explicación al respecto. La DGCyE deberá dar explicaciones, al menos, por tres demoras clave en el caso Prado. La primera es por qué tardó años, desde la condena firme de 2019, en remitir el expediente a la Asesoría General de Gobierno. La segunda, por qué después del dictamen emitido en abril de 2026 la exoneración todavía no se concretó en los meses posteriores. Y la tercera, por qué el sistema informático sigue registrándolo.
El hecho no es excepcional en su mecánica, aunque sí en su gravedad. El sistema disciplinario docente bonaerense es históricamente lento y burocrático. Los sumarios pueden tardar hasta décadas en resolverse, los expedientes quedan estancados en distintos escritorios, y las autoridades jerárquicas muchas veces no impulsan de oficio los procedimientos cuando deberían hacerlo.
A diferencia de otras provincias, como Mendoza (que sancionó en 2025 una ley de “ficha limpia docente” con exoneración e inhabilitación permanente para condenados por delitos sexuales, y creó un registro único de sanciones), la provincia de Buenos Aires no tiene un sistema automático o expedito que vincule una condena penal firme con la baja inmediata del sistema. Todo depende de que los distintos actores de la cadena administrativa cumplan con sus pasos en tiempo y forma.
La DGCyE debe de ejecutar de inmediato el acto administrativo de exoneración, explicar la cadena de responsabilidades que llevó a esta situación y revisar cuántas situaciones similares pueden estar ocurriendo en el vasto sistema educativo bonaerense, que cuenta con más de 300.000 docentes y personal a cargo.
¿Cómo puede un condenado seguir en el sistema?
Para entender primero hay que conocer cómo funciona el sistema disciplinario docente y su lentitud. En Argentina, la responsabilidad penal (ser condenado por un delito) y la responsabilidad administrativa (ser sancionado laboralmente por el Estado empleador) son dos procesos independientes que se tramitan en paralelo. El Código Penal castiga al ciudadano, mientras que el régimen disciplinario del Estado sanciona al empleado público como tal.
Esto significa que una condena penal no produce automáticamente la baja laboral del agente. Para echar a un docente del sistema educativo bonaerense de manera definitiva, la administración debe llevar adelante un sumario administrativo propio con sus propias garantías procesales, y luego dictar un acto administrativo de exoneración firmado por la autoridad competente.
El personal docente bonaerense se rige por la Ley 10.579 (Estatuto del Docente). Este estatuto establece distintas sanciones disciplinarias, siendo la más grave la exoneración, que implica la separación definitiva del servicio y la inhabilitación para ingresar nuevamente al sistema educativo.
El artículo 140 del Estatuto del Docente establece que el sumario administrativo puede correr en paralelo con la causa penal, pero que la resolución final administrativa debe adecuarse a lo que se tenga por probado en la causa penal. Es decir que, si hay condena penal firme, la administración debe tener eso como un hecho probado y actuar en consecuencia.
Para el personal no docente, la Ley 10.430 (Estatuto del Empleado Público bonaerense) es aún más explícita. El artículo 73 establece taxativamente que es causal de exoneración “la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”. Un abuso sexual es, sin lugar a duda, un delito doloso. Bajo ese marco, la exoneración no es discrecional.
El incendio de la región del Cafayate, provincia de Salta, es la demostración clara de acción provocada donde el fuego —originado por la mano humana— destruyó con una intensidad sin precedentes en contextos de cambio climático y recortes presupuestarios al sistema de manejo del fuego.
El fuego se inició el 7 de junio de 2026 en los límites de la Finca El Monte S.A., un predio ubicado en las inmediaciones del aeródromo de Cafayate, sobre la Ruta Nacional 68, en los Valles Calchaquíes. El incendio fue contenido inicialmente el 13 de junio, pero se reactivó días después cuando las ráfagas del viento Zonda —que superaron los 70 km/h— lo reavivaron con violencia. Hasta el 21 de junio, el foco seguía activo, con un total de más de 200 hectáreas arrasadas de bosque nativo y pastizales protegidos.
“La característica de este incendio es que tenemos muchos focos subterráneos, lo que hace dificultoso el control. Hay mucho sistema radicular y muchos árboles caídos. Todo el sector del incendio fue sobre bosque nativo, sobre todo algarrobo, una especie muy longeva y de crecimiento muy lento. Fueron pérdidas totales y es lamentable”, explicó con crudeza el subsecretario de Defensa Civil de Salta, Ignacio Vílchez.
En el operativo intervinieron brigadistas de Defensa Civil, bomberos voluntarios de Cafayate, personal del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, policías provinciales, dos aviones hidrantes y camiones cisterna.
Desde el primer día hubo señales que apuntaban a un origen deliberado. La intendenta de Cafayate, Rita Valeria Guevara, presentó una denuncia formal el 9 de junio ante la fiscalía penal local. La denuncia señalaba que no era la primera vez, ya que en ese mismo predio ya había sido afectado por un incendio en mayo, apenas semanas antes, lo que llevó al municipio a plantear la presunción de intencionalidad.
La fiscal penal Sandra Rojas abrió una investigación para determinar si hubo “causas naturales, acción negligente o una conducta intencional susceptible de configurar el delito de estrago”. Vecinos de la zona declararon haber visto personas desconocidas merodeando la zona del aeródromo y del parque de paneles solares antes del inicio del fuego, y testigos señalaron de manera coincidente las maniobras de un vehículo particular en los límites del predio. La fiscalía también solicitó peritajes satelitales para establecer las coordenadas exactas del punto de ignición.
La empresa propietaria del terreno, Finca El Monte S.A., tiene domicilio legal en Uruguay 1037, Ciudad de Buenos Aires, y sus socios identificados incluyen a Augusti Aiello, Luis Correas, Alfredo Mattei, Juan José Case y Francisco Lávaque. El hecho de que se trate de una empresa con sede porteña propietaria de tierras en una zona protegida de alto valor ecológico alimentó las sospechas de la comunidad local sobre una posible motivación vinculada al uso del suelo o la especulación inmobiliaria.
Ante la magnitud del desastre, el Concejo Deliberante de Cafayate aprobó en sesión especial la Declaración de Emergencia Ambiental por Incendios Forestales en todo el departamento, con una vigencia de 18 meses. La ordenanza reconoce explícitamente que la gravedad supera la capacidad técnica y financiera del municipio, y faculta al Ejecutivo local a prorrogar el estado de emergencia por un plazo idéntico si persisten las condiciones de riesgo.
El artículo 1° de la resolución se enmarca en el artículo 165° de la Ley 7070 de Protección del Medio Ambiente de Salta, que establece que “toda catástrofe ambiental faculta a declarar la zona de influencia bajo estado de emergencia ecológica o ambiental”. El municipio solicitó fondos extraordinarios no reembolsables al gobierno provincial para cubrir los gastos del combate del incendio y financiar la remediación ambiental.
El valor ecológico del algarrobal que se perdió
Lo que se quemó no es cualquier vegetación. El ecosistema de los Valles Calchaquíes en Cafayate está compuesto principalmente por bosques nativos de algarrobo, una de las especies más estratégicas del noroeste argentino. El algarrobo es una especie clave, donde bajo su cobertura se moderan las temperaturas extremas, se reduce la evaporación y se redistribuyen las precipitaciones. Sus raíces fijan nitrógeno al suelo y sus bosques funcionan como “islas de fertilidad”, protegiendo el suelo de la erosión eólica e hídrica.
Estas características hacen del algarrobal la mejor defensa natural contra la desertificación en zonas áridas. Además, el bosque nativo cumple un rol cultural e histórico irremplazable en la región calchaquí. Sus frutos han sido fuente de alimento, bebidas tradicionales y artesanías gastronómicas desde tiempos prehispánicos. El problema es que el algarrobo es, como describió la propia Defensa Civil, de “crecimiento muy lento” y recuperar un bosque maduro de algarrobos tomará décadas, y si los incendios son recurrentes, los árboles perderán su capacidad de regeneración natural y producción de semillas.
La última temporada primavera-verano (octubre 2025 – marzo 2026) dejó una huella devastadora en la Patagonia argentina, dejando casi 70.000 hectáreas de bosque andino patagónico quemadas a causa de cuatro súper incendios. Greenpeace, mediante imágenes satelitales, estimó que la cifra alcanzó 60.845 hectáreas solo en bosques andino-patagónicos, concentradas principalmente en Chubut (60.304 ha), lo que equivale a una superficie equivalente a tres ciudades de Buenos Aires. Esto representó el doble de lo quemado en la temporada anterior, y diez veces el promedio de los años 2022–2024.
La situación fue tan grave que el actual presidente Javier Milei declaró el estado de emergencia y zona de desastre en las provincias de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa en febrero de 2026. En el Parque Nacional Los Alerces (Chubut), un incendio atribuido a la caída de un rayo destruyó 20.000 hectáreas, en Puerto Patriada, otro superó las 23.000 hectáreas afectando hogares en Epuyén y El Hoyo. La Justicia de Chubut confirmó la presencia de restos de combustible en el punto de inicio del incendio patagónico, lo que también apunta a intencionalidad.
Los científicos son contundentes al señalar que el cambio climático no provoca los incendios por sí solo, pero crea las condiciones para que sean catastróficos. Un informe de World Weather Attribution determinó que el norte patagónico vivió en enero de 2026 el mes más seco en 25 años, y que esa “crisis de aridez” fue intensificada por las emisiones de gases de efecto invernadero. La región es hoy entre un 20% y un 25% más seca que en un mundo sin combustibles fósiles.
El meteorólogo Santiago Ignacio Hurtado detalló el fenómeno y destacó que hubo una disminución de agua disponible del 20-30% en algunas zonas y hasta 40% en el acumulado anual, combinada con un aumento de temperatura en verano de 1 a 1.5 grados. En Esquel se registraron 11 días consecutivos de temperaturas máximas extremas, el segundo período más prolongado en 65 años, en El Bolsón el 5 de enero de 2026 se alcanzaron 38.4°C, la temperatura más alta de enero desde que existen registros. Los incendios de “nueva generación” se caracterizan por propagarse de manera subterránea, por sistemas radiculares, lo que los hace especialmente difíciles de controlar —exactamente lo que describieron los brigadistas en Cafayate.
El recorte presupuestario
El límite entre lo “irreversible” y lo “inevitable” pasa por las decisiones políticas. De acuerdo al análisis del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) y de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el gobierno de Milei consolidó un ajuste real del 70.7% en el presupuesto del Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) respecto a 2023. En el Presupuesto 2026, la partida del SNMF fue fijada en apenas $20.131 millones, una caída real del 53.6% respecto a 2025 y del 68.9% respecto a 2023.
A esto se sumó la subejecución. En 2025, apenas se usó el 48.2% del presupuesto inicial, dejando sin ejecutar casi $20.000 millones que podrían haber fortalecido la infraestructura, el equipamiento y la capacitación de brigadistas. El gobierno además disolvió el Fondo Nacional de Manejo del Fuego mediante el Decreto 463/2025 en julio de 2025, eliminando el mecanismo de financiamiento automático preventivo. Hernán Giardini, de Greenpeace, comparó el enfoque del Estado con “intentar apagar tu casa incendiada con un vaso de agua”.
La Ley Nacional 26.331 de Protección Ambiental de los Bosques Nativos —conocida como Ley de Bosques— establece presupuestos mínimos para el enriquecimiento, restauración, conservación y manejo sostenible de los bosques nativos en categorías de protección. Los bosques de los Valles Calchaquíes se encuentran en categorías de alta protección, donde las quemas a cielo abierto están expresamente prohibidas.
El propio documento del Concejo Deliberante de Cafayate argumentó que los incendios ocurrieron “violando de manera flagrante las prohibiciones expresas de quemas a cielo abierto fijadas por la normativa ambiental de Salta”. Organizaciones ambientales llevan años señalando que la ley es sistemáticamente vulnerada mediante tres mecanismos. La recategorización de zonas protegidas a categorías de menor resguardo por parte de los gobiernos provinciales, los desmontes ilegales, y los incendios “accidentales” o intencionales como forma encubierta de desmonte. La investigación en Cafayate, con una empresa urbana como propietaria de tierras protegidas y dos incendios en el mismo predio en el lapso de un mes, encaja en ese patrón.
El proyecto reclama que Transporte, la ANAC y Trabajo detallen el estado de la flota, los pedidos de quiebra promovidos por acreedores y las deudas salariales de la low cost.
El Gobierno nacional traspasó cinco corredores viales clave a la firma privada Corresur. El nuevo esquema elimina los subsidios estatales y traslada el riesgo operativo a las empresas controlantes. La medida incluye un plan de obras prioritarias y la digitalización obligatoria en el cobro de peajes.
Les preocupan las “expresiones racistas e islamofóbicas” pero no que un musulmán degenerado pueda casarse con una nena de 13 años o que traten a las mujeres como objetos.
No vamos a permitir que estos enfermos de la cabeza avancen ni un centímetro en nuestro país. https://t.co/DcPPO2ZJM5