Alberto Fernández se reunió con Gloria Romero luego de pedir por la reelección de Capitanich

La reunión había sido pactada de antemano y solicitada por Gloria Romero, quien aseguró que fue un encuentro esperanzador.
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Tras dos meses de conmoción por el asesinato de Cecilia Strzyzowski, Alberto Fernández aceptó reunirse con Gloria Romero, la madre de la víctima. El encuentro se realizó luego del Congreso Internacional sobre Discapacidad, que se efectuó en Resistencia (Chaco) y había sido pactado con anterioridad.

La reunión duró más de dos horas y se realizó en el Aeropuerto de la provincia, antes de que el Jefe de Estado regresara a la Ciudad de Buenos Aires. “La escuché con mucha atención. Todos queremos que se haga Justicia y que los responsables de tan brutal crimen sean juzgados y condenados“, afirmó Fernández al medio Infobae. 

Si bien Romero se mostró contenta tras el encuentro y calificó la reunión como “esperanzadora”, aseguró que se reunió con el Presidente como “un vecino más”. Además comentó que prefirió que no se trasmitiera en los medios los detalles del encuentro para no politizarla. “No queríamos que se mezcle la política: él se reunió conmigo como vecino más, lo mismo pasó con Larreta y Bullrich; y a todos les aclaré que no los voy a votar”, afirmó.

Sobre los detalles, precisó que le pidió a Fernández que “intervenga en la Justicia”. El mismo pedido que había sido elevado por varias diputadas de Juntos por el Cambio hace una semana a pedido de Romero.

 

Por último volvió a ratificar: “No busco votos, sino Justicia”. “Por eso voy a hablar con todos los que quieran ayudarme a lograr justicia, no voy a militar para nadie ni voy a hacer política para nadie”.

*Fuente: Periodismo y Punto

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Corrientes | El Estado les prometió casas en 2017, nunca las terminó y ahora tuvieron que defenderlas de una toma de 500 personas

El conflicto vendría gestándose cuando unas 500 personas ingresaron a un conjunto de viviendas inconclusas del barrio Doctor Montaña y Pirayuí, en la zona sur de la capital de Corrientes. Las primeras informaciones hablaban de aproximadamente 150 unidades ocupadas ilegalmente. En el lugar intervinieron la Policía de Corrientes, representantes del INVICO y la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas N.º 5, encabezada por el fiscal Ángel Machado.

“Terminó el operativo de forma exitosa y sin lamentar víctimas, fue todo de forma pacífica”, afirmó Machado a la radio Sudamericana. “La respuesta de las personas fue que nunca les dan una vivienda o un terreno y que venían a ocupar porque decían que no tenían dueño. Les hice saber que esa no es la forma ni la vía, el Estado no puede avalar este tipo de comportamientos”, añadió.

Algunas de esas viviendas ya tenían beneficiarios o preadjudicatarios que llevaban años esperando su terminación. Por eso también se acercaron al predio personas que reclamaban que las casas que les habían asignado no fueran ocupadas por terceros. La Fiscalía buscó evitar que ambos grupos se enfrentaran y, después de una negociación, quienes habían ingresado a las viviendas se retiraron.

Pero ahí no terminó el conflicto. Un segundo grupo se desplazó hacia los terrenos vacíos ubicados detrás del complejo. El fiscal Machado sostuvo que se trataba de unas 15 hectáreas vinculadas a la Municipalidad y al Fideicomiso Santa Catalina. La cobertura del medio LT7, a cargo del cronista de exteriores Roberto Ojeda, dijo que los ocupantes limpiaron la vegetación del terreno, encendieron quemas y describió entre 150 y 200 personas delimitando sectores mediante alambres, trapos y otros elementos, con la aparente intención de establecer parcelas.

La Policía de Corrientes desplegó entonces un importante operativo con efectivos de la comisaría jurisdiccional, grupos especiales y autoridades de la Dirección de Seguridad Metropolitana al mando del Comisario General José Mario Galarza. Entre los argumentos expuestos ante el móvil de LT7, las familias manifestaron que recurren a esta medida empujadas por la crisis económica, la falta de empleo y la imposibilidad de afrontar costos de alquiler que superan los 400.000 pesos.

“La grave necesidad habitacional que hay no quita que haya personas malintencionadas que se puedan aprovechar de esa necesidad para fomentar este tipo de cuestiones”, subrayó Machado.

Durante la noche se produjeron incidentes. Hubo efectivos policiales lesionados y móviles dañados por piedras. El operativo se interrumpió temporalmente, entre otras razones por la presencia de menores, y durante la mañana siguiente unos cien policías realizaron un nuevo procedimiento que terminó con el despeje de los terrenos sin nuevos enfrentamientos.

“La gente dice que la Policía les reprimió, pero el informe que yo tengo es que no hubo represión. Cuando la gente empezó a tirar piedras, la Policía se replegó y trató de salvaguardar su integridad y obviamente también los móviles”, explicó Machado.

El punto central es que las viviendas no aparecieron abandonadas de un día para otro, siendo que el complejo tiene una historia que se remonta a 2017. Durante la intendencia de Fabián Ríos se comenzó la construcción de 200 viviendas mediante el programa nacional Techo Digno, en el sector de Santa Catalina lindante con Doctor Montaña. En aquel momento se había anunciado que 150 serían destinadas a trabajadores municipales y otras 50 a familias con integrantes con discapacidad. La obra tenía originalmente un plazo previsto de diez meses.

En 2017, documentación y reportes de la época situaban el avance aproximadamente en el 16% de su construcción. El presupuesto había sido readecuado de unos $61.4 millones a $122.7 millones de entonces y se habían girado anticipos nacionales por alrededor de $30.4 millones. Esas cifras son nominales de 2017 y, debido a la inflación acumulada, no sirven para compararlas directamente con valores actuales.

El origen de la parálisis fue una denuncia por el uso de los propios fondos nacionales enviados para la construcción, difundida mediáticamente bajo el título “el cartel más caro del mundo” en plena campaña electoral de 2017. Aunque las denuncias de corrupción fueron finalmente desestimadas por la Justicia, la combinación de ese proceso judicial y los sucesivos cambios de gestión dejó la obra sin avances durante casi una década.

El cambio de administración municipal tampoco resolvió definitivamente el problema. En octubre de 2018, ya bajo la intendencia de Eduardo Tassano, el Municipio anunció que había destrabado inconvenientes administrativos y firmó acuerdos con tres constructoras para reanudar las 200 viviendas.

Un año después, sin embargo, el problema continuaba. En agosto de 2019, en el Concejo Deliberante, la entonces concejal Magdalena Duartes reclamó información sobre el avance de las 200 casas y sostuvo que pedidos anteriores no habían recibido respuesta y que las obras permanecían prácticamente en el mismo estado.

En agosto de 2020 se produjo otro acontecimiento importante. Se realizó mediante Lotería Correntina el sorteo de 100 viviendas entre trabajadores municipales, al que se habían inscripto alrededor de 700 agentes. En aquel momento, la Asociación de Obreros y Empleados Municipales de Corrientes (AOEM) informaba que ese grupo de unidades tenía aproximadamente un 75% de avance.

En 2021 el propio Municipio ratificó esas adjudicaciones y sostuvo que los cien trabajadores ya tenían reconocida administrativamente la asignación de las unidades. Además, existía el compromiso de avanzar posteriormente con otras 50 viviendas para municipales.

Sin embargo, para 2023 las casas seguían sin entregarse. Funcionarios municipales reconocían entonces que algunas unidades tenían alrededor del 60% de ejecución y explicaban que se había esperado financiamiento nacional del programa Reconstruir que finalmente no llegó, por lo que nuevamente se había detenido la obra.

— El grupo de vecinos y adjudicatarios manifestándose con documentos en alto en las inmediaciones de las viviendas inconclusas

Finalmente, el 26 de marzo de 2026, el Concejo Deliberante aprobó transferir al INVICO las obras correspondientes a las 200 viviendas para intentar destrabar su finalización. Es decir, apenas seis meses antes de la ocupación de septiembre todavía se estaba modificando institucionalmente quién debía encargarse de terminar un proyecto iniciado nueve años atrás, y ahora tras la toma el organismo anticipó a los preadjudicatarios que una parte de las casas podría entregarse en noviembre.

¿Fue un hecho planificado?

El propio Machado dijo que todavía no podía determinar si la concentración había surgido espontáneamente. Confirmó, aún así, que la Fiscalía investigaría publicaciones y convocatorias difundidas en redes sociales.

El negociador policial Alejandro Bottini reconoció que se trataba de un caso donde “hay grupos de personas que van juntas, que alguien los lidera”, y que se logró dialogar con dos personas que representaban al grupo. La causa quedó abierta precisamente para identificar a los instigadores a partir del relevamiento de imágenes y grabaciones.

“En Facebook vimos que estaban avisando que había lugar y vinimos”, relataron ante los efectivos desplegados en la zona varias de las personas que ocuparon las obras sin terminar.

En los días siguientes a que la investigación avanzara. Para el 18 de septiembre ya había dos personas investigadas por presunta instigación. En el segundo allanamiento se secuestraron teléfonos celulares, una computadora portátil, un router y otros dispositivos para realizar peritajes. Las fuentes judiciales y policiales sostienen que uno de los investigados habría difundido videos convocando a familias a ocupar viviendas y terrenos. Esa es por ahora una hipótesis de la causa.

La diferencia jurídica tampoco es menor. El artículo 181 del Código Penal castiga determinadas formas de usurpación de inmuebles, mientras que el artículo 209 contempla como delito separado la instigación pública a cometer un delito determinado. La legislación vigente prevé para la usurpación, según el supuesto, entre seis meses y tres años de prisión, mientras que la instigación prevista por el artículo 209 tiene una escala de dos a seis años.

El propio INVICO ha señalado recientemente una demanda de alrededor de 30.000 inscriptos en la provincia. Paralelamente el Censo 2022, por su parte, registró que el 11.5 % de la población correntina que vivía en viviendas particulares residía en alquileres y que solo el 62.1 % de la población que habitaba vivienda propia contaba con documentación de esa propiedad.

Los datos de un informe sobre déficit habitacional en Argentina ubican al aglomerado de la provincia de Corrientes con cerca de 35.800 hogares en situación deficitaria, la mayoría por debajo o cerca de la línea de pobreza, y con coberturas locales revelando que aproximadamente unas 90 mil familias no cuentan con un techo propio. Sectores políticos marcaron el episodio como parte de un patrón recurrente y lo calificaron como una “guerra de pobres contra pobres”, ya que enfrentó a familias sin vivienda con los adjudicatarios legítimos que también reclamaban sus casas.

La propia Fiscalía reconoció esta doble dimensión. Machado sostuvo que la necesidad habitacional y el derecho a una vivienda digna no estaban en discusión, pero señaló que esa necesidad no habilitaba jurídicamente la ocupación de bienes pertenecientes a terceros. También dejó abierta la posibilidad de que personas hubieran aprovechado esa necesidad para organizar las ocupaciones, cuestión que continúa bajo indagación.

— Uno de los hombres supuestamente vinculado con la causa por la usurpación masiva de terrenos en el barrio Dr. Montaña

Además de las 200 viviendas municipales de Techo Digno iniciadas en 2017, el INVICO desarrolló posteriormente proyectos de integración socio-urbana. Por ejemplo, en 2022 licitó otras 50 viviendas del sector norte mediante un proyecto financiado con un préstamo del BID, con un presupuesto oficial de $283.5 millones a valores de septiembre de 2021. Es una obra diferente de las 200 viviendas municipales originales.

Después del conflicto de septiembre de 2026, el INVICO informó también que trabaja en la recuperación de 26 viviendas y que proyecta intervenir otras 26, dentro de una urbanización que incluye 76 viviendas ya entregadas, 13 en ejecución y otras 13 proyectadas. Esos números corresponden a una intervención integral más amplia en Doctor Montaña y no deberían equipararse automáticamente con las 200 casas municipales de Techo Digno sin documentación que establezca esa correspondencia.

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

La científica que encontró agrotóxicos en la sangre de los argentinos contó cómo la echaron del Estado por revelarlo

Virginia Aparicio, ingeniera agrónoma, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora del INTA y del Conicet, sostuvo que los plaguicidas que su equipo encontró en la sangre de vecinos del sudeste bonaerense constituyen un problema de salud pública. Lo afirmó en una entrevista con El Presto en Perdón por la Vehemencia, el programa que Canal Ey! emite los miércoles de 16 a 18. “Como se silencia y como se saca al mensajero de la ecuación, parece que los datos no existieran. Y sí existen y son graves”, advirtió.

Los datos surgieron de SPRINT, un proyecto aprobado por la Comisión Europea que midió más de 200 plaguicidas en suelo, agua, sedimentos, cultivos, animales y personas de once países, con un mismo protocolo. Argentina fue el único participante no europeo. A los 73 voluntarios argentinos les extrajeron sangre, les tomaron muestras de orina y materia fecal, les hicieron un hisopado nasal y les dieron una pulsera que, durante una semana, retuvo todo aquello con lo que estuvieron en contacto.

Los químicos aparecieron en productores rurales, en habitantes de pueblos fumigados y también en periodistas, enfermeras, contadores o plomeros de Mar del Plata, Tandil, Necochea, Lobería, Balcarce y Tres Arroyos. Según Aparicio, el plaguicida “termina en tu mesa, termina en el polvo de tu casa, termina en tu pulsera, termina en tu sangre”.

¡ENVENENADOS! Los Argentinos tienen PLAGUICIDAS en la sangre

La ingeniera agrónoma y doctora en Ciencias Agrarias Virginia Aparicio, investigadora del INTA y CONICET, explica los resultados del proyecto SPRINT, financiado por la Unión Europea, que estudió la exposición a más de 200 plaguicidas.

En la región pampeana predominó el glifosato, un herbicida que el país usa de manera intensiva desde la aprobación de la soja transgénica, hace 30 años. La variedad de productos resultó menor que en Europa, pero las concentraciones “son muchas veces más elevadas que las europeas”. La Argentina usa alrededor de cinco kilos de ingrediente activo por hectárea por año, contra uno en Europa, donde además existe una política pública para reducir esa cifra a la mitad hacia 2030. “Nosotros todavía no tenemos una política pública usando cinco veces más”, lamentó.

En el agua, el hallazgo más frecuente fue la atrazina, un herbicida del maíz que funciona como disruptor endócrino, provoca desbalances hormonales y está prohibido en Europa y en Uruguay. Apareció en casi todas las muestras de agua subterránea, principal fuente de consumo en la región pampeana, junto con glifosato, metsulfurón y metolaclor. Aparicio también estudia cómo los residuos de una campaña anterior pasan del suelo a la planta por las raíces, de modo que una lechuga puede contener un producto que no le aplicaron en esa campaña. Lavar los alimentos quita lo que queda en la superficie, pero lo que está adentro “no se puede sacar”.

La científica rechazó que su trabajo implique estar en contra del campo, donde el agroquímico funciona como una herramienta. Sí cuestionó la idea de que resulta imposible producir sin plaguicidas, a la que calificó de “argumento de venta”, y comparó al Estado con un árbitro que debe advertir si unos almohadones bonitos rompen la espalda. A su entender, la ecuación económica del agro omite el costo de descontaminar suelos y agua y de atender a las personas enfermas.

El proyecto nació en 2018 desde la oficina de enlace que el propio INTA tenía en Montpellier, Francia. Cuando llegaron los resultados, en 2023, Aparicio preparó los informes individuales y organizó una reunión para explicárselos a los voluntarios. “El INTA no me la deja hacer”, contó. Después vinieron la suspensión de actividades, la salida del proyecto en diciembre de 2023 y un sumario con ocho imputaciones, entre ellas un supuesto perjuicio económico al Estado, aunque el financiamiento llegó de Europa. Según relató, el organismo rechazó a todos sus testigos y en agosto de 2026 el Consejo Directivo ratificó su exoneración y la suspensión de dos colegas. “Exonerarte significa sacarte la identidad laboral”, definió.

Sobre lo personal, habló de impotencia. Mencionó el respaldo de su marido, su hija, su madre y su hermana, y el de científicos y legisladores que pidieron explicaciones. “Un sumario significa una duda”, planteó, y reclamó que el Estado aproveche mientras tanto la información para resolver lo que considera un problema de salud global. “Si no nos lo compran, los comemos nosotros”, graficó sobre los alimentos con residuos que el mercado externo rechaza.

“Me siento profundamente servidora pública. No me arrepiento de haber trabajado en este proyecto, todo lo contrario”, aseguró.

Policías de Salta cobraban coimas en controles falsos, quedaron libres y ahora amenazan a la periodista que lo contó

Un grupo de policías salteños fue detenido tras quedar bajo sospecha de montar falsos controles de tránsito con el objetivo de exigir coimas a los conductores. La investigación puso bajo la lupa un presunto mecanismo mediante el cual los efectivos instalaban operativos irregulares y aprovechaban su condición para reclamar dinero a cambio de permitir que los automovilistas continuaran circulando.

Pero el caso no terminaría allí. Marina Torres, periodista de Apolinario Saravia, denunció públicamente haber recibido fuertes amenazas y presiones para que no difundiera lo ocurrido. Conforme al relató, los aprietes comenzaron después de que informara sobre las detenciones y las presuntas maniobras de corrupción policial.

“Pasa que al ser pueblos chicos nos conocemos todos, entonces es como que molesta que se diga el nombre de quien comete un delito y es una constante”, afirmó Torres, a lo que agregó que “una de las personas ya condenadas, me mandó un mensaje diciéndome que baje la nota porque si no me iban a denunciar a mí”.

No se trató simplemente de policías que “aceptaban coimas” en un operativo legítimo. Según el fiscal penal 2 de Anta, César Arturo Saravia, a través de la delegación Las Lajitas y representando al Ministerio Público Fiscal de Salta, destacó que eran efectivos en funciones que “simulaban un control oficial no autorizado” y utilizaban uniforme, armas, credenciales, chalecos, conos y un móvil policial para exigir dinero a cambio de no revisar o secuestrar mercadería. La maniobra resulta institucionalmente grave porque el poder estatal destinado a hacer cumplir la ley fue convertido en una herramienta de recaudación clandestina.

El episodio ocurrió el 19 de agosto de 2026 en el kilómetro 60 de la ruta provincial 5, jurisdicción de Las Lajitas, cerca del acceso al Parque Nacional El Rey. Conductores alertaron a la Policía de que tres personas uniformadas estaban exigiendo pagos para permitirles continuar sin controlar o retener la carga que transportaban.

Cuando llegó otro personal policial, comprobó que quienes realizaban el procedimiento eran policías en actividad y que el operativo carecía de autorización. En el rastrillaje apareció una bolsa con dinero escondida dentro de un neumático en desuso. También se halló efectivo en el móvil policial y entre las pertenencias de los agentes. El total superaba el millón de pesos.

“No pueden ser tan sinvergüenzas. Yo que ellos me estaría escondiendo, metiendo la cabeza en el hoyo más profundo porque todos los vecinos nos conocemos, nos conocemos y sabemos quienes son”, sostuvo Torres. “Aparte de una vergüenza también la condena. Les dieron un año y van a estar en libertad. Por eso andan haciendo estas amenazas, porque si no, no estarían haciéndolo”, añadió.

La Fiscalía informó además el secuestro de tres teléfonos, tres armas reglamentarias, chalecos tácticos, credenciales y conos de señalización. Esos elementos no demuestran por sí solos cada cobro, pero sí son consistentes con la reconstrucción de un retén presentado ante los conductores como un procedimiento estatal verdadero.

Los condenados fueron Emiliano Alberto Cabrera, Doris Cristina del Milagro Lucena y María Fernanda Sosa Navarro. El fiscal penal 2 de Anta, Arturo Saravia, intervino mediante la delegación Las Lajitas, y el juez Sebastián Guzmán dictó sentencia después de que los acusados admitieran su participación y acordaran el procedimiento abreviado.

La resolución condenó a cada uno de los efectivos a un año de prisión de ejecución condicional y dispuso, además, un año de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. También les impuso reglas de conducta y la prohibición de acercarse a testigos e informantes, así como de ejercer cualquier tipo de violencia o intimidación contra ellos.

La figura aplicada fue exacciones ilegales en perjuicio de la Administración Pública, con referencia a los artículos 266 y 55 del Código Penal. El artículo 266 castiga al funcionario que, abusando de su cargo, solicita, exige o hace entregar indebidamente una contribución, un derecho o una dádiva. Mientras que el artículo 55 regula la pena cuando concurren varios hechos independientes.

En lenguaje jurídicamente importa el modo y la posición del autor. Aquí la acusación no describe solamente un acuerdo clandestino entre dos particulares: describe a funcionarios que utilizaron la autoridad aparente de su cargo para exigir un pago indebido. El conductor no se encontraba negociando en condiciones de igualdad, sino que estaba frente a personas armadas y uniformadas que aparentaban poder revisar la carga, labrar actuaciones o secuestrar mercadería.

El caso de Marina Torres

Marina Torres es una periodista de Apolinario Saravia que cubre hechos locales del departamento Anta. Medios salteños la han citado previamente como fuente en noticias de Las Lajitas y de la zona. De acuerdo al relato trascendido, Torres denunció presuntas amenazas y “aprietes” destinados a que no difundiera el caso de los policías.

“Es importante que se hable de esto, que se diga que no queremos acá este tipo de cosas porque somos del interior. Que no quede este tipo de situaciones en el anonimato, o que con el paso de los días se vaya olvidando. Ya tenemos antecedentes de otros pueblos acá de la zona donde han pasado y justamente porque se quedó todo calladito no se hizo nada”, subrayó Torres.

Si se comprobara que alguien amenazó a Torres para obligarla a retirar, omitir o modificar información, la conducta podría analizarse —según las palabras utilizadas, el medio, la capacidad intimidatoria y la finalidad— bajo las figuras de amenazas o coacción. El artículo 149 bis del Código Penal sanciona las amenazas dirigidas a alarmar o amedrentar y agrava el supuesto en que se emplean para obligar a otra persona a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.

Kicillof reactivó un plan de viviendas sociales con fondos provinciales y ocho años después siguen sin entregarse

La historia del Barrio Amarillo de Lobos toma relevancia, tras el tratamiento de un proyecto de treinta viviendas sociales cuyo financiamiento comenzó en 2017 y que, nueve años más tarde, sigue sin alcanzar su objetivo de entregar las casas terminadas. Durante la presentación, el secretario de Gobierno municipal, Pablo Hasper, manifestó que el objetivo era alcanzar un ritmo de “cien viviendas por año”.

En abril de 2017 se anunció un convenio por $22.861.383 entre el Instituto de la Vivienda bonaerense (entonces conducido por Evert Van Tooren) y la Municipalidad de Lobos. En septiembre de ese año el municipio llamó formalmente a licitación y dejó asentado que existían fondos para la obra.

En marzo de 2018, la propia Municipalidad de Lobos presentó públicamente el proyecto de unas treinta viviendas industrializadas de unos 56 m², sobre terrenos de aproximadamente 300 m², ubicadas en Empalme, entre los barrios PROCREAR y Blanco, tendría dos dormitorios, cocina, baño y estar. El municipio informó entonces una contratación por $21.7 millones y estimó comenzar el movimiento de suelos en abril de 2018.

Esta historia no terminó allí. Hubo modificaciones de obra, ampliaciones financieras, una nueva estructura de financiamiento, licitaciones que no consiguieron contratista y, finalmente, una adjudicación municipal de febrero de 2025 a DAC Diseño y Construcciones SRL por $1.401.960.260. El decreto oficial establece expresamente que DAC fue el único oferente y que el objeto seguía siendo la “terminación de viviendas”.

La investigación publicada por el medio de RealPolitik sostuvo que fotografías incorporadas el 22 de mayo de 2026 al expediente administrativo municipal 30.887/26 mostraban las viviendas todavía inconclusas, con estructuras de hormigón y mampostería y sin condiciones de habitabilidad.

La distinción más importante es que hay evidencia sólida de una obra extraordinariamente demorada y de graves interrogantes de transparencia. Todavía no habría una prueba pública que permita afirmar como hecho consumado que se desviaron o malversaron los $1.401 millones. El reclamo actual busca precisamente conseguir los documentos que permitirían determinarlo, respondiendo qué sucedió con los recursos asignados durante las distintas etapas.

El convenio original y la primera adjudicación corresponden a la exgobernación de María Eugenia Vidal, con el actual gobernador Axel Kicillof asumiendo la gestión en diciembre de 2019 y su administración intervino después mediante una reactivación por $210 millones actualizables por UVI —Unidades de Vivienda—. En el plano municipal, Jorge Etcheverry gobierna Lobos desde 2015, por lo cual su administración atraviesa toda la secuencia local.

En 2018 la contratación ya estaba prácticamente encaminada, pero poco después comenzaron las modificaciones. El Decreto 343/18 señala que el Instituto de la Vivienda había exigido nuevos requerimientos y que se necesitaban “modificaciones y adaptaciones” sobre las construcciones que ya estaban en ejecución. Ese decreto contiene, a su vez, una diferencia de $500.000.

En octubre de 2018 apareció otra adecuación. El Decreto 721/18 registra una adenda al convenio original y amplía el financiamiento en $8.720.291,13, aplicando mecanismos de adecuación previstos por el Instituto de la Vivienda. Es decir que, ya en los primeros años el precio inicial había dejado de ser un monto suficiente para el financiamiento.

Luego el proyecto volvió a trabarse. La documentación recopilada en la investigación muestra que en 2019 empezó a hablarse de la “terminación de veintiuna viviendas”. Los documentos públicos posteriormente vuelven a utilizar treinta y, en 2023, la licitación municipal describía las veintiuna como una “Etapa I de un total de 30 viviendas”. De todo ello, solo se llegó a concluir simplemente nueve casas.

Los antecedentes financieros tratados

Para 2023 la propia política local reconocía que la obra estaba paralizada. En febrero de ese año, la agrupación Primero Lobos decía públicamente que se estaba gestionando un nuevo convenio de renegociación con la Provincia para poder reactivarla.

Y efectivamente llegó esa renegociación. La Ordenanza municipal 3159/2023 convalidó un convenio entre el Instituto de la Vivienda y Lobos. Lo fundamental es que el nuevo acuerdo “deja sin efecto el monto de financiamiento” del convenio anterior y establece $210.308.326,32, equivalentes a 1.302.299,38 UVI, utilizando como fecha de referencia el 30 de noviembre de 2022.

Parte de estos actos son adecuaciones o renegociaciones de financiamiento anterior, y el convenio de 2023 expresamente sustituye un monto precedente. Para calcular el dinero efectivamente transferido habría que reconstruir anticipos, certificados de obra, descuentos por trabajos anteriores, órdenes de pago y saldos.

En agosto de 2023 el municipio volvió a llamar a licitación, esta vez por la terminación de veintiuna casas como primera etapa del total de treinta. La investigación indica que ese procedimiento terminó desierto y que un segundo llamado realizado ese mismo año tampoco tuvo oferentes.

Aquí hay una pequeña corrección respecto de una de las versiones que circula. Los dos llamados desiertos que se identifica corresponden a 2023. En agosto de 2024 hubo otra licitación —ya nuevamente por las treinta viviendas—, pero esa operación siguió otro camino y fue posteriormente anulada porque las ofertas superaban el presupuesto oficial, de acuerdo a la reconstrucción documental. El Decreto 1078/2024 confirma al menos el llamado municipal.

— Jorge Etcheverry junto a Axel Kicillof

Finalmente, en enero y febrero de 2025 se abrió otro procedimiento. Esta vez apareció un solo oferente, que es DAC Diseño y Construcciones SRL. El 13 de febrero el intendente Jorge Etcheverry firmó el Decreto 287/2025, adjudicando la terminación de las treinta viviendas por $1.401.960.260.

Y ahí está el núcleo del escándalo, siendo que después de casi ocho años de historia administrativa, el Estado volvió a contratar la terminación de las mismas treinta casas con una cifra de más de $1.400 millones; quince meses después, lo revelado se incorpora al reclamo de mayo de 2026, donde se las seguía mostrando inconclusas.

A primera vista, pasar de $22.86 millones en 2017 a $1.401,96 millones en 2025 parece una multiplicación gigantesca. Nominalmente, el monto de 2025 es aproximadamente 61.3 veces el anunciado originalmente. Pero en una economía como la argentina, comparar directamente pesos nominales separados por ocho años puede producir una conclusión muy engañosa. Los propios expedientes comenzaron a expresar el financiamiento en UVI, precisamente para que el valor contractual pudiera actualizarse.

El 22 de mayo de 2026, vecinas iniciaron el expediente administrativo municipal 30.887/26, solicitando información sobre el Barrio Amarillo, el financiamiento y la política habitacional, donde se sumaron decenas de ciudadanos patrocinadas por las abogadas Mariana Cosso y Leticia Lardiès. y, ante la falta de respuesta, se presentó un pronto despacho el 23 de julio.

El tema también llegó al Concejo Deliberante, difundida por la Asociación Civil Multisectorial Lobos, caratulada como el Expediente 84/2026 y reclama explicaciones sobre el estado de las viviendas, los fondos y la documentación administrativa, ante una posible malversación de fondos como hipótesis de la obra desde 2016.

La responsabilidad recaería tanto a la administración municipal de Jorge Etcheverry como al Instituto de la Vivienda, encabezado por Diego Menéndez y Hernán Ralinqueo; al ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, conducido por Silvina Batakis; y, en última instancia a Kicillof.

El significado de los montos y las verdaderas prioridades de Kicillof

La primera adjudicación de 2018 tuvo tres postulantes y recayó en Consinarq por $21.7 millones. En cambio, DAC fue el único oferente de la licitación de 2025 y recibió la adjudicación por $1.401.960.260. La Ley Orgánica municipal bonaerense establece que la autoridad no está obligada a aceptar ninguna propuesta y que el intendente y el presidente del Concejo, cada uno en su esfera, deciden las adjudicaciones.

RealPolitik señala expresamente que no se conoce públicamente cuánto fue efectivamente transferido, qué certificados se pagaron ni cuál es el avance físico-financiero reconocido.

Incluso el Decreto 287/2025 exige una lectura cuidadosa. Su artículo primero utiliza la expresión “adjudíquese y páguese”, seguida de los $1.401.960.260. Pero un decreto de adjudicación no es equivalente a un extracto bancario que pruebe que toda esa suma salió de las cuentas públicas de una sola vez.

Mientras la desocupación crece en la Provincia de Buenos Aires, Kicillof gasta hasta más de tres millones de dólares para modernizar un avión ejecutivo en las puertas de la campaña política. Se trata del avión Cessna 550 Citation II, matrícula LV-WEJ, número de serie 550-0724, que está sin volar en el aeródromo de La Plata desde hace aproximadamente una década.

— El avión ejecutivo Cessna 550 Citation II con la matrícula argentina LV-WEJ, pertenece a la Dirección de Aeronáutica del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

La contratación, que ya fue adjudicada a una alianza privada transitoria entre una empresa de Tandil y otra de San Fernando mediante una licitación pública a la que accedió Clarín, es para dar “servicios especializados, repuestos, puesta en valor y cursos de capacitación” para el jet. La firma elegida, “Redimec SA- Cielos SA”, cobrará USD$3.358.001. Conforme el dictamen de la comisión de preadjudicación, esta unión transitoria de empresas fue elegida por plantear “la oferta de menor valor y ajustarse técnicamente a lo solicitado en base a lo informado por el Departamento de Ingeniería y Técnica Aeronáutica y la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria (DPAO)”.

El contrato tramitó a través de la estructura administrativa del Ministerio de Seguridad. Lo impulsó la DPAO, a cargo de Ángel Pedretti, un expiloto del Ejército designado allí por Sergio Berni. El pliego de la licitación no incluyó módulo sanitario (la infraestructura donde se trasladan camillas o incubadoras) ni menciones sobre una función de esta índole para la nueva etapa de este avión.

Fabricado en 1993, el Cessna 550 Citation II fue incorporado a la flota bonaerense en 1994. La provincia lo compró nuevo y con módulo sanitario. De hecho, en el gobierno de Eduardo Duhalde llegó a hacer vuelos con pacientes , pero rápidamente su destino pasó a ser ejecutivo: traslado de funcionarios. El equipamiento médico quedó obsoleto, al igual que el teléfono satelital con el que llegó equipado.

Con el tiempo también se deterioraron más componentes, primero un motor y después otras partes, y finalmente el jet quedó parado en los hangares del predio ubicado en la avenida 7 y 610, al sureste de La Plata. Aunque su estado de conservación interna y su pintura exterior se mantienen óptimos, no volvió a volar.

Piden indagar a un exdiputado de La Cámpora por usar a dos asesores pagados por el Congreso para ensuciar rivales desde cuentas anónimas de TikTok

El exdiputado nacional por la provincia de Salta Emiliano Estrada, dirigente vinculado a La Cámpora y exintegrante del bloque de Unión por la Patria (UxP), enfrenta una investigación judicial por una presunta utilización indebida de recursos del Estado para desarrollar campañas de desprestigio contra dirigentes políticos, empresarios y periodistas.

Todo se produjo cuando el fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que cite a Estrada a declaración indagatoria por el presunto delito de “haber utilizado trabajos o servicios pagados por la administración pública en provecho propio”.

En actuaciones anteriores, la defensa sostuvo que la imputación era vaga o imprecisa y planteó la inmunidad de opinión parlamentaria del artículo 68 de la Constitución. La Cámara Federal de Casación rechazó en noviembre de 2025 una impugnación contra el avance del pedido de desafuero que se había originado por la falta de comparecencia de Estrada.

— El fiscal federal Guillermo Marijuan

La acusación sostiene que, mientras ocupaba una banca en la Cámara de Diputados de la Nación, Estrada habría empleado a dos asesores remunerados con fondos públicos, cuyos salarios pagaba el Congreso de la Nación, para producir videos y administrar cuentas anónimas de TikTok destinadas a perjudicar a sus adversarios.

La hipótesis de la Fiscalía es que existió una estructura de producción y distribución de contenidos políticos que funcionaba bajo las órdenes del entonces diputado. Según la acusación, durante el mandato de Estrada como diputado nacional por Salta, sus asesores Florencia Arias Bustamante y Javier Alonso Allemand habrían producido y difundido videos desde cuentas anónimas en redes.

Entre los nombres mencionados en las actuaciones y en la cobertura aparecen las cuentas de “La Casta Salteña”, “La Casta de Sáenz”, “Informante Salta” y “Casta Salta”. El contenido se dirigía contra funcionarios, empresarios y comunicadores salteños, y algunas publicaciones vinculaban al gobierno provincial con el narcotráfico. A diferencia de lo que ocurrió con sus dos exempleados involucrados, Estrada no ha recibido una condena por estos hechos hasta el momento. La solicitud del fiscal tampoco equivale a un procesamiento ni a una declaración judicial de culpabilidad.

— Florencia Arias Bustamante, la fotógrafa señalada como uno de los presuntos operadores del exdiputado nacional Emiliano Estrada

El punto jurídico más importante tampoco es simplemente que se hayan difundido noticias falsas. La hipótesis de Marijuán es que Estrada, cumpliendo como funcionario habría empleado trabajo financiado por el Estado para obtener un beneficio político propio, conducta que el segundo párrafo del artículo 261 del Código Penal denomina peculado de trabajos o servicios.

Dicho de manera sencilla, si un diputado paga de su bolsillo a un equipo para hacer propaganda agresiva o difundir falsedades, pueden aparecer otros problemas civiles o penales según el contenido, pero no necesariamente peculado. Si ordena esa tarea a empleados pagados por el Congreso, el salario público y el tiempo laboral de esas personas pasan a ser el recurso estatal presuntamente desviado.

No se trataba de una tarea de comunicación institucional identificada como proveniente del despacho del diputado. Se operó mediante perfiles sin autoría política visible, con videos considerados falsos y con el objetivo de perjudicar adversarios, especialmente figuras relacionadas con el gobernador Gustavo Sáenz, enfrentado políticamente con Estrada.

— Alonso Javier Allemand, señalado como el operador técnico de la campaña en TikTok, y quien habría trabajado bajo instrucciones de Estrada

Particularmente Bustamante y Allemand reconocieron su intervención en un juicio abreviado realizado en Salta. En mayo de 2025 fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional, además de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como partícipes secundarios de intimidación pública en la Municipalidad de Cerrillos encabezada por el intendente Enrique Borelli.

La “prisión de ejecución condicional” significa que, en principio, no cumplen la pena dentro de una cárcel, siempre que respeten las reglas impuestas y no incurran en circunstancias que permitan revocar ese beneficio. El juicio abreviado supone que los acusados aceptaron los hechos y la responsabilidad acordada con la acusación, pero esa admisión no reemplaza automáticamente la necesidad de probar la responsabilidad personal de Estrada.

La causa tuvo una trayectoria compleja entre la justicia salteña y la federal. La investigación original examinó la producción y difusión de los videos y derivó en las condenas abreviadas de los dos asesores. Posteriormente surgió en Comodoro Py un expediente centrado en el posible uso de recursos pagados por el Congreso.

Tras conflictos de competencia, la investigación federal por el uso de fondos y personal legislativo quedó bajo el Juzgado Federal N.º 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Casanello. La Corte Suprema fue informada sobre la controversia territorial, pero no resolvió el fondo porque la cuestión de competencia ya había quedado superada. La causa provincial y la investigación federal continuaron por sus respectivos objetos.

La prueba relevante

El elemento más comprometedor que trascendió son las declaraciones de los dos colaboradores. En el acuerdo abreviado dijeron que seguían instrucciones directas del diputado y entendían la producción de esos contenidos como parte de sus responsabilidades laborales. Otras reconstrucciones del expediente señalan que Estrada habría enviado lineamientos o guiones y aprobado los videos antes de su publicación.

Esto es importante por dos razones. Primero, conecta la operación digital con personas contratadas por la Cámara de Diputados. Segundo, intenta atribuir la conducción de la maniobra a Estrada y no solamente una actuación autónoma de sus subordinados. Sin embargo, la declaración de coimputados o partícipes interesados debe ser confrontada con elementos independientes.

El artículo 261 del Código Penal contiene dos variantes. La primera castiga al funcionario que sustrae dinero o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada. La segunda aplica la misma pena al funcionario que utiliza, en beneficio propio o ajeno, trabajos o servicios pagados por una administración pública.

La jurisprudencia reseñada por la Suprema Corte bonaerense explica que esta figura se consuma con la desviación y aprovechamiento del servicio pagado por el Estado y que exige dolo directo. También señala que el autor debe ser el funcionario que está a cargo de quienes prestan esos servicios.

La pena prevista es de dos a diez años de prisión y inhabilitación absoluta perpetua. Ese es el marco legal abstracto. No anticipa una pena concreta, porque para llegar a ella primero tendría que haber procesamiento o una decisión equivalente, acusación, juicio, condena firme y determinación individual de la sanción.

No obstante, en Argentina no existe un delito general que castigue cualquier mentira difundida en redes. El derecho penal requiere que la conducta encaje en una figura específica. En este caso, la falsedad y el anonimato describen el tipo de trabajo que presuntamente se encargó, pero el núcleo del peculado sería quién pagó indirectamente ese trabajo y para qué fue usado. La ilicitud que plantea Marijuán consiste en convertir recursos humanos del Congreso en una herramienta clandestina de conveniencia partidaria o personal.

En paralelo aparece la figura de intimidación pública, que protege el orden y la tranquilidad colectivos. El artículo 211 vigente castiga el empleo de medios materialmente idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, ya que por eso no toda injuria, falsedad o ataque reputacional constituye automáticamente intimidación pública.

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