Alberto Fernández se reunió con Gloria Romero luego de pedir por la reelección de Capitanich

La reunión había sido pactada de antemano y solicitada por Gloria Romero, quien aseguró que fue un encuentro esperanzador.
rafaela-biazi-470405-unsplash.jpg
10 Years Experiences

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo.

Tras dos meses de conmoción por el asesinato de Cecilia Strzyzowski, Alberto Fernández aceptó reunirse con Gloria Romero, la madre de la víctima. El encuentro se realizó luego del Congreso Internacional sobre Discapacidad, que se efectuó en Resistencia (Chaco) y había sido pactado con anterioridad.

La reunión duró más de dos horas y se realizó en el Aeropuerto de la provincia, antes de que el Jefe de Estado regresara a la Ciudad de Buenos Aires. “La escuché con mucha atención. Todos queremos que se haga Justicia y que los responsables de tan brutal crimen sean juzgados y condenados“, afirmó Fernández al medio Infobae. 

Si bien Romero se mostró contenta tras el encuentro y calificó la reunión como “esperanzadora”, aseguró que se reunió con el Presidente como “un vecino más”. Además comentó que prefirió que no se trasmitiera en los medios los detalles del encuentro para no politizarla. “No queríamos que se mezcle la política: él se reunió conmigo como vecino más, lo mismo pasó con Larreta y Bullrich; y a todos les aclaré que no los voy a votar”, afirmó.

Sobre los detalles, precisó que le pidió a Fernández que “intervenga en la Justicia”. El mismo pedido que había sido elevado por varias diputadas de Juntos por el Cambio hace una semana a pedido de Romero.

 

Por último volvió a ratificar: “No busco votos, sino Justicia”. “Por eso voy a hablar con todos los que quieran ayudarme a lograr justicia, no voy a militar para nadie ni voy a hacer política para nadie”.

*Fuente: Periodismo y Punto

Search

Unite a nuestro grupo de Telegram, donde te compartimos las noticias más importantes.

Imputaron a la hermana del presidente del PJ de Chubut por una estafa de $60 millones con viviendas sociales

El Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia presentó una acusación pública contra Vanesa Elizabeth Fita y otras cuatro mujeres por una presunta estafa masiva vinculada con falsas gestiones para acceder a viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). La hipótesis fiscal comprende 594 maniobras, un perjuicio base de $59,4 millones y hechos ocurridos entre abril de 2023 y febrero de 2024.

Debido a la magnitud del perjuicio y la naturaleza de los hechos, se solicitó que la causa se eleve a juicio por jurados, pidiendo para la principal acusada, que además es la hermana del presidente del PJ de Chubut Gustavo Fita, una pena de prisión efectiva de entre seis y ocho años.

— El diputado provincial y presidente del Partido Justicialista de Chubut, Gustavo Fita, y a su hermana, Vanesa Elizabeth Fita

“En concreto esa maniobra ha alcanzado, a criterio del Ministerio Público Fiscal, ha damnificado cuanto menos o al menos a 594 personas. Esta maniobra consistió básicamente en exigirle a los eventuales interesados la entrega de una suma de 100.000 pesos de manera inicial y luego el pago de las cuotas al Instituto Provincial de la Vivienda”, detalló el fiscal de la causa, Martín Cárcamo.

La metodología consistía en organizar una estructura que funcionaba como una falsa cooperativa, donde las implicadas convencían a las familias de entregar dinero por adelantado bajo la promesa de facilitarles el acceso a casas del IPV, valiéndose de la falsa creencia de que contaban con respaldo político de alto nivel.

En octubre de 2026, el fiscal Cárcamo presentó formalmente la acusación pública contra Elizabeth Fita y otras integrantes mujeres (Lucía Miranda, María Victoria Curan y Gisela Mansilla), avanzando el proceso hacia la etapa de juicio por su participación en el esquema.

Esto no significa que ya estén condenadas. La acusación fiscal debe atravesar el control judicial de la etapa intermedia, donde las defensas pueden objetar los hechos, la prueba y la calificación legal. Solo si la causa supera ese control se abrirá el juicio, para el cual la Fiscalía pidió un tribunal de jurados.

— El fiscal general Martín Cárcamo en su despacho

El mecanismo denunciado comenzaba con la captación de familias que atravesaban dificultades para acceder a una vivienda, a través de redes sociales y reuniones presenciales. La operación era presentada como una gestión vinculada con el IPV, mientras que se invocaban supuestos contactos con funcionarios provinciales para reforzar la credibilidad de la propuesta.

Según la acusación, a los interesados se les exigía un pago inicial de $100.000, que se desglosaba en $80.000 supuestamente destinados al IPV y otros $20.000 para una futura conexión eléctrica. Una vez efectuado el desembolso, las personas eran incorporadas a grupos de WhatsApp, donde se les solicitaba documentación personal y se les comunicaban presuntas fechas, requisitos y avances del proceso de adjudicación.

Sin embargo, los fondos habrían sido depositados en cuentas bancarias y billeteras virtuales vinculadas con las acusadas, en lugar de ingresar al organismo provincial. Ante la falta de entrega de las viviendas, las familias recibían explicaciones sobre supuestas demoras administrativas y trámites pendientes ante el IPV, que habrían servido para postergar las respuestas y mantener las expectativas de los damnificados. La mentira se reveló cuando el propio IPV informó que ninguna de las personas que sometieron el proceso tenía relación con la institución.

Las cinco acusadas

La Fiscalía no atribuye la misma intervención a todas. Su posición pública es que Fita habría sido la única autora y que las restantes realizaron aportes indispensables como partícipes necesarias.

La pretensión fiscal contempla penas de entre seis y ocho años de prisión para Elizabeth Fita, señalada como organizadora y autora de 594 hechos. Para María Victoria Curán de 43 años, acusada como partícipe necesaria en 400 hechos, se solicitan entre cinco y seis años de prisión. En el caso de Lara Camila Páez, también imputada como partícipe necesaria con 22 años, el pedido oscila entre cuatro y cinco años por al menos 300 hechos. Para Lucía Lorena Miranda de 47 años, a quien se le atribuyen 130 hechos en calidad de partícipe necesaria, la Fiscalía pretende una pena de entre tres y cuatro años. Finalmente, para Gisela Belén Mansilla de 34 años, acusada de participar necesariamente en cuatro hechos, se solicita una condena de entre uno y dos años de prisión.

El artículo 172 del Código Penal sanciona con prisión de un mes a seis años a quien defrauda mediante calidad simulada, influencia mentida u otros ardides o engaños. En lenguaje simple, la Fiscalía debe probar una secuencia de engaño idóneo, error de la víctima, entrega de dinero o disposición patrimonial perjudicial y relación causal entre esos elementos.

La “calidad simulada” alude aquí a la presunta presentación como intermediaria u organizadora con aptitud para tramitar viviendas. “Influencia mentida” se refiere a la invocación de contactos o respaldo de funcionarios que supuestamente permitirían obtener las adjudicaciones.

La Fiscalía considera que existen 594 hechos independientes en concurso real, no una sola estafa continuada. El artículo 55 establece que, cuando concurren varios delitos independientes de la misma especie, se acumulan sus máximos con un límite general de 50 años. La defensa sostiene o podría sostener que existió una única maniobra continuada donde esa diferencia jurídica incide en la escala penal, en la competencia del jurado y en la pena posible.

La aparente contradicción entre el máximo de seis años del artículo 172 y el pedido de seis a ocho años para Fita se explica por esa pluralidad de hechos, puesto que no se está aplicando el máximo de una sola estafa aislada. Sin embargo, ocho años es la pretensión concreta del fiscal, no una condena anticipada ni el máximo abstracto posible.

— La audiencia de apertura de investigación realizada por el Ministerio Público Fiscal de la Provincia del Chubut en Comodoro Rivadavia contra Vanesa Fita y a otras cuatro mujeres

La cronología y el vínculo político

Una denunciante declaró que Fita habría dicho que contaba con el respaldo del entonces gobernador Arcioni y de su secretaria. Ese relato es relevante para probar el supuesto engaño por “influencia mentida”, pero no prueba hasta el momento que Arcioni o su secretaria hayan participado directamente.

El fiscal informó durante la investigación que el universo de intervención penal se había acotado a las cinco imputadas y que se había descartado la participación criminal de otras personas. Por tanto, afirmar que Arcioni “está involucrado” confundiría el uso de su nombre dentro del presunto ardid con una imputación penal real.

— El exgobernador de la provincia de Chubut, Mariano Arcioni

Vanesa Fita es hermana de Gustavo Fita, diputado provincial e identificado públicamente como presidente del PJ de Chubut, que integra el cuerpo por el período 2023-2027.

La hipótesis fiscal se habría construido con denuncias, legajos individuales, comprobantes y movimientos bancarios, chats de WhatsApp y Messenger, comunicaciones telefónicas y documentación obtenida. También resultan centrales la respuesta del IPV —que negó vínculos institucionales con las acusadas— y los testimonios sobre reuniones, promesas, pagos y sucesivas postergaciones.

Ese conjunto puede ser significativo, pero todavía deberá discutirse de manera contradictoria. La acusación debe demostrar no solo que hubo pagos y que las viviendas no se entregaron, sino que desde el inicio existió un engaño deliberado con aptitud para provocar esas entregas. Un incumplimiento civil o un proyecto fallido no se convierte automáticamente en estafa. El dolo inicial es uno de los puntos decisivos.

La defensa de Fita ya había objetado en la audiencia de apertura que el relato carecía de contenido suficiente y que el engaño no estaba demostrado. El juez rechazó esa oposición para permitir que la investigación continuara, pero autorizar la investigación no equivale a declarar culpabilidad.

Piden indagar a un exdiputado de La Cámpora por usar a dos asesores pagados por el Congreso para ensuciar rivales desde cuentas anónimas de TikTok

El exdiputado nacional por la provincia de Salta Emiliano Estrada, dirigente vinculado a La Cámpora y exintegrante del bloque de Unión por la Patria (UxP), enfrenta una investigación judicial por una presunta utilización indebida de recursos del Estado para desarrollar campañas de desprestigio contra dirigentes políticos, empresarios y periodistas.

Todo se produjo cuando el fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que cite a Estrada a declaración indagatoria por el presunto delito de “haber utilizado trabajos o servicios pagados por la administración pública en provecho propio”.

En actuaciones anteriores, la defensa sostuvo que la imputación era vaga o imprecisa y planteó la inmunidad de opinión parlamentaria del artículo 68 de la Constitución. La Cámara Federal de Casación rechazó en noviembre de 2025 una impugnación contra el avance del pedido de desafuero que se había originado por la falta de comparecencia de Estrada.

— El fiscal federal Guillermo Marijuan

La acusación sostiene que, mientras ocupaba una banca en la Cámara de Diputados de la Nación, Estrada habría empleado a dos asesores remunerados con fondos públicos, cuyos salarios pagaba el Congreso de la Nación, para producir videos y administrar cuentas anónimas de TikTok destinadas a perjudicar a sus adversarios.

La hipótesis de la Fiscalía es que existió una estructura de producción y distribución de contenidos políticos que funcionaba bajo las órdenes del entonces diputado. Según la acusación, durante el mandato de Estrada como diputado nacional por Salta, sus asesores Florencia Arias Bustamante y Javier Alonso Allemand habrían producido y difundido videos desde cuentas anónimas en redes.

Entre los nombres mencionados en las actuaciones y en la cobertura aparecen las cuentas de “La Casta Salteña”, “La Casta de Sáenz”, “Informante Salta” y “Casta Salta”. El contenido se dirigía contra funcionarios, empresarios y comunicadores salteños, y algunas publicaciones vinculaban al gobierno provincial con el narcotráfico. A diferencia de lo que ocurrió con sus dos exempleados involucrados, Estrada no ha recibido una condena por estos hechos hasta el momento. La solicitud del fiscal tampoco equivale a un procesamiento ni a una declaración judicial de culpabilidad.

— Florencia Arias Bustamante, la fotógrafa señalada como uno de los presuntos operadores del exdiputado nacional Emiliano Estrada

El punto jurídico más importante tampoco es simplemente que se hayan difundido noticias falsas. La hipótesis de Marijuán es que Estrada, cumpliendo como funcionario habría empleado trabajo financiado por el Estado para obtener un beneficio político propio, conducta que el segundo párrafo del artículo 261 del Código Penal denomina peculado de trabajos o servicios.

Dicho de manera sencilla, si un diputado paga de su bolsillo a un equipo para hacer propaganda agresiva o difundir falsedades, pueden aparecer otros problemas civiles o penales según el contenido, pero no necesariamente peculado. Si ordena esa tarea a empleados pagados por el Congreso, el salario público y el tiempo laboral de esas personas pasan a ser el recurso estatal presuntamente desviado.

No se trataba de una tarea de comunicación institucional identificada como proveniente del despacho del diputado. Se operó mediante perfiles sin autoría política visible, con videos considerados falsos y con el objetivo de perjudicar adversarios, especialmente figuras relacionadas con el gobernador Gustavo Sáenz, enfrentado políticamente con Estrada.

— Alonso Javier Allemand, señalado como el operador técnico de la campaña en TikTok, y quien habría trabajado bajo instrucciones de Estrada

Particularmente Bustamante y Allemand reconocieron su intervención en un juicio abreviado realizado en Salta. En mayo de 2025 fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional, además de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, como partícipes secundarios de intimidación pública en la Municipalidad de Cerrillos encabezada por el intendente Enrique Borelli.

La “prisión de ejecución condicional” significa que, en principio, no cumplen la pena dentro de una cárcel, siempre que respeten las reglas impuestas y no incurran en circunstancias que permitan revocar ese beneficio. El juicio abreviado supone que los acusados aceptaron los hechos y la responsabilidad acordada con la acusación, pero esa admisión no reemplaza automáticamente la necesidad de probar la responsabilidad personal de Estrada.

La causa tuvo una trayectoria compleja entre la justicia salteña y la federal. La investigación original examinó la producción y difusión de los videos y derivó en las condenas abreviadas de los dos asesores. Posteriormente surgió en Comodoro Py un expediente centrado en el posible uso de recursos pagados por el Congreso.

Tras conflictos de competencia, la investigación federal por el uso de fondos y personal legislativo quedó bajo el Juzgado Federal N.º 7 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Casanello. La Corte Suprema fue informada sobre la controversia territorial, pero no resolvió el fondo porque la cuestión de competencia ya había quedado superada. La causa provincial y la investigación federal continuaron por sus respectivos objetos.

La prueba relevante

El elemento más comprometedor que trascendió son las declaraciones de los dos colaboradores. En el acuerdo abreviado dijeron que seguían instrucciones directas del diputado y entendían la producción de esos contenidos como parte de sus responsabilidades laborales. Otras reconstrucciones del expediente señalan que Estrada habría enviado lineamientos o guiones y aprobado los videos antes de su publicación.

Esto es importante por dos razones. Primero, conecta la operación digital con personas contratadas por la Cámara de Diputados. Segundo, intenta atribuir la conducción de la maniobra a Estrada y no solamente una actuación autónoma de sus subordinados. Sin embargo, la declaración de coimputados o partícipes interesados debe ser confrontada con elementos independientes.

El artículo 261 del Código Penal contiene dos variantes. La primera castiga al funcionario que sustrae dinero o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada. La segunda aplica la misma pena al funcionario que utiliza, en beneficio propio o ajeno, trabajos o servicios pagados por una administración pública.

La jurisprudencia reseñada por la Suprema Corte bonaerense explica que esta figura se consuma con la desviación y aprovechamiento del servicio pagado por el Estado y que exige dolo directo. También señala que el autor debe ser el funcionario que está a cargo de quienes prestan esos servicios.

La pena prevista es de dos a diez años de prisión y inhabilitación absoluta perpetua. Ese es el marco legal abstracto. No anticipa una pena concreta, porque para llegar a ella primero tendría que haber procesamiento o una decisión equivalente, acusación, juicio, condena firme y determinación individual de la sanción.

No obstante, en Argentina no existe un delito general que castigue cualquier mentira difundida en redes. El derecho penal requiere que la conducta encaje en una figura específica. En este caso, la falsedad y el anonimato describen el tipo de trabajo que presuntamente se encargó, pero el núcleo del peculado sería quién pagó indirectamente ese trabajo y para qué fue usado. La ilicitud que plantea Marijuán consiste en convertir recursos humanos del Congreso en una herramienta clandestina de conveniencia partidaria o personal.

En paralelo aparece la figura de intimidación pública, que protege el orden y la tranquilidad colectivos. El artículo 211 vigente castiga el empleo de medios materialmente idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes, ya que por eso no toda injuria, falsedad o ataque reputacional constituye automáticamente intimidación pública.

La obra social militar que Milei mandó cerrar sigue atendiendo a 324 mil afiliados porque la nueva no tiene médicos contratados

Carlos Presti cambió al responsable de liquidar IOSFA, pero la transición de la obra social militar sigue teniendo una dimensión que excede cualquier recambio de funcionarios. Un documento oficial al que accedió el medio REALPOLITIK permite ponerle números: la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), presidida por Pablo Plaza, distribuye aproximadamente 324.033 beneficiarios entre 13 delegaciones.

El informe está fechado el 22 de septiembre y firmado por Alexis Darío Ferreyra, coordinador de la subgerencia de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión. Identificado como “Anexo III”, enumera la población y el ámbito territorial de cada delegación. Es el mapa administrativo del sistema que el ministerio de Defensa debe ordenar mientras el viejo IOSFA continúa sosteniendo prestaciones.

— Afiliados de OSFA reclamaron por el corte de la cobertura médica durante la llegada de los F-16

AMBA concentra la mayor cantidad: 116.570 beneficiarios, cerca del 36 por ciento del total. Su jurisdicción incluye también Zárate y La Plata. Le siguen Puerto Belgrano, con 39.831 personas y alcance sobre Bahía Blanca y La Pampa, y Córdoba, con 34.555 beneficiarios distribuidos entre esa provincia, La Rioja y Santiago del Estero.

Entre las tres reúnen casi el 59 por ciento de la población consignada. La concentración muestra dónde está buena parte del desafío prestacional para Plaza y para el ministerio que conduce Presti.

El mapa de OSFA: 13 delegaciones y una transición pendiente

El resto de la nómina comprende Entre Ríos, con 22.970 beneficiarios y cobertura territorial sobre Santa Fe; Mendoza, con 21.006 y alcance sobre San Juan y San Luis; y Mar del Plata, con 17.995, incluyendo Tandil.

Salta reúne 17.106 beneficiarios y comprende también Jujuy, Tucumán y Catamarca. Corrientes suma 15.279 y abarca Chaco y Formosa. Completan el listado Chubut, con 10.526; Misiones, con 8.149; Neuquén, con 8.059 y jurisdicción sobre Río Negro; Santa Cruz, con 7.619; y Tierra del Fuego, con 4.368.

La nómina quedó incorporada al sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el número IF-2026-92501920-APN-SGPEYCG#OSFA. Las cantidades son aproximadas y su suma permite dimensionar la población asignada a la nueva estructura. El anexo no detalla contratos médicos, disponibilidad de prestadores ni pagos.

Ese límite cobra importancia al cruzarlo con una comunicación publicada por IOSFA el mismo 22 de septiembre. Allí, el organismo pidió a prestadores y proveedores que anularan las facturas pendientes emitidas a nombre de OSFA y dejaran de generar nuevas. Argumentó que no existían acuerdos o contratos vigentes que respaldaran esa facturación y que las prestaciones seguían siendo brindadas por IOSFA.

Un día antes, Ariel Guzmán había advertido a Presti que Plaza solicitó prolongar la atención mediante la red de IOSFA más allá del 30 de septiembre. Según esa presentación, extender el funcionamiento obligaría al instituto en liquidación a seguir recibiendo facturas y generando obligaciones, alterando el calendario previsto para cerrar sus cuentas.

Guzmán dejó el cargo el 24 de septiembre. La resolución 671/2026, publicada el 29, aceptó su renuncia y formalizó la designación de Gonzalo Secchi como administrador de IOSFA, con rango de secretario y efectos desde aquella fecha. El recambio corresponde al organismo en liquidación: Plaza continúa al frente de OSFA.

El gobierno de Javier Milei creó la nueva obra social mediante el DNU 88/2026, bajo la fiscalización de Defensa. La misma norma ordenó liquidar IOSFA y estableció que debía garantizarse la continuidad de la cobertura durante el traspaso.

El mapa ya está trazado. La tarea de Presti y Plaza es lograr que esa estructura pueda sostener la atención de sus beneficiarios sin depender indefinidamente del instituto que el propio gobierno decidió cerrar. La llegada de Secchi cambia al encargado de la liquidación; el problema prestacional sigue sobre la mesa de Defensa.

*Fuente: REALPOLITIK

La familia Román y el “Rey del Cloro”, a un paso de quedarse con el negocio de AySA

El apellido Román quedó asociado en pocos meses a dos de las operaciones de infraestructura más relevantes impulsadas durante la presidencia de Javier Milei. En junio, Servimagnus, la empresa vinculada a Ricardo y Leonardo Román, quedó como socia argentina de Jan de Nul en la concesión de la Vía Navegable Troncal, la Hidrovía.

Ahora, otra rama de la familia, encabezada por Walter Román, integra uno de los únicos dos consorcios que siguen en carrera para adquirir el 90% de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA).

“La novedad de la jornada fue que se bajó José Luis Manzano, que es socio de Filiberti en Edenor y en el sector se descontaba que iría por la empresa de agua. En su lugar apareció la familia Román, que viene trabajando con los Neuss en las privatizaciones”, afirmaron fuentes a La Política Online sobre los hermanos Juan y Patricio (Paddy) Neuss, amigos de la infancia del actual asesor presidencial Santiago Caputo, a quien conocen desde su paso por el colegio Saint Catherine’s Moorland.

Aunque el proceso de AySA todavía no fue adjudicado. Lo trascendido es que el consorcio encabezado por Rowing, una compañía fundada por Walter Román, quedó entre los dos oferentes técnicos admitidos a la etapa de evaluación.

El Ministerio de Economía abrió el 15 de septiembre las ofertas técnicas y anunció dos postulantes. Por un lado, “ROWING S.A. – Consorcio Rowing, Arcos, Transclor, PHX”, y por el otro, “ROGGIO ROAS S.A. – Consorcio Roggio Roas S.A.U. y otros”. El Gobierno informó que la Comisión de Evaluación debe analizar ahora si las propuestas cumplen las condiciones del pliego antes de la etapa económica y de una eventual adjudicación.

El Gobierno declaró a AySA sujeta a privatización en la Ley Bases y luego organizó la transferencia mediante el Decreto 494/2025 y las resoluciones posteriores. La Resolución 704/2026 convocó una licitación nacional e internacional, de etapa múltiple y sin base, para vender a un operador estratégico la totalidad de las acciones estatales, equivalentes al 90% del capital, con el 10% restante perteneciente a los trabajadores mediante el Programa de Propiedad Participada.

AySA presta el servicio de agua y saneamiento en la Ciudad de Buenos Aires y 26 municipios del conurbano y, según estimaciones publicadas, su área involucra a cerca de 14 millones de habitantes. Walter Román todavía no controlaría AySA, pero está a una evaluación y a una competencia económica de distancia de poder hacerlo.

El negocio, además, no consiste simplemente en comprar acciones y cobrar tarifas. El pliego impone al futuro operador un programa de expansión e inversiones que el Gobierno valuó en $2.89 billones a precios de diciembre de 2025, sin IVA, durante el ciclo 2027-2031, cifra que Economía presenta como superior a US$2.000 millones. También fija objetivos de cobertura y controles anuales a cargo del Ente Regulador de Agua y Saneamiento, ERAS. Esos compromisos hacen que la capacidad técnica y financiera de los socios sea tan relevante como el precio que finalmente ofrezcan por las acciones.

Este esquema ayuda a entender una alianza que, vista de lejos, puede parecer heterogénea, con un empresario argentino de infraestructura y logística, un histórico proveedor químico de AySA, un operador brasileño de saneamiento y un vehículo financiero extranjero.

— El emblemático Palacio de Aguas Corrientes, ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina

Rowing realiza ingeniería y obras vinculadas con redes y saneamiento, pero no acredita por sí sola experiencia equivalente a operar una gran compañía de agua. Arcos, vinculada al Grupo Equipav y a la plataforma brasileña Aegea, cumple el componente de experiencia operativa internacional requerido por el pliego.

En el otro bloque, Roggio no se presenta solo. Aguas de Corrientes aporta experiencia local, mientras que Mekorot y Marubeni brindan respaldo técnico internacional. Sin embargo, el eventual vínculo contractual con el Estado quedaría encabezado por el consorcio liderado por Roggio.

De Rowing a un grupo diversificado

Walter Román mantiene un perfil público considerablemente menor que el tamaño de sus negocios. En su presentación profesional se identifica como fundador de Equo Capital, mientras que el propio grupo se define como una organización creada para administrar, consolidar y desarrollar un patrimonio empresarial familiar. Su portafolio abarca infraestructura, logística, distribución, servicios ambientales, salud e inversiones.

La compañía decisiva para la privatización de AySA es Rowing. De acuerdo con la información corporativa de Equo, Rowing trabaja en construcción y mantenimiento de redes de infraestructura de “última milla”, ya sea electricidad, gas, agua, cloacas y desagües, telecomunicaciones, alumbrado y sistemas de tránsito. El grupo le atribuye miles de trabajadores, centenares de profesionales, técnicos y una cartera importante de proyectos.

Equo también presenta entre sus compañías a Lógico, ConnecTec, Control Ecológico, Direct Group, Santa Catalina y Urbano Express, entre otras unidades. Esa diversidad explica por qué describir a Román solamente como “constructor” resulta incompleto, siendo que su ecosistema empresario combina obras y servicios urbanos con logística, marketing, distribución y otras inversiones. Siendo mayormente conocido por Urbano Express, la compañía de logística que en mayo de 2025 ganó una polémica licitación del PAMI para distribuir pañales en todo el país. Según la acusación, la firma tuvo facilidades para conseguir el contrato y ofreció productos de mala calidad.

La historia familiar es algo antigua, pudiendo ubicar el origen del grupo Román en el negocio de transporte y logística iniciado por Alfredo Simón Román en 1946. Décadas después, los negocios quedaron divididos entre sus hijos y las ramas siguieron caminos empresariales distintos. Walter desarrolló su propio conglomerado, Alfredo continuó otra rama de Grupo Román, Ricardo quedó ligado a los negocios en los que hoy aparece Servimagnus y Oscar se orientó al sector inmobiliario.

Ese detalle es fundamental porque evita una simplificación frecuente. Los Román no operan necesariamente como un solo holding familiar. De hecho, al explicar la participación de Servimagnus en la Hidrovía, la empresa sostuvo que su rama no mantenía supuesta relación societaria ni comercial con las otras ramas Román y que llevaba aproximadamente dos décadas desarrollando actividad propia. Pero en AySA, Walter Román no llegó solo.

El integrante que vuelve especialmente sensible la propuesta de Rowing es Mauricio Filiberti, dueño de Transclor. Durante años lo han apodado como “el Rey del Cloro” o “Señor Cloro” por el peso de su compañía en el mercado de productos químicos utilizados, entre otros destinos, para el tratamiento de agua. Filiberti también tuvo participación en Edenor junto a José Luis Manzano y Daniel Vila, lo que amplió su presencia en servicios públicos regulados.

Transclor se presenta como una empresa con décadas de trayectoria en derivados de la industria cloro-soda y destaca entre sus aplicaciones el abastecimiento de productos destinados al tratamiento y potabilización del agua.

— Mauricio Filiberti, más conocido popularmente como el “Rey del cloro”

En AySA el vínculo no comienza con la privatización. Fuentes sitúan a Transclor como proveedor de la empresa desde 2009, particularmente mediante policloruro de aluminio, conocido como PAC, un coagulante empleado durante el tratamiento de agua. En otras palabras, si el consorcio de Rowing finalmente gana, un proveedor histórico de insumos de AySA pasaría a formar parte del grupo que controlaría a la propia compañía compradora de esos insumos.

El negocio detrás del “Rey del Cloro”

El defensor adjunto bonaerense Walter Martello solicitó información sobre la valuación de los activos y el pasivo ambiental involucrado en la operación. De acuerdo con la documentación disponible, la valuación permanece dentro de un data room de acceso restringido a los potenciales oferentes, mientras que tampoco existe un inventario público y completo de las obligaciones ambientales pendientes. Esta falta de información impide que la ciudadanía pueda analizar en igualdad de condiciones si el precio que eventualmente se acuerde resguarda de manera adecuada el patrimonio estatal.

La falta de transparencia adquiere mayor relevancia ante la posibilidad de que únicamente dos ofertas lleguen a la instancia competitiva. Una licitación sin precio base puede permitir que el propio proceso determine el valor de mercado cuando existe una competencia amplia entre interesados. Sin embargo, cuando el número de oferentes es reducido, disminuye la presión competitiva y aumenta el riesgo de que el Estado termine aceptando una propuesta inferior al valor real de los activos, aun cuando el procedimiento cumpla formalmente con los requisitos legales.

La futura política de compras, los contratos entre partes relacionadas y las reglas de gobierno corporativo en asuntos especialmente relevantes para el regulador y para el control público. Esa mezcla de factores es una inferencia razonable a partir de la doble condición de Transclor —proveedor preexistente y potencial accionista—.

Ahí aparece uno de los puntos en los que la investigación exige particular cautela. Recién en 2023 una licitación de aproximadamente US$115 millones relacionada con la planta de PAC, su operación y el abastecimiento del producto fue anulada después de cuestionamientos por supuesto direccionamiento y abuso de posición dominante, y que Transclor volvió a participar cuando el proceso fue relanzado en 2025. Es decir, que hubieron cuestionamientos o denuncias sobre procedimientos de contratación.

El consorcio no termina allí. El comunicado oficial identifica además a Arcos y PHX. Arcos Saneamento e Participações, vinculada al Grupo Equipav de Brasil, y a la segunda como PHX Aqua AR B.V., un vehículo de inversión radicado en los Países Bajos. De acuerdo con las reconstrucciones del consorcio, Arcos aporta la experiencia técnica internacional y PHX el componente financiero.

La experiencia brasileña es relevante porque el universo Equipav está ligado históricamente al desarrollo de Aegea, uno de los grandes actores privados del saneamiento brasileño, y Águas do Rio opera desde 2021 concesiones de agua y saneamiento en amplias zonas del estado de Río de Janeiro. No obstante, la coincidencia que dio volumen político a la historia de Walter Román ocurrió unos meses antes, cuando Servimagnus quedó asociada con Jan de Nul en la nueva concesión de la Vía Navegable Troncal.

La Resolución 36/2026 adjudicó la operación al consorcio formado por Jan de Nul N.V. y Servimagnus S.A., con una participación informada de 60% para Jan de Nul y 40% para la empresa argentina, por un plazo de 25 años según la reseña de la norma publicada tras la adjudicación. La Hidrovía conecta la navegación del Paraná con el Río de la Plata y constituye la principal salida fluvial de buena parte del comercio exterior argentino.

Servimagnus se presenta como una empresa argentina con más de veinte años de actividad en infraestructura portuaria, dragado, balizamiento, salvamento y servicios para la industria naviera. En esa compañía aparecen Ricardo y Leonardo Román. Se identificó a Ricardo como presidente y a Leonardo como vicepresidente de Servimagnus, y reconstruyó a Leonardo como hijo de Ricardo y, por lo tanto, sobrino de Walter.

Esa secuencia es la que alimentó la idea de un “avance de los Román”, donde una rama obtiene el 40% del socio concesionario local de la Hidrovía y, apenas un tiempo después, Walter Román coloca a Rowing en la final por el 90% de AySA. Las dos operaciones ocurren bajo la misma administración nacional e involucran activos o servicios de importancia sistémica.

Los registros electorales indican que Direct Group aportó $20 millones al bloque de La Libertad Avanza bonaerense el 28 de julio de 2025 y Lógico aportó otros $20 millones a la fuerza en la Ciudad al día siguiente. La primera tenía a Daniel Walter Román como presidente y la segunda estaba vinculada a su entramado empresario. Ese dato es relevante porque quien aparece relacionado con financiamiento electoral estaría compitiendo luego por un activo estatal estratégico.

Córdoba bautizó una Central de Monitoreo del 911 con el nombre de una militar israelí

La subordinación ideológica y los homenajes automáticos hacia el Estado de Israel se convirtieron en el eje central de la política exterior de Javier Milei. Desde el inicio de su mandato a fines de 2023, el Presidente consolidó una alianza ciega caracterizada por repetidos viajes a Jerusalén, visitas al Muro de los Lamentos y promesas de traslado diplomático, priorizando la agenda geopolítica extranjera por encima de los intereses soberanos de la Argentina. Esta bajada de línea importada desde la Casa Rosada encontró rápidamente eco en gobernadores y administraciones provinciales ansiosos por congraciarse con el poder central.

La pantomima de esta cercanía artificial tuvo uno de sus puntos más grotescos el 6 de octubre de 2025. En plena presentación de su libro en el Movistar Arena, y con la excusa de conmemorar el aniversario de los ataques en Medio Oriente, Milei entonó públicamente el tradicional canto festivo “Hava Nagila” —cuya letra celebra la alegría, la felicidad y convoca a bailar— frente a miles de personas. Lejos de guardar un respetuoso luto, el mandatario convirtió la tragedia en un show, coreando torpemente frases festivas para conmemorar un atentado, exponiendo la farsa de un fervor religioso y cultural construido exclusivamente para la tribuna.

Importación de homenajes

La lógica de la sumisión geopolítica bajada desde la Casa Rosada encontró un correlato directo en el interior del país. La Policía de Córdoba y la Legislatura provincial decidieron bautizar oficialmente una de las dependencias estratégicas del sistema de emergencias con el nombre de Roni Eshel, una joven militar extranjera de 19 años que integraba las Fuerzas de Defensa de Israel y resultó asesinada el 7 de octubre de 2023. El acto, llevado a cabo con la participación del ministro de Seguridad Juan Pablo Quinteros y la cúpula policial, incluyó la visita especial de la familia de la soldado, que viajaron desde Israel.

La familia Eshel recibiendo un homenaje.

La homenajeada no tenía ninguna relación con la Argentina ni con la provincia de Córdoba. Se desempeñaba en tareas de observación en la frontera de su país de origen, un conflicto geopolítico ajeno a las problemáticas locales. A través de este nombramiento, el poder político cordobés adoptó un símbolo internacional en una dependencia de seguridad pública local, replicando gestos de pleitesía hacia la agenda exterior impulsada por el Ejecutivo nacional.

Los padres de Roni Eshel en el centro de monitoreo que lleva el nombre de su hija.

La decisión responde al denominado “Proyecto Oz”, una iniciativa de alcance global impulsada por instituciones de la comunidad judía que busca replicar el nombre de la soldado en dieciocho centrales de monitoreo de distintos países. Así, una bajada de línea internacional importada por la DAIA se incrustó directamente en la estructura de seguridad cordobesa, con un aval legislativo exprés que condecoró a los familiares con un beneplácito oficial.

La familia Eshel junto a la placa que homenajea a su hija a casi 13.000 km de donde perdió la vida.

El contraste y el abandono propio

El homenaje oficial a una militar extranjera choca de manera violenta con la realidad diaria que atraviesan los efectivos de las fuerzas de seguridad en la Argentina. Mientras el poder político cordobés desfila junto a funcionarios y familiares llegados desde Medio Oriente, los policías provinciales y federales arriesgan y pierden la vida en las calles del país enfrentando al delito cotidiano, sepultados bajo el desinterés institucional y sueldos de miseria.

Esta subordinación selectiva y desconectada de las urgencias reales también ignora conflictos bélicos de magnitud global que llevan años cobrándose vidas a escala masiva, como la guerra en Ucrania. Al final, el despliegue de pleitesía en Córdoba demuestra que la obediencia a la agenda exterior importa más que honrar a los caídos propios.

*Por Augusto Grinner

La periodista de la falsa denuncia contra los jugadores de Vélez rompió en llanto porque nadie le da trabajo

Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.

“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.

El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.

La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.

— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré

El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.

Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.

La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas. 

— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas

El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.

— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”

Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.

HUMOR por Argüelles​

LO MÁS IMPORTANTE

TWEET DEL DÍA

Tevero liberavisse
comprehensam nec.

Copyright 2023 © Data 24 - Todos los derechos reservados
Data 24.com.ar © Copyright 2025

Subscribe Now