Absolvieron a la jueza que entregó a Lucio Dupuy a sus asesinas

Ana Clara Pérez Ballester seguirá en sus funciones como jueza tras el jury en su contra donde declararon los familiares de la víctima. La defensa de la magistrada giró en torno a la imposibilidad de predecir lo que ocurriría.
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Tras dos semanas de un intenso jury en su contra, la jueza Ana Clara Pérez Ballester -quien devolvió a Lucio Dupuy a su madre y la novia de esta a pesar de las denuncias de violencia por parte de la familia paterna del menor- fue absuelta por la justicia de La Pampa. La magistrada había sido señalada por mal desempeño, debido a que, al otorgarle la custodia del niño a su mamá sin verificar el buen estado del hogar y el entorno familiar, propició su asesinato.

A pesar de los fundamentos de la familia paterna de la víctima, la jueza fue reinstalada en su cargo, en medio de los aplausos de los cercanos a Pérez Ballester se oyó el grito de “¡mataron a un chico!” de otra. La misma decisión se tomó con otra señala, la asesora de menores Elisa Alejandra Catán, también acusada por mal desempeño.

Ramón Dupuy, abuelo de Lucio y testigo del proceso judicial, fue uno de los primeros en llegar al recinto. Al oír el veredicto final, le gritó a los jueces “¡Asesinos!”.

El fiscal general y procurador el el jury, Guillermo Sancho, alegó que no había “opciones” y que se le entregó la custodia a Magdalena Espósito Valenti, progenitora de Lucio, y a Abigail Páez, pareja de Valenti, porque su padre, Cristian Dupuy, “estaba ausente”.

Absolvieron a la jueza que entregó a Lucio Dupuy a sus asesinas

Ana Clara Pérez Ballester mantuvo su cargo tras el jury en su contra donde declararon los familiares de la víctima. La misma decisión fue tomada para la ases…

La familia paterna de la víctima negó tal ausencia y argumentó que aún si fuera así la asesora debía haber solicitado una reunión con las mujeres que querían la tutela del niño para verificar que todo estuviera bien. Sancho coincidió.

En tanto, el abogado defensor de Pérez Ballester, Pablo Rodríguez Salto, alegó que “la destitución de un funcionario debe basarse en un error de derecho evidente, no en opiniones subjetivas”. A su vez, agregó que “no se vulneró el derecho de cuidado personal del padre, ya que no lo estaba ejerciendo, y la decisión recaía en la madre y la tía”.

“Se menciona que el Código Civil -continuó Rodríguez Salto– establece que el cuidado unipersonal, la disconformidad debe ser expresa, y se presume que el otro progenitor avala la decisión”. Seguidamente, argumentó que “escuchar a un niño solo tiene sentido si puede comprender el tema en cuestión, y en este caso, Lucio era demasiado pequeño”.

En un tono más agresivo, Rodríguez Salto apuntó contra el abuelo de Lucio y aseguró que “solo se empoderó ante las cámaras y su abogada sin presentar pruebas”, pero que a la hora de realizar las denuncias -previo al asesinato del menor- “no las presentó”. “Me llama la atención que toda la familia no entendía, no reclamaba, pasaron por varios profesionales y nunca entendieron, pero ahora quieren ponerse la camiseta de Lucio“, lanzó.

“No los responsabilizo de la muerte de Lucio, sino de acusar a Dios y a María Santísima, o de llevar a cabo una caza de brujas que especula. No podemos permitir el lucro con el Estado”, añadió y concluyó: “Se actuó según la información y posibilidades del momento”.

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Villaverde volvió a ser demandada y enfrenta un embargo de $31 millones por vender lotes ilegales

La diputada nacional por Río Negro de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, volvió a quedar en el centro de un conflicto judicial por la venta de terrenos sin escrituración ni servicios básicos en la zona de San Antonio Oeste – Las Grutas. En las últimas horas ingresó una nueva demanda civil por daños y perjuicios en el marco de la ley de Defensa del Consumidor, con un embargo preventivo que supera los 31 millones de pesos y que podría extenderse si avanza la causa a unos 100 millones de pesos.

La presentación fue radicada en el juzgado Civil y Comercial Nro. 9 de San Antonio Oeste a cargo de la jueza titular, Vanessa Kozaczuk, que actualmente se encuentra de licencia, causa fue derivada a la Unidad Jurisdiccional Subrogante Nro. 1, actualmente a cargo de la doctora Julieta Noel Díaz, quien deberá definir los primeros pasos del expediente, entre ellos el tratamiento de las medidas solicitadas.

La demanda está vinculada al loteo denominado “Tajamar”, un emprendimiento inmobiliario que desde hace tiempo acumula denuncias de compradores por presuntos incumplimientos contractuales. La acción fue impulsada por el estudio jurídico Santos & Arizcuren, de Viedma, en representación de un adquirente que firmó un contrato de compraventa el 23 de septiembre de 2020 por un lote de 465,80 metros cuadrados.

Según consta en la presentación judicial, el precio pactado fue de 1.650.000 pesos, abonado mediante un anticipo y un plan de financiación en 120 cuotas mensuales. La demanda sostiene que el comprador cumplió de manera regular y sostenida con sus obligaciones, llegando a pagar un total de 3.269.800 pesos, tal como surge de los comprobantes acompañados al expediente.

Del otro lado, la parte vendedora no habría cumplido con ninguno de los compromisos asumidos. En particular, se remarca el incumplimiento de las obras de infraestructura básicas prometidas en el contrato: apertura y enripiado de calles, provisión de agua potable, energía eléctrica y alumbrado público. Dichas obras debían ejecutarse en un plazo máximo de diez meses, con una prórroga excepcional de seis meses, plazos que se encuentran largamente vencidos.

De acuerdo al escrito, el lote permanece hasta hoy sin servicios, sin condiciones urbanísticas mínimas y sin ningún avance en el proceso de escrituración, lo que lo convierte en un bien inutilizable desde el punto de vista legal y material. Ante esta situación, el comprador llamado Alejandro Kanjer, notificó formalmente el ejercicio del derecho de retención de pago y comunicó la rescisión del contrato por culpa exclusiva de la vendedora, conforme al Código Civil y Comercial de la Nación.

Uno de los puntos más sensibles del planteo judicial es la situación administrativa del emprendimiento. Los abogados sostienen que el loteo “Tajamar” carece de aprobación formal por parte de la municipalidad de San Antonio Oeste: no existiría ordenanza habilitante, inscripción catastral, trazado urbano aprobado ni apertura formal de calles. Estas omisiones impedirían la obtención de permisos de edificación, la factibilidad de servicios y la posterior escrituración de los lotes vendidos.

Según la demanda, estas irregularidades eran conocidas por la vendedora Lorena Villaverde que ya tiene reiteradas demandas y que fueron deliberadamente omitidas al momento de la firma del contrato, lo que agrava el incumplimiento y fundamenta el pedido de rescisión, restitución del dinero actualizado y la aplicación de daños punitivos previstos en la legislación de defensa del consumidor.

La nueva causa se suma a un cúmulo de demandas y medidas judiciales previas vinculadas al mismo emprendimiento inmobiliario. En los últimos meses, Villaverde ya fue alcanzada por embargos preventivos millonarios y por acciones colectivas iniciadas por otros compradores que denunciaron un esquema reiterado de venta de lotes sin habilitación municipal, sin servicios y sin posibilidades reales de escrituración.

*Fuente: REALPOLITIK (Luciano Barroso)

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