El miércoles 15 de mayo el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Santiago Brugo, declaró la absolución del periodista Eduardo Prestofelippo, más conocido como El Presto, quien había sido denunciado por Adán Humberto Bahl, exvicegobernador de Entre Ríos y exintendente de Paraná, por “instigación a cometer delitos”.
La decisión del juez fue destacada por el abogado de El Presto, Augusto Lafferriere, como “un fuerte espaldarazo a la libertad de expresión y de ideas que tiene todo ciudadano. Fue una persecución política que les salió mal”. Considerando que Entre Ríos ha sido históricamente gobernada por el peronismo, Lafferriere calificó el fallo de Brugo como “valiente y fundado en derecho”.
El momento en que la Justicia absuelve de culpa y cargo a El Presto
“No podemos desconocer el tinte político de este caso”: al momento de la denuncia, Adán Bahl era el candidato a gobernador de Entre Ríos. Aunque el delito investigado es relativamente menor en comparación con otros en el Código Penal, el Ministerio Público Fiscal tomó el caso. Según Lafferriere, “normalmente, este tipo de situaciones se archivan en menos de cinco días, ya que hay casos mucho más importantes y, por el principio de oportunidad, el Ministerio Público Fiscal no puede perseguir todos los delitos que se denuncian”.
La denuncia contra el periodista fue presentada el 5 de mayo de 2020, cuando el peronismo consideraba a Bahl como el futuro gobernador de Entre Ríos, sucediendo a Bordet. Sin embargo, el destino se torció: la pésima gestión de la pandemia, la crisis económica, el malestar social y la aparición de Milei en la escena política, afectó a las proyecciones del peronismo y la lista de Bahl quedó en segundo lugar, siendo derrotada por la de Frigerio. “El expediente se mantuvo cuatro años porque (Adán Bahl) ya se creía Gobernador. Por eso no fue archivado”, agregó Lafferriere.
LOS CONTUNDENTES ARGUMENTOS DEL JUEZ BRUGO:
El magistrado argumentó que la Fiscalía no pudo acreditar varios aspectos “con posterioridad a la viralización del video”: Se desconocía los domicilios de Bahl y del SUOYEM, no se acreditó que terceras personas hayan visitado el domicilio del exintendente después de la viralización del video, y no se comprobó que alguien haya ido a la casa de Bahl el 7 de mayo de 2020. Tampoco se acreditó el temor que supuestamente generó en la esposa e hijos de Bahl, ya que no se pudo acreditar quiénes eran ni fueron ofrecidos como testigos.
En relación al análisis del video publicado por Prestofelippo, Brugo destacó que era un programa de 55 minutos que abordaba diversos temas, como la liberación de presos durante la pandemia y conflictos laborales. Señaló que el programa tenía un claro discurso político, criticaba decisiones judiciales y utilizaba un tono sarcástico y vehemente. A pesar de que se observaban elementos que podrían constituir delitos públicos, como la apología del delito, el magistrado consideró que el discurso de Prestofelippo, aunque controvertido, no tenía la capacidad suficiente para causar una conmoción social.
La respuesta del periodista a Bahl durante el juicio: “No soy ejemplo de nadie, pero yo no le robo a los entrerrianos ni uso al Estado para perseguir gente”
El juez también mencionó que el “consejo” de Prestofelippo de “quemar la casa de Bahl con su familia adentro” se hizo en un contexto político y vehemente, donde previamente había insultado a Bahl y luego, segundos después del exabrupto, el periodista pidió “perdón por la vehemencia”. Consideró que este consejo, aunque repudiable, no fue serio y fue dado de manera irreflexiva, sin la intención de que se llevara a cabo. En base a estos argumentos, el juez concluyó que no se configuró el delito de instigación a cometer delitos en la conducta de Prestofelippo “advierte una pasión encendida, la vehemencia, la irreverencia, su falta absoluta de apego a las formas, la falta de respeto, es un periodista transgresor, el sarcasmo y el cinismo que utiliza para comunicar”.