Un columnista de Página/12 golpeó brutalmente a un joven libertario
Se trata de Gastón Enrique Garriga. Además de trabajar en el pasquín ultra K, el agresor es profesor universitario y tiene un contrato en la Cámara de Diputados. El denunciado practica artes marciales, factor que complica su situación judicial.
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Durante el debate sobre la Ley de Bases, se desató una inquietante ola de violencia en los alrededores del Congreso, protagonizada por militantes kirchneristas y de izquierda. En redes se viralizó un video en el que puede verse a un panfletista ultra K de Página/12 golpeando —cobardemente, por la espalda— a un influencer liberal que también se encontraba en la zona, apoyando la ley del Gobierno.
El cobarde ataque por la espalda del columnista de Página/12
El currículum del violento
A través de las mismas redes sociales se logró identificar al agresor: Gastón Enrique Garriga, de 48 años, es comunicador y docente graduado de la Universidad de Buenos Aires. Garriga trabaja en el pasquín Página/12 y en AM 530 Somos Radio, emisora de Madres de Plaza de Mayo. Vale aclarar que ninguno de los medios en donde trabaja emitió palabra alguna.
El perfil de Garriga, en la web de Página/12
Tiene, incluso, un contrato con la Cámara de Diputados de la Nación y fue empleado de la legislatura bonaerense.
Además, el agresor se desempeñó como jefe de prensa de OSDE y se define como consultor/asesor de organizaciones políticas y gremiales. También es profesor universitario en la Universidad Nacional de Avellaneda. Está a cargo del Seminario de Comunicación Política Nacional.
Cuando cobró relevancia su nombre y conoció que será denunciado por el joven libertario, Garriga cerró todas sus redes sociales. Sin embargo, revisando su cuenta personal de Facebook, los usuarios descubrieron que Garriga era boxeador amateur, hecho que podría complicar su situación judicial.
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José Néstor Prado, exinspector de nivel secundario con jurisdicción en Ramallo, Provincia de Buenos Aires, continúa figurando como personal activo en la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) bonaerense pese tener una pena firme por abuso sexual agravado desde 2019.
Prado estuvo cumpliendo su condena en prisión, junto a la docente implicada Mariela Alejandra Elisa Gálvez, hasta que él recuperó la libertad en octubre de 2025, posiblemente por haber cumplido los dos tercios de la pena, que es el requisito habitual para acceder a la libertad condicional en Argentina. Desde ese momento, comenzó a reaparecer como personal activo en el sistema informático de la DGCyE.
– José Prado y María Gálvez
Prado se desempeñaba en su labor de inspector de educación secundaria en el norte bonaerense. Fue detenido e imputado por abuso sexual y, tras el proceso judicial, recibió una condena a diez años de prisión por abuso sexual agravado. La sentencia quedó firme en 2019, lo que significa que agotó todas las instancias de apelación posibles y adquirió carácter definitivo e inapelable. Ese fundamento de “firme” es crucial, porque implica que no existe ninguna duda jurídica sobre su culpabilidad.
Aquí aparece uno de los elementos más llamativos del caso. El procedimiento para exonerar a un agente público bonaerense requiere que, antes del acto final, intervenga la Asesoría General de Gobierno para emitir un dictamen jurídico. Según el artículo 80 de la Ley 10.430, cuando la falta puede dar lugar a una sanción expulsiva, “deberá darse intervención a la Asesoría General de Gobierno para que, dentro del plazo de diez días, emita dictamen al respecto”.
En el caso Prado, la Asesoría General de Gobierno dictaminó en abril de 2026 que correspondía exonerarlo. El dictamen, que es una opinión jurídica vinculante que le indica a la autoridad competente cuál es la medida que corresponde, fue claro en argumentar que la exoneración debía efectivizarse. Sin embargo, esa exoneración nunca se concretó.
El dictamen de la Asesoría General de Gobierno requiere primero que la autoridad competente (la DGCyE) dicte un acto administrativo formal —una resolución— que haga efectiva la exoneración. Eso implica que alguien en la cadena jerárquica dentro de la DGCyE debía firmar ese acto y no lo hizo, o lo hizo con una demora inexplicable.
Los plazos son reveladores, siendo que la condena quedó firme en 2019, la Asesoría tardó hasta abril de 2026 en dictaminar (casi 7 años después de la condena firme), y aun así, a julio de 2026, la exoneración no se había materializado. Prado recuperó la libertad en octubre de 2025 y desde entonces volvió a aparecer como activo en el sistema, lo que sugiere que nunca fue dado de baja formal.
Con una condena firme desde 2019, la DGCyE estaba obligada a avanzar con el procedimiento administrativo correspondiente. Eso implicaba iniciar o continuar el sumario disciplinario, incluso si todavía no se hubiera puesto en marcha, tomando la sentencia penal como un hecho ya acreditado. También debía disponer la suspensión preventiva del inspector mientras se desarrollaba el proceso, tal como prevé el propio régimen disciplinario. Una vez reunida toda la documentación, el expediente tenía que ser remitido a la Asesoría General de Gobierno para la emisión del dictamen y, luego de esa instancia, dictarse la resolución de exoneración.
Nada de esto ocurrió en tiempo y forma. El retraso abarca las gestiones de al menos dos directores anteriores del DGCyE, pero también —y esto es lo que genera la interpelación actual— la gestión de la propia directora general de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, Flavia Terigi quien asumió el cargo en diciembre de 2025 luego del acuerdo del Senado bonaerense, y bajo cuya conducción Prado siguió figurando como activo.
La responsabilidad institucional
Flavia Terigi es pedagoga, profesora de la Universidad de Buenos Aires (UBA), doctora en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid, y fue designada directora general de la DGCyE por el gobernador Axel Kicillof mediante el Decreto 2891/2025. Asumió en reemplazo de Alberto Sileoni.
Hasta el momento no brindó ninguna explicación al respecto. La DGCyE deberá dar explicaciones, al menos, por tres demoras clave en el caso Prado. La primera es por qué tardó años, desde la condena firme de 2019, en remitir el expediente a la Asesoría General de Gobierno. La segunda, por qué después del dictamen emitido en abril de 2026 la exoneración todavía no se concretó en los meses posteriores. Y la tercera, por qué el sistema informático sigue registrándolo.
El hecho no es excepcional en su mecánica, aunque sí en su gravedad. El sistema disciplinario docente bonaerense es históricamente lento y burocrático. Los sumarios pueden tardar hasta décadas en resolverse, los expedientes quedan estancados en distintos escritorios, y las autoridades jerárquicas muchas veces no impulsan de oficio los procedimientos cuando deberían hacerlo.
A diferencia de otras provincias, como Mendoza (que sancionó en 2025 una ley de “ficha limpia docente” con exoneración e inhabilitación permanente para condenados por delitos sexuales, y creó un registro único de sanciones), la provincia de Buenos Aires no tiene un sistema automático o expedito que vincule una condena penal firme con la baja inmediata del sistema. Todo depende de que los distintos actores de la cadena administrativa cumplan con sus pasos en tiempo y forma.
La DGCyE debe de ejecutar de inmediato el acto administrativo de exoneración, explicar la cadena de responsabilidades que llevó a esta situación y revisar cuántas situaciones similares pueden estar ocurriendo en el vasto sistema educativo bonaerense, que cuenta con más de 300.000 docentes y personal a cargo.
¿Cómo puede un condenado seguir en el sistema?
Para entender primero hay que conocer cómo funciona el sistema disciplinario docente y su lentitud. En Argentina, la responsabilidad penal (ser condenado por un delito) y la responsabilidad administrativa (ser sancionado laboralmente por el Estado empleador) son dos procesos independientes que se tramitan en paralelo. El Código Penal castiga al ciudadano, mientras que el régimen disciplinario del Estado sanciona al empleado público como tal.
Esto significa que una condena penal no produce automáticamente la baja laboral del agente. Para echar a un docente del sistema educativo bonaerense de manera definitiva, la administración debe llevar adelante un sumario administrativo propio con sus propias garantías procesales, y luego dictar un acto administrativo de exoneración firmado por la autoridad competente.
El personal docente bonaerense se rige por la Ley 10.579 (Estatuto del Docente). Este estatuto establece distintas sanciones disciplinarias, siendo la más grave la exoneración, que implica la separación definitiva del servicio y la inhabilitación para ingresar nuevamente al sistema educativo.
El artículo 140 del Estatuto del Docente establece que el sumario administrativo puede correr en paralelo con la causa penal, pero que la resolución final administrativa debe adecuarse a lo que se tenga por probado en la causa penal. Es decir que, si hay condena penal firme, la administración debe tener eso como un hecho probado y actuar en consecuencia.
Para el personal no docente, la Ley 10.430 (Estatuto del Empleado Público bonaerense) es aún más explícita. El artículo 73 establece taxativamente que es causal de exoneración “la sentencia condenatoria dictada en perjuicio del agente como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”. Un abuso sexual es, sin lugar a duda, un delito doloso. Bajo ese marco, la exoneración no es discrecional.
El gobierno de Javier Milei puso la mira sobre la mayor caja previsional del país. El Ministerio de Economía analiza utilizar los recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSeS para financiar al mercado inmobiliario y reactivar el crédito hipotecario. La medida busca generar empleo rápido, pero vuelve a encender las alarmas sobre el uso del dinero previsional.
El FGS es, en palabras simples, un pozo de dinero, bonos y acciones que administra el Estado. Su función original es actuar como un fondo de reserva para asegurar que el pago de las jubilaciones esté garantizado en el futuro.
La jugada se delineó en reuniones del equipo económico con bancos y desarrolladores inmobiliarios. El propio Luis Caputo les propuso juntarse para armar un fondo inmobiliario común. A cambio, prometió que el Estado duplicará o triplicar ese dinero usando préstamos extranjeros y los fondos de la ANSeS.
En la jerga financiera, el Gobierno habla de “apalancar” el crédito con estos recursos. Esto significa, básicamente, usar una cantidad menor de dinero como base o garantía para conseguir un financiamiento mucho más grande. El plan oficial es que la plata de los jubilados funcione como el motor y el respaldo que los bancos privados exigen para volver a prestar.
El mecanismo técnico detrás del plan se conoce como “securitización”. En palabras simples, consiste en que los bancos agrupen los créditos hipotecarios que ya otorgaron y se los vendan en un “paquete” a ANSES. Así, los bancos recuperan su dinero de inmediato para volver a prestar, eliminando el riesgo de esperar décadas para cobrar, mientras que el Estado Nacional asume la carga de largo plazo y el riesgo.
Esta ingeniería financiera responde a la fuerte presión de las cámaras empresariales y grandes desarrolladores del sector. Con un mercado inmobiliario paralizado, altas tasas de interés y la pérdida de más de 81.000 empleos registrados en la construcción, las corporaciones del ladrillo exigieron un salvavidas estatal. La respuesta oficial fue abrir la misma caja previsional que el kirchnerismo utilizó en el pasado.
Raúl Padró, legislador mandato cumplido, dialogó con RADIO REALPOLITIK FM sobre el proceso de enjuiciamiento al juez federal Alfredo López. Durante la entrevista, cuestionó a quienes impulsan la acusación, rechazó las denuncias por presuntas expresiones antisemitas y sostuvo que detrás del caso existe un intento de disciplinamiento político. A lo largo de la conversación, remarcó que su presencia en la audiencia fue en calidad de ciudadano y defendió la trayectoria del magistrado.
“Alfredo López es un hombre que tiene una trayectoria de 40 años en la justicia, todos lo sabemos, inmaculado, un hombre impoluto”, afirmó Padró al explicar por qué decidió acompañar al juez durante el proceso.
En ese sentido, cuestionó a los denunciantes y aseguró que carecen de autoridad moral para impulsar el juicio político. “Lo único que hizo fue coincidir con el Tribunal de la Corte Penal Internacional, lo mismo que hizo en su momento el Papa Jorge Bergoglio Francisco”, sostuvo al defender las declaraciones de López sobre el conflicto en Medio Oriente.
El exlegislador insistió en que su respaldo no responde a un vínculo personal con el magistrado, sino a una convicción sobre el caso. “Yo no soy amigo de López. Como decía Aristóteles, soy amigo de Platón, pero en mayor medida soy amigo de la verdad y he visto que la verdad está del lado de López y no de esta banda de delincuentes acusadores que carecen de todo sustento moral y jurídico para hacer imputaciones al doctor Alfredo López”, manifestó.
Asimismo, aseguró que las acusaciones difundidas en distintos medios distorsionaron lo ocurrido durante la audiencia. “Nosotros en ningún momento hicimos ningún tipo de manifestación racista ni nada porque estamos bien de la cabeza. Nuestra cruzada, nuestra lucha es por la verdad y la justicia contra el racismo y la discriminación”, expresó.
En esa línea, rechazó las acusaciones de antisemitismo y sostuvo que se trata de una estrategia para desacreditar a quienes cuestionan al estado de Israel. “Nosotros en ningún momento hablamos de ningún judío”, enfatizó, y agregó: “Si ellos se sienten parte de eso, bueno, es un problema de ellos, evidentemente”.
Críticas al gobierno y a la libertad de expresión
Consultado sobre si considera que el caso afecta la libertad de expresión, Padró respondió que ese es uno de los aspectos centrales del conflicto. “Es uno de los argumentos que está ahí. Suerte que alguien lo grabó, porque está documentado”, señaló.
Luego amplió sus críticas hacia el gobierno nacional y vinculó el proceso contra López con la política exterior de la administración de Javier Milei. “Este episodio de López es el paradigma de lo que significan toda esta casta de miserables sinvergüenzas y ladrones”, sostuvo.
Además, cuestionó el alineamiento internacional del Ejecutivo y afirmó: “Es hora de poner las cosas en su lugar, que el pueblo argentino tome conciencia y ubique estos individuos donde corresponde”.
Sobre el futuro del proceso disciplinario, Padró recordó que la decisión quedó en manos del tribunal y anticipó que, cualquiera sea el resultado, el conflicto continuará. “Terminó la sentencia. Ahora tiene que expedirse el tribunal. Vamos a ver qué dicen. Vamos a ver, porque esto no termina acá. La historia sigue”, concluyó.
La industria argentina paga más impuestos que la de cualquier otro país del mundo, al menos entre las empresas que cumplen con el fisco. Así lo concluye un informe del Departamento de Política Tributaria de la Unión Industrial Argentina (UIA) que comparó ocho tributos en treinta economías y dejó al país en el primer puesto del ranking de carga sobre el sector formal, con una presión del 56%.
La distinción metodológica es central. Si se mide la presión fiscal tradicional (lo que el Estado recauda en relación al Producto Bruto Interno) Argentina aparece recién en el puesto 12 entre los treinta países analizados. El salto al primer lugar aparece cuando se descuenta la economía informal y se calcula cuánto soportan únicamente las empresas que operan dentro del sistema. Para eso, el estudio ajustó el PBI de cada país según el peso del empleo fuera del circuito formal, con datos de la Organización Internacional del Trabajo. El resultado deja expuesto que en un país con alta informalidad la carga se concentra sobre menos hombros.
Ese 56% marca un aumento de seis puntos porcentuales frente al informe anterior de la entidad, de 2023, calculado con la misma metodología. La suba se produjo pese a que el Gobierno avanzó en la baja de algunos tributos, entre ellos las retenciones.
El relevamiento comparó a los países del G20 y de Sudamérica, más España, Países Bajos y Suiza, un conjunto que representa el 81% del PBI mundial. Y midió ocho impuestos: Ganancias de Sociedades, IVA, débitos y créditos, impuesto al patrimonio, derechos de exportación, Ingresos Brutos, tasas municipales y sellos.
En cinco de esos ocho tributos Argentina quedó primera. Lidera el impuesto al cheque, donde apenas cuatro países lo aplican y el argentino es el más gravoso. Encabeza el impuesto al patrimonio, porque es el único que grava sobre base bruta, sin descontar deudas, y con un mínimo no imponible bajo. Está al tope en Ingresos Brutos y tasas municipales, un combo que la entidad describe como el más distorsivo del sistema por el efecto cascada sobre toda la cadena de producción. Y encabeza el impuesto de sellos, por la amplitud de contratos alcanzados. A esa lista se sumó este año una novedad: los derechos de exportación, que solo mantienen Argentina y Rusia, con una alícuota local del 8,68% frente al 3,9% ruso.
En los tres tributos restantes el país tampoco queda lejos. En Ganancias de Sociedades es el segundo, con una carga efectiva del 39,5% que combina la alícuota del 35% con el 7% sobre dividendos. Solo lo supera Colombia, tras la reforma de 2022. En IVA figura cuarto, detrás de Brasil, Uruguay e Italia, aunque la UIA aclara que el problema no es tanto la alícuota del 21% como los saldos a favor que las empresas no logran recuperar y que les inmovilizan capital de trabajo.
Con ese diagnóstico sobre la mesa, la central fabril reclamó un pacto fiscal federal industrial para “nivelar la cancha”. Entre las propuestas figuran una alícuota única del 25% para Ganancias, la devolución automática de saldos de IVA, la eliminación progresiva del impuesto al cheque, una reducción de Ingresos Brutos para la industria hasta llegar a cero y la eliminación de las retenciones para las manufacturas y los alimentos elaborados. La entidad también pidió un compromiso de estabilidad fiscal y jurídica por treinta años, con el RIGI como modelo.
El informe llegó en un momento delicado para el sector: la producción industrial permanece un 10% por debajo de los niveles de 2022 y se perdieron cerca de 70.000 puestos de trabajo desde mediados de 2023. La UIA reconoce que el Gobierno mostró intención de bajar la carga, pero calcula que el proceso recién se completaría hacia fines de 2027 y principios de 2028.
El Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) de la provincia de Buenos Aires auditó el ejercicio 2024 de la firma de Autopistas de Buenos Aires Sociedad Anónima (AUBASA) y detectó que la empresa liquidó 116.837 horas policiales por encima de lo pactado en el convenio provincial.
Según la resolución, el acuerdo permitía redistribuir horas o efectivos entre los distintos corredores viales, pero no habilitaba a ampliar unilateralmente el total de horas autorizadas. El mayor exceso se concentró en la Autopista Buenos Aires–La Plata, con diferencias adicionales detectadas en el Sistema Vial Integrado del Atlántico.
AUBASA es la empresa estatal de la provincia de Buenos Aires que administra justamente la Autopista Buenos Aires–La Plata, el Sistema Vial Integrado del Atlántico y otras rutas provinciales. Uno de sus servicios más sensibles es la contratación de “policía adicional” (POLAD), o sea, efectivos policiales que trabajan horas extra para brindar seguridad en las rutas, cuyo pago está regulado por un convenio firmado con el Ministerio de Seguridad provincial.
Como consecuencia de dicha irregularidad, el Tribunal aplicó un llamado de atención formal contra quienes tuvieron responsabilidades de conducción durante el período auditado, entre ellos el entonces presidente José Ramón Arteaga y otros integrantes de la conducción de la empresa. Es importante aclarar que este llamado de atención es una sanción administrativa de menor gravedad.
El propio Tribunal precisó que la observación se limitó a la forma en que se administraron y liquidaron las horas, sin formular cargos patrimoniales ni ordenar reintegros de dinero.
— José Ramón Arteaga
Días después de conocerse el fallo, una asamblea informal de trabajadores de AUBASA señaló directamente a tres funcionarios de la actual conducción como responsables del manejo del sistema POLAD. En ese grupo mencionaron a Juan Guillermo Sauro, quien asumió la presidencia en marzo de 2024, y Mauro Daniel Moretti, subgerente de Seguridad Patrimonial de la empresa y uno de los alcanzados por el llamado de atención del Tribunal por su intervención en la confección de las boletas de servicio general de policía adicional.
De acuerdo a los trabajadores, Moretti coordina el sistema POLAD en las rutas administradas por AUBASA. También fue apuntado Pablo Martínez Carignano, jefe de Gabinete de Pablo Ceriani, a quien la asamblea atribuyó el manejo de los fondos correspondientes a las horas adicionales a través de Moretti. En tercer lugar, señalaron al mismo Ceriani, actual gerente general de AUBASA y superior jerárquico de Martínez Carignano.
— Pablo Ceriani
Durante la asamblea, distintos empleados llegaron a acusar a estos tres funcionarios de “repartirse el dinero de las horas POLAD entre ellos”, una imputación de extrema gravedad. No obstante, es clave distinguir entre el hallazgo administrativo confirmado y la denuncia gremial, ya que hasta el momento de lo trascendido, esta acusación corresponde exclusivamente a manifestaciones de los propios operarios en una asamblea, sin que exista una resolución judicial que la respalde ni una imputación penal conocida contra ninguno de los nombrados.
El contexto financiero que agrava la crisis
La controversia estalla en un momento particularmente incómodo para la empresa. AUBASA cerró el ejercicio 2024 con un resultado negativo superior a los 6.100 millones de pesos. Esto contrasta con el discurso público de la gestión, que en octubre de 2024 se presentaba como una empresa estatal “superavitaria” capaz de autofinanciar un ambicioso plan de obras de 332 millones de dólares.
La combinación de pérdidas económicas, observaciones del organismo de control y denuncias internas sobre el manejo de las horas POLAD pone bajo fuerte presión a la cúpula actual de la empresa, en un contexto donde además Arteaga ya insinuó públicamente aspiraciones políticas como candidato a intendente.
La tragedia del ARA San Juan, ocurrida en 2017, marcó el inicio de un extenso proceso judicialque busca esclarecer las responsabilidades por el naufragio y las 44 víctimas fatales. Tras casi nueve años, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó sentencia: condenó al excomandante de la Fuerza de Submarinos, Claudio Villamide, a tres años de prisión en suspenso (sin prisión efectiva por tratarse de una condena de menos de tres años) por estrago culposo agravado y absolvió a otros tres exjefes.
Este veredicto, lejos de cerrar el caso, encendió una fuerte tensión interna en la Marina y provocó el rechazo inmediato de los familiares de los tripulantes. El fallo ha abierto una nueva disputa sobre quiénes y cómo deben juzgar la conducta militar ante desastres de esta magnitud.
El ARA San Juan, submarino clase TR-1700, cuando atracaba en el puerto.
El fallo que sacudió a la Armada
La condena a Villamide causó un impacto profundo en la Marina. Voces de la Fuerza sostienen que la justicia civil evitó profundizar en la cadena de mando y utilizó al excomandante como fusible para evitar confrontar al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.
Desde la visión naval, el criterio de los jueces fue puramente político. Argumentan que se dictó la pena mínima para evitar la cárcel efectiva, validando la responsabilidad sólo porque el ámbito militar ya lo había señalado. Esta interpretación genera incertidumbre sobre la autoridad de los comandantes superiores ante fallas técnicas de sus subordinados, dejando en duda el principio de mando sobre la operatividad de las unidades.
Claudio Villamide, excomandante de la Fuerza de Submarinos, quien fue condenado.
La embestida por el Código de Justicia Militar
Tras la sentencia, el reclamo puertas adentro de la Armada se intensificó. La postura predominante exigevolver a implementar el Código de Justicia Militar. El objetivo es que los eventos ocurridos en cumplimiento del servicio no sean juzgados bajo parámetros civiles.
Para la cúpula naval, este cambio es indispensable para el futuro. Sostienen que, de producirse un nuevo incidente, la evaluación debe realizarse exclusivamente dentro de los tribunales castrenses. Consideran que lo actuado por la justicia federal fue jurídicamente aceptable, pero militarmente es un caos que vulnera la estructura jerárquica.
El Juicio a las Juntas en 1985, el resultado del traslado de jurisdicción de la Justicia castrense a la Justicia civilen octubre de 1984.
La voz de las familias y la apelación
La querella, que representa a los familiares de los 44 tripulantes, expresó un profundo rechazo al veredicto. La abogada Valeria Carreras calificó la sentencia como ofensiva, al considerar que una pena de tres años en suspenso no guarda relación con la magnitud de la tragedia.
Ante este escenario, la querella confirmó que apelará la decisión del tribunal. El objetivo central es revertir las absoluciones y obtener condenas de cumplimiento efectivo para todos los responsables. Paralelamente, trabajan en un proyecto para modificar el Código Penal y aumentar las penas previstas para el delito de estrago culposo agravado, bajo el argumento de que la figura actual no contempla la escala del desastre según el número de víctimas.
Familiares de los tripulantes del ARA San Juan.
La encrucijada técnica y jurídica
La condena a Villamide se sostiene sobre la omisión de control del Comando de la Fuerza de Submarinos tras el informe de navegación de julio de 2017, especialmente vinculado a la válvula ECO-19. La acusación consideró que el excomandante no adoptó las medidas suficientes para determinar qué había sucedido con dicho componente, incrementando un riesgo que se materializó meses después.
A pesar de esto, el juicio no pudo demostrar con certeza qué ocurrió en el momento del colapso. La defensa de Villamide argumentó que no existía una avería persistente informada y que el submarino operó con normalidad tras los episodios de julio.
Con los fundamentos del fallo previstos para el 21 de agosto, el tribunal deberá aclarar cómo vinculó la omisión funcional con el estrago que provocó la pérdida de la nave, una incógnita que aún divide las interpretaciones técnicas y penales del caso.
El proyecto del Gobierno reemplazaría el límite del 15% por un sistema de autorizaciones y podría triplicar los 13 millones de hectáreas que ya controlan extranjeros. El Senado lo vota el 6 de agosto.
La comisión creada para ordenar la liquidación de la anterior obra social fracasó y quedó sin salida técnica. El conflicto quedaría en definirse por medio del propio Javier Milei.
Así que hay extranjeros que viven en Argentina, estudian gratis en Argentina, se atienden gratis en hospitales Argentinos mientras odian a la Argentina? Perfecto. Acabo de presentar un proyecto para arancelar la salud y la educación a extranjeros en la provincia de Buenos Aires. pic.twitter.com/Pppyd23460