LA MATANZA | Leila Gianni denunció al intendente Fernando Espinoza por la clausura a Mercado Libre
La abogada Leila Gianni denunció a Fernando Espinoza por la clausura de un centro de distribución que Mercado Libre pretendía construir en La Matanza. La obra, valuada en 75 millones de dólares, prometía generar 2.300 empleos.
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El intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, fue denunciado nuevamente ante la Justicia Federal por la “clausura arbitraria e ilegal” del proyecto de expansión del Centro de Distribución de Mercado Libre en la localidad de Tapiales. La denuncia, presentada hoy por la abogada LeilaGianni, ex subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano, recae sobre el juzgado a cargo de la jueza María Romilda Servini.
La presentación judicial acusa a Espinoza de “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”, acciones que, según el texto de Gianni, “perjudican la economía local y afectan el desarrollo de un proyecto crucial cuya obra está valorada en 75 millones de dólares y prometía generar 2.300 empleos”.
El escrito detalla que la clausura se produjo el 18 de octubre de 2024, cuando agentes municipales y efectivos policiales—bajo órdenes directas de Espinoza— se presentaron en el sitio de construcción impidiendo el acceso de camiones con materiales e interrumpiendo completamente la obra.
Gianni, quien renunció a su cargo para militar por La Libertad Avanza en La Matanza, critica que se haya optado por la clausura sin agotar previamente otras medidas menos severas, como multas o plazos de regularización. También cuestiona la legalidad del acta de clausura, señalando que carece de una descripción clara de las infracciones y resulta ilegible, lo que limita el derecho de defensa de la empresa.
“Los agentes municipales, acompañados de efectivos policiales, con una actitud prepotente y desmedida, justificaron su intervención con excusas que resultaban completamente insuficientes. Hablaron de razones ‘burocráticas’, ‘administrativistas’ e incluso ‘ilegales’”, describe la denuncia. “Sin dar lugar a un diálogo o a una reconsideración razonable de la situación, procedieron a la clausura y paralización total de la obra, lo que sorprendió tanto a los trabajadores como a los directivos de la empresa”, agrega.
El fundador de Mercado Libre, Marcos Galperin, denunció la clausura en sus redes sociales. Espinoza respondió al CEO de Mercado Libre a través de sus redes sociales, sugiriendo que la firma no habría solicitado la habilitación municipal para edificar en el Mercado Central. “Como en toda jurisdicción del país, una obra edilicia debe solicitar la habilitación municipal. Y no siendo la suya una empresa frutihortícola, para construir en el Mercado Central es preciso congeniar muchos aspectos que hacen a las normas establecidas”, señaló Espinoza en un mensaje dirigido a Galperin.
Leila Gianni, por su parte, afirmó que “La Matanza necesita liberarse de la opresión de líderes como Espinoza”, a quien calificó como “un personaje muy siniestro” y “una persona perversa”. La abogada representa a la Asociación para la Libertad, Compliance y la Lucha contra la Corrupción en la denuncia, y sostiene que la sanción fue desproporcionada en relación con las supuestas infracciones.
LOS ANTECEDENTES DEL FEUDO DE ESPINOSA
En 2017, el municipio ya había denunciado que Mercado Libre no contaba con los permisos de construcción correspondientes para una obra en el mismo predio. La empresa alegó que tenía los permisos nacionales necesarios, ya que el predio es federal. La disputa legal se extendió por varios meses, hasta que en 2018 la justicia federal falló a favor de Mercado Libre.
Espinoza ya está señalado en la justicia por otra causa judicial por un abuso sexual a su ex secretaria Melody Rakauskas. El intendente solicitó un permiso para viajar a Barcelona, pero le fue negado por no haberse presentado a una pericia psiquiátrica.
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El cura y diputado kirchnerista del bloque Unión por la Patria (UxP), Juan Carlos Molina declaró un patrimonio de USD$1 millón y cuatro inmuebles, dos en Ciudad de Buenos Aires y dos en el Gran Buenos Aires.
La Declaración Jurada Patrimonial Integral, presentada en enero de 2026 bajo la modalidad inicial 2025, expone una fortuna que llama la atención por su magnitud y que se contrapone con el perfil de vida sencilla que el legislador suele mostrar en el plano público.
El dato más llamativo del documento es la existencia de una caja de ahorro en dólares en el país con un saldo declarado de USD$330.338,50. Al tipo de cambio vigente de $1.420 por dólar, eso equivale aproximadamente a $469 millones. Molina también declara tres cajas de ahorro adicionales en pesos con saldos que suman alrededor de $14.6 millones y una cuenta corriente con $56.436. El total de sus depósitos y efectivo alcanza los $483.7 millones.
Además del efectivo, Molina declara cuatro propiedades inmobiliarias, cuya valuación oficial resulta llamativamente baja. Según el informe, dos de las propiedades están ubicadas en San Vicente y fueron adquiridas el 17 de diciembre de 2009, junto con una casa habitación valuada en $20.833.246 y un lote de terreno declarado en $1.042.180.
El legislador también informó la tenencia de dos departamentos con cochera en la Ciudad de Buenos Aires, ambos comprados el 18 de mayo de 2017. Uno de ellos fue valuado en $75.035.844, mientras que el otro figura por $2.528.903. En conjunto, el detalle patrimonial expone un patrimonio de por sí millonario, integrado por propiedades en el conurbano bonaerense y en la Capital Federal.
Molina, a su vez, declaró poseer un Ford Bronco Sport Big Bend 1.5L, año 2021, adquirido en agosto de ese año, valuado en $28 millones de pesos —equivalente a unos USD$35.000 al valor de mercado actual. Su origen habría sido por “ingresos propios”.
El mecanismo que permite estas valuaciones irrisorias es lo que los expertos tributarios llaman la “trampa del 1 m²”. Al declarar una superficie de “1 metro cuadrado” para todas sus propiedades, el sistema registra los inmuebles a su valuación fiscal histórica de origen —en pesos, con cifras antiguas y desactualizadas— en lugar del valor real de mercado. Esto “licua visualmente el tamaño de la fortuna ante la opinión pública”, según la descripción de un tributarista consultado al respecto.
Para aproximarse al valor real del patrimonio inmobiliario, es necesario dolarizar el análisis usando precios actuales de mercado. Un análisis conservador construido con dimensiones estándar para este tipo de propiedades arroja que existe una disparidad “abismal” entre los dos departamentos de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) comprados el mismo día en 2017 —uno declarado en $75 millones y el otro en apenas $2.5 millones— lo que sugiere que uno podría ser un piso de gran metraje o categoría superior.
Sumando los activos líquidos a la valuación de mercado de los inmuebles y el vehículo, el patrimonio real estimado total ascendería a aproximadamente USD$931.838, es decir, casi un millón de dólares.
¿De dónde proviene el dinero?
Esta es la pregunta central que el documento oficial no logra responder satisfactoriamente. En la declaración, Molina justifica absolutamente todos sus bienes como producto de sus “ingresos propios”, sin herencias, legados ni donaciones de ningún tipo.
Para dimensionar la inconsistencia, basta con cruzar las fechas de adquisición de los bienes con la trayectoria laboral de Molina. Las propiedades de San Vicente fueron compradas en 2009, cuando estaba al frente de la Fundación Valdocco, una organización financiada por el Vaticano y con fondos públicos provinciales. Ahí surge otra duda inevitable: ¿cómo logró un directivo de una ONG sin fines de lucro acceder a esas compras?
En el caso de los departamentos en la Ciudad de Buenos Aires, adquiridos en 2017, la duda no es menor, ya que fueron comprados dos años después de su salida de la SEDRONAR en 2015. Allí también queda sin respuesta cuál fue la fuente de ingresos que le permitió adquirir dos unidades con cochera en la Capital Federal. A eso se suma lo más paradigmático de todo, los USD$330.000 en efectivo, un monto difícil de explicar para alguien que habría desarrollado gran parte de su carrera en el ámbito de una organización sin fines de lucro o bajo una dieta legislativa.
Un hallazgo adicional del análisis de la declaración es un error grave en la confección del documento. Molina registró su cargo de “Diputado Nacional” bajo la categoría de “Sector Privado”, señalando como empleador a la “Fundación Valdocco”. Esto es técnicamente imposible, siendo que una fundación privada no puede emplear a un legislador nacional, cuyas dietas las paga el Estado. El análisis concluye que se mezclaron dos trayectorias distintas en una misma línea del formulario —con consecuencias legales que la Oficina Anticorrupción no observó ni corrigió.
La situación patrimonial no puede desligarse de las denuncias judiciales que recaen sobre la Fundación Valdocco. Desde 2024, Molina enfrenta una causa penal en la que se le atribuyen presuntos delitos de trata de personas con fines de explotación, defraudación a la administración pública, falsificación de documentos públicos y privados y asociación ilícita.
La investigación reveló que la fundación cobraba fondos millonarios simultáneamente de dos provincias. Con 250 millones de pesos mensuales de Santa Cruz y 124 millones de pesos mensuales de Chaco, aunque en este último caso la institución no operaba realmente. Se detectó que 78 docentes cobraban salarios en ambas jurisdicciones al mismo tiempo. La causa fue presentada ante el Juzgado Federal de Caleta Olivia e incluye pedidos de allanamientos y secuestro documental.
La provincia de Chaco, por su parte, bloqueó la transferencia de recursos públicos a la fundación tras la investigación, mientras que el gobierno de Santa Cruz también realizó denuncias por falta de transparencia en el manejo de fondos.
¿Quién es Juan Carlos Molina?
Juan Carlos Molina, nacido el 8 de diciembre de 1966, es un sacerdote católico argentino que ha construido una trayectoria inusual en la que se entrelazan la fe, la política kirchnerista y la gestión de organizaciones sociales. Su apodo, “cura coraje”, sintetiza la perspectiva pública que él mismo cultivó. La de un hombre de Iglesia supuestamente comprometido con los más vulnerables, dispuesto a meterse en terrenos conflictivos donde otros no se atreven.
Molina surgió como sacerdote salesiano en Caleta Olivia, Santa Cruz, donde trabajó con niños y jóvenes en situación de riesgo social. Más tarde, sin que se conozca públicamente el motivo, pasó al clero de la diócesis de Río Gallegos. Fundó la Fundación Valdocco —nombre del barrio turinense de Turín donde San Juan Bosco comenzó su obra— con casas para jóvenes adictos y menores vulnerables en Santa Cruz, Chaco y Haití. Esta fundación lo proyectó al primer plano de la política kirchnerista de Santa Cruz y lo acercó a la familia Kirchner, en especial a Alicia Kirchner, hija de la exvicepresidente Cristina Fernández de Kirchner (CFK).
La primera gran plataforma pública que manejó Molina fue la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR), designado en noviembre de 2013 por CFK. El jefe de Gabinete Jorge Capitanich lo presentó como alguien con “amplia experiencia en la problemática de las adicciones”. Renunció en mayo de 2015, declarando que había “cumplido los objetivos”.
“Escobar fue un poco Robin Hood, el pueblo lo lloró porque ocupó el lugar del Estado: hizo hospitales, calles, le dio trabajo a la gente…”, destacó Molina, en marzo de 2014, en una entrevista radial, durante su gestión al frente de la SEDRONAR.
La comparación desató una tormenta mediática. Al día siguiente, Molina intentó aclarar que había sido “sacado de contexto”, que Escobar “era un psicópata, un asesino” y que nunca lo había defendido. También usó un lenguaje colorido para describir el revuelo, diciendo que había pasado “de ser el secretario de la SEDRONAR a ser el hijo de puta defensor de Escobar”.
Décadas después, en 2024, Molina decidió volver a la política activa como candidato a diputado nacional por el Frente para la Victoria en Santa Cruz. Ganó las elecciones legislativas de 2025 con un margen muy mínimo y asumió su banca en diciembre de ese año, integrando a UxP.
El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Pablo Cristián Germain, declaró inválido el cobro de la tasa por conservación y mantenimiento de la red vial rural en casos de productores del partido bonaerense de Daireaux y ordenó la devolución de sumas abonadas cuando no existió una contraprestación efectiva. En otros expedientes dispuso reducciones proporcionales del tributo según el estado de los caminos y el uso que el municipio dio a los fondos recaudados.
La sentencia surgió de una demanda iniciada por cuatro productores y empresas contra la Municipalidad de Daireaux, luego de que agotaran la vía administrativa y cuestionaran los decretos municipales que rechazaron sus reclamos por los períodos 2022-2024.
El planteo sostuvo desde el inicio que no se negaban a pagar, pero sí a hacerlo sin recibir el servicio correspondiente.
Sobre ese punto, el magistrado remarcó que las tasas son tributos vinculados a una prestación concreta del Estado. “La organización y puesta a disposición del servicio al contribuyente es condición indispensable; de lo contrario el cobro carecería de causa”, sostuvo la sentencia. El fallo recordó que la tasa no es un impuesto, sino que exige una contraprestación concreta, individualizada y efectiva, y advirtió que el cobro sin prestación del servicio afectó el derecho de propiedad.
La decisión se apoyó en dos informes técnicos que resultaron centrales. Por un lado, una pericia contable detectó desvíos en el uso de los fondos recaudados por la tasa vial. Por otro, un informe de ingeniería evaluó el estado de los caminos rurales vinculados a los establecimientos reclamantes. Según explicó al medio especializado Bichos de Campo el abogado de los productores, Jorge Moroni, los peritajes permitieron acreditar tanto el desvío de fondos hacia otros gastos municipales como el deterioro de los caminos relevados, donde el 96% presentó un estado malo o regular.
El expediente registró que, pese a que el municipio contaba con recursos suficientes para conservar en estado “muy bueno” cerca del 70% de la red, en los hechos solo el 4% se encontró en esa condición. Los informes también señalaron que el parque de maquinaria municipal resultó obsoleto e insuficiente para cumplir las tareas exigidas. A la vez, los peritos concluyeron que solo el 41% de la red reunió condiciones aceptables, mientras que el 59% restante no cumplió requisitos mínimos para la circulación.
– Esteban Alejandro Acerbo (PJ)
En los tramos específicamente relevados para la causa, el deterioro fue todavía más marcado. El informe técnico describió acumulación de agua, ahuellamientos y otras deficiencias que impedían la circulación normal. Moroni resumió el alcance del fallo: “El juez dijo dos cosas muy claras: los recursos que tiene la municipalidad por tasa vial hay que aplicarlos a tasa vial. Y sin caminos en condiciones, la tasa deviene carente de sustento y por lo tanto es nula”.
La pericia contable confirmó además que parte de la recaudación se destinó a rentas generales y a otros gastos municipales, en contradicción con el principio de afectación específica. En 2022, el desvío alcanzó el 22,95% de la obligación fiscal devengada. En 2023, ese porcentaje subió al 27,88%. El juez ordenó descontar esos montos de las liquidaciones fiscales y declaró ilegítimo el cobro en esas proporciones.
El fallo también consignó que en 2022 apenas el 10% del presupuesto de la tasa vial se tradujo en servicios concretos y que en 2023 ese nivel llegó solo al 17%. Con esos elementos, declaró la nulidad de los actos administrativos dictados por el entonces intendente Esteban Alejandro Acerbo (PJ), hoy legislador provincial, en relación con las liquidaciones reclamadas.
La sentencia aplicó criterios diferenciados según cada caso. En uno de los expedientes, el magistrado determinó que directamente no existió camino transitable desde 2022, por lo que eximió al productor del pago de la tasa desde ese momento y ordenó la devolución íntegra de lo abonado. En los otros tres casos, donde verificó una prestación parcial, mantuvo el tributo solo en la proporción efectivamente aplicada al servicio y dedujo los fondos desviados a otros fines.
Moroni explicó además que el impacto alcanzó situaciones anteriores al fallo. “En algunos casos, la municipalidad había embargado cuentas y esa plata quedó depositada hasta que se resolviera si la tasa era aplicable o no. Si el fallo queda firme, esa plata se tiene que devolver. Y en otros casos, a los que no pagaron, no se las van a poder cobrar”, señaló.
El abogado insistió en que el reclamo de los productores no apuntó a dejar de pagar, sino a exigir la prestación efectiva del servicio. “El productor no quiere no pagar. Le cuesta mucho no pagar. No le gusta estar en juicio. Lo que quiere es pagar, pero tener caminos. Porque si no tengo caminos, ¿de qué me sirve no pagar la tasa si tampoco puedo sacar la producción?”.
El conflicto en Daireaux arrastró años de reclamos por el mal estado de los caminos rurales. Según la información incorporada a la causa, los trabajadores documentaron la situación con relevamientos y registros en el territorio, en un contexto en el que, en algunas zonas del partido, sacar la producción se volvió inviable.
En sus declaraciones, Moroni también planteó que la discusión excedió el caso puntual de los demandantes y apuntó al modo en que se administraron los recursos de la tasa vial. “Esto es un primer peldaño para hacerle entender a los intendentes que tienen que cambiar el paradigma de cómo se administran los recursos de la tasa vial”, señaló.
También cuestionó que, en distintos partidos, se cargaran sobre el sector rural tasas ajenas a la actividad: “En muchos partidos le terminan cargando al productor tasas de todo tipo, hasta para financiar cuestiones que no tienen nada que ver con la actividad rural. Eso no tiene sustento”.
Como alternativa, mencionó esquemas de administración compartida. “La solución es cambiar el paradigma. En algunos lugares ya existe: consorcios donde los productores participan en la administración de los recursos. Ahí los caminos funcionan y no hay juicios”, explicó. Según su relato, antes del conflicto hubo propuestas concretas en Daireaux para avanzar en ese sentido: “Los productores le dijeron al intendente: si hace falta, traemos maquinaria, traemos piedras, pero hagamos un esquema transparente, con participación. Y la respuesta fue negativa”.
El hecho ocurrió en el colegio secundario Estación Limay de Cipolletti, Río Negro, cuando un alumno de segundo año, hijo de la diputada nacional de La Libertad Avanza, Lorena Villaverde, amenazó de muerte a sus compañeros, declarando que iría al colegio con un arma para matarlos.
“Los voy a matar a todos”, afirmó el menor advirtiendo a sus compañeros, según fuentes vinculadas a la acción preventiva. La amenaza generó pánico inmediato entre estudiantes y familias, muchas de las cuales se presentaron masivamente al colegio para retirar a sus hijos.
La directora del establecimiento radicó de inmediato una denuncia formal en la Comisaría Cuarta, lo que desencadenó un operativo judicial, policial y de protección de menores. En las próximas horas se definirán los pasos a seguir respecto a la escolaridad del menor y el acompañamiento psicológico para el grupo afectado.
Según relató la madre de uno de los estudiantes amenazados, el episodio tuvo lugar durante el recreo, cuando el adolescente intimidó a varios compañeros, incluso señalándolos individualmente. También habría mostrado previamente una imagen del arma de fuego que supuestamente llevaría.
Ante la gravedad de la situación, se activó el protocolo preventivo institucional y la Fiscalía N°1, a cargo de la fiscal subrogante Eugenia Vallejos, ordenó medidas urgentes.
Las instituciones que intervinieron fueron la Policía de Río Negro, que desplegó patrullajes en los alrededores del colegio, ubicado en la calle Ingeniero Krause 450; la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), que actuó en el marco del protocolo para menores de edad; y la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que se incorporó al seguimiento del caso.
A pesar de la amenaza, el colegio mantuvo sus clases con custodia policial permanente en el edificio, aunque el alumno involucrado no asistió a clases mientras dura la investigación.
– La escuela Limay de Cipolleti
Este episodio se produce en un momento de fuerte alarma social en Argentina por la violencia en las escuelas. El caso más grave ocurrió el 24 de marzo de 2026 en San Cristóbal, Santa Fe, donde un alumno de 15 años ingresó con una escopeta a su colegio y mató a un compañero de 13 años (Ian Cabrera), hiriendo a otros.
Tras esa masacre, proliferaron en varios puntos del país amenazas de ataques similares. En Lanús, el Federal Bureau of Investigation (FBI) alertó sobre un menor que planeaba un tiroteo. En Sunchales, fue detenido otro adolescente con amenazas por redes sociales y un revólver en su casa. La amenaza en Cipolletti se inscribe en este clima de tensión e imitación que recorre las aulas argentinas.
Por consiguiente, un grupo de madres y padres se autoconvocó frente al establecimiento para exigir respuestas y una intervención de fondo ante lo que consideran un síntoma de violencia creciente. El Colegio Estación Limay es una institución privada de gestión pública con décadas de historia en Cipolletti, que ya había vivido episodios de conflictividad interna en años anteriores.
El menor es inimputable por su edad
Un dato central del caso es que el adolescente tiene 13 años, por lo cual bajo la legislación vigente es no punible, es decir, no puede ser sometido a proceso penal ni recibir condena como un adulto. Esto se da en un contexto de debate nacional muy caliente.
“Se dio intervención inmediata a los organismos de protección para salvaguardar tanto al menor como al resto de la comunidad educativa”, destacaron desde la Justica.
El Congreso aprobó en marzo de 2026 un nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años, pero esa norma no entrará en vigencia hasta 180 días después de su publicación oficial, por lo que todavía no es aplicable. El menor quedó bajo la tutela y monitoreo de organismos de niñez, no del sistema penal.
Gracias, Sebastián.Cuando hay un menor en el medio, no hay grises: hay límites.Lo que algunos hacen no es periodismo.Es exponer, vulnerar y usar el dolor para construir un relato.Con los chicos no se juega.Y eso no se negocia. https://t.co/tG8QDBmiHV
Según trascendió a medios locales, la amenaza no surgió de la nada, sino que habría sido el punto culminante de una relación agresiva que comenzó en 2025, cuando el grupo cursaba primer año. El acoso escolar aparece como el contexto que habría precipitado la amenaza.
La propia madre del adolescente (la funcionaria Villaverde) emitió un comunicado en el que afirmó que su hijo fue “víctima de hostigamiento y agresiones verbales reiteradas” desde el año pasado, y que había solicitado previamente reuniones con las autoridades del colegio para que se interviniera. Aclaró que lo ocurrido “no está justificado”, pero enmarcó el hecho en ese historial de maltrato. Las autoridades del colegio realizarán un trabajo interdisciplinario sobre la convivencia del grupo.
¿Quién es Lorena Villaverde?
La diputada es una de las figuras más polémicas dentro del espacio libertario. Llegó a la Cámara baja en diciembre de 2023 como representante de LLA por Río Negro y, aunque fue electa senadora nacional en las legislativas de 2025, decidió no asumir esa banca en medio de un escándalo por sus vínculos con el narcotráfico, por lo que permanece en Diputados hasta 2027.
A ello se suma una causa judicial en Estados Unidos por tráfico de cocaína, que ella misma habría admitido en sede judicial argentina en 2012, además de embargos por más de 31 y 40 millones de pesos en causas vinculadas con la venta fraudulenta de terrenos en Las Grutas. En los últimos meses también fue señalada por haber accedido a un crédito hipotecario del Banco Nación en circunstancias que legisladores opositores consideran irregulares.
El último reporte de Ejecución Físico Financiera emitido por la Oficina Nacional de Presupuesto confirmó que el gasto de Defensa en el 2025 fue de apenas 0,28% del PBI: el monto más bajo de los últimos cuatro años.
Pese a que el gobierno de Javier Milei reportó, según datos oficiales, un crecimiento del 4,4% del PBI durante el año pasado, la inversión en Defensa —medida en dólares y correspondiente al mencionado período— fue una de las más reducidas durante el período comprendido entre los años 2022 y 2025.
Conforme a lo detallado en el reporte correspondiente al último cuatrimestre del año pasado, la Oficina Nacional de Presupuesto concluye que “la participación del gasto de la función (Defensa) sobre el total de las erogaciones de la APN (Administración Pública Nacional) presenta una tendencia creciente a lo largo de los ejercicios, alcanzando el máximo de la serie en el año 2024. Sin embargo, se evidencia una tendencia decreciente en términos del PBI desde el ejercicio 2023”.
Las dificultades presupuestarias se pudieron apreciar en todas las Fuerzas. Un ejemplo de ello fue la Fuerza Aérea Argentina, la cual registró “un desvío negativo en ambas medidas (horas de operación y ejercicios), que se explica por la falta de disponibilidad de materiales para llevar adelante las actividades. Esta situación se originó en el costo del combustible aeronáutico y los inconvenientes financieros imperantes, que impidieron la realización oportuna de tareas de mantenimiento de radares y aeronaves, e implicó cancelaciones y reprogramaciones” tal cual detalla el reporte de la Oficina Nacional de Presupuesto.
En el caso de la Armada Argentina, pese a que se reportaron mejores números que en el 2024, en algunos casos no se lograron alcanzar las metas propuestas para el 2025. Así fue el caso de los días de navegación, ítem que reportó un desvío negativo del 10%.
Las restricciones presupuestarias también tienen un impacto directo en los distintos proyectos y programas para recuperar, modernizar y adquirir nuevo material, mejora de infraestructura, entre otros. Ni hablar de los desafíos que se enfrentan en el aspecto logístico, mantenimiento y sostén, donde en varios casos se han presentado serias limitaciones.
A estos inconvenientes se le suma la cuestión salarial y las dificultades que enfrenta la obra social de las Fuerzas Armadas. Pese a que no cuentan con el alto perfil de proyectos de compra, por ejemplo, estos dos problemas son los que están acarreando mayores incidencias en las Fuerzas Armadas.
Este jueves, López se presentó de manera presencial ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia para participar de la segunda audiencia del juicio oral en su contra y el de su núcleo familiar. Son investigados por integrar una organización dedicada al lavado de dinero, fraude a la administración pública y asociación ilícita. Antes de ingresar a la sala, brindó declaraciones a la prensa y dejó definiciones que generaron fuerte repercusión.
Cuando fue consultado sobre su relación con el exgobernador Jorge Capitanich, López fue directo: “Él es parte de esto”. Aunque no pidió su detención en términos explícitos, fue contundente: “No soy la ley para decir quién tiene que estar preso, pero es parte”.
Una de las frases que mayor repercusión generó fue su respuesta ante una pregunta sobre la percepción ciudadana de sus dichos: “¿Qué me importa la ciudadanía a mí? Yo no le debo nada a los ciudadanos comunes y corrientes. Yo le debo a mis compañeros”. Luego precisó: “Le debo a los que estuvieron conmigo en el frío y en el calor. Nunca fui candidato ni tuve cargo público”.
Sobre el origen de su patrimonio, uno de los ejes centrales de la acusación, negó irregularidades: “Yo recibí lo que dice la ley. Presenté proyectos como productor y me dieron lo que correspondía”. También cuestionó las cifras difundidas públicamente: “Dijeron que recibimos entre 76 y 96 millones de pesos, pero es mentira: fueron 31 millones”.
Cuando un cronista le preguntó si gran parte de los ingresos de su familia provenían de aportes del Estado, respondió de manera inmediata: “Tenés mucha razón en eso”.
Ante los medios, el dirigente rechazó las acusaciones en términos generales y afrontó el juicio con confianza: “Ahora que llegó el juicio estoy mejor, porque se va a saber la verdad de tantas mentiras que dijeron todos ustedes. Nosotros nunca le robamos un centavo a nadie”. Además, anunció que no presentará testigos: “No hace falta ningún testigo porque los papeles van a hablar. Voy a salir libre de culpa y cargo porque no tienen ni una sola prueba”.
Acusaciones cruzadas: fiscal, juez, Peppo, Zdero y Bullrich
Las críticas de López no se limitaron a Capitanich. Apuntó contra quienes no figuran como imputados: “Fíjense quiénes están en este juicio. Solamente mi familia, no están los empresarios ni ninguno del gobierno anterior”. En ese contexto, mencionó a Marta Soneira, exministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible del Chaco, y a Raúl John Paris, fue presidente del Instituto de Colonización del Chaco entre 2011 y 2015. Ambos forman parte de la causa.
El fiscal federal Patricio Sabadini y el juez federal Ricardo Mianovich recibieron sus críticas más duras. López los acusó de integrar un supuesto “armado político y judicial” de la causa y los calificó, respectivamente, como “el drogadicto de Sabadini” y “el coimero del juez Mianovich”. Los acusó además de sustraer documentación durante los allanamientos: “Me robaron papeles. Sabadini hizo desaparecer un montón de papeles. Destrozaron mi casa y las de mis hijos”.
López fue detenido el 11 de septiembre de 2024 en la capital chaqueña, en un operativo que marcó un giro en la causa. Además de él, están imputados su esposa Librada Romero; sus hijos David, Walter y Daniel; y su nuera Débora Acosta.
Según el expediente, entre 2011 y 2023 el grupo accedió a unas 3.000 hectáreas de tierras fiscales mediante adjudicaciones irregulares gestionadas ante el Instituto de Colonización. Esos terrenos, destinados a fines productivos y sociales, habrían sido utilizados en negocios inmobiliarios a través de fideicomisos, contratos de leasing y ventas a terceros, pese a las restricciones legales que impiden su enajenación durante diez años.
– López junto al oscuro Emerenciano Sena
La acusación sostiene que el entramado incluyó fundaciones y otras estructuras legales para canalizar las operaciones, con la intervención de escribanos y funcionarios públicos. Como resultado, se habría conformado un patrimonio que abarca campos, inmuebles urbanos, vehículos de alta gama, ganado y divisas.
Antes del inicio del debate, la defensa intentó frenar la causa al invocar la Ley de Blanqueo 27.743, con el argumento de que los bienes podían regularizarse bajo ese régimen. El planteo fue rechazado por el fiscal Sabadini y por el juez Ricardo Mianovich, quienes consideraron que el delito de lavado de activos queda fuera de ese marco por tratarse de una afectación al orden económico y financiero.
La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.
En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.
Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.
A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.
El testimonio de Nanni
La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.
La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.
Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.
Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.
La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.
Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013.
El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.
En la segunda audiencia del juicio oral que se sigue en el Tribunal Oral Federal de Resistencia, Ramón “Tito” López vinculó al exgobernador K a la causa que lo tiene como principal imputado junto a su familia.
El organismo antilavado retiró del buscador principal las resoluciones de multas firmes con más de cinco años de antigüedad. La decisión fue justificada como una forma de evitar futuros reclamos por “derecho al olvido”.
Las contrataciones incluyeron panificados para la Casa Rosada y Olivos, cortes premium para la residencia presidencial y servicios de catering y cafetería para la Cámara de Diputados, pese al discurso oficial de austeridad.
No podemos permitir que estos piqueteros ataquen a la policía. Hay que cagarlos a patadas, meterlos en cana a todos y que paguen con todo el peso de la ley. Se acabó la época en que estos tipos hacían lo que querían. pic.twitter.com/xo5eE3UXse