22 agosto, 2025

Corte de Nueva York ordena reincorporar a los trabajadores despedidos por mandato de vacuna obligatoria

El juez Ralph Porzio señaló que la orden "arbitraria y caprichosa" había violado los derechos de los trabajadores de la ciudad "que se presentaron a trabajar, con gran riesgo para ellos mismos" durante la pandemia
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Un juez de la Corte Suprema del estado de Nueva York ordenó que los trabajadores de la ciudad que fueron despedidos por negarse a cumplir con el mandato de vacunación deben ser reincorporados y recibir salarios retroactivos.

El juez Ralph Porzio señaló en un fallo emitido el lunes que una orden en toda la ciudad que exigía que los trabajadores se vacunaran era “arbitraria y caprichosa” y había violado la doctrina de separación de poderes del estado. “Es hora de que la ciudad de Nueva York haga lo correcto y lo justo”, manifestó el magistrado.

Nueva York
La Corte Suprema de Nueva York.

La orden surgió de una demanda presentada por 16 empleados del Departamento de Saneamiento de la ciudad de Nueva York, quienes fueron despedidos en febrero por no cumplir con un mandato de vacunación. La orden también se aplicará a los más de 1400 trabajadores de la ciudad, incluidos cientos de policías, bomberos y empleados del Departamento de Educación, que perdieron sus trabajos.

“Acabamos de vencer el mandato de vacunación para todos los empleados de la ciudad”, celebró Chad Laveglia, un abogado que representa a los trabajadores de saneamiento, en un comunicado poco después de que se publicara el fallo judicial.

Chad Laveglia
Chad Laveglia, abogado que representa a los trabajadores de saneamiento.

El candidato republicano a gobernador, Lee Zeldin, observó que era un “fallo 100 por ciento correcto y justo” en una publicación de Twitter. “Nadie debería perder su trabajo por la decisión personal de vacunarse o no contra el Covid-19” subrayó,.

El fallo de 12 páginas del juez Porzio criticó duramente la orden del ex alcalde Bill de Blasio de exigir que los trabajadores de la ciudad recibieran dos dosis de la vacuna Pfizer o Moderna, que luego se extendió a los empleadores privados.

Lee Zeldin
El candidato republicano a gobernador, Lee Zeldin.

No hay nada en el expediente que respalde la racionalidad de mantener un mandato de vacunación para los empleados públicos, mientras se suspende el mandato para los empleados del sector privado o se crea una exclusión para ciertas profesiones, como atletas, artistas e intérpretes”, escribió el juez.

Esta es claramente una acción arbitraria y caprichosa porque estamos tratando con personas no vacunadas iguales que reciben un trato diferente por parte de la misma agencia administrativa”, resaltó el magistrado.

Bill de Blasio
El ex alcalde de Nueva York, Bill de Blasio.

El juez Porzio escribió que las tasas de vacunación en Nueva York habían alcanzado casi el 80 por ciento y que “no deberíamos castigar a las personas que se presentaron a trabajar, con gran riesgo para ellos y sus familias, mientras estábamos encerrados”.

En marzo, el alcalde de la ciudad de Nueva York, Eric Adams, enfrentó críticas por permitir que los atletas no vacunados jugaran partidos en casa, mientras la prohibición para los trabajadores de la ciudad no vacunados seguía vigente.

Redacción

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La Justicia rechazó una indemnización de $20 millones por falta de pruebas en un caso vinculado a la dictadura

Integrada por los jueces Roberto Lemos Arias y César Álvarez, la Sala I de la Cámara Federal de La Plata rechazó la acción de daños y perjuicios que una víctima de la última dictadura promovió contra el Estado Nacional. 

La demanda pretendía $20 millones por lesiones físicas, secuelas psíquicas y daño moral derivados de la detención sufrida en 1976. El tribunal subrayó que la reclamante no acreditó el nexo causal entre ese episodio y las secuelas alegadas ni probó que la pensión graciable que cobra desde 2016 en virtud de la Ley 14.042  —norma bonaerense que otorga una pensión vitalicia a personas detenidas por motivos políticos entre 1974 y 1983— resulte insuficiente.

Los magistrados recordaron que, aun cuando los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles —conforme la Ley 27.586—, en sede civil rige la carga probatoria clásica: corresponde demostrar un hecho dañoso, un perjuicio cierto y un vínculo causal directo. 

Citando doctrina interamericana, el fallo afirmó que “las reparaciones deben tener nexo causal con los hechos del caso, las violaciones declaradas, los daños acreditados, así como las medidas solicitadas” y advirtió que “no es suficiente la formulación de alegatos abstractos o genéricos”.

En el análisis de la prueba, la Cámara calificó de “orfandad probatoria” la ausencia de pericias médicas concluyentes y destacó que el expediente psiquiátrico acompañado “no alcanza para formar una convicción clara” sobre la relación entre la patología y la detención. Entre los elementos valorados figuró la declaración testimonial de un familiar de la actora, quien dijo haber estado detenida con sus padres junto a la reclamante en la caballería de La Plata. 

El tribunal consideró que ese testimonio, pese a su vinculación familiar, resultó limitado y careció de datos objetivos sobre la extensión del cautiverio.

La sentencia reconoció el derecho de las víctimas a la reparación, remarcando que “los hechos ocurridos durante la dictadura militar constituyen un período oscuro de nuestra historia, cuyas víctimas tienen el derecho al reconocimiento y a medidas reparatorias por los perjuicios sufridos”. Sin embargo, enfatizó que la percepción previa de una pensión indemnizatoria no exime a la demandante de probar daños adicionales ni su eventual falta de suficiencia.

Por otro lado, la alzada ordenó dictar una nueva regulación de honorarios, ya que el juzgado de primera instancia había calculado los emolumentos sobre una base errónea de $38 millones en lugar de los $20 millones efectivamente reclamados.

La decisión reafirmó que quienes ya accedieron a beneficios administrativos deben presentar evidencia robusta si pretenden una compensación complementaria. Cada rubro reclamado, concluyeron los jueces, debe superar el examen de prueba objetiva y verificable para prosperar en sede judicial.

Redacción

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UTHGRA denunció a una concejal marplatense por malversar fondos sindicales en la compra de un departamento

La seccional Mar del Plata de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos (UTHGRA) llevó a los tribunales a la concejal y ex secretaria general Mercedes Morro y a su entonces tesorero, Horacio Darío Ocampo, por el supuesto desvío de fondos gremiales para adquirir un inmueble propio.

La denuncia, registrada como IPP N° 20440‑25 y radicada en la Unidad Fiscal de Instrucción N° 10 del Departamento Judicial marplatense, imputa a ambos el delito de malversación de fondos en provecho propio. El expediente se sostiene sobre una auditoría interna iniciada en diciembre de 2021, cuando la nueva conducción encabezada por Pablo Santín tomó posesión del sindicato.

– Segmento de la denuncia

Esa auditoría reveló –según consta en la presentación– un sistema contable “pésimamente organizado” y una serie de documentos comprometedores: correos electrónicos, facturas de servicios, comprobantes de transferencias bancarias y comunicaciones con la constructora Cuarzur Edificios S.A., responsable del edificio donde se ubica el departamento investigado.

Uno de los hallazgos centrales son catorce comprobantes de transferencias desde cuentas de UTHGRA a la empresa Cuarzur para pagar cuotas del departamento situado en Salta 3844, entre Matheu y Formosa. La unidad –al igual que una cochera en el mismo edificio– figura a nombre de Morro, no del sindicato.

El correo electrónico institucional también almacenaba gestiones realizadas por el área de Finanzas para diferir pagos y regularizar la cochera. En uno de esos mensajes, firmado por Ocampo, se lee: “Hablando con la Sra. Mercedes, surgió la idea de posponer la compra de la cochera para marzo, ya que actualmente no podemos afrontar los gastos que demandaría la firma del boleto. Máxime teniendo en cuenta que el día 10 de enero de 2017 debemos transferir el refuerzo por el departamento.”

La trazabilidad del beneficio personal se completa con facturas de EDEA y avisos del consorcio Cuarzur I que llegaban a casillas del gremio, todas a nombre de la concejal. “Los correos revelan que se usó la estructura administrativa del sindicato para pagar servicios y gestionar temas estrictamente privados”, sostiene la denuncia.

Desde la conducción actual, UTHGRA calificó la maniobra como “una operatoria sistemática de uso indebido de fondos” y repudió “un hecho grosero y explícito de corrupción, en el que se malversaron recursos que pertenecen a los trabajadores de la actividad hotelera y gastronómica de la ciudad, a quienes han perjudicado gravemente”.

El escrito judicial subraya que “existen elementos suficientes para creer que Morro utilizaba indebidamente los fondos de UTHGRA seccional Mar del Plata, y al personal de la misma, para la compra de un inmueble a título personal, aprovechándose de su condición de secretaria general y con la complicidad del Sr. Ocampo, quien autorizaba las transferencias e intercambiaba correos con la empresa Cuarzur”.

Para reconstruir el flujo del dinero, la querella solicitó al Banco Nación el detalle de todas las transferencias efectuadas a Cuarzur, EDEA y Camuzzi, además de un allanamiento a la constructora para secuestrar documentación relacionada.

“Este accionar inescrupuloso que daña la honorabilidad de la UTHGRA y de las familias hoteleras y gastronómicas, debe tener consecuencias. UTHGRA Mar del Plata no tolerará ningún tipo de abuso de poder ni uso indebido de los recursos que pertenecen a sus afiliadas y afiliados. Confiamos en que la verdad prevalecerá y se hará justicia”, concluyeron desde la conducción local.

Redacción

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HISTÓRICO: Comenzó el primer juicio por matar a un yaguareté

El juicio oral y público comenzó el martes y se programó para tres jornadas, hasta el jueves, fecha en la que el tribunal anunció que daría a conocer la sentencia. Se trató de un proceso sin precedentes: nunca antes en la Argentina un grupo de personas enfrentó un debate oral por la caza de un yaguareté. “Es la primera vez que logramos llegar a esta instancia judicial en 75 causas en más de 20 años”, destacó Nicolás Lodeiro Ocampo, fundador y director de la Fundación Red Yaguareté.

El caso se originó a fines de julio de 2024, entre Ibarreta y Estanislao del Campo, en el oeste formoseño. La desaparición de una vaca lechera motivó que el dueño del campo, Máximo Cisneros (61), pidiera ayuda a los changarines Walter Hugo Ponce De León (45), Viterman Ponce De León (38) y Claudio Cisneros (30) para hallarla. Salieron armados y con perros, encontraron a la vaca muerta y, cerca de los restos, vieron al yaguareté. Según relataron, los perros se abalanzaron y la situación se descontroló. “Nos empezó a atacar. Mató dos perros. Los trituró”, contó Viterman. De acuerdo con el expediente, Claudio ejecutó el disparo de escopeta que mató al animal, “aunque eso no mengua la responsabilidad de quienes lo acompañaban”.

Poco después, los cuatro lo carnearon, cocinaron y comieron mientras se fotografiaban sonrientes junto al cadáver. Las imágenes mostraron al animal maniatado, colgado y despellejado. La piel nunca apareció; se especuló con que pudo haber sido vendida. El 27 de julio de 2024, las fotos llegaron al celular de Ana Magdalena Gutiérrez, representante de la Subcomisión Chaqueña para la Conservación del Yaguareté y representante titular ante el Comité General de Gestión Yaguareté del Plan Nacional de Conservación del Monumento Natural Yaguareté (PNCMNY), quien denunció el hecho. Los acusados indicaron luego que las fotos “fueron tomadas por unos vecinos”.

Dos días después de la denuncia, la policía allanó el domicilio de Máximo Cisneros en el Paraje “Las Antolas”, a 15 kilómetros de Ibarreta. El dueño del campo intentó darse a la fuga, pero fue interceptado por las fuerzas provinciales. El 2 de septiembre, 36 días más tarde, los otros tres acusados —sobre quienes pesaba una orden de captura nacional— se presentaron ante la Justicia con sus abogados. Pasaron casi dos meses detenidos, primero en el Escuadrón 15 “Bajo Paraguay” de Formosa y luego en una dependencia de Pirané, a 110 kilómetros de la capital provincial. El 7 de noviembre obtuvieron prisión domiciliaria con salidas laborales entre las 7 y las 15; sus defensores solicitaron la ampliación de ese horario y la respuesta quedó pendiente. Máximo Cisneros llegó al juicio en libertad.

El viernes 25 de julio a las 9 de la mañana, Walter Hugo Ponce De León, Claudio Cisneros y Viterman Ponce De León se conectaron a un Zoom para ser entrevistados por Infobae desde Ibarreta, bajo arresto domiciliario y en presencia de sus abogados, Pablo Adrián Cardozo y Ramón Eduardo Cristaldo. Durante la entrevista hablaron por primera vez del caso: “Nosotros no somos cazadores. Matamos al bicho y después nos lo comimos: no fue un trofeo como se dijo”, dijeron. “Nunca supimos que (el yaguareté) era tan protegido. No teníamos idea… Pero tuvimos que decidir, era la vida del bicho o la nuestra”, sostuvo Claudio. “Nos defendimos como pudimos”, agregó Viterman.

Los tres se definieron como trabajadores rurales sin estudios formales y describieron su situación económica. “Nosotros vivíamos de ese campo. Ahora no tenemos nada”, explicó Hugo. “Fue una cosa fea lo que nos pasó. Primero, porque somos pobres. Segundo, porque dentro de todo antes teníamos cómo vivir, cómo alimentar a la familia. Ahora ni eso”, agregó.

El yaguareté está protegido como Monumento Natural Nacional por la Ley 25.463, la máxima categoría de protección. La causa se calificó como caza de animales silvestres cuya captura estuvo prohibida, agravada por la participación de tres o más personas. Lodeiro Ocampo cuestionó la supuesta legítima defensa: “Estaban en una actitud de caza, iban con armas y perros. El yaguareté no estaba buscando personas para comer. Además, matarlos está prohibido por ley: si alguien decide hacerlo, tiene consecuencias penales y económicas”. Sobre la respuesta de los hombres, añadió: “No hay una definición de qué hacer, pero con unos disparos el yaguareté se va”.

Según la Fundación Red Yaguareté, las manchas del ejemplar funcionaron como huellas digitales y permitieron identificarlo como uno de los cinco registrados en Formosa; ahora quedaron cuatro. En 2023, en Clorinda, también en Formosa, otro hombre fue procesado por matar un ejemplar y debió pagar una caución de 3.770.000 pesos.

El yaguareté, el felino más grande de América, se encontró en peligro crítico de extinción en la Argentina. Se estimó alrededor de 250 ejemplares en todo el país, divididos en tres poblaciones: las yungas de Salta y Jujuy, la región chaqueña (casi exclusivamente en el Chaco seco) y porciones de la selva misionera. En el norte del país se calculó entre 200 y 300 individuos; en el Gran Chaco argentino apenas quedaron 20. La caza furtiva y la degradación de ambientes por acción humana, con escasez de presas, figuraron como las principales amenazas. “Estamos al límite de perder al yaguareté. Si queremos salvar esta especie emblemática y lo que significa para la diversidad, debemos proteger los bosques y terminar con la deforestación”, advirtió Noemí Cruz, coordinadora de la campaña de bosques de Greenpeace Argentina.

Para la Red Yaguareté, el debate oral que comenzó el 12 de agosto representó “el mayor logro hasta el presente en relación con la persecución y búsqueda de castigos ejemplares a cazadores de yaguaretés. Nunca antes se había dictado prisión domiciliaria por un hecho así”. La organización remarcó que, históricamente, “ninguno de los planes nacionales o regionales para conservar al yaguareté contempló la convivencia del animal y las personas en zonas rurales, especialmente con la ganadería”. Lodeiro Ocampo sostuvo: “La Ley Nacional de Faunas tiene 45 años, está obsoleta. Para esa ley una liebre y un yaguareté es lo mismo. Estamos intentando modificarla para cambiar las penas para las especies que están declaradas Monumento Natural Nacional, es decir, las de mayor nivel de protección, que tengan pena de prisión efectiva”. También señaló que el humano no formó parte de la dieta del felino y que los ataques a personas se produjeron solo cuando el animal se sintió atacado o atrapado.

Redacción

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Renunció un candidato de LLA tras ser procesado por golpear a su ex pareja ante sus hijos

Maximiliano Ezequiel Cobas, de 47 años y ubicado en el quinto puesto de la lista de La Libertad Avanza al Concejo Deliberante de Lobos (Buenos Aires), renunció a su candidatura después de que la Justicia lo imputó por violencia de género. El jueves por la noche se difundió un video de 20 segundos que lo mostró irrumpir por la fuerza en la casa de su ex pareja, golpearla en el pómulo derecho y forcejear ante la mirada aterrada de sus dos hijos: una niña parada a su lado y un niño, de unos cuatro años, que intentó interponerse entre ambos.

Personal de la Policía de Seguridad Comunal arribó minutos después. La mujer, de 37 años, recibió asistencia del SAME por una crisis nerviosa y la lesión facial, mientras Cobas fue trasladado a la comisaría local. La Unidad Funcional de Instrucción N1 de Saladillo, a cargo de la fiscal Patricia Hortel, lo acusó por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y violación de domicilio en concurso real. El Juzgado de Garantías no ordenó su detención por la pena en expectativa y porque no registró antecedentes penales.

Un juzgado de paz dictó una cautelar hasta marzo de 2026: cese de todo hostigamiento, prohibición de contacto o acercamiento a menos de 200 metros, entrega de un botón antipánico y custodia policial por tres días; además, obligó a Cobas a someterse a tratamiento psicológico. Fuentes de la causa señalaron que no constan denuncias previas de violencia de género contra el ahora ex candidato.

Tras ser notificado de la causa, Cobas recuperó la libertad y quedó ligado al expediente en calidad de imputado. La fiscal Hortel informó que aguardaba el sumario policial para profundizar la investigación y ordenar nuevas medidas de prueba.

El episodio tomó estado público cuando el video se viralizó y generó repudio en redes sociales. Esa misma noche, LLA Lobos informó que, tras ser obligado a dejar la candidatura, Cobas presentó su “renuncia voluntaria e indeclinable”. “La Libertad Avanza sostiene los principios de la vida, la libertad y la propiedad privada, y exigimos a nuestros integrantes un compromiso ético con las normas de convivencia republicana, el respeto a las instituciones y el principio de no agresión, pilares esenciales de una sociedad libre y ordenada”, subrayó el comunicado.

Con la vacante que dejó Cobas, la nómina incorporó al primer concejal suplente, Sergio Estrada.

Los comicios municipales se celebrarán el 7 de septiembre; en esa jornada electoral, cuatro fuerzas políticas disputarán las ocho bancas en el Concejo Deliberante y las tres del Consejo Escolar. Cobas, dedicado al negocio de las fotocopias según registros de ARCA, había sido promovido por el espacio libertario como parte de su estrategia para ampliar representación en distritos bonaerenses; su reemplazo mantuvo el orden original de la boleta.

Fuentes judiciales remarcaron que, aunque la pena en expectativa es excarcelable, las medidas de protección podrán extenderse o modificarse según la evolución de la causa. Mientras tanto, la víctima y sus hijos permanecieron bajo seguimiento de los equipos interdisciplinarios del municipio.

Redacción

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ENTRE RÍOS | Un exfuncionario de Urribarri admitió que cobró coimas

Guillermo Smaldone, ex director de Trabajo y ex titular del Tribunal de Cuentas provincial, confesó ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná que recibió dinero de Cardona Herreros a cambio de favorecerlo en licitaciones de software durante la gestión de Urribarri. 

La audiencia, realizada el pasado martes, se resolvió por juicio abreviado. El acuerdo prevé una condena condicional y evita la cárcel, siempre que el juez lo convalide. Si la rechaza, Smaldone, que actuó como su propio abogado, será juzgado en debate oral; en ese escenario, el Ministerio Público Fiscal planeó pedir cinco años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua y la misma multa económica.

Los fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro describieron un mecanismo de sobornos probado —según lo calificaron, “contundente”— mediante correos electrónicos y facturación de consultorías falsas. Cardona Herreros recibía datos de los pliegos antes de cada llamado y aseguraba las adjudicaciones para su firma, Relevamientos Catastrales S.A.

El juez de Garantías Julián Vergara elevó la causa a juicio el 5 de junio. Quedaron imputados el ex gobernador Urribarri; el empresario Cardona Herreros; Smaldone; Carlos Haidar, ex director de Informática; Miguel Ulrich, ex director General de Ajustes y Liquidaciones; Luis Alfonso Erbes, ex subsecretario de Presupuesto y Finanzas; José Humberto Flores, ex secretario de Hacienda; y José Laporte, ex secretario Legal y Técnico. Para la etapa oral, la Fiscalía anunció que reclamará diez años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y multa de 540 000 pesos para Urribarri; nueve años e iguales accesorias y multa para Cardona Herreros; seis años para Haidar; cinco para Erbes; cuatro años y medio para Ulrich; y tres años condicionales para Flores. La pena de Smaldone dependerá de la homologación del abreviado; la de Laporte será definida al comienzo del debate.

– Sergio Urribarri

El camino procesal de Smaldone fue cambiante: primero pidió el sobreseimiento, luego apeló el rechazo y finalmente desistió de esa audiencia, prevista para el 2 de julio, para sellar el acuerdo que ahora intenta validar. Su confesión lo convirtió en el primer condenado dentro de la causa “Coimas”, mientras los demás acusados esperan la fecha de inicio del juicio.

Redacción

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Denunciaron a un diputado de LLA por falsificar la firma de su abuela para apropiarse de una herencia

Lisandro Almirón, diputado nacional por La Libertad Avanza y candidato a gobernador de Corrientes respaldado por Karina Milei, enfrenta denuncia penal y civil que lo acusa de falsificar la firma de su abuela fallecida para apropiarse de su única propiedad.

La denuncia penal fue radicada ante la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) Nº 5 por los delitos de Falsificación de Instrumento Público (artículo 292 del Código Penal) y Estafa (artículo 172 del Código Penal). Paralelamente, la causa civil se tramita ante el Juzgado Civil y Comercial N.º 12, Secretaría N.º 25, bajo el expediente 219675/21.

El escándalo involucra la propiedad de Priscila Brizuela, abuela tanto de Almirón como del denunciante Eduardo Gómez, quien asegura tener en su poder la escritura original de la casa y que la firma usada para la venta no coincide con la real. Según su relato, se trató de una maniobra para “apoderarse del único bien familiar y dejar afuera al resto de los herederos legítimos.”

“Se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad de mi abuela. Cuando uno confía en la familia y en los profesionales, nunca espera una traición de este tipo”, declaró Gómez.

– La supuesta firma trucha de Pricila Brizuela

La anciana falleció el 16 de marzo de 2013, pero antes de su muerte, mientras se encontraba internada en terapia intensiva en la Clínica Sagrado Corazón, supuestamente otorgó un “poder especial irrevocable” para transferir su única propiedad.

La polémica gira en torno a la Escritura Nº 4 del 28 de febrero de 2013, fechada apenas “un día antes” del fallecimiento de Priscila Brizuela. Según la denuncia presentada por Gómez, primo hermano del diputado, la casa ubicada en el barrio Bañado Norte de la capital correntina, fue transferida directamente a nombre de Lisandro Almirón y sus hermanos Carlos Hernán y Cinthia Elizabeth Almirón.

La transferencia se realizó mediante un poder que habría sido otorgado mientras la abuela estaba internada en terapia intensiva. Un perito caligráfico determinó que la firma sería una “imitación burda” que no coincide con la rúbrica real de la mujer.

La operación fue ejecutada con la participación de varios profesionales del entorno familiar, entre ellos Marta Susana Marcoré, abogada y suegra de Lisandro Almirón, quien actuó como apoderada mediante el presunto poder falsificado para concretar la transferencia. María Alicia Gamba Landi, también estuvo presente y actuó como la escribana que legalizó la escritura de compraventa, ya contando entonces con antecedentes disciplinarios. Fue suspendida un año por el Colegio de Escribanos por su participación en la causa “Boston”, una conocida estafa inmobiliaria de gran escala en Corrientes.

– Documento de la abuela con la respectiva firma

La defensa de los denunciados presentó un certificado psiquiátrico firmado el mismo día en que supuestamente se habría otorgado el poder. Sin embargo, este documento presenta serias inconsistencias, al ser emitido por el Hospital San Francisco de Asís, establecimiento donde la anciana nunca estuvo internada ni fue atendida, y el profesional firmante no trabajaba ese día en el hospital, según confirmó oficialmente el nosocomio.

El caso de la herencia fraudulenta no es el único señalamiento que enfrenta Lisandro Almirón. También ha sido cuestionado por contratos municipales en Gobernador Virasoro que beneficiaron a su esposa Laura Romina Peralta Marcoré y a su suegra para servicios de “alquiler de maquinarias viales” y “servicios profesionales”. Además, donaciones de bienes incautados de la Dirección General de Aduanas a una fundación vinculada a su entorno familiar, la Fundación GEA – Madre Tierra Mitología Griega.

Redacción

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