Caso D’Alessio | El ex fiscal Bidone “investigó irregularmente” al director de Realpolitik

El TOF Nro. 2 expuso que el magistrado de Mercedes y el falso abogado, ambos condenados por intento de extorsión al despachante de Aduanas, Gabriel Traficante, “investigaron irregularmente” al director de REALPOLITIK, generando “perjuicios” directos sobre su persona como parte de un “plan criminal más amplio”.
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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2, a cargo de los jueces Jorge Luciano Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Enrique Méndez Signori, redactó los fundamentos de la sentencia al falso abogado Marcelo D’Alessio, al ex fiscal Juan Ignacio Bidone, y a los ex agentes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Rolando Barreiro y Claudio Álvarez, quienes fueron condenados por intento de extorsión al empresario y ex despachante de Aduana, Gabriel Traficante. La amenaza consistió en involucrarlo en la llamada “mafia de los contenedores” y al mismo tiempo ofrecerle evitar un “escrache mediático”.

El veredicto, que fue dictado el pasado 23 de agosto, contó con el fallo unánime de los magistrados y determinó una pena de cuatro años de prisión para el falso abogado, tres años y ocho meses para el ex fiscal de Mercedes y dos años de prisión en suspenso para los espías. No obstante, un mes más tarde, el TOF Nro. 2 amplió el expediente del fallo y se conocieron otros “investigados irregularmente” por los mencionados sentenciados, entre los que se incluye el director de REALPOLITIK, Santiago Sautel.

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De esta manera, indicaron: “En relación a la causa Nro. 88/2019, sería incorrecto ignorar que la participación de Bidone que aquí se cuestiona como una conducta individual, puede haber formado parte de un plan criminal más amplio, para el cual las relaciones construidas por el fiscal operaron como base”. Y continuaron: “Así, se expuso allí que el fiscal no sólo requirió informes indebidamente en relación a los ya nombrados Traficante, Etchebest y Espínola para que ellos fueran utilizados con fines criminales por D’Alessio, sino que también lo hizo respecto a Alfredo Olmedo, Ricardo Colombi, Eduardo Tassan…”

La lista la completan: “Sergio Flinta, Eduardo Alejandro Vischi, Mario Víctor Cifuentes, Giselle Robles, Dov Kilinsky, Bernardo Marcelo Yungman, Sebastián Marroquín, Francisco Martín Pascual Ortiz, José Baglioli Guzmán, Luis Alberto Paz y su hermana Mercedes Paz, Juan Marcos Forlón, Cristian Monfardini, Alejandro Miguel Ganly, Lucas D’Angio, Javier Santaliz, Samira Rocío Jancovich, Olga Yancovich, Santiago Sautel, Estefanía Protti, Carlos Sebastián Smith, Néstor Rubén Sicheri y Maite Giselle Gieorgetti”.

Como se observa en la nómina, el abanico de los investigados es muy variado: desde dirigentes políticos como Olmedo, Colombi, Tassan, Flinta y Vischi hasta empresarios poderosos como Cifuentes y Kilinsky. También se destaca Robles, la ex abogada de Leonardo Fariña, los hermanos Paz –asociados a la venta de drogas en Rosario y enfrentados a la banda narco Los Monos-, Monfardini y Ganly, cercanos a Claudio “El Chiqui” Tapia tal como reveló el propio juez Alejo Ramos Padilla en la investigación por el triple crimen de General Rodríguez: “Tenían relación con labores de espionaje ilegal respecto de la Asociación del Fútbol Argentino”. Incluso sobresale Sebastián Marroquín, hijo de uno de los narcotraficantes más emblemáticos: Pablo Escobar.

El abogado de la empresa, Marcelo Peña

En ese marco, el abogado penalista Marcelo Peña, representante legal de la empresa periodística, sugirió impulsar una investigación en el ámbito federal sobre conductas ilícitas desplegadas por varios de éstos sujetos. Según indicó, existiría una posible responsabilidad penal de algunos funcionarios públicos que, a sabiendas de ésta agraviante intromisión y afectación a la intimidad, omitieron requerir oportunamente se investigue.

SAUTEL, EL ÚNICO EMPRESARIO DE MEDIOS INVESTIGADO

Al menos uno de los motivos que llevó al falso abogado Marcelo D’Alessio y al ex fiscal Juan Ignacio Bidone a investigar irregularmente a Santiago Sautel tuvo que ver con una serie de publicaciones llevadas adelante por www.realpolitik.com.ar.

El seguimiento periodístico del portal sobre la figura controversial de Bidone fue constante. La primera de las notas publicadas fue sobre un allanamiento en la casa del ex magistrado y dos oficinas de la fiscalía donde trabajaba, en el marco de la investigación por el triple crimen de General Rodríguez que tenía a su cargo. “El propio fiscal se había presentado ante el juez federal Julián Ercolini hace al menos dos semanas para dar información en relación a la investigación contra D’Alessio por presunta extorsión a empresarios para que no figuren en la causa de los cuadernos”, advirtió este medio en marzo del 2019.

Días más tarde, ya con el mediático espía D’Alessio procesado por segunda vez, tras el intento de extorsión al ex despachante de Aduana Traficante, REALPOLITIK tituló: “Pruebas exponen el vínculo entre el extorsionador D’Alessio, el fiscal Bidone y el ministro Garavano”. Y remarcó: “Aliado con el fiscal de Mercedes, Juan Ignacio Bidone, D’Alessio tenía acceso a las llamadas entrantes y salientes de Traficante. Además, podía controlar sus movimientos con la apertura de antenas y las planillas de Migraciones. Todos documentos conseguidos a través de oficios judiciales”. Además de desentramar el círculo judicial extorsivo, este medio difundió documentos que revelaron un “inexplicable alto consumo en tarjeta de crédito” del ex magistrado mercedino.

Sin embargo, las pruebas que comprometían al ex juez seguían saliendo a la luz.

“Arrepentido: El fiscal Bidone aportaría pruebas contra Aníbal Fernández por el triple crimen”, tituló REALPOLITIK y aclaró: “El nuevo arrepentido brindaría información clave sobre la banda dedicada a la extorsión y liderada por Marcelo D’Alessio. Además, expondría datos claves sobre cruzamientos telefónicos que involucran al ex jefe de Gabinete kirchnerista con el triple crimen”. En esta línea, este medio reforzó lo que ya era un secreto a voces en los pasillos judiciales: que Bidone “cumplía el rol de proveedor de información clave para las extorsiones, como planillas de Migraciones y escuchas telefónicas”.

Finalmente, también en abril del último año de gestión macrista, en una nota titulada “El impactante informe que desnuda el vínculo entre agentes de la AFI y la mafia de la Aduana”, REALPOLITIK destacó el oscuro entramado que involucraba a la ex subdirectora de la AFI, Silvia Majdalani, con la participación especial de Bidone.

Todas estas publicaciones dan cuenta del interés del ex magistrado condenado a prisión de “investigar irregularmente”, tal como indicó el TOF Nro. 2, a Santiago Sautel, quien en su cuenta de Twitter manifestó: “Se hizo Justicia”, al anoticiarse de que formó parte de un “amplio plan criminal” que lo tuvo como uno de los tantos damnificados y que, finalmente, fue descubierto.


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Lago Escondido | Un acuerdo secreto archivó la demanda para recuperar 12 mil hectáreas en manos de Joe Lewis

El presidente Javier Milei ordenó homologar un acuerdo con el empresario británico Joe Lewis y la empresa Hidden Lake S.A. para poner fin a una acción de lesividad iniciada por el Estado argentino en 2023, que buscaba anular la compra de más de 12.000 hectáreas en zona de seguridad de frontera donde se ubica la estancia de Lago Escondido.

Patagonia, provincia de Río Negro, cerca de El Bolsón, en una zona de seguridad fronteriza… Desde la década del ’90, el magnate británico, conocido por su participación en fondos de inversión globales, se hizo propietario de dichas tierras bloqueando el acceso público al lago pese a existir fallos judiciales desde 2005 que garantizan ese derecho.

La adquisición de las tierras se realizó mediante maniobras con empresas “cáscara” y testaferros para eludir la legislación vigente que prohíbe a extranjeros adquirir tierras en zonas de frontera (decretos 411/80 y 1265/87).

La Procuración del Tesoro (ya en 2016, bajo Carlos Balbín) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas habían dictaminado que la operación fue fraudulenta.

Ricardo Nissen fue el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) durante el gobierno del exmandatario Alberto Fernández (2020–2023), el organismo del Estado encargado de controlar y fiscalizar las sociedades comerciales que operan en Argentina. En mayo de 2022 tomó una decisión que lo metería en la mira del poder, al pedir la intervención judicial de Hidden Lake S.A.

El argumento de Nissen era que “Hidden Lake no era una empresa real”. No tenía actividad comercial registrada, no producía bienes ni servicios, no justificaba sus ingresos ni los gastos de construcción de una lujosa mansión en el predio, y se sostenía con aportes de accionistas y sociedades offshore no declaradas en Argentina.

La empresa fue representada ante la Justicia por allegados al expresidente Mauricio Macri, como Jaime Cibils Robirosa, presidente del Correo Argentino.

En octubre de 2023, durante la gestión kirchnerista del Frente de Todos, el Ministerio del Interior —vía la Resolución 1603— declaró las autorizaciones de compra como lesivas al interés nacional e instruyó a iniciar una acción judicial para anular definitivamente la transferencia de dominio. Una “acción de lesividad” es el mecanismo legal mediante el cual el propio Estado demanda la nulidad de un acto administrativo suyo anterior que considera dañino para el interés público. Es decir, el Estado reconocía que él mismo había cometido un error al aprobar esa compra y quería revertirlo.

El acuerdo secreto

El 15 de enero de este año, la administración libertaria presentó un convenio conciliatorio con Lewis, que fue homologado secretamente el 28 de enero en plena feria judicial por el juez federal Walter Lara Correa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4. Con eso, el expediente 4511/2023 quedó cerrado sin avanzar en la nulidad de la transferencia de dominio. El acuerdo se mantuvo en reserva, hasta diciembre de 2025 el expediente era de acceso público, pero luego pasó a “acceso reservado” en el sistema del Poder Judicial, y hasta ahora no se conoce la letra chica del convenio.

El acuerdo se cerró dos meses antes de que Milei designara a Juan Bautista Mahiques como ministro de Justicia (marzo de 2026) y enviara al Senado el pliego de su padre, Carlos Mahiques, para que continúe como juez en la Cámara de Casación Penal. El dato que enciende todas las alarmas sería que ambos Mahiques participaron del famoso viaje a Lago Escondido en octubre de 2022, el escándalo conocido como “Los huemules del lawfare”, donde jueces, fiscales y funcionarios viajaron con todos los gastos pagos —financiados por el Grupo Clarín— a la mansión de Lewis.

Hidden Lake S.A. denunció penalmente a Nissen por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sin embargo, la causa tuvo un derrotero particularmente elocuente. En cuatro oportunidades, dos veces a través del juez Daniel Rafecas y otras dos mediante el juez Sebastián Casanello, Nissen fue sobreseído en la etapa de instrucción.

En todos los casos, ambos magistrados coincidieron en que el entonces funcionario de la IGJ se había limitado a cumplir con sus atribuciones legales, al fiscalizar sociedades, requerir documentación e impulsar acciones judiciales ante eventuales irregularidades. No obstante, cada uno de esos fallos fue revocado por la Sala II de la Cámara Federal, con los votos de Martín Irurzun y Eduardo Farah, que ordenó reencauzar la investigación.

Finalmente, en abril de 2026, luego del cuarto sobreseimiento, la Cámara decidió avanzar por su cuenta y dictó el procesamiento de Nissen, a quien le atribuyó haber “enarbolado el falso argumento” de que Hidden Lake incumplía sentencias firmes.

– Ricardo Nissen

El voto de Farah sostuvo que Nissen “abusó de las facultades que le confería su puesto” para labrar de oficio el expediente administrativo. El caso pasará ahora al juez Ariel Lijo —el mismo nominado por Milei para la Corte Suprema— para dictar los embargos y formalizar el procesamiento.

Beneficios adicionales

El acuerdo se inscribe en una serie de decisiones gubernamentales previas que ya evidenciaban un alineamiento favorable. En julio de 2025, la Secretaría de Energía autorizó el traspaso de la Central Hidroeléctrica Río Escondido a la firma Hidden Lake S.A., lo que consolidó aún más el control de Lewis sobre la zona. La construcción de esa represa, sin embargo, había sido previamente cuestionada por organismos de control, que la consideraban ilegal.

Las zonas de seguridad de frontera tienen una protección especial en la legislación argentina porque se consideran estratégicas para la defensa nacional. Que un ciudadano extranjero controle miles de hectáreas en esa zona —incluyendo el acceso a un lago y una central hidroeléctrica— representa una cesión de facto de territorio soberano. Al abandonar la demanda sin que se conozcan los términos del acuerdo, el Estado renunció a recuperar esas tierras sin ninguna explicación pública.

El expediente sobre el acceso público al lago por el camino Tacuifí, impulsado por la exsenadora Magdalena Odarda, todavía tramita ante la Corte Suprema, por lo que el conflicto judicial no está del todo cerrado.

Santa Fe | Jueces garantistas aflojaron controles en cárceles y un condenado a 37 años estuvo ocho meses prófugo sin que nadie lo buscara

La provincia de Santa Fe quedó atravesada por dos decisiones judiciales vinculadas al sistema penitenciario. Un fallo hizo lugar parcialmente a un habeas corpus y determinó que no se podrá obligar a los abogados a utilizar teléfonos en las entrevistas con presos alojados en cárceles de alto perfil. En Rosario, la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto defendió las salidas transitorias otorgadas a Ricardo Albertengo, condenado a 37 años de prisión en 2010, y afirmó que “nada se hizo por fuera de la ley”, pese a que el hombre quedó prófugo desde 2015.

En el primero de los casos, el planteo lo impulsó el abogado José Nanni, quien cuestionó las nuevas condiciones para entrevistar a sus defendidos. Según explicó, el problema surgió cuando acudió a una entrevista y se encontró con un sistema que obligaba a comunicarse mediante un teléfono detrás de un blindex. “Lo que nosotros planteamos es que la comunicación entre el abogado y su defendido debe ser privada y no debe tener injerencias del Estado”, sostuvo.

Nanni rechazó la obligatoriedad del dispositivo y afirmó: “No nos pueden obligar a utilizar un teléfono que se haya puesto en los locutorios porque no teníamos la garantía de que esos teléfonos estén escuchados”. También precisó que la pretensión original buscó que “se destine un habitáculo para uso exclusivo de los abogados”, aunque ese punto no prosperó. De todos modos, destacó el aspecto central de la resolución: “Lo que resolvió la jueza es que no sea obligatorio el uso de los teléfonos”.

A partir del fallo, explicó, la decisión quedó en manos del profesional. “Si el abogado quiere utilizar el teléfono, lo puede utilizar, si no lo quiere utilizar, no lo utiliza”, señaló. Nanni también aclaró que no se opuso al endurecimiento de medidas dentro de las cárceles. “Uno entiende las cuestiones de inteligencia criminal y penitenciaria que se vienen realizando”, dijo. Sin embargo, marcó un límite: “Cuando las medidas empiezan a pasar otros límites, ahí es donde uno interpone este tipo de acciones constitucionales”. Sobre el alcance de la resolución, agregó: “Creo que va a tener una extensión para el resto de los presos que están en ese pabellón”.

El testimonio de Nanni

La segunda situación se conoció después de que Albertengo se presentó en la cárcel de Rosario y trascendió que era el hombre que la policía buscaba por el crimen del policía Mauro Martín Mansilla. A partir de ese dato, surgió en la ciudad la pregunta sobre cómo un condenado a 37 años de prisión podía estar en la calle. La respuesta llegó cuando Prunotto, a cargo de controlar el cumplimiento de las condenas, explicó su actuación y sostuvo que “nada se hizo por fuera de la ley”.

La jueza detalló que al principio se le concedió a Albertengo una salida transitoria “con una modalidad más acotada”, con un régimen de tres horas por cada salida y acompañado por personal de custodia. También indicó que a los cinco meses se revisaron esos egresos y que se pidieron numerosos informes para controlar cómo había cumplido el beneficio y la veracidad de esos reportes. Según dijo, “se tomaron más recaudos de los que la ley prevé”.

Prunotto explicó que en julio de 2015 se flexibilizó ese régimen, se le agregaron horas y se habilitó a Albertengo a salir con un tercero responsable. “Fue en aquel momento cuando no regresó a prisión. Desde entonces había un pedido de captura vigente”, afirmó. Luego agregó un dato central sobre el tiempo en que el condenado estuvo fuera de la cárcel: “ninguna fuerza me requirió una orden de allanamiento para detener a Albertengo”.

Sobre las críticas al sistema, la magistrada sostuvo: “Si la ley tiene fallas o no, yo no soy quién para decirlo. Esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la norma. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita”.

La jueza también precisó que Albertengo “se encontraba prófugo desde julio de 2015”, cuando ella había ordenado su detención por no regresar de una salida transitoria. Sobre la condición de reincidente del condenado, explicó: “La ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para un reincidente. No hay una diferenciación entre primario o reincidente. No es una traba ser reincidente como para otras medidas que se pueden solicitar y están regladas por la misma ley”. También recordó que Albertengo cumplió los requisitos legales en agosto de 2012, aunque rechazó en ese momento el pedido por entender que debía esperar más tiempo para volver a evaluar esas salidas.

Prunotto añadió que “la función del juez de Ejecución Penal es evaluar conforme la ley nacional y los requisitos que ésta pide” y remarcó que la ley habilitó ese egreso “mucho antes de lo que fue acordado”. Según reconstruyó, Albertengo obtuvo el beneficio el 1º de octubre de 2013

El 28 de mayo de 2014 lo incumplió y recibió una sanción. En noviembre de ese año obtuvo un visto favorable para nuevas salidas, acompañado primero por efectivos del Servicio Penitenciario. El 11 de mayo de 2015 volvió a acceder al beneficio y el 29 de junio de ese año el régimen se amplió para que saliera 12 horas cada 15 días acompañado por un tercero responsable, en ese caso su pareja. “Era en la faz de afianzar los lazos familiares”, explicó la jueza. Desde entonces, Albertengo no volvió a prisión hasta el día en que se entregó al verse cercado por el crimen del oficial Mauro Martín Mansilla.

Pettovello lanzó un sistema con IA para detectar irregularidades en planes sociales

Pettovello lanzó un sistema con IA para detectar irregularidades en planes sociales

El Ministerio de Capital Humano, que conduce Sandra Pettovello, presentó el Sistema Social (SISOC), una plataforma tecnológica integral que centraliza la información de personas, familias y espacios comunitarios alcanzados por programas sociales del Estado nacional. 

El lanzamiento se realizó en un encuentro con la prensa en el que participaron el secretario de Niñez, Adolescencia y Familia, Juan Bautista Ordoñez; el subsecretario de Promoción Humana, Martín Lepera; y Paola Bohórquez, coordinadora del Área de Desarrollo Inclusivo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

El sistema registra actualmente 7,2 millones de perfiles individuales y más de 3.600 centros comunitarios. Todo el desarrollo fue realizado por programadores de la propia Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, sin contratar empresas externas ni realizar licitaciones. En palabras de Lepera, la incorporación de inteligencia artificial potenció el trabajo del equipo interno. Con esa nueva herramienta, “un recurso propio hoy vale por diez. Lo que antes llevaba quince días, ahora lo hacemos en una fracción del tiempo”.

Ordoñez subrayó que el sistema parte de la visión impulsada por la ministra Pettovello, enfocada en la transparencia, la eliminación de intermediarios, la trazabilidad y la eficiencia. El secretario también describió el estado de situación que encontraron al asumir: “No existían nada más que infinidad de exceles con información dispersa, no se intercambiaba la información. Nadie tenía una mirada completa sobre la totalidad de las políticas públicas que se llevaban adelante y eso obviamente dificulta la gestión, complica la transparencia y el entendimiento global”. 

Tres etapas permitieron el desarrollo del SISOC. En 2024 comenzó la digitalización y la generación de registros básicos. Luego se automatizaron procesos y se incorporó la interoperabilidad con otros organismos del Estado. En 2025, el ministerio incorporó inteligencia artificial y análisis predictivo. “Pasamos de una gestión reactiva que llegaba tarde y no tenía datos, a empezar a anticiparnos”, resumió Lepera.

Radiografía en tiempo real de cada beneficiario

El núcleo del sistema es lo que denominaron la “historia social digital”: cada persona tiene un legajo único que concentra sus datos personales, las intervenciones del Estado sobre su situación, los vínculos familiares y los programas a los que adhiere. El sistema mantiene ese legajo actualizado al instante (dónde está la persona, a qué espacios asiste, qué coberturas recibe, cómo está compuesto su grupo familiar y si accede o no a las prestaciones disponibles). 

Para Ordoñez se trata de un salto cuántico. “De un individuo que estaba suelto por el universo ahora tenés la radiografía que sirve para mejorar la calidad de las prestaciones y asegurarnos que reciba todo lo que tiene que recibir”.

Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia, Juan Bautista Ordoñez
– Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia, Juan Bautista Ordoñez

Esta información se construye a partir del cruce de bases de datos del Ministerio de Capital Humano con ANSES, ARCA, RENAPER, Progresar y sistemas provinciales a través del SINTI, la única base de datos nacional con cruces interprovinciales consolidados. 

También se trabaja con diferentes administraciones provinciales y se prevé lograr, en el mediano plazo, una sinergia con los municipios.

Bohórquez destacó que la herramienta “no es un registro administrativo, es un sistema dinámico con infinita posibilidad de actualización online y on the spot (es decir en el momento y en el lugar donde ocurre la situación), que te permite no solo predecir sino adelantarte y ajustar la política de forma instantánea”.

Los datos descubren lo que el Estado no veía

El SISOC incorpora algoritmos de inteligencia artificial que detectan desvíos en tiempo real. El sistema identifica a personas que figuran en más de un centro simultáneamente o que reciben la misma prestación dos veces el mismo día.

También cruza datos patrimoniales. Al analizar la situación socioeconómica de los beneficiarios, el ministerio detectó casos de personas con cinco propiedades o cuatro vehículos que recibían asistencia del Estado. En esos casos, se procedió a darlos de baja.

El sistema también detecta brechas de acceso. Si una persona, por ejemplo, se anotó en el plan de los Mil Días durante el embarazo y tiempo después no figura ningún registro de documentación del bebé, se genera una alerta automática. “Sabemos que ahí hay un chico que no tiene documentación. Si no tiene documentos, no accede a toda una serie de beneficios que existen a disposición para ese tema”, planteó Ordoñez.

No todas las alertas implican irregularidades. En un caso concreto, el sistema detectó que un centro realizó muchas operaciones pequeñas en un mismo día. La investigación reveló que los operadores no sabían cuánto tiempo le quedaba a la tarjeta de pagos. “A veces no es un fraude, sino un problema. Pero igual nos sirvió para detectarlo”, reconocieron desde el Ministerio.

Los centros comunitarios, bajo seguimiento permanente

El sistema registra los 3.600 espacios comunitarios con los que trabaja la Secretaría. Cada centro tiene su propio legajo donde constan presupuesto, rendiciones, actividades, infraestructura disponible y nómina de asistentes y es auditado de dos maneras: de forma presencial (cada dos meses de manera sorpresiva) y de forma virtual mediante llamadas aleatorias. 

La lógica es directa. Si el sistema indica que un espacio abre, por ejemplo, los martes, la auditoría verifica que efectivamente esté abierto ese día y que haya personas dentro.

En los próximos meses, los centros recibirán una aplicación móvil con georeferenciación que funciona sin conexión a internet. La herramienta les permitirá cargar actividades, gestionar asistencia y rendir cuentas de forma digital. 

Subsecretario de Promoción Humana, Martín Lepera
– Subsecretario de Promoción Humana, Martín Lepera

Hasta ahora, la carga de datos era manual: los centros enviaban listas de nombres a mano, una modalidad que el ministerio busca dejar atrás.

El relevamiento de centros arrojó además un dato que cambió la perspectiva sobre la red. De los 3.600 espacios con prestación alimentaria, más de 500 son centros de primera infancia. Esa información, que antes era inexistente, permite segmentar las intervenciones según el perfil real de cada espacio y no tratarlos a todos como si fueran equivalentes.

Derivaciones automáticas entre organismos

Una de las funciones más recientes del sistema es la derivación automática entre organismos. 

Si en la nómina de asistentes de un centro comunitario figura una persona con consumo problemático, el sistema indica el espacio del SEDRONAR más cercano y genera una derivación formal. Ambas partes tienen acceso al estado del proceso. 

“Antes, si el referente decía ‘acá te va a ver Cacho de parte mía’, y Cacho no iba nunca, la cuestión nunca se resolvía. Acá hay un seguimiento de las dos partes”, describió Ordoñez. 

El proceso incluyó escucha activa de los responsables de los centros y articulación con organismos internacionales y organizaciones sociales. El desarrollo no fue unilateral, subrayaron desde el Ministerio de Petovello. La implementación tampoco generó conflictos con los referentes territoriales: “No pensamos esto desde una torre, siempre buscamos apoyarnos en las necesidades. Incluso, recibimos la necesidad de implementar un sistema”.

La experiencia práctica incluyó el primer relevamiento nacional coordinado de personas en situación de calle, realizado entre noviembre y diciembre del año pasado con la colaboración de 17 provincias mediante la aplicación de campo del SISOC. Los resultados de ese informe serán revelados en los próximos días.

“Un Estado que anticipa antes de actuar”

Durante 2026, Capital Humano prevé ampliar la interoperabilidad del SISOC con otros organismos del Estado e incorporar módulos para que los Centros de Familia puedan interactuar con el sistema, rendir cuentas de manera digital y gestionar prestaciones. El objetivo es consolidar una gestión integrada, trazable y basada en información confiable.

La proyección apunta a que, hacia mediados del año que viene, el sistema alcance capacidad predictiva plena. 

La idea es poder simular el impacto de una política antes de implementarla: saber cuántas personas va a alcanzar un nuevo centro según dónde se lo ubique, o cómo afecta una suba en una prestación antes de ejecutarla. “Para eso necesitás una capa analítica de datos muy grande, y ahora la tenemos”, resumió Lepera.

Ordoñez trazó el horizonte de esa visión con precisión: “Cuando tengamos mejor el mapa de a quién va qué, podemos predecir dónde nos va a sobrar capacidad y dónde tenemos que estar”.

Topadoras y Prefectura completaron la expulsión de las ferias ilegales en Mar del Plata tras un megaoperativo

Un megaoperativo conjunto entre la Prefectura Naval Argentina y el municipio de General Pueyrredón desmanteló “La Saladita de la Bristol”, una feria informal que funcionó durante más de 25 años sobre la Rambla de Playa Bristol en Mar del Plata.

“Están allanando la feria ilegal en la Rambla gracias a la denuncia penal que presentamos. En Mar del Plata la ley se cumple. Se terminó el vale todo que perjudicó durante años a marplatenses y turistas”, celebró el operativo en sus redes sociales el senador provincial y exintendente Guillermo Montenegro, quien impulsó la denuncia original.

El procedimiento implicó el allanamiento de seis puntos de la ciudad, el secuestro de más de 8.000 productos valuados en 500 millones de pesos, y la demolición en la madrugada de más de 170 puestos con topadoras y maquinaria pesada.

El operativo dejó entre 200 a 300 familias sin su fuente de trabajo, abrió un debate político y judicial sobre los límites del procedimiento, y generó posiciones encontradas en la sociedad marplatense.

“La Saladita” era el nombre con el que los marplatenses y turistas conocían al paseo de compras informal instalado en el Boulevard Marítimo, entre las calles Rivadavia y la Peatonal San Martín, frente a la popular Playa Bristol. El lugar funcionó durante más de dos décadas como un mercado a cielo abierto donde se vendía principalmente ropa, calzado, accesorios, artículos de bazar y productos electrónicos a precios muy por debajo de los comercios formales.

La feria no surgió como un negocio ilícito desde el comienzo, sino como una respuesta social a la desocupación. A fines de los años 90’s, en plena crisis del menemismo, el Concejo Deliberante habilitó en 1999 —durante la gestión del intendente radical Elio Aprileun espacio precario sobre la vereda de la Unidad Turística Fiscal de Playa Bristol para los vendedores ambulantes. La autorización era limitada en el tiempo y buscaba contener una emergencia laboral que desbordaba las capacidades del Estado.

Lo que comenzó con artesanías y productos sencillos fue mutando con los años hacia un paseo cada vez más nutrido, donde la indumentaria que imitaba marcas internacionales fue ganando terreno. Los permisos municipales —siempre transitorios— se extendieron entre 2003 y 2009 sin un marco normativo claro, y desde 2010 en adelante la feria funcionó directamente sin respaldo legal.

El operativo y su procedimiento

El proceso judicial que desembocó en el operativo comenzó formalmente en noviembre de 2025, cuando el municipio presentó una denuncia ante la Justicia Federal basada en informes elaborados por varias áreas municipales, entre ellas la Secretaría de Seguridad, Obras Sanitarias y la Subsecretaría de Inspección General.

La denuncia sostenía que la feria representaba “un riesgo cierto y serio en la seguridad y la salubridad pública”, además de señalar posibles delitos de violación a la Ley de Marcas y problemas de contaminación.

La causa quedó a cargo del juez federal Santiago Inchausti del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3 de Mar del Plata, y de la Fiscalía Federal N° 2 conducida por Santiago Eyherabide. Tras 15 meses de investigación que incluyeron medidas de prueba durante 2024 y 2025, el magistrado ordenó el allanamiento.

“Orden sí, pero no a costa de destruir el trabajo de la gente”, pronunció sobre el hecho Mariana Berbeglia, secretaria general del Sindicato Único de Trabajadores Feriantes (SUTFRA).

Cerca de 100 efectivos de la Prefectura Naval Argentina se desplegaron simultáneamente en seis puntos distintos de Mar del Plata. El operativo incluyó el predio principal de la feria y también tres locales vinculados al Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (SIVARA), además de domicilios particulares. El titular del sindicato, Walter Rivero, estuvo detenido durante algunas horas y fue luego liberado.

Los agentes identificaron a 91 personas entre propietarios, empleados y cuatro miembros del sindicato. Durante el procedimiento se incautaron 400 bultos con mercadería en infracción —ropa, calzado, accesorios, artículos de bazar y electrónicos—. Al menos 80 de los 100 puestos activos en ese momento ofrecían productos con logotipos de marcas internacionales en violación a la Ley 22.362

Además de la mercadería, se secuestraron tres vehículos, dinero en efectivo en pesos y moneda extranjera por más de 12 millones, y elementos informáticos como computadoras y teléfonos. La Justicia detectó que el SIVARA utilizaba transferencias y alias bancarios para mover importantes sumas de dinero, y registró en una sola transacción un movimiento de 15.123.288 pesos para el pago de un canon.

Una vez concluido el allanamiento, durante la noche y la madrugada, el municipio desplegó maquinaria pesada y procedió a la demolición total de los puestos. El trabajo incluyó topadoras, camiones de la empresa municipal de servicios, y personal de la Patrulla Municipal e Infantería. Al amanecer, la Rambla de la Bristol mostraba solo chapas, maderas esparcidas y huellas de maquinaria donde durante décadas había funcionado la feria.

La Unión del Comercio, la Industria y la Producción de Mar del Plata también respaldó el procedimiento, argumentando que la feria representaba una forma de competencia desleal que perjudicaba a los comerciantes formales que pagan impuestos y respetan las normas.

El rol entre la organización y la ilegalidad

Detrás del crecimiento de la feria operó durante años el SIVARA. La referencia histórica del gremio en la Bristol fue César “Indio” Lencina, quien desde la Mutual 18 de Enero organizó —y también capitalizó— la actividad, en articulación con la estructura nacional del gremio. Bajo su conducción, el espacio fue mutando desde una salida colectiva hacia un esquema más concentrado, con control sobre la asignación de puestos y el funcionamiento interno del predio.

Tras la muerte de Lencina en 2022, la conducción del SIVARA en Mar del Plata pasó por varias manos hasta que, a fines de 2025, Rivero asumió como principal referente local. La investigación judicial posterior revelaría que el sindicato gestionaba la feria recaudando sumas millonarias a cambio de permisos informales de operación. Un feriante relató que pagaba 3 millones de pesos en enero, montos similares en febrero y 2 millones en marzo y abril, siempre “en negro, sin recibo, sin comprobante”.

Los trabajadores de la feria y sus representantes presentaron una visión radicalmente diferente. El SIVARA calificó la demolición de los puestos de ilegal, argumentando que el municipio avanzó con maquinaria pesada “sin ningún tipo de orden judicial” —ya que la única medida autorizada por la Justicia era el allanamiento, no la demolición del predio.

El sindicato también acusó al Ejecutivo municipal de ejecutar una “campaña de publicidad política de mano dura” y señaló que la feria funcionaba con el conocimiento y el aval de las autoridades durante casi 20 años.

El gremio denunció que el operativo dejó a casi 300 familias marplatenses sin su fuente de trabajo, y anunció presentaciones penales y acciones legales a través del estudio jurídico Robbio-Bernat & Asociados. Los feriantes convocaron marchas frente al municipio con la consigna “Nos dejaron en la calle”.

Tras el desalojo, decenas de feriantes comenzaron a reinstalarse en las inmediaciones de Plaza Rocha, en el corazón del centro de Mar del Plata, generando una nueva tensión por el uso del espacio público.

Con el terreno liberado, el municipio estaría en posición de avanzar con la licitación de la Unidad Turística Fiscal (UTF) “Paseo de Compras Bristol”, un proyecto que Montenegro había enviado al Concejo Deliberante en 2021 y que fue aprobado en 2022 pero quedó paralizado por los conflictos con los feriantes. Según trascendidos, ya asoman interesados —capitales locales y foráneos— en la concesión del espacio.

La causa federal sigue abierta. La Justicia investiga la estructura organizada para la comercialización ilegal, el papel del SIVARA en la recaudación de cobros informales y la posible evasión fiscal. Los abogados de los feriantes presentaron presentaciones legales cuestionando la legalidad del desalojo y exigiendo la devolución de la mercadería incautada.

Pidieron procesar a Capitanich por entregar tierras fiscales a empresarios vinculados al marido de una exministra

El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó al juez federal subrogante Fernando Carbajal el procesamiento sin prisión preventiva del exgobernador de Chaco Jorge Milton Capitanich, de la exfuncionaria Marta Elena Soneira y de un grupo de empresarios vinculados a las firmas Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL. 

La causa se originó en una denuncia de Ana María Canata, presidenta del Instituto de Colonización, quien al asumir el cargo detectó irregularidades en expedientes administrativos vinculados a la entrega de tierras fiscales. El análisis de esa denuncia demandó casi dos años de trabajo a la fiscalía.

Los delitos imputados al exgobernador K

A Capitanich se le imputaron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, lavado de activos de origen delictivo agravado por haber sido cometido con habitualidad como parte de una banda y por ser funcionario público, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos, todos en calidad de autor y en concurso real.

A Soneira se le imputaron, en forma separada, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, lavado de activos de origen delictivo con las mismas agravantes, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, todos en calidad de autora. La fiscalía caracterizó el conjunto de esos hechos como una defraudación al erario provincial mediante sucesivos actos de corrupción realizados por un grupo de personas con injerencia en el poder, organizadas para insertar al mercado legal un gran patrimonio que hoy no pueden justificar.

LA TRAMA | Tierras para los socios del esposo de la ministra

Según el escrito fiscal, Soneira y Capitanich actuaron “en forma organizada y sostenida en el tiempo, valiéndose del ejercicio del poder que en aquel momento ostentaban”, y dispusieron de tierras fiscales de la provincia. Las adjudicaciones se canalizaron a través de trámites administrativos que, según la fiscalía, tenían apariencia legal pero ocultaban intereses económicos ilegítimos, y sus beneficiarios fueron personas que integraban empresas en las que el esposo de Soneira, Mauricio Cian, era socio gerente.

A través del Instituto de Colonización y con las firmas de Soneira como ministra y de Capitanich como gobernador, se adjudicaron cuatro inmuebles rurales del Departamento Almirante Brown a Federico Storti, Leandro Nicolás Bessone y Nelson Ariel Pochón, los tres socios de Cian en Grupo Pampa Agro SRL y en Pampa Semillas SRL. Storti recibió la fracción norte de la parcela 95, Circunscripción V, Zona D, con una superficie aproximada de 1.250 hectáreas; Bessone recibió la fracción sur de esa misma parcela, también de 1.250 hectáreas. Pochón fue adjudicatario de dos predios adicionales en el mismo departamento.

Solicita-procesamiento-causa-Soneira-final

El fiscal señaló que las notas de solicitud presentadas por Storti y Bessone eran “prácticamente calcadas” y tenían hasta los mismos errores de ortografía. Ambos afirmaron no poseer tierras propias y contar con diez empleados, pero la fiscalía verificó que Storti tuvo una sola empleada hasta marzo de 2021 y ningún personal en relación de dependencia durante 2022 y 2023. En el caso de Bessone, tampoco registró personal en relación de dependencia en los años 2021, 2022 y 2023. Además, Bessone declaró en sus propias declaraciones juradas ser titular de inmuebles, lo que lo inhabilitaba como adjudicatario de tierras fiscales, ya que para acceder a ellas no se debe ser propietario de bien alguno, requisito que la fiscalía calificó de “sine qua non”.

Los cargos simultáneos e incompatibles de Soneira

Amad destacó que Soneira ocupó al mismo tiempo los cargos de presidenta del Instituto de Colonización y de secretaria de Desarrollo Territorial y Ambiente, puestos incompatibles dada la exclusividad laboral que se exige en el desempeño de cada función. La Fiscalía de Asuntos Administrativos de la provincia estableció esa incompatibilidad mediante resolución. En 2022, Soneira asumió además el cargo de ministra de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible.

En su descargo, Soneira sostuvo que ejerció la presidencia del Instituto de Colonización de manera temporal y ad honorem. El fiscal rechazó ese argumento: “El hecho de que lo haya hecho ad honorem o en forma provisoria no la exime de la responsabilidad que su ejercicio le atribuía”. Amad subrayó que mientras estuvo a cargo en forma temporal, Soneira suscribió adjudicaciones de tierras fiscales, entre ellas las de Storti y Bessone, a la postre socios gerenciales en las empresas de su cónyuge.

La fiscalía también señaló que Soneira no pudo invocar desconocimiento sobre la identidad de los beneficiarios, “en tanto que eran los mismísimos socios de su esposo”. Como muestra de ese conocimiento, Amad recordó que el 23 de diciembre de 2021 la propia Soneira firmó un permiso de ocupación a favor de Bessone —socio de su esposo— mientras se desempeñaba como máxima autoridad del Instituto de Colonización.

Desmontes, OTBN y beneficios en servicios públicos

La fiscalía imputó también a Soneira haber puesto al sector rural de Pampa del Infierno, en el Departamento Almirante Brown, en categoría verde dentro del Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN), lo que habilitaría la posibilidad de explotación rural, desmontes y ejecución de proyectos con fondos nacionales en la zona donde precisamente operan las empresas del esposo de la exministra y sus socios empresariales.

A finales de 2022, Capitanich aprobó por decreto la actualización del OTBN en un proceso que la Fundación Vida Silvestre Argentina cuestionó por no respetar las normas establecidas para ese tipo de procedimiento. Según el escrito fiscal, esas decisiones ignoraron los consensos técnicos sobre los criterios de sustentabilidad exigidos por la ley, elaborados durante el proceso coordinado hasta mediados de 2022. La ONG había demandado previamente a la provincia por omitir esa actualización, lo que había derivado en una prohibición judicial de aprobar planes de cambio de uso del suelo y permisos de desmonte.

– El fiscal general Carlos Martín Amad

Además, mediante decretos y convenios del Poder Ejecutivo provincial, las firmas vinculadas a Cian obtuvieron beneficios económicos que incluyeron reintegros de subsidios, quita en el pago de impuestos y ventajas en servicios públicos como SAMEEP y SECHEEP, entre otros.

El rol de Capitanich: “no podía desconocer”

En su descargo, Capitanich sostuvo que la firma de los decretos de adjudicación era una obligación legal y que “no es responsabilidad del gobernador controlar cada intervención de cada área”.

También argumentó que no es el gobernador quien decide discrecionalmente a quién entregar tierras, sino que existe un procedimiento administrativo con múltiples oficinas que intervienen en cada etapa verificando el cumplimiento de la normativa vigente. El fiscal rechazó ambos planteos.

“Discrepo humildemente con el ex gobernador, en tanto y en cuanto resulta cuanto menos inocente pensar que quien es el encargado de gestionar el gobierno de la provincia no se tome los mínimos recaudos de verificar a quiénes se entregan tierras públicas”, escribió Amad, y agregó: “Estas tierras se entregaron de manera discrecional, a los socios del esposo de su ministro Soneira, lo cual nunca fue explicado acabadamente”.

Respecto de la firma de los decretos, el fiscal fue categórico: “Ni el gobernador Capitanich ni la ministro Soneira podían desconocer que dichas empresas pertenecían a las personas a quienes les estaban adjudicando las tierras en cuestión, y por si esto fuera poco, el imputado Capitanich admitió haber firmado los decretos”.

Amad sostuvo que la intervención del gobernador era determinante para que la maniobra se concretara, “pues es quien en definitiva emite el decreto adjudicatorio final de dichas tierras, con el alcance y valor jurídico que posee la suscripción de ese decreto”. Y sentenció: “La ministro Soneira, esposa de Cian, les entrega a los socios de su marido tierras en manifiesta ilegalidad y arbitrariedad, y el gobernador a sabiendas firma el decreto de adjudicación y pretende que ese acto ilegal sea bajo un mandato constitucional”.

Para ilustrar la persistencia histórica de ese tipo de maniobras, el fiscal citó al jurista Carlos Nino, quien describió la desvirtuación de la Ley de Enfiteusis de 1826 como un caso paradigmático del favoritismo en la distribución de tierras públicas. “La situación descripta por el Maestro Nino hace ya varias décadas se subsume perfectamente ‘mutatis mutandi’ en lo que ha pasado en esta causa, después de doscientos años”, indicó Amad. La causa también presenta similitudes, según el fiscal, con el expediente caratulado “López, Ramón Alberto y otros s/Inf. art. 303 inc. 2 a, Asociación Ilícita y Defraudación contra la administración pública”, actualmente en juicio oral y público ante el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

Los otros imputados y las resoluciones solicitadas

Junto a Capitanich y Soneira, el fiscal solicitó el procesamiento de Mauricio Cian, Federico Storti, Nelson Ariel Pochón y Leandro Nicolás Bessone por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos agravado.

Respecto de Sheina M. Waicman y Darío Osvaldo Giménez, Amad solicitó que se dicte la falta de mérito, una figura procesal que no define su situación de manera definitiva sino que indica que, por el momento, no existen elementos suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. En el extremo opuesto, el fiscal pidió el sobreseimiento total y definitivo de Diego Soneira y Federico Gabriel Soneira, con la declaración de que la formación de la causa en nada afecta al buen nombre y honor del que hubieren gozado.

Será el juez federal subrogante Fernando Carbajal quien deberá resolver si dicta los procesamientos solicitados en un expediente que continúa en etapa de instrucción.

La Justicia multó a LLA de Corrientes por no rendir cuentas sobre gastos de campaña

El Juzgado Federal N°1 de la provincia de Corrientes sancionó a La Libertad Avanza (LLA) por no haber presentado el informe final de los gastos de campaña de las elecciones del 26 de octubre de 2025. La resolución impone una pena económica y congela los fondos que el Estado le transfiere al partido, un sacudón político en plena arena electoral.

La decisión fue comunicada formalmente tanto a la Cámara Nacional Electoral como a la Dirección Nacional Electoral (DINE), lo que la elevó de una cuestión distrital a un expediente con seguimiento federal.

La resolución judicial contempla tres medidas especialmente severas. Por un lado, impone una multa económica equivalente al 20% de los aportes públicos destinados al funcionamiento del partido en el distrito, una sanción que recae sobre los recursos del Fondo Partidario Permanente que el gobierno distribuye mensualmente para el sostenimiento de las actividades ordinarias.

Además, establece la suspensión cautelar de todo tipo de financiamiento estatal mientras persista la transgresión, una disposición de carácter provisional pero de efecto inmediato que puede ser levantada si la situación se regulariza.

A esto se suma una intimación de 15 días para que los apoderados presenten el informe adeudado, bajo apercibimiento de perder de manera definitiva el acceso a los fondos públicos en caso de no cumplir dentro del plazo fijado.

– Lisandro Almirón

Si el partido no regulariza la situación dentro del plazo fijado desde el 8 de abril, la ley habilita al juez a declarar “no acreditados” el origen y destino de los fondos de campaña. Se trata de una sanción con consecuencias graves, ya que significa que la Justicia Electoral considera que LLA no puede justificar cómo obtuvo o en qué gastó el dinero de su campaña. En casos más graves, la ley también prevé la pérdida del derecho a recibir financiamiento público por hasta cuatro años, según el artículo 62 de la norma.

La Ley 26.215 estipula un régimen escalonado de sanciones en función del tiempo que el partido lleve sin presentar el reporte. Si la mora es de hasta 30 días, corresponde una multa equivalente al 10% de los aportes públicos electorales.

Cuando el incumplimiento se extiende entre 31 y 90 días, la sanción se duplica y pasa al 20%. En los casos en que la demora supera los 90 días, la norma dispone la suspensión cautelar de todos los aportes públicos y una intimación de dos semanas para que la situación sea regularizada.

¿Qué candidatos estaban en juego?

En las elecciones del 26 de octubre de 2025 en Corrientes se renovaron tres bancas de diputados nacionales. La lista de LLA fue encabezada por Virginia Gallardo, acompañada por Isidro Gapel Redcozub. LLA obtuvo el 32,68% de los votos, muy cerca del oficialismo provincial “Vamos Corrientes” con 33,91%, y se llevó una de las tres bancas en disputa. Fue considerado un resultado sorprendente, dado el fuerte crecimiento del partido en la provincia respecto a las PASO del 31 de agosto.

Las elecciones fueron el 26 de octubre de 2025. La resolución se firmó el 8 de abril de 2026, es decir, unos cinco meses y medio después. Eso ubica el incumplimiento claramente en la franja de “más de 90 días”, lo que explica la multa del 20% y la suspensión simultánea de los fondos. En síntesis, LLA de Corrientes no solo llegó tarde, sino que directamente no presentó el balance económico.

– Lisandro Almirón e Isidoro Gapel Redcozub

La decisión judicial no cae en el vacío. Corrientes tuvo dos elecciones en 2025, con las provinciales del 31 de agosto (donde el armado del exgobernador Gustavo Valdés ganó cómodamente la gobernación con más del 51%, y LLA con Lisandro Almirón apenas obtuvo alrededor del 9.5%) y las nacionales del 26 de octubre, donde LLA se recuperó notoriamente. La sanción se conoce en un momento en que el espacio libertario sigue construyendo su estructura orgánica en la región norte.

Este tipo de sanciones no es exclusivo de LLA, debido a que desde 2013 hasta 2021, la Justicia Electoral aplicó más de 1.500 sanciones a distintas agrupaciones por irregularidades en los informes de campaña, con un récord de 479 sanciones solo en 2021. Lo que llama la atención en este caso es que afecta al oficialismo, cuya imagen pública se construyó en parte sobre la bandera de la transparencia y el recorte.

La medida se enmarca en una estructura donde todo partido político que compita por cargos nacionales está obligado por la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos a rendir ante la Justicia Electoral dos presentaciones contables. Uno previo (antes de la elección) y uno final (después), detallando todos los ingresos recibidos y los gastos realizados durante el proceso electoral.

Esta rendición debe presentarse utilizando una plataforma oficial de INFIPP, provista por la Cámara Nacional Electoral, debe incluir también los gastos en redes sociales y plataformas digitales. La legislación obliga a identificar el origen de cada peso, ya fuera en concepto de donaciones, aportes públicos u otros ingresos específicos.

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