Kicillof en problemas con la Justicia

Kicillof y Reposo habían sido sobreseídos por Canicoba Corral, Guillermo Moreno estaba procesado y fue absuelto en juicio. Ahora la Cámara Federal dispuso analizar las conductas en conjunto
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Hace instantes, la Cámara Federal porteña ordenó continuar investigando al gobernador bonaerense, Axel Kicillof, en una denuncia por supuestos delitos cometidos en su participación como representante del Estado Nacional en una Asamblea del Grupo Clarín en abril de 2013. Así mismo, seguirá siendo investigado el el extitular de la Sigen en ese momento, Daniel Reposo.

En un fallo al que accedió Dara24, os jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens afirmaron que no se podía analizar la conducta de Kicillof y Reposo desligada del papel que jugó el ex secretario de Comercio kirchnerista, Guillermo Moreno (procesado en esta causa en abril de 2018 y fue absuelto en el juicio oral). Por otra parte, el juez Leopoldo Bruglia coincidió con sus colegas y recomendó volver a llamar a declarar a todos los testigos del episodio.

La sentencia incluyó un cuestionamientos tácitos a como Rodolfo Canicoba Corral, el juez que estuvo al frente de la investigación, se jubiló a mitad del 2020.

Todo versa sobre lo ocurrido en un asamblea del grupo Clarín el 25 de abril de 2013, cuando Kicillof y Reposo concurrieron junto al exsecretario de Comercio Guillermo Moreno como representantes de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Ese día los entonces funcionarios llegaron para participar de la Asamblea General Anual Ordinaria del Grupo Clarín en nombre del Estado (que posee a través de la ANSES un 9% de sus acciones derivados de la nacionalización de las AFJP).

Moreno, Kicillof y Reposo Moreno, Kicillof y Reposo

Según el reporte que publicó al día siguiente Clarín, Moreno encabezó una delegación que incluía a más de 10 personas que no estaban autorizadas a participar de la asamblea, como su mujer, Marta Cascales, periodistas y camarógrafos de la Televisión Pública y de la agencia estatal Télam. “Filmen a todos lo que están filmando”, ordenó Moreno.

Cabe destacar, que el artículo 160 del Código Penal castiga con “prisión de quince días a tres meses” a quien “impidiere materialmente o turbare una reunión lícita, con insultos o amenazas al orador a la institución organizadora del acto”.

En abril de 2018, Moreno fue procesado por aquellos hechos y en diciembre del 2020, el Tribunal Oral Federal 8 absolvió al exsecretario de Comercio Interior por inexistencia de delito. Clarín apeló el fallo en Casación.

En julio de 2020 el juez Rodolfo Canicoba Corral dispuso el sobreseimiento de Kicillof y Reposo por entender que habían actuado “en defensa de los intereses del Estado Nacional”. “Los representantes del Estado aquí juzgados, lejos de cometer un ilícito, defendieron la participación Estatal en la empresa, participando activamente de la Asamblea y deliberando acerca de los intereses de las partes”, afirmó el entonces juez.

Juez Rodolfo Canicoba Corral

Pero la querella del grupo Clarín apeló. “Fueron los tres funcionarios, y no sólo Moreno, quienes el 25 de abril de 2013 exhibieron una conducta claramente enfocada a turbar la asamblea de accionistas del grupo Clarín S.A. a la que concurrieron en representación de los intereses del Estado. Moreno, mediante los insultos y amenazas al orador, o aun al propiciar el ingreso al acto de personas que no estaban llamadas a participar de él, pudo haber encarnado la actividad más notable reñida con la libertad de reunión amparada por el art. 160 del Codigo Procesal”.

Según los querellantes, las filmaciones de aquella audiencia demuestran que “la conducta de Reposo y Kicillof no se había mantenido al margen de la de Moreno. Sin embargo, dos años después el mismo juez ante un mismo contexto elaboró un análisis parcializado de las mismas evidencias, liberando del proceso a los dos imputados”.

A criterio del grupo Clarín, Kicillof y Reposo “intentaban, al igual que Moreno y junto a él, turbar, alterar y desordenar el acto asambleario y alcanzar el logro de sus cometidos. De ahí la incapacidad de escindir una conducta de la otra, lo cual reclama la revocación del sobreseimiento decretado” por Canicoba.

Los jueces Llorens y Bertuzzi ordenaron revocar el sobreseimiento de ambos por entender que, de confirmarlo, cerraban la puerta a seguir evaluando su accionarPor “la entidad de los elementos de prueba existentes y el horizonte de medidas que a partir de ellos puede producirse, advertimos que no es posible avalar la adopción del temperamento conclusivo que ha motivado el recurso”, dijeron.

El fallo sostiene que “tal como ha sido edificado (por Canicoba), el sobreseimiento dispuesto sobre los Sres. Kicillof y Reposo se funda en que no ha podido advertirse, ni del relato de los testigos, ni del registro de video del acto, que aquellos profirieran los insultos y amenazas”. Pero los jueces de la Cámara Federal afirmaron que “tal conclusión sólo es correcta en la medida en que el examen se concentre exclusivamente en el obrar de los dos imputados aquí investigados”.

“Lo que originariamente se denunció, y lo que en consecuencia debió motivar el desarrollo de estas actuaciones, no fue la posibilidad de que los imputados turbaran el acto desde un actuar puramente individual. Cuando se afirmaba que lo acontecido en la reunión del 25 de abril de 2013 quedaba atraído por la fuerza del art. 160 del Código Penal, es porque la conducta de los funcionarios -no de uno sino de los tres-, traducía un obrar comunitario destinado a turbar la vida de la empresa.   La causa debió avanzar en el camino dirigido a desentrañar, a partir del estudio de los relatos y de las evidencias, si el proceder de Kicillof y de Reposo –cada uno con sus particularidades constituyó la prolongación del obrar de Moreno”, afirmó el fallo.

Según Llorens y Bertuzzi, “probablemente eclipsados por el comportamiento particular de Moreno, y quizás limitados por la necesidad misma de establecer qué era lo que había hecho cada uno, en las declaraciones testimoniales no se ahondó en la concreta interrelación que pudo darse entre los tres asistentes. A este cometido es, justamente, que corresponde dirigir la investigación.

El juez Bruglia sostuvo que la decisión de Canicoba Corral era “prematura” porque “no se hallan agotadas las medidas de prueba tendientes a conformar una evidencia certera que permita descartar o no la posible comisión de un delito por parte de los imputados”.

Ahora, será la jueza María Eugenia Capuchetti, quien está momentáneamente a cargo del juzgado federal 6, la que deberá llevar adelante la labor encomendada.


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La Justicia multó a LLA de Corrientes por no rendir cuentas sobre gastos de campaña

El Juzgado Federal N°1 de la provincia de Corrientes sancionó a La Libertad Avanza (LLA) por no haber presentado el informe final de los gastos de campaña de las elecciones del 26 de octubre de 2025. La resolución impone una pena económica y congela los fondos que el Estado le transfiere al partido, un sacudón político en plena arena electoral.

La decisión fue comunicada formalmente tanto a la Cámara Nacional Electoral como a la Dirección Nacional Electoral (DINE), lo que la elevó de una cuestión distrital a un expediente con seguimiento federal.

La resolución judicial contempla tres medidas especialmente severas. Por un lado, impone una multa económica equivalente al 20% de los aportes públicos destinados al funcionamiento del partido en el distrito, una sanción que recae sobre los recursos del Fondo Partidario Permanente que el gobierno distribuye mensualmente para el sostenimiento de las actividades ordinarias.

Además, establece la suspensión cautelar de todo tipo de financiamiento estatal mientras persista la transgresión, una disposición de carácter provisional pero de efecto inmediato que puede ser levantada si la situación se regulariza.

A esto se suma una intimación de 15 días para que los apoderados presenten el informe adeudado, bajo apercibimiento de perder de manera definitiva el acceso a los fondos públicos en caso de no cumplir dentro del plazo fijado.

– Lisandro Almirón

Si el partido no regulariza la situación dentro del plazo fijado desde el 8 de abril, la ley habilita al juez a declarar “no acreditados” el origen y destino de los fondos de campaña. Se trata de una sanción con consecuencias graves, ya que significa que la Justicia Electoral considera que LLA no puede justificar cómo obtuvo o en qué gastó el dinero de su campaña. En casos más graves, la ley también prevé la pérdida del derecho a recibir financiamiento público por hasta cuatro años, según el artículo 62 de la norma.

La Ley 26.215 estipula un régimen escalonado de sanciones en función del tiempo que el partido lleve sin presentar el reporte. Si la mora es de hasta 30 días, corresponde una multa equivalente al 10% de los aportes públicos electorales.

Cuando el incumplimiento se extiende entre 31 y 90 días, la sanción se duplica y pasa al 20%. En los casos en que la demora supera los 90 días, la norma dispone la suspensión cautelar de todos los aportes públicos y una intimación de dos semanas para que la situación sea regularizada.

¿Qué candidatos estaban en juego?

En las elecciones del 26 de octubre de 2025 en Corrientes se renovaron tres bancas de diputados nacionales. La lista de LLA fue encabezada por Virginia Gallardo, acompañada por Isidro Gapel Redcozub. LLA obtuvo el 32,68% de los votos, muy cerca del oficialismo provincial “Vamos Corrientes” con 33,91%, y se llevó una de las tres bancas en disputa. Fue considerado un resultado sorprendente, dado el fuerte crecimiento del partido en la provincia respecto a las PASO del 31 de agosto.

Las elecciones fueron el 26 de octubre de 2025. La resolución se firmó el 8 de abril de 2026, es decir, unos cinco meses y medio después. Eso ubica el incumplimiento claramente en la franja de “más de 90 días”, lo que explica la multa del 20% y la suspensión simultánea de los fondos. En síntesis, LLA de Corrientes no solo llegó tarde, sino que directamente no presentó el balance económico.

– Lisandro Almirón e Isidoro Gapel Redcozub

La decisión judicial no cae en el vacío. Corrientes tuvo dos elecciones en 2025, con las provinciales del 31 de agosto (donde el armado del exgobernador Gustavo Valdés ganó cómodamente la gobernación con más del 51%, y LLA con Lisandro Almirón apenas obtuvo alrededor del 9.5%) y las nacionales del 26 de octubre, donde LLA se recuperó notoriamente. La sanción se conoce en un momento en que el espacio libertario sigue construyendo su estructura orgánica en la región norte.

Este tipo de sanciones no es exclusivo de LLA, debido a que desde 2013 hasta 2021, la Justicia Electoral aplicó más de 1.500 sanciones a distintas agrupaciones por irregularidades en los informes de campaña, con un récord de 479 sanciones solo en 2021. Lo que llama la atención en este caso es que afecta al oficialismo, cuya imagen pública se construyó en parte sobre la bandera de la transparencia y el recorte.

La medida se enmarca en una estructura donde todo partido político que compita por cargos nacionales está obligado por la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos a rendir ante la Justicia Electoral dos presentaciones contables. Uno previo (antes de la elección) y uno final (después), detallando todos los ingresos recibidos y los gastos realizados durante el proceso electoral.

Esta rendición debe presentarse utilizando una plataforma oficial de INFIPP, provista por la Cámara Nacional Electoral, debe incluir también los gastos en redes sociales y plataformas digitales. La legislación obliga a identificar el origen de cada peso, ya fuera en concepto de donaciones, aportes públicos u otros ingresos específicos.

Una diputada de LLA admitió darle a su hijo pasajes del Congreso para que viaje de Salta a CABA: “Va y viene”

La diputada nacional salteña de La Libertad Avanza, María Gabriela Flores, admitió que su hijo viajó en algunas oportunidades con pasajes del Congreso de la Nación, un beneficio que reciben los legisladores para el desarrollo de su actividad parlamentaria. La revelación surgió durante una entrevista en FM Noticias de Salta, luego de que se difundiera una imagen en la que se la vio junto a su hijo en el aeropuerto de Salta.

En alguna oportunidad puede haber viajado con pasajes del Congreso, esto no es un delito”, afirmó la legisladora, quien este miércoles dejó la presidencia de la Comisión de Familias, Niñez y Juventudes

Flores explicó que su hijo estudió Abogacía en la Ciudad de Buenos Aires y por eso realizaba viajes frecuentes entre la Capital y Salta: “va y viene. También le he dado pasajes para otras cosas”.

La consulta se originó a partir de una fotografía en la que se observó a la diputada abordar un vuelo junto a su hijo. “Al que me sacó la foto, le mando saludos”, ironizó. 

Flores defendió el uso de esos pasajes y aseguró que cada diputado nacional cuenta con un sistema de viáticos que contempla asignaciones para traslados aéreos y terrestres. Según planteó, esos recursos “pueden ser utilizados de manera flexible”, por lo que negó que hubiera existido una conducta irregular. 

Río Negro adjudicó casi $1.000 millones para cursos de inglés

El gobierno provincial de Río Negro, encabezado por el gobernador Alberto Weretilneck por el partido Juntos Somos Río Negro (JSRN), destinó un contrato de $932,4 millones para el dictado de cursos virtuales de inglés en el marco del programa “Río Negro Bilingüe”.

El proceso, identificado como licitación pública 112/2025, generó cuestionamientos por tres razones centrales. El organismo estatal que impulsó la medida fue la Secretaría de Energía y Ambiente, y no el Ministerio de Educación. A ello se sumó el descarte de la oferta más barata y un costo por alumno muy por encima de los valores de mercado.

El programa habría sido lanzado en octubre de 2025 por Weretilneck con el argumento de fortalecer el capital humano provincial en un contexto de desarrollo energético e inversiones productivas. La iniciativa prevé la entrega de 10.000 licencias anuales de formación en inglés con modalidad virtual y asincrónica, complementada con talleres presenciales optativos en distintas localidades.

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La propuesta estaría dirigida a un perfil amplio de beneficiarios que incluye a trabajadores vinculados a los sectores de energía, logística y servicios, así como a empleados públicos de áreas como salud, seguridad, policía y bomberos. También alcanza a emprendedores, comerciantes y prestadores turísticos, además de estudiantes de los últimos años del nivel secundario, terciario y universitario. A su vez, contempla a adultos que se encuentran fuera del sistema formal y buscan mejorar sus condiciones de empleabilidad.

La formación está estructurada en 10 niveles alineados al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), con tutorías sincrónicas y uso de inteligencia artificial. Hacia diciembre de 2025 ya había alcanzado 6.667 preinscriptos y la provincia amplió su cobertura territorial hacia la zona andina (Bariloche, Dina Huapi, El Bolsón) y la costa atlántica.

Una de las críticas más llamativas es que la contratación fue impulsada desde la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente, a cargo de Andrea Confini, actual esposa del mandatario, y no desde el Ministerio de Educación y Derechos Humanos. Si bien el programa fue presentado como una articulación entre ambas áreas, la licitación y adjudicación quedaron bajo la órbita energética.

Esto genera interrogantes legítimos sobre el circuito administrativo. Los ministerios de educación provinciales son los organismos naturales para contratar servicios de formación académica, cuentan con equipos técnicos especializados y son los que habitualmente articulan con universidades e institutos terciarios. Que sea el área de energía quien adjudique una plataforma educativa resulta, cuanto menos, atípico desde el punto de vista de la lógica institucional.

¿Por qué energía y no educación?

La justificación oficial es que el bilingüismo se enmarca en la estrategia de desarrollo económico y la transición energética de la provincia, por lo que Energía tiene incumbencia directa. Sin embargo, esto no elimina la pregunta sobre por qué no se canalizó a través de instituciones con capacidad instalada para ofrecer estos servicios, como universidades públicas o institutos provinciales de formación docente.

“En Río Negro hay un triángulo de poder que maneja muy mal la provincia”, afirmó José Luis Berros, presidente de Vamos con Todos y vicepresidente del Partido Justicialista de Río Negro, en una entrevista con LUVER. El dirigente se mostró además crítico con la conducción provincial por su “escaso apego a la rendición de cuentas”. “El triángulo está compuesto por Facundo López (líder del armado legislativo de JSRN), la señora del Gobernador y el propio gobernador”, agregó, y cuestionó su desempeño al señalar que “están manejando muy mal la cuestión pública”.

La apertura de sobres se realizó el 16 de enero en Viedma, con la participación de tres empresas. EL LAB Taller de Idiomas SRL presentó la oferta más elevada, por $1.100.000.000, mientras que SDC SRL realizó la propuesta más baja, por $893.000.000. Por su parte, EDIR Emprendimientos SRL ofertó $932.4 millones y resultó finalmente adjudicada.

El 3 de febrero, la Comisión de Preadjudicación descartó a SDC SRL —la empresa más barata— argumentando que su plataforma “no era específica para la adquisición de lenguas”, sino que tenía un enfoque más cercano a una implementación tecnológica general.

Esta decisión dejó el camino libre para EDIR Emprendimientos SRL, cuya oferta era $39 millones más cara que la descartada. La justificación técnica del descarte no se hizo pública en detalle, lo que alimenta las dudas sobre si los criterios aplicados fueron objetivos o respondieron a intereses particulares.

A su vez, el punto que concentra mayor controversia es el costo unitario del servicio. Con 10.000 licencias anuales y un contrato total de $932.4 millones, el cálculo arroja un costo de aproximadamente $93.240 por alumno al año, equivalente a unos $7.770 mensuales por usuario.

En comparación, el mercado ofrece alternativas de menor costo o con mayores prestaciones. La suscripción individual a Duolingo Plus ronda los $56.454 anuales con impuestos incluidos, mientras que un curso online del Instituto Cambridge en Buenos Aires tiene una matrícula que va de $63.500 a $90.500, a lo que se suman cuotas mensuales de entre $83.000 y $97.000 por clases en vivo de dos horas semanales. Por su parte, ABA Lenguas ofrece cursos online cuatrimestrales con clases en vivo desde $256.000, lo que equivale a unos $512.000 al año.

En el ámbito público, la Ciudad de Buenos Aires implementó un programa casi idéntico denominado “Ciudad Bilingüe”, a través del cual contrató a la empresa Edusoft para brindar una modalidad similar —virtual, asincrónica, con 10 niveles y certificación— de manera gratuita para los porteños.

EDIR Emprendimientos SRL es una empresa familiar radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio en la avenida Lope de Vega 1620. Fue constituida el 10 de diciembre de 2016 por Miguel Eduardo Schriftman y Yaniv Schriftman, padre e hijo que desde entonces han diversificado sus actividades en distintos rubros.

Según sus registros, la firma opera en servicios de consultoría en tecnología de la información y en el área de enseñanza desde 2017. Posteriormente, en 2018, incorporó actividades vinculadas al sector inmobiliario. A partir de 2020, amplió su alcance hacia la venta mayorista de instrumental médico y artículos ortopédicos, así como de libros y publicaciones.

La empresa no figura como empleadora ni surge, al menos de forma visible, que tenga personal declarado, lo que resulta llamativo para una firma que pretende gestionar un programa de formación para 10.000 usuarios. Se trata, en apariencia, de una firma de estructura reducida y sin personal declarado. No obstante, tiene antecedentes concretos en el sector educativo. En octubre de 2025 el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires registró la prórroga de un contrato adjudicado a EDIR Emprendimientos SRL (en unión transitoria con Ediciones Logos SA) para la “actualización de la plataforma de aprendizaje para la enseñanza de idioma inglés por medios electrónicos” en CABA. Esto indica que EDIR tiene al menos un antecedente relevante con el gobierno porteño en el mismo rubro.

Un patrón de contrataciones cuestionadas

La licitación 112/2025 no constituye un hecho aislado. La administración de Weretilneck acumula una serie de contrataciones directas y procesos licitatorios que han sido cuestionados de manera sistemática por la oposición legislativa.

Entre los casos señalados se encuentran la contratación directa de Epoge SRL por parte de la Subsecretaría de Medios, con un costo cercano a los $750.000 diarios por servicios de seguimiento de medios y redes sociales, en medio de versiones sobre presuntos vínculos políticos. También se objeta la contratación de una consultoría jurídica externa para la Fiscalía de Estado por $96 millones, así como una consultoría en comunicación interpersonal para el Tribunal de Cuentas por $10.350.000.

A estos antecedentes se suma la contratación directa de publicidad institucional en enero de 2026 por más de $128 millones, una cifra que, según los cuestionamientos, supera ampliamente el tope legal vigente.

El legislador provincial Luciano Delgado Sempé, del bloque Vamos con Todos, es uno de los opositores más activos en la denuncia de estas presuntas irregularidades y llegó a presentar una nota formal ante el Procurador General solicitando investigación por posibles delitos contra la administración pública.

Topadoras y Prefectura completaron la expulsión de las ferias ilegales en Mar del Plata tras un megaoperativo

Un megaoperativo conjunto entre la Prefectura Naval Argentina y el municipio de General Pueyrredón desmanteló “La Saladita de la Bristol”, una feria informal que funcionó durante más de 25 años sobre la Rambla de Playa Bristol en Mar del Plata.

“Están allanando la feria ilegal en la Rambla gracias a la denuncia penal que presentamos. En Mar del Plata la ley se cumple. Se terminó el vale todo que perjudicó durante años a marplatenses y turistas”, celebró el operativo en sus redes sociales el senador provincial y exintendente Guillermo Montenegro, quien impulsó la denuncia original.

El procedimiento implicó el allanamiento de seis puntos de la ciudad, el secuestro de más de 8.000 productos valuados en 500 millones de pesos, y la demolición en la madrugada de más de 170 puestos con topadoras y maquinaria pesada.

El operativo dejó entre 200 a 300 familias sin su fuente de trabajo, abrió un debate político y judicial sobre los límites del procedimiento, y generó posiciones encontradas en la sociedad marplatense.

“La Saladita” era el nombre con el que los marplatenses y turistas conocían al paseo de compras informal instalado en el Boulevard Marítimo, entre las calles Rivadavia y la Peatonal San Martín, frente a la popular Playa Bristol. El lugar funcionó durante más de dos décadas como un mercado a cielo abierto donde se vendía principalmente ropa, calzado, accesorios, artículos de bazar y productos electrónicos a precios muy por debajo de los comercios formales.

La feria no surgió como un negocio ilícito desde el comienzo, sino como una respuesta social a la desocupación. A fines de los años 90’s, en plena crisis del menemismo, el Concejo Deliberante habilitó en 1999 —durante la gestión del intendente radical Elio Aprileun espacio precario sobre la vereda de la Unidad Turística Fiscal de Playa Bristol para los vendedores ambulantes. La autorización era limitada en el tiempo y buscaba contener una emergencia laboral que desbordaba las capacidades del Estado.

Lo que comenzó con artesanías y productos sencillos fue mutando con los años hacia un paseo cada vez más nutrido, donde la indumentaria que imitaba marcas internacionales fue ganando terreno. Los permisos municipales —siempre transitorios— se extendieron entre 2003 y 2009 sin un marco normativo claro, y desde 2010 en adelante la feria funcionó directamente sin respaldo legal.

El operativo y su procedimiento

El proceso judicial que desembocó en el operativo comenzó formalmente en noviembre de 2025, cuando el municipio presentó una denuncia ante la Justicia Federal basada en informes elaborados por varias áreas municipales, entre ellas la Secretaría de Seguridad, Obras Sanitarias y la Subsecretaría de Inspección General.

La denuncia sostenía que la feria representaba “un riesgo cierto y serio en la seguridad y la salubridad pública”, además de señalar posibles delitos de violación a la Ley de Marcas y problemas de contaminación.

La causa quedó a cargo del juez federal Santiago Inchausti del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3 de Mar del Plata, y de la Fiscalía Federal N° 2 conducida por Santiago Eyherabide. Tras 15 meses de investigación que incluyeron medidas de prueba durante 2024 y 2025, el magistrado ordenó el allanamiento.

“Orden sí, pero no a costa de destruir el trabajo de la gente”, pronunció sobre el hecho Mariana Berbeglia, secretaria general del Sindicato Único de Trabajadores Feriantes (SUTFRA).

Cerca de 100 efectivos de la Prefectura Naval Argentina se desplegaron simultáneamente en seis puntos distintos de Mar del Plata. El operativo incluyó el predio principal de la feria y también tres locales vinculados al Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina (SIVARA), además de domicilios particulares. El titular del sindicato, Walter Rivero, estuvo detenido durante algunas horas y fue luego liberado.

Los agentes identificaron a 91 personas entre propietarios, empleados y cuatro miembros del sindicato. Durante el procedimiento se incautaron 400 bultos con mercadería en infracción —ropa, calzado, accesorios, artículos de bazar y electrónicos—. Al menos 80 de los 100 puestos activos en ese momento ofrecían productos con logotipos de marcas internacionales en violación a la Ley 22.362

Además de la mercadería, se secuestraron tres vehículos, dinero en efectivo en pesos y moneda extranjera por más de 12 millones, y elementos informáticos como computadoras y teléfonos. La Justicia detectó que el SIVARA utilizaba transferencias y alias bancarios para mover importantes sumas de dinero, y registró en una sola transacción un movimiento de 15.123.288 pesos para el pago de un canon.

Una vez concluido el allanamiento, durante la noche y la madrugada, el municipio desplegó maquinaria pesada y procedió a la demolición total de los puestos. El trabajo incluyó topadoras, camiones de la empresa municipal de servicios, y personal de la Patrulla Municipal e Infantería. Al amanecer, la Rambla de la Bristol mostraba solo chapas, maderas esparcidas y huellas de maquinaria donde durante décadas había funcionado la feria.

La Unión del Comercio, la Industria y la Producción de Mar del Plata también respaldó el procedimiento, argumentando que la feria representaba una forma de competencia desleal que perjudicaba a los comerciantes formales que pagan impuestos y respetan las normas.

El rol entre la organización y la ilegalidad

Detrás del crecimiento de la feria operó durante años el SIVARA. La referencia histórica del gremio en la Bristol fue César “Indio” Lencina, quien desde la Mutual 18 de Enero organizó —y también capitalizó— la actividad, en articulación con la estructura nacional del gremio. Bajo su conducción, el espacio fue mutando desde una salida colectiva hacia un esquema más concentrado, con control sobre la asignación de puestos y el funcionamiento interno del predio.

Tras la muerte de Lencina en 2022, la conducción del SIVARA en Mar del Plata pasó por varias manos hasta que, a fines de 2025, Rivero asumió como principal referente local. La investigación judicial posterior revelaría que el sindicato gestionaba la feria recaudando sumas millonarias a cambio de permisos informales de operación. Un feriante relató que pagaba 3 millones de pesos en enero, montos similares en febrero y 2 millones en marzo y abril, siempre “en negro, sin recibo, sin comprobante”.

Los trabajadores de la feria y sus representantes presentaron una visión radicalmente diferente. El SIVARA calificó la demolición de los puestos de ilegal, argumentando que el municipio avanzó con maquinaria pesada “sin ningún tipo de orden judicial” —ya que la única medida autorizada por la Justicia era el allanamiento, no la demolición del predio.

El sindicato también acusó al Ejecutivo municipal de ejecutar una “campaña de publicidad política de mano dura” y señaló que la feria funcionaba con el conocimiento y el aval de las autoridades durante casi 20 años.

El gremio denunció que el operativo dejó a casi 300 familias marplatenses sin su fuente de trabajo, y anunció presentaciones penales y acciones legales a través del estudio jurídico Robbio-Bernat & Asociados. Los feriantes convocaron marchas frente al municipio con la consigna “Nos dejaron en la calle”.

Tras el desalojo, decenas de feriantes comenzaron a reinstalarse en las inmediaciones de Plaza Rocha, en el corazón del centro de Mar del Plata, generando una nueva tensión por el uso del espacio público.

Con el terreno liberado, el municipio estaría en posición de avanzar con la licitación de la Unidad Turística Fiscal (UTF) “Paseo de Compras Bristol”, un proyecto que Montenegro había enviado al Concejo Deliberante en 2021 y que fue aprobado en 2022 pero quedó paralizado por los conflictos con los feriantes. Según trascendidos, ya asoman interesados —capitales locales y foráneos— en la concesión del espacio.

La causa federal sigue abierta. La Justicia investiga la estructura organizada para la comercialización ilegal, el papel del SIVARA en la recaudación de cobros informales y la posible evasión fiscal. Los abogados de los feriantes presentaron presentaciones legales cuestionando la legalidad del desalojo y exigiendo la devolución de la mercadería incautada.

Lago Escondido | Un acuerdo secreto archivó la demanda para recuperar 12 mil hectáreas en manos de Joe Lewis

El presidente Javier Milei ordenó homologar un acuerdo con el empresario británico Joe Lewis y la empresa Hidden Lake S.A. para poner fin a una acción de lesividad iniciada por el Estado argentino en 2023, que buscaba anular la compra de más de 12.000 hectáreas en zona de seguridad de frontera donde se ubica la estancia de Lago Escondido.

Patagonia, provincia de Río Negro, cerca de El Bolsón, en una zona de seguridad fronteriza… Desde la década del ’90, el magnate británico, conocido por su participación en fondos de inversión globales, se hizo propietario de dichas tierras bloqueando el acceso público al lago pese a existir fallos judiciales desde 2005 que garantizan ese derecho.

La adquisición de las tierras se realizó mediante maniobras con empresas “cáscara” y testaferros para eludir la legislación vigente que prohíbe a extranjeros adquirir tierras en zonas de frontera (decretos 411/80 y 1265/87).

La Procuración del Tesoro (ya en 2016, bajo Carlos Balbín) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas habían dictaminado que la operación fue fraudulenta.

Ricardo Nissen fue el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ) durante el gobierno del exmandatario Alberto Fernández (2020–2023), el organismo del Estado encargado de controlar y fiscalizar las sociedades comerciales que operan en Argentina. En mayo de 2022 tomó una decisión que lo metería en la mira del poder, al pedir la intervención judicial de Hidden Lake S.A.

El argumento de Nissen era que “Hidden Lake no era una empresa real”. No tenía actividad comercial registrada, no producía bienes ni servicios, no justificaba sus ingresos ni los gastos de construcción de una lujosa mansión en el predio, y se sostenía con aportes de accionistas y sociedades offshore no declaradas en Argentina.

La empresa fue representada ante la Justicia por allegados al expresidente Mauricio Macri, como Jaime Cibils Robirosa, presidente del Correo Argentino.

En octubre de 2023, durante la gestión kirchnerista del Frente de Todos, el Ministerio del Interior —vía la Resolución 1603— declaró las autorizaciones de compra como lesivas al interés nacional e instruyó a iniciar una acción judicial para anular definitivamente la transferencia de dominio. Una “acción de lesividad” es el mecanismo legal mediante el cual el propio Estado demanda la nulidad de un acto administrativo suyo anterior que considera dañino para el interés público. Es decir, el Estado reconocía que él mismo había cometido un error al aprobar esa compra y quería revertirlo.

El acuerdo secreto

El 15 de enero de este año, la administración libertaria presentó un convenio conciliatorio con Lewis, que fue homologado secretamente el 28 de enero en plena feria judicial por el juez federal Walter Lara Correa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4. Con eso, el expediente 4511/2023 quedó cerrado sin avanzar en la nulidad de la transferencia de dominio. El acuerdo se mantuvo en reserva, hasta diciembre de 2025 el expediente era de acceso público, pero luego pasó a “acceso reservado” en el sistema del Poder Judicial, y hasta ahora no se conoce la letra chica del convenio.

El acuerdo se cerró dos meses antes de que Milei designara a Juan Bautista Mahiques como ministro de Justicia (marzo de 2026) y enviara al Senado el pliego de su padre, Carlos Mahiques, para que continúe como juez en la Cámara de Casación Penal. El dato que enciende todas las alarmas sería que ambos Mahiques participaron del famoso viaje a Lago Escondido en octubre de 2022, el escándalo conocido como “Los huemules del lawfare”, donde jueces, fiscales y funcionarios viajaron con todos los gastos pagos —financiados por el Grupo Clarín— a la mansión de Lewis.

Hidden Lake S.A. denunció penalmente a Nissen por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sin embargo, la causa tuvo un derrotero particularmente elocuente. En cuatro oportunidades, dos veces a través del juez Daniel Rafecas y otras dos mediante el juez Sebastián Casanello, Nissen fue sobreseído en la etapa de instrucción.

En todos los casos, ambos magistrados coincidieron en que el entonces funcionario de la IGJ se había limitado a cumplir con sus atribuciones legales, al fiscalizar sociedades, requerir documentación e impulsar acciones judiciales ante eventuales irregularidades. No obstante, cada uno de esos fallos fue revocado por la Sala II de la Cámara Federal, con los votos de Martín Irurzun y Eduardo Farah, que ordenó reencauzar la investigación.

Finalmente, en abril de 2026, luego del cuarto sobreseimiento, la Cámara decidió avanzar por su cuenta y dictó el procesamiento de Nissen, a quien le atribuyó haber “enarbolado el falso argumento” de que Hidden Lake incumplía sentencias firmes.

– Ricardo Nissen

El voto de Farah sostuvo que Nissen “abusó de las facultades que le confería su puesto” para labrar de oficio el expediente administrativo. El caso pasará ahora al juez Ariel Lijo —el mismo nominado por Milei para la Corte Suprema— para dictar los embargos y formalizar el procesamiento.

Beneficios adicionales

El acuerdo se inscribe en una serie de decisiones gubernamentales previas que ya evidenciaban un alineamiento favorable. En julio de 2025, la Secretaría de Energía autorizó el traspaso de la Central Hidroeléctrica Río Escondido a la firma Hidden Lake S.A., lo que consolidó aún más el control de Lewis sobre la zona. La construcción de esa represa, sin embargo, había sido previamente cuestionada por organismos de control, que la consideraban ilegal.

Las zonas de seguridad de frontera tienen una protección especial en la legislación argentina porque se consideran estratégicas para la defensa nacional. Que un ciudadano extranjero controle miles de hectáreas en esa zona —incluyendo el acceso a un lago y una central hidroeléctrica— representa una cesión de facto de territorio soberano. Al abandonar la demanda sin que se conozcan los términos del acuerdo, el Estado renunció a recuperar esas tierras sin ninguna explicación pública.

El expediente sobre el acceso público al lago por el camino Tacuifí, impulsado por la exsenadora Magdalena Odarda, todavía tramita ante la Corte Suprema, por lo que el conflicto judicial no está del todo cerrado.

Piden la indagatoria del titular de ARCA por ocultar propiedades en Miami valuadas en más de USD 2 millones

El fiscal nacional de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, pidió la indagatoria del titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Andrés Vázquez, tras concluir que el funcionario ocultó ante la Oficina Anticorrupción (OA) y ante el propio organismo fiscal que conduce su vínculo con sociedades offshore que registran tres propiedades en Estados Unidos valuadas en más de US$2,1 millones. El pedido deberá ser resuelto por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.

En su dictamen de 54 carillas Rodríguez afirmó que “sin duda alguna, Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito de omisión de insertar datos en la declaración jurada patrimonial por cuanto maliciosamente obvió insertar el real vínculo que tenía con las sociedades que registran bienes en el exterior, inmuebles que él y su familia usufructúan”. 

En paralelo, Rodríguez le solicitó al fiscal federal Guillermo Marijuán que amplíe la investigación a los presuntos delitos de evasión tributaria, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

– Marcelo Martínez de Giorgi

Las tres propiedades señaladas son las unidades 3504 y 2811 del complejo Icon Brickell, en Miami, adquiridas en enero de 2013 por US$710.000 y US$400.000, respectivamente, mediante la sociedad panameña Alcorta Corp., y la suite 904 del condominio Chateau Beach Residences, en Sunny Isles, comprada en julio de 2015 por US$980.000 a través de Pompeya Group Corp.

Ambas firmas panameñas pasaron en 2016 a manos de Galanthus Capital Limited, una sociedad constituida en las Islas Vírgenes Británicas donde Vázquez figura como beneficiario final y único director, según formularios internos del estudio Trident Trust a los que accedieron el diario La Nación y el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP), con el apoyo del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ). En esos documentos, Vázquez fue catalogado como Persona Políticamente Expuesta (PEP).

– El acta de la reunión de accionistas en Panamá donde las hijas de Vázquez junto a Galanthus, la empresa creada en Islas Vírgenes Británicas, se quedan con el control de una de las sociedades dueña de un departamento en Miami

La PIA sostuvo que “obran sobradas pruebas que dan por sentado que el imputado Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito” de omisión maliciosa, con base en las declaraciones juradas que el funcionario presentó ante la OA y la AFIP entre 2011 y 2015, y en 2023. En ninguna de ellas aludió a las sociedades offshore ni a los inmuebles de Miami. Tampoco declaró a Galanthus Capital Limited, pese a figurar como único director y beneficiario final.

Para la PIA, la hipótesis de enriquecimiento ilícito se apoya en una marcada desproporción patrimonial. Vázquez declaró contar con US$40.000 en activos líquidos al cierre de 2012 y US$44.000 al cierre de 2013, pero adquirió inmuebles por US$1,1 millón en enero de 2013 y por otros US$980.000 en julio de 2015.

A esa brecha se suma otro dato señalado por el fiscal. En sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias ante ARCA, Vázquez reconoció haber percibido ingresos de cuarta categoría provenientes de Estados Unidos por $28,7 millones en 2023 y por $99,4 millones en 2024, montos declarados en pesos ante el fisco argentino. Es decir, declaró en la Argentina los flujos que recibió desde el exterior, pero no los activos que los habrían generado.

– Las firmas de Vázquez y su entonces mujer en un acta de la sociedad Panchy Ventures que forma parte de los Pandora Papers

Rodríguez verificó además que Vázquez y su exesposa, Silvia Ivone Rodríguez, también empleada de ARCA, pagaron impuestos municipales en el condado de Miami por esos inmuebles por un total de US$136.761 entre 2014 y 2018. También se registraron reintegros de impuestos enviados a nombre de ambos, mientras que sus hijas residen allí desde 2022, según ellas mismas dejaron asentado como domicilio real ante el Registro Nacional de las Personas (Renaper).

Para la PIA estos elementos permiten inferir el “animus domini”, es decir, el control efectivo de los bienes más allá de su titularidad formal.

A la hipótesis de enriquecimiento ilícito la fiscalía sumó la del lavado de activos. El dictamen detalló el uso de sociedades pantalla, autopréstamos, compras y ventas sucesivas de inmuebles y la subvaluación de escrituras.

Entre los casos documentados figura la compra, en diciembre de 2018, de un triplex de 318 metros cuadrados en la calle Juana Manso 1124, en Puerto Madero, ubicado en el edificio Los Molinos Building, un emprendimiento de Faena Properties. La operación se realizó mediante la firma Acontec SRL, por un valor escriturado de $8.720.000, equivalentes a apenas US$225.906 al tipo de cambio de entonces, muy por debajo del valor de mercado estimado por la PIA en unos US$2,1 millones, a partir del relevamiento del sitio Reporte Inmobiliario.

– Los edificios de Miami donde están los departamentos adquiridos por las sociedades panameñas vinculadas a Vázquez

La PIA documentó la presunta subvaluación con publicaciones de Zonaprop rescatadas del archivo web. En febrero y noviembre de 2018, unidades del mismo edificio de entre 96 y 98 metros cuadrados se ofrecían entre US$460.000 y US$500.000. Vázquez pagó el equivalente a US$709 por cada uno de los 318 metros cuadrados del triplex. Según el dictamen, la operación habría generado una pérdida de entre US$235.000 y US$551.000 para la vendedora Acontec SRL, que había adquirido el inmueble tres años antes por $7.332.000.

La PIA también detalló el rol de otra firma, Consultora San Andrés SA, a la que describió como una sociedad pantalla por carecer de empleados, tener domicilio en un inmueble del propio Vázquez (quien percibe de ella un canon locativo) y figurar como controlante de cinco automóviles. Según el dictamen esa sociedad también le habría otorgado al funcionario un “préstamo” para comprar el 50% de un departamento en el Chateau de Puerto Madero en 2010, un punto que refuerza la hipótesis de autopréstamos y confusión patrimonial.

– Sergio Rodríguez, fiscal, titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA)

Entre los vehículos vinculados a Consultora San Andrés SA aparece un BMW X6 blindado en julio de 2015, utilizado por el funcionario y su entorno. Entre 2024 y 2025, la firma se desprendió de sus automóviles. La Ford EcoSport quedó a nombre del propio Vázquez; el Volkswagen Vento, a nombre de su expareja Silvia Ivone Rodríguez; y el Mini Cooper John Cooper Works fue adquirido, en septiembre de 2025, por Oscar Mario Abalo, accionista de Acontec SRL, la misma empresa que siete años antes le había vendido a Vázquez el departamento presuntamente subvaluado de Puerto Madero.

El fiscal Rodríguez también aludió a una posible simulación de prestaciones y a una confusión patrimonial deliberada, vinculada a la facturación que Consultora San Andrés SA emitió a favor de Casino Buenos Aires SA y Loddin SA, dos empresas donde Vázquez habría intervenido como funcionario de la ex AFIP en 2007. La PIA detectó que ambas “le efectuaron retenciones del impuesto a las ganancias en dichos años, lo que implica que la sociedad [Consultora San Andrés SA] le prestó servicios”.

Además de pedir la citación indagatoria, la PIA solicitó al juez Martínez de Giorgi que libre exhortos internacionales al Bank of America, al PNC Bank y al Wells Fargo, donde Vázquez y su grupo familiar tendrían cuentas, y que se reitere el pedido de información a las autoridades judiciales de las Islas Vírgenes Británicas. También requirió información a la Embajada de Estados Unidos sobre los movimientos migratorios de Vázquez, su exesposa y sus dos hijas en territorio norteamericano desde 2012.

*Con información de La Nación (Hugo Alconada Mon)

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