A casi un año de haber declaro la emergencia sanitaria, sin un plan, con el país en llamas por los incendios forestales, pymes y empresas quebradas por el mal manejo de la pandemia, sin clases en la mitad del país, con crisis económica, política y social por una nefasta gestión. El gobierno nacional decidió extender la crisis sanitaria hasta el 31 de diciembre del 2021 a través de un nuevo decreto de emergencia sanitaria.
El nuevo decreto designa al Ministerio de Salud como “autoridad de aplicación”, permitiéndole “disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario”.
Así mismo, también, habilita al Gobierno a “realizar campañas educativas y de difusión para brindar información a la comunidad” (en otras palabras, adoctrinar a la sociedad), y “recomendar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas”, entre otras cosas.
Además, el decreto establece que deberán quedar en aislamiento obligatorio durante 14 días las personas que consideradas “casos sospechosos”, los “casos confirmados”, los “contactos estrechos” y quienes lleguen al país desde el exterior. Cabe destacar, que al hablar de casos sospechosos, el decreto no aclara que se le realizará hisopados o cuales son las condiciones de los establecimientos donde deberán realizar el confinamiento de 14 días.
Por otro lado, detalla que “la autoridad sanitaria podrá disponer medidas adicionales en cualquier momento de la permanencia de las personas enunciadas cuando sospeche la existencia de riesgo de propagación del virus, en especial cuando procedan de ‘zonas afectadas de mayor riesgo’”. Asimismo, podrá dejar sin efecto cualquiera de estas excepciones, con el fin de prevenir contagios. Es decir, que si el Ministerio de Salud sospecha de un caso positivo, tus derechos constitucionales serán ignorados.
En todos los casos, quienes arriben del exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud para determinar el potencial riesgo de contagio. También deberán contar con un test PCR negativo que no supere las 72 horas previas al embarque. Las personas extranjeras no residentes deberán contar con un seguro de viajero especial para la atención de la COVID-19 en el país.
En el mismo decreto se establece “ante una situación sanitaria epidemiológica crítica, un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran”.
A su vez, el Ministerio de Salud, de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica, podrá recomendar la suspensión o reducción de frecuencias de servicios de transporte internacional de pasajeros en los modos aéreo, marítimo, fluvial y terrestre, así como la suspensión de destinos, dando intervención a las autoridades competentes para su implementación.
En el artículo 6, plantea que los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo podrán “en forma conjunta fijar precios máximos para los insumos críticos” y “adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento”.
El decreto lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el resto de los ministros del gabinete nacional, incluida la titular de Justicia, Marcela Losardo, quien dejará su cargo próximamente.