ESCÁNDALO POR LOS ALIMENTOS | La polémica compra millonaria de yerba que complica al diputado misionero Pablo Puerta
En medio del escándalo por los alimentos retenidos por el Ministerio de Capital humano de la Nación, en el pasado mes de marzo se denunció en forma paralela que durante la gestión del presidente Alberto Fernández, el por entonces Ministerio de Desarrollo Social destinó una suma significativa de su presupuesto a la compra irregular de yerba mate.
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Una denuncia por “irregularidades, sobreprecios y mala calidad del producto” realizada por la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, puso en evidencia el manejo fraudulento de un “aliado” del propio gobierno nacional.
Ocurrió que, tras el escándalo de los alimentos retenidos, las autoridades preguntaron por un multimillonario gasto en yerba mate realizada por el Ministerio de Desarrollo Social de Alberto Fernández: $18.000 millones en yerba mate por un total de 17.000 toneladas. El monto despachado significó casi un 70% del total de $30.500 millones destinados en ese momento a esos productos básicos para conformar un stock alimentario para “emergencias”.
La licitación pública N° 95-0058-LPU23 firmada por la exministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, fue denunciada por el gabinete de Pettovello a finales de mayo. Entre otros cuestionamientos, también se señaló sobreprecios y mala calidad del producto.
Un detalle sorprendió a las filas libertarias. La compra fue realizada a la empresa Yerbatera Misiones, perteneciente al yerbatero Pedro Puerta, además de diputado provincial, es hijo del exgobernador misionero y presidente provisorio tras la renuncia de Fernando de la Rúa, Ramón Puerta.
Desde sus redes sociales, el joven diputado se muestra como un acérrimo liberal libertario de primer ola: Militó la decisión libertaria de recortar las funciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate e incluso logró sumar al bloque de La Libertad Avanza a la diputada nacional por Misiones, Florencia Klipauka, quien integraba el bloque Hacemos Coalición Federal, presidido por Miguel Ángel Pichetto.
Florencia Klipauka, de 27 años, electa diputada nacional las pasadas elecciones
La denuncia de Pettovello acusa a la empresa Yerbatera Misiones de vender al gobierno yerba mate adulterada con Poleo, una hierba usualmente utilizada para el tratamiento casero de problemas estomacales y respiratorios y que en dosis no reguladas puede acarrear consecuencias para la salud. Debido a su bajo precio y aspecto similar a la yerba mate, se utiliza para mezclar con otras hierbas y reducir el costo. Las hierbas son muy caras, por lo que se emplea un pequeño porcentaje de otras hierbas y una mayor cantidad de poleo.
Tras la acusación, el empresario y legislador provincial respondió a través de un comunicado en el que afirma que todo se trata de “otra operación berreta” en su contra y se declara “soldado” del presidente Javier Milei.
Según detallaron medios de Misiones, después que salió la denuncia, se filtró un video donde hay cientos de bolsas de palito y poleo, que se están quemando en un extenso campo del interior de Misiones. El peón que grabó y difundió el video aseguró que se trata de una de los cientos de chacras que tienen los Puerta.
Puerta también desmiente que su empresa haya realizado negocios con el gobierno del Frente de Todos, cuando Tolosa Paz, hoy denunciada por la gestión de Pettovello, ocupaba la cartera social del gabinete del presidente Fernández. “Y mucho menos existe (vínculo) con el Estado”, asegura el yerbatero de la localidad de Apóstoles.
“Evidentemente, que le contemos al país que Misiones es una provincia estatista a partir de haber construido un Estado elefantiásico, molesta y mucho”, señala Puerta y desafía: “Pero pueden seguir inventando lo que quieran, nosotros no nos vamos a callar y vamos a seguir proponiendo una provincia mejor”.
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Para Florencia De Sensi no hay margen para las medias tintas: Axel Kicillof dejó de gobernar. La diputada nacional del PRO por la provincia de Buenos Aires sostiene que, desde que arrancó su segundo mandato, el gobernador se dedicó casi con exclusividad a construir su candidatura presidencial dentro del justicialismo y “se olvidó de gestionar”. El diagnóstico lo dejó en una recorrida por La Plata, donde acompañó a dirigentes jóvenes del partido amarillo.
El eje de sus reproches es la seguridad. De Sensi considera un fracaso político que, a esta altura de 2026, el delito siga encabezando las inquietudes de los bonaerenses en lugar de que la agenda discuta avance tecnológico o inversión. Remarca que la conclusión la sacan tanto de las encuestas que recorren semana a semana. Los números la acompañan. Un relevamiento de la consultora Afiches, de julio de este año, detectó que más de un tercio de los hogares provinciales sufrió algún hecho de inseguridad en los últimos doce meses y que más de la mitad de la población se siente poco o nada segura en su propio barrio. Estudios previos, como los de Giacobbe, ya ubicaban a la inseguridad como la palabra que mejor define la preocupación del distrito.
Para la diputada, el gobernador tiene los recursos y “elige no usarlos”. En la entrevista que dio a El Día, enumeró herramientas que, asegura, Kicillof tiene a mano y deja guardadas. La más repetida es la ley de reincidencia y reiterancia, pensada para terminar con “la puerta giratoria de los delincuentes”. El mandatario kirchnerista, asegura, ni siquiera envió el proyecto a la Legislatura bonaerense. Algo parecido plantea con el RIGI, el régimen de incentivos a las grandes inversiones que se aprobó en el Congreso y al que la provincia sigue sin adherir, pese a que podría darle oxígeno a la economía local.
De Sensi lleva ese análisis al plano ideológico. Está convencida de que el gobernador no combate el delito porque, sencillamente, no quiere: lo ve atrapado en una matriz de pensamiento que invierte los roles y termina colocando a la víctima en el lugar del culpable y al delincuente en el de víctima. Kicillof tiene “el cerebro envenenado de zaffaronismo”, disparó.
La legisladora también cuestionó la presión impositiva que crece sin que el vecino la vea reflejada en obra pública ni en servicios.En este marco, desempolvó dos capítulos que el peronismo bonaerense prefiere no recordar: las escuelas que permanecieron cerradas durante los dos años de pandemia y la devolución de celulares a los presos, una medida que les permitió seguir manejando sus negocios delictivos desde adentro de la cárcel.
Desde el inicio de la gestión en diciembre de 2023, la Secretaría de Malvinas, Antártida, Política Oceánica y Atlántico Sur quedó bajo la órbita de Paola Iris Di Chiaro, militante mileísta.
Mediante el decreto 43/2024, Javier Milei oficializó el cargo de Paola Di Chiaro.
Sin embargo, en paralelo a su responsabilidad central en la defensa de los intereses nacionales sobre las islas australes, la funcionaria sostiene una participación activa en el sector privado a través de la Fundación Argentina Global, una entidad dedicada a la articulación de agendas internacionales, principalmente con Reino Unido.
Sitio web oficial de Cancillería Argentina: Di Chiaro continúa en su cargo.
La coexistencia de estos dos roles abre un debate ineludible sobre la ética pública y la coherencia en la conducción de la política exterior argentina.
Cuenta de LinkedIn de Di Chiaro, admitiendo abiertamente ser fundadora de Fundación Argentina Global y mantener un cargo dentro de la organización.
La red de vínculos con el Foreign Office
La Fundación Argentina Global, entidad cofundada por Di Chiaro, concentra gran parte de su actividad pública en la promoción de agendas internacionales y el establecimiento de vínculos con potencias extranjeras. Entre sus iniciativas más destacadas figura la organización y difusión conjunta de programas de liderazgo y becas de especialización junto a la Embajada del Reino Unido y el programa Chevening, orientado a la formación de personas en territorio británico.
Sitio web oficial de Fundación Argentina Global donde, junto a otros dos hombres, exponen a Di Chiaro como fundadora.
A pesar de la sensibilidad de la cartera que encabeza Di Chiaro —vinculada de forma directa con la defensa de los derechos soberanos en el Atlántico Sur—, los registros institucionales, perfiles profesionales vigentes y memorias de fin de año de la propia organización confirman que la secretaria mantiene un rol directivo ininterrumpido en la estructura de esta ONG, entrelazando la gestión de intereses diplomáticos extranjeros con el ejercicio de la función pública en el Estado argentino.
Página principal de la web de Fundación Argentina Global exponiendo visiblemente la conexión con la embajada británica y el sistema de becas.
Repercusión política
En el ámbito legislativo, esta superposición de roles motivó la presentación de un proyecto de resolución en la Cámara de Diputados de la Nación impulsado por la diputada Agustina Propato (Unión por la Patria) —esposa de Sergio Berni— para exigir explicaciones formales sobre el alcance de estas actividades en paralelo a la función pública.
Tuit reciente de Fundación Argentina Global publicitando las becas y el acuerdo con la embajada de Reino Unido.
El texto solicita un detallado pedido de informes al Poder Ejecutivo —a través de la Cancillería— para que precise la vinculación actual de Paola Di Chiaro con la Fundación Argentina Global y el programa Chevening, evalúe posibles conflictos de intereses bajo la Ley de Ética Pública, informe si existe intervención o influencia del Foreign Office en su secretaría, detalle si hay personal formado por dicho organismo prestando servicios, y precise si la fundación o la funcionaria han recibido financiamiento o vínculos laborales con la diplomacia británica.
No se trata de webs “desactualizadas”, aquí publicaciones de Fundación Argentina Global en diciembre de 2025 en Instagram: Di Chiaro de negro, en el centro en ambas fotos.
La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.
Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.
“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.
La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.
El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.
La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.
El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.
La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.
En la mochila de Néstor Ariel Urne Canterosse encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.
Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.
Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.
Lo que muestran los chats
Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.
De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.
“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.
“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.
La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.
Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.
Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.
Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.
En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.
Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.
Delitos atribuidos
En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.
El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.
— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial
La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.
Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.
El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.
Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.
— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco
La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.
El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.
La Cámara de Diputados de Entre Ríos sancionó definitivamente el pasado miércoles, con 30 votos afirmativos y ninguno negativo, la derogación de la Ley 4.506, la norma que desde 1965 garantizaba una pensión vitalicia a quienes ocuparon la gobernación y la vicegobernación de la provincia. La votación puso fin a un régimen que llevaba 61 años de vigencia y que figuraba entre los más antiguos vinculados a la dirigencia política entrerriana.
La ley derogada establecía una prestación equivalente al 75% de la remuneración correspondiente al cargo. Por ello, quien había ejercido los cargos conservaba, hasta el final de su vida, tres cuartas partes del sueldo que percibía en funciones, sin que mediara ninguna otra condición que el haber ocupado ese lugar.
La iniciativa que terminó con ese esquema fue enviada por el Ejecutivo provincial en enero de 2024, apenas iniciada la gestión del gobernador Frigerio. El proyecto atravesó el tratamiento de ambas cámaras de la Legislatura, recibió modificaciones en el Senado y volvió a la Cámara baja.
— Gabriela Lena, diputada provincial
Frigerio y Aluani serán el primer gobernador y la primera vicegobernadora de Entre Ríos que completarán su mandato sin adquirir el derecho a cobrar el beneficio previsto por la legislación, que ahora quedó sin efecto.
En una publicación en redes, el mandatario ubicó la medida dentro de la política general de la administración: “Desde el primer día venimos eliminando los privilegios de la política y ordenando el Estado para ponerlo nuevamente al servicio de los entrerrianos. Estoy convencido de que, si queremos cambiar la forma de gobernar, el cambio tiene que empezar por quienes tenemos la responsabilidad de hacerlo”.
— Gustavo Hein, presidente de la Cámara de Diputados de Entre Ríos durante la sesión
La eliminación de las pensiones vitalicias se inscribe en una agenda que el Gobierno provincial puso en marcha desde diciembre de 2023.
En ese período, la gestión redujo prácticamente a la mitad los cargos políticos y eliminó un nivel completo de la estructura jerárquica del Estado. También terminó con los gastos reservados, avanzó sobre los sobresueldos y la acumulación de remuneraciones, redujo las adscripciones de personal y puso en marcha herramientas para transparentar la nómina estatal, los salarios y las declaraciones juradas de los funcionarios.
El gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, afirmó que su gestión no acatará una resolución judicial que ordenó al Poder Ejecutivo provincial comprar carne roja para reforzar la alimentación de los detenidos en dos unidades penitenciarias de Trelew.
“Hay que terminar de una vez por todas con el garantismo berreta de un sector de la Justicia que parece estar más preocupado por los delincuentes que por los derechos de los chubutenses de bien”, escribió el mandatario en una publicación en su cuenta oficial de X.
El conflicto estalló cuando un juez penal de Trelew, Marcelo Nieto Di Biase, resolvió intimar al Poder Ejecutivo de Chubut a comprar una partida de carne roja para reforzar las viandas de los detenidos alojados en el Instituto Penitenciario Provincial (IPP) y en la Alcaidía de Trelew, con un plazo de 72 horas para cumplir.
— El juez Marcelo Nieto Di Biase que resolvió intimar al Poder Ejecutivo Provincial de Chubut
“Yo creo que, a esta altura, seguir naturalizando el garantismo berreta judicial que tanto problema generó y tan mal le hizo a toda la Argentina, es un tema para que podamos trabajar todos juntos, la dirigencia política y ponerle un punto final definitivamente”, subrayó Torres.
La orden surgió de un hábeas corpus colectivo —una acción judicial que no defiende a un preso individual sino a todo un grupo de detenidos que comparte una misma situación de agravamiento en sus condiciones de encierro— presentado en representación de los internos, quienes venían reclamando desde marzo por la falta de proteínas en sus alimentos.
Según trascendió, el reclamo fue elevado por la Defensa Pública y el propio Poder Ejecutivo ya había iniciado un expediente administrativo para comprar carne antes de que el juez fijara el plazo perentorio, lo que sugiere que la discusión no era solo si comprar carne, sino los tiempos y la forma en que el Poder Judicial se lo impuso al Ejecutivo.
BASTA DE GARANTISMO BERRETAHay que terminar de una vez por todas con el garantismo berreta de un sector de la Justicia que parece estar más preocupado por los delincuentes que por los derechos de los chubutenses de bien.Son los mismos jueces que muchas veces ponen trabas para… pic.twitter.com/owfjrISeDC
“No vamos a acatar la medida de tener que darle asado a los presos todos los días, es una locura. Si está preso, es un delincuente”, declaró públicamente en Radio Rivadavia el gobernador Ignacio Torres, agregando con ironía que “falta que tengamos que preguntarles a los presos qué quieren comer todos los días”. La audiencia de seguimiento para evaluar el cumplimiento de la orden judicial estaría prevista para el lunes siguiente al anuncio de Torres.
Para entender por qué un juez puede ordenarle a una provincia cómo alimentar a sus presos, hay que remontarse al fallo “Verbitsky” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictado en 2005 a raíz de una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) sobre las condiciones de detención en comisarías bonaerenses.
Ese fallo estableció dos cosas centrales que siguen vigentes. Por un lado, que el hábeas corpus puede usarse en forma colectiva —no solo individual— cuando el agravamiento de las condiciones de detención afecta a todo un grupo de personas por igual. Por otro, las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos constituyen el piso mínimo obligatorio para interpretar el artículo 18 de la Constitución Nacional, que exige que “las cárceles sean sanas y limpias”.
— La entrada de la Alcaidía Policial de Trelew
Esta herramienta se llama hábeas corpus correctivo porque no busca liberar a nadie, sino corregir el trato que recibe una persona legalmente privada de su libertad cuando ese trato se agrava de forma ilegítima. El artículo 43 de la Constitución Nacional, en su último párrafo, habilita explícitamente esta vía cuando se produce “agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención”.
Bajo esta lógica, un déficit alimentario sostenido —falta de proteínas, por ejemplo— puede encuadrarse como un agravamiento de las condiciones de detención, ya que el Estado tiene la obligación de garantizar condiciones dignas de encierro, independientemente de la culpa o inocencia de la persona detenida.Es exactamente este marco jurídico el que usó el juez Nieto Di Biase para justificar su intimación al gobierno chubutense.
La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.
Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.
Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.
El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.
“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.
Cómo llegaron los discos al expediente
La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.
Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.
El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.
Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.
Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”
Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.
El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.
Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato.PSThabrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.
Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.
Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.
Una seguidilla de fallos
La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.
El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.
Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.
Murió a los 82 años. Firmó su propia alta para volver al aire, condujo en silla de ruedas y dejó dos valijas hechas para viajar al Mundial. La despedida de Crónica al periodista que le enseñó a preguntar.
La Fiscalía santafesina acusó a Mariano Ríos Artacho de liderar un esquema destinado a retirar fondos de causas penales mediante prestanombres y reposiciones temporales para evitar que los faltantes fueran detectados.
Se trata de Ángel Rossi, cardenal desde 2023 y elector en el cónclave que eligió a León XIV. El arzobispo también ironizó sobre los millones que el Gobierno dice haber sacado de la pobreza.
Resulta inaceptable que, mediante una medida cautelar dictada por un juzgado provincial, se haya impedido la aplicación de una ley nacional en la Provincia de Buenos Aires.
La magistrada reconoce que su decisión se basa únicamente en sus presunciones: “El Poder Judicial no…