Solano: el candidato a presidente de Izquierda que reivindica los secuestros y las bombas de la subversión
La izquierda anunció al mediático reivindicador de atrocidades comunistas como candidato a presidente.
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Ayer sábado, durante un plenario celebrado en el microestadio de Lanús, el Partido Obrero anunció su fórmula presidencial para las próximas elecciones, integrada por Gabriel Solano y Romina del Pla.
Gabriel Solano y Romina del Pla
El mediático legislador porteño es tristemente conocido por algunas de sus declaraciones, referidas en su mayoría a la reivindicación de las atrocidades del comunismo soviético y cubano.
Durante un intercambio televisivo con Victoria Villarruel, el dirigente de extrema izquierda, frente a la pregunta de si consideraba malo poner bombas (práctica recurrente en la guerrilla), contestó que “depende quién la ponga”.
Este tipo de declaraciones por parte de Solano, siempre maquilladas entre endebles malabares dialécticos, se repitieron en otro debate, en este caso, cuando Carlos Maslatón manifestó que le gustaría escuchar un repudio del levantamiento terrorista del ERP de parte de Solano.
El burócrata no solamente no contestó ni expresó repudio, sino que además justificó el accionar de la organización guerrillera y la relacionó con un supuesto vínculo al Cordobazo de 1969.
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La aplicación “Mi Seguridad” gestionada por el gobierno provincial de la Provincia de Buenos Aires, diseñada para facilitar denuncias, generó más de 225.000 causas penales en 2025. Sin embargo, más de la mitad quedaron fuera de las estadísticas oficiales del delito por carecer de una tipificación jurídica definitiva por parte de las fiscalías.
Este sistema provoca una subestimación significativa de la inseguridad, dejando fuera del radar oficial más de 100.000 robos y hurtos, los cuales se mantienen bajo una categoría de ‘tipificación provisoria’ en las tablas del Ministerio Público. La contratación privada de la plataforma y su costo son atribuibles a Soflex S.A. la provisión de la plataforma y adjudicaciones de entre US$148.000 y US$400.000 anuales.
La eficacia de la plataforma es limitada, ya que solo el 1.87% de las denuncias fueron ratificadas presencialmente por las víctimas en 2025, un requisito obligatorio para evitar el archivo de la causa, lo que resulta en que apenas una fracción mínima de los delitos reportados logre avanzar efectivamente hacia una investigación.
— Reunión de trabajo del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, encabezada por el ministro de la cartera en el centro, Javier Alonso
La aplicación “Mi Seguridad” se ha convertido en una herramienta que, en la práctica, invisibiliza gran parte de la criminalidad, ya que más del 50% de las denuncias recibidas no son recaratuladas por las fiscalías con un delito del Código Penal, quedando atrapadas en una categoría administrativa de “tipificación provisoria” que las excluye de las estadísticas oficiales de criminalidad.
El sistema genera una brecha significativa en la percepción real de la seguridad. Durante 2025, las denuncias realizadas a través de la aplicación ‘Mi Seguridad’ representaron el 12.1% del total de las Investigaciones Penales Preparatorias (IPP) iniciadas en la provincia de Buenos Aires. Más de la mitad de las denuncias realizadas a través de la aplicación (122.867 casos en 2025) fueron clasificadas como ‘tipificación provisoria’, quedando excluidas de las estadísticas penales oficiales como robo, hurto o abuso sexual, a pesar de que gran parte correspondían a esos delitos.
A pesar de ser promocionada como una solución tecnológica para facilitar denuncias, la plataforma tiene una tasa de éxito muy baja para el avance de causas penales, y debido a que las víctimas deben ratificar presencialmente el trámite en menos de cinco días, menos del 2% de los casos progresan, lo que convierte a la app en una herramienta con escasa eficacia para la persecución penal real.
La aplicación ‘Mi Seguridad’ funciona como una ‘aspiradora’ de denuncias, pero su impacto en la persecución penal es mínimo, ya que solo el 1.1% de las denuncias recibidas en 2025 llegaron a estar ratificadas y recaratuladas simultáneamente, condiciones necesarias para una investigación efectiva. El sistema de denuncias online ‘Mi Seguridad’ originó 225.398 Investigaciones Penales Preparatorias (IPP), lo que equivale al 22% del total de las causas penales iniciadas en la provincia de Buenos Aires.
La falta de tipificación de las denuncias convierte a la plataforma en un ‘agujero negro’ estadístico, donde delitos graves como intentos de homicidio por violencia de género, lesiones y narcotráfico quedan relegados a una categoría administrativa que no computa en los índices criminales del Ministerio Público.
Para 2025 la mejor cifra homogénea y comparable es la del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), con un total de 118.868 robos y 79.510 hurtos, contando hechos consumados y tentativas. En conjunto suman 198.378 hechos registrados. El promedio de 2025 equivalió a aproximadamente 9.906 robos totales por mes, 6.626 hurtos totales por mes y 16.532 hechos combinados por mes.
La Procuración General bonaerense ofrece otra medición que contabiliza IPP del Fuero Criminal y Correccional y clasifica cada causa por el primer delito cargado. En 2025 informó 117.432 IPP por robo y 88.547 por hurto, pero también publicó por separado 36.306 robos agravados con arma, 15.074 otros robos agravados, 24.026 hurtos agravados de vehículos y 2.633 otros hurtos agravados.
En el mismo año se iniciaron 1.035.350 IPP en toda la provincia. Una cifra de 1.012.857 en el Fuero Criminal y Correccional y 22.493 en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. De acuerdo con los datos obtenidos, 225.398 de esas investigaciones se originaron en la plataforma, equivalentes al 21.8% del total: aproximadamente una de cada cinco.
El informe oficial confirma 122.713 casos provisionales en el fuero de adultos y otros 154 en el juvenil, sumados dan 122.867. También desagrega, dentro del fuero de adultos, 97.194 casos que los usuarios identificaron como “presunto robo o hurto” y 5.891 como “presunto robo de celular”; juntos suman exactamente 103.085.
El cálculo del 36%
La estadística del fuero de adultos contabilizó 284.018 IPP ya clasificadas en las distintas modalidades de robo y hurto durante 2025: hurtos simples y agravados, robos simples, robos con armas y otros robos agravados. Si, como ejercicio contrafáctico, se agregaran las 103.085 denuncias digitales que los denunciantes etiquetaron como robos o hurtos, el volumen crecería 36.3% respecto de lo publicado.
— La cantidad de IPP iniciadas en los fueros criminal, correccional y juvenil de PBA hasta septiembre de 2026. El gráfico indica que se registraron 225.398 denuncias en total, de las cuales 221.176 no fueron ratificadas (representando un 98%) y solo 4.222 quedaron ratificadas (apenas un 2%)
Ese 36.3% debe interpretarse como una estimación máxima del impacto clasificatorio, no como una corrección jurídica definitiva. La etiqueta elegida por un denunciante puede ser confirmada, modificada o descartada por el fiscal. Por ejemplo, lo relatado como robo puede terminar calificado como hurto, tentativa, daño, estafa, pérdida de objeto o hecho no delictivo.
También importa distinguir dos denominadores. Las 103.085 denuncias equivalen al 36.3% de las 284.018 ya registradas, pero representarían el 26.6% de un total hipotético de 387.103 si todas fueran finalmente convalidadas como robo o hurto. Las dos proporciones responden preguntas distintas de cuánto aumentarían las cifras publicadas y qué porción representarían dentro del universo ampliado.
El primer problema es la falta de ratificación. La Procuración informa expresamente que el denunciante tiene cinco días hábiles para presentarse en la fiscalía y la Resolución 416/17, modificada por la Resolución 99/19, establece que, si no lo hace, el fiscal puede archivar sin más trámite. La regulación contempla excepciones en las que corresponde actuar de oficio según la naturaleza, verosimilitud, seriedad y gravedad del hecho; además, ciertos reportes anónimos —como narcotráfico o corrupción policial— no requieren ratificación.
— El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, junto a su ministro de Seguridad
Aun así, la magnitud de la no ratificación revela una falla de diseño. Según la información obtenida, solo se ratificó el 1.29% de las denuncias digitales de 2024 y el 1.87% de las de 2025. Un canal presentado como enteramente remoto termina imponiendo un paso presencial que la enorme mayoría no cumple. La comunicación institucional tampoco es uniforme. La página de la Procuración advierte claramente sobre los cinco días, mientras que la ficha de Google Play presenta la visita a la fiscalía como algo que el usuario puede hacer “si así lo amerita la situación”. El sitio del Ministerio, por su parte, enfatiza que se puede informar el hecho sin ir a una comisaría.
El segundo problema es independiente del primero, ya que incluso entre las 4.222 denuncias ratificadas en 2025, 1.728 seguían sin calificación penal en septiembre de 2026. Esto muestra que atribuir todo el atasco a la conducta del ciudadano sería equivocado, también existe una demora o falta de tratamiento dentro del Ministerio Público.
Impacto territorial
El fenómeno no pesa igual en todos los departamentos judiciales. La investigación informa que las causas digitales todavía provisionales equivalían al 23.5% de todas las IPP de Quilmes, al 19.3% de San Martín, al 19.95% de Mar del Plata, al 16.5% de La Plata, al 16.4% de Morón y al 16.7% de Moreno-General Rodríguez.
Varias fuentes calificadas que intervienen en la política criminal opinaron que la plataforma mutó en un problema serio. Una de ellas la definió como “una estafa” y otra, como “un monstruo”. Mientras que voceros del ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Javier Alonso se negaron a responder consultas sobre la evolución de esta plataforma de denuncias.
Paralelamente, en el fuero de adultos, las IPP totales bajaron 6.4% entre 2024 y 2025, mientras que el subtotal de delitos contra la propiedad cayó 12.3%. Las categorías específicas muestran bajas de 14.4% en hurto simple, 21% en hurto agravado de vehículos dejados en la vía pública, 16.1% en robo simple y entre 11% y 12.4% en las modalidades agravadas.
Esos descensos no pueden interpretarse automáticamente como una caída equivalente del delito real. Al mismo tiempo había 122.713 expedientes digitales de adultos pendientes de tipificación, y 103.085 estaban señalados inicialmente por los usuarios como robos o hurtos. Sin resolver ese stock, una comparación interanual de las categorías penales mezcla cambios en la criminalidad con cambios en denuncia, canal utilizado y velocidad de clasificación.
La fecha de corte también importa. Los datos de 2025 fueron extraídos el 11 de enero de 2026. Si una fiscalía recaratula después, la “foto” anual original queda desactualizada respecto del estado posterior del expediente. Clarín señala que cerca de 7.000 denuncias fueron recategorizadas entre mayo y septiembre de 2026, lo que confirma que la categoría provisional es dinámica.
— Interfaz principal de la aplicación móvil “Mi Seguridad”, desarrollada por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos
Las IPP miden actividad registrada por el sistema penal, no la totalidad de los delitos realmente cometidos. Dependen de que la víctima denuncie, del canal elegido, de cómo se cargue el expediente y de la clasificación que reciba.
A eso se suma la tradicional “cifra negra”, con hechos que nunca llegan a las autoridades. La Encuesta Nacional de Victimización definió esa cifra como la proporción de delitos no denunciados y estimó que en 2016 el 67.7% de los delitos relevados no había sido denunciado. Aunque ese dato nacional es antiguo y no permite medir la situación bonaerense de 2025, ilustra por qué los registros administrativos deben complementarse con encuestas periódicas de victimización.
¿Cómo funciona?
“Mi Seguridad” permite informar ciertos hechos por web o aplicación móvil. El formulario admite datos personales y del hecho, además de fotografías, videos o audios; una vez enviado, el sistema permite consultar el número del proceso penal y la fiscalía asignada.
La Procuración explica que las denuncias digitales generan automáticamente un proceso penal que ingresa en el Sistema Informático del Ministerio Público (SIMP) con número de IPP. Las opciones elegidas por el usuario describen un hecho presunto, pero no equivalen todavía a la calificación jurídica definitiva que corresponde realizar al Ministerio Público Fiscal.
El circuito previsto comienza cuando la persona selecciona la categoría correspondiente y relata lo ocurrido. A partir de esa presentación, el sistema genera una Investigación Penal Preparatoria y la deriva a una fiscalía. Cuando el procedimiento lo requiere, la víctima debe ratificar la denuncia. Luego, el Ministerio Público analiza el relato y las pruebas disponibles en esa primera instancia para determinar cómo continuará la causa. Finalmente, el fiscal puede encuadrar el hecho dentro de una figura penal, ordenar nuevas medidas de investigación o, según los elementos reunidos, disponer la desestimación o el archivo del expediente.
Con una carta dirigida al Presidente y una tesis incómoda para cualquier gobierno, el legislador Eugenio Casielles volvió a poner en el aire este domingo Proyecto C. El regreso del ciclo giró alrededor de un fenómeno que atraviesa a casi todas las gestiones: la obsecuencia que rodea a los líderes una vez que llegan al poder y la pérdida de criterio que suele venir con ella.
El estreno llevó por título “El rey está desnudo”, una referencia directa al viejo cuento del emperador al que nadie se animaba a decirle la verdad. La elección no fue casual y marcó el tono de una emisión que, con distintos invitados, volvió una y otra vez sobre la misma pregunta: qué le pasa a quien manda cuando a su alrededor solo quedan voces que asienten.
En la sección Carta al presidente, Casielles le habló de frente a Javier Milei y condensó su planteo en una sola frase: “El problema no es equivocarse: es obligar a todos a aplaudir”. La crítica, sin embargo, no se quedó en la Casa Rosada. El legislador repartió responsabilidades y alcanzó también al kirchnerismo, al que le atribuyó su cuota de culpa en el “fanatismo” que domina la escena política.
¿Qué pasa cuando nadie se anima a decirle al poder lo que no quiere escuchar? En el tercer capítulo de PROYECTO C, “El rey está desnudo”, ponemos el foco en la obsecuencia: los que aplauden todo, los que callan para conservar su lugar y los que confunden lealtad con obediencia.
Para darle sustento al debate, el programa sumó la mirada de Daniela Gasparini, licenciada en Psicología, quien analizó cómo el poder transforma a las personas que lo ejercen y de qué manera la adulación termina por erosionar cualquier forma de liderazgo.
Más tarde, la Mesa Picante reunió a Natalia Volosin, doctora en Derecho y periodista, y a Tatiana Scorciapino, periodista de C5N. En ese tramo, la conversación giró hacia la figura de Karina Milei y su influencia en las decisiones del Gobierno. Casielles fue tajante al describir el destino de quienes se animaron a desafiar a la hermana del Presidente, y no se excluyó de la lista: “Los que fueron contra ella perdieron todos, incluyéndome”.
Una empresa vinculada a un exfuncionario de Daniel Scioli acaba de quedarse con un contrato por $690 millones para mantener los espacios verdes de Casa Rosada y la Quinta de Olivos, en una contratación impulsada por la Secretaría General de Presidencia que conduce Karina Milei.
La revelación fue realizada este viernes por el medio Diagonales y volvió a poner bajo la lupa la presencia de empresarios y exfuncionarios ligados al sciolismo en negocios millonarios del actual Gobierno.
El caso tiene como protagonista a Gustavo Vides, presidente de Grub SA, la empresa adjudicataria del servicio de jardinería, y ex director de Compras y Recaudación del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible durante la gestión de Daniel Scioli al frente de la provincia de Buenos Aires.
Como si lo antedicho fuese poco, Vides hoy ocupa un cargo en Trenes Argentinos bajo el Gobierno del presidente Javier Milei mientras el ex gobernador bonaerense ejerce como secretario de Deporte, Ambiente y Turismo.
Es solo uno de los tantos casos que muestran que todos los caminos conducen a Scioli ya que, tal como había revelado Tribuna de Periodistas hace dos semanas, ITS International Travel Services SA, la sociedad detrás de Pezzati Viajes, obtuvo una contratación de más de $70 millones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial mediante una licitación privada que terminó con un único oferente.
En ese caso, el vínculo con el exgobernador bonaerense aparece a través de la familia Pezzati. Nolberto Pezzati, vicepresidente y socio fundador de ITS, es hermano de Eduardo Pezzati, dirigente de Acción Marplatense que en 2007 fue designado por Scioli al frente del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, organismo que condujo hasta su fallecimiento en 2012.
A ese antecedente se suma ahora otro dato que también fue revelado por Tribuna de Periodistas relacionado con la empresa Provedent SRL, creada por Gustavo Ferrari, quien fue Asesor General de Gobierno durante la gestión bonaerense de Scioli, quien volvió a recibir un contrato del Estado nacional.
La nueva adjudicación alcanzó los $671,8 millones y elevó a casi $1.800 millones el monto acumulado por la firma en tres grandes contrataciones realizadas durante la gestión de Milei de la mano de Manuel Adorni, Adrián Ravier y Karina Milei.
Pero la cuestión no quedó allí, ya que el según los documentos a los que accedió Tribuna de Periodistas, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) adjudicó a ITS International Travel Services SA un nuevo contrato por $305.536.000 para brindar el servicio integral de traslados aéreos, terrestres y alojamiento en tránsito durante el 41° Festival Internacional de Cine de Mar del Plata.
Es decir que ITS volvió a recibir un contrato millonario a pesar de acreditar conexiones con un secretario del Gobierno de Milei, al igual que viene pasando con Ferrari y con Vides. En todo caso, todos los caminos conducen a Scioli.
*Fuente: Periódico Tribuna de Periodistas (Nicolás Sanz)
Lourdes Parache, la periodista tucumana que en marzo de 2024 denunció por violación a cuatro jugadores de Vélez, publicó en los últimas días un video de casi cinco minutos en TikTok en el que lloró porque ya no puede trabajar de lo que estudió. La Justicia sobreseyó en dos instancias a los futbolistas y estableció que aquella noche hubo sexo consentido. Ahora, ella eligió mostrarse ante la cámara como la damnificada de la historia.
“Este video no va a ser alegre, pero siento que es necesario ponerlo en palabras”, arrancó Parache. Hincha de Atlético Tucumán desde chica, contó que había cumplido el sueño de cubrir al club de sus amores y que hoy va a la cancha como una espectadora más: “me queda el sabor amargo a la salida (del partido) de decir ‘yo tendría que estar trabajando como periodista’. Estudié cuatro años Ciencias de la Comunicación, estoy capacitada”, reclamó, y atribuyó su presente a “una situación externa de la que no soy responsable”.
El lamento siguió por el mismo carril. Le pareció “muy injusto” que su sueño, su carrera y su vida hayan dado “un giro tan drástico”, admitió que no puede ser periodista “por razones obvias” y relató que cada vez que vuelve del estadio llega angustiada y necesita llorar. También mencionó, al pasar, que hace terapia y que salió de una depresión. Para el año próximo pidió dos cosas: “una gran oportunidad como periodista” y “que la gente frene el odio y el acoso para que eso sea posible”. Tras la catarata de críticas puso su cuenta en privado.
La situación externa tiene fecha y lugar. En la madrugada del 3 de marzo de 2024, después de un partido entre Vélez Sarsfield y Atlético Tucumán, Parache fue a la habitación 407 del hotel Hilton de San Miguel de Tucumán, donde estaban Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín. El 6 de marzo los denunció por una violación grupal. Vélez les rescindió los contratos y tres de ellos pasaron casi tres meses con prisión domiciliaria.
— Sosa, Florentín, Osorio y Cufré
El 30 de diciembre de 2025, el juez Augusto Paz Almonacid sobreseyó a los cuatro. El 9 de junio de 2026, la vocal Patricia Carugatti, del Tribunal de Impugnación, confirmó esa decisión y rechazó todos los planteos de los abogados de la denunciante.
Los propios mensajes de Parache derrumbaron la acusación. A la 1:35, ya dentro de la habitación, le escribió a una amiga: “Adivina donde estoy. Con los de Vélez, sola”. A las 6:18, recién salida del hotel, le mandó a Sosa un emoji de un ratoncito que entrega un corazón. Horas después les contó a sus amigas que había dormido con la chomba que le regaló un jugador porque “tenía su perfume”, y en audios describió la noche como “la adrenalina que necesitaba”.
La pericia psicológica oficial concluyó que el hecho fue “inicialmente consentido” y que ella lo resignificó más tarde como traumático, permeable a presiones externas.
— Captura del fallo: la pericia psicológica oficial concluyó que la denunciante resignificó como traumático un encuentro “inicialmente consentido” y que es susceptible a presiones externas
El fallo habló de una reinterpretación “fabricada ex post facto, inducida por terceros”, y citó otro chat de la joven: “En un momento dije que no me habían tocado… La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada”. Sobre Sosa, de quien repitió varias veces que dormía, escribió que le daba lástima pero que no lo iba a dejar afuera “porque es el que más plata tiene”.
— Captura del fallo: los chats de la denunciante con sus amigas, en los que admitió que una abogada la “hizo dar cuenta” de que había sido abusada, y la conclusión de la jueza sobre un relato “inducido por terceros”
Ante la jueza, el arquero contó que no hay cancha donde no le griten “violador” y definió lo vivido como “un daño irreversible y una pérdida de dos años y medio de vida”.
Carlos Presti cambió al responsable de liquidar IOSFA, pero la transición de la obra social militar sigue teniendo una dimensión que excede cualquier recambio de funcionarios. Un documento oficial al que accedió el medio REALPOLITIK permite ponerle números: la nueva Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), presidida por Pablo Plaza, distribuye aproximadamente 324.033 beneficiarios entre 13 delegaciones.
El informe está fechado el 22 de septiembre y firmado por Alexis Darío Ferreyra, coordinador de la subgerencia de Planeamiento, Evaluación y Control de Gestión. Identificado como “Anexo III”, enumera la población y el ámbito territorial de cada delegación. Es el mapa administrativo del sistema que el ministerio de Defensa debe ordenar mientras el viejo IOSFA continúa sosteniendo prestaciones.
— Afiliados de OSFA reclamaron por el corte de la cobertura médica durante la llegada de los F-16
AMBA concentra la mayor cantidad: 116.570 beneficiarios, cerca del 36 por ciento del total. Su jurisdicción incluye también Zárate y La Plata. Le siguen Puerto Belgrano, con 39.831 personas y alcance sobre Bahía Blanca y La Pampa, y Córdoba, con 34.555 beneficiarios distribuidos entre esa provincia, La Rioja y Santiago del Estero.
Entre las tres reúnen casi el 59 por ciento de la población consignada. La concentración muestra dónde está buena parte del desafío prestacional para Plaza y para el ministerio que conduce Presti.
El mapa de OSFA: 13 delegaciones y una transición pendiente
El resto de la nómina comprende Entre Ríos, con 22.970 beneficiarios y cobertura territorial sobre Santa Fe; Mendoza, con 21.006 y alcance sobre San Juan y San Luis; y Mardel Plata, con 17.995, incluyendo Tandil.
Salta reúne 17.106 beneficiarios y comprende también Jujuy, Tucumán y Catamarca. Corrientes suma 15.279 y abarca Chaco y Formosa. Completan el listado Chubut, con 10.526; Misiones, con 8.149; Neuquén, con 8.059 y jurisdicción sobre Río Negro; Santa Cruz, con 7.619; y Tierra del Fuego, con 4.368.
La nómina quedó incorporada al sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el número IF-2026-92501920-APN-SGPEYCG#OSFA. Las cantidades son aproximadas y su suma permite dimensionar la población asignada a la nueva estructura. El anexo no detalla contratos médicos, disponibilidad de prestadores ni pagos.
Ese límite cobra importancia al cruzarlo con una comunicación publicada por IOSFA el mismo 22 de septiembre. Allí, el organismo pidió a prestadores y proveedores que anularan las facturas pendientes emitidas a nombre de OSFA y dejaran de generar nuevas. Argumentó que no existían acuerdos o contratos vigentes que respaldaran esa facturación y que las prestaciones seguían siendo brindadas por IOSFA.
Un día antes, Ariel Guzmán había advertido a Presti que Plaza solicitó prolongar la atención mediante la red de IOSFA más allá del 30 de septiembre. Según esa presentación, extender el funcionamiento obligaría al instituto en liquidación a seguir recibiendo facturas y generando obligaciones, alterando el calendario previsto para cerrar sus cuentas.
Guzmán dejó el cargo el 24 de septiembre. La resolución 671/2026, publicada el 29, aceptó su renuncia y formalizó la designación de Gonzalo Secchi como administrador de IOSFA, con rango de secretario y efectos desde aquella fecha. El recambio corresponde al organismo en liquidación: Plaza continúa al frente de OSFA.
El gobierno de Javier Milei creó la nueva obra social mediante el DNU 88/2026, bajo la fiscalización de Defensa. La misma norma ordenó liquidar IOSFA y estableció que debía garantizarse la continuidad de la cobertura durante el traspaso.
El mapa ya está trazado. La tarea de Presti y Plaza es lograr que esa estructura pueda sostener la atención de sus beneficiarios sin depender indefinidamente del instituto que el propio gobierno decidió cerrar. La llegada de Secchi cambia al encargado de la liquidación; el problema prestacional sigue sobre la mesa de Defensa.
El juez Alejandro López absolvió al exdirigente del Sindicato de Camioneros, Maximiliano Cabaleyro, y a otros seis acusados al considerar que los bloqueos de 2021 fueron una protesta sindical legítima, constituyendo un “legítimo ejercicio de un derecho”, clasificando las acciones como conductas “atípicas” y, por tanto, no delictivas.
Ariel Rey, dueño de la pyme afectada, cuestionó duramente el fallo calificándolo de justificación de un delito y calificó la sentencia como un “cheque en blanco a la mafia sindical”, argumentando que el fallo desprotege a los comerciantes frente a prácticas extorsivas y presiones indebidas por parte de dirigentes gremiales.
“Sabemos que esto para nosotros es una piedra en el camino, sabemos que es una corporación mafiosa muy poderosa, pero nosotros tenemos las convicciones firmes, vamos con la verdad, la vamos a sostener y vamos a ir hasta las últimas instancias necesarias, porque acá tenemos el fallo de un juez que justificó el delito, y eso hay que decirlo con todas las letras”, afirmó Rey en una entrevista a Radio Mitre, junto al reconocido locutor y conductor de radio Fernando Bravo.
Ante la resolución del tribunal, las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anticiparon que recurrirán el fallo para así apelar la sentencia mediante un recurso de casación presentado por la empresa Rey Distribución, buscando revertir la decisión del Tribunal Oral Criminal N° 2 de San Nicolás.
“¿Para qué existen las normas? ¿Para qué hay una norma vigente la cual ampara el derecho a huelga, el derecho a reclamo laboral? ¿Para qué hacemos esas normas si viene un patotero, un mafioso, se te instala, te impide trabajar, te bloquea, te extorsionas, y después tenés que acatar todas y cada una de las cosas que te diga?”, planteó Rey, agregando que “fue un fallo netamente proteccionista a la mafia sindical, nosotros vamos a luchar con todas las herramientas legales para demostrarlo porque yo defiendo la propiedad privada con uñas y dientes.”
— La familia Rey (el empresario Ricardo Rey, sus familiares y allegados), conocida por su conflicto judicial tras el bloqueo a su pyme distribuidora en San Pedro
“Todavía estamos un poco sorprendidos, pero eso no hace que bajemos los brazos, te repito, porque ¿qué significa este fallo? ¿Qué significa si mañana Maximiliano Cabaleyro se vuelve a aparecer con 15 o 20 patoteros en mi negocio y no me deja trabajar y me bloquea?”, se preguntó Rey, finalizando que esa “es una pregunta que nos hacemos todos como argentinos, como personas que vivimos bajo un estado de derecho. ¿Qué tiene que hacer la pyme que es extorsionada por la mafia sindical de acuerdo a este juez?”
El empresario sostiene que durante años su familia sufrió presiones económicas, amenazas y bloqueos de su establecimiento por parte de representantes del Sindicato de Camioneros. Según su denuncia, los dirigentes utilizaron los reclamos laborales como mecanismo para exigir dinero y condicionar el funcionamiento de la empresa.
— Alejandro Gabriel López, juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires, Argentina
No obstante, hay una distinción fundamental para comprender el caso. El juez no negó que existieran obstáculos para el ingreso y la salida de camiones. Lo que rechazó fue que esos hechos, en las circunstancias examinadas, configuraran los delitos imputados. A su vez descartó que se hubiera demostrado la participación de Cabaleyro en las presuntas exigencias extorsivas de dinero.
“Estos eventos acreditados, por constituir legítimo ejercicio de un derecho, resultan atípicos”, sostuvo el juez López, en su resolución al analizar los bloqueos. En ese sentido, fue categórico al señalar que “todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones —verificadas y coincidentes con la acusación fiscal— son atípicas”. De esta manera, concluyó que, aun cuando los hechos denunciados coincidían con los descriptos por la Fiscalía, no podían ser considerados penalmente punibles al encontrarse comprendidos dentro del ejercicio de “un conflicto laboral”.
El origen del conflicto
Para comprender el conflicto, cabe mencionar que Rey Distribución SRL es una distribuidora de productos alimenticios radicada en San Pedro, en el norte de la provincia de Buenos Aires. Fue impulsada por Ricardo Rey y continuada por sus hijos Ariel y Gustavo. Su actividad depende del movimiento de vehículos para distribuir mercadería.
En Argentina, distintas actividades laborales se encuentran reguladas por convenios colectivos que establecen salarios, categorías profesionales, adicionales y condiciones de trabajo. Por ejemplo, una persona que realiza tareas administrativas en una distribuidora puede estar comprendida en un convenio diferente del correspondiente a un conductor de camiones. Determinar qué convenio corresponde depende de la actividad y las tareas efectivamente desarrolladas, además de las reglas legales aplicables.
— Operativo policial frente a la planta de Distribuidora Rey en San Pedro, en el marco de la causa por los bloqueos de Camioneros en 2021
Esta distinción explica el primer enfrentamiento entre la familia Rey y el Sindicato de Camioneros. De acuerdo con los empresarios, el gremio pretendía incorporar bajo su convenio a trabajadores que ellos consideraban correctamente encuadrados en Comercio. La familia sostuvo que terminó aceptando cambios ante la presión sindical.
El sindicato, por su parte, argumentaba que determinados empleados debían estar comprendidos en el convenio camionero y que existían obligaciones laborales incumplidas.
“Las medidas de fuerza llevadas a cabo por la organización sindical reconocida (…) no debieron razonablemente ser judicializadas en el contexto de una causa penal”, subrayó López, siendo que la conducta no encuadra en una figura penal cuando se la analiza dentro de su contexto y tildando de un “despropósito” la posibilidad de castigar con prisión a trabajadores y dirigentes por acciones desarrolladas en una protesta sindical.
El enfrentamiento no se reducía, por lo tanto, a quién representaba a los trabajadores. También involucraba diferencias salariales, aportes a la obra social, contribuciones sindicales y condiciones de seguridad en el establecimiento.
— Una de las audiencias del juicio oral en el Palacio de Tribunales de San Nicolás contra Maximiliano Cabaleyro y seis extrabajadores, imputados por el conflicto y bloqueo a la empresa
En su interpretación, no eran contribuciones laborales legítimas, sino exigencias económicas que debían satisfacer para seguir trabajando. La familia señaló particularmente a Fernando Espíndola, dirigente camionero de San Pedro, como receptor de esos pagos. También acusó a Cabaleyro de integrar o dirigir el presunto mecanismo de presión.
La defensa sindical negó la existencia de una extorsión. Afirmó que parte de los montos reclamados respondía a obligaciones laborales y sindicales pendientes.
El magistrado remarcó que hubo un bloqueo en los accesos y que los camiones no pudieron circular normalmente, algo que distinguió esa afectación de la comisión de delitos contra la propiedad o de coacciones: “La participación en una barrera humana o colocación de obstáculos en los ingresos de la planta fabril no importa el despliegue de violencia sobre las cosas o corpus posesorio, sino molestias para el poseedor”.
Esta distinción fue fundamental en el juicio, ya que una obligación económica legalmente exigible no es equivalente a un pago obtenido mediante intimidación, pero incluso una deuda verdadera puede dar lugar a un delito si se utilizan amenazas penalmente relevantes para cobrarla.
Los incidentes en enero y febrero de 2021
Los hechos que dieron origen a la investigación judicial se concentraron en dos episodios ocurridos durante enero y febrero de 2021, cuando trabajadores y representantes del Sindicato de Camioneros llevaron adelante medidas de fuerza frente a las instalaciones de Distribuidora Rey, en la localidad bonaerense de San Pedro.
— Pablo Moyano (en primer plano a la derecha, con campera blanca y verde del Sindicato de Camioneros) acompañado por Maximiliano Cabaleyro
El primer episodio tuvo lugar el 15 de enero de ese año, cuando un grupo de empleados y dirigentes sindicales se concentró en el acceso al establecimiento. Conforme a la denuncia presentada por la familia Rey, los manifestantes formaron un cordón humano que obstaculizó la salida de los vehículos utilizados para distribuir mercadería, lo que afectó el normal desarrollo de las actividades comerciales.
La segunda protesta se desarrolló entre el 22 y el 25 de febrero de 2021, cuando los manifestantes ubicaron un colectivo perteneciente al sindicato frente al ingreso de la distribuidora, dificultando nuevamente la circulación de los camiones. Durante el juicio, el juez Alejandro López consideró acreditada la existencia de estas restricciones y su impacto sobre el funcionamiento de la empresa, aunque sostuvo que las conductas investigadas se produjeron en el marco de un conflicto laboral y no reunían los elementos necesarios para configurar los delitos atribuidos a los acusados.
— Maximiliano Cabaleyro, en el bloqueo a la Distribuidora Rey
De acuerdo con Rey, la protesta de enero ocurrió después de que Espíndola advirtiera que habría consecuencias si la empresa no continuaba efectuando determinados pagos. Los propietarios denunciaron que se les impedía distribuir mercadería y cumplir con sus clientes. Para una distribuidora, no poder sacar los camiones representa una alteración directa de su actividad económica.
La familia atribuyó a las protestas importantes pérdidas comerciales. El juez reconoció las restricciones sobre la circulación y el funcionamiento, pero sostuvo que durante esos episodios no se había demostrado que los imputados ejercieran violencia sobre personas, causaran daños o formularan amenazas directas de las características necesarias para los delitos atribuidos.
La acusación comprendió hechos de 2021 y presuntos pagos exigidos desde años anteriores. En abril de 2022 fueron detenidos Cabaleyro y Espíndola. Ambos atravesaron un extenso período sometidos a medidas de coerción, incluida la prisión preventiva; Cabaleyro pasó parte de ese tiempo bajo arresto domiciliario.
— Fernando Espíndola, dirigente gremial de Camioneros y exconcejal de San Pedro, previamente a su detención en 2022
En septiembre de 2026 comenzó el juicio oral contra Cabaleyro y seis exempleados de la distribuidora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron diez años de prisión efectiva para el principal acusado y la querella solicitó quince años. Las defensas reclamaron la absolución. El 14 de octubre de 2026, los siete acusados fueron absueltos y se ordenó la inmediata libertad de Cabaleyro.
Hay un detalle procesal importante que no debe confundirse. Fernando Espíndola no fue uno de los seis coacusados absueltos junto con Cabaleyro. Su situación se separó mediante un procedimiento de juicio abreviado, ratificado en octubre ante otra jueza. Según la información publicada, el acuerdo todavía requería resolución judicial y podía derivar en una pena de hasta seis años.
Un informe de la televisión chilena registró placas, rosarios y cintas arrojados detrás de la cruz mayor del cementerio, entre ellos un tributo de Comodoro Rivadavia de abril de 2026, y una retroexcavadora que removía tierra al ras de las tumbas.
Luis María Viaut cumple cinco años en Bouwer por una condena sin escuchas ni testigos directos, que Casación confirmó con el voto de la pareja de la jueza que lo sentenció. Domingo Benso, el cooperativista al que había mandado detener por la usina de facturas truchas, fue sobreseído en septiembre.
El legislador relanzó Proyecto C con un programa dedicado a la obsecuencia en el poder, en el que también apuntó contra el kirchnerismo y habló del peso de Karina Milei en el Gobierno.
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