Una ‘influencer’ libertaria denunció a “El Dipy” por ABUSO SEXUAL y EXTORSIÓN

El cantante de cumbia y ex candidato a intendente de La Matanza por LLA, David Adrián Martínez, fue denunciado por abuso sexual, manipulación y extorsión con falsas promesas laborales.
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El pasado martes diez de septiembre, autoridades de la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N° 22 de CABA, a cargo de la Dra. Mariela Paola De Mincis, escucharon la acusación de una mujer de 35 años identificada por sus iniciales, M.C.A., quien denunció por abuso sexual a David Adrián Martínez, conocido popularmente como “El Dipy”.

– Primer página de la declaración testimonial

DATA24.COM.AR accedió a la declaración testimonial de M.C.A. El documento de 12 páginas detalla tres situaciones de abuso que habrían ocurrido entre marzo y mayo de este año por parte del cantante de cumbia y ex candidato a intendente de La Matanza por La Libertad Avanza hacia una militante del espacio que goza de relativa popularidad en sus redes sociales.

Allí, la ‘influencer’ exhibe fotos junto a figuras claves del oficialismo libertario y alfiles clave del entorno del presidente Javier Milei, como lo son la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el escritor Agustín Laje y los comunicadores Mariano Pérez y “Franfijap” (apodo de Franco Iván Jeremías Antunes Puchol), a quienes llama “amigos”. Incluso compartió espacios de streamings libertarios con personalidades ya olvidadas por el movimiento, como es el caso de Eugenia Rolón, pareja de Iñaki Gutiérrez, el responsable del TikTok de Milei.

¿QUÉ DICE LA DENUNCIA?

La mujer relata que conoció personalmente a El Dipy el 25 de octubre del año pasado. El cantante llegó a ella a través de las redes sociales, conectados por la militancia para La Libertad Avanza, y la invitó a un bar de la calle Ayacucho, en San Martín, provincia de Buenos Aires, donde tocaba como DJ.

La denunciante señala que Martínez aprovechó su situación de vulnerabilidad económica para ejercer control sobre ella. Según el testimonio, el cantante le prometió un cargo en el Estado bajo la órbita del gobierno de Javier Milei, indicando que “la ayudaría” una vez que este asumiera. Sin embargo, esta promesa nunca se materializó y, según relata, se utilizó como una herramienta de presión para que accediera a los encuentros.

A lo largo de su testimonio, la mujer describe cómo el acusado utilizaba amenazas y su supuesta influencia para intimidarla. En varias ocasiones, Martínez habría mencionado tener armas en su casa y afirmó que podía lastimarla si contaba lo sucedido.

En relación con aquella noche en el bar de San Martín, la mujer dio a entender que El Dipy habría puesto alguna droga en unos tragos que le ofreció. Así lo relata la presunta víctima: “Él estaba en el VIP con amigos y al acercarme me invitó a tomar tragos de Fernet. No tomé mucho. En un momento, me preguntó si quería tomar pastillas y le dije que no. Se puso muy insistente, pero no accedí. Sin perjuicio de no haber consumido tanto alcohol, me empecé a sentir mareada y le dije al aludido que me iba a mi casa. No sé si en alguno de los tragos que me trajo le puso algo, porque la verdad es que no me suele  causar ese efecto de mareo el Fernet”.

Terminada esa noche, ambos se dirigieron a la casa de Dipy, situada en Villa del Parque y tuvieron relaciones sexuales. “Creo que el acto fue consentido, pero como no recuerdo lo que sucedió en detalle, por lo tanto no lo puedo asegurar, como dije estaba muy mareada. En ese preciso momento no me quedé con una mala sensación de lo que pasó, porque hasta entonces, él me trataba bien”, aclara la denunciante.

Luego de ese encuentro, el cantante y la ‘influencier’ libertaria siguieron en contacto a través de WhatsApp y establecieron una suerte de vínculo: “Todavía me trataba bien y me sentía cómoda cuando nos veíamos”, señaló la víctima.

La situación cambió drásticamente un mes después, cuando la denunciante comenzó a percibir “aspectos de su actitud que me parecieron violentos, precisamente, a partir del día que Milei ganó las elecciones”, el 19 de noviembre de 2023. Ese día, la mujer celebraba junto a sus compañeros la victoria del libertario sobre el kirchnerista Sergio Massa en el búnker de La Libertad Avanza, ubicado en el Hotel Libertador.

En la declaración relata que, esa noche de júbilo, El Dipy comenzó a llamarla por celular “con mucha insistencia, a pesar de que no lo atendía. Después, me empezaron a llegar mensajes de él preguntándome por qué no le respondía y me decía que me fuera del bunker para encontrarnos. No respondí porque quería seguir festejando con mis amigos”.

El primero de los hechos que se relata en la declaración testimonial habría ocurrido 117 días después de aquellos festejos, el 15 de marzo de 2024. Según consta en el documento judicial, el cantante citó a la víctima en su departamento de Villa del Parque con la excusa de discutir novedades sobre un puesto de trabajo que le había prometido. Ella detalla que se encontraban tomando mates en los sillones del living “hasta que se abalanzó sobre mí, me tomó de las muñecas y me dijo que no me iba a escapar”. Tras el presunto abuso, El Dipy contrató un vehículo de alquiler desde su propio teléfono y le entregó dinero en efectivo para que pague el viaje hasta su casa.

“Al llegar a mi departamento me bañe del asco que me dio la situación. No acudí a ningún centro médico por temor a quedar expuesta públicamente por lo ocurrido y en ese entonces no sabía si podía denunciar lo que me estaba ocurriendo”, relató la mujer tras el primer episodio.

El segundo hecho se dio el 17 de abril de 2024, nuevamente en el departamento del acusado. Presionada por su situación económica y con la esperanza de concretar el trabajo prometido, accedió a la cita. En el lugar, Martínez repitió el patrón: la inmovilizó, ignoró sus negativas y la sometió sexualmente. “Le dije que estaba conociendo a alguien para evitar la situación, pero, lejos de eso, él me contestó que estaba de novio con una chica de Córdoba y que no le importaba. Nuevamente, me forzó a mantener relaciones sexuales, la penetración fue vaginal y no uso preservativo, a pesar de que se lo pedí (…) Fue todo muy denigrante y me sentí muy angustiada”.

El último episodio tuvo lugar el 16 de mayo de 2024. En esta ocasión, Martínez la forzó a practicarle sexo oral tras insistir, nuevamente, en la promesa de un empleo en el Estado. Así lo desarrolla la víctima: “Fui a su casa, empezamos a charlar en el living, en los sillones, como siempre, y otra vez se tiró encima mío. Le pedí que no lo hiciera, porque tenía puesto un ovulo en mi zona genital. Entonces, me respondió ‘bueno, pero me la podés chupar igual‘ y me forzó a practicarle sexo oral. Se bajó los pantalones y la ropa interior, sacó su miembro y me lo acercó a la cara. A la vez, él me sacó la remera y el corpiño. Después, me tomó de la cabeza y me obligó a practicarle sexo oral. Mientras lo hacía, me repetía ‘dónde querés que te acabe’ y lo hizo ensuciándome el pecho”.

La mujer no pudo precisar los horarios exactos en los que habrían ocurrido los delitos; sin embargo, recordó que “fueron durante el día, ya que era común que él llegara de sus giras y me enviara mensajes aduciendo que tenía novedades del trabajo o que había hablado con alguna persona influyente del gobierno sobre el tema, para que me sintiera obligada a verlo, bajo la amenaza de que si no lo hacía no me daría el puesto”.

Además, afirma tener —utilizando un término aún más contundente, “resguardo”— todos los mensajes intercambiados con El Dipy. En ese sentido, la denunciante ofreció su dispositivo para que se realicen los peritajes correspondientes, así como cualquier otra información requerida por las autoridades judiciales.

AMENAZAS Y “AMIGOS NARCOS”

Un detalle sobre la “relación” entre la denunciante y David Adrián Martínez es que se tornó inquietante desde sus primeros encuentros, según consta en la declaración testimonial a la que accedió este medio. La víctima describió cómo el cantante comenzó a sembrar el temor en ella al presentarle a personas de dudosa reputación y al jactarse de su poder e influencia.

En su declaración, la mujer narró un episodio alarmante ocurrido la primera vez que Martínez la invitó al bar de San Martín (Provincia de Buenos Aires) en octubre de 2023. Aquella noche, además de ofrecerle drogas, “me presentó a un narco. Cuando esta persona se retiró del local, Martínez me aclaró que su conocido era narco”, relató. La situación, lejos de ser casual, dejó a la denunciante con una sensación de inseguridad. “Le respondí que no me presentara a ese tipo de gente. Me dio mucha inseguridad conocerlo, ya que me parecía gente peligrosa”, añadió.

El temor de la víctima se profundizó a medida que Martínez mostraba conductas cada vez más intimidatorias. La denunciante afirmó que el acusado solía alardear de poseer armas y utilizar amenazas para obtener lo que quería. “Me amenazaba diciéndome que, si le contaba a alguien sobre el trabajo que me ofrecía, me iba a matar”, explicó. Además, agregó que Dipy reiteraba frases como “no hay nada más peligroso que un negro con poder” y que “estaba enfierrado“, en referencia a las armas que aseguraba tener en su domicilio. Aunque nunca le mostró un arma, estas palabras lograron infundir un profundo miedo.

Martínez también relataba episodios en los que, según sus propias palabras, utilizó la intimidación para alcanzar sus objetivos. “Me contaba anécdotas sobre ocasiones en las que amenazaba gente para obtener cosas que quería. Me empecé a sentir muy insegura”, detalló M.C.A en su testimonio.

Con el paso de los meses, esta sensación de inseguridad se tornó insoportable y fue clave para que la denunciante decidiera romper el silencio y presentar la denuncia: “Siento miedo, incomodidad y vergüenza por las situaciones que atravesé. Me da mucho miedo que me pueda suceder algo malo porque Martínez es una persona muy violenta en su trato y por lo que me contó, es su modalidad amenazar a los demás para conseguir cosas. El me decía que si llegaba a contar algo de lo que sucedía me mataba. Lo repetía siempre (…) Realmente siento mucho temor y necesito una custodia que esté conmigo todo el tiempo, no únicamente en mi domicilio, porque —por trabajo— viajo constantemente de provincia a capital en la actualidad y temo que me suceda algo en cuanto el imputado conozca lo denunciado”.

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Exfiscal de Rosario reconoció que desviaba dinero judicial para sostener su adicción al juego

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe investiga al exfiscal rosarino Mariano Ríos Artacho por el presunto vaciamiento de fondos depositados en cuentas judiciales. Ríos Artacho fue jefe de la Fiscalía de Delitos Económicos de Rosario entre 2017 y 2024, cargo del que renunció el 25 de junio de 2024 tras enfrentarse a sanciones internas.

Según la acusación fiscal, durante casi siete años –de 2017 a julio de 2024– habría autorizado extracciones irregulares de dinero destinado a fianzas, cauciones y secuestros judiciales, montos que serían utilizados en sus “apuestas personales”.

El monto desviado asciende en total a entre $245 y $425 millones. Por estos hechos, los fiscales Adrián Spelta y Carla Cerliani imputaron a Ríos Artacho como jefe de una asociación ilícita, y le atribuyen delitos de peculado, fraude a la administración pública y falsedad ideológica.

“Tengo problemas de juego que arrastro con altibajos desde hace años. Renuncié a mi cargo de fiscal en 2024 por eso. Ofrezco a la Fiscalía que está formulando estos cargos en mi contra toda mi colaboración. Y también una reparación del daño. Pido disculpas a todas las personas que confiaron en mí en especial a mi familia a la que defraudé. Mis padres no me criaron para esto”, afirmó el propio Ríos Artacho ante la Justicia.

Hijo de un prestigioso exjuez penal de Santa Fe, Ríos Artacho era considerado un funcionario especializado en causas complejas. En 2024 se lo suspendió tras conocerse que permitió irregularmente la entrega de un Mercedes incautado a un comisario (amigo suyo), y poco después dejó su cargo. Su caso emergió cuando los propios colegas del MPA detectaron anomalías en una cuenta judicial y derivaron la causa a la Unidad Especial de Funcionarios Públicos que dirige Spelta.

De acuerdo a la investigación aún en curso, las maniobras ocurrieron de modo sistemático entre 2017 y 2024. En agosto de 2026 la Policía Federal realizó 15 allanamientos en Rosario y Córdoba, deteniendo a Ríos Artacho y a ocho sospechosos más. En esos operativos se secuestraron documentos, teléfonos y dinero en efectivo. La audiencia de formulación de cargos se realizó recién en septiembre de 2026, donde Ríos Artacho fue formalmente imputado. Actualmente el juicio está en trámite (y la Fiscalía pidió prisión preventiva para él y otros acusados).

Para los fiscales, Ríos Artacho usaba su cargo para manejar cuentas judiciales como propias. Con su firma autorizaba oficios a bancos permitiendo transferencias o retiros de dinero que correspondía a fianzas, cauciones o secuestros de causas penales. Esas extracciones no iban a las víctimas o al Estado, sino que terminaban siendo tomadas por Ríos Artacho o sus colaboradores.

El esquema empleaba prestanombres para camuflar el origen de los fondos y con varias personas (Nahuel R., Agostina R., Bruno B., Paola B., Daniel C., Daniel Ballistreri y otros) prestaban sus cuentas bancarias o identidad para que Ríos Artacho pudiera retirar dinero sin figurar él directamente. Incluso, cuando una causa se acercaba a un juicio abreviado o probation, el abogado Emilio Rubén Barcacia (excuñado del fiscal) llevaba dinero en efectivo al banco para “reponer” temporalmente los saldos de las cuentas vaciadas, de modo que el faltante no saltara a la vista al juez.

La ludopatía (trastorno compulsivo por el juego) es un factor clave en la hipótesis de la defensa. Conforme a los acusadores, la adicción de Ríos Artacho fue la “raíz” de su conducta. Los fiscales citan el hecho de que, tras el ingreso en vigor de la ley de autoexclusión en Santa Fe, él y otros indagados frecuentaban casinos de provincias vecinas o de Paraguay para seguir apostando.

En la audiencia judicial Ríos Artacho reconoció parte de las maniobras pero la justificó por su adicción al juego. Ante la jueza afirmó claramente: “Soy ludópata”. Relató que lleva años arrastrando problemas con los casinos (llegó a desplazarse en pandemia hasta Foz de Iguazú en la Triple Frontera para apostar, ya que estaban cerrados en Argentina). Su hábito le generó deudas enormes y dijo que administraba los fondos judiciales “como si fuera mi billetera”.

“Íbamos y volvimos en el día”, subrayó y agregó que era un deudor de nivel cinco ante el BCRA que es identificada como una escala irrecuperable de deuda.

En su descargo pidió disculpas públicas a su familia y al MPA. Asimismo negó que hubiera organizado una banda delictiva, asegurando que fue él quien “arrastró” a otros imputados con sus órdenes. Es decir, admitió el uso ilegal de dinero pero sostuvo que el resto de los acusados actuó por sus instrucciones o por haberle prestado dinero, no como parte de un plan previo establecido.

Ríos Artacho fue de manera controvertida y opaca, quien le habilitó una probation en 2021 al director regional de la exAFIP de Santa Fe, Carlos Vaudagna, quien como arrepentido reconoció todo tipo de ilicitos fiscales en favor de empresas. La probation fue por hacerse cargo que eran suyos USD$200 mil hallados en una caja de seguridad de Gastón Scarel, hijo de Omar Scarel, presidente del directorio de Vicentin imputado por estafa.

Acusados y defensa

Además de Mariano Ríos Artacho, otras demás personas fueron imputadas en la causa por el presunto desvío de fondos de cuentas judiciales. Entre ellas se encuentran Fabricio Emanuel Romero y Julio Mercado, señalados por la Fiscalía como organizadores de la supuesta estructura junto con el exfiscal. Los investigadores sostienen que ambos mantenían una relación cercana con Ríos Artacho, reflejada en numerosas comunicaciones y transferencias bancarias, y les atribuyen haber participado en la captación de prestanombres y en la distribución del dinero extraído.

En función de la hipótesis fiscal, habría intervenido en la recomposición temporal de los saldos de cuentas judiciales previamente vaciadas mediante depósitos de dinero. Barcacia negó haber conocido el origen y la finalidad de las operaciones y rechazó haber formado parte de una supuesta maniobra delictiva.

Como trascendió, lo más desconcertante es que durante años un fiscal en funciones dispuso en beneficio propio de esos fondos cautelados y nadie lo detectó. Actualmente Ríos Artacho está detenido desde septiembre de 2026, acusado formalmente de varios delitos. En la audiencia de imputación, que duró casi nueve horas, admitió los hechos con salvedades (poniendo el acento en su adicción) y manifestó su voluntad de colaborar con la investigación.

La acusación también alcanzó a Nahuel Riquelme, Agostina Riquelme, Bruno Bergero, Paola B., Daniel Cesaretti y Daniel Ballistreri, a quienes los investigadores atribuyen haber aportado cuentas bancarias o realizado retiros de dinero que posteriormente habría llegado a Ríos Artacho. Las defensas, sin embargo, sostienen que varios de ellos actuaron sin conocer el origen judicial de los fondos y que fueron involucrados a partir de relaciones personales o económicas con el exfiscal.

Uno de los casos mencionados fue el de Ballistreri, cuya defensa aseguró que había prestado $150.000 a Ríos Artacho y que posteriormente recibió la devolución desde una cuenta judicial sin saber de dónde provenía el dinero. Sobre esa base, los abogados de los imputados rechazan la existencia de una organización criminal estable y sostienen que, en distintos casos, sus clientes fueron engañados o actuaron confiando en el exfiscal.

Una diputada del PRO fulminó a Kicillof: “Es el peor gobernador de la historia, tiene el cerebro envenenado de zaffaronismo”

Para Florencia De Sensi no hay margen para las medias tintas: Axel Kicillof dejó de gobernar. La diputada nacional del PRO por la provincia de Buenos Aires sostiene que, desde que arrancó su segundo mandato, el gobernador se dedicó casi con exclusividad a construir su candidatura presidencial dentro del justicialismo y “se olvidó de gestionar”. El diagnóstico lo dejó en una recorrida por La Plata, donde acompañó a dirigentes jóvenes del partido amarillo.

El eje de sus reproches es la seguridad. De Sensi considera un fracaso político que, a esta altura de 2026, el delito siga encabezando las inquietudes de los bonaerenses en lugar de que la agenda discuta avance tecnológico o inversión. Remarca que la conclusión la sacan tanto de las encuestas que recorren semana a semana. Los números la acompañan. Un relevamiento de la consultora Afiches, de julio de este año, detectó que más de un tercio de los hogares provinciales sufrió algún hecho de inseguridad en los últimos doce meses y que más de la mitad de la población se siente poco o nada segura en su propio barrio. Estudios previos, como los de Giacobbe, ya ubicaban a la inseguridad como la palabra que mejor define la preocupación del distrito.

Para la diputada, el gobernador tiene los recursos y “elige no usarlos”. En la entrevista que dio a El Día, enumeró herramientas que, asegura, Kicillof tiene a mano y deja guardadas. La más repetida es la ley de reincidencia y reiterancia, pensada para terminar con “la puerta giratoria de los delincuentes”. El mandatario kirchnerista, asegura, ni siquiera envió el proyecto a la Legislatura bonaerense. Algo parecido plantea con el RIGI, el régimen de incentivos a las grandes inversiones que se aprobó en el Congreso y al que la provincia sigue sin adherir, pese a que podría darle oxígeno a la economía local.

De Sensi lleva ese análisis al plano ideológico. Está convencida de que el gobernador no combate el delito porque, sencillamente, no quiere: lo ve atrapado en una matriz de pensamiento que invierte los roles y termina colocando a la víctima en el lugar del culpable y al delincuente en el de víctima. Kicillof tiene “el cerebro envenenado de zaffaronismo”, disparó.

La legisladora también cuestionó la presión impositiva que crece sin que el vecino la vea reflejada en obra pública ni en servicios. En este marco, desempolvó dos capítulos que el peronismo bonaerense prefiere no recordar: las escuelas que permanecieron cerradas durante los dos años de pandemia y la devolución de celulares a los presos, una medida que les permitió seguir manejando sus negocios delictivos desde adentro de la cárcel.

La Justicia revisará el sobreseimiento de Alfredo Coto por las armas y explosivos hallados en su empresa en 2016

El sobreseimiento de Alfredo Coto, uno de los principales supermercadistas del país, y de su hijo Germán en la causa por el arsenal hallado en instalaciones de la empresa en 2016 todavía no está firme. La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal declaró admisible, en una resolución dictada el martes 16 de septiembre, el recurso de casación que presentó el fiscal José Luis Agüero Iturbe contra la decisión del propio tribunal que, un mes atrás, revocó los procesamientos y dispuso el sobreseimiento de los directivos de la cadena y de otros imputados.

La decisión salió por mayoría. Los camaristas Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola votaron a favor de habilitar el recurso, mientras que Mariano Llorens se pronunció en disidencia. Con ese resultado, el expediente quedó en condiciones de llegar a la Cámara Federal de Casación Penal, la máxima instancia penal antes de la Corte Suprema y el mismo tribunal que ya había anulado un sobreseimiento anterior en esta causa.

La revisión estará a cargo de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.

La resolución no reabre los procesamientos ni modifica, por ahora, el sobreseimiento dictado en agosto. Su efecto es exclusivamente procesal: permite que el expediente sea remitido a Casación, donde la fiscalía tendrá tres días desde el ingreso de las actuaciones para comparecer y mantener el recurso. Recién en esa instancia se resolverá si los argumentos del Ministerio Público Fiscal alcanzan para revertir el sobreseimiento o si la decisión de la Cámara queda firme.

Bertuzzi y Yadarola consideraron que el recurso fue presentado en tiempo y forma por quien tenía interés para hacerlo y que la resolución cuestionada resultaba equiparable a una sentencia definitiva. También entendieron que el planteo de la fiscalía sobre una posible contradicción en los fundamentos del fallo, a la luz de la Constitución, involucraba una cuestión federal que debía pasar primero por un tribunal superior antes de que el caso pudiera eventualmente llegar a la Corte Suprema. Los dos jueces, de todos modos, marcaron un límite y aclararon que no advertían que la fiscalía hubiera demostrado un supuesto de arbitrariedad en el fallo, sino más bien una disconformidad con lo resuelto. Aun así, sostuvieron que el planteo sobre la cuestión federal bastaba para habilitar la vía recursiva.

Llorens fue más lejos en su rechazo y apuntó contra el uso extendido de la casación en el proceso penal en general. Según su voto, esa herramienta fue pensada para casos específicos y, en la práctica, “ha visto incrementado su caudal con asuntos a los que debiera ser extraña”. Para el camarista, los argumentos de la fiscalía no satisfacían las exigencias necesarias para abrir la intervención de Casación, y la invocación de arbitrariedad tampoco alcanzaba. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema para recordar que esa doctrina tiene carácter excepcional y no sirve para corregir sentencias con las que una de las partes simplemente discrepa.

La resolución que la fiscalía busca revertir fue dictada el 18 de agosto por la misma Sala I, entonces integrada por Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Llorens. En aquella ocasión, el tribunal sobreseyó a la totalidad de los imputados que habían llegado a esa instancia: Alfredo Coto y Germán Coto, presidente y vicepresidente de la empresa; dos gerentes de la compañía; el exjefe de seguridad; y un oficial de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina.

El eje de aquel fallo fue la posición de los directivos dentro de la firma. Los camaristas concluyeron que no existía prueba que vinculara a padre e hijo con el manejo operativo de las armas y que, por las dimensiones de la compañía, resultaba inverosímil que sus máximas autoridades se ocuparan personalmente de esas tareas. 

Los jueces también tuvieron en cuenta que la propia empresa inició ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) el trámite para regularizar la tenencia del armamento mediante el permiso de usuario colectivo, que estaba vencido. Nadie discutió, sin embargo, la presencia de las armas ni las irregularidades que rodeaban su tenencia: en el expediente constan armas con identificaciones que no correspondían al usuario Coto, pedidos de secuestro sobre algunas de ellas, numeraciones borradas en otras y material vinculado a fuerzas armadas.

Al declarar en la causa Coto padre atribuyó a la Gerencia de Operaciones el control de la recepción de mercadería, la logística, la seguridad tercerizada y la maestranza. Sobre el porqué del armamento, lo justificó por razones de seguridad, a raíz de “los graves y reiterados hechos de violencia que se generaron contra locales y dependencias de la empresa, en particular, en los últimos 20 años”.

La Cámara ya había reconocido esa circunstancia en pronunciamientos anteriores. En 2018, cuando Bruglia, Llorens y Bertuzzi dictaron la falta de mérito de padre e hijo, dejaron asentado que no podían soslayarse las “tensiones producidas por los reclamos de distintas organizaciones sociales en diversos momentos críticos atravesados en el país”, que obligaron a montar operativos de seguridad “con el objeto de contrarrestar las consecuencias perjudiciales que los actos de tal naturaleza podrían acarrear”. En esa misma resolución concluyeron que “esas circunstancias, la intervención de distintas fuerzas de seguridad y, con ella, la necesidad de permanecer en los distintos predios de la firma a fin de cumplimentar acabadamente la misión aludida, generó la necesidad de utilización de varios de sus depósitos para el adecuado resguardo del armamento utilizado”.

La investigación comenzó en agosto de 2016, cuando una inspección de la Anmac solicitada por la propia empresa derivó en el hallazgo de armas, granadas, municiones y material explosivo en situación irregular. El material apareció en un depósito de la calle Paysandú al 1800, en la Ciudad de Buenos Aires, donde funcionan la casa central y la administración del supermercado, y también en un centro de distribución bonaerense.

En una primera etapa intervinieron el fallecido fiscal Jorge Di Lello y su par Franco Picardi, en el ámbito de la Unidad Fiscal Especializada en Armas de Fuego (Ufiarm). Luego el expediente quedó en manos del juez Sebastián Ramos y la fiscal Paloma Ochoa, con Alfredo y Germán Coto como principales imputados por la presunta tenencia ilegítima de material explosivo, inflamable o tóxico sin la debida autorización y por acopio de armas de fuego. Desde entonces, la causa atravesó varias idas y vueltas entre procesamientos, faltas de mérito y sobreseimientos, y ahora volverá a Casación.

La huida del socio: el intento fallido de La Derecha Diario por borrar su vínculo con Cerimedo

El terremoto político que sacudió a La Derecha Diario tiene su epicentro en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, donde Fernando Cerimedo quedó en el centro de una causa judicial de máxima gravedad tras el violento atentado contra Nadia Beller. La investigación expuso no sólo su rol como estratega de poder e influencia regional en el gobierno de Rodrigo Paz, sino también el abrupto derrumbe de su entramado político y mediático.

Fernando Cerimedo junto a Nadia Beller, víctima del atentado contra su vida.

Esta caída arrastra de manera directa su histórico posicionamiento en el ecosistema digital mileísta, donde operó como un armador clave en el armado comunicacional que catapultó a Javier Milei a la presidencia. Lejos de ser un actor aislado, Cerimedo tejió una sólida sociedad operativa con figuras centrales del aparato digital oficialista como Juan Pablo Carreira (conocido en redes como “Juan Doe”, actual director nacional de comunicación digital del gobierno), el streamer Daniel Parisini (“Gordo Dan”) y el legislador bonaerense Agustín Romo (presidente del bloque de LLA), entre muchos otros, conformando el núcleo duro de la estructura de choque y difusión digital del espacio.

Fernando Cerimedo junto a Agustín Romo, presidente del bloque de La Libertad Avanza en la Legislatura Bonaerense.

En paralelo a este entramado de poder político y redes, los antecedentes de los involucrados revelan una red de negocios millonarios y operaciones de consultoría a medida que funcionan como telón de fondo. Entre ellos sobresalen los lucrativos contratos vinculados a la hidrovía del río Paraná (Santa Fe), los fondos millonarios destinados a la campaña de influencia de Israel en Estados Unidos (en Data 24 ya hablamos de esto) y las polémicas maniobras de consultoría internacional, como las exigencias impuestas por Javier Negre a una activista colombiana para condicionar su postura sobre Israel a cambio de proyección política presidencial (también hemos hablado de este tema), consolidando un perfil corporativo donde los negociados y la propaganda geopolítica caminan de la mano.

El falso relato del despegue y las contradicciones documentales

Frente al escándalo internacional, la reacción de La Derecha Diario y de su director, Javier Negre, consistió en activar un blindaje comunicacional y emitir un comunicado oficial con pretensiones exculpatorias. En el texto, el medio sostiene de manera tajante que Fernando Cerimedo y que jamás fue propietario ni fundador, argumentando que a comienzos de 2024 —coincidiendo con la supuesta adquisición del portal por parte de Negre— Cerimedo había reducido su participación patrimonial hasta desvincularse por completo.

El comunicado oficial de La Derecha Diario: intentan negar que Cerimedo fuera dueño o fundador y aseguran que se desvinculó a principios de 2024.

Sin embargo, el relato oficial se desploma al chocar contra el archivo sistemático del propio medio y los registros públicos. Lejos de la supuesta desvinculación temprana, el propio entramado digital de La Derecha Diario y los tuits de Javier Negre se encargaron de desmentir a su propia patronal de manera sistemática.

Tuit del 22 de noviembre de 2024: el propio portal presentaba a Cerimedo como “el dueño de La Derecha Diario”. 

Sin ir más lejos, en febrero de 2025 —un año entero después de la presunta venta esgrimida ahora— el medio y su director celebraban premios y defendían causas judiciales refiriéndose a Cerimedo de manera inequívoca como “nuestro socio”.

Febrero de 2025: un año después de la supuesta venta, el medio seguía llamando públicamente “nuestro socio” a Cerimedo. 
El tuit de Javier Negre de febrero de 2025 que destruye el relato de la desvinculación al exigir disculpas para “mi socio”. Cerimedo llama “amigo” a Negre.

Otro fragmento del comunicado niega que Cerimedo haya sido propietario del medio, sin embargo el propio portal se refería a él como “el dueño de La Derecha Diario” en coberturas resonantes frente a cruces públicos y causas internacionales.

Nota de noviembre de 2024. La Derecha Diario presentaba a Cerimedo como su dueño. 
Difusión oficial de febrero de 2025 ratificando a Fernando Cerimedo en calidad de dueño. 

Por otro lado, el comunicado oficial también negó que Cerimedo haya tenido alguna participación en la fundación del portal, pero resulta que, en julio de 2025, el propio Negre le agradecía públicamente por haber creado el medio.

Julio de 2025: Negre le agradecía públicamente a Cerimedo por haber “creado e impulsado” el medio.

Maniobra de ocultamiento y huida digital

El operativo de limpieza no se limitó a la redacción de un comunicado formal, sino que exigió una intervención sobre los registros digitales del medio para borrar cualquier rastro que vinculara a Javier Negre con su socio detenido en Bolivia. La urgencia por reescribir la historia digital quedó al descubierto con la modificación sistemática de las biografías institucionales dentro de la propia web de La Derecha Diario.

Hasta hace poco, el perfil de autor de Fernando Cerimedo lo exhibía sin ambigüedades como “Consultor político, socio de La Derecha Diario y CEO de Numen Publicidad”. Puede corroborarse accediendo al enlace de Archive.org donde se guardó, que permanece de manera inalterable.

El perfil web de Cerimedo el 21 de agosto de 2026, figurando textualmente como “socio de La Derecha Diario”.

Pero Negre mandó a cambiar este perfil e intentó ocultarlo ante la caída en desgracia de Cerimedo: pocos días después, el término “socio” desapareció por completo de la plataforma, reduciendo su descripción a un genérico “Consultor político”, con el fin de maquillar su salida.

La misma biografía el 25 de agosto de 2026: tras el escándalo, borraron de urgencia la palabra “socio”. 

En paralelo al cambio en el sitio web, la trastienda legal y administrativa del portal experimentó movimientos idénticos en los registros oficiales. Los datos de NIC Argentina (donde se registran los sitios web con terminación en “.ar”) evidencian que el 22 de agosto de 2026, en plena ebullición del escándalo internacional y con Cerimedo ya incomunicado en el penal de Palmasola, se ejecutaron cambios súbitos en la titularidad y gestión del dominio de La Derecha Diario.

Registros de NIC Argentina que exponen la maniobra exprés sobre el dominio ejecutada el 22 de agosto de 2026.

Intentando blindar la estructura societaria de Negre frente a las derivaciones judiciales de la causa por tentativa de homicidio, el dominio del portal dejó de estar a nombre de Cerimedo.

Frente a este tipo de evidencias, el propio Javier Negre recurrió a operaciones de blindaje discursivo en redes sociales, buscando apoyarse en descargos de terceros para despegar su responsabilidad personal y la del portal frente al derrumbe de su socio histórico.

El descargo de Javier Negre intentando blindar su gestión tras el estallido judicial, citando a Nadia Beller.

En definitiva, el blindaje discursivo montado a través del comunicado oficial y los descargos en redes sociales carece de cualquier sustento frente a una marea probatoria irrefutable. Ninguna operación de cirugía digital, borrado de biografías o transferencia exprés de dominios puede borrar años de archivos, notas y cruces públicos donde los propios protagonistas proclamaban a viva voz una sociedad comercial y política innegable.

La maniobra de Javier Negre para simular un despegue tardío no es más que un intento desesperado por eludir responsabilidades corporativas y judiciales, dejando en evidencia que el relato oficial construido por La Derecha Diario se derrumba por su propio peso ante la contundencia de los hechos.

*Por Augusto Grinner

La Cámara Federal dejó firme el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani por el espionaje ilegal

La Sala I de la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri y de los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa que investigó la recopilación de correos electrónicos privados de políticos, periodistas, dirigentes y miembros de las fuerzas de seguridad.

Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron el fallo de primera instancia del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi y cerraron el expediente para todos los imputados.

Además de Macri y de quienes condujeron el área de inteligencia durante su gobierno, el sobreseimiento alcanzó a dos agentes cuya identidad se mantuvo reservada.

El eje de la decisión fue la prueba. Para la Cámara, el material que dio origen a la investigación quedó afectado por fallas en su “preservación, trazabilidad e integridad”, en la misma línea que había resuelto Martínez De Giorgi. Los jueces recordaron que el magistrado de primera instancia descartó por falta de resguardo los dos discos rígidos sobre los que se apoyó todo el expediente, y remarcaron que la querella no logró probar que el contenido de esos soportes “hubiera sido resguardado de modo tal que permitiera garantizar su autenticidad e integridad”.

“No ha logrado sortear el principal escollo que afectó a la prueba que dio origen a la presente causa: la forma en que fue obtenida”, sostuvo el tribunal en la resolución. Los camaristas apuntaron que no accedieron “a documentación alguna que permita inferir la utilización de protocolo o metodología alguna que asegure la integridad de la prueba”.

Cómo llegaron los discos al expediente

La causa se abrió el 26 de mayo de 2020, a partir de una denuncia de Cristina Caamaño, entonces interventora de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según relató, un análisis de rutina sobre los soportes tecnológicos del organismo permitió hallar un disco rígido marca Western Digital en las dependencias de la agencia, con rastros de la conexión de varios pendrives utilizados para almacenar información de inteligencia sobre numerosas personas del ámbito político, periodístico y policial.

Los técnicos recuperaron información que había sido borrada de manera no segura y reconstruyeron con ese material una recolección de correos electrónicos privados obtenida, de acuerdo con la denuncia, sin orden ni autorización judicial. En su presentación la intervención de la AFI habló de una “recolección sistemática de correos electrónicos privados”.

El informe adjunto a la denuncia permitió identificar, mediante el sistema de credenciales, a los dos agentes que habrían accedido al contenido del disco. No fue posible, en cambio, establecer con precisión en qué área de la agencia se produjo ese acceso, porque el personal involucrado rotaba entre distintas dependencias.

Semanas más tarde se sumó una segunda presentación, vinculada a la agrupación política Kolina. Su denunciante afirmó que tomó conocimiento del caso primero por una nota periodística que la incluía entre las víctimas del espionaje ilegal y luego por un informe emitido en el programa “GPS” el 7 de junio de 2020, según el cual la AFI habría infiltrado a “una agente encubierta” dentro de esa agrupación. Ese tramo del expediente no fue apelado por la querella.

Los agujeros que detectaron los peritos: “la imputación queda desprovista de sustento”

Los magistrados detallaron las irregularidades que restaron valor probatorio a los soportes. Uno de los discos llegó cerrado y precintado, pero sin documentación de adquisición ni registro de su trazabilidad; el otro no contaba con una planilla que diera cuenta de su preservación. A eso se sumó un dato que el tribunal consideró determinante: “No se registró ni documentó el lugar en el que fueron hallados los discos rígidos”, una omisión que impidió reconstruir con certeza el origen del material y las condiciones en que fue incautado.

El peritaje oficial concluyó que “resultaba factible adulterar el contenido de un disco rígido, así como las fechas de creación, acceso o modificación” de sus archivos, sin dejar rastro. Los expertos explicaron que alcanza con cambiar el horario del equipo utilizado para alterar la marca temporal de los archivos.

Los peritos determinaron también que los correos electrónicos hallados no ingresaron por la vía natural que prevé el programa Outlook. Los archivos en formato .PST habrían sido modificados en 2017 mediante la incorporación manual de correos desde medios externos, es decir, cargados a mano en la casilla en lugar de recibidos por el sistema.

Otro obstáculo apareció al momento de ponerle nombre y apellido a quienes manipularon los equipos: el acceso al sistema se realizó mediante un usuario genérico llamado “User”, lo que impidió identificar qué personas físicas los operaron. Las conclusiones periciales tampoco lograron establecer si los discos formaban parte de la red informática oficial de la AFI.

Con ese cuadro, el fallo desestimó el argumento de la querella según el cual la extracción del material había cumplido con los protocolos. La Cámara consideró decisivo que “no existe un curso de investigación independiente que permita acreditar los hechos denunciados con prescindencia de los elementos digitales impugnados” y cerró el razonamiento con una fórmula tajante: “Excluida la aptitud probatoria de los discos rígidos, la imputación queda desprovista de sustento”.

Una seguidilla de fallos

La resolución llegó pocos días después de otras dos decisiones de la misma Sala I, que la semana pasada sobreseyó a Macri por la toma del crédito con el Fondo Monetario Internacional y a Javier Milei y a Luis “Toto” Caputo por su declaración jurada de bienes.

El tribunal se integró con Llorens y con Bertuzzi, quien recibió un nuevo acuerdo del Senado y fue reconfirmado en el cargo. Junto a él llegó el camarista Pablo Yadarola, que integra otra sala y no votó en estos casos.

Con la confirmación total de la decisión de primera instancia la causa por la recolección de correos electrónicos a partir de los discos hallados en la AFI quedó cerrada para Macri, Arribas, Majdalani y el resto de los beneficiados por el sobreseimiento.

Chaco | Piden hasta 15 años para los policías que robaban bloques de cocaína durante una quema

La acusación formal, presentada por la fiscalía Federal de Resistencia, pidió recientemente llevar a juicio a ocho agentes de la Policía del Chaco que habrían integrado una organización criminal para sustraer parte de estupefacientes que debían ser incinerados en una quema judicial en Colonia Benítez.

Los fiscales federales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg sostienen que existió un plan previo para apartar 9,5 kilos de cocaína (valuado en aproximadamente $225 millones) que estaban bajo custodia estatal en ese momento, teniendo como idea ocultarlos en un vehículo oficial y destinarlos luego a su comercialización en el mercado negro.

“Este manejo del procedimiento se observó en los mismos hechos, pues sabían y conocían a la perfección el procedimiento de la quema y destrucción del estupefaciente y aprovecharon el momento oportuno para sustraer la cocaína en presencia incluso de las autoridades judiciales”, sostuvieron los fiscales.

La particular gravedad del caso no radica únicamente en la cantidad de droga. La acusación afirma que quienes debían custodiar, trasladar y destruir cocaína secuestrada habrían utilizado esa misma posición institucional para sustraerla, lo que convierte el episodio paralelamente en un presunto delito de narcotráfico y en una presunta apropiación de bienes confiados a funcionarios públicos.

El hecho, determinado como FRE 10726/2025, habría ocurrido el 18 de diciembre de 2025 mientras se realizaba dicha quema judicial de estupefacientes en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en la zona de Colonia Benítez. El procedimiento incluía droga como marihuana incautada en causas federales y contaba con presencia de funcionarios judiciales, autoridades policiales y representantes del Poder Ejecutivo provincial.

La cocaína debía pasar por una mesa de pesaje y luego ser trasladada en cajas hasta una Toyota Hilux policial, identificada como móvil PT-308, para continuar el circuito de destrucción. Según la acusación, un secretario penal del Juzgado Federal N.º 2 observó gestos e intercambios sospechosos entre los uniformados Gustavo Andrés Quizama y Franco Andrés Ramírez, además de la apertura de una puerta trasera del vehículo mientras la caja quedaba momentáneamente fuera de su vista.

El funcionario ordenó que la caja regresara a la balanza. El primer control había indicado 8,700 kilos y el segundo 7,585, una diferencia de 1,115 kilos. Luego de detener y requisar el vehículo se encontraron nueve panes de cocaína ocultos debajo de los asientos y en pertenencias de los policías, con un peso total de 9,490 kilos.

La diferencia inicial de 1,115 kilos no sería contradictoria con el hallazgo total de 9,490. El primer faltante permitió descubrir una maniobra que, de acuerdo con la hipótesis fiscal y la reconstrucción del procedimiento, ya venía acumulando paquetes apartados durante distintos movimientos o viajes.

En la mochila de Néstor Ariel Urne Canteros se encontró un ladrillo de aparente yeso preparado para simular un paquete de droga, mientras que los mensajes recuperados mencionan expresamente la posibilidad de cambiar panes reales por bloques falsos, siendo que el yeso funcionaria como una réplica física, con un bloque de apariencia y peso semejantes al pan de cocaína que se pretendía retirar.

Esto no significa necesariamente que todos los paquetes ya hubieran sido reemplazados con éxito. La evidencia publicada permite afirmar que se halló al menos una réplica y que la Fiscalía interpreta los chats como prueba de planificación, solo será materia del juicio establecer quién la preparó, cómo pensaban emplearla y si llegó a introducirse efectivamente en alguna caja oficial.

Por parte del Ministerio de Seguridad del Chaco, publicó rápidamente un comunicado oficial desligando lo acontecido de la administración del gobernador chaqueño Leandro Zdero, subrayando que la gestión “no encubre” a los delincuentes. “Los hechos aislados no representan a la totalidad de la institución”, al tiempo que reafirmó el objetivo de “recuperar la confianza de la ciudadanía”.

Lo que muestran los chats

Las comunicaciones entre los efectivos en ese momento en particular son relevantes porque permiten a la Fiscalía intentar probar algo más que una sustracción improvisada. En los intercambios atribuidos a los acusados aparecen referencias anticipadas a “manotear” droga, conseguir un “conector” para colocarla rápidamente, llevar cinta para los paquetes y usar yeso para realizar el cambio.

De ahí surgió el descubrimiento de un grupo de WhatsApp denominado “Los laaaaaru laaaaaru”, integrado por Juan Nicolás Almirón Núñez, Gastón Ezequiel Villalba, Urne Canteros y otro usuario cuya identidad no pudo ser determinada. Además, se reveló otro titulado “DIV. TRANSPORTE”, integrado por demás policías de esa dependencia policial.

“Indudablemente iban agregando droga en cada viaje y bajando algún paquete”, destacó el juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich.

“Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas”, afirmó Francisco Lucas Leonel García, apodado “Black”, en una conversación sobre la posibilidad de “rescatar algo” de cocaína durante la quema. Para la acusación, expresiones como esa, sumadas a la búsqueda de compradores, respaldarían la tesis de que el destino no era consumo personal sino la reinserción de la droga en la venta clandestina.

La Fiscalía solicitó penas de entre ocho y quince años de prisión para los ocho acusados, a quienes atribuyó distintos grados de participación, ya que no identifica a todos bajo la misma conducta ni el mismo grado en el esquema ilícito.

Para Rubén Héctor César Alegre, identificado por los fiscales como presunto organizador de la operación, con conocimiento pleno en el circuito de secuestros y capacidad para seleccionar personal (por su cargo como comisario de la División Operaciones Metropolitana y de la cual depende la Dirección General de Consumos Problemáticos), se pidió una pena de 15 años de prisión. En el caso de Franco Ramírez, señalado por una presunta intervención directa y por haber conducido la camioneta involucrada, la pena solicitada asciende a 12 años.

Gustavo Quizama enfrenta un pedido de 11 años de prisión, acusado de haber participado en la ejecución material del apartamiento de la droga. Para Urne Canteros, también se solicitaron 11 años, por una presunta intervención directa y su vinculación con la réplica de yeso utilizada en el procedimiento.

Almirón Núñez recibió un pedido de 11 años de prisión. La Fiscalía le atribuyó el presunto traslado de un paquete en su mochila y contactos destinados a concretar su salida comercial. Para Gustavo Jesús Acosta, la acusación contempla una pena de ocho años por su presunta participación en el operativo y la custodia del vehículo.

En tanto, Gastón Villalba quedó alcanzado por un pedido de ocho años de prisión. Conforme a la Fiscalía, habría tenido una intervención coordinada en la tenencia y en el apoyo previo, aunque no habría estado presente en el predio al momento en que la droga fue sustraída. En los mensajes, hizo hincapié que Almirón Núñez junto a Urne Canteros, llevasen cinta para trasladar la droga hacia el predio de incineración.

Finalmente, para Francisco García también se solicitaron ocho años de prisión. Los fiscales le atribuyeron una presunta búsqueda de comprador y participación en el destino comercial de la droga, pese a que tampoco habría estado presente en el predio al momento de la sustracción.

Delitos atribuidos

En diciembre de 2025 la investigación inicial comprendía a siete policías y entre ellos figuraba Lucas Exequiel Martínez. La acusación presentada a comienzos de septiembre de 2026, en cambio, se dirige contra ocho personas, excluyendo a Martínez e incorporando a Villalba y García. Lo trascendido no explica con precisión procesal por qué Martínez quedó fuera de este requerimiento, por lo que no corresponde inferir si fue sobreseído, separado para otro trámite o alcanzado por una decisión diferente.

El artículo 5, inciso c, de la Ley 23.737 castiga con 4 a 15 años de prisión a quien tenga, almacene, transporte, distribuya o comercialice estupefacientes con destino ilegítimo.

— César Alegre hizo un llamativo y sospechoso gesto durante la quema judicial

La Fiscalía agrega dos agravantes del artículo 11, que serían la intervención organizada de tres o más personas y la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir delitos de narcotráfico. La ley ordena en esos supuestos aumentar la escala penal, porque el hecho combina organización y abuso de una función estatal especialmente destinada a combatir la conducta cometida.

Para Alegre se utiliza además la figura de organización de actividades de narcotráfico, prevista en el artículo 7 de la Ley 23.737, cuya escala general es de 8 a 20 años. La pena pedida de 15 años no es el máximo abstracto posible de esa figura, sino la pretensión concreta de los fiscales para este acusado.

El segundo eje es el peculado. El artículo 261 del Código Penal sanciona con 2 a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua al funcionario que sustrae caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le fue confiada por razón del cargo; el “efecto” sería la cocaína secuestrada y puesta bajo custodia estatal para su destrucción.

Villalba y García no son acusados de peculado porque, para la presentación, no estaban físicamente en el predio en el momento de la sustracción. Sí se les atribuye coautoría en la tenencia de droga con finalidad comercial, basada en la presunta coordinación previa y posterior del destino del cargamento.

— Muestra fotográfica de siete de los ocho efectivos detenidos e imputados de la Policía de la Provincia del Chaco

La Ley 23.737 dispone que, antes de destruir droga, debe practicarse una pericia para determinar naturaleza, calidad y cantidad, conservando muestras para el proceso. También exige que la destrucción se realice en un acto público, con presencia del juez o secretario, dos testigos y autoridades invitadas, y que todo quede documentado en un acta. En este caso, esos mecanismos funcionaron parcialmente, porque quedó expuesta una vulnerabilidad grave.

El control judicial no permite confirmar con exactitud la identidad de los dos testigos exigidos por la ley ni exhiben el acta completa, pero se especula que estuvo encabezado originalmente por juez federal a cargo del Juzgado Federal N.º 2 de Resistencia, Ricardo Mianovich y el secretario penal Martín Innocente, sumado a las autoridades invitadas identificadas como Hugo Matkovich y el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero; la presunta maniobra se habría realizado a pocos metros de él, del ministro y del juez federal.

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