TODO UN APARATO JUDICIAL EN CONTRA | Caso Juez Piedrabuena (Parte II)

Si en Neuquén pasa lo que pasa, es porque la sociedad lo permite. Hasta que la sociedad no se rebele contra la corrupción, la mafia política y judicial, la historia se seguirá repitiendo. La solución esta en manos del pueblo.
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Ante un caso tan complejo y poco transparente, desde Data24 nos asesoramos con profesionales y nos aseguraron que la ley indica que el defensor del acusado en el jurado de enjuiciamiento tiene que ser defendido por el Defensor General (o Defensor ante el Tribunal Superior). En noviembre pasado Ricardo Cancela, Defensor General de la provincia de Neuquén, renunció por jubilación y tras 6 meses el cargo aún no fue cubierto. Mientras tanto, lo subroga un Defensor de Circunscripción (lo que antes eran defensores de Cámara), en este caso, el Dr. Raúl Caferra, un defensor que no quiere defender.

En ese momento, el Juez Piedrabuena solicitó una defensa técnica cuando corrieron vista de la acusación, y recién el 30 de abril pasado, el Defensor Subrogante fue a ver la causa y decidió citar al juez para el día 4 de mayo pasado, “accidentalmente” el mismo día que vencía el plazo para hacer su defensa. Él mismo le aconseja al Juez que renuncie dado que la decisión de echarlo ya se había tomado meses atrás, para evitar seguir siendo -junto con su familia- blanco de la prensa local, afín al aparato del Ministerio Público Fiscal.

Lo cierto es que el Doctor Raúl Caferra busca ser nombrado de modo permanente en el cargo que hoy se encuentra desempeñando como interino y enfrentarse a la fiscalía podría dificultar sus planes. El mismo día de esta reunión, el doctor Caferra decidió excusarse de la causa. Actualmente, el juez Piedrabuena no cuenta con la defensa que la ley y la Constitución Nacional le amparan (y nunca la tuvo en el trámite del juicio político, pese a su estado de salud y emocional, que lo mantiene impedido de ejercer como juez).

Asumir la defensa de Piedrabuena en el juicio político implica tener que hablar de los manejos indebidos y abusos de la fiscalía, exponiendo a funcionarios corruptos de la corporación judicial y oficiales de la Policía que actuaron abusando de su posición de poder, por lo que, quien haga esta tarea, si pretende hacerla bien, es posible que luego también corra la misma suerte que Piedrabuena y sea blanco de represalias, lo que conlleva a dificultar que existan defensores dispuestos a hacerla (incluso, muchos abogados particulares locales no se animan a hacer esa defensa) porque falta coraje y reina el “no te metas”, ya que piensan que esto nunca les podría pasar a ellos, ni tiene implicancia en sus vidas y profesión (aunque no se dan cuenta que con esta actitud, cada día ceden un poquito más de su libertad y son más esclavos).

Durante la audiencia el clima fue tan hostil hacia el Juez Piedrabuena y su abogado, Francisco Oneto, que cuando el Juez le pregunta si tiene algo más para agregar, el Doctor Oneto responde: “No, si agregó algo más me sacan la matricula”.

La inacción y la corrupción del sistema judicial obstruyen el esclarecimiento de la causa y funcionan como obstáculo para que el Juez Piedrabuena obtenga justicia.

– Especial para Data24.com.ar –


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Los delincuentes con penas firmes de más de 3 años de prisión no podrán votar

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de 3 o más años no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia en una causa en la que un condenado a 6 años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.

Fuentes judiciales informaron a la prensa que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de 3 o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.

Eduardo Casal
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal.

La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a 6 años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La misma quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.

El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y prisión por más de 3 años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso 2 del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso 3 del artículo 3 del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia.

Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de 3 años no puede votar. Si mantienen ese derecho quiénes están procesado o no tengan una condena firme. Los delincuentes en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles emiten el sufragio con boleta única de papel.

El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.

Tribunal Oral Federal de Mar del Plata
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal.

Y concluyó: “La regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable“.

JxC presenta recurso ante la Corte Suprema para impugnar la candidatura de Gildo Insfrán: ¿Qué dice el documento?

Fernando Carbajal presentó ante la Corte Suprema una denuncia de 20 páginas que exige impugnar la candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa, en el que sería su octavo mandato consecutivo.

El actual diputado de Juntos por el Cambio expone la ambigüedad del artículo 132 de la Constitución provincial, que establece que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”, pero no especifica cuántas veces pueden serlo. Además, pide como “medida cautelar” suspender las elecciones provinciales del 25 de junio, y solicita usar días inhábiles (fines de semana y feriados) para analizar el caso.

Carbajal plantea que este “vacío” en la Carta Magna provincial debe ser analizado a la luz de los Principios Republicanos y la Constitución Nacional, que en sus artículos 1, 5 y 123 prohíbe la perpetuación de una persona en el poder. Hace unos días había declarado en medios: “Si la reelección indefinida es contraria a los principios republicanos, debería ser interpretada como que puede ser reelecto solo una vez, por más que no lo diga expresamente”.

La presentación demanda a la Corte Suprema un accionar similar al ejercido días atrás sobre Juan Manzur y Sergio Uñac, que buscaban la reelección en Tucumán y San Juan, respectivamente. De todas formas, el precandidato de Juntos por el Cambio reconoció que ambas situaciones no eran idénticas. “La diferencia está en que acá la Constitución dice que puede ser reelecto. Hay una cuestión de interpretación, porque no especifica si puede serlo de manera indefinida”, aclaró en medios.

El propio Insfrán reformó la Constitución provincial en el año 2003, “reemplazando” el artículo 129 por el 132, lo que le permitió ejercer su gobernación durante 28 años hasta el día de hoy. En el escrito, Carbajal se refiere a un hecho ocurrido en 1999: la detención de Carlos Gerardo González, entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, quien el día anterior había fallado en contra de permitirle a Insfrán postularse nuevamente como Gobernador de Formosa.

La Corte Suprema deberá remitir su respuesta, en un plazo de cinco días, a la Procuración General de la Nación, quien a su vez emitirá su opinión. Luego, la Corte recibirá nuevamente el expediente y se acercará a la resolución del caso.

Vacunatorio VIP: Se reabrió la causa y solicitaron la indagatoria de Ginés González García y otros funcionarios

El fiscal federal Eduardo Taiano y el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, a través de un escrito de 100 páginas, requirieron que se presente a declaración indagatoria el ex ministro de Salud, Ginés González García, por el hecho que se denominó “Vacunatorio VIP”, que habría dado prioridad a algunas personas para aplicarse la inoculación contra el Covid-19.

De esta irregularidad de las aplicaciones de las vacunas se habrían beneficiado funcionarios, diputados y periodistas afines al kirchnerismo, además de otras personas del Ministerio de Salud, durante el inicio de la gestión de Alberto Fernández.

El ex ministro de Salud de la Nación e imputado en la causa del Vacunatorio VIP, Ginés González García
El ex ministro de Salud de la Nación e imputado en la causa del Vacunatorio VIP, Ginés González García

Por tales motivos, tanto Taiano como Rodríguez le piden a la jueza María Eugenia Capuchetti que proceda a indagar a González García, y que también haga lo mismo con Alberto Alejandro Maceira, María Elena Borda, Marcelo Ariel Guille y Alejandro Salvador Costa. Por el momento, los delitos que se les imputan son el de abuso de autoridad y peculado. Cabe recordar que en el momento en que se dio el “Vacunatorio VIP” escaseaban las inoculaciones en nuestro país.

A través del escrito, los fiscales piden que los imputados sean indagados por 3 episodios en particular. El primero de ellos responde a lo sucedido el 18 de febrero de 2021. Ese día, el Ministerio de Salud dio la orden de retirar 10 vacunas que estaban asignadas para el Hospital Posadas, “para la inoculación de 10 personas, que no se encontraban habilitadas para recibir su dosis”.

Eduardo Duhalde
El ex presidente Eduardo Duhalde fue beneficiado con el “Vacunatorio VIP”.

Los beneficiarios de este hecho fueron, entre otros, el periodista Horacio Verbitsky, el ex canciller Jorge Taiana y el diputado nacional Eduardo Valdés. Familiares del empresario Florencio Aldrey Iglesias, y además, Seza Manukian, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Felix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, Salomón Schachter y muchos más.

Por el segundo hecho se refieren al retiro de 5 vacunas que estaban asignadas al Ministerio de Salud, para “su traslado al domicilio particular de Eduardo Duhalde con fecha 1 de febrero de 2021 para su inoculación, la de su familia y la de Carlos Alberto Mao, quiénes no se encontraban habilitados para recibir su dosis”.

Horacio Verbitsky
El periodista Horacio Verbitsky fue el que desató el escándalo tras declarar al aire que había sido beneficiado.

Finalmente, la tercera situación fue “la orden de aplicar de forma irregular al menos 35 vacunas”, con el fin de vacunar a 23 personas, entre el 29 de diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021, en el Hospital Posadas.

Mar del Plata | La Justicia ordenó el desalojo de El Marquesado que fue tomado por militantes del MTE de Grabois

El juez Ariel Lijo, subrogante en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 12, ordenó el desalojo del campo en El Marquesado, ubicado al sur de Mar del Plata, que el Estado le había cedido a la Asociación Civil “Tercer Tiempo”, una ONG ligada al Movimiento de Trabajadores Excluidos que lidera Juan Grabois.

El magistrado encomendó a las autoridades de la Prefectura Naval Argentina la tarea de designar personal para “la inmediata custodia del predio y que se impida el ingreso de personas al lugar”. La resolución de Lijo ocurrió horas después de un nuevo episodio de tensión y enfrentamiento en esas tierras entre vecinos de la zona e integrantes de Tercer Tiempo que intentaban ingresar a la zona con un tractor.

https://twitter.com/KingkongRa/status/1639694078668357633

Cabe recordar que este campo de 140 hectáreas localizados en el kilómetro 553 de la Ruta 11 fueron cedido a la ONG tras un trámite gestionado ante la Agencia de Administración de Bienes del Estado, con el fin de utilizarlo para desarrollar una huerta agroecológica.

En ese contexto, esta mañana los lugareños se organizaron y llegaron al lugar con sus autos, para manifestarse e impedir el acceso de las maquinarias. “Se ve que entraron por la parte de atrás. Salieron a agredir a los vecinos, salieron a decir que la tierra es de ellos, que el Estado se las dio. No vamos a dejar que entre maquinaria. Por lo visto están esperando que haya conflicto, son como 50 personas. Esperamos que venga la policía”, contó una vecina a Radio Brisas.

Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.
Imagen de El Marquesado, en Mar del Plata.

En tanto, desde la agrupación afirmaron que cuentan “con el respaldo legal para poder llevar adelante las acciones en el marco de la concreción del proyecto definitivo y con una posesión que torna ilegal el bloqueo del ingreso al campo por vecinos de El Marquesado”. A su vez, señalaron que el traslado de las máquinas forma parte “del avance del proyecto de investigación, evaluación y puesta en funcionamiento de las primeras acciones destinadas a la producción de forma saludable”.

El conflicto en El Marquesado cobró notoriedad a fines de marzo pasado, cuando vecinos manifestaron su preocupación al observar que unas 40 personas ingresaban al predio. Tras enterarse del proyecto que intentaba comenzar la ONG, se opusieron. Entre sus argumentos, sostienen que el “impacto ambiental” puede ser “desastroso” y que la infraestructura en la zona no daría abasto. Así, advirtieron a la intendencia, que llegó hasta el lugar y cuestionó la cesión.

Albert on Twitter: “NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31 / Twitter”

NO SE OLVIDEN de esta cara , EDUARDO ALBANESE , Titular de la Agencia de ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO. Este señor cedió terrenos a GRABOIS en el MARQUESADO continuación de CHAPADMALALpara EMPRENDIMIENTOS AGRICOLAS. QUIEREN COLOCAR UN ASENTAMIENTO a cambio de VOTOS pic.twitter.com/Ay7hoFrc31

Luego de que el hecho tomara estado público, Grabois eligió sus redes sociales para responder a las denuncias de los vecinos. “El objetivo es producir sin agroquímicos para que toda la zona de General Pueyrredón tenga alimentos sanos y baratos”, sostuvo.

Por su parte, el intendente de General Pueryrredón, Guillermo Montenegro, impulsó una acción penal por “usurpación, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público” contra el presidente de la AABE, Eduardo Alfonso Albanese, y 2 integrantes de Tercer Tiempo.

Mavica on Twitter: “Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx / Twitter”

Un grupo de alrededor de 40 personas de Juan Grabois, irrumpieron en terrenos ubicados a la vera de la ruta 11.De acuerdo a lo que señalaron, pretenden construir viviendas sociales y crear huertas comunitarias. Entre el Marquesado y San Eduardo. Vecinos repelen la toma pic.twitter.com/9O8WTkJnZx

Para el jefe comunal, la cesión de las tierras se produjo con “argumentos falaces y arbitrarios”. En el escrito presentado ante la justicia federal denunció a Albanese por ceder “en custodia” el predio a los dirigentes del MTE Marcos Santucho y Eliseo Núñez, y también apuntó contra la abogada Gabriela Carpineti, funcionaria del Ministerio de Justicia, bajo un argumento que calificó como falaz: el supuesto peligro de que las tierras sean intrusadas.

Luego de los incidentes, Montenegro amplió su denuncia. “La Asociación Civil Tercer Tiempo insiste en ingresar al terreno cuya ocupación generara la denuncia, bajo el pretexto de concretar un supuesto proyecto agroecológico. Ingresaron al predio alrededor de 60 personas de la agrupación, lo que significa una nueva usurpación y el consecuente peligro de serias disputas entre ellos y los vecinos de la zona”.

https://twitter.com/romivn30/status/1639648489486295041

En ese marco, el intendente solicitó a la Justicia que arbitre los medios necesarios para “que se mantengan las condiciones de ocupación del predio previas al día de hoy“, con el objetivo de que se puedan llevar adelante las medidas que se dispongan en lo sucesivo.

La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Villa Mascardi en medio del conflicto mapuche

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de Diego Frutos, presidente de la Junta Vecinal de Villa Mascardi, quien fue agredido por dos integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafquen Winkul Mapu, hace más de dos años. El pedido de los dos acusados demandaba que la causa la investigara la Justicia Federal, y no la provincial, pero la Corte lo desestimó.

Luego del incidente acontecido el 25 de noviembre de 2020, los mapuches Cristian Germán y Pablo Colhuan había argumentado que lo sucedido con Frutos era parte del delito por toma de tierras en Villa Mascardi, y que como este estaba siendo tramitado por un juzgado federal, lo mismo debería ocurrir con el delito por lesiones cometidas contra Frutos.

El martes anterior, los jueces de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron unánimemente la petición, por lo que el caso permanecerá en la Justicia local.

Resulta que a fines del año 2020 tuvo lugar uno más de los tantos episodios conflictivos entre los mapuches y los civiles barilochenses respecto de la pertenencia de las tierras en el sur del país. Aquella vez, la comunidad Lof Lafquen Wiki Mapu había cortado la Ruta 40, en el kilómetro 2005, en medio de una usurpación de terrenos.

Cuando Diego Frutos, representante de los vecinos de Villa Mascardi, se acercó a filmarlos en plena manifestación, dos integrantes de la comunidad comenzaron a perseguirlo en dirección a El Bolsón para golpearlo. Mientras lo corrían, le gritaban: “¿Vos qué andas diciendo de nosotros?”.

En su escapada, Frutos trató de refugiarse en un camión, pero este no le dio asilo, por lo que acabó por subirse a la parte trasera de un auto que sí le ofreció protección, unos metros más adelante. Mientras tanto, los agresores Germán y Colhuan amenazaban “con armas blancas” a los civiles para que no ayudaran a quien huía.

Finalmente, los dos miembros de la comunidad mapuche lograron ingresar al auto, golpearon a Frutos, y lo arrojaron a la ruta, con ayuda de otras personas cuya identidad se desconoce. Con él en el piso, lo siguieron golpeando hasta provocarle numerosas heridas.

El pedido de los inculpados de elevar la causa a la Justicia Federal había sido desestimado en julio de 2021 por la Circunscripción Judicial de Río Negro y, luego, por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Ahora, fue la Corte Suprema quien rechazó por tercera vez el reclamo, en otro capítulo del incesante conflicto entre los mapuches y los habitantes de Villa Mascardi.

El fiscal Marijuan pidió sobreseer a Cristina Kirchner en la causa de “La ruta del dinero K”

El fiscal federal Guillermo Marijuan pidió sobreseer a Cristina Fernández Kirchner en la causa conocida como “La ruta del dinero K”, la misma en la que Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión, acusado de lavar 65 millones de dólares de la corrupción. Ahora es el juez federal Sebastián Casanello quien debe decidir el futuro de la Vicepresidente en ese expediente.

Marijuan había imputado a Cristina Kirchner y durante la instrucción del caso se había mantenido la sospecha al punto que la Cámara Federal insistió en varias ocasiones para que el juez indagara a la vicepresidente ante la suposición de que la fortuna de Báez, valuada en casi 200 millones de dólares, pertenecía en realidad Cristina Kirchner. Pero este extremo nunca se probó como para procesar a Vicepresidente en este caso.

Cristina Fernández de Kirchner
La vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner.

Marijuan entendió que la relación entre Báez y Kirchner está probada pero no encontró evidencia de que el dinero le perteneciera. “Entiendo y no tengo duda alguna, de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”, expresó el fiscal en su dictamen de 46 carillas.

El fiscal enumeró los negocios entre ambos: “Cristina Elisabet Fernández, representada por su hijo Máximo Kirchner entregó un inmueble en permuta a Austral Construcciones SA, mientras que otro bien lo entregó en concepto de dación en pago de la obra ejecutada en la Quinta 10 A, de la ciudad de El Calafate. Además, el matrimonio Kirchner ha vendido a Austral Construcciones SA, firma insignia de Lázaro Báez, diez propiedades, lo cual corrobora ese vínculo directo”, dijo,

CFK
El fiscal Marijuan, tras un operativo en una de las estancias de Lázaro Báez.

El fiscal fue un paso más allá y señaló que, además de los vínculos comerciales, existieron al menos 372 llamadas entre los entornos de Cristina y Báez y entre ellos mismos. “Si lo expuesto no alcanzara para entenderlo o quisiera verse volcado en este legajo judicial, tenemos que la reciente prueba incorporada a esta causa a instancia del suscripto, en punto al estudio del entrecruzamiento de llamadas entre teléfonos de Lázaro Báez y Cristina Elisabet Fernández y/o sus secretarios y colaboradores, demuestran que el primero tuvo al menos 372 contactos telefónicos en un periodo de poco más de 2 años”. Agregó a eso las visitas del empresario a la Quinta de Olivos.

Sin embargo, Marijuan admite en el dictamen su fracaso para ir más allá: “Habiendo transcurrido más de diez años desde el inicio de este proceso penal y casi cinco años desde la declaración indagatoria de la nombrada en el marco de este expediente (Cristina Kirchner), no he logrado reunir elementos probatorios que me lleven a avanzar más allá del estado de sospecha que permitió ordenar la comparecencia” en su declaración indagatoria.

CFK
El abogado y juez Sebastián Casanello deberá decidir qué hacer con el expediente.

El fiscal dijo que la “debilidad” de las pruebas se conjuga con un fallo de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en el que se confirmó la condena de Lázaro Báez por lavado de dinero, pero se señaló allí que el dinero no provenía de los contratos de obra pública que recibió el empresario, sino de la evasión fiscal.

“Se suman los desacertados y erróneos fundamentos del reciente fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en punto al delito precedente del lavado de dinero al que vengo aludiendo”, expresó Marijuan y dijo que esto “no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, que yo llamaría botín, dejando a un lado el vínculo del lavado de activos con la obra pública vial y con ello al poder político de turno en ese momento“.

Periodismo Para Todos 2013 – La red de lavado de dinero K, mirá el informe completo

Jorge Lanata volvió con Periodismo Para Todos y el primer programa tuvo como informe principal una investigación sobre la red de lavado de dinero K. Leonardo Fariña -marido de la modelo Karina Jelinek- fue protagonista por ser uno de los testaferros en este negociado. Mirá el informe completo.

La imputación de Marijuan se basaba, entre otras cuestiones, en la declaración del financista arrepentido Leonardo Fariña, que mencionó una conversación con Báez en la que el empresario le dijo que la vicepresidente le había advertido que la Embajada de Estados Unidos estaba preocupada por sus maniobras de lavado de dinero. Esta también había mencionado que supuestamente parte del efectivo del empresario K era de Néstor Kirchner.

El fiscal mencionó en su dictamen la condena contra CFK a 6 años de prisión por favorecer a Báez con la obra pública y dijo que el dinero del empresario provenía de esa fuente. Pero Marijuan dijo que cuando la Cámara de Casación confirmó la condena al empresario K por lavado de dinero y le rebajó la pena de 14 a 10 años de prisión señaló que la fuente del dinero no era la obra pública, sino la evasión fiscal, en alusión al voto mayoritario de los camaristas Borinsky y Ledesma. Y que esa decisión debilita su acusación.

Periodismo Para Todos 2013 – La ruta del dinero K: la conexión con Panamá

Periodismo Para Todos viajó a Panamá para investigar las diversas conexiones que hay en ese país con la ruta del lavado de dinero K. Mirá este informe que realizó en exclusiva el programa conducido por Jorge Lanata.

Para Marijuan, ese fallo desvincula a Cristina Kirchner del empresario y desliga ambas causas. El fiscal criticó el fallo de Ledesma y Borinsky y señaló que si bien Fariña dio elementos para indagar a la vicepresidente, la sentencia de la Cámara de Casación desvincula las maniobras de lavado del eje del poder político.

Dijo que la condena de Báez y Kirchner en la misma causa no le bastan para un procesamiento ni para elevar el caso a juicio oral con la vicepresidente como coautora, partícipe o instigadora del lavado de dinero.

Periodismo Para Todos 2013 – La ruta del dinero K: campos en Mendoza y Punta del Este

En este informe de Periodismo Para Todos vas a poder conocer las transacciones que se realizaron para la compra de dos campos para Lázaro Báez, uno en Mendoza y el otro en Punta del Este. Mirá

El fiscal afirmó que, a pesar de las 300 comunicaciones y visitas, que se desconocían hasta el momento, no alcanza para avanzar mas allá de la sospecha y por eso pidió sobreseer a la vicepresidente. “El innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral”, señaló.

Este escenario deja al descubierto una falencia insalvable, esto es, la ausencia de elementos que permitan sostener la imputación que se dirigiera contra Cristina Elisabet Fernández y por dicha razón, corresponde dictar el sobreseimiento de la nombrada”, señaló el funcionario.

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